Resolución del Parlamento Europeo, de 4 de octubre de 2018, sobre la situación en Yemen (2018/2853(RSP))
El Parlamento Europeo,
– Vistas sus resoluciones anteriores sobre Yemen, en particular las de 25 de febrero de 2016(1) y 15 de junio de 2017(2) sobre la situación humanitaria en Yemen, y las de 9 de julio de 2015(3) y 30 de noviembre de 2017(4) sobre la situación en Yemen,
– Visto el informe publicado el 28 de agosto de 2018 por el grupo de expertos eminentes internacionales y regionales del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas sobre Yemen sobre la situación de los derechos humanos en Yemen, incluidos los abusos y las violaciones cometidos desde septiembre de 2014,
– Vistas las declaraciones conjuntas de la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP(AR), Federica Mogherini, y del comisario Christos Stylianides, de 13 de junio de 2018, sobre los últimos acontecimientos en relación con Al-Hudaida (Yemen), y de 4 de agosto de 2018, sobre los ataques aéreos en Al-Hudaida,
– Visto el informe anual del alto comisionado de las Naciones Unidas para los derechos humanos, de 24 de septiembre de 2018, sobre la situación en Yemen,
– Vistas las Conclusiones del Consejo, de 25 de junio de 2018, sobre Yemen,
– Vista la declaración del presidente del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, de 15 de marzo de 2018,
– Vista la declaración del presidente del enviado especial del secretario general de las Naciones Unidas para Yemen, de 6 de septiembre de 2018,
– Vista la declaración del director ejecutivo del Programa Mundial de Alimentos, de 19 de septiembre de 2018,
– Visto el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional,
– Vistas las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre Yemen, y en particular las Resoluciones 2216 (2015), 2201 (2015) y 2140 (2014),
– Visto el artículo 123, apartados 2 y 4, de su Reglamento interno,
A. Considerando que el actual conflicto en Yemen ha entrado en su cuarto año y que más de 22 millones de personas necesitan ayuda humanitaria; que más de 17 millones de personas padecen inseguridad alimentaria, extrema y con riesgo de hambruna para 8 millones de estas; que la actual fragmentación del conflicto es un signo claro de la erosión de la unidad del Estado; que la situación en Yemen conlleva también graves riesgos para la estabilidad de la región;
B. Considerando que este conflicto estalló en 2015 cuando los rebeldes hutíes, apoyados por Irán, depusieron al presidente del país reconocido por la comunidad internacional, quien posteriormente propició la intervención de una coalición multinacional dirigida por Arabia Saudí para combatir a los rebeldes y las tropas aliadas con estos;
C. Considerando que desde noviembre de 2017 la coalición dirigida por Arabia Saudí ha impuesto un bloqueo a todas las importaciones destinadas al territorio controlado por los hutíes, a excepción del material humanitario y de auxilio urgente; que, según la OCAH, desde que comenzó el bloqueo Yemen ha satisfecho únicamente el 21 % de sus necesidades de combustible y el 68 % de sus necesidades de importación de alimentos; que en algunos casos los rebeldes hutíes han bloqueado el abastecimiento de suministros médicos básicos, alimentos y ayuda humanitaria a las ciudades controladas por el gobierno;
D. Considerando que en junio de 2018 la coalición liderada por Arabia Saudí y los Emiratos Árabes Unidos inició una ofensiva para tomar la ciudad de Al-Hudaida; que Save the Children ha dado parte de cientos de víctimas civiles en esta operación; que Al-Hudaida es el puerto yemení más importante y el lugar por donde pasa hasta el 70 % de la ayuda alimentaria y humanitaria esencial que recibe el país; que, según las Naciones Unidas, desde principios de junio de 2018, casi 470 000 personas han huido de la provincia de Al-Hudaida; que un nuevo ataque a Al-Hudaida tendría consecuencias catastróficas para la población civil; que las partes en conflicto tienen la obligación de permitir y facilitar el paso rápido y expedito de la ayuda humanitaria, en particular de medicamentos, alimentos y otros artículos necesarios para la supervivencia;
