Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 13 de junio de 2018, sobre el proyecto de Decisión del Consejo Europeo por la que se fija la composición del Parlamento Europeo (00007/2018 – C8-0216/2018 – 2017/0900(NLE))
– Visto el proyecto de Decisión del Consejo (00007/2018),
– Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo Europeo de conformidad con el artículo 14, apartado 2, del Tratado de la Unión Europea (C8‑0216/2018),
– Vista su Resolución, de 7 de febrero de 2018, sobre la composición del Parlamento Europeo y la propuesta de Decisión del Consejo Europeo(1) adjunta,
– Visto el artículo 99, apartados 1 y 4, de su Reglamento interno,
– Vista la recomendación de la Comisión de Asuntos Constitucionales (A8-0207/2018),
1. Concede su aprobación al proyecto de Decisión del Consejo Europeo;
2. Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo Europeo y, para información, a la Comisión y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.
Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 13 de junio de 2018, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se sustituye el anexo A del Reglamento (UE) 2015/848 sobre procedimientos de insolvencia (COM(2017)0422 – C8-0238/2017 – 2017/0189(COD))
(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)
El Parlamento Europeo,
– Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2017)0422),
– Vistos el artículo 294, apartado 2, y el artículo 81 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C8-0238/2017),
– Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 23 de mayo de 2018, de aprobar la posición del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el artículo 59 de su Reglamento interno,
– Visto el informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A8-0174/2018),
1. Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación;
2. Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si sustituye su propuesta, la modifica sustancialmente o se propone modificarla sustancialmente;
3. Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.
Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 13 de junio de 2018 con vistas a la adopción del Reglamento (UE) 2018/... del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se sustituyen los anexos A y B del Reglamento (UE) 2015/848 sobre procedimientos de insolvencia
(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo, la posición del Parlamento coincide con el texto del acto legislativo definitivo, el Reglamento (UE) 2018/946.)
Acuerdo UE-Islandia sobre normas suplementarias en relación con las fronteras exteriores y los visados para el período 2014-2020 ***
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Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 13 de junio de 2018, sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo entre la Unión Europea e Islandia sobre normas suplementarias en relación con el instrumento de apoyo financiero a las fronteras exteriores y los visados, como parte del Fondo de Seguridad Interior, para el período comprendido entre 2014 y 2020 (09228/2017 – C8-0101/2018 – 2017/0088(NLE))
– Visto el proyecto de Decisión del Consejo (09228/2017),
– Visto el proyecto de Acuerdo entre la Unión Europea e Islandia sobre normas suplementarias en relación con el instrumento de apoyo financiero a las fronteras exteriores y a los visados, como parte del fondo de seguridad interior, para el período comprendido entre 2014 y 2020 (09253/2017),
– Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 77, apartado 2, y con el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C8-0101/2018),
– Visto el artículo 99, apartados 1 y 4, así como el artículo 108, apartado 7, de su Reglamento interno,
– Vista la recomendación de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A8-0196/2018),
1. Concede su aprobación a la celebración del Acuerdo;
2. Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y de Islandia.
Acuerdo UE-Suiza sobre normas suplementarias en relación con las fronteras exteriores y los visados para el período 2014-2020 ***
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Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 13 de junio de 2018, sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza sobre normas suplementarias en relación con el instrumento de apoyo financiero a las fronteras exteriores y los visados, como parte del Fondo de Seguridad Interior, para el período comprendido entre 2014 y 2020 (06222/2018 – C8-0119/2018 – 2018/0032(NLE))
– Visto el proyecto de Decisión del Consejo (06222/2018),
– Visto el proyecto de Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza sobre normas suplementarias en relación con el instrumento de apoyo financiero a las fronteras exteriores y los visados, como parte del Fondo de Seguridad Interior para el período comprendido entre 2014 y 2020 (06223/2018),
– Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 77, apartado 2, así como con el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C8-0119/2018),
– Visto el artículo 99, apartados 1 y 4, así como el artículo 108, apartado 7, de su Reglamento interno,
– Vista la recomendación de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A8-0195/2018),
1. Concede su aprobación a la celebración del Acuerdo;
2. Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y de la Confederación Suiza.
Puesta en aplicación de las disposiciones restantes del acervo de Schengen relacionadas con el Sistema de Información de Schengen en la República de Bulgaria y en Rumanía*
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Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 13 de junio de 2018, sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la puesta en aplicación de las disposiciones restantes del acervo de Schengen relacionadas con el Sistema de Información de Schengen en la República de Bulgaria y en Rumanía (15820/1/2017 – C8-0017/2018 – 2018/0802(CNS))
– Visto el artículo 4, apartado 2, del Acta de adhesión de la República de Bulgaria y de Rumanía, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C8-0017/2018),
– Visto el artículo 78 quater de su Reglamento interno,
– Visto el informe de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A8-0192/2018),
1. Aprueba el proyecto del Consejo;
2. Pide al Consejo que le informe si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento;
3. Pide al Consejo que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente el texto aprobado por el Parlamento;
4. Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.
Política de cohesión y economía circular
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Resolución del Parlamento Europeo, de 13 de junio de 2018, sobre política de cohesión y economía circular (2017/2211(INI))
– Vistos el Tratado de la Unión Europea, en particular su artículo 3, y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en particular sus artículos 4, 11, 174 a 178, 191 y 349,
– Vistos el Acuerdo de París, la Decisión 1/CP.21, la vigesimoprimera Conferencia de las Partes (COP21) en la CMNUCC y la undécima Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Protocolo de Kioto (CMP11), celebradas en París (Francia) del 30 de noviembre al 11 de diciembre de 2015,
– Vistos el artículo 7, apartado 2, y el artículo 11, apartado 2, del Acuerdo de París, que reconocen las dimensiones locales, subnacionales y regionales del cambio climático y de la acción por el clima,
– Vistos los nuevos objetivos de desarrollo sostenible de las Naciones Unidas, y en particular el objetivo 7, a saber, «garantizar el acceso a una energía asequible, segura, sostenible y moderna para todos», y el objetivo 11, a saber, «lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles»,
– Visto el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo(1) (en lo sucesivo, «Reglamento sobre disposiciones comunes»),
– Visto el Reglamento (UE) n.º 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1080/2006(2),
– Visto el Reglamento (UE) n.º 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1081/2006 del Consejo(3),
– Visto el Reglamento (UE) n.º 1299/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones específicas relativas al apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional al objetivo de cooperación territorial europea(4),
– Visto el Reglamento (UE) n.º 1302/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 1082/2006 sobre la Agrupación Europea de Cooperación Territorial (AECT) en lo que se refiere a la clarificación, a la simplificación y a la mejora de la creación y el funcionamiento de tales agrupaciones(5),
– Visto el Reglamento (UE) n.º 1300/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo de Cohesión y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1084/2006(6),
– Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002 del Consejo(7),
– Visto el informe de la Comisión, de 16 de enero de 2018, sobre un marco de seguimiento para la economía circular (COM(2018)0029),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 26 de enero de 2017, titulada «El papel de la transformación de los residuos en energía» (COM(2017)0034),
– Visto el informe de la Comisión, de 26 de enero de 2017, sobre la aplicación del plan de acción para la economía circular (COM(2017)0033),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 14 de diciembre de 2015, titulada «Invertir en crecimiento y empleo: maximizar la contribución de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos» (COM(2015)0639),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 2 de diciembre de 2015, titulada «Cerrar el círculo: un plan de acción de la UE para la economía circular» (COM(2015)0614),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 2 de julio de 2014, titulada «Hacia una economía circular: un programa de cero residuos para Europa» (COM(2014)0398),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 2 de julio de 2014, titulada «Plan de acción ecológico para las pymes: permitir que las pymes conviertan los desafíos medioambientales en oportunidades empresariales» (COM(2014)0440),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 3 de marzo de 2010, titulada «Europa 2020: una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador» (COM(2010)2020),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 13 de febrero de 2012, titulada «La innovación al servicio del crecimiento sostenible: una bioeconomía para Europa» (COM(2012)0060),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 10 de julio de 2012, titulada «Ciudades y Comunidades Inteligentes — Asociación Europea para la Innovación» (C(2012)4701),
– Visto el estudio, de diciembre de 2017, titulado «Integration of environmental concerns in Cohesion Policy Funds (ERDF, ESF, CF) – Results, evolution and trends through three programming periods (2000-2006, 2007-2013, 2014-2020)» [Integración de las consideraciones medioambientales en los fondos de la política de cohesión (FEDER, FSE y Fondo de Cohesión) — Resultados, evolución y tendencias a través de los tres períodos de programación (2000-2006, 2007-2013 y 2014-2020)], encargado por la Comisión,
– Vista su Resolución, de 16 de febrero de 2017, sobre invertir en crecimiento y empleo – maximizar la contribución de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos: evaluación del informe de conformidad con el artículo 16, apartado 3, del RDC(8),
– Vista su Resolución, de 13 de septiembre de 2016, sobre la cooperación territorial europea – mejores prácticas y medidas innovadoras(9),
– Vista su Resolución, de 6 de julio de 2016, sobre las sinergias para la innovación: los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, Horizonte 2020 y otros fondos de innovación europeos y programas de la Unión(10),
– Vista su Resolución, de 9 de julio de 2015, sobre el uso eficiente de los recursos: avanzar hacia una economía circular(11),
– Vista su Resolución, de 19 de mayo de 2015, sobre las oportunidades de crecimiento ecológico para las pymes(12),
– Vista la declaración sobre las islas inteligentes, de 28 de marzo de 2017,
– Vistos el artículo 52 de su Reglamento interno, así como el artículo 1, apartado 1, letra e), y el anexo 3 de la Decisión de la Conferencia de Presidentes, de 12 de diciembre de 2002, sobre el procedimiento de autorización para la elaboración de informes de propia iniciativa,
– Vistos el informe de la Comisión de Desarrollo Regional y la opinión de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A8-0184/2018),
A. Considerando que las autoridades locales y regionales, las que mejor conocen los problemas a escala local y regional, son agentes fundamentales para una aplicación efectiva de la política de cohesión, también están en primera línea por lo que respecta a la transición hacia una economía circular; que un modelo europeo de gobernanza multinivel, basado en la cooperación activa y constructiva entre los distintos niveles de gobernanza y las partes interesadas, junto con una adecuada información y una participación activa de la ciudadanía, es esencial para la consecución de este cambio;
B. Considerando que las ciudades representan únicamente el 3 % de la superficie del planeta pero alojan a más de la mitad de la población mundial, consumen más del 75 % de los recursos mundiales y emiten entre el 60 % y el 80 % de las emisiones de gases de efecto invernadero, y que se prevé que el 70 % de la población mundial se desplace a las ciudades para 2050;
C. Considerando que la transición a una economía más sólida y circular es una gran oportunidad y un reto para la Unión, sus Estados miembros y sus ciudadanos, a fin de modernizar la economía europea y orientarla en una dirección más sostenible; que representa, en particular, una oportunidad para el conjunto de las regiones europeas y las autoridades locales, que son el nivel de gobierno más cercano a las comunidades locales; que brinda posibilidades de desarrollo y crecimiento para las regiones europeas, y puede contribuir a construir un modelo sostenible que logre desarrollo económico, a transformar sectores existentes, a mejorar sus balanzas comerciales y la competitividad industrial con el aumento de la productividad, y a crear nuevos empleos de calidad, bien remunerados, y nuevas cadenas de valor;
D. Considerando que cerca del 60 % de los desechos de la Unión actualmente no se reciclan y que podrían crearse grandes oportunidades empresariales y ventajas en cuanto a los costes como resultado de analizar e introducir nuevos modelos de negocio circulares en beneficio de las pymes de la Unión;
