Índice 
 Anterior 
 Siguiente 
 Texto íntegro 
Procedimiento : 2018/2571(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : B8-0190/2018

Textos presentados :

B8-0190/2018

Debates :

PV 19/04/2018 - 5
CRE 19/04/2018 - 5

Votaciones :

PV 19/04/2018 - 10.19
CRE 19/04/2018 - 10.19
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P8_TA(2018)0190

Textos aprobados
PDF 168kWORD 49k
Jueves 19 de abril de 2018 - Estrasburgo
Aplicación del Proceso de Bolonia: estado actual y seguimiento
P8_TA(2018)0190B8-0190/2018

Resolución del Parlamento Europeo, de 19 de abril de 2018, sobre la aplicación del Proceso de Bolonia: estado actual y seguimiento (2018/2571(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el artículo 14 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

–  Vista su Resolución, de 13 de marzo de 2012, sobre la contribución de las instituciones europeas a la consolidación y el progreso del Proceso de Bolonia(1),

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 25 y 26 de noviembre de 2013, sobre la dimensión global de la educación superior(2),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 20 de septiembre de 2011, titulada «Apoyar el crecimiento y el empleo: una agenda para la modernización de los sistemas de educación superior en Europa» (COM(2011)0567),

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 28 y 29 de noviembre de 2011, sobre la modernización de la enseñanza superior(3),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 20 de noviembre de 2012, titulada «Un nuevo concepto de educación: invertir en las competencias para lograr mejores resultados socioeconómicos» (COM(2012)0669),

–  Vista la Recomendación 2006/143/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de febrero de 2006, sobre una mayor cooperación europea en la garantía de la calidad de la enseñanza superior(4),

–  Vista la Declaración conjunta firmada el 19 de junio de 1999 en Bolonia por los ministros de Educación de 29 países europeos (Declaración de Bolonia),

–  Vista su Resolución, de 28 de abril de 2015, sobre el seguimiento de la aplicación del Proceso de Bolonia(5),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 14 de noviembre de 2017, titulada «Reforzar la identidad europea mediante la Educación y la Cultura» (COM(2017)0673),

–  Vista la pregunta dirigida a la Comisión sobre la aplicación del Proceso de Bolonia: estado actual y seguimiento (O-000020/2018 – B8‑0014/2018),

–  Vista la propuesta de Resolución de la Comisión de Cultura y Educación,

–  Vistos el artículo 128, apartado 5, y el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento interno,

A.  Considerando que el Proceso de Bolonia es una iniciativa intergubernamental con la cual los países tratan de alcanzar objetivos comunes, mediante un diálogo abierto y colaborativo, a partir de compromisos acordados internacionalmente, contribuyendo así a la construcción del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES); que la enseñanza superior de calidad es un componente fundamental para el desarrollo de una sociedad abierta y avanzada basada en el conocimiento, lo que en última instancia contribuye a la creación de una comunidad estable, pacífica y tolerante garantizando la igualdad de oportunidades y una educación de calidad accesible para todos;

B.  Considerando que el Proceso de Bolonia ha promovido la movilidad mediante el refuerzo de la internacionalización de la educación superior y de la mejora de la compatibilidad de las normas de los diferentes sistemas de educación superior, respetando al mismo tiempo los principios de libertad académica y autonomía institucional, haciendo hincapié en la mejora de la calidad de la educación superior y en la igualdad de oportunidades para los ciudadanos;

C.  Considerando que el EESS se puso en marcha con el objetivo de crear un sistema de tres ciclos (licenciatura, master y doctorado) y de que los sistemas de educación superior europeos fueran más compatibles y atractivos a nivel mundial;

D.  Considerando que la educación es uno de los principales pilares de nuestra sociedad y que la educación superior desempeña un papel importante en el fomento del desarrollo y las habilidades personales, el impulso de la empleabilidad y la competitividad, el refuerzo del compromiso cívico, la ciudadanía activa y la comprensión intercultural, la promoción de los valores comunes y la resolución de los desafíos de un mundo en continua evolución;