E. Considerando que las negociaciones de alto el fuego dirigidas por el enviado especial de las Naciones Unidas para Yemen, Martin Griffiths, dieron lugar a la interrupción temporal de la ofensiva; que el fracaso de la última tentativa de celebrar conversaciones de paz en Ginebra supuso la reanudación de las hostilidades el 7 de septiembre de 2018; que, desde el inicio de la ofensiva, el número de muertes de civiles ha aumentado en un 164 %; que, pese a la presión internacional para que se encuentre una solución política estable e integradora a la crisis, las partes en el conflicto y sus valedores regionales e internacionales, incluidos Arabia Saudí e Irán, no han logrado alcanzar un alto el fuego ni ningún tipo de acuerdo, y que los combates y bombardeos indiscriminados no cesan;
F. Considerando que el 9 de agosto de 2018 un ataque aéreo perpetrado por la coalición liderada por Arabia Saudí impactó en un autobús escolar en un mercado de la provincia septentrional de Sada y causó numerosas víctimas, entre ellas al menos cuarenta niños, la mayoría de ellos menores de diez años; que este ataque fue seguido dos semanas más tarde, el 24 de agosto, por un nuevo ataque de la coalición liderada por Arabia Saudí que causó la muerte a veintisiete civiles, la mayor parte niños, que huían de la violencia que asola la ciudad meridional sitiada de Al-Hudaida;
G. Considerando que la campaña liderada por Arabia Saudí y los intensos bombardeos aéreos, incluidos los ataques indiscriminados en zonas densamente pobladas, agravan el impacto humanitario de la guerra; que el Derecho aplicable en la guerra prohíbe los ataques deliberados e indiscriminados contra civiles y objetivos civiles tales como escuelas y hospitales; que, habida cuenta de las conclusiones del grupo de expertos eminentes internacionales y regionales (GEE), dichos ataques pueden ser constitutivos de crímenes de guerra, y quienes los comprometen, procesados por estos delitos; que las investigaciones realizadas por la coalición liderada por Arabia Saudí de los supuestos crímenes en Yemen ha carecido de credibilidad y no ha proporcionado una reparación a las víctimas civiles;
H. Considerando que, desde marzo de 2015, más de 2 500 niños han perdido la vida y más de 3 500 han resultado mutilados o heridos, y que cada vez son más los niños reclutados por los grupos armadas sobre el terreno; que las mujeres y los niños se ven especialmente afectados por las continuas hostilidades; que, según Unicef, casi 2 millones de niños están sin escolarizar, lo que compromete el futuro de toda una generación de niños en Yemen debido a un acceso limitado o nulo a la educación, lo que los hace vulnerables frente al reclutamiento militar y a la violencia sexual y de género;
I. Considerando que en agosto de 2018 un informe elaborado por el alto comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos concluyó que había motivos razonables para creer que todas las partes en conflicto podían haber cometido crímenes de guerra; que fuerzas de ambos bandos del conflicto han sido acusadas de utilizar armamento pesado contra zonas urbanizadas y muy pobladas, con ataques a hospitales y otras estructuras no militares;
J. Considerando que la guerra también ha provocado la destrucción de infraestructuras y el hundimiento de la economía de Yemen, así como perturbaciones generalizadas en el acceso a productos básicos y el suministro de servicios públicos, saneamiento y agua potable; que a finales de 2016 dejó de realizarse el pago periódico de los salarios de hasta 1,4 millones de funcionarios no militares de Yemen;
K. Considerando que vetar el uso de los vuelos de las Naciones Unidas a los medios internacionales y a las organizaciones de derechos humanos imposibilita una cobertura independiente de la situación en Yemen y contribuye a la desatención general hacia el conflicto;
L. Considerando que la violencia sexual de género ha aumentado exponencialmente desde el inicio del conflicto; que el sistema de justicia penal ha perdido totalmente su ya limitada capacidad para atajar la violencia sexual y de género y que no se han efectuado investigaciones sobre prácticas como el secuestro y la violación de mujeres o las amenazas de cometerlos como medio para extorsionar dinero a familias y comunidades;
