Índice 
 Anterior 
 Siguiente 
 Texto íntegro 
Procedimiento : 2015/0289(COD)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A8-0374/2017

Textos presentados :

A8-0374/2017

Debates :

PV 11/12/2017 - 17
CRE 11/12/2017 - 17

Votaciones :

PV 12/12/2017 - 5.1

Textos aprobados :

P8_TA(2017)0475

Textos aprobados
PDF 118kWORD 42k
Martes 12 de diciembre de 2017 - Estrasburgo
Gestión sostenible de las flotas pesqueras exteriores ***II
P8_TA(2017)0475A8-0374/2017

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 12 de diciembre de 2017, respecto de la Posición del Consejo en primera lectura con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la gestión sostenible de las flotas pesqueras exteriores y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1006/2008 del Consejo (11382/2/2017 – C8-0358/2017 – 2015/0289(COD))

(Procedimiento legislativo ordinario: segunda lectura)

El Parlamento Europeo,

–  Vista la Posición del Consejo en primera lectura (11382/2/2017 – C8-0358/2017),

–  Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 25 de mayo de 2016(1),

–  Vista su Posición en primera lectura(2) sobre la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2015)0636),

–  Visto el artículo 294, apartado 7, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el acuerdo provisional aprobado por la comisión competente con arreglo al artículo 69 septies, apartado 4, de su Reglamento interno,

–  Visto el artículo 67 bis de su Reglamento interno,

–  Vista la Recomendación para la segunda lectura de la Comisión de Pesca (A8-0374/2017),

1.  Aprueba la Posición del Consejo en primera lectura;

2.  Constata que el acto ha sido adoptado con arreglo a la Posición del Consejo;

3.  Encarga a su presidente que firme el acto, conjuntamente con el presidente del Consejo, de conformidad con el artículo 297, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea;

4.  Encarga a su secretario general que firme el acto, tras haber comprobado que se han cumplido en debida forma todos los procedimientos, y que proceda, de acuerdo con el secretario general del Consejo, a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;

5.  Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

(1) DO C 303 de 19.8.2016, p. 116.
(2) Textos Aprobados de 2.2.2017, P8_TA(2017)0015.

Aviso jurídico - Política de privacidad