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Procedimiento : 2018/2037(INI)
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Ciclo relativo al documento : A8-0178/2018

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A8-0178/2018

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PV 28/05/2018 - 25
CRE 28/05/2018 - 25

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PV 30/05/2018 - 13.8
CRE 30/05/2018 - 13.8
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P8_TA(2018)0224

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Miércoles 30 de mayo de 2018 - Estrasburgo
El futuro de los alimentos y de la agricultura
P8_TA(2018)0224A8-0178/2018

Resolución del Parlamento Europeo, de 30 de mayo de 2018, sobre el futuro de los alimentos y de la agricultura (2018/2037(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 29 de noviembre de 2017, titulada «El futuro de los alimentos y de la agricultura» (COM(2017)0713),

–  Vistos los artículos 38 y 39, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), por los que se establece la política agraria común (PAC) y sus objetivos,

–  Vistos los artículos 40 y 42 del TFUE por los que se crea una organización común de mercados (OCM) de los productos agrarios y se establece la medida en que se aplican las normas sobre la competencia a la producción y al comercio de productos agrícolas,

–  Visto el artículo 13 del TFUE,

–  Visto el artículo 349 del Tratado UE por el que se define el estatuto de las regiones ultraperiféricas y se establecen las condiciones para la aplicación de los Tratados a estas regiones,

–  Visto el Reglamento (EC) 2017/2393 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2017, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n. 1305/2013 relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), (UE) n. 1306/2013 sobre la financiación, gestión y seguimiento de la política agrícola común, (UE) n.º 1307/2013 por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la política agrícola común, (UE) n.º 1308/2013 por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y (UE) n.º 652/2014 por el que se establecen disposiciones para la gestión de los gastos relativos a la cadena alimentaria, la salud animal y el bienestar de los animales, y relativos a la fitosanidad y a los materiales de reproducción vegetal(1) (Reglamento «Ómnibus»),

–  Vista la Directiva 98/58/CE del Consejo, de 20 de julio de 1998, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas(2),

–  Visto el documento informativo del Tribunal de Cuentas Europeo (TCE) sobre el futuro de la PAC, publicado el 19 de marzo de 2018,

–  Vistos la Directiva 2009/128/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por la que se establece el marco de la actuación comunitaria para conseguir un uso sostenible de los plaguicida(3), y el informe de la Comisión, de 10 de octubre de 2017, sobre los planes de acción nacionales de los Estados miembros y sobre los avances en la aplicación de la Directiva 2009/128/CE, relativa al uso sostenible de los plaguicidas (COM(2017)0587),

–  Vista su Decisión, de 6 de febrero de 2018, sobre la constitución, competencias, composición numérica y duración del mandato de una comisión especial sobre el procedimiento de autorización de la Unión para los plaguicidas(4),

–  Vistos los Informes Especiales del TCE n.º 16/2017, titulado «Programación de desarrollo rural: hace falta menos complejidad y más orientación a los resultados», y n.º 21/2017, titulado «La ecologización: un régimen de ayuda a la renta más complejo que todavía no es eficaz desde el punto de vista medioambiental»,

–  Visto el documento de reflexión de la Comisión Europea sobre el futuro de las finanzas de la UE (COM(2017)0358), de 28 de junio de 2017,

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 14 de febrero de 2018, titulada «Un marco financiero plurianual nuevo y moderno para una Unión Europea que cumpla de manera eficiente con sus prioridades posteriores a 2020» (COM(2018)0098),

–  Vista la Declaración de Cork 2.0 en 2016 titulada «Una vida mejor en el medio rural», emitida en la Conferencia Europea sobre Desarrollo Rural,

–  Vista su Resolución, de 3 de mayo de 2018, sobre la situación actual y perspectivas de futuro de los sectores ovino y caprino en la Unión(5),

–  Vista su Resolución, de 17 de abril de 2018, sobre una estrategia europea para la promoción de las proteaginosas: fomentar la producción de proteínas y leguminosas en el sector agrícola europeo(6),

–  Vista su Resolución, de 14 de marzo de 2018, sobre el próximo MFP: preparación de la posición del Parlamento sobre el MFP posterior a 2020(7),

–  Vista su Resolución, de 1 de marzo de 2018, sobre las perspectivas y desafíos para el sector apícola de la Unión(8),

–  Vista su Resolución, de 27 de abril de 2017, sobre la situación con respecto a la concentración de tierras agrícolas en la UE: ¿Cómo facilitar el acceso de los agricultores a la tierra?(9),

–  Vista su Resolución, de 4 de abril de 2017, sobre las mujeres y su papel en las zonas rurales(10),

–  Vista su Resolución, de 14 de diciembre de 2016, sobre los instrumentos de la PAC para reducir la volatilidad de precios en los mercados agrícolas(11),

–  Vista su Resolución, de 27 de octubre de 2016, sobre cómo puede mejorar la PAC la creación de empleo en las zonas rurales(12),

–  Vista su Resolución, de 7 de junio de 2016, sobre la mejora de la innovación y el desarrollo económico en la futura gestión de las explotaciones agrícolas europeas(13),

–  Vista su Resolución, de 7 de julio de 2015, sobre las perspectivas para el sector lácteo en la UE - revisión de la aplicación del «Paquete lácteo»(14),

–  Visto el Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Una posible remodelación de la Política Agrícola Común»(15),

–  Visto el dictamen del Comité Europeo de las Regiones titulado «La PAC después de 2020»(16),

–  Vistos los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas (ODS), la mayoría de los cuales son pertinentes para la PAC,

–  Vistos el informe y las conclusiones, de noviembre de 2016, del Grupo Operativo sobre Mercados Agrícolas titulado «Mejora de los resultados del mercado: reforzar la posición de los agricultores en la cadena de suministro»,

–  Visto el Acuerdo de París de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP21) de 2015, y en particular los compromisos asumidos por la Unión Europea como «contribuciones determinadas a nivel nacional» para alcanzar los objetivos del acuerdo mundial,

–  Visto el Informe de la Comisión, de 15 de diciembre de 2016, sobre la aplicación del régimen de medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión (POSEI) (COM(2016)0797),

–  Vista la Revisión de la aplicación de la política medioambiental de la Unión, anunciada en 2016 (COM(2016)0316), una herramienta que pretende contribuir a hacer efectivos los beneficios de las políticas y la legislación ambientales de la Unión para las empresas y los ciudadanos por medio de una mejor aplicación,

–  Vista la carta de la Comisión de Control Presupuestario,

–  Visto el artículo 52 de su Reglamento interno,

–  Vistos el informe de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural y las opiniones de la Comisión de Desarrollo, de la Comisión de Comercio Internacional, de la Comisión de Presupuestos, y de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A8-0178/2018),

A.  Considerando que la Comunicación de la Comisión sobre el futuro de los alimentos y de la agricultura reconoce que la política agrícola común (PAC) es una de las políticas más antiguas y más integradas de la UE, tiene una importancia estratégica mundial y debe diseñarse para permitir que el sector agrario y forestal de la UE responda a las exigencias justificadas de los ciudadanos no solo en materia de seguridad, calidad y sostenibilidad alimentaria, sino también de protección medioambiental, biodiversidad y protección de los recursos naturales, de medidas de lucha contra el cambio climático, desarrollo rural, normas elevadas de salud y bienestar animal, y empleo;

B.  Considerando que por fuerza hemos de constatar la necesidad de reformar hoy la PAC para que responde de forma más satisfactoria tanto a las necesidades de sus principales destinatarios, que son los agricultores, como a las de todos los ciudadanos;

C.  Considerando que la PAC es de vital importancia en toda Europa para cerca de 12 millones de explotaciones agrícolas;

D.  Considerando que las tierras agrícolas representan el 47 % del territorio europeo y que en la Unión trabajan 22 millones de agricultores y trabajadores agrícolas;

E.  Considerando que los objetivos de la PAC deben ser garantizar la seguridad y soberanía alimentaria y la capacidad de resistencia y la sostenibilidad de los sistemas agrícolas y los territorios de la Unión;

F.  Considerando que el objetivo principal de la Unión de un sector agrario y forestal multifuncional y diversificado, generador de empleo, justo, impulsado por prácticas agrícolas sostenibles, que permite la conservación de explotaciones agrarias pequeñas y familiares viables, accesibles y transmisibles a las nuevas generaciones, sigue siendo fundamental para generar las externalidades positivas y los bienes públicos (productos alimenticios y no alimenticios y servicios) que los ciudadanos europeos solicitan;

G.  Considerando que es fundamental frenar y revertir la actual concentración de poder en manos de los grandes distribuidores y de las grandes empresas;

H.  Considerando que la modificación de la PAC actual debe basarse en objetivos estratégicos para reforzar la competitividad y garantizar que los alimentos sean sanos y seguros;

I.  Considerando que, desde hace más de veinticinco años, la PAC ha estado sujeta a reformas periódicas dictadas por la apertura de la agricultura europea a los mercados internacionales y la aparición de nuevos retos en ámbitos como el medio ambiente y el clima; que ahora es necesario dar un paso más en este proceso continuo de adaptación, a fin de simplificarla, modernizarla y reorientarla para que garantice la renta de los agricultores y responda de un modo más eficaz a las expectativas de toda la sociedad, en particular en materia de calidad y seguridad alimentaria, cambio climático, salud pública y empleo, al tiempo que se garantiza la continuidad política y la seguridad financiera del sector, con el fin de conseguir zonas rurales sostenibles, lograr la seguridad alimentaria y asegurar la consecución de los objetivos climáticos y ambientales de la Unión, así como incrementar el valor añadido europeo;

J.  Considerando que, aunque la Comisión ha titulado «El futuro de los alimentos y de la agricultura» su Comunicación sobre la reforma en curso de la PAC, no aporta ninguna garantía de mantenimiento del presupuesto de la PAC, y que es esencial que este asunto se aborde antes de que se presenten las próximas propuestas legislativas; que estas deben garantizar que no se produzca una renacionalización de la PAC, que no se perjudique el buen funcionamiento del mercado único y que haya una verdadera simplificación para los beneficiarios, no solo a escala de la Unión, sino también a escala de los Estados miembros, regional, local y de las explotaciones, así como flexibilidad y seguridad jurídica para los agricultores y propietarios de bosques, al tiempo que se garantiza el cumplimiento de unos objetivos medioambientales ambiciosos y de las metas de la PAC sin añadir nuevas obligaciones a los Estados miembros y, por lo tanto, un nuevo nivel de complejidad, lo que provocaría retrasos en la aplicación de las estrategias nacionales;

K.  Considerando que con un nuevo modelo de aplicación debe garantizarse una relación directa entre la Unión y los agricultores europeos;

L.  Considerando que la PAC debe desempeñar un papel importante para reforzar la productividad y la competitividad del sector a largo plazo y evitar el estancamiento y la volatilidad de la renta agrícola que, a pesar de la concentración y la intensificación de la producción, así como del aumento de la productividad, sigue siendo, de media, más baja que en el resto de la economía;

M.  Considerando que los pagos directos proporcionan el primer nivel sustancial de estabilidad y una red de seguridad para las rentas agrícolas, puesto que representan una parte tangible de las rentas agrícolas anuales y hasta el 100 % de las rentas agrícolas en determinadas regiones; considerando que estos pagos deben mantenerse a fin de permitir que los agricultores compitan en igualdad de condiciones con terceros países;

N.  Considerando que las nuevas cadenas de valor rural de la bioeconomía pueden ofrecer un buen crecimiento y el potencial para crear empleo en las zonas rurales;

O.  Considerando que los pagos directos deben estar más orientados a los agricultores, puesto que son las personas que contribuyen a la estabilidad y al futuro de nuestras regiones rurales y afrontan los riesgos económicos del mercado;

P.  Considerando que, en los últimos años, los agricultores se han enfrentado a una creciente volatilidad de los precios, que se ha reflejado en las fluctuaciones de estos en los mercados mundiales y en la incertidumbre causada por la evolución macroeconómica, las políticas exteriores, entre ellas las cuestiones comerciales, políticas y diplomáticas, las crisis sanitarias, las cantidades excedentarias en determinados sectores europeos, el cambio climático y los fenómenos meteorológicos extremos cada vez más frecuentes en la UE;

Q.  Considerando que los instrumentos específicos para los sectores mediterráneos deben permanecer en el primer pilar;

R.  Considerando que es esencial proporcionar instrumentos flexibles y dinámicos para ayudar a los sectores delicados y estratégicos a afrontar los cambios estructurales, como los posibles efectos del Brexit o de la aprobación de acuerdos comerciales bilaterales con los principales socios de la Unión;

S.  Considerando que las estrategias sectoriales para las frutas y hortalizas, el vino y la apicultura deben seguir siendo obligatorias para los países productores y que deben mantenerse las especificidades de los instrumentos y normas conexos;