E.  Considerando que la Comisión ha puesto en marcha una agenda renovada de la UE para la educación superior, con el fin de apoyar a las instituciones educativas superiores y a las autoridades nacionales responsables de la educación superior; que otros países del EEES podrían participar progresivamente en este proceso a través de consultas e intercambios de buenas prácticas;

F.  Considerando que la búsqueda de un EEES abierto e integrador, basado en la calidad y en la confianza mutua, es la base del Proceso de Bolonia;

G.  Considerando que el Proceso de Bolonia y el EEES comprenden 48 países, incluidos muchos vecinos y socios importantes de la UE; que el Proceso de Bolonia refuerza la eficacia de las asociaciones con países no pertenecientes a la UE en el ámbito de la educación superior y ofrece incentivos para reformar la educación y otros sectores en los respectivos países;

H.  Considerando que, teniendo en cuenta los avances desiguales en la ejecución del Proceso de Bolonia y el EEES, así como las dificultades para aplicar las reformas estructurales acordadas en muchos casos, el aumento y la simplificación de la movilidad de los estudiantes junto con la emisión de títulos conjuntos son, hasta ahora, los dos grandes logros del Proceso de Bolonia;

I.  Considerando que, en 2015, Bielorrusia fue admitida en el EEES, siempre y cuando cumpliera los requisitos establecidos en la hoja de ruta de Bielorrusia para la reforma de la educación superior; que las autoridades de Bielorrusia incumplieron las obligaciones que les incumbían hasta finales de 2017 y deberán retomar las reformas;

1.  Pide a los países participantes que refuercen su compromiso político, fomenten la cooperación mutua en la aplicación de los objetivos conjuntamente acordados en todo el EEES, y desarrollen, cuando sea necesario, marcos legislativos adecuados, a fin de consolidar su desarrollo, reforzar su credibilidad y convertirse en un punto de referencia de excelencia académica a nivel mundial, reforzando, al mismo tiempo, las oportunidades de movilidad a fin de garantizar la participación del mayor número posible de estudiantes;

2.  Pide a los países participantes que garanticen mecanismos transparentes, accesibles y equitativos para la asignación de becas de movilidad y ayudas; solicita a la UE y a los Estados miembros que incrementen sus presupuestos de educación con el objetivo de garantizar que la educación superior pública sea gratuita y accesible para todos, a fin de fomentar el aprendizaje permanente;

3.  Pide a la Comisión y a los países participantes que faciliten el reconocimiento académico de los períodos de estudio y de los créditos obtenidos en el extranjero, así como las cualificaciones a efectos académicos, profesionales y del aprendizaje previo, y desarrollen sistemas de garantía de la calidad; insiste en que la Unión, los Estados miembros y las universidades deben suscribir acuerdos para prestar apoyo financiero y administrativo a los estudiantes, académicos y personal procedente de entornos desfavorecidos con una financiación adecuada, en particular a través de la participación en programas de movilidad, y deben continuar facilitando el acceso a la educación superior, mediante el aumento de las oportunidades de aprendizaje permanente a nivel académico, fomentar las formas complementarias de aprendizaje, como la educación no formal e informal, y construir itinerarios de aprendizaje más abiertos, eliminando las barreras existentes entre los diferentes niveles de la educación;

4.  Pide a las partes interesadas correspondientes y a las instituciones que aporten una solución al problema de los ciclos cortos cuando para acceder y ser admitido en un programa de licenciatura se requiera un examen de acceso a la Universidad;

5.  Pide a los países del EEES que fomenten una movilidad más inclusiva de los estudiantes, profesores, investigadores y personal administrativo, puesto que la movilidad contribuye a su desarrollo personal y profesional, así como a una mayor calidad del aprendizaje, la enseñanza, la investigación y la administración; recomienda que la movilidad se incluya en los programas educativos y mejore el aprendizaje de idiomas extranjeros; pide a los Estados miembros que concedan una financiación pública adecuada que sea utilizada de una forma más eficiente, al objeto de garantizar que los estudiantes e investigadores dispongan de los recursos necesarios para estudiar en el extranjero y que su origen socioeconómico no constituya un obstáculo;

6.  Subraya que la difusión del conocimiento, la investigación y la ciencia en los países del EEES constituye un elemento fundamental de la estrategia de la UE más allá de 2020 y contribuye, de forma significativa, a fomentar la ciudadanía europea;