E. Considerando que la consecución de los objetivos del Acuerdo de París exige un cambio hacia una economía más circular y representa una contribución esencial al desarrollo de un modelo económico que tenga por objetivo no solo la obtención de beneficios sino también la protección del medio ambiente;
F. Considerando que la política de cohesión no solo ofrece oportunidades de inversión para responder a las necesidades locales y regionales, a través de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE), sino también un marco político integrado para reducir las diferencias de desarrollo entre las regiones europeas y ayudarlas a abordar los múltiples desafíos para su desarrollo, también mediante el apoyo a la utilización eficiente de los recursos y el desarrollo sostenible, así como la cooperación territorial y el desarrollo de capacidades, y también para atraer y promover la inversión privada;
G. Considerando que el marco legislativo actual para la política de cohesión no menciona como objetivo la transición a una economía circular, y que el desarrollo sostenible es un principio horizontal para la utilización de los Fondos EIE, según se define en el artículo 8 del Reglamento sobre disposiciones comunes y en el marco estratégico común (anexo I), que permitirá reforzar el vínculo entre los instrumentos existentes en apoyo de los proyectos centrados en la economía circular;
H. Considerando que muchos de los objetivos temáticos fijados para los Fondos EIE para cumplir con la estrategia Europa 2020 para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, así como las correspondientes condiciones ex ante, son importantes para los objetivos de una economía circular;
I. Considerando que en el artículo 6 del Reglamento sobre disposiciones comunes se establece la obligatoriedad de que las operaciones apoyadas por los Fondos EIE cumplan el Derecho de la Unión aplicable y el Derecho nacional relativo a su aplicación, incluido especialmente el Derecho medioambiental;
J. Considerando que uno de los objetivos que se plantea la economía circular es la reducción de los residuos destinados a vertederos, y que la seguridad y el saneamiento de los vertederos, legales e ilegales, existentes en el territorio de los Estados miembros deben considerarse absolutamente prioritarios;
K. Considerando que China ha prohibido las importaciones de desperdicios de plástico y residuos de papel sin clasificar desde el 1 de enero de 2018, lo que supondrá para la Unión un desafío en cuanto al reciclado, al que debe darse respuesta a escala regional y local;
El papel de la política de cohesión en la promoción de la economía circular
1. Acoge con satisfacción los esfuerzos de la Comisión para apoyar la economía circular a través de la política de cohesión, concretamente mediante actividades de divulgación que ayuden a los Estados miembros y las regiones de la Unión a absorber los fondos de la política de cohesión destinados a la economía circular;
2. Señala que, según el informe de la Comisión sobre la aplicación del plan de acción para la economía circular, la ayuda de la Unión a la innovación, las pymes, la economía con bajas emisiones de carbono y la protección del medio ambiente para el período 2014-2020 asciende a 150 000 millones de euros, y que muchos de estos ámbitos contribuyen a la consecución de una economía circular;
3. Señala que el análisis de los resultados de las negociaciones sobre los acuerdos de asociación y los programas operativos del Fondo Social Europeo (FSE) para el actual período de programación reveló que se ha utilizado el FSE para respaldar acciones dirigidas a introducir modelos más ecológicos de organización del trabajo, así como acciones en el sector ecológico;
4. Observa, no obstante, que, como se señala en un estudio encargado por la Comisión, el marco estratégico actual no permite determinar la contribución plena de la política de cohesión a la economía circular; indica, a este respecto, que la definición de las categorías existentes de «ámbito de intervención» utilizadas para las asignaciones financieras no cubren la economía circular como tal;
5. Insta a la Comisión a que ponga en práctica las medidas de economía circular previstas respetando las buenas prácticas en materia de reglamentación, y subraya la necesidad de supervisar las medidas de aplicación;
6. Subraya la necesidad de que se lleve a la práctica el compromiso de la Comisión con un marco de seguimiento para la economía circular(13), con miras a la consolidación y la evaluación de los progresos alcanzados en la transición hacia la economía circular en el ámbito de la Unión y de los Estados miembros, reduciendo al mismo tiempo la carga administrativa;
7. Pide a la Comisión una intervención extraordinaria para el saneamiento de zonas utilizadas para el vertido y el enterramiento ilegal de residuos peligrosos, que afectan a la salud y minan el bienestar económico y social de las poblaciones afectadas;
8. Destaca el papel que han desempeñado el Programa Marco de Investigación e Innovación de la Unión, Horizonte 2020, y el Programa LIFE 2014-2020 a la hora de financiar proyectos innovadores y apoyar proyectos de reducción, reciclado y reutilización de residuos que son fundamentales para la economía circular;
9. Valora que varias regiones han utilizado sus estrategias de especialización inteligente para establecer prioridades relacionadas con la economía circular y orientan sus inversiones en investigación e innovación a través de la política de cohesión hacia la consecución de este objetivo, desempeñando un papel fundamental de apoyo a inversiones e infraestructuras que responden a las exigencias de las pymes; pide a las autoridades regionales que utilicen estas buenas prácticas como un modo operativo común y apliquen estas estrategias de especialización inteligente;
10. Acoge con satisfacción la creación de un centro europeo de excelencia para la utilización eficiente de los recursos dirigido a las pymes, así como la Plataforma de apoyo financiero a la economía circular;
11. Reitera su opinión de que la economía circular va más allá de la gestión de residuos y que incluye ámbitos tales como los empleos verdes; las energías renovables; la utilización eficiente de los recursos; la bioeconomía; las políticas agrícola y de pesca, con su industria de base biológica dirigida a sustituir los combustibles fósiles por materiales naturales; la gestión del agua; la eficiencia energética; el desperdicio de alimentos; los desechos marinos; la mejora de la calidad del aire; la investigación y el desarrollo y la innovación en ámbitos relacionados; reconoce, no obstante, que la infraestructura para la gestión de residuos es un elemento esencial para la reducción de los patrones lineales de producción y consumo, y que es necesario apoyar las innovaciones en el ámbito del diseño ecológico a fin de reducir los niveles de residuos plásticos;
12. Recuerda que el problema básico que debe resolverse en primer lugar es el relativo al mercado de materiales secundarios, y que, si el coste de las materias primas es inferior al de las recicladas, está claro que el avance hacia la economía verde se ha ralentizado considerablemente y que el uso de los fondos estructurales podría perderse en un círculo vicioso; considera, en este contexto, que algunas normas ad hoc (como la futura propuesta de la Comisión sobre los productos de plástico de un solo uso) y una fiscalidad apropiada a escala de la Unión como parte de los recursos propios del próximo marco financiero plurianual pueden contribuir de manera decisiva a avanzar hacia una economía circular;
13. Subraya el hecho de que, en término medio, los materiales reciclados solo satisfacen el 10 % aproximadamente de la demanda de materiales de la Unión; reconoce, habida cuenta de los nuevos desarrollos de los mercados mundiales, especialmente la reciente prohibición de China sobre los desperdicios de plástico y los residuos de papel sin clasificar, el nuevo potencial que presentan las regiones y las comunidades locales para invertir en infraestructuras de reciclado, crear nuevo empleo verde y abordar los desafíos actuales que afronta la Unión;
14. Destaca la existencia y la importancia de las condicionalidades ex ante respecto de los Fondos EIE especialmente en relación con el objetivo de preservar y proteger el medio ambiente y promover la utilización eficiente de los recursos; señala especialmente el fomento de inversiones económica y ambientalmente sostenibles en el sector de los residuos; lamenta, no obstante, la negligencia en la jerarquía de residuos y la falta de una buena evaluación ambiental de los resultados a largo plazo en el marco de los Fondos EIE;
15. Espera una mayor coordinación y cooperación entre regiones, pymes y otros organismos públicos/privados, a fin de poner en marcha nuevas plataformas temáticas de especialización inteligente, en particular entre el sector agroalimentario, de la energía y de la industria;
16. Hace hincapié en la importancia de aplicar la jerarquía de residuos como requisito previo para la consecución de una economía circular, así como en la necesidad de una mayor transparencia de las cadenas de suministro, de modo que los productos que han alcanzado el final de su vida útil y los materiales puedan ser seguidos y recuperados de un modo eficaz; reconoce, por otra parte, una tendencia negativa de inversión de los Fondos EIE en los niveles inferiores de la jerarquía de residuos, en particular las instalaciones de tratamiento mecánico biológico y la incineración, lo cual en algunos casos conduce a un exceso de capacidad y al encajonamiento técnico a largo plazo, poniendo así en peligro la consecución de los objetivos de reciclado de la Unión; recuerda que animar a la comunidad empresarial a que siga la jerarquía debe generar materiales adicionales en el flujo de recursos, así como ofrecer posibles salidas para su uso en la industria manufacturera;
17. Recuerda los nuevos objetivos en materia de residuos para 2025, 2030 y 2035 que se establecieron en el marco de la revisión de la legislación sobre residuos de la Unión, y subraya que el logro de estos objetivos exige compromiso político a escala nacional, regional y local, así como inversiones; pide a los Estados miembros que aprovechen plenamente los fondos de la Unión disponibles para apuntalar dichas inversiones, y subraya que estas generarán un retorno significativo en términos de crecimiento económico y creación de empleo;
18. Destaca la importancia que revisten los proyectos regionales de tratamiento de los desechos residuales que no pueden reciclarse de modo alguno con miras a la producción de biocarburantes sostenibles de segunda generación, tras una cuidadosa separación o la recogida separada en consonancia con la jerarquía de residuos;
19. Pide a la Comisión que vele por que todas las definiciones relativas a los residuos respeten la Directiva marco sobre los residuos y por que se disponga de datos comparables sobre los progresos realizados por los Estados miembros y las autoridades locales y regionales;
20. Subraya la importancia que tiene la iniciativa Acciones Innovadoras Urbanas, que ha aprobado hasta el momento ocho innovadores proyectos de economía circular en el nivel de las autoridades urbanas con fondos FEDER, y pide a la Comisión que supervise y evalúe su aplicación con miras a formular políticas de economía circular más amplias;
La economía circular como motor del desarrollo sostenible y regional
21. Destaca la importancia del principio de asociación y el importante papel de todas las partes interesadas, especialmente las autoridades regionales y locales y el sector no gubernamental, incluidas las pymes y las empresas de la economía social, durante la elaboración de los acuerdos de asociación y los programas operativos; pide una verdadera participación de los socios y la creación de asociaciones horizontales en los procesos estratégicos, y que los objetivos relativos a la economía circular se incorporen adecuadamente a los documentos de programación; anima a los Estados miembros a que desarrollen sus propias estrategias nacionales en este ámbito, conforme al enfoque de la Unión en materia de economía circular; señala el papel protagonista que puede desempeñar la administración local en el éxito de la economía circular;
22. Subraya la importancia de la función de las asociaciones público-privadas en la fase de y diseño y planificación de nuevos productos y servicios que tengan en cuenta el ciclo de vida, a fin de poder aplicar posteriormente los cuatro modelos de diseño que podrán funcionar en una economía circular: diseño para la longevidad, diseño para el alquiler/servicios, diseño para la reutilización en la producción y diseño para la valorización de los materiales;
23. Destaca la necesidad de modificar y adecuar las estrategias actuales y los modelos de mercado para acompañar a las regiones en transición hacia esta economía más sostenible, reactivando al mismo tiempo la competitividad económica, industrial y ambiental;
24. Aboga por la implantación de la economía circular en el marco de la gobernanza multinivel coordinada y el principio de asociación, con plena transparencia, la participación de las comunidades locales y una amplia participación pública;
25. Pone de manifiesto la necesidad de favorecer una mayor colaboración entre todas las partes afectadas en los procesos de la economía circular;
26. Observa que los proyectos relacionados con la economía circular que han recibido la ayuda de la política de cohesión han aportado mayores beneficios a las regiones más desarrolladas; reconoce la capacidad administrativa reducida de las regiones menos desarrolladas y, por ello, pide a las autoridades nacionales de los Estados miembros y a la Comisión que utilicen todas las posibilidades existentes para prestar asistencia especializada y fortalecer la capacidad de estas regiones a fin de ayudarlas a intensificar sus esfuerzos, y para crear las condiciones que permitan lograr más saltos cualitativos tecnológicos mediante la ejecución de un mayor número de proyectos que respeten los principios de la economía circular y el desarrollo de asociaciones y una colaboración más estrecha con las partes interesadas, por ejemplo, expertos en materiales, químicos, fabricantes y recicladores, en especial en el marco de la iniciativa «Industria 2020 en la economía circular»;