M. Considerando que los defensores de los derechos humanos han sido objeto de un acoso incesante, amenazas y campañas de difamación de todas las partes en conflicto; que las mujeres defensoras de los derechos humanos, periodistas y activistas han sufrido una represión específica de género;
N. Considerando que las autoridades hutíes de facto han llevado a cabo una campaña sistemática de acoso, encarcelamientos abusivos y arbitrarios y desapariciones forzosas y torturas contra los defensores de derechos humanos, periodistas y minorías religiosas; que 24 yemeníes de la minoría Baha'i, incluido un niño, se enfrentan a cargos que podrían conducir a la pena capital simplemente por sus ideas y acciones pacíficas;
O. Considerando que se ha acusado a los rebeldes hutíes de causar víctimas civiles a gran escala durante su asedio a Taiz, la tercera ciudad más importante de Yemen; que dichos rebeldes han librado una guerra de desgaste contra las poblaciones civiles de las zonas bajo el control del gobierno; que también han desplegado minas antipersona prohibidas y han reclutado a niños;
P. Considerando que Kamal al-Yandubí, presidente del GEE, que publicó un informe para el Consejo de Derechos Humanos el 28 de agosto de 2018 sobre la situación de los derechos humanos en Yemen, es víctima de una campaña de difamación cuyo objetivo es intimidar a los miembros del GEE y suscitar dudas sobre sus conclusiones;
Q. Considerando que Yemen ha firmado el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional pero que todavía no lo ha ratificado; que varias disposiciones del Estatuto de Roma, en particular las relativas a los crímenes de guerra, reflejan el Derecho internacional consuetudinario;
R. Considerando que en febrero de 2018 Rusia vetó una resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en la que se ponía de relieve la participación de Irán en este conflicto;
S. Considerando el embargo internacional de armas en vigor contra las fuerzas hutíes apoyadas por Irán y que, según el 18.º Informe anual de la Unión sobre la exportación de armas, los Estados miembros de la Unión han seguido autorizando las transferencias de armas a Arabia Saudí desde la escalada del conflicto, incumpliendo así la Posición Común del Consejo 2008/944/PESC de 8 de diciembre de 2008 por la que se definen las normas comunes que rigen el control de las exportaciones de tecnología y equipos militares(5); que el pasado año algunos Estados miembros de la Unión suspendieron total o parcialmente los envíos de armas a Arabia Saudí y a los Emiratos Árabes Unidos; que el Parlamento ha instado reiteradamente a la VP/AR a que ponga en marcha una iniciativa para imponer un embargo de armas de la Unión a Arabia Saudí, en consonancia con la Posición Común 2008/944/PESC;
T. Considerando que la mayoría de los ataques perpetrados por las fuerzas de los Estados Unidos en Yemen son ataques letales con drones; que la decisión de añadir a determinadas personas a las listas de objetivos de las operaciones con drones se toma, a menudo, sin orden ni resolución judiciales; que el establecimiento como objetivo y el asesinato posterior de determinadas personas pueden, en determinadas circunstancias, considerarse ejecuciones extrajudiciales;
U. Considerando que la guerra en Yemen abre posibilidades para que grupos extremistas, incluida Al‑Qaeda de la Península Arábiga, amplíen su radio de acción y amenacen con ello a la región en general; que un Yemen estable, seguro y dotado de un gobierno que funcione adecuadamente es fundamental para asegurar el éxito de los esfuerzos internacionales necesarios para luchar contra el extremismo y la violencia, tanto en la propia región como fuera de ella, así como para consolidar la paz y la estabilidad en el país;
V. Considerando que la estabilidad de toda la región es de crucial importancia para la Unión; que la Unión está comprometida con un enfoque global y estratégico en el que participen todos los agentes regionales relevantes; que encontrar una solución política al conflicto bajo los auspicios de la iniciativa de paz de las Naciones Unidas en Yemen debería ser una prioridad para la Unión y para la comunidad internacional en su conjunto;
