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Procedimiento : 2017/2153(DEC)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A8-0106/2018

Textos presentados :

A8-0106/2018

Debates :

PV 18/04/2018 - 10
CRE 18/04/2018 - 10

Votaciones :

PV 18/04/2018 - 12.31

Textos aprobados :

P8_TA(2018)0136

Textos aprobados
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Miércoles 18 de abril de 2018 - Estrasburgo
Aprobación de la gestión 2016: Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea (CdT)
P8_TA(2018)0136A8-0106/2018
Decisión
 Decisión
 Resolución

1. Decisión del Parlamento Europeo, de 18 de abril de 2018, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea para el ejercicio 2016 (2017/2153(DEC))

El Parlamento Europeo,

–  Vistas las cuentas anuales definitivas del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea relativas al ejercicio 2016,

–  Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea relativas al ejercicio 2016, acompañado de la respuesta del Centro(1),

–  Vista la declaración(2) sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes, presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2016 de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Vista la Recomendación del Consejo, de 20 de febrero de 2018, sobre la aprobación de la gestión del Observatorio relativa a la ejecución del presupuesto correspondiente al ejercicio 2016 (05941/2018 – C8‑0063/2018),

–  Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002 del Consejo(3), y en particular su artículo 208,

–  Visto el Reglamento (CE) n.º 2965/94 del Consejo, de 28 de noviembre de 1994, por el que se crea un Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea(4), y en particular su artículo 14,

–  Visto el Reglamento Delegado (UE) n.º 1271/2013 de la Comisión, de 30 de septiembre de 2013, relativo al Reglamento Financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 208 del Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo(5), y en particular su artículo 108,

–  Vistos el artículo 94 y el anexo IV de su Reglamento interno,

–  Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Cultura y Educación (A8-0106/2018),

1.  Aprueba la gestión del director del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea en la ejecución del presupuesto del Centro para el ejercicio 2016;

2.  Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;

3.  Encarga a su presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de ella al director del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

(1) DO C 417 de 6.12.2017, p. 37.
(2) DO C 417 de 6.12.2017, p. 37.
(3) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.
(4) DO L 314 de 7.12.1994, p. 1.
(5) DO L 328 de 7.12.2013, p. 42.


2. Decisión del Parlamento Europeo, de 18 de abril de 2018, sobre el cierre de las cuentas del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea relativas al ejercicio 2016 (2017/2153(DEC))

El Parlamento Europeo,

–  Vistas las cuentas anuales definitivas del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea relativas al ejercicio 2016,

–  Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea relativas al ejercicio 2016, acompañado de la respuesta del Centro(1),

–  Vista la declaración(2) sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes, presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2016 de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Vista la Recomendación del Consejo, de 20 de febrero de 2018, sobre la aprobación de la gestión del Observatorio relativa a la ejecución del presupuesto correspondiente al ejercicio 2016 (05941/2018 – C8‑0063/2018),

–  Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002 del Consejo(3), y en particular su artículo 208,

–  Visto el Reglamento (CE) n.º 2965/94 del Consejo, de 28 de noviembre de 1994, por el que se crea un Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea(4), y en particular su artículo 14,

–  Visto el Reglamento Delegado (UE) n.º 1271/2013 de la Comisión, de 30 de septiembre de 2013, relativo al Reglamento Financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 208 del Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo(5), y en particular su artículo 108,

–  Vistos el artículo 94 y el anexo IV de su Reglamento interno,

–  Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Cultura y Educación (A8-0106/2018),

1.  Aprueba el cierre de las cuentas del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea relativas al ejercicio 2016;

2.  Encarga a su presidente que transmita la presente Decisión al director del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

(1) DO C 417 de 6.12.2017, p. 37.
(2) DO C 417 de 6.12.2017, p. 37.
(3) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.
(4) DO L 314 de 7.12.1994, p. 1.
(5) DO L 328 de 7.12.2013, p. 42.