27. Hace hincapié en las estimaciones que apuntan a que la adopción de materias primas biológicas y métodos de procesamiento biológicos podría suponer una reducción anual de 2 500 millones de toneladas de CO2 equivalente para 2030, con lo que se multiplicaría varias veces el mercado de materias primas biológicas y nuevos productos de consumo; subraya la máxima importancia que reviste la gestión sostenible de los recursos naturales y la conservación de la biodiversidad transformando recursos en productos, materiales y combustibles de origen biológico;
28. Considera que la bioeconomía es fundamental para el desarrollo local y regional, ya que aumenta la cohesión entre las regiones a través de su potencial para crear empleo y crecimiento en las zonas rurales; pide un mayor uso de los Fondos EIE, mediante políticas para animar a las partes interesadas, para la aplicación de las innovaciones existentes, al tiempo que sigue fomentándose la innovación en el desarrollo de materiales de origen biológico, biodegradables, reciclables y compostables producidos a partir de materias primas biológicas gestionadas de manera sostenible; recuerda que una aplicación coherente de la bioeconomía puede resolver también el problema del desperdicio de alimentos; pide una mejor cooperación entre las autoridades nacionales, regionales y locales en la creación de sistemas y plataformas que sirvan de conexión para los distintos agentes que intervienen, desde la producción alimentaria, el transporte, la venta al por menor, el consumidor y el sector de los residuos, así como otras partes interesadas afectadas, logrando de este modo mayores sinergias para crear soluciones eficientes;
29. Señala que, además de las autoridades locales, regionales y nacionales, también se debe ofrecer incentivos a los propios consumidores, con información continua e incitación al cambio de sus comportamientos de consumo en materia de gestión y producción de residuos, reciclado, así como en lo relativo a soluciones sostenibles en su día a día;
30. Pide un acceso mejor, más fácil y más transparente a la financiación para las autoridades locales y regionales, también mediante el refuerzo de su capacidad administrativa y una mayor cooperación con el BEI, en el marco del Centro Europeo de Asesoramiento para la Inversión, a fin de permitir mayores inversiones en el empleo verde, la gestión de residuos, la especialización inteligente, el ulterior desarrollo de las zonas rurales, incluido lo referente a la infraestructura necesaria y las tecnologías respetuosas con el medio ambiente, la conversión de los combustibles fósiles en fuentes de energía renovables, así como en la transición energética local, incluida la eficiencia energética, la distribución de energía descentralizada, la innovación en energías limpias y la economía circular; acoge con satisfacción que el BEI haya aportado, en los últimos cinco años, cerca de 2 400 millones de euros para cofinanciar proyectos sobre economía circular para la gestión de residuos, la gestión del agua o la investigación y el desarrollo agrícolas; destaca la importancia de una mejor coordinación de los Fondos EIE y del Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas (FEIE) en el ámbito de la economía circular, también con objeto de garantizar que los programas incluyen un enfoque regional y aprovechar mejor el potencial regional de las fuentes de energía sostenibles;
31. Pide a los Estados miembros, las regiones y las autoridades locales que fomenten la creación de redes de reutilización y reparación y presten su apoyo a las mismas, especialmente aquellas que operan como empresas de la economía social, ampliando la durabilidad de los productos mediante la reutilización, la reparación y el cambio de uso, facilitando a estas redes el acceso a los puntos de recogida de residuos y promocionando el uso de los Fondos EIE, los instrumentos económicos, los criterios para la adjudicación de contratos públicos, los objetivos cuantitativos u otro tipo de medidas;
32. Hace hincapié en que la sostenibilidad de la reutilización y el reciclado a lo largo del ciclo de vida también depende del consumo de energía en el sector de los transportes; subraya que esto cobra especial importancia en las zonas rurales, en las que deben cubrirse distancias más largas entre los puntos de recogida y tratamiento; insta a la Comisión, a los Estados miembros y a las autoridades regionales a que tomen en consideración el planteamiento basado en el ciclo de vida en sus estrategias sobre economía circular para las zonas rurales a fin de evitar efectos globales perjudiciales para el medio ambiente y el clima;
33. Señala que, de una muestra de 32 programas operativos examinados para la realización de un estudio sobre la integración de las cuestiones ambientales en los fondos de la política de cohesión, nueve abordan la economía circular, y seis, el empleo verde; acoge con satisfacción los esfuerzos que están realizando las autoridades nacionales y regionales, si bien pide al mismo tiempo a los Estados miembros que integren mejor la economía circular en sus programas operativos y regionales y acuerdos de asociación; insiste en que se apoye a las regiones para garantizar una transición lo más suave posible a la economía circular;
34. Invita a los Estados miembros a que aseguren una integración adecuada de la economía circular en los programas educativos, la formación profesional y el reciclaje profesional de una manera interdisciplinar para fomentar la formación de nuevas aptitudes, lo cual contribuirá ulteriormente a redefinir nuevos modelos de negocio y a la generación de nuevos puestos de trabajo;
35. Solicita a las autoridades nacionales y regionales encargadas de elaborar los programas operativos que integren más activamente los temas relativos a la economía circular en los programas de cooperación territorial, especialmente en los programas de cooperación transfronteriza, a fin de aplicar soluciones transfronterizas que puedan generar resultados más eficientes y económicos;
36. Considera que la futura planificación de los Fondos EIE en el siguiente período de programación debe coordinarse mejor con los planes nacionales en materia de clima y energía para 2030, utilizando indicadores similares a los incluidos en el Reglamento relativo a la gobernanza de la Unión de la Energía; aboga por una estrategia ambiciosa y coherente para los Estados miembros a fin de cumplir los objetivos obligatorios ya existentes en el nivel de la Unión sobre la mitigación del cambio climático;
37. Pide a los Estados miembros que aprovechen la oportunidad de seguir integrando la economía circular en sus actuales programas operativos durante el período de revisión; opina que la Comisión debe facilitar este proceso y dar asistencia a los Estados miembros para analizar la situación actual y los posibles ámbitos en los que la economía circular y sus principios podrían aplicarse e incorporarse;
38. Considera que debería reforzarse en mayor medida el papel que desempeña la cooperación territorial europea a la hora de abordar los desafíos relacionados con la implantación de la economía circular; pide a los Estados miembros que fomenten la cooperación transfronteriza, en especial a través de la cooperación territorial europea, para la ejecución de proyectos de economía circular; subraya, asimismo, la importancia de encontrar soluciones sostenibles a través de los acuerdos de preadhesión con terceros países para abordar los actuales desafíos, especialmente en el ámbito de la contaminación atmosférica;
39. Hace hincapié en el potencial infrautilizado de las estrategias macrorregionales en curso para contribuir a abordar los relativos a la implantación de una economía circular, no solo en los Estados miembros, sino también en terceros países situados en la misma zona geográfica; hace hincapié en que estas estrategias deben centrarse en las prioridades que apoyarían la creación de un mercado de materias primas secundarias para la Unión; propugna el desarrollo de iniciativas de cooperación de la Unión con los países vecinos;
40. Reitera su opinión de que es importante desarrollar y mantener adecuadamente las capacidades de los poderes públicos locales, regionales y nacionales, lo que también reviste gran relevancia para la transición a una economía circular; señala el importante papel que puede desempeñar la asistencia técnica en este ámbito; reconoce que las regiones y las zonas urbanas desempeñan un papel fundamental a la hora de promover la participación en la transición energética y se prestan bien para ensayar y aplicar soluciones innovadoras integradas en relación directa con los ciudadanos; destaca la función de las iniciativas de ciudades inteligentes en el marco de la economía circular mediante la promoción de los modelos ecotecnológicos en el desarrollo de las estrategias de desarrollo urbano sostenible; subraya que las ciudades sostenibles y «circulares» son un instrumento para alcanzar una economía circular eficaz;
41. Subraya la importancia de la contratación pública ecológica como motor de la economía circular, con un mercado potencial de un valor anual estimado de 1,8 billones de euros que genera obras públicas, bienes y servicios(14);
42. Subraya la necesidad de contar con un marco reglamentario en materia de energía que anime a los ciudadanos y las comunidades de la energía a participar en la transición energética a través del derecho a la autoproducción y el autoconsumo, así como a través de los sistemas de apoyo permanentes, el acceso prioritario garantizado a la red y el suministro prioritario de energía renovable;
43. Anima a las autoridades regionales y locales a que sigan invirtiendo en programas educativos, en formación profesional y reciclaje profesional de los trabajadores, así como en campañas de sensibilización de los ciudadanos sobre los beneficios y las ventajas de todas las acciones destinadas a aplicar la economía circular a través de los proyectos de la política de cohesión, con lo que se incrementará la participación ciudadana y se influirá en el comportamiento de los consumidores; destaca, en este sentido, el potencial del FSE; subraya que debe animar a los jóvenes emprendedores para que se orienten a la economía circular, especialmente en regiones con bajo nivel de ingresos y desarrollo; resalta asimismo que la economía circular es una oportunidad para combatir la despoblación en las zonas rurales, diversificar sus economías y obtener seguridad ante los riesgos; señala, a este respecto, que las zonas rurales necesitan incentivos para la transición a cadenas de valor sostenibles; destaca la importancia de la configuración de una estrategia específica para las regiones insulares;
44. Anima a la Comisión a que promocione el uso del desarrollo local participativo (DLP) y la inversión territorial integrada (ITI) para ayudar a las partes interesadas locales a combinar flujos de financiación y planificar iniciativas locales orientadas a la economía circular;
45. Señala que el 80 % de los desechos marinos es de origen terrestre; subraya, por tanto, la importancia de dar respuesta al vertido de residuos terrestres y marinos mediante la acción local y regional, lo que conlleva beneficios tanto para el medio ambiente como para la salud humana; pide a los Estados miembros, las regiones y las autoridades locales que centren sus esfuerzos en prevenir la generación de residuos de origen terrestre;
46. Pide a la Comisión que considere, en el marco del Semestre Europeo, qué impacto tienen, en el cálculo del déficit público, las inversiones regionales y nacionales cofinanciadas con los Fondos EIE destinadas a proyectos de la economía circular;
47. Acoge con satisfacción la propuesta de revisión de la Directiva 98/83/CE sobre el agua potable, que facilitará la transición hacia una economía circular a través de la reducción de los desechos de plástico provenientes del agua embotellada, de ahorros sustanciales de energía y de una gestión del agua eficiente desde el punto de vista de la utilización de recursos;
La economía circular en la política de cohesión posterior a 2020
48. Pide a la Comisión que, con miras al próximo período de programación, desarrolle una metodología de seguimiento pertinente, con indicadores adecuados, que permitan una mejor supervisión de la contribución de la política de cohesión a la consecución de una economía circular con objeto de ofrecer un retrato más preciso de las condiciones ambientales y socioeconómicas;
49. Señala que también otros programas, como LIFE, COSME y Horizonte 2020, aportan un importante apoyo a la transición a la economía circular; destaca la necesidad de mejorar las sinergias entre los instrumentos citados a fin de alcanzar los objetivos fijados en el plan de acción de la Comisión para la economía circular;
50. Pide a la Comisión que, en el contexto de las nuevas propuestas legislativas relativas al futuro marco de la política de cohesión, desarrolle las condicionalidades ex ante pertinentes en relación con el logro de una economía circular; considera que las estrategias sobre economía circular deben elaborarse en asociación con las autoridades nacionales, regionales y locales y con los interlocutores económicos y sociales;
51. Pide a la Comisión que vele por que el programa Horizonte 2020 dedique más atención y aporte más financiación a los proyectos de innovación e investigación en el ámbito de la economía circular;
52. Hace hincapié en la importancia de incrementar la ayuda de la política de cohesión al desarrollo urbano y rural sostenible, y pide un papel más destacado para los objetivos relativos a la economía circular en este contexto; pide la continuación de acciones urbanas y rurales innovadoras en este ámbito, y pide a la Comisión que, al elaborar propuestas futuras, aproveche al máximo las lecciones extraídas durante el período 2014-2020; pide la adopción de un enfoque personalizado y flexible a la hora de aplicar la Agenda Urbana para la UE, ofreciendo incentivos y orientaciones para aprovechar plenamente todo el potencial de las ciudades al implantar la economía circular;
53. Pide a la Comisión que haga de la Plataforma europea de partes interesadas de la economía circular un espacio de intercambio de mejores prácticas para aprovechar al máximo los recursos de la política de cohesión en la transición a la economía circular;
54. Hace hincapié en la interdependencia entre la economía circular y la mitigación del cambio climático y, en consecuencia, pide un mayor gasto en inversiones relacionadas con el clima y la economía circular en la política de cohesión posterior a 2020; destaca asimismo que, en el próximo marco financiero plurianual (MFP), debe aumentar el gasto general relativo al clima en comparación con el gasto actual;
o o o
55. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.
Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 13 de junio de 2018, sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se concede una ayuda macrofinanciera adicional a Ucrania (COM(2018)0127 – C8-0108/2018 – 2018/0058(COD))
(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)
El Parlamento Europeo,
– Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2018)0127),
– Vistos el artículo 294, apartado 2, y el artículo 212, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C8-0108/2018),
– Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Vista la Declaración conjunta del Parlamento Europeo y del Consejo, adoptada conjuntamente con la Decisión n.º 778/2013/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de agosto de 2013, por la que se concede ayuda macrofinanciera a Georgia(1),
– Visto el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 29 de mayo de 2018, de aprobar la posición del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el artículo 59 de su Reglamento interno,
– Vistos el informe de la Comisión de Comercio Internacional y la opinión de la Comisión de Asuntos Exteriores (A8-0183/2018),
1. Aprueba su Posición en primera lectura aceptando la propuesta de la Comisión;
2. Aprueba la declaración común del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión adjunta a la presente Resolución;
3. Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si sustituye su propuesta, la modifica sustancialmente o se propone modificarla sustancialmente;
4. Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.
Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 13 de junio de 2018 con vistas a la adopción de la Decisión (UE) 2018/... del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se concede una ayuda macrofinanciera adicional a Ucrania
(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo, la posición del Parlamento coincide con el texto del acto legislativo definitivo, la Decisión (UE) 2018/947.)
ANEXO A LA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA
DECLARACIÓN COMÚN DEL PARLAMENTO, EL CONSEJO Y LA COMISIÓN
El Parlamento, el Consejo y la Comisión subrayan que una condición previa para la concesión de ayuda macrofinanciera es que el país beneficiario respete los mecanismos democráticos efectivos, en particular un sistema parlamentario pluripartidista y el Estado de Derecho, y garantice el respeto de los derechos humanos.
La Comisión y el Servicio Europeo de Acción Exterior controlarán el cumplimiento de esta condición previa a lo largo de todo el período de vigencia de la ayuda macrofinanciera de la Unión.
A la luz de las condiciones no cumplidas en materia de lucha contra la corrupción y la correspondiente cancelación del tercer tramo del anterior programa de ayuda macrofinanciera en virtud de la Decisión (UE) 2015/601, el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión subrayan que la concesión de ayuda macrofinanciera adicional estará supeditada a que se avance en la lucha contra la corrupción en Ucrania. A tal efecto, la política económica y las condiciones financieras del memorando de entendimiento acordado entre la Unión Europea y Ucrania deberán incluir, entre otras, la obligación de reforzar la gobernanza, las capacidades administrativas y la estructura institucional, en particular, en la lucha contra la corrupción en Ucrania, en especial en lo que respecta a un sistema de verificación de las declaraciones de patrimonio, la verificación de los datos relativos a los titulares reales de las empresas y el buen funcionamiento de un tribunal especializado en la lucha contra la corrupción, de conformidad con las recomendaciones de la Comisión de Venecia. También se tendrán en cuenta las condiciones relativas a la lucha contra el blanqueo de capitales y la evasión fiscal. En consonancia con el artículo 4, apartado 4, en caso que no se cumplan las condiciones, la Comisión suspenderá temporalmente o cancelará el desembolso de la ayuda macrofinanciera.
Además de informar con regularidad al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la evolución de la ayuda y facilitarles los documentos pertinentes, la Comisión, en el momento de cada desembolso, deberá informar públicamente sobre el cumplimiento de todas las condiciones financieras y de política económica vinculadas a este pago, en particular las relativas a la lucha contra la corrupción.
El Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión recuerdan que esta ayuda macrofinanciera a Ucrania contribuirá a los valores compartidos con la Unión Europea, incluido un desarrollo sostenible y responsable desde el punto de vista social que conduzca a la creación de empleo y la reducción de la pobreza, y su compromiso con una sociedad civil fuerte. La Comisión adjuntará al proyecto de Decisión de Ejecución de la Comisión por la que se aprueba el memorando de entendimiento un análisis del impacto social esperado de la ayuda macrofinanciera. De conformidad con el Reglamento (UE) n.º 182/2011, este análisis se presentará al comité de los Estados miembros y se pondrá a disposición del Parlamento Europeo y del Consejo mediante el registro de las deliberaciones del comité.
Negociación del Acuerdo de Asociación modernizado entre la Unión Europea y Chile
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Recomendación del Parlamento Europeo, de 13 de junio de 2018, al Consejo, a la Comisión y a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad sobre la negociación del Acuerdo de Asociación modernizado entre la Unión Europea y Chile (2018/2018(INI))
– Vistos los artículos 2 y 3 y el título V, en particular los artículos 21 y 36, del Tratado de la Unión Europea (TUE), así como la quinta parte del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),
– Visto el artículo 218 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el actual Acuerdo de Asociación entre la República de Chile y la Unión Europea,
– Visto el inicio, el 16 de noviembre de 2017, de las negociaciones entre la Unión Europea y Chile sobre un acuerdo de asociación modernizado,
– Vista la adopción por el Consejo, el 13 de noviembre de 2017, de las directrices para la negociación de dicho acuerdo,
– Vista la Declaración conjunta de la 25.ª reunión de la Comisión Parlamentaria Mixta (CPM) Unión Europea-Chile de 22 de enero de 2018,
– Vista la Recomendación del Parlamento Europeo al Consejo, a la Comisión y al Servicio Europeo de Acción Exterior, de 14 de septiembre de 2017, sobre las negociaciones relativas a la modernización del pilar comercial del Acuerdo de Asociación UE-Chile(1),
– Vista su Resolución, de 13 de septiembre de 2017, sobre las relaciones políticas de la Unión con América Latina(2),
– Vista la declaración del Foro de la Sociedad Civil UE-CELAC de 11 de mayo de 2015 titulada «Igualdad, derechos y participación democrática para los pueblos de Europa y América Latina y el Caribe»,
– Vistos el artículo 108, apartado 4, y el artículo 52 de su Reglamento interno,
– Visto el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores (A8‑0158/2018),
A. Considerando que Chile y la Unión están ligados por valores compartidos y estrechos lazos culturales, económicos y políticos;
B. Considerando que Chile y la UE son socios cercanos a la hora de afrontar los retos regionales y globales, como el cambio climático, la seguridad internacional, el desarrollo sostenible y la gobernanza mundial;
C. Considerando que Chile es un firme defensor de la democracia y los derechos humanos, el comercio libre y abierto y el multilateralismo; que también es un miembro clave de la Alianza del Pacífico, la Organización de los Estados Americanos (OEA) y la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur), así como un país de renta alta y miembro de la OCDE;
D. Considerando que Chile ha sido un actor importante en los asuntos regionales, por ejemplo como país garante en el proceso de paz en Colombia y en las conversaciones de Santo Domingo entre el Gobierno de Venezuela y la oposición; que Chile se retiró de las conversaciones sobre Venezuela debido a que no se alcanzaron unas condiciones mínimas para unas elecciones presidenciales democráticas y una normalización institucional;
E. Considerando que, desde enero de 2014, ha estado en vigor un acuerdo marco de participación que autoriza a Chile a participar en las operaciones de gestión de crisis de la Unión; que Chile participa en Eufor Althea en Bosnia y Herzegovina, así como en una serie de operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas, lo que refleja su compromiso en favor de la paz y la seguridad en el mundo;
F. Considerando que las recientes elecciones parlamentarias y presidenciales han demostrado una vez más la estabilidad y madurez de la democracia chilena; que Chile se ha beneficiado de un fuerte crecimiento económico y ha sido una de las economías sudamericanas con un crecimiento más rápido en las últimas décadas; que en dicho país siguen desplegándose esfuerzos para realizar reformas;
G. Considerando que la reciente despenalización del aborto en determinadas circunstancias es una prueba de la mayor apertura de la sociedad chilena en favor del empoderamiento de mujeres y niñas;
H. Considerando que, en el índice de desarrollo humano de 2016, Chile se situaba en la categoría de desarrollo humano muy alto y ocupaba el primer puesto de los países de América Latina y el número treinta y ocho del mundo, por encima de siete Estados miembros de la Unión;
I. Considerando que el actual Acuerdo de Asociación ha sido determinante para profundizar las relaciones políticas entre la Unión Europea y Chile, y ha contribuido substancialmente a aumentar los flujos comerciales y de inversión; que el respeto continuado del Estado de Derecho y de un marco jurídico y político estable permite tanto a Chile como a la Unión ejercer la libertad de empresa e impulsa un entorno adecuado de inversión con salvaguardias por lo que respecta al principio de seguridad jurídica;
J. Considerando que, en los últimos años, la Unión y Chile han celebrado acuerdos más amplios y ambiciosos con otros socios; que, por consiguiente, un Acuerdo de Asociación modernizado entre la Unión Europea y Chile tendría el potencial de reforzar significativamente la relación existente, incluidas las relaciones en materia de asuntos exteriores y seguridad;
K. Considerando que el futuro Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y Chile debe reflejar plenamente la naturaleza transformativa de la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible y el papel de la cooperación internacional para el desarrollo para alcanzar los objetivos de desarrollo sostenible (ODS);
L. Considerando que un Acuerdo de Asociación modernizado, junto con los acuerdos entre México y Mercosur, que se están renegociando actualmente, reforzaría el papel de la Unión como un aliado clave de América Latina, en un momento en el que otros agentes, como China y Rusia, están realizando esfuerzos intensos para tener una mayor influencia en la región;
M. Considerando que la Comisión Parlamentaria Mixta UE-Chile ha manifestado repetidamente su apoyo a un Acuerdo de Asociación modernizado, en concreto y más recientemente en la declaración conjunta adoptada en su 25.ª reunión del 22 de enero de 2018;
1. Recomienda al Consejo, a la Comisión y a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR):
Principios generales
a)
que refuercen considerablemente la cooperación entre Chile y la Unión, dos socios afines en un entorno de nueva incertidumbre en el ámbito de las relaciones internacionales, a partir de nuestros principios y valores compartidos de la democracia, la lucha contra el cambio climático, la garantía de la igualdad de género, el Estado de Derecho, la buena gobernanza, el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales;
b)
que aseguren que el acuerdo modernizado con Chile es ambicioso, global y equilibrado, y proporciona beneficios tangibles a los ciudadanos, las empresas y las economías de ambas partes; que garanticen que es un abanderado entre los acuerdos más avanzados que la Unión ha suscrito con terceros países;
c)
que refuercen la dimensión de los derechos humanos en la cooperación entre la Unión y Chile a la luz de la estrategia 2016-2020 UE-Chile en materia de derechos humanos; que incluyan un compromiso conjunto en favor de la protección y la promoción de los derechos humanos, las libertades fundamentales, la igualdad de género y los derechos de las minorías, como la comunidad LGBTI, y los pueblos indígenas, con mecanismos de ejecución para la supervisión, la presentación de informes periódicos y la solución de diferencias; que animen a Chile a encontrar una solución para las cuestiones relacionadas con el pueblo nativo mapuche y otros pueblos indígenas; que mantengan la práctica de incluir una cláusula sobre derechos humanos en todos los futuros acuerdos de asociación; que prosigan el diálogo regular entre la Unión y Chile sobre derechos humanos, con el objetivo de reforzar el marco institucional y las políticas públicas de fomento de los derechos humanos, también a través de la cooperación multilateral;
d)
que animen a Chile a garantizar el respeto de las garantías procesales y unos procedimientos judiciales justos plenamente acordes con las normas internacionales;
e)
