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Procedimiento : 2017/2117(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A8-0064/2018

Textos presentados :

A8-0064/2018

Debates :

PV 02/05/2018 - 32
CRE 02/05/2018 - 32

Votaciones :

PV 03/05/2018 - 7.14
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Textos aprobados :

P8_TA(2018)0203

Textos aprobados
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Jueves 3 de mayo de 2018 - Bruselas
Situación actual y perspectivas de futuro de los sectores ovino y caprino en la Unión
P8_TA(2018)0203A8-0064/2018

Resolución del Parlamento Europeo, de 3 de mayo de 2018, sobre la situación actual y perspectivas de futuro de los sectores ovino y caprino en la Unión (2017/2117(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Vistas las recomendaciones del Foro Europeo de la Carne de Ovino celebrado en 2015 y 2016 a instancias de la Comisión,

–  Visto el estudio encargado por el Departamento de Política B del Parlamento, a solicitud de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural del Parlamento sobre el futuro de los sectores de la carne ovina y caprina en Europa,

–  Vista su Resolución, de 19 de junio de 2008, sobre el futuro del sector ovino y caprino en Europa(1),

–  Vistas las conclusiones del estudio realizado por la Comisión en 2011 sobre la «evaluación de las medidas de la PAC en los sectores ovino y caprino»,

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 19 de junio de 2017, sobre el Plan de acción de la UE en pro de la naturaleza, las personas y la economía,

–  Vista su Resolución, de 15 de noviembre de 2017, sobre un plan de acción en pro de la naturaleza, las personas y la economía(2),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 29 de junio de 2017, sobre el Plan de Acción europeo «Una sola salud» para luchar contra la resistencia a los antimicrobianos (COM(2017)0339),

–  Visto el Reglamento (CE) n.º 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales no destinados al consumo humano,

–  Vistas las conclusiones de 2012 del Defensor del Pueblo neerlandéscontenidas en su informe sobre el enfoque adoptado por el Gobierno en relación con la fiebre Q(3) y en su estudio de 2017 sobre las lecciones que el Gobierno neerlandés ha extraído de la epidemia de la fiebre Q(4),

–  Visto el artículo 52 de su Reglamento interno,

–  Visto el informe de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural (A8-0064/2018),

A.  Considerando que los sectores del ovino y caprino se caracterizan por su baja rentabilidad, con ingresos que figuran entre los más bajos de la Unión, debido en gran parte a fuertes costes operacionales y reglamentarios, que en ocasiones superan los precios de venta, y a una enorme carga administrativa, lo que da lugar a un abandono cada vez más frecuente de esas producciones;

B.  Considerando que los desequilibrios en la cadena alimentaria acentúan la vulnerabilidad de esos sectores, y que, hasta el momento, la Comisión no ha conseguido adoptar las medidas reglamentarias necesarias solicitadas por el Parlamento a este respecto;

C.  Considerando que la instalación y el mantenimiento de producciones ovinas y caprinas son imposibles sin la garantía de unas rentas estables para los ganaderos;

D.  Considerando que la cría de ganado ovino y caprino en Europa se caracteriza por la estacionalidad, a diferencia de otras regiones del mundo, que pueden mantener el ciclo completo de cría y producción durante todo el año; que esta alta dependencia estacional puede derivar en incertidumbre económica para los ganaderos y los productores;

E.  Considerando que ambos sectores tienen la capacidad de crear y conservar empleos en zonas con desventajas, como las regiones remotas y montañosas;

F.  Considerando que los sectores ovino y caprino presentan un potencial de desarrollo y empleo importante para muchas zonas rurales frágiles y zonas periurbanas, principalmente a través de la venta de carne y productos lácteos de calidad que pueden comercializarse en circuitos cortos y de proximidad;

G.  Considerando que los criadores de ovejas se encuentran con dificultades a la hora de encontrar personal cualificado y, en ocasiones, incluso personal no cualificado;

H.  Considerando que los sectores ovino y caprino forman parte del patrimonio cultural de numerosos Estados miembros y que dan lugar a productos tradicionales de alta calidad;

I.  Considerando que los sectores ovino y caprino han de garantizar las normas más exigentes a escala mundial por lo que respecta a la seguridad alimentaria, a la salud y el bienestar animal, y a la protección del medio ambiente;

J.  Considerando el importante papel de sostenibilidad medioambiental que desempeña la ganadería ovina y caprina, especialmente el que practica el pastoreo, al estar presente en el 70 % de las zonas con desventajas geográficas, incluidas las regiones aisladas y de acceso relativamente difícil, y contribuyendo al mantenimiento del paisaje, a la defensa de la biodiversidad (incluidas las razas autóctonas locales) y a la lucha contra la erosión, la acumulación indeseada de biomasa, los daños en diques, las avalanchas y los incendios forestales;

K.  Considerando que los sectores del ovino y caprino realizan una importante contribución socioeconómica a las zonas rurales de Europa apoyando la ganadería y el empleo en las zonas menos favorecidas y elaborando productos tradicionales de alta calidad;

L.  Considerando que debe mejorarse el relevo generacional de los agricultores con el fin de garantizar la supervivencia de este tipo de actividad ganadera y ayudar a frenar la rápida despoblación de muchas regiones rurales en las que escasean los servicios básicos y los servicios de apoyo a la familia, con consecuencias en particular para las mujeres que realizan una labor considerable, a menudo invisible en el sector;

M.  Considerando que esos sectores brindan un entorno favorable y oportunidades para los jóvenes que desean iniciar actividades agrícolas en estructuras de dimensión humana –que incluyen un nivel de capitalización bajo, una organización colectiva fuerte, asistencia mutua y cooperativas que permiten el uso común de materiales– o crear una empresa;

N.  Considerando que está aumentando la edad media de los ganaderos de los sectores ovino y caprino, y que existe una falta de intercambio de conocimientos entre generaciones, lo cual impide el buen funcionamiento de los dos sectores y los hace vulnerables frente a la falta de capacidades y conocimientos en el futuro; que los criadores y productores de productos elaborados de calidad como los quesos artesanales suelen carecer de las habilidades de comercialización y venta necesarias para colocar sus productos en el mercado de una forma atractiva;

O.  Considerando que en la Unión la mayoría de ovejas y cabras se crían en zonas de agricultura extensiva, como los pastizales; que en algunos Estados miembros los sectores se basan en el modelo de cría intensiva de caprinos y ovinos;

P.  Considerando que estos sectores contribuyen a la conservación de zonas de alto valor ecológico o de alto valor natural, como los pastizales y los pastos de montaña, pastizales arbolados y otros tipos de silvopastoreo o dehesas, así como de tierras menos fértiles, y que también desempeñan una función esencial en el desbrozo;