T.  Considerando que es esencial garantizar unas condiciones de competencia equitativas, precios justos y un nivel de vida equitativo para los agricultores de todas las regiones y todos los Estados miembros, velando, así, por unos precios asequibles para los ciudadanos y consumidores, y por que exista actividad agrícola en todas las zonas de la Unión, también en aquellas con limitaciones naturales; que es esencial fomentar el consumo de una alimentación de alta calidad y de dietas sanas y sostenibles, y el acceso a estas, al tiempo que se satisfacen los compromisos para la sostenibilidad medioambiental y social, la acción por el clima, la salud, la sanidad animal y vegetal y el bienestar de los animales, así como el desarrollo equilibrado de las zonas rurales;

U.  Considerando que la agricultura y el agua están intrínsecamente relacionadas y que la gestión sostenible del agua en el sector agrícola es esencial para garantizar una producción de alimentos suficiente y de buena calidad y asegurar la conservación de los recursos hídricos;

V.  Considerando que la PAC requiere herramientas adecuadas para hacer frente a la vulnerabilidad de la agricultura frente al cambio climático y, al mismo tiempo, para reducir la presión sobre las reservas de agua dulce que ejerce este sector, que es responsable del 50 % del uso de agua dulce en la Unión;

W.  Considerando que se precisa un sistema de pagos actualizado, más sencillo y más justo, para conseguir una mayor equidad y legitimidad;

X.  Considerando que en la PAC actual hay una falta de instrumentos necesarios para garantizar el nivel adecuado de ingresos necesario para la vida digna de los agricultores de más edad;

Y.  Considerando ya que no existen instrumentos apropiados que fomenten la transferencia de negocios de la generación anterior de agricultores a los más jóvenes;

Z.  Considerando que, según el documento informativo del TCE de marzo de 2018 sobre el futuro de la PAC, en 2010 había 14 jefes de explotación agrícola menores de 35 años por cada 100 jefes de explotación agrícola mayores de 55, cifra que cayó a 10,8 jefes de explotación agrícola en 2013; que la media de edad de los agricultores de la Unión aumentó de 49,2 a 51,4 durante el período comprendido entre 2004 y 2013; que las explotaciones más pequeñas suelen ser las que pertenecen a los agricultores de mayor edad;

AA.  Considerando que el incremento del comercio mundial presenta oportunidades y desafíos, relacionados, entre otros aspectos, con el medio ambiente, el cambio climático, la protección del agua, la escasez de tierras agrícolas y la degradación de los suelos y que, por lo tanto, requiere una adaptación de las normas del comercio internacional que haga posible el establecimiento de unas condiciones de competencia equitativas basadas en normas elevadas y condiciones justas y sostenibles para el intercambio de bienes y servicios, así como mecanismos de defensa del comercio renovados y eficaces, de conformidad con las normas existentes de la UE en materia social, económica, medioambiental, de salud, sanitaria, fitosanitaria y de bienestar animal;

AB.  que dichas normas deben mantenerse y promoverse más a escala mundial, en particular en el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC), protegiendo los intereses de los productores y consumidores europeos garantizando la inclusión de normas europeas en los acuerdos comerciales de importación;

AC.  Considerando que aproximadamente el 80 % de las proteínas necesarias en la Unión se importa de terceros países y que hasta ahora no se ha implantado suficientemente una estrategia en materia de proteínas en la PAC;

AD.  Considerando que, aunque cabe congratularse de la atención prestada a la investigación y al desarrollo para la innovación tanto de procesos como de productos que ahorren recursos, es necesario hacer más para desarrollar la capacidad de investigación y la infraestructura necesaria para que los resultados de la investigación se traduzcan en la práctica alimentaria, agrícola y agroforestal sostenible, gracias a un apoyo adecuado, así como promover un enfoque multilateral centrado en los agricultores, respaldado por servicios para la expansión de la agricultura a nivel de la UE que sean independientes, transparentes y con la suficiente financiación en todos los Estados miembros y regiones, y por el intercambio de conocimientos y capacitación en los Estados miembros;

AE.  Considerando que la ayuda directa a las inversiones debe orientarse con más precisión a la doble exigencia de rendimiento económico y medioambiental, y tener en cuenta las necesidades de las propias explotaciones agrícolas;

AF.  Considerando que la Unión ha desarrollado una serie de programas espaciales (EGNOS y Galileo) y de observación terrestre (Copérnico) cuyo potencial en términos de facilitación del control de aplicación de la PAC, y de transición de la agricultura europea a una agricultura de precisión y la doble eficiencia medioambiental y económica de las explotaciones debe explotarse al máximo;

AG.  Considerando que la mayor parte de la investigación en biotecnología se encuentra actualmente fuera de la Unión y que esta se centra normalmente en cuestiones agroeconómicas que no son pertinentes para el sector europeo, lo que supone pérdidas potenciales de inversión y de perspectiva;

AH.  Considerando que, partiendo de las experiencias actuales, el aprovechamiento y el fomento de los procesos naturales para aumentar los rendimientos y la resiliencia pueden reducir los costes de producción;

AI.  Considerando que un sector agrícola, alimentario y forestal competitivo debe seguir desempeñando un papel importante en la consecución de los objetivos de protección medioambiental y climáticos de la UE, tal y como se establece en acuerdos internacionales, como el COP21 y los ODS de las Naciones Unidas, en el que se incentivará y remunerará a los agricultores por su contribución y se les asistirá mediante la reducción de cargas normativas y administrativas innecesarias en las medidas que lleven a cabo;

AJ.  Considerando que la magnitud del aumento de la temperatura media de la superficie del planeta previsto para el siglo XXI y sus consecuencias inmediatas para las condiciones climáticas requieren un sistema alimentario que sea sostenible desde el punto de vista ambiental, que garantice una producción segura y abundante y evite que la Unión dependa de otros mercados;

AK.  Considerando que es importante que la futura PAC sea coherente con los ODS de las Naciones Unidas, con el Acuerdo de París y con las políticas de la Unión, en especial en materia de sostenibilidad, medio ambiente, clima, salud pública y alimentación;

AL.  Considerando que la agricultura es uno de los sectores de la economía que se espera que contribuya al objetivo de 2030 de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero en un 30 % respecto de los niveles de 2005 en virtud del Reglamento de reparto del esfuerzo;

AM.  Considerando que los pequeños agricultores representan alrededor del 40 % de las explotaciones de la Unión, pero que únicamente reciben el 8 % de las subvenciones de la PAC;

AN.  Considerando que los diecisiete ODS establecen unos objetivos nuevos y claros para la PAC después de 2020;

AO.  Considerando que la PAC ha integrado progresivamente los objetivos ambientales velando por que sus normas sean compatibles con los requisitos medioambientales establecidos en la legislación de la Unión y por que los agricultores cumplan con dichos requisitos, y también promuevan prácticas agrícolas sostenibles que preserven el medio ambiente y la biodiversidad;

AP.  Considerando que el consumo de grasas saturadas y carne roja en la Unión sigue situándose bastante por encima de la ingesta nutricional recomendada y que la industria alimentaria sigue siendo una fuente importante de emisiones de nitrógeno y de gases de efecto invernadero;

AQ.  Considerando que los círculos cerrados de producción –en los que la producción, la transformación y el envasado se realizan en la misma región– mantienen el valor añadido en la región en cuestión y, por consiguiente, aseguran más puestos de trabajo a escala local, con lo que evidencian el potencial de revitalizar las zonas rurales;

AR.  Considerando que la PAC persigue objetivos indisociables de índole económica y medioambiental, y que esta dualidad debe preservarse e incluso reforzarse en el marco de la reforma del primer pilar y del mecanismo de ecologización, en aras de la transición a un modelo agrícola europeo sostenible y eficiente;

AS.  Considerando que, en la futura PAC, la Unión Europea debe procurar limitar significativamente el uso de antibióticos en el sector agrícola y alimentario a fin de consolidar la agricultura sostenible;

AT.  Considerando que el aumento de la resiliencia y la sostenibilidad a largo plazo de los sistemas y los territorios agrícolas beneficiará al conjunto de la Unión;

AU.  Considerando que el TCE ha puesto de relieve el hecho de que, debido al nivel de exigencia de la ecologización, que a menudo refleja las prácticas existentes, el pago de ecologización, introducido como parte de la reforma de 2013, añadió complejidad y burocracia, resulta difícil de entender, y, según el TCE, no logró mejorar lo bastante el rendimiento ambiental y climático de la PAC debido a su diseño, puntos que es importante tener en cuenta al concebir la nueva arquitectura verde de la PAC;

AV.  Considerando que el TCE ha detectado deficiencias importantes en la aplicación del segundo pilar, en particular el largo proceso de aprobación, así como el carácter complejo y burocrático de los programas de desarrollo rural;

AW.  Considerando que la metaevaluación de la idoneidad basada en pruebas de estudios científicos constató que las medidas de ecologización no mejoraron significativamente el rendimiento medioambiental, en gran parte porque dichos requisitos ya se estaban cumpliendo;

AX.  Considerando que los objetivos de la Declaración de Cork 2.0 sobre una vida mejor en el medio rural se refieren a unas zonas rurales dinámicas, la multifuncionalidad inteligente, la biodiversidad dentro y fuera de la agricultura y la silvicultura, la conservación de razas animales y cultivos raros, así como la agricultura ecológica, el apoyo a las zonas desfavorecidas y los compromisos en el marco de la red Natura 2000; que la Declaración también destaca la importancia de los esfuerzos para evitar la despoblación de las zonas rurales y el papel de las mujeres y los jóvenes en este proceso, así como la necesidad de usar mejor los recursos endógenos de las zonas rurales mediante la aplicación de estrategias integradas y enfoques multisectoriales que refuercen el enfoque ascendente y las sinergias entre los agentes, y que requieren invertir en la viabilidad de las zonas rurales, preservar y gestionar con más eficacia los recursos naturales, alentar la acción por el clima, estimular los conocimientos y la innovación, reforzar la gobernanza de los territorios rurales, y simplificar la política de desarrollo rural y su aplicación;

AY.  Considerando que la PAC debe tener en cuenta las zonas menos beneficiosas, como las regiones en las que se da una fuerte competencia entre el desarrollo urbano y la agricultura, a la hora de imponer restricciones adicionales al acceso a la tierra, a fin de mantener la agricultura en dichas zonas;

AZ.  Considerando que la PAC debe seguir compensando a las zonas desfavorecidas, como por ejemplo las regiones montañosas y ultraperiféricas, por los costes adicionales derivados de sus limitaciones específicas, con el fin de mantener la actividad agrícola en dichas zonas;

BA.  Considerando que la PAC debe reconocer debidamente los importantes beneficios medioambientales que aportan determinados sectores, como los sectores ovino y caprino o las proteaginosas;

BB.  Considerando que el sector apícola tiene una importancia clave para la Unión y contribuye significativamente a la sociedad, tanto desde el punto de vista económico como ecológico;

BC.  Considerando que es indispensable reforzar la posición de los agricultores en la cadena alimentaria y garantizar la competencia leal en el mercado único con normas justas y transparentes que tengan en cuenta las características específicas de la agricultura en las relaciones entre la producción y los demás eslabones de la cadena alimentaria, tanto en la parte superior como en la parte inferior, y ofrecer incentivos que prevengan eficazmente los riesgos y las crisis, incluidos instrumentos de gestión activa capaces de adecuar mejor la oferta a la demanda y que las autoridades públicas puedan desplegar a nivel sectorial, tal como se señala en el informe del Grupo Operativo sobre Mercados Agrícolas; que se deben tener debidamente en cuenta y controlar los aspectos ajenos al ámbito de aplicación de la PAC que afectan a la competitividad y a la igualdad de condiciones para los agricultores;

BD.  Considerando que los nuevos desafíos en materia de seguridad y autonomía alimentaria que debe superar la agricultura europea dentro de las prioridades políticas de la UE, tal como se recoge en el documento de reflexión de la Comisión sobre el futuro de las finanzas de la UE, exigen que el próximo marco financiero plurianual (MFP) incremente o mantenga el presupuesto agrícola en euros constantes para hacer frente tanto a los desafíos actuales como futuros;

BE.  Considerando que la sociedad espera que los agricultores modifiquen sus prácticas para que sean completamente sostenibles, debemos ayudarles en esta transición mediante la provisión de fondos públicos;

BF.  Considerando que toda modificación en la actual PAC debe introducirse de forma que garantice la estabilidad del sector y la certidumbre y seguridad jurídicas de la planificación de los agricultores y los propietarios de bosques, mediante medidas y períodos transitorios adecuados;