que se propongan impulsar el desarrollo socioeconómico sostenible, luchar contra la pobreza y reducir la desigualdad a la luz del compromiso de Chile en favor de la consecución de los ODS de la Agenda 2030;
f)
que ayuden a Chile a mejorar los estándares y programas educativos, garantizando que las personas con ingresos más bajos tengan pleno acceso a la educación superior; que refuercen el vínculo entre las universidades y el mercado laboral, subsanando la inadecuación de las cualificaciones y fomentando el empleo juvenil;
g)
que fomenten la protección de los derechos sociales y medioambientales, y garanticen una aplicación efectiva de los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), así como la erradicación del trabajo forzoso y el trabajo infantil;
Multilateralismo y cooperación regional e internacional
h)
que refuercen el diálogo y la cooperación para hacer frente a los desafíos regionales y mundiales, como la delincuencia organizada, el tráfico de drogas, el aumento de la desigualdad, la migración, el terrorismo y el cambio climático, incluyendo la ejecución de la Agenda 2030; que apoyen la cooperación entre la Unión y Chile en materia de gestión de la migración, y que establezcan mecanismos de readmisión, también para apátridas y nacionales de terceros países;
i)
que recuerden la importancia de la agenda multilateral y que las negociaciones bilaterales no deben minar la ambición de avanzar a nivel multilateral;
j)
que contribuyan al refuerzo del multilateralismo y la cooperación internacional a fin de promover la seguridad internacional y abordar los desafíos mundiales de forma eficaz; que mejoren la coordinación respecto de las posiciones adoptadas por ambas partes en las organizaciones y foros internacionales;
k)
que animen a Chile a seguir apoyando los regímenes de integración y cooperación regionales, sobre todo la Alianza del Pacífico, a la vista de sus resultados alentadores como un motor real y activo de integración económica entre los miembros de la región, pero también UNASUR y la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC); que examinen la posibilidad de que la Unión obtenga el estatuto de observador en la Alianza Pacífica;
Diálogo político y cooperación
l)
que prevean un diálogo regular significativo sobre todos los asuntos relevantes, aprovechando y ampliando los formatos ya existentes; que movilicen los recursos disponibles a través del instrumento de colaboración con vistas a alcanzar objetivos estratégicos;
m)
que establezcan una cooperación estrecha en el ámbito de la seguridad y la defensa, particularmente en lo relativo a la prevención de los conflictos, la gestión de las crisis, la seguridad marítima, el desarme y la no proliferación; que favorezcan una mayor participación de Chile en las misiones y operaciones de la política común de seguridad y defensa (PCSD) de la Unión;
n)
que permitan una mayor cooperación en la lucha contra el terrorismo, la delincuencia organizada y la ciberdelincuencia, así como en la prevención de la radicalización y la delincuencia transfronteriza, sin vulnerar las libertades individuales ni los derechos fundamentales; que actúen en el contexto de la lucha mundial contra el terrorismo intensificando los mecanismos, medidas y órganos de cooperación global y regional de conformidad con el Derecho internacional y los principios de la Carta de las Naciones Unidas;
o)
que mejoren la cooperación en la lucha contra la corrupción, el blanqueo de dinero y la evasión fiscal; que incluyan disposiciones sobre buena gobernanza fiscal y normas de transparencia que reafirmen el compromiso de las partes para aplicar normas internacionales en la lucha contra la elusión y la evasión fiscales;
p)
que recuerden que la corrupción menoscaba los derechos humanos, la igualdad, la justicia social, el comercio y la competencia leal, impidiéndose con ello el crecimiento económico; que incluyan secciones específicas que describan compromisos y medidas claros y firmes para luchar contra todas las formas de corrupción y aplicar las normas internacionales y los convenios multilaterales contra la corrupción;
q)
que faciliten la movilidad entre la Unión y Chile; que aumenten los intercambios de jóvenes y estudiantes, los programas de becas y los cursos de formación, por ejemplo a través del programa Erasmus+; que se esfuercen en mayor medida en favor del pleno reconocimiento mutuo de las cualificaciones académicas y de la modernización, accesibilidad e internacionalización de la enseñanza superior;
r)
que promuevan la transferencia de conocimientos científicos y tecnológicos e intensifiquen la cooperación en el ámbito de la investigación y la cooperación, utilizando plenamente los programas existentes, como Horizonte 2020;
s)
que promuevan y refuercen las relaciones en el ámbito de la cooperación internacional, a partir del Memorándum de Entendimiento para Cooperación Internacional firmado en 2015; que creen mecanismos innovadores que amplíen y fortalezcan la cooperación triangular y regional con terceros países dentro y fuera de América Latina, a través de programas tales como EUROsociAL+ y Euroclima+, y la cooperación en materia de drogas como COPOLAD;
t)
que desarrollen una metodología que muestre los efectos del acuerdo modernizado sobre hombres y mujeres, y utilicen sus resultados como base para diseñar políticas destinadas a lograr el equilibrio entre hombres y mujeres;
u)
que reafirmen el compromiso conjunto relativo al Acuerdo de París sobre cambio climático y a la Agenda 2030, y establezcan una cooperación estrecha entre la Unión y Chile en materia de protección medioambiental y de lucha contra el cambio climático; que refuercen la asociación relativa a la cooperación técnica y política en ámbitos medioambientales clave, como las emisiones de CO2 del transporte internacional, la conservación de la biodiversidad y la producción y el consumo sostenibles; que fomenten una mejor cooperación en materia de economía circular para mejorar la utilización eficiente de los recursos, el uso sostenible de los recursos naturales, la ecoinnovación y la gestión hidrológica; que aumenten el apoyo a proyectos destinados a mitigar los efectos del cambio climático;
v)
que refuercen la cooperación en investigación y desarrollo, y también respecto de la utilización del programa Copérnico de la Unión en materia de datos satelitales de observación de la Tierra con objetivos medioambientales;
w)
que fomenten la cooperación cultural y presten su apoyo a la diáspora tanto en Chile como en la Unión, con el objetivo de apoyar las inversiones extranjeras tanto en la Unión como en Chile;
x)
que reafirmen el acceso al agua como un derecho humano;
Disposiciones institucionales
y)
que garanticen que el Acuerdo de Asociación se basa en una sólida participación parlamentaria, reforzando las actuales disposiciones y mecanismos de cooperación para permitir una mayor participación y un mayor control de su aplicación, en particular a través del actual formato interparlamentario de la Comisión Parlamentaria Mixta; que prevean la posibilidad de que la Comisión Parlamentaria Mixta solicite información pertinente sobre la aplicación del Acuerdo de Asociación;
z)
que garanticen la participación adecuada de la sociedad civil, tanto durante las negociaciones como en la fase de aplicación del Acuerdo de Asociación, incluyendo, aunque no exclusivamente, al Comité Consultivo Mixto; que insistan en la necesidad de crear un mecanismo institucionalizado para posibilitar un diálogo político en el que participen las organizaciones de la sociedad civil de ambas partes;
aa)
que mantengan inmediata y plenamente informado al Parlamento en todas las fases de las negociaciones, de conformidad con el artículo 218, apartado 10, del TFUE, incluyendo la transmisión al Parlamento de los textos para las negociaciones y las actas de cada ronda de negociación; acoge con satisfacción, a este respecto, la Decisión del Consejo, de 22 de enero de 2018, de publicar el mandato de negociación conferido a la Comisión y a la VP/AR en noviembre de 2017;
ab)
que consideren la reciente publicación de las directrices de negociación como un precedente importante y se comprometan a publicar en el futuro todas las directrices de negociación de acuerdos internacionales;
ac)
que aceleren las negociaciones sobre el Acuerdo de Asociación con el objetivo de permitir su ratificación por el Parlamento antes de que finalice la actual legislatura europea;
ad)
que velen por que se respete a todos los niveles la práctica habitual de no aplicar de forma provisional el nuevo Acuerdo hasta que el Parlamento no haya concedido su aprobación;
2. Encarga a su presidente que transmita la presente recomendación al Consejo, a la Comisión, a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, así como al presidente, al Gobierno y al Parlamento de la República de Chile.
– Vistas las conclusiones del Consejo Europeo de 20 de diciembre de 2013, 26 de junio de 2015, 28 de junio y 15 de diciembre de 2016 y 9 de marzo, 22 de junio y 15 de diciembre de 2017,
– Vistas las conclusiones del Consejo, de 18 de mayo de 2015 y 14 de noviembre de 2016, sobre la política común de seguridad y defensa, de 6 de diciembre de 2016 sobre la cooperación UE-OTAN, de 6 de marzo, 18 de mayo y 17 de julio de 2017, sobre la estrategia global de la Unión, y de 19 de junio y 5 de diciembre de 2017, sobre la aplicación del conjunto común de propuestas aprobadas por los Consejos de la Unión y de la OTAN el 6 de diciembre de 2016,
– Visto el documento titulado «Una visión común, una actuación conjunta: una Europa más fuerte – Estrategia global para la política exterior y de seguridad de la Unión Europea», presentado por la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR) el 28 de junio de 2016,
– Vista la declaración conjunta, de 8 de julio de 2016, de los presidentes del Consejo Europeo y la Comisión Europea y del Secretario General de la OTAN, sobre un conjunto común de 42 propuestas aprobadas por los Consejos de la Unión y de la OTAN el 6 de diciembre de 2016 y los informes de situación, de 14 de junio y de 5 de diciembre de 2017, sobre su aplicación, y el nuevo conjunto de 32 propuestas aprobado por ambos Consejos el 5 de diciembre de 2017,
– Visto el resultado de las reuniones del Consejo de Asuntos Exteriores (incluida Defensa), celebradas el 13 de noviembre de 2017 y el 6 de marzo de 2018, relativas específicamente a la cooperación UE-OTAN,
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 30 de noviembre de 2016, al Parlamento Europeo, al Consejo Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones titulada «Plan de Acción Europeo de la Defensa» (COM(2016)0950),
– Vista la Comunicación conjunta de la Comisión y de la VP/AR, de 10 de noviembre de 2017, al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la mejora de la movilidad militar en la Unión Europea (JOIN(2017)0041) y el plan de acción asociado presentado en marzo de 2018 (JOIN(2018)0005),
– Visto el conjunto de medidas de defensa presentado por la Comisión el 7 de junio de 2017,
– Visto el informe anual de 2017 del secretario general de la OTAN, publicado el 15 de marzo de 2018,
– Vista la Resolución n.º 439 de la Asamblea Parlamentaria de la OTAN, de 9 de octubre de 2017, sobre una cooperación OTAN-UE más estrecha,
– Vista la Resolución n.º 440 de la Asamblea Parlamentaria de la OTAN, de 9 de octubre de 2017, sobre la base industrial de la defensa europea,
– Visto el informe, de 8 de octubre de 2017, del Comité de Defensa y Seguridad de la Asamblea Parlamentaria de la OTAN sobre la cooperación OTAN-UE después de Varsovia, incluido su anexo, elaborado por el Parlamento Europeo,
– Vista su Resolución, de 13 de abril de 2016, sobre la Unión en un entorno mundial en mutación: un mundo más conectado, disputado y complejo(1),
– Vista su Resolución, de 22 de noviembre de 2016, sobre la Unión Europea de Defensa(2),
– Vistas sus Resoluciones, de 23 de noviembre de 2016 y 13 de diciembre de 2017, sobre la aplicación de la política común de seguridad y defensa (PCSD)(3),
– Vistas sus Resoluciones, de 14 de diciembre de 2016 y 13 de diciembre de 2017, sobre la aplicación de la política exterior y de seguridad común(4),
– Vista su Resolución, de 16 de marzo de 2017, sobre las repercusiones constitucionales, jurídicas e institucionales de una política común de seguridad y defensa: posibilidades que ofrece el Tratado de Lisboa(5),
– Visto el artículo 52 de su Reglamento interno,
– Visto el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores (A8‑0188/2018),
A. Considerando que nuestros valores, como la democracia liberal, el multilateralismo, los derechos humanos, la paz, el desarrollo y el Estado de Derecho, en los que se basan la Unión y el vínculo transatlántico, así como el sistema internacional basado en normas y la unidad y la cohesión europeas, se encuentran cuestionados en una época de turbulencias geopolíticas y rápida degradación del entorno estratégico;