W. Considerando que la Unión mantiene su compromiso de seguir facilitando ayuda encaminada a salvar vidas a todas las personas necesitadas en Yemen; que, al mismo tiempo, la Unión comparte las preocupaciones de las Naciones Unidas y de los demás donantes respecto a la continua disminución del espacio humanitario; que desde 2015 hasta hoy la Unión ha financiado ayuda humanitaria para Yemen por valor de más de 233 millones de euros;
1. Condena taxativamente la violencia que asola Yemen y todos los ataques dirigidos contra la población y las infraestructuras civiles; subraya su preocupación por un conflicto que sigue degenerando en una de las más graves crisis humanitarias, políticas y económicas; recuerda a todas las partes implicadas, incluidos sus valedores regionales e internacionales, que la selección deliberada como objetivos de civiles y de infraestructuras civiles, incluidos los hospitales y el personal médico, los sistemas de agua, los puertos, los aeropuertos y los mercados, constituyen graves violaciones del Derecho internacional;
2. Lamenta profundamente la pérdida de vidas humanas como consecuencia del conflicto, así como el sufrimiento de todos los que se han visto involucrados en él y transmite su pésame a las familias de las víctimas; reafirma su compromiso de continuar apoyando a Yemen y al pueblo yemení;
3. Pide a todas las partes en el conflicto que abandonen inmediatamente las hostilidades; insta a Arabia Saudí y a otros agentes implicados a que levanten el bloqueo actual sobre Yemen; pide a todos los Estados y agentes relevantes implicados directa o indirectamente, incluido Irán, que ejerzan una presión máxima sobre todas las partes con el fin de que trabajen en favor de la distensión y que dejen de facilitar, con carácter inmediato, apoyo político, militar y financiero a los actores militares sobre el terreno, ya sea directamente o a través de representantes;
4. Hace hincapié en que únicamente una solución política, inclusiva y negociada al conflicto puede restablecer la paz y preservar la unidad, la soberanía, la independencia y la integridad territorial de Yemen; pide a todos los actores internacionales y regionales que colaboren de forma constructiva con las partes de Yemen para permitir una distensión del conflicto y conseguir una solución negociada;
5. Apoya los esfuerzos del enviado especial del secretario general de las Naciones Unidas para Yemen, Martin Griffiths, en favor del relanzamiento del proceso político; toma nota de sus declaraciones ante el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, pronunciadas el 11 de septiembre de 2018, según las cuales, pese a la ausencia de una de las partes en la ronda de consultas de Ginebra la semana pasada, y aun no habiendo salido todo como estaba previsto, conseguimos relanzar el proceso político con un claro apoyo del pueblo yemení y de la comunidad internacional; se congratula de la visita de Martin Griffiths a Saná efectuada el 16 de septiembre de 2018; pide que se otorgue al enviado especial acceso pleno y sin impedimentos a todas las partes del territorio yemení; pide a la VP/AR y a todos los Estados miembros de la Unión que proporcionen al Sr. Griffiths respaldo político con vistas a alcanzar una solución negociada e integradora;
6. Condena todos los atentados terroristas en los términos más enérgicos; expresa su profunda preocupación por la presencia cada vez mayor en Yemen de grupos delictivos y terroristas, incluido Al-Qaeda de la Península Arábiga y el EIIL/Dáesh; pide a todas las partes en el conflicto que adopten acciones decididas contra dichos grupos; condena la presencia de combatientes extranjeros y pide la expulsión de todos estos combatientes de Yemen;
7. Pide a todas las partes en el conflicto que permitan el inmediato y pleno acceso de las organizaciones humanitarias a las zonas afectadas por el conflicto para que puedan prestar su ayuda a las personas necesitadas; pide que, en el contexto de la aplicación de la Resolución 2216(2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones, tanto este último como el Consejo identifiquen a aquellas personas que obstaculicen la prestación de la ayuda humanitaria en Yemen y les impongan sanciones específicas;