BG.  Considerando que el Parlamento debe desempeñar un papel global en el establecimiento de un marco político claro para mantener la ambición común a escala europea y el debate democrático sobre las cuestiones estratégicas que tengan un impacto en la vida cotidiana de todos los ciudadanos en lo relativo a la utilización sostenible de los recursos naturales, incluyendo el agua, el suelo y el aire, la calidad de nuestros alimentos, la estabilidad financiera de los productores agrícolas, la seguridad alimentaria, la salud y la modernización sostenible de las prácticas agrícolas y de higiene, con el objetivo de establecer un acuerdo social a nivel europeo entre productores y consumidores;

BH.  Considerando que es necesario reformular la PAC para ponerla al nivel de lo que está en juego, que los colegisladores necesitan imperativamente contar con medios para desarrollar plenamente su misión en un plazo regulado y que no hay que olvidar las incertidumbres concitadas por el Brexit;

BI.  Considerando que es preciso garantizar el futuro de la seguridad alimentaria en Europa, tanto para el Reino Unido como para la EU-27, y redoblar esfuerzos para minimizar las perturbaciones en la producción y el acceso a los alimentos para ambas partes; que es necesario esforzarse al máximo para asegurar una aproximación uniforme de las normas en materia de medio ambiente y seguridad alimentaria, a fin de garantizar que los ciudadanos tanto del Reino Unido como de la Unión no vean mermadas la calidad ni la seguridad de sus alimentos;

BJ.  Considerando que una de las seis prioridades clave para el desarrollo rural de la Unión es la restauración, preservación y mejora de los ecosistemas relacionados con la agricultura y la silvicultura, incluidos los espacios Natura 2000;

BK.  Considerando que la Unión está trabajando actualmente en una estrategia en materia de proteínas para fomentar el autoabastecimiento de cultivos proteaginosos;

BL.  Considerando que, en 2017, 124 millones de personas se veían afectadas por la inseguridad alimentaria severa en 51 países, 16 millones más que en 2016; que la mayoría de las personas que sufren inseguridad alimentaria viven en el medio rural;

BM.  Considerando que la igualdad entre mujeres y hombres es un objetivo fundamental de la Unión y sus Estados miembros; que muchas de las numerosas funciones que desempeñan las mujeres en las zonas rurales contribuyen al mantenimiento de explotaciones agrícolas viables y de las comunidades rurales; que los esfuerzos para evitar la despoblación rural están vinculados a las oportunidades que se ofrecen a mujeres y a jóvenes; que las mujeres del medio rural todavía se enfrentan a numerosos desafíos, al tiempo que las políticas agrícolas y de desarrollo rural no incluyen suficientemente una dimensión de género; que, pese a que el género de los beneficiarios de pagos directos o desarrollo rural no es un indicador fiable de la repercusión de los programas, las mujeres no están suficientemente representadas, ni como solicitantes ni como beneficiarias;

BN.  Considerando que, para justificar el presupuesto de la PAC ante los contribuyentes europeos, la financiación futura debe estar vinculada a la producción de alimentos seguros y de alta calidad y a un claro valor añadido social en lo que respecta a la agricultura sostenible, un rendimiento ambiental y climático ambiciosos, normas de salud pública y animal y de bienestar animal y otros efectos de la PAC sobre la sociedad, a fin de crear unas condiciones de competencia verdaderamente equitativas dentro y fuera de la Unión;

BO.  Considerando que el estudio Eurobarómetro Especial n.º 442, «Actitudes de los europeos hacia el bienestar de los animales», revela que el 82 % de los ciudadanos europeos cree que el bienestar de los animales de granja debe mejorar;

BP.  Considerando que el uso de plaguicidas, la degradación de la biodiversidad y los cambios en el entorno agrícola pueden incidir de manera negativa en la cantidad de insectos polinizadores y en la variedad de especies de insectos polinizadores; que las amenazas que pesan sobre los insectos polinizadores, tanto domesticados como silvestres, son importantes y podrían tener efectos perjudiciales en la agricultura y la seguridad alimentaria de la Unión, dada la dependencia de la mayoría de la producción de la Unión de los servicios de polinización; que en enero de 2018 se puso en marcha una consulta pública con arreglo a la iniciativa de la Unión sobre los polinizadores para identificar el mejor enfoque y las medidas necesarias para poner remedio a la disminución del número de insectos polinizadores en la Unión;

BQ.  Considerando que es necesario diseñar una medida específica en el marco del desarrollo rural — centrada en los ocho principios de la gestión integrada de plagas (GIP) de la Unión Europea — para fomentar una reducción drástica del uso de plaguicidas y promover la utilización de alternativas no químicas;

BR.  Considerando que la PAC debe seguir compensando a las zonas desfavorecidas, como por ejemplo las regiones montañosas y ultraperiféricas, por los costes adicionales derivados de sus limitaciones específicas, con el fin de mantener la actividad agrícola en dichas zonas;

BS.  Considerando que, para la aplicación del marco de la PAC en las regiones ultraperiféricas, se debe estudiar con detalle el alcance del artículo 349 del TFUE, dado que dichas zonas están especialmente desfavorecidas en lo que respecta al desarrollo socioeconómico, pero también al envejecimiento de la población y al despoblamiento; que el POSEI es una herramienta eficaz, que persigue desarrollar y reforzar la estructuración de los sectores y que responde a los problemas específicos de la agricultura de las regiones ultraperiféricas; recuerda que la Comisión, en su informe al Parlamento y al Consejo, de 15 de diciembre de 2016, sobre la aplicación del POSEI, concluye que «teniendo en cuenta la evaluación del régimen […] no se considera necesario modificar el Reglamento básico (UE) n.º 228/2013»;

BT.  Considerando que la gestión de los bosques y la agrosilvicultura que incluye un nivel superior de vegetación leñosa sobre los pastos o un cultivo agrícola puede contribuir a la resiliencia en el ámbito de la explotación y el paisaje y a las medidas medioambientales y de mitigación del cambio climático requeridas, suministrando productos forestales o agrícolas u otros servicios ecosistémicos y, de este modo, reforzando los objetivos de la PAC y permitiendo que las economías circulares y las bioeconomías contribuyan a nuevos modelos empresariales que beneficiarán a los agricultores, a los silvicultores y a las zonas rurales; que la estrategia de la Unión en favor de los bosques promueve una visión coherente y holística de la gestión forestal y los múltiples beneficios de los bosques y aborda toda la cadena de valor forestal; considerando que la PAC desempeña una función esencial en sus objetivos y presta especial atención a los bosques mediterráneos, que sufren más las consecuencias del cambio climático y de los incendios, lo que pone en peligro la biodiversidad y el potencial de la producción agrícola;

Una nueva relación entre la Unión Europea, los Estados miembros, las regiones y los agricultores

1.  Acoge con satisfacción la intención de simplificar y modernizar la PAC para beneficiar económicamente a los agricultores y satisfacer las expectativas de los ciudadanos, pero subraya que las prioridades primordiales de la reforma deben ser los principios establecidos en el Tratado de Roma, la integridad del mercado único y una verdadera política común, financiada de manera adecuada por la Unión, que sea moderna y esté orientada a los resultados, respalde la agricultura sostenible y garantice una alimentación segura, de alta calidad y variada, el empleo y el desarrollo de las zonas rurales;

2.  Toma nota de la Comunicación de la Comisión sobre el futuro de la alimentación y la agricultura, y celebra que en ella se reconozca que uno de los objetivos de la PAC será mejorar y asegurar la gestión sostenible de los recursos naturales y contribuir a los objetivos medioambientales y climáticos de la Unión;

3.  Pide una PAC que tenga como principal prioridad la transformación de cada explotación europea en una empresa que combine las normas de rendimiento económico y de rendimiento ambiental;

4.  Destaca la necesidad de que la PAC mantenga la relación esencial entre los legisladores, los agricultores y los ciudadanos de la Unión; rechaza cualquier posibilidad de renacionalizar la PAC, algo que incrementaría los desequilibrios en materia de competencia en el mercado único;

5.  Llama la atención sobre el importante papel desempeñado por la pequeñas y medianas explotaciones agrícolas, que debe reconocerse y valorizarse;

6.  Señala que la flexibilidad de que disfrutan actualmente los Estados miembros con respecto a las opciones definidas en las normas básicas permite responder a situaciones específicas, pero que, al mismo tiempo, muestra que hay partes de la PAC que ya no se pueden considerar comunes; subraya la necesidad de respetar las condiciones de competencia en el mercado único y garantizar unas condiciones equitativas en el acceso al apoyo por parte de los agricultores en los diferentes Estados miembros o en las distintas regiones, junto con la necesidad de que existan soluciones adecuadas y eficientes para minimizar los riesgos de distorsión de la competencia o los riesgos para la cohesión;

7.  Considera que los Estados miembros deben disfrutar de un nivel razonable de flexibilidad dentro de un marco común sólido de reglas, normas básicas, herramientas de intervención, controles y asignaciones económicas de la Unión acordados a nivel de esta por el colegislador, a fin de garantizar unas condiciones equitativas para los agricultores y, en especial, un enfoque de la Unión para el apoyo en el marco del primer pilar, con vistas a garantizar el respeto de las condiciones de competencia equitativa;

8.  Considera que, para que la aplicación de la PAC sea más eficaz y adecuarla mejor a las realidades de las distintas agriculturas de Europa, las decisiones nacionales adoptadas en el marco del conjunto de instrumentos definidos por la Unión disponible en virtud del primer y el segundo pilar deben simplificarse, y los Estados miembros deben diseñar, con la participación de todas las partes interesadas pertinentes, sus propias estrategias nacionales coherentes y basadas en datos concretos a partir de los objetivos e indicadores de la Unión relativos a los principales tipos de posibles instrumentos de intervención, que también deben definirse a escala de la Unión, y sus criterios de selección, dentro de un marco común de normas aplicables en toda la Unión respetando debidamente las normas y los principios del mercado único de la Unión;

9.  Hace hincapié en que la subsidiariedad adicional debe concederse únicamente a condición de que exista un sólido conjunto común de normas, objetivos, indicadores y controles de la Unión;

10.  Pide a la Comisión que realice los ajustes necesarios en la próxima PAC para llevar a la práctica la solicitud del Parlamento de no utilizar ninguna de las subvenciones agrícolas para la cría de toros destinados a las corridas;

11.  Subraya los riesgos de la sobrerregulación a nivel nacional y regional y el alto grado de incertidumbre para los agricultores ante la posibilidad que tienen los Estados miembros de definir de manera independiente sus planes nacionales y revisar anualmente sus decisiones, en función de la posición adoptada por el Gobierno de turno; solicita a la Comisión, por lo tanto, que presente a los colegisladores, junto con sus propuestas legislativas, un modelo claro y sencillo de plan estratégico nacional a fin de permitirles evaluar el alcance, el nivel de detalle y el contenido de dichos planes, que son elementos esenciales de la próxima propuesta de la Comisión, y que aclare los criterios en función de los cuales se evaluarán estas estrategias nacionales;

12.  Pide a la Comisión que facilite instrumentos diseñados para aumentar el recurso a las sinergias entre la PAC y la financiación de la política de cohesión;

13.  Subraya la necesidad de que la futura PAC respete plenamente el reparto de competencias, a menudo fijado en las constituciones, dentro de cada Estado miembro, especialmente en relación con el respeto de las competencias jurídicas de las regiones de la Unión a la hora de diseñar, administrar y aplicar políticas como el Feader; destaca la necesidad de velar por que se haga debidamente partícipes a los agricultores y otros beneficiarios en todas las fases de la elaboración de políticas;

14.  Acoge con satisfacción los esfuerzos de la Comisión para establecer la concepción, aplicación y control de un enfoque basado en los resultados, con el fin de impulsar el rendimiento más que el cumplimiento, garantizando al mismo tiempo un nivel adecuado de control basado en el riesgo, a través de indicadores claramente definidos, más simples, menos burocráticos (incluyendo la prevención de la sobrerregulación), sólidos, transparentes y mensurables a nivel de la Unión, incluidos unos controles adecuados de la concepción, la aplicación y las sanciones de las medidas y los programas de los Estados miembros; estima necesario establecer unos criterios uniformes básicos para la fijación de penalizaciones similares para incumplimientos equivalentes detectados en la aplicación de las diferentes medidas empleadas por los Estados miembros o regiones para la consecución de los objetivos generales comunes establecidos por la Unión;

15.  Destaca que, con un enfoque puramente basado en los resultados, los Estados miembros que por circunstancias particulares no pudieran cumplir plenamente todos los objetivos establecidos en sus planes nacionales correrían el riesgo de verse sujetos a reducciones ex post de sus dotaciones nacionales y a suspensiones de la financiación;

16.  Reconoce que el nuevo modelo de aplicación deberá irse perfeccionando y modificando durante varios años, para que no se penalice a los agricultores como consecuencia del cambio a un modelo basado en resultados;