B. Considerando que las dos mayores organizaciones occidentales, la Unión y la OTAN, están realizando avances para mejorar su cooperación a la hora de afrontar los complejos desafíos, riesgos y amenazas, tanto convencionales como híbridos, generados por agentes tanto estatales como no estatales, procedentes principalmente del este y del sur; que la acumulación de crisis desestabilizadoras en la vecindad europea crea amenazas para la seguridad, tanto interiores como exteriores; que ninguna organización dispone de todas las herramientas para afrontar por sí misma esos retos para la seguridad y cada una de ellas podrá abordarlos mejor en cooperación con la otra; que la Unión y la OTAN son indispensables para garantizar la seguridad de Europa y de sus ciudadanos;
C. Considerando que la cooperación UE-OTAN no debería considerarse un objetivo en sí mismo, sino un medio llevar a cabo prioridades y objetivos compartidos en materia de seguridad a través de la complementariedad de las misiones y de los medios disponibles; que los Estados miembros de la Unión y los aliados de la OTAN disponen de un conjunto único de fuerzas; que juntos pueden hacer un uso eficaz de los recursos y movilizar más eficazmente una amplia gama de instrumentos existentes para responder a los desafíos en materia de seguridad;
D. Considerando que la OTAN es una alianza militar y que la Unión no lo es; que la Unión es un actor estratégico mundial y un proveedor de seguridad que cuenta con un abanico único y amplio de instrumentos a su disposición para hacer frente a los desafíos actuales de forma global a través de su diversas políticas; que, de acuerdo con los objetivos de su Estrategia Global, la Unión está asumiendo la responsabilidad de su propia seguridad y defensa y su papel como socio para la paz y la seguridad internacionales, así como su capacidad de actuar de forma autónoma, al tiempo que refuerza también su contribución a la OTAN y promueve una cooperación más estrecha;
E. Considerando que la OTAN tiene la responsabilidad primordial de la defensa colectiva de sus miembros; que toma nota de la instrucción de la OTAN a los aliados de gastar en defensa el 2 % de su PIB en una década para mantener una capacidad defensiva adecuada; que la OTAN, como socio fundamental para la seguridad de la Unión, sigue siendo una garantía esencial de la interoperabilidad de las capacidades de las fuerzas aliadas y de la coherencia de sus esfuerzos de abastecimiento;
F. Considerando que las acciones de la Unión y la OTAN deben ser complementarias en la dimensión relativa a la seguridad a fin de abordar mejor los nuevos desafíos sin precedentes y polifacéticos en materia de seguridad; que los ámbitos comunes entre las dos organizaciones también exigen una cooperación más estrecha y eficaz;
G. Considerando que la Unión Europea y la OTAN, ambas comprometidas en la gestión de las crisis, serían más eficaces al respecto si actuasen de forma verdaderamente coordinada y sacaran provecho de sus conocimientos y recursos; que, como seguimiento de la Estrategia Global de la UE, la Unión está reforzando su enfoque conjunto de los conflictos y crisis exteriores así como dando respuesta a las amenazas y desafíos en torno a un nexo entre seguridad interior y exterior, recurriendo a medios civiles o militares;
H. Considerando que, en la Cumbre de la OTAN de 2016 en Varsovia, la Alianza y la Unión señalaron ámbitos en los que reforzar la cooperación ante los desafíos comunes en el este y el sur, entre ellos la lucha contra las amenazas híbridas, el aumento de la resiliencia, el desarrollo de capacidades en materia de defensa, la ciberdefensa, la seguridad marítima, y las maniobras; que en diciembre de 2016 los ministros de exteriores de la OTAN aprobaron 42 medidas encaminadas a intensificar la cooperación entre la OTAN y la Unión en ámbitos acordados, y aprobaron otros ámbitos de colaboración en diciembre de 2017;
I. Considerando que es necesaria una colaboración UE-OTAN para contrarrestar las amenazas híbridas, incluida la lucha contra la manipulación y la desinformación y el fomento de la resiliencia; que es necesaria una distinción clara en cuanto a las competencias y estrategias políticas de ambas instituciones;
J. Considerando que se está dando un gran aumento de las actividades de Rusia; que, aunque persiste el riesgo de que se debilite el vínculo transatlántico y la solidaridad entre los Estados miembros de la Unión, es necesario reforzar el enfoque estratégico respecto a Rusia; que tanto a la Unión como a la OTAN les preocupa la conducta militar más asertiva de Rusia; que la manipulación política y los ciberataques también son motivos de preocupación; que la Unión ha reaccionado ante la interferencia en los asuntos internos europeos, que viola el Derecho y las normas internacionales; que la resiliencia es, y seguirá siendo, un elemento esencial de la defensa colectiva;
K. Considerando que la vecindad meridional se enfrenta a una inestabilidad sin precedentes y representa un desafío estratégico importante tanto para los Estados miembros de la Unión como para los miembros de la OTAN, sobre todo para aquellos situados en primera línea;
L. Considerando que los ciberataques son cada vez más frecuentes y sofisticados; que en 2014 la OTAN estableció la ciberdefensa como parte de las tareas básicas de defensa colectiva de la Alianza y en 2016 reconoció el ciberespacio como un ámbito operativo, junto a la tierra, el aire y el mar; que la Unión y la OTAN pueden complementar sus esfuerzos respectivos; que es necesario promover una mayor colaboración entre los Estados miembros de la Unión en el ámbito de la ciberseguridad y que se requiere en este ámbito un enfoque coordinado entre todos ellos;
M. Considerando que en diciembre de 2017 la OTAN y la Unión decidieron impulsar su cooperación en la lucha contra el terrorismo, principalmente incrementando el intercambio de información y mejorando la resiliencia nacional;
N. Considerando que tanto la Unión como la OTAN utilizan la misma infraestructura de transporte en Europa, un factor clave en un despliegue militar rápido, y que la movilidad militar ha sido recientemente identificada como una de las principales prioridades de la cooperación entre ambas organizaciones;
O. Considerando que, según las últimas encuestas del Pew Research Center, el apoyo público a la OTAN es sólido y va en aumento en la mayoría de sus Estados miembros;
Una asociación más profunda
1. Está convencido de que la Unión y la OTAN comparten los mismos valores en la búsqueda de la paz y la seguridad internacionales, se enfrentan a desafíos estratégicos similares y que, dado que comparten veintidós miembros, tienen intereses convergentes en materia de seguridad y defensa, incluida la protección de sus ciudadanos ante cualquier amenaza; considera que la asociación estratégica entre la Unión y la OTAN es fundamental para afrontar esos desafíos para la seguridad; subraya que la cooperación UE-OTAN debe ser complementaria y respetuosa de las especificidades y funciones de cada una de ellas;
2. Destaca como principios fundamentales de la asociación estratégica UE-OTAN la apertura y la transparencia en el pleno respeto de la autonomía del proceso decisorio y los procedimientos de ambas organizaciones, así como el carácter inclusivo y la reciprocidad, sin perjuicio del carácter específico de la política de seguridad y defensa de cada Estado miembro; subraya que la cooperación con los Estados miembros de la Unión que no son miembros de la OTAN y con los Estados miembros de la OTAN que no pertenecen a la Unión, forma parte integrante de la cooperación UE-OTAN;
3. Está convencido de que, para sus miembros, la OTAN es la piedra angular de la defensa y la disuasión en Europa; está convencido, asimismo, de que una Unión más fuerte con una PCSD más eficaz mediante proyectos múltiples entre los Estados miembros y capaz de cumplir las disposiciones del artículo 42, apartado 7, del Tratado de la Unión Europea, en virtud del cual los Estados miembros pueden solicitar ayuda, contribuye a fortalecer la OTAN; subraya que la cooperación UE-OTAN también debe tener en cuenta la política de seguridad y defensa de los seis Estados miembros de la Unión que no son miembros de la OTAN y de los siete miembros de la OTAN que no pertenecen a la Unión;
4. Tiene la firme convicción de que las respuestas efectivas a toda la serie de retos en materia de seguridad exigen por parte de la Unión y la OTAN una visión estratégica, una mayor adaptación estructural y una combinación de instrumentos de poder duro y de poder blando; destaca que el tiempo es fundamental para reforzar la asociación UE-OTAN, teniendo en cuenta las diferencias entre ambas organizaciones;
5. Señala que, aunque hay que seguir desarrollando una cultura estratégica común europea, lograr una percepción común de las amenazas tendrá un efecto positivo; opina que la Unión debe trabajar para reforzar su autonomía estratégica; anima, por consiguiente, a los Estados miembros de la Unión a encontrar, en cooperación con sus instituciones, una idea compartida del entorno de amenazas en constante evolución y a proseguir con esfuerzos como sesiones informativas conjuntas, formación de respuesta de emergencia civil y evaluaciones compartidas de la amenaza; acoge con satisfacción los recientes esfuerzos en ese sentido;
6. Destaca que los ciudadanos europeos, conscientes de que las respuestas puramente nacionales al terrorismo y la inseguridad son insuficientes, esperan que la Unión les proteja de esas amenazas y que una estrecha cooperación entre la Unión y la OTAN permita a los Estados miembros ser más complementarios y más efectivos;
7. Hace hincapié en la necesidad de reforzar la cooperación UE-OTAN en misiones y operaciones, tanto a nivel estratégico como táctico;
8. Destaca que la asociación estratégica UE-OTAN también es fundamental para la evolución de la PCSD de la Unión y para el futuro de la Alianza, así como para las relaciones entre la Unión y el Reino Unido tras el Brexit;
9. Considera que el potencial de las relaciones UE-OTAN puede aprovecharse más y que el futuro desarrollo y profundización de la colaboración no debe limitarse a dar una respuesta común a las crisis fuera de Europa, sobre todo en los países vecinos, sino también a las crisis en el continente;
10. Destaca la necesidad de trabajar juntos en la prevención, el análisis y la alerta rápida mediante el intercambio eficaz de información con el objetivo de combatir las amenazas emergentes con acciones comunes;
11. Considera que la Declaración conjunta UE-OTAN y las posteriores acciones de ejecución marcan una fase nueva y sustantiva de la asociación estratégica; se congratula de los resultados tangibles en la aplicación de la Declaración conjunta, en particular en lo relativo a la lucha contra las amenazas híbridas, la comunicación estratégica, la coherencia de resultados en los respectivos procesos de planificación de la defensa, así como a la cooperación marítima; anima a realizar nuevos progresos y acoge con satisfacción el nuevo conjunto de acciones que se añadieron el 5 de diciembre de 2017, en particular las relacionadas con la lucha contra el terrorismo, la movilidad militar y las mujeres, la paz y la seguridad; acoge con satisfacción los cambios en la cultura de compromiso y el buen funcionamiento de la cooperación entre el personal en la aplicación de cada acción; reitera que, pese a que el propio proceso está regido por instituciones, el éxito de la ejecución de las metas y acciones comunes convenidas depende de la voluntad política constante de todos los Estados miembros; se felicita, en este sentido, también del compromiso de los miembros de la Unión y de la OTAN y hace hincapié en que la aplicación satisfactoria de la Declaración conjunta depende de la voluntad política de todos los Estados miembros; considera importante mejorar la cooperación y el diálogo UE-OTAN y asegurar la voluntad política y los recursos adecuados para seguir llevando a cabo y mejorando la cooperación; confía en que se adopte una nueva declaración UE-OTAN en la Cumbre de la OTAN en Bruselas, los días 11 y 12 de julio de 2018;
12. Toma nota de las sesiones informativas regulares organizadas conjuntamente por la VP/AR y el secretario general de la OTAN en el Consejo de Asuntos Exteriores de la Unión y en el Consejo del Atlántico Norte de la OTAN (CAN) respectivamente, así como las reuniones continuas y periódicas entre el Comité Político y de Seguridad de la Unión y el CAN;
13. Acoge con satisfacción que los Estados Unidos hayan reafirmado su compromiso con la OTAN y la seguridad europea; recuerda que la Unión Europea y los Estados Unidos son importantes socios a nivel internacional y que dicha asociación se afirma también a través de la OTAN; destaca la importancia de las relaciones bilaterales entre los Estados miembros de la Unión y los Estados Unidos; está firmemente convencido de que el refuerzo de la cooperación UE-OTAN consolida el vínculo transatlántico y de que la capacidad de la OTAN para desempeñar sus misiones está ligada a la relación transatlántica; señala, en consecuencia, que la evolución política reciente podría repercutir en la fortaleza de la relación transatlántica; señala que los Estados Unidos, que generalmente fomentan y celebran los avances sustanciales en la defensa de la Unión, deben seguir intentando comprender mejor los intereses estratégicos europeos, también el desarrollo de capacidades europeas de defensa; insiste en que los esfuerzos de la Unión por lograr su autonomía estratégica refuerzan el entorno de seguridad de la Alianza;