Q.  Considerando que la definición de pastos permanentes antes de la entrada en vigor del Reglamento (UE) 2017/2393(5) no cubría de manera adecuada los pastos mediterráneos con sus especies leñosas perennes, como las dehesas y otros ecosistemas asociados a la agrosilvicultura, reduciendo así la superficie que puede optar a las ayudas directas y penalizando a los ganaderos de esas zonas;

R.  Considerando que el pastoreo es una actividad tradicional de la cría de animales extensiva, practicada principalmente en regiones montañosas, que permite el desarrollo de territorios de difícil acceso o mecanización y de escaso valor agronómico, lo que les permite mantener una actividad económica;

S.  Considerando que la trashumancia forma parte de las prácticas ganaderas en varios Estados miembros;

T.  Considerando que la política agrícola común (PAC) actual prevé ayudas para las diferentes razas autóctonas de ovino y caprino;

U.  Considerando que dichas razas están bien adaptadas al entorno local y desempeñan una función considerable en cuanto a la conservación de la biodiversidad y del equilibrio natural en sus hábitats;

V.  Considerando que las razas autóctonas se adaptan mucho mejor a las condiciones y características del territorio;

W.  Considerando que desde la década de 1980 han desaparecido más de 25 millones de ovejas, y que en los últimos 17 años la producción ha caído más de un 20 %;

X.  Considerando que el consumo de carne de ovino y caprino ha disminuido de forma notable en los últimos años, reduciéndose en el caso del ovino de 3,5 kilos por persona en 2001 a 2 kilos en la actualidad, y que esa tendencia a la baja se ha observado de nuevo en 2017, sobre todo entre los jóvenes;

Y.  Considerando el singular mercado de la carne de caprino en Europa, con una producción principalmente ubicada en Grecia, España y Francia y un consumo especialmente importante en Portugal, Italia y Grecia;

Z.  Considerando que la producción de carne de caprino a partir de cabritos o animales adultos de desvieje es estacional y representa un subproducto de la leche controlado por unos pocos operadores cuyo precio de venta no alcanza para remunerar a los ganaderos;

AA.  Considerando que la escasa presencia de carne de caprino en los puntos de venta conlleva una pérdida de visibilidad del producto y, por tanto, un descenso de su consumo;

AB.  Considerando que el 3 % de la producción europea de leche y el 9 % de la de queso corresponde a los sectores ovino y caprino, y que juntos emplean a 1,5 millones de personas en la Unión;

AC.  Considerando que el consumo de leche y queso de cabra en los últimos años ha aumentado notablemente en diversos Estados miembros;

AD.  Considerando que la producción de carne de ovino en la Unión solo cubre cerca del 87 % de la demanda del mercado, y que las importaciones procedentes de países terceros, con Nueva Zelanda a la cabeza, afectan a la competitividad de las producciones de la Unión en las épocas del año más sensibles (Semana Santa y Navidad), pero también durante el resto del año, dado que Nueva Zelanda y Australia son los principales exportadores de carne de ovino;

AE.  Considerando que, en los últimos años, ese país ha aumentado sus envíos de carne fresca o refrigerada, reduciendo sus tradicionales exportaciones de carne congelada, lo que está acrecentando su impacto en el mercado de fresco de la Unión y acarreando un descenso de los precios pagados a los productores europeos; opina que es necesario tener en cuenta este hecho en el próximo acuerdo de libre comercio con Nueva Zelanda;

AF.  Considerando que, en muchas ocasiones, los productores europeos no compiten en igualdad de condiciones con las importaciones de países terceros, que a menudo aplican normas de calidad, exigencias reglamentarias y normas medioambientales menos rigurosas;

AG.  Considerando las negociaciones en curso de los acuerdos de libre comercio entre la Unión y Nueva Zelanda y Australia, respectivamente y que los sectores ovino y caprino son sectores sensibles que deben protegerse o incluso excluirse de dichos acuerdos comerciales;

AH.  Considerando que algunas regiones en la vecindad de la Unión han estado mostrando interés en los productos ovinos y caprinos de la Unión, lo cual supone una oportunidad para los productores de la Unión que, por desgracia, no se ha aprovechado en su totalidad;

AI.  Considerando que el Brexit podría provocar cambios significativos en el comercio interno de la Unión de carne de ovino, al ser el primer país productor y la principal puerta de entrada de las importaciones de países terceros;

AJ.  Considerando que el Reino Unido importa en torno a la mitad de su cuota de carne de ovino de Nueva Zelanda y cerca de dos terceras partes de Australia, y que la Unión no puede desvincularse de la noche a la mañana de sus compromisos internacionales, lo que ahonda en la incertidumbre provocada por el Brexit;

AK.  Considerando que la lana de ovino y caprino es un recurso duradero, renovable y biodegradable para el sector de los textiles;

AL.  Considerando que la lana no tiene la categoría de producto agrícola en virtud del anexo I del TFUE, sino que solo recibe la calificación de subproducto animal de conformidad con el Reglamento (UE) n.º 142/2011;

AM.  Considerando que esta falta de reconocimiento sitúa a los productores de ganado ovino en situación de desventaja en relación con otros productores, porque la lana está sujeta a unos requisitos más estrictos que los productos agrícolas reconocidos cuando se transporta, y las intervenciones en el mercado a través de una organización de mercado colectiva no son posibles para la lana;

AN.  Considerando que las producciones de ovino y caprino son principalmente de carácter extensivo, lo que las pone en relación directa con la fauna silvestre, cuyo estado sanitario no puede garantizarse;

AO.  Considerando que, de conformidad con el Reglamento (CE) n.º 999/2001, el plan relativo a la tembladera ha conducido a una reducción del 100 % de los intercambios de ganado de explotación, y que en el caso de las razas pequeñas y autóctonas, el genotipado de la tembladera ha generado una reducción de la población macho de ganado de explotación de hasta un 50 %;

AP.  Considerando que los recientes brotes de enfermedades animales han demostrado que un brote en un Estado miembro puede constituir una amenaza para todo el mercado agrícola europeo, teniendo en cuenta que las diversas epidemias que han golpeado a la Unión Europea, algunas de las cuales, como la más amplia epidemia de la fiebre Q jamás habida, que se produjo en las explotaciones caprinas entre 2007 y 2011, tienen consecuencias para la salud humana;

