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Procedimiento : 2018/2720(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : B8-0399/2018

Textos presentados :

B8-0399/2018

Debates :

PV 01/10/2018 - 20
CRE 01/10/2018 - 20

Votaciones :

PV 03/10/2018 - 9.9
CRE 03/10/2018 - 9.9
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P8_TA(2018)0374

Textos aprobados
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Miércoles 3 de octubre de 2018 - Estrasburgo
Agenda de la Unión en favor de las zonas rurales, montañosas y remotas
P8_TA(2018)0374B8-0399/2018

Resolución del Parlamento Europeo, de 3 de octubre de 2018, sobre la respuesta a las necesidades específicas de las zonas rurales, montañosas y periféricas de la Unión (2018/2720(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el artículo 174 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Vista su Resolución, de 10 de mayo de 2016, sobre la política de cohesión en las regiones montañosas de la UE(1),

–  Vista su Resolución, de 13 de junio de 2017, sobre los componentes esenciales para una política de cohesión de la Unión posterior a 2020(2),

–  Vista su Resolución, de 17 de abril de 2018, titulada «Refuerzo de la cohesión económica, social y territorial en la Unión Europea: séptimo informe de la Comisión Europea»(3),

–  Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento interno,

A.  Considerando que las zonas rurales, montañosas y periféricas de la Unión constituyen el 80 % de su territorio, el 57 % de su población y el 46 % de su valor añadido bruto;

B.  Considerando que el PIB per cápita de las zonas no urbanizadas representa el 70 % de la media de la Unión, mientras que los habitantes de las ciudades disfrutan de un PIB per cápita que alcanza el 123 % de esa media;

C.  Considerando que la tasa de desempleo en las zonas no urbanizadas pasó del 7 % al 10,4 % entre 2008 y 2012;

D.  Considerando que una cuarta parte de la población de las zonas rurales, montañosas y periféricas no dispone de acceso a internet;

E.  Considerando que es importante ayudar a las zonas rurales, montañosas y periféricas a superar los desafíos a que se enfrentan; que uno de estos desafíos es la despoblación, puesto que los mayores de 65 años suponen el 20 % de su población y los jóvenes siguen emigrando; que muchos ciudadanos de las zonas no urbanas necesitan por tanto garantías de que podrán disfrutar de las mismas oportunidades que los de las zonas urbanas;

F.  Considerando que el sector servicios solo representa el 24 % del empleo no urbano;

G.  Considerando que la economía, las ciudades, la industria —incluido el turismo— y los ciudadanos de Europa dependen de las citadas zonas en lo tocante a los alimentos, los usos del suelo, la energía, el agua, el aire limpio y las materias primas;

H.  Considerando que las zonas rurales, montañosas y periféricas se localizan a menudo en las regiones fronterizas de los Estados miembros y en las proximidades de las fronteras exteriores de la Unión, y que para atender sus necesidades específicas, promover la cohesión y fomentar las buenas relaciones de vecindad es preciso aprovechar al máximo las posibilidades derivadas de la cooperación transfronteriza, las estrategias macrorregionales y otros instrumentos como por ejemplo la Agrupación Europea de Cooperación Territorial (AECT);

I.  Considerando que representantes de cuarenta países europeos han suscrito la Declaración de Venhorst, formulada por el Parlamento Europeo en 2017 con el propósito de promover la cooperación en ámbitos como la conectividad, las infraestructuras, los servicios, el refuerzo de las economías locales y la lucha contra la pobreza y la exclusión social;

1.  Destaca la importancia que para un desarrollo territorial equilibrado en Europa revisten las zonas rurales, montañosas y periféricas, así como la necesidad de respaldarlas atendiendo a sus necesidades específicas mediante políticas de la Unión;

2.  Considera que promover el desarrollo local es fundamental para estabilizar y corregir las tendencias negativas en los mercados locales, las dinámicas demográficas y los recursos naturales;

3.  Pide, además, que se coordinen las políticas de la Unión para garantizar el desarrollo de las zonas rurales;

4.  Destaca la necesidad de inversiones destinadas a integrar las zonas rurales, montañosas y periféricas en todas las políticas para cumplir con las prioridades de la Unión, lo que incluye, con carácter no exhaustivo, un crecimiento inteligente, sostenible e inclusivo, la seguridad alimentaria, la inclusión social, la igualdad de género, la lucha contra el cambio climático, la creación de empleo, la digitalización y un mercado interior eficiente;

5.  Pide que la Agenda de la UE para las Zonas Rurales, Montañosas y Periféricas fomente el desarrollo socioeconómico, el crecimiento y la diversificación económicos, el bienestar social, la protección de la naturaleza y la cooperación y la interconexión con las áreas urbanas, al objeto de promover la cohesión y evitar el riesgo de fragmentación territorial; insta a que se instaure un Pacto para Pueblos Inteligentes con vistas a garantizar un enfoque más eficaz, integrado y coordinado de las políticas de la Unión con incidencia sobre las zonas rurales y que implique a todos los niveles de gobierno, de conformidad con el principio de subsidiariedad y en consonancia con la Agenda Urbana para Europa establecida en el Pacto de Ámsterdam;

6.  Pide también que esta Agenda de la UE para las Zonas Rurales, Montañosas y Periféricas incorpore un marco estratégico para el desarrollo de las regiones rurales, montañosas y periféricas, coordinado con estrategias focalizadas en las regiones menos desarrolladas y periféricas, con vistas a cumplir los objetivos de la verificación rural, los pueblos inteligentes, el acceso a los servicios públicos, la digitalización, la formación y la innovación; aboga asimismo por que se refuerce la cooperación inteligencia y las colaboraciones entre polos urbanos y rurales en aras del reequilibrio de la relación entre campo y ciudad;

7.  Anima a las zonas y comunidades rurales a que desarrollen proyectos como el de los pueblos inteligentes, sacando partido de los actuales activos y desarrollando nuevas oportunidades, como los servicios descentralizados, las soluciones energéticas y las tecnologías e innovaciones digitales;

8.  Destaca la necesidad de apoyar la continuidad del desarrollo del turismo rural y el agroturismo de montaña sin dejar de preservar las peculiaridades de estas regiones, como por ejemplo las tradiciones y los productos locales tradicionales, dado el enorme impacto social, económico y cultural del turismo;

9.  Destaca el potencial de las regiones montañosas volcánicas y de los volcanes, en particular en lo tocante a la aportación de la vulcanología a la consecución de los objetivos en materia de energías renovables y a la prevención de catástrofes naturales como las erupciones volcánicas;

10.  Pide a la Comisión que en sus futuras propuestas legislativas incluya disposiciones dedicadas a las particularidades de estas zonas y que habilite recursos financieros suficientes, especialmente al amparo de los Fondos Estructurales y de Inversión, para la política de cohesión posterior a 2020;

11.  Destaca que el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) contribuye significativamente a la cohesión económica y social, en particular en las regiones rurales, y tiene una dimensión territorial importante; recomienda, por consiguiente, que el gasto del Feader siga estando vinculado a la política de cohesión, entre otras razones para facilitar una financiación integrada y complementaria y para simplificar los procedimientos para los beneficiarios, de manera que las regiones puedan recurrir a diferentes fuentes de la UE para optimizar las posibilidades de financiación e invertir en las zonas rurales;

12.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Comité de las Regiones y a los Estados miembros.

(1) DO C 76 de 28.2.2018, p. 11.
(2) Textos Aprobados, P8_TA(2017)0254.
(3) Textos Aprobados, P8_TA(2018)0105.

Última actualización: 7 de octubre de 2019Aviso jurídico - Política de privacidad