17.  Señala, sin embargo, que un posible retraso en la adopción de los planes estratégicos de la PAC podría dar lugar al retraso de los pagos, lo que debe evitarse;

18.  Observa que, en el primer pilar, los Estados miembros pueden elegir programas de un catálogo de prioridades establecido por la Unión;

19.  Pide que se elabore un sistema adecuado de adaptaciones institucionales y jurídicas necesarias para cambiar el modelo de aplicación, con el fin de prevenir la generación de costes adicionales y la disminución de la absorción de fondos en los Estados miembros;

20.  Considera que la recopilación de información debe basarse en imágenes por satélite y bases de datos del sistema integrado de gestión y control y no en los datos presentados por cada agricultor;

21.  Insta a la Comisión Europea a que desarrolle las sinergias pertinentes entre la PAC y los programas emblemáticos para el espacio de la Unión, especialmente el programa Copernicus, que reviste un interés específico para la comunidad agrícola por cuanto se refiere al seguimiento del cambio climático y el medio ambiente;

22.  Reclama medidas que aumenten el reciclado de los nutrientes; pide que la política de estructuras agrícolas se ajuste al régimen de ayudas ambientales, por ejemplo, combinando mejor la agricultura y la ganadería;

23.  Solicita que se conserve el Régimen Pequeños Agricultores simplificado;

24.  Considera que los agricultores con menos de 5 hectáreas de tierra deben tener la posibilidad de incorporarse voluntariamente a este sistema;

25.  Pide a la Comisión que lleve a cabo el control financiero y de rendimiento y las auditorías con el fin de garantizar que las funciones se realicen conforme al mismo nivel elevado y según los mismos criterios en todos los Estados miembros, con independencia de que los Estados miembros tengan mayor flexibilidad en la concepción y gestión de los programas, para garantizar, en particular, el desembolso puntual de los fondos en los Estados miembros a todos los agricultores y comunidades rurales que cumplan los criterios, minimizando al mismo tiempo la carga administrativa para los beneficiarios;

26.  Recuerda que, en la anterior reforma, fue difícil llegar a un acuerdo respecto a la definición de «agricultor activo»; considera, por tanto, que la producción de una explotación (por ejemplo, mantener el suelo en un buen estado agrícola, buenas prácticas de zootecnia, contribuir a la economía circular) podría ser una solución más concreta y cuantificable para esta definición;

27.  Rechaza el recorte del 25 % del presupuesto de desarrollo rural como se indica en la reciente propuesta del MFP 2021-2027, de 2 de mayo de 2018; insiste en que cualquier recorte presupuestario en el sector de la agricultura y el desarrollo rural no debe conducir a una disminución del nivel de ambición en comparación con la PAC actual;

28.  Considera que todos aquellos que participan en el proceso de control de las finanzas de la Unión, entre ellos el Tribunal de Cuentas Europeo, deben entender de la misma forma el sistema de control basado en el rendimiento, para que los Estados miembros o los beneficiarios no tengan que enfrentarse a correcciones financieras imprevistas;

29.  Señala que los agricultores son empresarios y que, como tales, han de gozar de las libertades correspondientes para poder obtener en el mercado unos precios razonables por sus productos;

30.  Hace hincapié en que no debe excluirse a los agricultores a tiempo parcial ni a los agricultores con ingresos mixtos;

31.  Acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión de conceder una mayor flexibilidad a los Estados miembros, las regiones y los agricultores, en el marco de un umbral financiero más alto para las normas de minimis del sector agrícola, asegurando al mismo tiempo la integridad del mercado interior;

32.  Pide a la Comisión, además, que permita a los Estados miembros una mayor flexibilidad en el marco de las normas sobre ayudas estatales agrícolas para animar a los agricultores a constituir de forma voluntaria un fondo de ahorro, en previsión del aumento de los riesgos climáticos y sanitarios y de crisis económicas;

33.  Pide, sin embargo, que se recompensen de forma justa los bienes públicos suministrados por las microempresas y las pequeñas empresas agrícolas, incluida su participación en cooperativas e iniciativas comunitarias;

34.  Pide a los Estados miembros que busquen mejores sinergias entre la PAC y otras políticas y fondos como el Fondo de Cohesión, los fondos estructurales y otros fondos de inversión, para crear un efecto multiplicador para las zonas rurales;

35.  Reclama una mejor coordinación entre la PAC y otras políticas y acciones de la Unión, en particular la Directiva 2000/60/CE, la Directiva 91/676/CEE y el Reglamento (CE) n.º 1107/2009, como medio de lograr la protección sostenible de los recursos hídricos, cuya cantidad y calidad se ven perjudicadas por la agricultura; pide incentivos para apoyar proyectos de cooperación a escala local entre agricultores y compañías distribuidoras del agua, a fin de mejorar la protección de los recursos hídricos;

36.  Observa que numerosos pueblos y regiones, pese a su naturaleza rural, quedan fuera del ámbito de aplicación de los programas de desarrollo rural —por razones administrativas, en algunos Estados miembros— lo que los coloca en una situación de desventaja;

37.  Pide a los Estados miembros que se planteen una mayor flexibilidad para no perjudicar a estas regiones ni a sus productores;

Una PAC inteligente, eficiente, sostenible y justa en beneficio de los agricultores, los ciudadanos, las zonas rurales y el medio ambiente

38.  Considera que es necesario mantener la actual arquitectura de dos pilares y recalca que los pilares deben ser coherentes y complementarios, que el primer pilar debe financiarse íntegramente mediante financiación de la Unión y constituir un medio eficiente de apoyo a la renta, las medidas medioambientales de referencia y la continuación de las medidas de mercado actuales, y que el segundo pilar debe satisfacer las necesidades específicas de los Estados miembros; no obstante, considera que es necesario al mismo tiempo incentivar a los agricultores y otros beneficiarios para que lleven a cabo acciones que generen bienes públicos sociales y medioambientales no remunerados por el mercado, y respetar las prácticas agrícolas tanto nuevas como consolidadas, a partir de criterios comunes, uniformes y objetivos, al tiempo que se mantiene la posibilidad de que los Estados miembros adopten enfoques específicos para reflejar condiciones locales y sectoriales; considera prioritaria la transición de todas las explotaciones europeas hacia la sostenibilidad y que todas las explotaciones europeas se integren plenamente en la economía circular, combinando las normas de rendimiento económico y ambiental y sin merma alguna de las normas sociales o laborales;

39.  Recuerda a la Comisión que los objetivos de la PAC establecidos en el artículo 39 del TFUE son incrementar la productividad agrícola, garantizar un nivel de vida equitativo a la población agrícola, estabilizar los mercados, garantizar la seguridad de los abastecimientos y asegurar al consumidor suministros a precios razonables;

40.  Subraya el potencial de las innovaciones tecnológicas para un sector inteligente y eficiente que garantice la sostenibilidad, en particular por lo que se refiere al uso eficiente de los recursos, el control de la salud de los cultivos y los animales y el medio ambiente;

41.  Pide que la PAC facilite y apoye la aplicación de estas innovaciones;

42.  Considera que la futura arquitectura de la PAC solo puede alcanzar sus objetivos si dispone de una financiación suficiente; pide, por consiguiente, que el presupuesto de la PAC se incremente o se mantenga en euros constantes en el próximo MFP, con el fin de alcanzar los ambiciosos objetivos de una PAC revisada y eficiente después de 2020;

43.  Considera que una mayor liberalización del mercado y la reducción de la protección de los agricultores que esta conllevaría haría necesario compensar al sector agrícola y en particular a las explotaciones que están en situación de desventaja para competir —especialmente por dificultades relacionadas con el uso de las tierras agrícolas o por encontrarse en zonas montañosas—, y que solo estas medidas compensatorias pueden garantizar una gestión extensiva de las tierras agrícolas y la conservación del paisaje cultural;

44.  Hace hincapié en que el presupuesto de la PAC debe adaptarse a las futuras necesidades y dificultades, como las derivadas de las repercusiones del Brexit y los acuerdos de libre comercio firmados por la Unión con sus principales socios comerciales;

45.  Señala las diferencias persistentes en el desarrollo de las zonas rurales entre las distintas regiones y Estados miembros y considera, por tanto, que los criterios de cohesión deberían seguir desempeñando un papel importante en la distribución de los recursos del segundo pilar entre los Estados miembros;

46.  Subraya la importancia de asignar un presupuesto importante al segundo pilar (política de desarrollo rural) en el presupuesto general de la PAC;

47.  Considera que los agricultores deben recibir apoyo para la transición a la plena sostenibilidad;

48.  Considera que el desarrollo de nuevas políticas y objetivos de la Unión no debe ir en detrimento del éxito de la PAC ni de sus recursos;

49.  Reconoce la incertidumbre que existe actualmente en torno al futuro presupuesto de la PAC;

50.  Hace hincapié en que los recursos de la PAC provienen de los impuestos de los contribuyentes de todos los Estados miembros y que los contribuyentes de la Unión tienen derecho a saber que estos fondos se utilizan exclusivamente de manera selectiva y transparente;

51.  Considera que deben evitarse nuevas líneas de desarrollo rural que no vayan acompañadas de fondos adicionales;

52.  Cree que es necesario un apoyo más específico a diversos sistemas agrícolas, especialmente a las explotaciones agrarias de carácter familiar pequeñas y medianas y a los jóvenes agricultores, para reforzar la economía regional mediante un sector agrícola productivo que rinda en términos económicos, medioambientales y sociales; considera que ello puede lograrse mediante una tasa de ayuda redistributiva más elevada obligatoria para las primeras hectáreas de una explotación, vinculada al tamaño medio de las explotaciones en cada Estado miembro habida cuenta de la gran variedad de tamaños de explotaciones en toda la Unión; destaca que el apoyo a las explotaciones de mayor tamaño debe ser decreciente, reflejando las economías de escala, con unos límites máximos obligatorios decididos a nivel europeo y con criterios flexibles para tener en cuenta la capacidad de las explotaciones y cooperativas de ofrecer un empleo estable que retenga a la población en los territorios rurales; considera que los fondos liberados por el establecimiento de unos límites máximos o de pagos decrecientes han de permanecer en el Estado miembro o región de los que proceden;

53.  Considera que es esencial garantizar que el apoyo vaya dirigido a los verdaderos agricultores, centrándose en aquellos que se dedican activamente a la agricultura para ganarse la vida;

54.  Considera necesario el mantenimiento de un régimen simplificado para los pequeños productores de forma que se les facilite el acceso y la gestión de los pagos directos de la PAC;

55.  Destaca que es necesario identificar los elementos clave de un sistema de penalizaciones e incentivos bien equilibrado, transparente, simple y objetivo, combinado con un sistema transparente y oportuno para determinar qué beneficiarios pueden optar a recibir dinero público por el suministro de bienes públicos, que debería consistir en una serie de medidas sencillas, voluntarias y obligatorias y estar orientado a los resultados, trasladando, de este modo, el énfasis del cumplimiento al rendimiento real;

56.  Destaca que los agricultores a tiempo parcial y los agricultores con ingresos mixtos —que dan vida a las zonas rurales en tantos sentidos— practican la agricultura para ganarse la vida y son verdaderos agricultores en el sentido que les da la Comunicación de la Comisión;

57.  Pide que el sistema actual de cálculo de los pagos directos del primer pilar, sobre todo en los Estados miembros en los que el valor de los derechos sigue calculándose en parte sobre la base de referencias históricas, se modernice y sustituya por un método de cálculo de los pagos de la Unión que, en su tramo básico, apoye la renta de los agricultores dentro de unos límites, y que pueda ir aumentando para recompensar su grado de contribución al suministro de bienes públicos de acuerdo con los objetivos y las metas de la Unión hasta 2030, a fin de que el sistema sea más sencillo y transparente;

58.  Acoge con satisfacción el régimen de pago único por superficie (RPUS) —sencillo, justificado, transparente y fácil de utilizar—, que se ha aplicado con éxito en muchos Estados miembros; pide, por tanto, que se mantenga el régimen de pago único por superficie después de 2020, y propone que se utilice en cualquier Estado miembro o por cualquier agricultor de la Unión;

59.  Hace hincapié en que de este modo se podría sustituir el complicado sistema administrativo de derechos de pago y conseguir una considerable reducción de la burocracia;

60.  Considera que, para garantizar su eficacia a largo plazo, estos nuevos pagos no pueden convertirse en productos negociables;

61.  Pide a la Comisión que examine la necesidad de solicitudes de pago con respecto a la compatibilidad con las normas de la OMC;

62.  Subraya que los fondos públicos de la actual PAC, que se gastan en actividades concretas de los agricultores, están sujetos a controles muy precisos a pequeña escala;