AQ.  Considerando que la vacunación de ovejas y cabras protege a los rebaños de los Estados miembros de enfermedades transfronterizas, limitando el riesgo de infecciones entre los Estados miembros y ayudando a paliar los efectos de la resistencia a los antimicrobianos;

AR.  Considerando que, de conformidad con el Plan de Acción europeo «Una sola salud», la inmunización a través de la vacunación es una intervención de salud pública rentable en el esfuerzo por combatir la resistencia antimicrobiana, pese al hecho de que el uso de antibióticos sea más barato a corto plazo, y de que el plan también prevea incentivos para aumentar el uso de diagnósticos, alternativas antimicrobianas y vacunas;

AS.  Considerando que el Sistema de Identificación Electrónica del ovino y el caprino garantiza de forma eficiente la trazabilidad de los animales, pero los fallos involuntarios en la lectura de las marcas auriculares o su pérdida pueden dar lugar a sanciones a veces desproporcionadas;

AT.  Considerando que los ganaderos tienen también dificultades para aplicar las normas de identificación actuales a la categoría de los cabritos;

AU.  Considerando que la protección concedida a determinadas especies, en especial a los grandes carnívoros, en virtud de la Directiva sobre los hábitats (92/43/CEE), junto con el deterioro de sus hábitats naturales y la reducción de la abundancia y calidad de sus presas naturales, y combinado con la despoblación rural y la falta de inversión en medidas preventivas por parte de los Estados miembros, han contribuido a un aumento considerable de los ataques de predadores a los rebaños de ovino y caprino en todas las regiones, empeorando la situación ya precaria en la que algunas explotaciones se encuentran y poniendo en peligro la agricultura tradicional y la pasticultura en muchas zonas;

AV.  Considerando que los depredadores y los grandes carnívoros han alcanzado en algunas regiones de la Unión Europea un buen estado de conservación;

AW.  Considerando que la introducción de la posibilidad de modificar el estado de protección de especies en regiones concretas debe tenerse en cuenta tan pronto como se alcance el estado de conservación deseado;

AX.  Considerando que los ganaderos de ovino y caprino deben hacer frente a mucha burocracia y cargas administrativas derivadas no solo de la PAC sino también de otras normativas de la UE, como por ejemplo las relacionadas con el tratamiento de subproductos animales no destinados al consumo humano;

AY.  Considerando que el mercado de la carne de ovino y caprino se encuentra muy fragmentado y que existe una falta de transparencia a la hora de informar sobre los precios de mercado;

AZ.  Considerando que en algunos Estados miembros existen pocos mataderos, lo cual dificulta el desarrollo de estos sectores en dichos Estados;

BA.  Considerando que la reestructuración de la industria del sacrificio, el ajuste a las normas sanitarias y la reducción de los sacrificios como consecuencia de la disminución de la actividad ganadera han conducido en muchas regiones a la desaparición de las herramientas económicas necesarias para aportar valor añadido y apoyar las cadenas de suministro locales;

BB.  Considerando que la reestructuración de la industria del sacrificio, las medidas aplicadas como consecuencia de la aparición de la crisis de las «vacas locas» y el paquete higiénico sanitario, entre otros factores, han desembocado en muchos países en la desaparición de diversos instrumentos necesarios para la supervivencia de la venta directa y de proximidad y en un aumento de los costes del sacrificio;

BC.  Considerando que las instalaciones de ordeño y los mataderos móviles o las medidas para poner a disposición dichas instalaciones sobre el terreno, son importantes y necesarios para facilitar la productividad de la ganadería de ovino y caprino;

BD.  Considerando que los productos de carne de ovino y caprino suelen carecer de una variedad de productos finales que sí se encuentra en otros tipos de carne, lo que los hace menos atractivos y, en consecuencia, menos demandados por los consumidores;

BE.  Considerando la necesidad de mejorar el valor añadido de las producciones de carne y de introducir fórmulas novedosas más adaptadas a los hábitos de consumo de los jóvenes;

BF.  Considerando que, además de ofrecer una amplia variedad de productos de carne, lácteos y lana a los consumidores de toda la Unión, la ganadería de ovino y caprino desempeña un papel cultural esencial, como el kukeri que se celebra en Bulgaria y la capra en Rumanía, entre otras;

BG.  Considerando la existencia de un mercado creciente, en numerosos países de la Unión, de productos agrícolas locales y de agricultura biológica que responden a una demanda de transparencia y calidad por parte de los consumidores;

BH.  Considerando que, de conformidad con el Reglamento (UE) n.º 1151/2012 y con el Reglamento Delegado (UE) n.º 665/2014, los Estados miembros tienen la posibilidad de utilizar la indicación facultativa de calidad «producto de montaña» para dar mayor visibilidad a los productos de la ganadería ovina y caprina originarios de las regiones montañosas;

BI.  Considerando que los sistemas europeos de calidad – en particular la indicación geográfica protegida (IGP) y la denominación de origen protegida (DOP) – proporcionan herramientas para dar una mayor visibilidad a los productos de la ganadería de ovino y caprino, y de este modo ofrecen mejores oportunidades para la realización de dichos productos;

BJ.  Considerando que algunos Estados miembros carecen de políticas estructurales para el desarrollo de uno o ambos sectores, lo cual supone un obstáculo para su desarrollo;

BK.  Considerando que dichas políticas podrían incluir recomendaciones para las distintas fases, como la cría (selección de razas, la producción de carneros, etc.), así como para la realización del mercado;

Un mejor apoyo

1.  Apoya las recomendaciones publicadas en 2016 por el Foro Europeo de la Carne de Ovino celebrado a instancias de la Comisión, en particular la necesidad de establecer un pago medioambiental en reconocimiento del papel que desempeñan los sectores ovino y caprino a la hora de aportar bienes públicos, en especial cuando se basa en el pastoreo extensivo, por lo que respecta a: la mejora de las tierras y la preservación de la biodiversidad, los ecosistemas, las zonas valiosas desde el punto de vista medioambiental y la calidad del agua; la prevención del cambio climático, las inundaciones, las avalanchas, los incendios forestales y la consiguiente erosión; y la conservación del paisaje y del empleo; subraya que tales recomendaciones deberían ser válidas también para el sector de la carne de caprino y para las producciones lácteas de ambos sectores;

2.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que evalúen la posibilidad de dar incentivos a los productores que practiquen la trashumancia;

3.  Apoya el mantenimiento o, si procede, el refuerzo de las ayudas no disociadas voluntarias para los sectores del ovino y el caprino y de otras medidas correspondientes dirigidas a ambos sectores, con subvenciones diferenciadas para el pastoreo de los rebaños, con vistas a la próxima reforma de la PAC con el fin de detener el abandono por parte de los ganadores de esos sectores en la Unión Europea, teniendo en cuenta la elevada dependencia que tienen los ganaderos de ovino y caprino de los pagos directos;