14. Celebra la Presencia Avanzada Reforzada de la OTAN en su flanco oriental; acoge con satisfacción el despliegue por parte de la OTAN de cuatro grupos de combate multinacionales en Estonia, Letonia, Lituania y Polonia, dirigidos por el Reino Unido, Canadá, Alemania y los Estados Unidos respectivamente; considera que la cooperación UE-OTAN debe reforzarse en los flancos oriental y meridional en pro de la seguridad de ambas organizaciones y que debería impedirse y responder adecuadamente a la penetración de Rusia también en los países del flanco oriental, ya sea por medios híbridos o convencionales; subraya que la actual infraestructura en Europa, cuya orientación es principalmente oeste-este, debe complementarse con el desarrollo de una nueva dimensión norte-sur, ante las exigencias de la movilidad militar; subraya que los esfuerzos en materia de movilidad militar deben contribuir a una eficaz ejecución de las misiones y operaciones de la PCSD, así como a la postura de defensa de la Alianza; considera que deben mejorarse carreteras, puentes y vías férreas a fin de permitir el despliegue rápido de personal y equipos militares;
15. Hace hincapié en este sentido en la importancia de mejorar las capacidades de refuerzo rápido de la OTAN mejorando la infraestructura nacional y de la Unión, eliminando las barreras burocráticas y de infraestructura que impidan la rápida circulación de fuerzas y la distribución previa de equipos y suministros militares, lo que mejora nuestra seguridad colectiva;
16. Acoge con satisfacción la puesta en marcha de la Cooperación Estructurada Permanente (CEP); subraya su potencial para reforzar la contribución europea en la OTAN; cree que puede aumentar las sinergias y la efectividad y que constituye un paso esencial para mejorar las capacidades de seguridad y defensa de la Unión, así como el rendimiento potencial de los miembros europeos de la OTAN, y se muestra convencido de que una Unión y una OTAN más fuertes se refuerzan mutuamente;
17. Destaca el carácter complementario de la CEP respecto a la OTAN y que debe ser una guía para la futura cooperación UE-OTAN en el desarrollo de capacidades, ya que se orienta a reforzar las capacidades de defensa de la Unión y, en general, a hacer la PCSD más efectiva y pertinente en la respuesta a los desafíos militares y de seguridad actuales; hace hincapié en la importancia de la transparencia y la comunicación sobre la CEP con los Estados Unidos y otros miembros de la OTAN a fin de evitar conceptos erróneos;
18. Subraya que en la próxima Declaración conjunta UE-OTAN se debería insistir en que las capacidades desarrolladas de forma multinacional por los Estados miembros de la Unión, también en el marco de la CEP, y los miembros de la OTAN estén disponibles para operaciones tanto de la Unión como de la OTAN; destaca que las últimas decisiones adoptadas por la Unión (la revisión anual coordinada de la defensa, la CEP, el Fondo Europeo de Defensa), tenían como objetivo garantizar que los europeos asuman una mayor responsabilidad por su propia seguridad, contribuir a fortalecer la OTAN, así como garantizar un reparto transatlántico justo de las cargas, teniendo presente al mismo tiempo el objetivo de abordar de forma conjunta los desafíos comunes en materia de seguridad, evitando las duplicaciones innecesarias y desarrollando capacidades de defensa coherentes, complementarias e interoperables; considera que el desarrollo de normas, procedimientos, formación y maniobras comunes debe considerarse un importante elemento de apoyo para una cooperación UE-NATO más eficaz;
19. Señala que, después del Brexit, el 80 % del gasto de defensa de la OTAN no será de la Unión y que tres de cada cuatro batallones en el este estarán dirigidos por países no pertenecientes a la Unión;
20. Insta a la Unión y a la OTAN a que organicen periódicamente ejercicios a nivel estratégico, con la participación de los principales dirigentes políticos de ambas organizaciones; acoge con satisfacción, en este sentido, el ejercicio EU CYBRID 2017 organizado por Estonia, que fue el primer ejercicio de la Unión que contó con la participación del secretario general de la OTAN;
Principales ámbitos de cooperación
21. Señala que las amenazas para la seguridad se han vuelto más híbridas y menos convencionales, y que es necesaria la cooperación internacional para luchar contra ellas; pide a la Unión y a la OTAN que potencien la resiliencia y desarrollen una percepción compartida de las amenazas híbridas; anima a la Unión y a la OTAN a que coordinen sus mecanismos de respuesta en casos de crisis, a fin de responder de manera coherente a las amenazas híbridas; acoge con satisfacción la reciente inauguración conjunta del Centro de Excelencia contra las Amenazas Híbridas, con sede en Helsinki, por parte del secretario general de la OTAN y de la VP/AR y anima a los Estados miembros de la Unión a crear centros de excelencia siguiendo el ejemplo del de Helsinki; celebra en este sentido los ejercicios separados pero paralelos, PACE17 y CMX17, que se llevaron a cabo en 2017 y mediante los cuales el personal de la Unión y de la OTAN probó sus procedimientos respectivos de comunicación e intercambio de información durante una incipiente amenaza híbrida ficticia; aplaude la acción concertada de los aliados occidentales en respuesta al presunto ataque químico ruso en el Reino Unido;
22. Considera que la próxima Declaración conjunta UE-OTAN debería acoger favorablemente los progresos realizados y pedir la aplicación concreta de todas las propuestas adoptadas por ambas instituciones; cree que son necesarios nuevos esfuerzos en relación con la ejecución de muchos compromisos ya adquiridos;
23. Cree, en este sentido, que las iniciativas para reforzar la Europa de la defensa deben beneficiar a ambas organizaciones, permitiendo así a los Estados miembros de la Unión fortalecer su autonomía estratégica y ser capaces de intervenir juntos militarmente con credibilidad; recuerda que estas iniciativas son complementarias de las de la OTAN;
24. Considera también importante garantizar la aplicación de los principios del carácter inclusivo, la reciprocidad y el pleno respeto de la autonomía del proceso decisorio de ambas organizaciones, en virtud de lo contemplado en las Conclusiones del Consejo de 5 de diciembre de 2017;
25. Se congratula del éxito del Ejercicio paralelo y coordinado de gestión de crisis de 2017, que proporcionó una plataforma útil para el intercambio de buenas prácticas; espera que se examinen las lecciones aprendidas, así como que continúe la cooperación en ejercicios conjuntos entre la Unión y la OTAN, incluido el ejercicio previsto en 2018 dirigido por la Unión;
26. Constata que los procedimientos actuales de intercambio de información clasificada entre las dos organizaciones siguen siendo complejos e ineficaces; considera que ambas organizaciones se enfrentan a retos estratégicos similares y que, implícitamente, se ocuparán conjuntamente de sus consecuencias; cree que, mediante la creación de un ambiente de confianza mutua, debe mejorarse la cooperación en el intercambio de información clasificada y de análisis de datos, también en el ámbito de la lucha contra el terrorismo; hace hincapié en que la Unión tendrá que aumentar su capacidad proporcionando habilitación de seguridad y formación específica para trabajar con información clasificada a más trabajadores de la Unión e invirtiendo en comunicaciones seguras; opina de que el fomento de la reciprocidad y de un planteamiento de «necesidad de compartir» para el intercambio de información apropiada redundaría también en beneficio de las misiones y las operaciones de ambas organizaciones; piensa que una evaluación coordinada y en paralelo de las informaciones podría usarse de forma más eficaz en la lucha conjunta contra las amenazas híbridas;
27. Invita a la Unión y a la OTAN a que refuercen su cooperación en el ámbito de la comunicación estratégica, en particular a través del refuerzo de la asociación entre el Centro de Excelencia de Comunicaciones Estratégicas de la OTAN y el departamento de comunicación estratégica del Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE);
28. Se congratula de que la nueva Célula de Fusión de la UE contra las Amenazas Híbridas interactúe con la Célula de Análisis de las Amenazas Híbridas de la OTAN para una percepción común de la situación y el intercambio de análisis de posibles amenazas híbridas;
29. Está convencido de que la cooperación y el intercambio de información son esenciales en el ámbito de la ciberseguridad y reconoce los progresos que se han realizado en este ámbito; hace hincapié en la necesidad de efectuar mejoras en materia de prevención, detección y reacción ante los ciberincidentes; invita a las dos organizaciones a que coordinen sus actividades de control e intercambien datos relacionados con la defensa cibernética, facilitando así los esfuerzos en inteligencia de la Unión y la OTAN; anima a la Unión y a la OTAN a que aumenten su cooperación y coordinación operativas y a que fomenten la interoperabilidad a través del intercambio de buenas prácticas sobre medios, métodos y procesos de atribución de ciberataques; considera una prioridad el aumento del intercambio de información entre la Unión y la OTAN, con el fin de permitir la identificación de toda fuente responsable de un ciberataque y de llevar a cabo las acciones legales correspondientes; considera también importante armonizar las actividades de formación y cooperar en investigación y tecnología en el ciberespacio; se congratula del acuerdo entre el Equipo de Respuesta a Emergencias Informáticas de la Unión y el equipo de Capacidad de respuesta ante incidentes informáticos de la OTAN; cree que dentro del nuevo marco del mandato de la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea (ENISA), existen nuevas actividades relacionadas con la cooperación en materia de ciberdefensa que pueden ser de interés para la OTAN;
30. Considera que es importante garantizar la complementariedad y evitar la duplicación innecesaria de los esfuerzos de desarrollo de las capacidades marítimas, con el fin de salvaguardar la seguridad marítima de forma más eficaz; se felicita por el aumento de la cooperación y la coordinación operativas UE-OTAN, incluida la percepción de la situación sobre la base de la experiencia adquirida en el mar Mediterráneo y en el Cuerno de África, que busca nuevas posibilidades de apoyo logístico mutuo y el intercambio de información entre el personal de ambas organizaciones en relación a las actividades operativas, incluidas las actividades relativas a la migración irregular;
31. Acoge con satisfacción la mejora de la cooperación táctica y operativa, también a través de enlaces directos entre el Mando Componente Naval de la OTAN y Frontex, así como entre la operación Sea Guardian y la operación EUNAVFOR MED SOPHIA, para ayudar a la Unión y sus misiones a frenar la migración irregular y luchar contra las redes de tráfico ilegal, en particular el tráfico ilegal de armas; toma nota de que la OTAN puede proporcionar, a petición, apoyo logístico y otras capacidades como el repostaje en el mar y asistencia médica; señala que esto viene precedido de una cooperación fructífera UE-OTAN entre la operación Escudo del Océano y la operación EUNAVFOR Atalanta para la lucha contra la piratería en el Cuerno de África;
32. Anima a que prosigan las sinergias UE-OTAN en este campo, así como otras mejoras, especialmente en la coordinación de los esfuerzos a nivel de inteligencia, vigilancia y reconocimiento;
33. Reitera que las iniciativas de la Unión destinadas a reforzar la seguridad y la defensa europeas también deben contribuir a garantizar que sus Estados miembros que son miembros de la OTAN cumplan con los compromisos de la OTAN; considera que la doble condición de miembro de la Unión y de la OTAN no debe perjudicar a ningún Estado; hace hincapié, asimismo, en que la no pertenencia a la OTAN de algunos Estados miembros de la Unión significa que tienen unas obligaciones diferentes en el contexto de la Unión Europea de Defensa; destaca que los Estados miembros de la Unión deben ser capaces de emprender misiones militares autónomas también en los casos en los que la OTAN no esté dispuesta a actuar o cuando la acción de la Unión sea más apropiada;
34. Se congratula de la tendencia continuada a aumentar el gasto destinado a defensa entre los miembros de la OTAN; anima a todos los Estados miembros de la Unión que sean también miembros de la OTAN a realizar avances significativos para alcanzar el objetivo del gasto en defensa del 2 % del PIB, del cual un 20 % se destinará a importantes equipos nuevos; considera que los Estados miembros de la Unión que se comprometieron con las directrices de gasto de la OTAN en materia de defensa deben considerar asignar una suma determinada, dentro de la directriz sobre adquisiciones del 20 %, a la investigación y el desarrollo a fin de garantizar que se realiza un gasto mínimo en innovación, que a su vez puede generar un efecto de propagación de tecnologías al sector civil;