63.  Considera que los pagos deben además subordinarse al respeto de unas condiciones estrictas y comunes, por ejemplo, el suministro de bienes ambientales y otros bienes públicos, como empleos de calidad;

64.  Recuerda que la Resolución del Parlamento «Sobre la situación con respecto a la concentración de tierras agrícolas en la UE: ¿Cómo facilitar el acceso de los agricultores a la tierra?» reconoce que los pagos por tierras sin una condicionalidad clara provocan distorsiones en el mercado de tierras y, por lo tanto, influyen en la concentración de cada vez más tierras agrícolas en unas pocas manos;

65.  Aclara que los bienes públicos son aquellos servicios que no están incluidos en la legislación en materia de medio ambiente, clima y bienestar animal, y especialmente la conservación del agua, la protección de la biodiversidad, la protección de la fertilidad del suelo, la protección de los polinizadores, la protección de la capa de humus y el bienestar animal;

66.  Destaca la necesidad de una distribución justa de los pagos directos entre los Estados miembros, que es esencial para el funcionamiento del mercado único, y que debe tener en cuenta criterios objetivos, como las cantidades recibidas por los Estados miembros en el marco del primer pilar y el segundo pilar, y el hecho de que las condiciones naturales, las circunstancias laborales y socioeconómicas, el nivel de vida general, los costes de producción, en especial los costes de la tierra, y el poder adquisitivo no son iguales en toda la Unión;

67.  Hace hincapié en que solo se puede lograr una mayor convergencia en el importe de los pagos directos entre los Estados miembros si el presupuesto se incrementa adecuadamente;

68.  Destaca que los pagos directos tienen como finalidad apoyar a los agricultores en materia de producción alimentaria y de protección de normas medioambientales y de bienestar animal;

69.  Considera que, estrictamente a condición de que se garantice la competencia equitativa en el mercado único, se evite la distorsión de la competencia —sobre todo en lo que respecta a las materias primas—, se garantice la coherencia con las normas de la OMC y no se comprometan los objetivos ambientales y climáticos, los pagos en el marco de la ayuda asociada voluntaria deben mantenerse, pero activarse solo tras una evaluación de la Comisión; considera que la ayuda asociada voluntaria es una herramienta para abordar las necesidades de los sectores sensibles y de los objetivos específicos relacionados con el medio ambiente, el clima o la calidad y la comercialización de productos agrícolas, para incentivar las prácticas que respetan normas elevadas de bienestar animal y medioambientales y para contrarrestar dificultades específicas, en particular las derivadas de las desventajas competitivas estructurales de las regiones menos favorecidas y montañosas, así como aquellas que tienen un carácter temporal mayor y que se derivan, por ejemplo, del abandono progresivo del antiguo sistema de derechos; considera, además, que la ayuda asociada voluntaria es una estrategia para promover en el futuro la producción importante desde un punto de vista estratégico, como las proteaginosas, o bien para compensar los efectos de los acuerdos de libre comercio; recalca, asimismo, que los pagos de la ayuda asociada voluntaria son importantes para mantener la diversidad de la producción agrícola de la Unión, los empleos en la agricultura y unos sistemas de producción sostenibles;

70.  Pide que los pagos del primer pilar, incluida la ayuda asociada, estén limitados por hectárea y beneficiario a un importe equivalente al doble de la media de los pagos directos de la Unión por hectárea, a fin de evitar distorsiones de la competencia;

71.  Recuerda que garantizar el relevo generacional y los nuevos operadores es un reto para la agricultura en numerosos Estados miembros y que todas las estrategias nacionales o regionales deben abordar este problema mediante un enfoque global, movilizando todos los recursos financieros de la PAC, incluyendo el pago adicional para los agricultores jóvenes del primer pilar, así como las medidas para ayudar a los agricultores jóvenes a establecerse del segundo pilar, debiendo tener ambas carácter obligatorio para los Estados miembros, además del apoyo de instrumentos financieros nuevos, como una herramienta para garantizar el acceso al capital en caso de limitación de recursos; subraya, además, la importancia de las medidas nacionales para eliminar las barreras normativas y económicas, al tiempo que se fomenta la planificación de la sucesión, los paquetes de jubilación y el acceso a la tierra, y para facilitar y promover los acuerdos de colaboración, como las asociaciones, la aparcería, la cría bajo contrato y el arrendamiento entre agricultores de edad avanzada y agricultores jóvenes; considera que las normas sobre ayudas estatales también deben tener en cuenta la importancia de la renovación generacional y evitar la desaparición de la agricultura familiar;

72.  Considera que en la nueva legislación de la Unión es necesario distinguir entre los criterios de los incentivos para «jóvenes agricultores» y para «agricultores que comiencen su actividad agrícola» (los agricultores jóvenes se definen por su edad, y los agricultores que comienzan su actividad, en función de los años transcurridos desde el establecimiento de su explotación), para que el potencial del incentivo para ambos grupos conlleve una renovación generacional y una mejora de las condiciones de vida en las zonas rurales;

73.  Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que reconozcan que los nuevos cambios sociales, tecnológicos y económicos, como la energía limpia, la digitalización y las soluciones inteligentes, repercuten sobre la vida rural;

74.  Pide a la Comisión que apoye los esfuerzos en relación con la mejora de la calidad de la vida en las zonas rurales, a fin de animar a que los ciudadanos permanezcan en el medio rural o regresen a él, sobre todo los jóvenes, e insta a la Comisión y asimismo a los Estados miembros a que fomenten el desarrollo mediante nuevos servicios, especialmente por mujeres y jóvenes;

75.  Observa con preocupación que la falta de población activa en varios sectores agrícolas está dando lugar al abandono de las actividades agrícolas; pide que se faciliten ayudas para atraer trabajadores a la agricultura;

76.  Destaca la necesidad de que se difundan los modelos ya acreditados en los Estados miembros que reúnen a agricultores jóvenes y de edad avanzada con fines de renovación generacional;

77.  Recomienda que se mejore el acceso a la financiación mediante préstamos a tipos de interés subvencionados para los nuevos agentes del sector agrario;

78.  Recuerda que las zonas y los asentamientos rurales requieren una especial atención y esfuerzos integrados para desarrollar pueblos inteligentes;

79.  Pide que se refuerce la cooperación con el BEI y el Fondo Europeo de Inversiones (FEI) a fin de fomentar la creación de instrumentos financieros destinados a los jóvenes agricultores en todos los Estados miembros;

80.  Pide unas condiciones de competencia justas en cuanto a las mejoras tecnológicas para los polos y redes rurales;

81.  Destaca la importancia del desarrollo rural, en particular la iniciativa LEADER, para mejorar las sinergias entre las diferentes políticas y aumentar la competitividad, promover las economías eficaces y sostenibles, promover la agricultura y la silvicultura sostenibles y multifuncionales y para producir bienes alimentarios y no alimentarios y prestar servicios que generen valor añadido y empleo; destaca la importancia del desarrollo rural a la hora de fomentar las asociaciones entre agricultores, comunidades locales y la sociedad civil y de promover actividades y oportunidades empresariales adicionales, a menudo no deslocalizables, en la agroindustria, el agroturismo, la comercialización directa, la agricultura respaldada por la comunidad, la bioeconomía y la producción sostenible de bioenergía y energía renovable, elementos todos ellos que ayudan a garantizar la conservación de la actividad económica en las regiones; insiste, por lo tanto, en la importancia de reforzar el segundo pilar en el plano económico, incrementando de este modo el potencial para generar ingresos, ayudar a luchar contra la despoblación, el desempleo y la pobreza y para promover la inclusión social, el suministro de servicios sociales y el refuerzo del tejido socioeconómico en las zonas rurales, con el objetivo general de mejorar la calidad de vida en dichas zonas;

82.  Pide a la Comisión que introduzca un enfoque de inversión de financiación múltiple en el período legislativo posterior a 2020 para garantizar la introducción fluida de las herramientas de desarrollo rural integrado, como la iniciativa sobre pueblos inteligentes;

83.  Pide que se cree un fondo nuevo para el desarrollo local participativo (CLLD) partiendo de la iniciativa y la experiencia de LEADER en este ámbito, al que se asignará un 10 % en todos los fondos estructurales para los objetivos establecidos en las estrategias locales participativas, sin fijar un límite entre los fondos estructurales, que deben utilizarse de forma descentralizada;

84.  Subraya que los programas de desarrollo rural deben tener valor añadido en las explotaciones y conservar su función importante a la hora de hacer posible acciones plurianuales relativas a prácticas innovadoras y medidas agroambientales;

85.  Señala que, dentro de la iniciativa LEADER, se debe prestar más atención a las necesidades y los proyectos de las microexplotaciones agrícolas familiares, proporcionando la asistencia financiera necesaria;

86.  Considera que se ha demostrado que las zonas rurales necesitan mujeres y hombres que emprendan la actividad agrícola en pequeñas y medianas explotaciones;

87.  Resalta la importancia de mantener una ayuda compensatoria específica para las explotaciones en zonas menos favorecidas, con arreglo a las condiciones establecidas por los Estados miembros en función de sus especificidades locales;

88.  Destaca asimismo que la aplicación de instrumentos financieros al desarrollo rural debe hacerse de forma voluntaria, y que se deben reforzar las inversiones en las zonas rurales;

89.  Pide a la Comisión que tome medidas con miras a la iniciativa sobre pueblos inteligentes y que conceda prioridad a los pueblos inteligentes en la próxima política de desarrollo rural;

90.  Considera que la financiación de la apicultura dentro del segundo pilar debería ser más específica y más eficaz, y que el nuevo marco legislativo debería prever en el primer pilar un nuevo régimen de ayuda para los apicultores, con ayudas directas por colmena;

91.  Hace hincapié en que las medidas relacionadas menos directamente con la agricultura debe estar sujetas a un mayor porcentaje de cofinanciación;

92.  Pide a la Comisión que introduzca un régimen de condicionalidad nuevo, coherente, reforzado y simplificado en el primer pilar, que permita la integración y la aplicación de los diferentes tipos de acciones medioambientales que existen, tales como la ecocondicionalidad y la ecologización; destaca que la base de referencia del primer pilar para lograr un desarrollo agrícola sostenible debe ser obligatoria y establecer claramente las medidas y los resultados que se esperan de los agricultores, de manera que se garantice la competencia en igualdad de condiciones, así como una burocracia mínima en las explotaciones y, teniendo en cuenta las condiciones locales, un control adecuado por parte de los Estados miembros; solicita, asimismo, un sistema nuevo y simple, que debería ser obligatorio para los Estados miembros y opcional para las explotaciones, basado en normas de la Unión que vayan más allá de la base de referencia a fin de incentivar la transición de los agricultores hacia técnicas y prácticas sostenibles respecto del clima y el medio ambiente y que sean compatibles con las medidas agroambientales y climáticas en el marco del segundo pilar; considera que la aplicación de este sistema debe definirse en los planes estratégicos nacionales dentro de un marco de la Unión;

93.  Pide a la Comisión que vele por que las medidas agroambientales y climáticas en el marco del segundo pilar para el desarrollo rural sigan compensando los costes adicionales y el lucro cesante derivados de la adopción voluntaria por los agricultores de prácticas respetuosas con el medio ambiente y el clima, con la posibilidad de añadir un incentivo para la inversión en materia de protección del medio ambiente, biodiversidad y eficiencia de los recursos; considera que estos programas deben simplificarse, ser más específicos y más eficientes, de modo que los agricultores puedan alcanzar objetivos políticos ambiciosos en relación con la protección medioambiental, la biodiversidad, la gestión del agua, la acción por el clima y la mitigación del cambio climático, a la vez que se garantiza una burocracia mínima en las explotaciones y, teniendo en cuenta las condiciones locales, un control adecuado por parte de los Estados miembros;

94.  Pide que, además de las explotaciones dedicadas exclusivamente a la producción agrícola ecológica de conformidad con el artículo 11 del Reglamento (CE) n.º 834/2007 de la Unión y que están exentas de las obligaciones de ecologización de conformidad con el artículo 43 del Reglamento (UE) n.º 1307/2013, también estén exentas aquellas explotaciones que aplican medidas agroambientales a tenor del Reglamento (UE) n.º 1305/2013;

95.  Subraya que las regiones mediterráneas de la Unión son más vulnerables a las consecuencias del cambio climático, como la sequía, los incendios y la desertización, por lo que se requerirán mayores esfuerzos por parte de los agricultores de estas regiones para adaptar sus actividades a los cambios del entorno;

96.  Considera que las futuras propuestas legislativas de la Comisión deben poder ayudar al mayor número de agricultores en lo que respecta a sus iniciativas de modernización hacia un desarrollo agrícola más sostenible;