4.  Destaca que, en el marco del acuerdo alcanzado en las negociaciones sobre el Reglamento (UE) 2017/2393, el régimen de ayuda no disociada voluntaria se ha simplificado y aclarado, suprimiendo las referencias a los límites cuantitativos y al mantenimiento de la producción, y con la disposición según la cual los Estados miembros pueden revisar anualmente determinados criterios de subvencionabilidad, así como la dotación global;

5.  Pide a todos los Estados miembros que amplíen los pagos agroambientales para el pastoreo ovino y caprino y para apoyar a los agricultores que proporcionan un mayor bienestar animal;

6.  Celebra el acuerdo alcanzado en el marco de la negociación del Reglamento (UE) 2017/2393 que reconoce las particularidades de los pastos mediterráneos, como las dehesas, con vistas al establecimiento de disposiciones más justas que regulen las tierras que pueden optar a los pagos directos, y a remediar la discriminación intrínseca contra los pastos pobres y los sistemas de silvopastoreo;

7.  Destaca la importancia de este tipo de pastos para la prevención de incendios, pero señala, que estas mejoras siguen siendo opcionales para los Estados miembros;

8.  Considera que otros ecosistemas relacionados con la agrosilvicultura de pastoreo no deben ser objeto de discriminación en este sentido, y pide que se suprima el umbral del 50 % de hierba en zonas boscosas, que es necesario para el cobro de un pago directo por hectárea por los ganaderos de ovino y de caprino;

9.  Aboga por un pastoreo adecuado en superficies de interés ecológico, inclusive en pastizales secos y de baja calidad que se encuentran en algunas zonas menos favorecidas;

10.  Destaca que el pastoreo no debe permitirse cuando exista un riesgo de dañar zonas naturales sensibles; hace hincapié en este contexto en la gran importancia de los rumiantes para el aprovechamiento de las fibras brutas;

11.  Estima necesario prestar un mayor apoyo a los agricultores jóvenes y a los que inician su actividad agrícola, tanto a través de las ayudas directas como de las procedentes de la política de desarrollo rural, en consonancia con las políticas nacionales, con vistas a introducir incentivos para la creación o la utilización de explotaciones de ganado ovino y caprino, dado que el fuerte envejecimiento de la población ganadera, claramente superior incluso al que sufren otros sectores agropecuarios debido a su escasa rentabilidad, supone uno de los principales retos para la calidad de vida en el sector rural y la seguridad alimentaria en la Unión;

12.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que tengan en consideración los problemas específicos planteados por las organizaciones representantes de las mujeres empleadas en este sector, a través de medidas para, entre otras cosas, mejorar su visibilidad, fomentar la titularidad y cotitularidad, e introducir los servicios necesarios en apoyo a las familias;

13.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que desarrollen programas específicos que permitan a las mujeres encontrar su lugar en estos sectores en particular, lo que podría contribuir enormemente a la necesaria renovación generacional en los sectores y a ayudar a mantener la ganadería de ovino y caprino como una empresa familiar;

14.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que velen en mayor medida por la diversidad de los recursos genéticos de los sectores ovino y caprino debido a su importancia para la productividad (fertilidad, prolificidad, etc.), la calidad de los productos y la adaptación de los animales a su entorno;

15.  Valora las actuales líneas de ayuda para el fomento de razas autóctonas y de calidad diferenciada, como la certificación ecológica;

16.  Subraya que, en este contexto, es necesario tener en cuenta la preservación de razas locales y rústicas en los planes de cría de ganado;

17.  Resalta la importancia de las razas ovina y caprina autóctonas para el pastoreo en la región alpina, para el que no puede utilizarse otras especies animales;

18.  Pide a la Comisión que adopte medidas para reforzar la promoción de tales razas ovina y caprina;

19.  Pide que se conceda un mayor apoyo a las organizaciones de productores de los sectores ovino y caprino;

20.  Tiene en cuenta el desarrollo de las subvenciones en el sector, lo que resulta de gran importancia para los esfuerzos por incrementar la eficiencia y la competitividad en la producción, mejorar la calidad de los productos y aumentar la autosuficiencia de la Unión en cuanto al suministro de carne de ovino, elementos, todos ellos, que son coherentes con los objetivos de desarrollo eficiente y mejora de la calidad de la Unión;

Fomento e innovación

21.  Invita a la Comisión a incrementar el apoyo destinado a la investigación de métodos de producción innovadores con el fin de reforzar la competitividad de los sectores ovino y caprino, y de promover los productos de la carne, de la leche y de la lana en el mercado interior, haciendo hincapié no solo en los productos tradicionales, como el queso, sino también en los cortes más novedosos a fin de ofrecer productos que satisfagan las expectativas de los consumidores y la demanda del mercado; pide asimismo a la Comisión que fomente el consumo más regular a través de campañas de información sobre métodos de preparación y cocción adecuados a los nuevos consumidores, destacando las ventajas nutricionales y las propiedades saludables de la carne de ovino y de caprino;

22.  Considera necesario combatir la idea de que el cordero es difícil de cocinar y de contrarrestar la actual tendencia a evitar las carnes rojas;

23.  Hace hincapié en que los esfuerzos por incrementar el consumo de carne de ovino y caprino son fundamentales si se trata de incrementar su producción en la Unión;

24.  Felicita a la Comisión por su intención de dedicar una línea presupuestaria a los productos cárnicos y lácteos de ovino y caprino dentro de las próximas campañas de promoción cofinanciadas por la Unión;

25.  Destaca la necesidad de garantizar una financiación suficiente para las campañas de promoción destinadas a incrementar el consumo de carne de ovino y caprino en toda la Unión.