8. Destaca que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas ha hecho hincapié en su apoyo al mecanismo de verificación e inspección de las Naciones Unidas (UNVIM) y que la Unión respalda plenamente la continuidad del mismo y el desempeño pleno y sin impedimentos de su mandato;
9. Pide a todas las partes que pongan fin con carácter inmediato a todos los ataques contra la libertad de expresión y que liberen a todos los periodistas y defensores de los derechos humanos detenidos por el mero ejercicio de sus derechos humanos; pide a todas las partes que dejen de obstaculizar el trabajo de los medios de comunicación internacionales y el personal humanitario en relación con el conflicto;
10. Insta a todas las partes en el conflicto armado a que adopten todas las medidas necesarias para garantizar unas investigaciones efectivas, imparciales e independientes sobre todas las presuntas violaciones y abusos de los derechos humanos y violaciones del Derecho internacional humanitario, con arreglo a las normas internacionales; expresa su profunda preocupación por las informaciones difundidas según las cuales se estaría conculcando la libertad de religión o creencias, con discriminaciones, detenciones ilegales, actos de violencia y violaciones de los derechos humanos, incluidos actos de violencia sexual y de otro tipo contra mujeres, hombres, niñas y niños, vulnerándose las normas internacionales;
11. Pide a todas las partes en el conflicto a que pongan fin al reclutamiento o utilización de niños como soldados y a otras graves violaciones cometidas contra los niños vulnerando el Derecho y las normas internacionales aplicables; pide, asimismo, a todas las partes que liberen a los niños que ya han sido reclutados y que cooperen con las Naciones Unidas para su rehabilitación y reinserción en sus comunidades; respalda la fundamental labor de UNICEF en Yemen;
12. Pide al Tribunal Penal Especializado, situado en Saná en territorio controlado por los hutíes, que absuelva y libere a Asmaa al-Omeisy, Saíd al-Ruwaishad y Ahmad Bawazir, quienes desaparecieron a la fuerza y fueron torturados y condenados a muerte tras un juicio claramente injusto por haber prestado supuestamente ayuda a un país enemigo;
13. Pide al Tribunal Penal Especializado de Saná que libere inmediatamente a las 25 personas que profesan la fe Bahá´í que se encuentran actualmente detenidas por practicar pacíficamente su religión y que se enfrentan a cargos susceptibles de ser castigados con la pena de muerte;
14. Recuerda a todas las partes en el conflicto que son responsables de los delitos que cometan con arreglo al Derecho internacional; insta a todos los Estados miembros a que adopten todas las medidas necesarias para exigir responsabilidades a los presuntos autores de crímenes, en particular mediante el procesamiento a escala nacional o internacional de toda persona, grupo y organización sospechoso de haber cometido tales violaciones o la aplicación del principio de jurisdicción universal y la investigación y procesamiento de los presuntos autores de atrocidades en Yemen;
15. Encomia el trabajo emprendido por el GEE y expresa su plena solidaridad con su presidente, Kamal al-Yandubí; se felicita del informe anual del alto comisionado de las Naciones Unidas para los derechos humanos, de 24 de septiembre de 2018, sobre la situación en Yemen, en el que el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas decidió prorrogar el mandato del GEE durante un año más, renovable tal y como ha autorizado el Consejo de Derechos Humanos, para incluir la recopilación de pruebas de crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad cometidos en Yemen, con el fin de perseguir y castigar a los culpables de tales violaciones; pide que se remita la situación de Yemen a la Corte Penal Internacional (CPI); insta a Yemen a adherirse a la CPI, lo que permitiría el enjuiciamiento de todos los responsables de los crímenes cometidos durante el conflicto, a falta de una remisión al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas;