97.  Pide, en interés de la simplificación de la PAC, que se mantenga la exención actual y no se cargue a las explotaciones más pequeñas de menos de 15 ha con las acciones adicionales de la PAC en el ámbito del medio ambiente y el clima;

98.  Propone que esta forma nueva de ecologización vaya acompañada de medios considerables, coordinados y más eficientes en el marco del segundo pilar, a través de inversiones específicas tangibles e intangibles (transferencia de conocimientos, formación, asesoramiento, intercambio de conocimientos técnicos, creación de redes, cambios en la AEI) como otro motor del cambio;

99.  Pide a la Comisión que vele por que sus propuestas legislativas para la reforma de la PAC incluyan las medidas y los instrumentos adecuados para integrar la producción de proteaginosas en sistemas mejorados de rotación de cultivos a fin de superar el actual déficit de proteínas, mejorar los ingresos de los agricultores y abordar los principales retos de la agricultura como el cambio climático, la pérdida de biodiversidad y de fertilidad del suelo, y la protección y la gestión sostenible de los recursos hídricos;

100.  Cree que se debe destinar un importe mínimo del total de presupuesto disponible en el segundo pilar a medidas agroambientales y climáticas, en particular la agricultura biológica, la captura de CO2, la salud del suelo, las medidas de gestión sostenible de los bosques, la planificación de la gestión de los nutrientes para la protección de la biodiversidad, la polinización y la diversidad genética de animales y plantas; hace hincapié, en este contexto, en la importancia de mantener los pagos en virtud de la red Natura 2000 y de garantizar que su importe sea suficiente para ofrecer un verdadero incentivo para los agricultores;

101.  Subraya la necesidad de pagos en el marco del desarrollo rural a los agricultores de zonas con limitaciones naturales, condiciones climáticas difíciles, pendientes pronunciadas o limitaciones en cuanto a la calidad del suelo; pide una simplificación y un mejor enfoque del plan ANC para el periodo posterior a 2020;

102.  Recuerda que el Parlamento Europeo ya había puesto de relieve que el control de adecuación de la Directiva sobre Natura 2000 destaca la necesidad de aumentar la coherencia con la PAC y subraya el preocupante descenso de especies y hábitats relacionados con la agricultura; pide a la Comisión que evalúe el impacto de la PAC en la biodiversidad; reclama asimismo mayores pagos en virtud de Natura 2000 para aumentar los incentivos a la protección de los lugares de la red Natura 2000, que se encuentran en una situación muy deficiente;

103.  Solicita que se apliquen y refuercen medidas de agricultura inteligente con respecto al clima, ya que en el futuro aumentará la repercusión del cambio climático sobre la agricultura en Europa;

104.  Considera que la PAC debe gestionar los riesgos asociados al cambio climático y a la degradación de la tierra en toda la superficie agrícola, invirtiendo en la resiliencia y solidez de los ecosistemas agrícolas, en la infraestructura ecológica para generar la capa arable, revertir la erosión del suelo, introducir o alargar las rotaciones de cultivos, añadir más árboles al paisaje e impulsar la diversidad biológica y estructural en las explotaciones;

105.  Considera que debe promoverse y respaldarse un mayor uso de los residuos del campo como una fuente de energía renovable, eficiente y sostenible para las zonas rurales;

106.  Pide a la Comisión que fomente la innovación, la investigación y la modernización en la agricultura, la agrosilvicultura y el sector alimentario mediante el apoyo a un sistema de asesoramiento sólido y una formación mejor adaptada a las necesidades de los beneficiarios de la PAC a la hora de hacer evolucionar sus prácticas hacia una mayor sostenibilidad y protección de los recursos y mediante el apoyo a la aplicación de tecnologías inteligentes a fin de responder con más eficacia a los retos en materia de salud, medio ambiente y competitividad; destaca que la formación y la extensión deben ser una condición previa para la concepción y la puesta en práctica de programas en todos los Estados miembros y que es esencial fomentar la transferencia de conocimientos técnicos, modelos de mejores prácticas y los intercambios entre cooperativas y organizaciones de productores en todos los Estados miembros, tales como el sistema de conocimiento y de información agrícola europeo; considera que los métodos agroecológicos y los principios sobre los que se basa la agricultura de precisión pueden generar beneficios considerables para el medio ambiente, incrementar los ingresos de los agricultores, racionalizar el uso de la maquinaria agrícola y aumentar considerablemente la eficiencia de los recursos;

107.  Hace hincapié en que la PAC, Horizonte 2020 y otros regímenes de financiación de apoyo son muy necesarios para animar a los agricultores a invertir en nuevas tecnologías adaptadas al tamaño de su explotación, como las herramientas agrícolas de precisión y digitales que mejoran la resiliencia y la repercusión medioambiental de la agricultura;

108.  Pide a la Comisión que estimule el desarrollo y la adopción de tecnologías innovadoras por todos los tipos de explotación, con independencia de su tamaño y de su producción, ya sea convencional o biológica, de ganado o de cultivos, a pequeña o a gran escala;

109.  Pide a la Comisión que formule una PAC que logre una mayor innovación y contribuya al avance de la bioeconomía y a soluciones para la biodiversidad, el medio ambiente y el clima;

110.  Pide a la Comisión que se centre en la calidad de la vida en las zonas rurales y que la haga atractiva para todas las personas, sobre todo para la generación más joven;

111.  Considera que la digitalización y la agricultura de precisión que se fomentan en la PAC no deben aumentar la dependencia de los agricultores respecto de insumos adicionales o financiación exterior ni evitar su acceso a los recursos, sino que deben ser de código abierto y desarrollarse de forma inclusiva con participación de los agricultores;

112.  Pide, sin perjuicio de una nueva definición del importe total de la ayuda de la Unión al desarrollo rural, que se sigan aplicando los programas actuales de desarrollo rural, de conformidad con el artículo 10, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 1305/2013, hasta 2024 o hasta la adopción de una nueva reforma;

113.  Acoge con satisfacción el compromiso de la Comisión de promover el concepto de «pueblos inteligentes» en la Unión, que hará posible, mediante un desarrollo más coordinado de las diferentes políticas, abordar de modo global las insuficientes conexiones de banda ancha, las oportunidades de empleo y la prestación de servicios en zonas rurales;

114.  Exige que se actúe para atajar el grave problema que suponen los accidentes en las explotaciones, que dan lugar a lesiones y muertes en las explotaciones de la Unión, a través de medidas del segundo pilar para apoyar la inversión en medidas de seguridad y formación;

115.  Pide que, en el marco del desarrollo de una estrategia europea en materia de cultivos proteaginosos, se permita en todas las superficies con cultivos proteaginosos una sola aplicación de productos fitosanitarios en el periodo desde antes de la siembra hasta poco después de sembrar;

116.  Considera que las inversiones en innovación, educación y formación son esenciales para el futuro de la agricultura europea;

117.  Destaca que, en el marco de la futura PAC, debe investigarse más en profundidad un enfoque basado en los resultados a escala de los Estados miembros y regional, así como las soluciones innovadoras facilitadas por los programas de certificación, sin añadir burocracia ni controles in situ;

118.  Apoya firmemente la introducción de medidas de modernización y estructurales específicas en el segundo pilar con el fin de alcanzar objetivos prioritarios como la agricultura digitalizada 4.0;

119.  Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que protejan y fomenten el acceso a semillas e insumos agrícolas por parte de los pequeños agricultores y grupos marginados, y a que promuevan y protejan el intercambio de semillas y su propiedad pública, así como las técnicas tradicionales y sostenibles que garantizan el derecho humano a una alimentación y una nutrición adecuadas;

120.  Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que dediquen más atención a las oportunidades de emprendimiento para prestar servicios hacia y desde los pueblos;

121.  Observa que cada explotación es diferente y que, por lo tanto, se necesitan soluciones individuales;

Una posición sólida para los agricultores en el sistema alimentario mundial

122.  Pide a la Comisión que mantenga el marco actual de la organización común de mercados única dentro del primer pilar, incluyendo instrumentos políticos y normas comerciales de carácter específico y que mejore el programa escolar de la Unión de distribución de frutas, hortalizas y leche; destaca la importancia de los sistemas de gestión de la producción existentes para productos específicos y del mantenimiento de los programas obligatorios por sectores individuales (vino, frutas y hortalizas, aceite de oliva y apicultura) para los países productores, con el fin último de reforzar la sostenibilidad y la competitividad de cada sector y mantener unas condiciones equitativas a la vez que se permite el acceso a todos los agricultores;

123.  Cree que la experiencia positiva y «orientada hacia el mercado» de los programas operativos de la organización común de mercados en el sector de frutas y hortalizas, puestos en marcha por las organizaciones de productores y financiados sobre la base del valor de la producción comercializada, han demostrado su eficacia en la mejora de la competitividad y la estructuración de los sectores objetivo, así como en la mejora de la sostenibilidad; pide, por lo tanto, a la Comisión que considere la introducción de programas operativos similares para otros sectores; cree que esto podría ser especialmente beneficioso para las organizaciones de productores que representan a productores de leche en regiones montañosas y apartadas de la Unión, que elaboran y comercializan productos de alta calidad y que mantienen la producción de leche en estas zonas de producción difíciles;

124.  Recuerda que la desigualdad de poder de mercado en el sector lácteo es un obstáculo particular a que la producción cubra los costes;

125.  Llama la atención sobre la posibilidad de introducir el régimen de reducción voluntaria de la oferta de leche en la organización común de mercados (OCM);

126.  Solicita que se introduzca una nueva herramienta de gestión autosuficiente para el aceite de oliva que permita actividades de almacenamiento en los años en los que haya un exceso de producción con objeto de colocarla en el mercado cuando la producción sea inferior a la demanda;

127.  Insiste en la urgente necesidad de que la futura PAC apoye a los agricultores de forma más eficaz, justa e inmediata para hacer frente a la volatilidad de los precios e ingresos debida al clima, las condiciones meteorológicas adversas y los riesgos sanitarios y de mercado, desarrollando incentivos adicionales y condiciones de mercado que estimulen el desarrollo y el uso voluntario de herramientas de gestión de riegos y estabilización (planes de seguros, instrumentos de estabilización de los ingresos, mecanismos de suministro individuales y fondos de inversión) a la vez que se garantiza la accesibilidad a todos los agricultores y la compatibilidad con los programas nacionales vigentes;

128.  Aboga por que aumente y mejore el respaldo a la producción de leguminosas en la Unión, y por que se concedan ayudas específicas a los ganaderos de ovejas y cabras con sistemas de cría extensiva, teniendo en cuenta el impacto positivo de estos sectores para el medio ambiente y la necesidad de reducir la dependencia de la Unión de las importaciones de proteínas para pienso;

129.  Subraya que debe diseñarse una PAC orientada al futuro para abordar mejor problemas sanitarios graves, como los relacionados con la resistencia a los antimicrobianos, la calidad del aire y la nutrición más saludable;

130.  Subraya los desafíos que plantea para la salud animal y humana la resistencia a los antimicrobianos; opina que el nuevo marco jurídico debe promover activamente un mayor nivel de salud y bienestar animal como medio para combatir la resistencia a los antibióticos, ofreciendo así mejor protección de la salud pública y del sector agrícola en su conjunto;

131.  Llama la atención sobre el hecho de que los riesgos del mercado también pueden gestionarse mediante la mejora del acceso al mercado para los productos agrícolas y alimentarios de la Unión en mercados de exportación;

132.  Insiste en la importancia de reforzar la posición de los productores primarios en la cadena agroalimentaria, en particular garantizando una distribución justa del valor añadido entre productores, transformadores y el sector minorista, introduciendo los recursos y los incentivos financieros requeridos para apoyar la creación y el desarrollo de organizaciones económicas, verticales y horizontales, como organizaciones de productores, cooperativas incluidas, así como asociaciones de estas y organizaciones interprofesionales, estableciendo unas normas mínimas armonizadas para luchar contra las prácticas comerciales desleales y abusivas en toda la cadena agroalimentaria, reforzando la transparencia en los mercados y mediante instrumentos de prevención de crisis;

133.  Destaca que, de acuerdo con los objetivos del artículo 39 del TFUE y con la excepción indicada en el artículo 42 del TFUE, el Reglamento «Ómnibus» ha aclarado la relación jurídica entre las disposiciones de la organización común de mercados única y las normas sobre competencia de la Unión y ha introducido posibilidades colectivas nuevas para que los agricultores mejoren su poder de negociación dentro de la cadena agroalimentaria; considera que estas disposiciones son fundamentales en el marco de la futura PAC y deben seguir mejorándose;