26.  Pide que se incluyan las pieles y la lana entre los productos beneficiarios;

27.  Pide a la Comisión que coordine las campañas de promoción del etiquetado de la carne y los productos ovinos y caprinos con IGP y DOP con el fin de aumentar su atractivo; solicita que se realice un estudio en profundidad de las salidas comerciales para la lana a fin de que los productores reciban un mayor beneficio económico;

28.  Anima a más Estados miembros a que apliquen el término de calidad facultativo «producto de montaña» tal y como se prevé en la actual legislación de la Unión, que supone un instrumento para mejorar la visibilidad de los productos y para que los consumidores puedan realizar una elección más fundamentada;

29.  Hace hincapié en la necesidad de introducir etiquetas de garantía para la carne de cordero y de cabrito, tanto para productores individuales como para asociaciones de productores, como posibles beneficiarios de las ayudas a la calidad diferenciada; subraya que dichas etiquetas deben ser aprobadas por las autoridades locales competentes de conformidad con los reglamentos pertinentes y las disposiciones que rigen el uso de dichas etiquetas;

30.  Pide que se respalden los actos promocionales a escala de la Unión dedicados a los sectores ovino y caprino, como festivales y eventos anuales similares, como una herramienta para que el público conozca mejor los beneficios de dichos sectores para la Unión, el medio ambiente y sus ciudadanos;

31.  Solicita a la Comisión y a los Estados miembros que fomenten el aprovechamiento del gran potencial que hay en las prácticas tradicionales de los sectores del ovino y caprino a través del agroturismo;

Buenas prácticas

32.  Pide a la Comisión que cree las condiciones para el desarrollo de un sector de los productos lácteos ovinos y caprinos, de forma que se pueda generar el mayor valor añadido posible en las explotaciones, mediante políticas de calidad que favorezcan la producción de productos lácteos en la granja, comercializados principalmente en circuitos cortos y/o localmente; subraya, a este respecto, la importancia de que la Comisión vele por una mejor aplicación de la normativa de higiene en todos los Estados miembros, en particular a través de la «Guía de buenas prácticas de higiene para los quesos en la granja», creada por ganaderos de la Red Europea de Queserías de Campo y Artesanas en colaboración con la Comisión;

33.  Pide a la Comisión que establezca una plataforma en línea centrada en los sectores ovino y caprino, cuyo principal fin sea el intercambio de buenas prácticas y de información pertinentes de los Estados miembros;

34.  Insta a la Comisión a redactar unas directrices sobre las buenas prácticas para la comercialización de productos procedentes de los sectores del ovino y caprino, que podrían distribuirse entre los Estados miembros y a las organizaciones profesionales;

35.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que presten más atención al sector de la producción y el procesamiento de la lana, concediendo apoyo a la aplicación de programas de intercambio de información y de buenas prácticas entre los participantes de la cadena de procesamiento de la lana;

36.  Insta a la Comisión a explorar la aplicación de excepciones para la lana en la aplicación del Reglamento (CE) n.º 1069/2009 y del Reglamento (UE) n.º 142/2011 sobre tratamiento de los subproductos de origen animal, dado que se trata de un producto no destinado al consumo humano;

Mejora de los mercados

37.  Pide a la Comisión que presente propuestas sobre la transparencia de los precios en el sector, con el fin de facilitar información a los consumidores y productores sobre los precios de los productos;

38.  Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que estudien la posibilidad de armonizar las canales de modo que reflejen los costes reales, sin menoscabo de la biodiversidad aportada por las razas locales, así como la creación de un observatorio europeo encargado de supervisar los precios y los costes de producción de ovino y caprino; destaca la importancia de supervisar los márgenes a lo largo de toda la cadena alimentaria, incluyendo los precios al por mayor;

39.  Advierte de que una demanda estática o en descenso combinada con una mayor producción puede derivar en precios más bajos para los productores;

40.  Recuerda que los productores de leche de oveja o cabra agrupados en organizaciones de productores se benefician, en virtud del artículo 149 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013, de la posibilidad de negociar contratos conjuntos hasta el límite del 33 % de la producción nacional y del el 3,5 % de la producción europea; destaca que esos umbrales se establecieron principalmente para la producción de leche cruda de vaca y son, por tanto, exigentes y poco adaptados para las producciones de pequeños rumiantes, en particular cuando los ganaderos desean organizarse en asociaciones de organizaciones locales de productores, organizaciones de productores multicomprador o cuando se enfrentan a un gran grupo industrial;

41.  Pide que se creen indicadores precisos que permitan un seguimiento más pormenorizado de la producción, el consumo y el comercio de carne de caprino, distinguiendo entre animales adultos y cabritos;

42.  Opina que es necesario mejorar el poder de negociación y el poder de mercado de los productores en la cadena alimentaria, ampliando las normas sobre las relaciones contractuales para los sectores del ovino y caprino, y para los productos a base de carne y de leche, estableciendo organizaciones de productores e interprofesionales similares a las que existen en otros sectores agrícolas y ganaderos, en línea con el acuerdo alcanzado en el marco del Reglamento (UE) 2017/2393, con el fin de mejorar la competitividad y la baja productividad actual de los sectores;

43.  Pide que se incluyan los etiquetados de calidad DOP y IGP de la carne de ovino con los existentes para el jamón, de conformidad con el artículo 172 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013, como una medida de gestión de la oferta para aumentar las posibilidades de adaptar la oferta a la demanda;

44.  Señala que las organizaciones de productores o las asociaciones de organizaciones de productores de leche de oveja o de cabra podrán liberarse así de los exigentes límites máximos impuestos por el artículo 149 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013, desde el momento en que desempeñen conjuntamente una actividad económica (promoción, control de calidad, envasado, etiquetado o transformación), en virtud del artículo 152, tal como ha sido modificado por el Reglamento (UE) 2017/2393;

45.  Anima a todos los Estados miembros que todavía no ofrecen la ayuda financiera del «paquete lácteo» al sector de los productos lácteos ovinos y caprinos a que lo hagan;

46.  Opina que debe evitarse que los productos ovinos y caprinos se comercialicen por debajo de los precios de producción;

47.  Pide a la Comisión que examine, en cooperación con los Estados miembros, la cadena de suministro de la carne de ovino y de caprino (por ejemplo, distinguiendo entre la carne de animales maduros y de crías) para garantizar que los ganaderos reciban un beneficio justo del mercado;

48.  Destaca en este sentido la importancia de una comercialización directa de los productos ovinos y caprinos;

49.  Pide a la Comisión que cree las condiciones para favorecer la venta directa por parte de productores y asociaciones de productores con objeto de limitar los aumentos artificiales de los precios;

50.  Apoya el desarrollo de un sector ovino de proximidad, pues representa una palanca para la mejora de las rentas de las granjas de ovinos y contribuye a una mejor adecuación entre la oferta y la demanda, y pide a los Estados miembros y a la Comisión que presten especial atención a sus políticas públicas en materia de mataderos de proximidad, que son indispensables para el desarrollo de esos sectores de proximidad;

51.  Recuerda que los productores pueden aplicar medidas de regulación de la oferta de quesos, en particular de leche de oveja o cabra, con una etiqueta DOP o una IGP en virtud del artículo 150 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013;