16. Pide a la Unión y a todos los Estados miembros que presten un apoyo cohesionado, rápido y efectivo al GEE en todos los organismos pertinentes de las Naciones Unidas, y en particular en el Consejo de Derechos Humanos;
17. Insta al Consejo, a la VP/AR y a los Estados miembros a que se opongan a las ejecuciones extrajudiciales, también mediante la utilización de drones, reafirmen la posición de la Unión con arreglo al Derecho internacional y velen por que los Estados miembros no perpetren, faciliten o participen de algún modo en operaciones letales ilícitas; insta al Consejo a que adopte una posición común sobre el uso de drones armados;
18. Pide a la Unión que tome la iniciativa en la próxima reunión del Consejo de Derechos Humanos para plantear la cuestión de la pertenencia al mismo de Estados con un historial de derechos humanos más que cuestionable;
19. Insta a la VP/AR, al SEAE y a los Estados miembros a que sigan dialogando con los países de la región sobre los derechos humanos y las libertades fundamentales; manifiesta su disposición a mantener un diálogo constructivo y abierto con las autoridades de los países de la región sobre el cumplimiento de sus compromisos internacionales en materia de derechos humanos; pide que se realice un intercambio de conocimientos en materia judicial y jurídica para reforzar la protección de los derechos individuales en los países de la región;
20. Pide al Consejo que promueva efectivamente el cumplimiento del Derecho internacional humanitario de acuerdo con lo establecido en las directrices pertinentes de la Unión; reitera, en particular, la necesidad de que todos los Estados miembros de la Unión apliquen de forma estricta las normas establecidas en la Posición Común 2008/944/PESC; recuerda, a este respecto, las resoluciones del Parlamento Europeo sobre la situación en Yemen de 25 de febrero de 2016 y 30 de noviembre de 2017; insta a todos los Estados miembros de la Unión, a este respecto, a que se abstengan de vender armas y cualquier equipo militar a Arabia Saudí, los Emiratos Árabes Unidos y cualquier miembro de la coalición internacional, así como al Gobierno yemení, y a todas las demás partes en el conflicto;
21. Denuncia la destrucción del patrimonio cultural yemení por los ataques aéreos de la coalición liderada por Arabia Saudí, en particular la ciudad antigua de Saná y el casco histórico de Zabid; lamenta y recuerda la responsabilidad de la coalición por esta destrucción y destaca que se le pedirán cuentas también por estos actos; pide al secretario general de las Naciones Unidas que remita al Consejo de Seguridad la cuestión de la protección de todos los emplazamientos culturales amenazados por el conflicto en Yemen, con vistas a la adopción de una resolución en la materia;
22. Se congratula del Plan de Respuesta Humanitaria para Yemen de Naciones Unidas de 2018 y de la Conferencia de alto nivel de donantes para la crisis en Yemen de 2018, en la que los donantes internacionales se comprometieron a aportar más de 2 000 millones USD; deplora, sin embargo, que siga existiendo un déficit de financiación para Yemen; celebra que la Unión se haya comprometido a ayudar a los afectados por el conflicto en Yemen y a aportar 107,5 millones EUR; insta a todos los donantes a que desembolsen rápidamente sus compromisos; se felicita por que la Unión siga proporcionando ayuda al desarrollo a Yemen, dando prioridad a las intervenciones dirigidas a la estabilización del país, y por que colabore en las zonas estables con las autoridades locales en aras de promover la resiliencia, contribuya a mantener la prestación de servicios básicos y fomente medios de subsistencia sostenibles para las comunidades;
23. Se reserva el derecho de volver a examinar esta cuestión hasta que se alcance una solución negociada; recomienda que su Subcomisión de Derechos Humanos examine la evolución de la situación de los derechos humanos en Yemen y que elabore un informe sobre las violaciones de los derechos humanos y civiles cometidas en el país;
24. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, al secretario general de las Naciones Unidas, al secretario general del Consejo de Cooperación del Golfo, al secretario general de la Liga de los Estados Árabes y al Gobierno de Yemen.