3. Resolución del Parlamento Europeo, de 18 de abril de 2018, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea para el ejercicio 2016 (2017/2153(DEC))

El Parlamento Europeo,

–  Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea para el ejercicio 2016,

–  Vistos el artículo 94 y el anexo IV de su Reglamento interno,

–  Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Cultura y Educación (A8-0106/2018),

A.  Considerando que, en el contexto del procedimiento de aprobación de la gestión, la autoridad de aprobación de la gestión hace hincapié en la importancia particular que reviste reforzar aún más la legitimidad democrática de las instituciones de la Unión mediante la mejora de la transparencia y la rendición de cuentas y la aplicación del concepto de presupuestación basada en el rendimiento y la buena gobernanza de los recursos humanos;

B.  Considerando que, de conformidad con su estado de ingresos y de gastos(1), el presupuesto definitivo del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Centro») para el ejercicio 2016 ascendía a 50 576 283 EUR, lo que representa un incremento del 2,0 % en comparación con 2015;

C.  Considerando que el Tribunal de Cuentas (en lo sucesivo, «Tribunal»), en su informe sobre las cuentas anuales del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea correspondientes al ejercicio 2016 (en lo sucesivo, «informe del Tribunal»), ha declarado haber obtenido garantías razonables sobre la fiabilidad de las cuentas anuales del Centro y la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes;

Seguimiento de la aprobación de la gestión 2015

1.  Lamenta profundamente que el Centro aún no haya implantado un plan de continuidad de actividades con arreglo al comentario del Tribunal, por lo que no cumple aún la norma de control interno n.º 10; insta al Centro a que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de las nuevas medidas que adopte;

Gestión presupuestaria y financiera

2.  Observa que los esfuerzos de seguimiento del presupuesto realizados durante el ejercicio 2016 se tradujeron en un porcentaje de ejecución presupuestaria del 89,37 %, lo que representa un aumento del 1,21 % con respecto al ejercicio anterior; señala que la tasa de ejecución de los créditos de pago fue del 82,19 %, lo que representa un aumento del 3,66 % con respecto al ejercicio anterior;

3.  Observa que, según el informe del Tribunal, al final de 2016 la tesorería y los depósitos a corto plazo del Centro disminuyeron hasta 34 200 000 EUR (en comparación con 38 300 000 EUR al final de 2015), mientras que sus reservas se redujeron a 31 100 000 EUR (en comparación con 34 000 000 EUR al final de 2015); señala que esta disminución es consecuencia de un enfoque presupuestario que tiene como objetivo reducir el excedente acumulado a lo largo de los años anteriores; constata que, según el Centro, se prevé que el descenso de los superávit presupuestarios se acelere todavía más en 2017 como resultado de la ejecución de la nueva estructura de precios que hará que baje el precio medio por traducción que pagan los clientes del Centro;

Compromisos y prórrogas

4.  Señala que el Centro registró una ligera reducción del nivel global de los créditos comprometidos prorrogados al ejercicio siguiente, pasando del 9,63 % en 2015 al 7,56 % en 2016, lo que supone una disminución del 2,07 %; toma nota de que la elevada tasa de ejecución en lo tocante a los gastos se explica principalmente por los gastos correspondientes al título I, en el que se utilizó el 97,80 % del presupuesto;

5.  Señala que las prórrogas a menudo se pueden justificar, totalmente o en parte, por el carácter plurianual de los programas operativos de las agencias y que no tienen por qué ser indicio de insuficiencias en la planificación y ejecución presupuestarias, como tampoco contravienen siempre el principio presupuestario de anualidad, especialmente si el Observatorio las planifica con antelación y las comunica al Tribunal; señala, no obstante, que el elevado nivel de prórrogas anuladas (10%), podría considerarse una señal de una planificación presupuestaria inexacta;

Política de personal

6.  Observa que, según el organigrama, en 2016 estaban ocupados 195 puestos (de los 197 puestos autorizados en virtud del presupuesto de la Unión), cifra que no ha variado con respecto a 2015; señala con preocupación que, partiendo de los puestos ocupados a 31 de diciembre de 2016, el desequilibrio de género en 2016 se reflejó en un 61,64 % de puestos ocupados por mujeres y un 38,36 % ocupados por hombres, es decir, una relación de casi dos a uno; recomienda que se aborde y corrija este desequilibrio tan pronto como sea posible;

7.  Observa que, hasta la fecha, el Centro ha cumplido el objetivo de reducir el personal en un 5 % (más un 5 % como agencia «en velocidad de crucero») entre 2014 y 2018; insiste en que el Centro debe disponer de los recursos necesarios para ofrecer servicios lingüísticos y de traducción de primera calidad; advierte contra el riesgo de futuros recortes del presupuesto o la plantilla del Centro;

8.  Destaca que el equilibrio entre la vida laboral y la vida privada debe ser parte integrante de la política de personal del Centro; observa que el presupuesto invertido en actividades de fomento del bienestar asciende a 13 754 EUR; observa que la duración media de las bajas por enfermedad del personal en 2016 fue de 13,04 días;

9.  Recuerda que en 2009 el Centro adoptó una decisión sobre el acoso psicológico y sexual; acoge favorablemente las sesiones de formación e información organizadas para concienciar al personal con respecto al acoso psicológico y sexual;

