Tratado de Marrakech: facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder a los textos impresos ***
Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 18 de enero de 2018, sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración en nombre de la Unión Europea del Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder a los textos impresos (12629/2017 – C8-0375/2017 – 2014/0297(NLE))
(Aprobación)
El Parlamento Europeo,
– Visto el proyecto de Decisión del Consejo (12629/2017),
– Visto el Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder a los textos impresos (5905/2015),
– Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 114 y con el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), inciso v), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C8-0375/2017),
– Visto el dictamen del Tribunal de Justicia de 14 de febrero de 2017(1),
– Vistos el artículo 99, apartados 1 y 4, así como el artículo 108, apartado 7, de su Reglamento interno,
– Vista la recomendación de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A8-0400/2017),
1. Concede su aprobación a la conclusión del Tratado de Marrakech;
2. Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).