134.  Considera que, a partir de las enseñanzas extraídas sobre el funcionamiento de los diversos observatorios del mercado de la Unión (leche, carne, azúcar y cultivos), dichos instrumentos deben ampliarse a los sectores que todavía no están incluidos y tienen que seguir desarrollándose para ofrecer datos y previsiones fiables a los operadores del mercado, con el fin de proporcionar alertas tempranas y acciones rápidas y preventivas en caso de perturbaciones del mercado a fin de evitar crisis;

135.  Aboga por un aumento del apoyo y el fomento de los mercados locales y de las cadenas cortas de suministro de alimentos; Destaca la necesidad de crear servicios locales relacionados con las cadenas cortas de suministro de alimentos;

136.  Insta a la Comisión a que siga aclarando y actualizando, cuando proceda, las normas para organizaciones de productores y organizaciones interprofesionales, en particular en lo que respecta a la política de competencia, y de cara a alcanzar medidas y acuerdos por parte de organizaciones interprofesionales con el fin de satisfacer las demandas sociales;

137.  Subraya que los instrumentos tradicionales de gestión del mercado de la PAC (intervención pública y almacenamiento privado) surten un efecto reducido e insuficiente en el contexto de las economías globalizadas y que los instrumentos de gestión de riesgos no siempre bastan para luchar contra una volatilidad de los riesgos considerable y las perturbaciones graves del mercado;

138.  Subraya la necesidad, por lo tanto, de que la organización común de mercados única siga desempeñando un papel importante dentro de la futura PAC como red de seguridad en la rápida estabilización de los mercados agrícolas y a la hora de anticipar las crisis, y subraya la importancia del Reglamento «Ómnibus» para posibilitar y fomentar —a partir de las lecciones aprendidas durante las últimas crisis del mercado, en particular en el sector lácteo— el uso complementario de instrumentos innovadores de gestión de crisis y de mercado tales como acuerdos sectoriales voluntarios para gestionar y, si procede, reducir la oferta en términos cuantitativos entre los productores, las organizaciones de productores, las asociaciones de organizaciones de productores y las organizaciones interprofesionales y los transformadores (p. ej., el plan de reducción de la producción lechera de la Unión);

139.  Acoge con satisfacción el trabajo realizado en relación con una estrategia sostenible sobre las proteínas para la Unión;

140.  Señala la necesidad de crear mercados locales y regionales de leguminosas en la Unión, de mejorar el rendimiento medioambiental mediante la rotación de cultivos, reduciendo al mismo tiempo la dependencia de la importación de pienso, fertilizantes y pesticidas, y de aumentar la viabilidad y los incentivos económicos para adoptar prácticas agrícolas más sostenibles;

141.  Considera que las medidas de gestión de abastecimiento para quesos y jamón con denominación de origen protegida o indicación geográfica protegida, o para vinos, han demostrado su eficacia para mejorar la sostenibilidad, la competitividad y la calidad de los productos en cuestión y, por lo tanto, deben mantenerse y, si procede, ampliarse para que incluyan todos los productos con etiqueta de calidad, en consonancia con los objetivos de la PAC;

142.  Solicita una profunda revisión del mecanismo actual de reserva de crisis a fin de crear un fondo de la Unión viable y autónomo para crisis agrícolas, que estaría exento del principio de anualidad del presupuesto con el fin de permitir transferencias presupuestarias entre ejercicios, sobre todo cuando los precios del mercado sean lo suficientemente elevados, manteniendo al mismo tiempo la reserva de crisis en un nivel constante durante todo el periodo del MFP, lo que permitiría acciones preventivas y respuestas más rápidas, más coherentes y eficaces, como complemento del uso de los instrumentos de gestión de mercado y de riesgos, en particular de aquellos que tienen consecuencias económicas para los agricultores debido a problemas de salud animal, enfermedades vegetales y seguridad alimentaria, pero también de los que se derivan de perturbaciones exteriores con repercusión sobre la agricultura;

143.  Considera que, si bien los acuerdos comerciales son beneficiosos para algunos sectores agrícolas de la Unión y necesarios para reforzar la posición de la Unión en el mercado agrícola mundial y beneficiar a la Unión en su conjunto, también plantean una serie de desafíos que hay que tener en cuenta, en especial para las explotaciones de tamaño pequeño y medio y los sectores sensibles, como el respeto a las normas sanitarias, fitosanitarias, de bienestar animal, medioambientales y sociales de la Unión, y que ello exige coherencia entre la política comercial y determinados objetivos de la PAC y no debe dar lugar al debilitamiento de las exigentes normas de Europa ni suponer un riesgo para sus territorios rurales;

144.  Subraya que la aplicación de normas diferentes aumentaría el riesgo de exportar la producción doméstica de la Unión a otros países, a expensas del desarrollo rural, del medio ambiente y, en determinados casos, de la calidad de los alimentos;

145.  Destaca que la necesidad de mecanismos de salvaguarda reforzados también debe arrojar luz sobre los debates en torno a futuros acuerdos comerciales (Mercosur, Nueva Zelanda, Australia) y su repercusión en la agricultura europea;

146.  Hace hincapié en que, si bien es importante seguir trabajando para lograr un mayor acceso al mercado para los productos agrícolas europeos, son necesarias medidas adecuadas de protección de la agricultura europea, que tengan en cuenta preocupaciones específicas del sector, como los mecanismos de salvaguardia, con el fin de evitar las repercusiones socioeconómicas negativas en los agricultores a pequeña y mediana escala en la Unión y en terceros países, o la posible exclusión de los sectores más sensibles de las negociaciones y la aplicación del principio de reciprocidad en las condiciones de producción, con el fin de garantizar unas condiciones de competencia equitativas entre los agricultores de la Unión y los competidores del resto del mundo; insiste en que la producción europea no debe verse socavada por importaciones inferiores y que no responden a las normas;

147.  Pide a la Comisión que comience a considerar la agricultura como una actividad estratégica y que plantee los acuerdos de libre comercio de manera que la agricultura deje de ser la variable de ajuste de los demás sectores participantes en el comercio, y que proteja sectores clave como la producción de leche cruda;

148.  Considera que, en las distintas reformas de la PAC que se han sucedido desde la década de 1990, han tenido una gran influencia las exigencias del comercio internacional y de la OMC; estima que dichas reformas han permitido incrementar la competitividad de los productos agrícolas y del sector agroalimentario europeo, pero también han debilitado gran parte del sector agrícola al exponerlo a la inestabilidad de los mercados mundiales; considera que ha llegado el momento, como propone la Comunicación de la Comisión sobre el futuro de la alimentación y de la agricultura, de centrarse más en otros objetivos de la PAC, como el nivel de vida de los agricultores o los relativos a la salud, el empleo, el medio ambiente y el clima;

149.  Subraya que la política comercial de la Unión ha de ser coherente con otras políticas de la Unión, como las políticas de desarrollo y ambiental, y apoyar la consecución de los ODS, y que puede contribuir a la consecución de los objetivos de la PAC, a saber, garantizar un nivel de vida equitativo para la comunidad agrícola y precios razonables para los productos que llegan a los consumidores; recalca que el sector agroalimentario de la Unión debe aprovechar las oportunidades de crecimiento que ofrecen las exportaciones, dado que cerca de un 90 % del crecimiento de la demanda mundial de productos agroalimentarios en los próximos diez años procederá de fuera de Europa; insiste en que la PAC, antes de pensar en producir para exportar al mercado agrícola internacional, debe responder a las necesidades de la sociedad europea en materia de alimentación, medio ambiente y clima; subraya que los denominados países en desarrollo deben tener oportunidades suficientes para establecer y mantener por sí mismos un sector agroalimentario sólido;

150.  Considera asimismo que no debe concederse acceso al mercado de la Unión a bienes cuya producción está vinculada a la deforestación, el acaparamiento de tierras o recursos y la violación de los derechos humanos;

151.  Recuerda el nuevo Consenso Europeo sobre Desarrollo, en el que la Unión Europea y sus Estados miembros reafirman su compromiso y reconocen la importancia primordial de observar de modo efectivo el principio de coherencia de las políticas en favor del desarrollo (CPD), establecido en el artículo 208 del TFUE, lo que implica que han de tenerse en cuenta los objetivos de cooperación al desarrollo en todas las políticas de la Unión, incluidas la política y la financiación agrícolas, que puedan afectar a los países en desarrollo de forma negativa; considera, en este contexto, que la reforma de la PAC debe respetar el derecho de los países en desarrollo a configurar sus políticas agrícolas y alimentarias sin debilitar su capacidad de producción de alimentos ni la seguridad alimentaria a largo plazo, en particular la de los países menos adelantados;

152.  Recuerda el compromiso de la Unión y sus Estados miembros con los ODS y subraya que la coherencia de la PAC con dichos objetivos es fundamental, en especial con el objetivo 2 (hambre cero), 5 (igualdad de género), 12 (producción y consumo responsables), 13 (acción por el clima) y 15 (vida de ecosistemas terrestres), a los que deberá ajustarse la futura PAC;

153.  Pide, de acuerdo con el principio de eficacia presupuestaria, más coherencia y mejores sinergias entre la PAC y el resto de políticas y compromisos internacionales de la Unión, en particular en lo que respecta a la energía, el suministro de agua, la utilización del suelo, la biodiversidad y los ecosistemas, así como al desarrollo de las zonas aisladas y montañosas;

154.  Pide a la Comisión que lleve a cabo una evaluación de impacto sistemática de las disposiciones relativas al sector agrícola en cada uno de sus acuerdos comerciales y que ofrezca estrategias específicas para asegurarse de que ningún sector agrícola sufra como consecuencia de un acuerdo comercial celebrado con un tercer país;

155.  Insiste en que los procesos y métodos de producción (PMP) son parte esencial de las normas sociales, económicas y ambientales en el comercio agrícola mundial, y anima a la Comisión a que inste a la OMC a reconocer los PMP como tales;

156.  Subraya que la consecución de los objetivos del Acuerdo de París sobre cambio climático y el cumplimiento de los ODS deben ser principios rectores de cualquier política comercial con respecto a los productos agrícolas; señala que, en su documento de reflexión sobre el encauzamiento de la globalización, la Comisión indica con acierto que el aumento de la demanda de productos de comercio justo, sostenibles y locales constituye un cambio de tendencia en la globalización; subraya que la política comercial de la Unión puede contribuir en gran medida a alcanzar los (ODS) y los objetivos climáticos definidos en el Acuerdo de París;

157.  Recuerda que la Unión ha eliminado las subvenciones a la exportación y que no queda ninguna línea presupuestaria para dichas subvenciones en el presupuesto actual de la Unión; pide a los socios comerciales de la Unión, en este contexto, que se comprometan a reducir las ayudas internas que distorsionan el comercio; pide a los miembros de la OMC que siguen concediendo subvenciones a la exportación que apliquen la Decisión Ministerial sobre competencia de las exportaciones adoptada en Nairobi el 19 de diciembre de 2015;

158.  Pide a la Comisión que mantenga su vigilancia e intensifique la acción defensiva de la Unión, con vistas a resolver el problema de los obstáculos, actuales y futuros, al acceso al mercado en terceros países, que están aumentando, respetando el medio ambiente y los derechos humanos, incluido el derecho a la alimentación; subraya que la mayoría de dichos obstáculos afectan a productos agrícolas (27 % según la Base de datos de acceso al mercado de la Comisión), que a su vez se refieren fundamentalmente a las medidas sanitarias y fitosanitarias de acceso al mercado;

159.  Pide a la Comisión que anticipe y tenga en cuenta las consecuencias del Brexit al preparar los intercambios de ofertas y el cálculo de los contingentes;

160.  Pide a la Comisión que presente iniciativas claras y transparentes para seguir reforzando la promoción de las normas de la Unión en materia de producción, seguridad, bienestar animal y medio ambiente y de las cadenas de suministro cortas, así como para apoyar sistemas de producción de alimentos de calidad, lo que se puede lograr, entre otras medidas, mediante planes de etiquetado del origen europeo, y actividades de comercialización y promoción en los mercados internos y de terceros países para aquellos sectores que se beneficien de instrumentos específicos en virtud de la PAC; insiste en la necesidad de reducir la burocracia y los requisitos superfluos para permitir que los productores de menor envergadura también puedan participar en estos planes; acoge con satisfacción el aumento sostenido del presupuesto disponible para programas de promoción e insta a la Comisión a mantener el ritmo de incremento de las dotaciones como consecuencia del interés creciente de los productores;

161.  Destaca la importancia de las cadenas de suministro cortas locales y regionales, que son más sostenibles desde el punto de vista medioambiental —ya que generan menos contaminación al requerir menos transporte— y sus productos son más frescos y de más fácil trazabilidad;

162.  Recuerda la importancia de capacitar a los agricultores locales para que asciendan en la cadena de valor proporcionándoles ayuda y apoyo en relación con los productos ecológicos y los productos de valor añadido y facilitándoles nuevos conocimientos y tecnologías, dado que la sostenibilidad requiere medidas directas para conservar, proteger y aumentar los recursos naturales;