10.  Observa con satisfacción que el Centro no recibió ninguna reclamación, demanda o notificación en relación con la contratación o el despido de personal en 2016;

Prevención y gestión de conflictos de intereses, transparencia y democracia

11.  Toma nota de que el Consejo de Administración del Centro aprobó en octubre de 2016 la estrategia del Centro de lucha contra el fraude y de que el Centro incluirá en su informe anual 2017 un capítulo sobre transparencia, rendición de cuentas e integridad;

12.  Observa con preocupación que el Centro ha optado por publicar las declaraciones de intereses sin currículos debido a los problemas de gestión que conlleva el tamaño de su Consejo de Administración (aproximadamente 130 miembros y miembros suplentes); señala que la declaración de intereses y el currículo del director se publican en la página web del Centro;

13.  Valora positivamente que en 2016 no se diera ningún caso de conflicto de intereses en el Centro;

14.  Observa con satisfacción que en 2008 el Centro adoptó normas internas sobre la denuncia de irregularidades que modificó en 2014; señala que en 2016 no se registró ningún caso de denuncia de irregularidades en el Centro;

15.  Considera que es necesario crear un órgano independiente de divulgación, asesoramiento y derivación, dotado de recursos presupuestarios suficientes, para ayudar a los denunciantes a utilizar los cauces correctos para divulgar su información sobre posibles irregularidades que afecten a los intereses financieros de la Unión, al tiempo que se protege su confidencialidad y se les ofrece el apoyo y asesoramiento necesarios;

16.  Lamenta que el Centro no publique las actas de las reuniones de su Consejo de Administración; pide al Centro que modifique su política al respecto;

17.  Toma nota de los motivos del Centro para denegar el acceso a los documentos; espera que el Centro utilice con la máxima legalidad y regularidad la posibilidad de denegar el acceso a los documentos, protegiendo no obstante los datos confidenciales o personales;

Principales logros

18.  Celebra los tres principales logros señalados por el Centro en 2016, a saber:

   el Centro desarrolló su Estrategia 2016-2020, que fue aprobada por su Consejo de Administración;
   el nuevo sistema de gestión del flujo de trabajo del Centro (eCdT) se implantó satisfactoriamente entre los clientes del Centro;
   el Centro desarrolló una nueva estructura de precios para la traducción de documentos que reportó ahorros a los clientes del Centro gracias a la reutilización de contenidos almacenados en las memorias de traducción del Centro;

19.  Lamenta profundamente, sin embargo, que el Centro no utilice indicadores de impacto, indicadores de resultados ni indicadores de recursos para sus documentos de programación; observa que el Centro no realiza evaluaciones ex ante sistemáticas para la planificación y los controles, y pide, por otra parte, al Centro que utilice evaluaciones ex post sistemáticas para medir su rendimiento;

Auditoría interna

20.  Toma nota de que, según el Centro, el Servicio de Auditoría Interna de la Comisión (SAI) realizó una auditoría de seguimiento de la gestión de la continuidad de actividades del Centro y la gestión del flujo de trabajo para la traducción de documentos; observa que todas las recomendaciones, excepto tres de ellas, que debían abordarse en 2017, se aplicaron de forma apropiada y efectiva; señala que se hicieron importantes progresos en la implantación de los planes de continuidad de actividades que atenúan en parte los riesgos detectados, por lo que el nivel de importancia de la recomendación se redujo de «muy importante» a «importante»; señala, por otra parte, que el SAI valoró el desarrollo en curso del nuevo sistema de gestión del flujo de trabajo de traducción, eCdT, pero decidió que aún debían completarse varios elementos para poder considerar que esa recomendación «importante» se había aplicado en su totalidad; pide al Centro que informe a la autoridad de aprobación de la gestión sobre la aplicación de las recomendaciones del SAI;

Rendimiento

21.  Toma nota de la revisión del sistema de satisfacción del cliente, orientada a desarrollar un proceso más eficaz para comunicar con los clientes; acoge con satisfacción el nuevo enfoque que se presentó en septiembre de 2016 a seis clientes, a saber, la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea, la Agencia Europea de Medicamentos, la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas, la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, la Autoridad Bancaria Europea, y la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo; espera con interés la solución racionalizada que debe perfeccionarse e implantarse en el eCdT a lo largo de 2017;

22.  Manifiesta su satisfacción por los nuevos acuerdos firmados en 2016 entre el Centro y tres entidades, con lo cual el número total de clientes del Centro asciende a 64; pide a las agencias y a los órganos de la Unión que eviten, siempre que sea posible, una duplicación de los servicios de traducción utilizando en mayor medida los servicios prestados por el Centro;