52.  Celebra que estas herramientas se hayan extendido más allá de 2020 como parte del acuerdo alcanzado sobre la negociación del Reglamento (UE) 2017/2393;

53.  Considera necesario fomentar la concentración de la oferta de los ganaderos en empresas como las cooperativas para que aumenten su poder de negociación en la cadena alimentaria, aporten valor a la producción de sus miembros ganaderos y realicen acciones que redunden en la reducción de costes u otras difícilmente realizables a nivel individual como innovación o asesoramiento ganadero;

54.  Anima a las autoridades de los Estados miembros en los que las organizaciones profesionales de los sectores ovino y caprino han demostrado su interés en redactar estrategias a largo y medio plazo para el desarrollo de los sectores, con sugerencias sobre cómo mejorar la selección de razas y la creación de mercado para los productos;

55.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que desarrollen programas que motiven a los productores a crear asociaciones de productores y de comercialización, a la comercialización directa, y a la producción y etiquetado de productos cárnicos y lácteos de ovino y caprino de especial calidad (por ejemplo, productos ecológicos o especialidades regionales);

56.  Pide a la Comisión que facilite los requisitos administrativos para la apertura de pequeñas queserías de leche de oveja y de cabra que permitan a los ganaderos incrementar el valor añadido de sus explotaciones;

57.  Insta a la Comisión a evaluar más herramientas e instrumentos adicionales, que puedan ayudar al sector a enfrentarse a las crisis, responder a los desafíos mundiales y garantizar su desarrollo sostenible;

58.  Considera necesario disponer de instrumentos de prevención y gestión de crisis en los sectores ovino y caprino, que permitan limitar la volatilidad de los precios y hagan posible una remuneración justa de los productores, así como un entorno favorable a la inversión y a la adquisición de explotaciones por ganaderos jóvenes;

59.  Señala que la calidad de la carne ovina y caprina depende en gran medida de sus recursos alimentarios, y que por ello las condiciones de competencia en los sectores ovino y caprino de la Unión difieren mucho entre las regiones de la Unión;

60.  Pide a las autoridades nacionales que garanticen el acceso de los productores a los mercados y la creación de puntos de venta especializados;

Brexit y acuerdos comerciales

61.  Pide a la Comisión que analice cuál será la situación del mercado del ovino tras la salida del Reino Unido de la Unión, y que adopte las medidas necesarias para evitar fuertes perturbaciones en el mercado, incluyendo la creación de una red de seguridad más eficiente para los precios y los mercados a fin de proteger al sector de las repercusiones del Brexit;

62.  Insta a la Comisión a mantener la prudencia en el marco de las negociaciones de los nuevos acuerdos de libre comercio con Nueva Zelanda y Australia, a la espera del análisis del impacto del Brexit en los sectores ovino y caprino, en particular por lo que se refiere al futuro de, por una parte, el contingente de 287 000 toneladas de equivalente de peso en canal de carne de ovino concedido por la Unión a Nueva Zelanda, cubierto en promedio en torno al 75 por ciento y consumido hoy en cerca del 48 por ciento por el Reino Unido y, por otra, del contingente de 19 200 toneladas de equivalente de peso en canal de carne de ovino concedido por la Unión a Australia, cubierto en promedio en torno al 100 por ciento y consumido hoy en cerca del 75 por ciento por el Reino Unido;

63.  Considera que este nuevo acuerdo debería estipular la separación de los contingentes atribuidos a Nueva Zelanda y Australia para sus exportaciones de carne de cordero a la Unión, con el fin de diferenciar entre la carne fresca o refrigerada de la congelada; recuerda que, si bien en la Unión se comercializan muy a menudo los corderos de entre seis y nueve meses, en Nueva Zelanda se comercializan a menudo los corderos de 12 meses; subraya que el acceso preferencial al mercado no debe superar los contingentes arancelarios existentes;

64.  Recuerda que el Parlamento ha identificado la carne de ovino como un elemento especialmente sensible en las negociaciones del acuerdo de libre comercio con Nueva Zelanda y ha apoyado la posible exclusión de los sectores más sensibles en su Resolución de 26 de octubre de 2017 que contiene las recomendaciones del Parlamento al Consejo sobre la propuesta de mandato de negociación para las negociaciones comerciales con Nueva Zelanda(6);

65.  Reitera que cualquier acuerdo de libre comercio debe respetar en su totalidad las estrictas normas de bienestar animal, medioambientales y de seguridad alimentaria de la Unión; señala que los actuales contingentes arancelarios para Nueva Zelanda tienen un impacto sobre la producción de carne de ovino de la Unión;

66.  Se muestra preocupado por la carta que Estados Unidos y otros seis grandes exportadores agrícolas (Argentina, Brasil, Canadá, Nueva Zelanda, Tailandia y Uruguay) enviaron a los representantes del Reino Unido y la Unión ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) el 26 de septiembre de 2017 en relación con los debates internos sobre una posible redistribución de los contingentes arancelarios de importación entre el Reino Unido y el resto de los Estados miembros;

67.  Subraya la importancia de que el Reino Unido mantenga la parte que le corresponde actualmente de los contingentes arancelarios tras su salida de la Unión, y de que se alcance un acuerdo conforme al cual ni el mercado del Reino Unido ni el de la Unión sufran un exceso de carne de ovino importada, a fin de evitar los efectos negativos para los productores del Reino Unido y de la Unión;

68.  Entiende la dependencia que el sector cárnico de ovino británico tiene del mercado comunitario, pero considera que esta situación presenta tanto desafíos como oportunidades;

69.  Considera que la salida del Reino Unido de la Unión debería brindar la oportunidad de desarrollar más los sectores ovino y caprino europeos, para que la Unión sea menos dependiente de las importaciones de carne de ovino y caprino procedentes de Nueva Zelanda;

70.  Lamenta que los más de 1 400 productos agrícolas europeos protegidos por una indicación geográfica no disfruten automáticamente de una protección equivalente en los mercados de terceros países abiertos en virtud de los acuerdos comerciales internacionales negociados por la Unión;

71.  Pide que se tenga en cuenta la situación de precariedad de los ganaderos de ovino y caprino a la hora de concluir otros acuerdos comerciales con países terceros, en concreto, incluyéndolos dentro de los sectores sensibles o incluso excluyéndolos de las negociaciones, evitando así la adopción de disposiciones que pudieran comprometer de alguna forma el modelo de producción europeo o dañar las economías locales o regionales;

72.  Subraya que los costes y las normas de producción de los principales países exportadores de carne de ovino y caprino son considerablemente más bajos que en Europa;

