Resolución del Parlamento Europeo, de 12 de diciembre de 2018, sobre la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 6/2018 de la Unión Europea para el ejercicio 2018: Reducción de los créditos de pago y de compromiso en consonancia con las previsiones de gastos actualizadas y con la actualización de los ingresos (recursos propios) (13961/2018 – C8-0488/2018 – 2018/2244(BUD))
El Parlamento Europeo,
– Visto el artículo 314 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el artículo 106 bis del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,
– Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002 del Consejo(1), y en particular su artículo 41,
– Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1304/2013, (UE) n.º 1309/2013, (UE) n.º 1316/2013, (UE) n.º 223/2014 y (UE) n.º 283/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012(2), y en particular su artículo 44
– Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2018, adoptado definitivamente el 30 de noviembre de 2017(3),
– Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020(4),
– Visto el Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera(5),
– Vista la Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea(6)
– Visto el proyecto de presupuesto rectificativo nº 6/2018 adoptado por la Comisión el 12 de octubre de 2018 (COM(2018)0704),
– Vista la Posición sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 6/2018, adoptada por el Consejo el 26 de noviembre de 2018 y transmitida al Parlamento Europeo ese mismo día (13961/2018 – C8-0488/2018),
– Vistos los artículos 88 y 91 de su Reglamento interno,
– Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A8-0399/2018),
A. Considerando que el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 6/2018 tiene por objeto actualizar tanto los gastos como los ingresos del presupuesto para tener en cuenta los últimos acontecimientos;
B. Considerando que, por el lado de los gastos, el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 6/2018 reduce los créditos de compromiso y de pago de las líneas presupuestarias en 48,7 millones EUR y 44,7 millones EUR, respectivamente, en la rúbrica 1a «Competitividad para el crecimiento y el empleo» y en la rúbrica 2 «Crecimiento sostenible – recursos naturales»;
C. Considerando que, por el lado de los ingresos, el proyecto de presupuesto rectificativo n.° 6/2018 se refiere a una revisión de las previsiones relativas a los recursos propios tradicionales (es decir, derechos de aduana y cotizaciones en el sector del azúcar), las bases del impuesto sobre el valor añadido (IVA) y de la renta nacional bruta (RNB), y la consignación en el presupuesto de las correcciones británicas pertinentes y su financiación, lo que repercute en la distribución de las contribuciones por recursos propios procedentes de los Estados miembros al presupuesto de la Unión;
1. Acoge con satisfacción que la ejecución de los programas del período 2014-2020 alcance finalmente la velocidad de crucero y solo dé lugar a un ajuste menor por el lado de los gastos en comparación con los importantísimos presupuestos rectificativos aprobados en 2016 y 2017; anima a la Comisión y a los Estados miembros a que compensen los grandes retrasos acumulados en los tres últimos años;
2. Toma nota del proceso técnico de reequilibrio de los recursos propios exigido por la revisión de las previsiones relativas a los recursos propios tradicionales y al IVA y por las actualizaciones de la corrección británica;
3. Aprueba la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.° 6/2018;
4. Encarga a su presidente que declare que el presupuesto rectificativo n.º 6/2016 ha quedado definitivamente aprobado y disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;
5. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.