23.  Observa que, según el informe anual de actividades del Centro, sobre la base de la evaluación efectuada por la dirección del Centro al final del ejercicio y aplicando varios factores de ponderación, la ejecución general del programa de trabajo modificado del Centro para 2016 se situó en el 79,2 % con respecto al presupuesto inicial y en el 85 % con respecto al presupuesto rectificativo;

24.  Observa con satisfacción que el Centro adoptó un nuevo plan de acción para asegurar la calidad de las traducciones para el período 2015-2016; toma nota de que el objetivo relativo al índice de realización de dicho plan de acción en el programa de trabajo modificado del Centro para 2016 se fijó en el 100 % y de que a finales de 2016 se había ejecutado el 98,2 % del plan; señala que se había dado prioridad a la aplicación de una nueva herramienta de gestión de corpus (MultiTrans) y a la automatización del flujo de información sobre las solicitudes de traducción correspondientes a través de la nueva herramienta de gestión del flujo de trabajo, eCdT; acoge con satisfacción los nuevos progresos realizados con las pruebas realizadas con motores de traducción automática específicos del Centro;

25.  Apoya el claro compromiso del Centro con la calidad, como pone de manifiesto su firme postura con respecto a las traducciones «sistemáticamente insatisfactorias» de los contratistas externos; acoge con satisfacción su enfoque de proporcionar continuamente formación temática a los traductores del Centro y a los contratistas externos, ya que ello contribuye a mantener normas elevadas de calidad;

Otros comentarios

26.  Reitera su firme compromiso con el multilingüismo en la Unión como medio principal para la comunicación con los ciudadanos y, como tal, condición esencial para el éxito del sistema democrático de la Unión; sugiere que el Parlamento, a este respecto, siguiendo el ejemplo del Consejo y del Comité de las Regiones, autorice que las lenguas con estatuto reconocido por la Constitución a escala nacional se utilicen a efectos de traducción e interpretación(2); se congratula por la función que desempeña el Centro al facilitar el trabajo de las agencias y los órganos de la Unión proporcionándoles servicios lingüísticos y de traducción de gran calidad;

27.  Señala que, según el informe del Tribunal, la misión del Centro consiste en facilitar a las agencias y los órganos de la Unión Europea los servicios de traducción necesarios para la realización de sus actividades, y también facilitar dichos servicios a las instituciones de la UE que los requieran; señala, por otra parte, que los reglamentos constitutivos de la mayoría de las agencias y los órganos exigen que recurran a los servicios de traducción del Centro; observa, sin embargo, que algunas de estas entidades (que representan más de la mitad de los ingresos del Centro) utilizan cada vez más los servicios internos y otras soluciones alternativas, lo que implica que no se aprovecha al máximo la capacidad del Centro y que a escala europea existe una duplicación tanto en el desarrollo de los sistemas como en los gastos corrientes, y que tanto el modelo de negocio del Centro como su continuidad podrían correr peligro;

28.  Exhorta al Centro a continuar sus esfuerzos para estudiar de qué modo las tecnologías lingüísticas innovadoras pueden constituir una ayuda para sus actividades principales; considera que, al desarrollar fuentes terminológicas multilingües, como la base de datos IATE, el Centro contribuye a que todas las lenguas oficiales de la Unión sigan el ritmo de los conceptos emergentes;

o
o   o

29.  Remite, para otras observaciones transversales anejas a la Decisión sobre la aprobación de la gestión, a su Resolución de 18 de abril de 2018(3) sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las agencias.

(1) DO C 443 de 29.11.2016, p. 10.
(2) El Consejo y el Comité de las Regiones han celebrado un acuerdo administrativo con los Gobiernos español y británico en virtud del cual las lenguas con estatuto reconocido por la Constitución a escala nacional en dichos Estados miembros, como el catalán, el gallego, el euskera, el galés y el gaélico de Escocia, pueden utilizarse para distintos fines, incluidas la traducción y la interpretación. Ello no supone ninguna repercusión presupuestaria para las instituciones de la Unión, ya que todos los costes derivados de la aplicación de dicho acuerdo administrativo son sufragados a escala nacional. Hasta la fecha, ni el Consejo ni el Comité de las Regiones han notificado problemas en la aplicación del acuerdo administrativo.
(3) Textos Aprobados, P8_TA(2018)0133.

Última actualización: 4 de diciembre de 2018Aviso jurídico - Política de privacidad