163.  Señala que la producción local apoya la cultura gastronómica local y las economías locales;

164.  Resalta que en el futuro la agricultura debería centrarse en producir alimentos de calidad, pues ahí radica la ventaja competitiva de Europa; subraya que las normas de la Unión deben mantenerse y reforzarse cuando sea posible; pide que se adopten medidas para aumentar la productividad y competitividad a largo plazo del sector de la producción de alimentos y para introducir nuevas tecnologías y un uso más eficiente de los recursos, de modo que se refuerce el papel de la Unión como líder mundial;

165.  Considera inaceptable que existan diferencias de calidad entre productos alimentarios anunciados y distribuidos en el mercado único con la misma marca y con el mismo empaquetado; acoge con satisfacción los incentivos de la Comisión para abordar la cuestión de la calidad dual de los productos alimentarios en el mercado único, incluido su trabajo para desarrollar una metodología común de ensayo;

166.  Celebra los progresos realizados en la promoción de los intereses agrícolas de la Unión en las recientes negociaciones comerciales bilaterales, especialmente en lo que se refiere al acceso al mercado para productos agroalimentarios europeos de alta calidad y la protección de las indicaciones geográficas en terceros países; confía en que esta tendencia pueda mantenerse y mejorarse;

Un proceso de toma de decisiones transparente para una sólida propuesta de PAC 2021-2028

167.  Señala que el Parlamento y el Consejo deben, en el marco del procedimiento de codecisión, fijar los objetivos generales comunes, las normas básicas, las medidas y las dotaciones financieras, así como determinar el nivel adecuado de flexibilidad para que los Estados miembros y sus regiones puedan hacer frente a sus particularidades y necesidades, en consonancia con el mercado único, de manera que se eviten distorsiones de la competencia derivadas de decisiones nacionales;

168.  Lamenta que todo el ejercicio de programación de la PAC para el período posterior a 2020 (consulta, comunicación, evaluación de impacto y propuestas legislativas) empiece de nuevo con un retraso significativo y coincidiendo con el final de la octava legislatura, por lo que se corre el riesgo de que el debate sobre la futura PAC quede eclipsado por los debates electorales y se pone en peligro la posibilidad de alcanzar un acuerdo definitivo antes de las elecciones europeas;

169.  Pide a la Comisión un reglamento de transición que, en caso de que se produzca un retraso en la aprobación de la nueva PAC, permita a los agricultores mantener el acceso a las medidas del Programa de Desarrollo Rural, en particular a las relativas al medio ambiente y la inversión;

170.  Pide a los Estados miembros que, cuando se implante la nueva reforma, velen por que no se produzcan retrasos en los pagos a los agricultores y asuman la responsabilidad correspondiente, compensando de forma adecuada a los agricultores si se producen tales retrasos;

171.  Resalta, no obstante, que ha de avanzarse todo lo posible antes de que finalice la actual legislatura y que esta cuestión debe ser objeto de especial atención en la campaña para las elecciones europeas;

172.  Reconoce la pertinencia de implicar en el proceso de toma de decisiones de la PAC a las instituciones y a los expertos encargados de las políticas de salud y medio ambiente que inciden en la biodiversidad, el cambio climático, la contaminación del aire, el suelo y el agua;

173.  Pide a la Comisión que proponga, antes de la introducción de cambios sustanciales en el diseño o la implantación de la PAC, un período transitorio de una duración suficiente para garantizar un aterrizaje suave y dar a los Estados miembros el tiempo de aplicar la nueva política de manera ordenada, de modo que se eviten retrasos en los pagos anuales a los agricultores y en la aplicación de las medidas de desarrollo rural;

174.  Pide a la Unión y a sus Estados miembros que refuercen el diálogo con los países en desarrollo y ofrezcan sus competencias y su apoyo financiero para promover una agricultura ecológicamente sostenible basada en la agricultura familiar y a pequeña escala, orientada a las mujeres y a los jóvenes en particular, compromiso asumido en la Declaración Conjunta de la Cumbre Unión Africana-Unión Europea de 2017 titulada «Invertir en la juventud para un crecimiento acelerado e inclusivo y un desarrollo sostenible»; recuerda la contribución de las mujeres en las zonas rurales en su faceta de emprendedoras y promoviendo el desarrollo sostenible; subraya la necesidad de que desarrollen su potencial en la agricultura sostenible y su resiliencia en las zonas rurales;

175.  Recuerda que el hambre y la malnutrición en los países en desarrollo están relacionadas en gran medida con la falta de poder adquisitivo o la incapacidad de la población rural pobre para ser autosuficiente; insta a la Unión, por consiguiente, a que ayude activamente a los países en desarrollo a superar los obstáculos (por ejemplo, la deficiente infraestructura y la falta de logística) que impiden desarrollar su producción agrícola;

176.  Destaca que en 2050 más de la mitad de la población de los países menos adelantados seguirá viviendo en el medio rural y que el desarrollo de una agricultura sostenible en los países en desarrollo contribuirá a desbloquear el potencial de sus comunidades rurales, a mantener las poblaciones en el medio rural y a reducir el subempleo, la pobreza y la inseguridad alimentaria, lo que contribuirá, a su vez, a combatir las causas profundas de la migración forzosa;

177.  Reconoce que las tecnologías espaciales, como las que desarrollan los programas espaciales y de satélite de la Unión gestionados por la Agencia del Sistema Global de Navegación por Satélite Europeo (Galileo, EGNOS y Copernicus) pueden desempeñar un papel fundamental en la consecución de los ODS de las Naciones Unidas ofreciendo soluciones asequibles para facilitar la transición a una agricultura de precisión que elimine gastos innecesarios, ahorre tiempo, reduzca el agotamiento y optimice el uso de los equipos;

178.  Pide a la Comisión que estudie la posibilidad de utilizar tecnologías y aplicaciones científicas espaciales, así como la Alianza Mundial de Cooperación Eficaz para el Desarrollo, como mecanismos de ayuda en la supervisión de los cultivos, la ganadería, la silvicultura, la pesca y la acuicultura, y para apoyar a los agricultores, pescadores, silvicultores y responsables de la definición de políticas en sus esfuerzos por emplear diversos métodos para lograr una producción de alimentos sostenible y responder a los desafíos correspondientes;

179.  Pide a la Comisión que garantice que los Estados miembros, en sus planes de acción, velen por la igualdad entre mujeres y hombres en las zonas rurales; insta a la Comisión y a los Estados miembros a que apoyen la representación igualitaria de las mujeres en las estructuras de las instituciones que dialogan con el sector y también en los órganos decisorios de las organizaciones profesionales, las cooperativas y las asociaciones del sector; considera que la nueva legislación de la Unión debe mejorar considerablemente los subprogramas temáticos destinados a las mujeres en las zonas rurales;

180.  Señala que la Comisión debe seguir velando en todo momento por el cumplimiento estricto de la legislación sobre bienestar animal en todos los Estados miembros por igual, con los controles y sanciones adecuados; pide a la Comisión que haga un seguimiento de la salud y el bienestar animal, también durante el transporte, y que presente informes al respecto; recuerda que los productos que entren en la Unión deben respetar las normas europeas en materia social, ambiental y de bienestar animal; solicita incentivos económicos para la adopción voluntaria de medidas de bienestar animal que vayan más allá de las normas legislativas mínimas;

181.  Pide a la Comisión que aplique y haga cumplir la legislación europea pertinente, en particular el Reglamento (CE) n.º 1/2005 del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, relativo a la protección de los animales durante el transporte; considera que, en este contexto, es necesario cumplir la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión, en la que declaró que la protección del bienestar de los animales no se extingue en las fronteras exteriores de la Unión y que, por tanto, los transportistas de animales exportados desde la Unión deben cumplir la normativa europea en materia de bienestar animal también fuera de la Unión;

182.  Insiste en que debe mostrarse una consideración especial hacia los agricultores que tienen que hacer frente a costes extraordinarios debido a las limitaciones específicas de zonas naturales de alto valor, como zonas montañosas, islas, regiones ultraperiféricas y otras zonas menos favorecidas; cree que, debido a sus limitaciones específicas, la financiación de la PAC es de vital importancia para estas regiones y que un recorte tendría repercusiones muy dañinas en numerosos productos agrícolas; insta a los Estados miembros a desarrollar y poner en marcha sistemas de calidad a fin de dar a los productores interesados la oportunidad de introducirlos con rapidez;

183.  Considera que el presupuesto del POSEI debe mantenerse en unos niveles suficientes para afrontar los retos de la agricultura en las regiones ultraperiféricas, como ha pedido en varias ocasiones el Parlamento; acoge con satisfacción los resultados del último informe de la Comisión sobre la aplicación del POSEI y considera que los programas para las regiones ultraperiféricas y las islas del Egeo de menor tamaño deben mantenerse separados del régimen general de pagos directos de la Unión, a fin de garantizar un desarrollo territorial equilibrado que ataje el riesgo de abandono de la producción por problemas relacionados con la lejanía, la insularidad, el tamaño reducido, las desventajas topográficas y climáticas o la dependencia económica que afectan a unos pocos productos;

184.  Solicita a la Comisión que incluya una sección independiente en el Observatorio Europeo del Mercado de la Leche para estudiar los precios en las regiones ultraperiféricas con el fin de reaccionar con prontitud ante una crisis en el sector; considera que hay que adaptar la definición de «crisis» y la posterior intervención de la Comisión a las regiones ultraperiféricas, teniendo en cuenta el tamaño del mercado, la dependencia de un número limitado de actividades económicas y la menor capacidad de diversificación;

185.  Pide una mejor integración de la «economía circular» a fin de garantizar el mejor y más eficiente uso de las materias primas y los productos secundarios en la bioeconomía emergente, respetando al mismo tiempo las limitaciones de la disponibilidad de biomasa y suelo y otros servicios ecosistémicos, y cree que el desarrollo de una industria de base biológica en las zonas rurales podría generar nuevos modelos comerciales que podrían ayudar a los agricultores y propietarios forestales a encontrar nuevos mercados para sus productos y crear nuevos puestos de trabajo; pide, por tanto, a la Comisión y a los Estados miembros que brinden suficiente apoyo al sector de la agricultura y la silvicultura, con vistas a contribuir en mayor medida al desarrollo de la bioeconomía en la Unión; subraya la necesidad de fomentar la agrosilvicultura, que puede ofrecer ecosistemas y microclimas polivalentes, recreativos y productivos, así como de colmar las lagunas que podrían impedir su desarrollo;

186.  Considera que el apoyo ofrecido por las medidas agroambientales y climáticas, complementado por regímenes ecológicos en los Estados miembros, debe cubrir los costes que para los agricultores supone la transición hacia prácticas sostenibles nuevas, tales como la promoción y el fomento de la agrosilvicultura y otras medidas forestales sostenibles de apoyo a la biodiversidad y a la diversidad genética de especies de animales y plantas, y de la adaptación a las condiciones climáticas cambiantes;

187.  Pide a la Comisión que garantice la innovación, la investigación y la modernización en la agrosilvicultura y la silvicultura apoyando un sistema de asesoramiento sólido y adaptado, la formación específica y las soluciones a medida para impulsar la innovación y el intercambio de conocimientos técnicos y buenas prácticas entre los Estados miembros, con un interés general en las nuevas tecnologías relevantes y la digitalización; subraya, al mismo tiempo, el cometido esencial de las asociaciones de propietarios forestales en la transferencia de información e innovación, en la formación y en la educación continua para pequeños propietarios forestales, así como en la aplicación activa de la gestión multifuncional de los bosques;

o
o   o

188.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.

(1) DO L 350 de 29.12.2017, p. 15.
(2) DO L 221 de 8.8.1998, p. 23.
(3) DO L 309 de 24.11.2009, p. 71.
(4) Textos Aprobados, P8_TA(2018)0022.
(5) Textos Aprobados, P8_TA(2018)0203.
(6) Textos Aprobados, P8_TA(2018)0095.
(7) Textos Aprobados, P8_TA(2018)0075.
(8) Textos Aprobados, P8_TA(2018)0057.
(9) Textos Aprobados, P8_TA(2017)0197.
(10) Textos Aprobados, P8_TA(2017)0099.
(11) Textos Aprobados, P8_TA(2016)0504.
(12) Textos Aprobados, P8_TA(2016)0427.
(13) DO C 86 de 6.3.2018, p. 62.
(14) DO C 265 de 11.8.2017, p. 7.
(15) DO C 288 de 31.8.2017, p. 10.
(16) DO C 342 de 12.10.2017, p. 10.

Última actualización: 16 de julio de 2019Aviso jurídico - Política de privacidad