7.  Pide a la Comisión que evalúe la aplicación de los objetivos de la conferencia ministerial de Ereván de 2015 en lo que respecta a la calidad de la enseñanza y del aprendizaje, y a la promoción de la empleabilidad de los graduados durante su vida laboral;

8.  Subraya la importancia de mejorar la dimensión social de la educación superior; pide a los países del EEES que apliquen de forma eficaz la estrategia relativa a la dimensión social de dicho espacio y proporcionen oportunidades concretas a los estudiantes con discapacidades y procedentes de entornos desfavorecidos para que accedan y culminen sus estudios superiores;

9.  Solicita a los países del EEES que garanticen que las consultas y evaluaciones críticas de sus instituciones de educación superior se realizan a nivel internacional, y trabajen en pro de un enfoque más coordinado en la aplicación de las reformas acordadas conjuntamente para alcanzar los objetivos del Proceso de Bolonia y el reconocimiento efectivo de la educación no formal e informal, a fin de mejorar la empleabilidad de los estudiantes y el compromiso cívico;

10.  Subraya la necesidad de un mayor acceso por parte de los grupos infrarrepresentados, en particular mediante el establecimiento de objetivos cuantitativos definidos con respecto a los índices de acceso y de finalización; subraya la importancia de garantizar y promover el acceso a los refugiados y solicitantes de asilo a todas las instituciones del EEES, y recuerda que el atractivo de la enseñanza superior en Europa reside también en su capacidad de atender a los estudiantes sin ningún tipo de discriminación;

11.  Pide a la Comisión que supervise los progresos realizados a nivel de la dimensión social de los objetivos del Proceso de Bolonia, y de los objetivos más amplios en materia de inclusión;

12.  Solicita que la conferencia ministerial, que este año se celebrará en París, informe sobre la realización del objetivo establecido en la última conferencia ministerial de Ereván, en mayo de 2015, de completar el establecimiento del EEES;

13.  Pide que la próxima conferencia ministerial del EEES en 2018, que tendrá lugar en París, efectúe una evaluación crítica del Proceso de Bolonia con el fin de: a) determinar los obstáculos que aún persisten y sus posibles soluciones, y de velar por la correcta aplicación de los compromisos, b) apoyar a los países más rezagados en la ejecución de los principales compromisos del Proceso de Bolonia a través de la mejora de la capacitación, y del desarrollo de mecanismos y procedimientos específicos para abordar los casos de incumplimiento, y c) explorar nuevos objetivos del EEES más allá de 2020 y mejorar el diálogo entre los gobiernos, las instituciones de educación superior y los centros de investigación, contribuyendo así a la construcción de un EEES más integrado, de elevada calidad, inclusivo, atractivo y competitivo;

14.  Pide a los países del EEES que mantengan a Bielorrusia dentro del EEES; solicita a la Comisión que facilite los recursos necesarios para la ejecución de la hoja de ruta de Bielorrusia para la reforma de la educación superior;

15.  Pide a la secretaría del Grupo de seguimiento de Bolonia que supervise los informes que indican que las mismas directrices se han aplicado de forma distinta en diferentes países del EEES y que la diversidad de contextos y niveles de recursos movilizados han dado lugar a diferencias significativas entre las instituciones del EEES;

16.  Subraya la importancia de reforzar y crear oportunidades de debate social sobre el sector de la educación superior y los retos que deben afrontar las partes interesadas; hace hincapié en la importancia de fomentar la participación de estudiantes, investigadores, profesores y personal no docente en el gobierno de la educación superior;

17.  Subraya la necesidad de aumentar la financiación pública en educación y respetar el objetivo principal de la UE de invertir un 3 % del PIB de la Unión en I&D antes de 2020;

18.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros.

(1) DO C 251 E de 31.8.2013, p. 24.
(2) DO C 28 de 31.1.2014, p. 2.
(3) DO C 372 de 20.12.2011, p. 36.
(4) DO L 64 de 4.3.2006, p. 60.
(5) DO C 346 de 21.9.2016, p. 2.

Última actualización: 4 de diciembre de 2018Aviso jurídico - Política de privacidad