73.  Subraya que estos sectores deberían gozar de un trato adecuado, por ejemplo, a través de la introducción de contingentes arancelarios o de períodos de transición adecuados, teniendo debidamente en cuenta el efecto acumulativo de los acuerdos comerciales sobre la agricultura, o incluso excluyéndolos del ámbito de las negociaciones;

74.  Subraya en particular, en este contexto, los graves problemas que plantean las consideraciones relativas al bienestar de los animales durante los largos trayectos de transporte desde o a países lejanos y los impactos medioambientales de esos transportes;

75.  Pide a la Comisión la introducción de un sistema de etiquetado obligatorio de la Unión para regular los productos de la carne de ovino, por ejemplo, con un logotipo común de la Unión para permitir al consumidor distinguir entre los productos de la Unión y los de terceros países; sugiere que este etiquetado podría certificarse utilizando una serie de criterios, incluido un sistema de calidad para los criadores y la indicación del país de origen, para asegurar que los consumidores estén plenamente informados del lugar de origen del producto;

76.  Considera que un sistema como este debe concebirse de manera que no vaya en detrimento de los sistemas de etiquetado promocional de los Estados miembros y las regiones;

77.  Invita a la Comisión a que facilite ayuda para la apertura de mercados de exportación de carne y despojos de ovino de la Unión en aquellos países en los que actualmente se aplican restricciones innecesarias;

78.  Pide a la Comisión que considere la posibilidad de aumentar las exportaciones de la Unión al norte de África, que es un mercado en crecimiento que aprecia la calidad y la seguridad alimentaria garantizadas por la Unión;

79.  Pide a la Comisión que prepare informes sobre los posibles mercados destinatarios de los productos cárnicos y lácteos de ovino y caprino de la Unión;

80.  Pide a la Comisión que promueva la calidad de los productos exportados por la Unión, en particular mediante una trazabilidad y unas normas sanitarias rigurosas, que garanticen unas carnes de ovino y caprino de calidad superior a las exportadas por Nueva Zelanda y Australia; señala que debería hacerse hincapié en el énfasis particular que pone la Unión en la calidad con el fin de incentivar el consumo de carne de ovino y caprino europea;

Sistema electrónico de identificación

81.  Insta a los Estados miembros y a la Comisión a que estudien la armonización de los márgenes de tolerancia a la hora de imponer sanciones a los ganaderos por los errores involuntarios en la aplicación del marcado de los ovinos y del sistema de identificación electrónica, bajo la estricta condición de que ello no provoque la aceptación de un margen de error más elevado que el previsto para el cuidado preventivo de la salud animal y responda al plan de acción «Una sola salud»;

82.  Reconoce la importancia que revisten un enfoque unificado y la mejora del cuidado preventivo de la salud animal en la Unión;

83.  Subraya que los Estados miembros deben aplicar la legislación sin excepción alguna;

84.  Destaca que el índice de pérdida de crotales es mayor en el caso de las ovejas criadas conforme a métodos extensivos en zonas con limitaciones naturales que en el caso de ganado en tierras bajas, y pide a la Comisión que tome nota de este hecho;

85.  Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que estudien la posibilidad de diseñar un sistema de identificación simplificado para los pequeños rebaños en producción extensiva, destinados a circuitos locales, que no vaya en detrimento de la trazabilidad eficaz de los productos, y que introduzcan disposiciones más flexibles orientadas al crecimiento relativas al uso de crotales electrónicos;

86.  Señala que deben diseñarse sistemas de identificación de forma que permitan reducir al mínimo la burocracia; subraya que los productores con ingresos bajos necesitarán asistencia financiera para poder implantar costosos sistemas de identificación electrónicos de carácter obligatorio;

Aspectos relacionados con la salud

87.  Constata que los brotes de enfermedades animales tienen consecuencias desastrosas para su bienestar, así como para el bienestar de los agricultores y las personas que habitan en las inmediaciones;

88.  Subraya que la salud humana y animal debe ser en todo momento la máxima prioridad;

89.  Considera que se requieren más medidas para evitar la aparición de brotes transfronterizos de enfermedades animales y reducir el impacto de la resistencia a los antibióticos, y para promover la vacunación con el objetivo de combatir la propagación de infecciones en las especies ovina y caprina;

90.  Pide a la Comisión que prevea incentivos y apoyo para los ganaderos de ovino y caprino que puedan demostrar una elevada tasa de vacunación de sus animales, en consonancia con el plan de acción europeo «Una sola salud» para luchar contra la resistencia antimicrobiana, dado que, de lo contrario, habría poco incentivo de mercado para que los ganaderos hicieran vacunar a sus animales;

91.  Pide a la Comisión que mejore su capacidad de reacción frente a las epizootias, como la fiebre catarral ovina, mediante una nueva estrategia de salud animal para la Unión, la financiación de la investigación, la indemnización de las pérdidas, los anticipos por pagos, etc.;

92.  Pide que se elabore un plan de acción para la prevención de las enfermedades y la mortalidad de los cabritos basado en el valor intrínseco del animal y dando prioridad al bienestar de los cabritos y al de las cabras;

93.  Pide a la Comisión que facilite el uso de vacunas con precisión inmune como primera medida para luchar contra los posibles brotes de enfermedades en los sectores;

94.  Señala que es necesario mejorar la disponibilidad de medicamentos y productos veterinarios para el sector ovino y caprino de la Unión, mediante la ayuda a la investigación farmacéutica y la simplificación de las autorizaciones de comercialización;

95.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que reevalúen el nivel de seguimiento del estado sanitario de la fauna silvestre, en particular en los territorios ocupados por rebaños criados de forma extensiva;

Predadores

96.  Recuerda que la proliferación de depredadores se debe, entre otras cosas, a la legislación actual de la Unión destinada a conservar las especies de animales salvajes autóctonas;

97.  Aboga por una revisión de los anexos correspondientes de la Directiva sobre los hábitats con el objetivo de controlar y gestionar la proliferación de depredadores en determinadas zonas de pastoreo;

98.  Pide a la Comisión que tenga en cuenta la flexibilidad que permite dicha Directiva para abordar esos problemas de modo que no se ponga en peligro el desarrollo sostenible de las zonas rurales;

99.  Subraya la necesidad de un enfoque objetivo, basado en la ciencia, que tenga en cuenta, en cualquier sugerencia que se evalúe, el comportamiento animal, las relaciones entre depredadores y presas, una cuantificación adecuada específica por regiones del riesgo de depredación por las especies incluidas en la Directiva sobre los hábitats, la hibridación, la dinámica de distribución y otros aspectos ecológicos;

100.  Destaca que los ataques a rebaños por parte de lobos y animales híbridos no protegidos y resultantes de cruces de lobo y perro se multiplican a pesar de una movilización de medios cada vez más importante y costosa para los ganaderos y la colectividad;

101.  Observa que las limitaciones de las medidas recomendadas y aplicadas para proteger los rebaños son cada vez más obvias, teniendo en cuenta el considerable aumento de pérdidas de animales;

102.  Señala que esta ineficacia pone hoy en entredicho el futuro de modos de ganadería virtuosos para el medio ambiente, como el pastoreo, pues algunos ganaderos comienzan a encerrar a sus animales, lo que en su momento no solo puede conducir al abandono de inmensas superficies muy extensivas, con los consiguientes riesgos de incendios y avalanchas, sino que reorientará también las ganaderías hacia formas de agricultura más intensivas;

103.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros, así como a las autoridades locales y regionales, mediante consulta a los ganaderos y otras partes interesadas, que estudien medidas de desarrollo rural para proteger a los rebaños, indemnizar debidamente por las pérdidas causadas por los ataques de grandes depredadores, incluidos los depredadores no protegidos por la Directiva sobre los hábitats, y ajustar las ayudas con el fin de repoblar los rebaños;

104.  Considera que es necesario adoptar medidas para revisar el estatuto de protección de los depredadores en el contexto del Convenio de Berna;

105.  Insta a los Estados miembros a que apliquen las recomendaciones de dicho Convenio para impedir la proliferación de híbridos de perro y lobo, que amenazan la conservación de la especie Canis lupus y tienen una responsabilidad muy alta en los ataques a rebaños de ovinos y caprinos;

106.  Observa el éxito parcial de los programas para reintroducir razas de perros pastores como medio para ahuyentar a los lobos o al menos a los híbridos;

107.  Propone que se designe a un «defensor del lobo» para mediar entre los distintos intereses, y en las controversias sobre el estatuto de protección y la necesidad de compensar las pérdidas producidas por las muertes provocadas por lobos, siguiendo el éxito del defensor del oso en algunos Estados miembros;

108.  Pide a la Comisión que tenga en cuenta las recomendaciones formuladas por el Parlamento Europeo en su Resolución, de 15 de noviembre de 2017, sobre un plan de acción en pro de la naturaleza, las personas y la economía;

109.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros –con vistas a mejorar la situación laboral en los sectores– que desarrollen programas para mejorar el entrenamiento de perros guardianes y perros pastores y enseñen a los agricultores a aplicarlos de forma adecuada en las explotaciones y, a tal efecto, que mejoren con urgencia la cooperación transfronteriza entre las administraciones, los criadores de ganado y los conservacionistas en lo relativo a los grandes depredadores;

110.  Pide que se establezcan zonas de pastoreo protegidas en las que pueda tener lugar una regulación de los grandes depredadores, de modo que el retorno de grandes depredadores no conlleve un retroceso en el bienestar de los animales (trashumancia, establos al descubierto) ni en las actividades agrícolas y de pastoreo tradicionales (agricultura de montaña);

Mataderos

111.  Señala que los procesos de concentración en mataderos aumentan cada vez más, lo cual se traduce en que los grupos empresariales que procesan la carne controlan toda la cadena del sector cárnico, desde los animales vivos hasta la carne fresca envasada, y esto no solo conduce a trayectos de transporte más largos para los animales vivos, sino también a costes mayores y a una rentabilidad reducida para los productores;

112.  Pide a la Comisión que identifique medidas de apoyo para la creación de puntos de sacrificio y la simplificación de los procedimientos de autorización;

113.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que se esfuercen por desarrollar redes locales que tengan un efecto palanca para aumentar las rentas facilitando la creación de mataderos locales e itinerantes, indispensables para la estructuración de esos sectores;

Formación

114.  Pide a los Estados miembros que pongan en marcha programas de formación para los representantes de los sectores sobre cómo valorizar los productos, de manera que puedan competir con otros tipos de carne y de productos lácteos;

115.  Considera fundamental la creación, en los Estados miembros con mayor presencia de este tipo de ganaderías, de Escuelas de Pastores centradas en la trashumancia, con el fin de proporcionar una alternativa laboral en la actividad ganadera que favorezca el relevo generacional y, de manera simultánea, avanzar en la dignificación y el reconocimiento social de una profesión tradicional como es el pastoreo;

116.  Estima necesario facilitar no solo la innovación (prácticas agrícolas, nuevos productos, etc.), sino también el asesoramiento y la formación inicial y continua en los sectores ovino y caprino;

Otros elementos

117.  Pide a la Comisión que aplique y mantenga la legislación pertinente de la Unión, en especial el Reglamento (CE) n° 1/2005 del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, relativo a la protección de los animales durante el transporte;

118.  Considera que es necesario cumplir la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, según la cual la protección del bienestar de los animales no se extingue en las fronteras exteriores de la Unión, y que los transportistas de animales exportados de la Unión Europea deben por tanto cumplir las normativas europeas en materia de bienestar de los animales, inclusive fuera de la Unión;

119.  Atrae la atención sobre la falta de agua observada en muchas regiones de ganaderías ovinas y caprinas y, en particular, en las situadas en la zona mediterránea, situación que no hará más que agravarse con el fenómeno del cambio climático;

120.  Subraya, por consiguiente, la necesidad de gestionar mejor los recursos hídricos mediante instalaciones adaptadas, teniendo en cuenta el reparto de las lluvias a lo largo del año y la sostenibilidad;

o
o   o

121.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.

(1) DO C 286 E de 27.11.2009, p. 41..
(2) Textos Aprobados, P8_TA(2017)0441.
(3) https://www.nationaleombudsman.nl/onderzoeken/2012/100
(4) https://www.nationaleombudsman.nl/onderzoeken/2017030-onderzoek-naar-de-lessen-die-de-overheid-uit-de-qkoorts-epidemie-heeft
(5) Reglamento (UE) 2017/2393 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2017, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), (UE) n.º 1306/2013 sobre la financiación, gestión y seguimiento de la política agrícola común, (UE) n.º 1307/2013 por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la política agrícola común, (UE) n.º 1308/2013 por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y (UE) n.º 652/2014 por el que se establecen disposiciones para la gestión de los gastos relativos a la cadena alimentaria, la salud animal y el bienestar de los animales, y relativos a la fitosanidad y a los materiales de reproducción vegetal (DO L 350 de 29.12.2017, p. 15).
(6) Textos Aprobados, P8_TA(2017)0420.

Última actualización: 7 de noviembre de 2018Aviso jurídico - Política de privacidad