35. Recuerda el llamamiento de la Declaración conjunta UE-OTAN de Varsovia a sus miembros para facilitar una industria de defensa más fuerte y una mayor investigación en defensa; está firmemente convencido de que los miembros de la Unión y de la OTAN necesitan cooperar y encontrar sinergias en el refuerzo y el desarrollo de su base tecnológica e industrial para responder a las prioridades en materia de capacidades, en especial mediante la revisión anual coordinada en materia de defensa y el proceso de planificación de la defensa de la OTAN; considera importante que la eficaz y equilibrada cooperación tecnológica e industrial transatlántica en materia de defensa sea una prioridad estratégica para ambas organizaciones; apoya las medidas previstas con arreglo al Fondo Europeo de Defensa para fomentar la investigación y el desarrollo conjunto de las capacidades europeas; considera que asumir un mayor compromiso con la investigación y la planificación de la capacidad puede dar lugar a una mayor eficacia;
36. Reitera la necesidad de garantizar la coherencia de resultados y de calendarios entre la revisión anual coordinada de la defensa de la Unión, el Plan de Desarrollo de Capacidades y los respectivos procesos de la OTAN, como el Proceso de Planificación de la Defensa de la OTAN; destaca la necesidad de garantizar que las iniciativas multinacionales en desarrollo de capacidades, tanto de la Unión como de la OTAN, sean complementarias y se refuercen mutuamente; subraya que las capacidades utilizadas en la PCSD y desarrolladas en el marco de la CEP siguen siendo propias a los Estados miembros, que podrán también ponerlas a disposición de otros marcos;
37. Hace hincapié en la necesidad de abordar, en estrecha cooperación entre la Unión y la OTAN, los obstáculos físicos y jurídicos a una rápida circulación de personal y recursos militares tanto dentro como fuera de la Unión, a fin de garantizar, siempre que sea necesaria, la circulación fluida de equipos y fuerzas por toda Europa, incluida la utilización de infraestructuras críticas como carreteras, puentes y vías férreas, especialmente mediante la aplicación del plan de acción presentado por la VP/AR y la Comisión sobre la base de la hoja de ruta elaborada por los Estados miembros en el marco de la Agencia Europea de Defensa; insta a los Estados miembros de la Unión a hacer un seguimiento y a aprovechar sin demora el impulso que se ha generado hasta el momento; hace hincapié en la necesidad de unas capacidades de defensa compatibles que faciliten el despliegue y la cooperación en toda la Unión y la OTAN; recomienda a la Unión y a la OTAN que aborden también la circulación de las fuerzas de la OTAN no pertenecientes a la Unión sobre el territorio europeo;
38. Considera que la Unión y la OTAN deberían esforzarse conjuntamente en reforzar la resiliencia, la defensa y la seguridad de los países vecinos y socios de ambas organizaciones; apoya firmemente el hecho de que la asistencia a los países socios y vecinos para la creación de capacidades y el fomento de la resiliencia, en particular en materia de lucha contra el terrorismo, comunicación estratégica, ciberdefensa, almacenamiento de municiones y reforma de la seguridad del sector, sea un objetivo común, en particular en tres países piloto (Bosnia y Herzegovina, Moldavia y Túnez);
39. Recuerda que abordar los problemas de seguridad en los Balcanes Occidentales y en la vecindad de la Unión y cooperar en algunas zonas concretas redunda en beneficio de la Unión y de la OTAN; acoge con satisfacción los esfuerzos de la Unión y de la OTAN para brindar apoyo político y práctico a países de los Balcanes Occidentales, Europa Oriental y el Cáucaso Meridional; sugiere que los Estados miembros prosigan dichos esfuerzos a fin de garantizar un desarrollo democrático continuado y una reforma en el sector de la seguridad; subraya que la cooperación entre la Unión y la OTAN y los países de los Balcanes Occidentales resulta fundamental a la hora de abordar las amenazas de seguridad para el continente en su conjunto;
40. Destaca la importancia de los principios consagrados en el Documento de Viena, en particular el principio de apertura y transparencia; celebra en este sentido la apertura a observadores internacionales de las maniobras militares y conjuntas de la Unión y la OTAN;
41. Reitera el importante papel de las mujeres en las misiones de la PCSD y de la OTAN, en particular a la hora de atender a mujeres y niños en zonas de conflicto; celebra el hecho de que tanto la Unión como la OTAN hayan reconocido este importante papel; recomienda que la Unión y la OTAN promuevan de manera proactiva la diversidad de género en sus estructuras y operaciones;
42. Hace hincapié en la necesidad de que la Unión garantice una estrecha relación de seguridad y defensa con el Reino Unido tras el Brexit, reconociendo que el Reino Unido continuará siendo un contribuyente principal a la defensa europea, en calidad de miembro de la OTAN y de nación europea, pese a no continuar siendo miembro de la Unión;
o o o
43. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo Europeo, al Consejo, a la Comisión, a la VP/AR, al secretario general de la OTAN, a las agencias de la Unión en los ámbitos de seguridad y defensa, a los Gobiernos y a los Parlamentos nacionales de los Estados miembros de la Unión y a la Asamblea Parlamentaria de la OTAN.
– Vistos el Tratado de la Unión Europea (TUE) y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),
– Visto el documento titulado «Una visión común, una actuación conjunta: una Europa más fuerte – Estrategia global para la política exterior y de seguridad de la Unión Europea», presentado por la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR) el 28 de junio de 2016,
– Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo de los días 20 de diciembre de 2013, 26 de junio de 2015, 15 de diciembre de 2016, 9 de marzo de 2017, 22 de junio de 2017, 20 de noviembre de 2017 y 15 de diciembre de 2017,
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 7 de junio de 2017, titulada «Documento de reflexión sobre el futuro de la defensa europea» (COM(2017)0315),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 7 de junio de 2017, titulada «Poner en marcha el Fondo Europeo de Defensa» (COM(2017)0295),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 30 de noviembre de 2016, titulada «Plan de Acción Europeo de la Defensa» (COM(2016)0950),
– Vista la Comunicación conjunta de la Comisión y de la alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, de 7 de febrero de 2013, al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones titulada «Estrategia de ciberseguridad de la Unión Europea: un ciberespacio abierto, protegido y seguro» (JOIN(2013)0001),
– Visto el documento de trabajo de los servicios de la Comisión, de 13 de septiembre de 2017, titulado «Assessment of the EU 2013 Cybersecurity Strategy» (Evaluación de la Estrategia de Ciberseguridad de la UE 2013) (SWD(2017)0295),
– Visto el Marco político de ciberdefensa de la UE, de 18 de noviembre de 2014,
– Vistas las Conclusiones del Consejo, de 10 de febrero de 2015, sobre la ciberdiplomacia,
– Vistas las Conclusiones del Consejo, de 19 de junio de 2017, sobre un marco para una respuesta diplomática conjunta de la UE a las actividades informáticas malintencionadas («conjunto de instrumentos de ciberdiplomacia»),
– Vista la Comunicación conjunta de la Comisión y de la alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, de 13 de septiembre de 2017, al Parlamento Europeo y al Consejo titulada «Resiliencia, disuasión y defensa: fortalecer la ciberseguridad de la UE» (JOIN(2017)0450),
– Visto el Tallinn Manual 2.0 on the International Law Applicable to Cyber Operations(1) (Manual de Tallin 2.0 sobre el Derecho internacional aplicable a las operaciones cibernéticas),
– Vista la Directiva (UE) 2016/1148 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio de 2016, relativa a las medidas destinadas a garantizar un elevado nivel común de seguridad de las redes y sistemas de información en la Unión(2),
– Vista la labor de la Comisión Mundial sobre la Estabilidad en el Ciberespacio,
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 28 de abril de 2015, titulada «Agenda Europea de Seguridad» (COM(2015)0185),
– Vista la Comunicación conjunta de la Comisión y la alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, de 6 de abril de 2016, al Parlamento Europeo y al Consejo titulada «Marco común para la lucha contra las amenazas híbridas – Una respuesta de la Unión Europea» (JOIN(2016)0018),
– Vista su Resolución, de 3 de octubre de 2017, sobre la lucha contra la ciberdelincuencia(3),
– Vista la declaración conjunta, de 8 de julio de 2016, del presidente del Consejo Europeo, el presidente de la Comisión y el secretario general de la OTAN, así como los conjuntos comunes de propuestas para la ejecución de la declaración conjunta, aprobados por los Consejos de la Unión Europea y de la OTAN el 6 de diciembre de 2016 y el 5 de diciembre de 2017, y los informes de situación sobre su aplicación, de 14 de junio y 5 de diciembre de 2017,
– Vista su Resolución, de 22 de noviembre de 2012, sobre ciberseguridad y ciberdefensa(4),
– Vista su Resolución, de 22 de noviembre de 2016, sobre la Unión Europea de Defensa(5),
– Vista la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a ENISA, la «Agencia de Ciberseguridad de la UE», y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 526/2013, y relativo a la certificación de la ciberseguridad de las tecnologías de la información y la comunicación («Reglamento de Ciberseguridad»), presentada por la Comisión el 13 de septiembre de 2017(COM(2017)0477),
– Vista su Resolución, de 13 de diciembre de 2017, sobre el Informe anual sobre la aplicación de la política exterior y de seguridad común(6),
– Vista su Resolución, de 13 de diciembre de 2017, sobre el Informe anual sobre la aplicación de la política común de seguridad y defensa(7),
– Visto el artículo 52 de su Reglamento interno,
– Visto el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores (A8‑0189/2018),
A. Considerando que los desafíos, las amenazas y los ataques cibernéticos e híbridos constituyen un riesgo importante para la seguridad, la defensa, la estabilidad y la competitividad de la Unión, de sus Estados miembros y de sus ciudadanos; que la ciberdefensa comporta claramente una dimensión tanto militar como civil;
B. Considerando que la Unión y sus Estados miembros se enfrentan a una amenaza sin precedentes en forma de ciberataques impulsados por Estados y con motivaciones políticas, así como de ciberdelincuencia y ciberterrorismo;
C. Considerando que las fuerzas armadas reconocen de manera generalizada al ciberespacio como el quinto teatro de operaciones, lo que permite el desarrollo de capacidades de ciberdefensa; que se están celebrando debates sobre la posibilidad de reconocer al ciberespacio como el quinto escenario bélico;
D. Considerando que la cláusula de defensa mutua, consagrada en el artículo 42, apartado 7, del TUE, establece una obligación mutua de ayuda y asistencia con todos los medios disponibles en caso de agresión armada en el territorio de un Estado miembro; que ello se entiende sin perjuicio del carácter específico de la política de seguridad y defensa de determinados Estados miembros; que la cláusula de solidaridad, prevista en el artículo 222 del TFUE, complementa la cláusula de defensa mutua al establecer que los países de la Unión actuarán conjuntamente si un Estado miembro es objeto de un ataque terrorista o víctima de una catástrofe natural o de origen humano; que la cláusula de solidaridad implica el uso de estructuras tanto civiles como militares;
E. Considerando que, aunque la ciberdefensa sigue siendo fundamentalmente competencia de los Estados miembros, la Unión desempeña un papel crucial a la hora de suministrar una plataforma de cooperación europea y garantizar que estas nuevas iniciativas se coordinen estrechamente desde el principio tanto a escala internacional como en el marco de la arquitectura transatlántica de seguridad, para evitar las lagunas e ineficiencias que caracterizan muchos de los esfuerzos realizados en el ámbito tradicional de la defensa; que con aumentar nuestra cooperación y coordinación no basta; que es preciso garantizar una prevención eficaz reforzando la capacidad de detección, defensa y disuasión de la Unión; que una ciberdefensa y ciberdisuasión creíbles son necesarias para lograr una ciberseguridad eficaz para la Unión, garantizando al mismo tiempo que los Estados que estén menos preparados no se conviertan en blanco fácil para los ciberataques, y que una notable capacidad de ciberdefensa debe formar obligatoriamente parte de la PCSD y del desarrollo de la Unión Europea de Defensa; que nos encontramos en una situación de escasez continua de expertos altamente cualificados en el ámbito de la ciberdefensa; que una estrecha coordinación a la hora de proteger a las fuerzas armadas frente a los ciberataques es indispensable para el desarrollo de una PCSD eficaz;
F. Considerando que los Estados miembros de la Unión son con frecuencia objeto de ciberataques perpetrados por actores estatales y no estatales hostiles y peligrosos contra objetivos civiles o militares; que la actual vulnerabilidad se debe principalmente a la fragmentación de las estrategias y capacidades de defensa europeas, lo que permite a los servicios de inteligencia extranjeros aprovechar de forma reiterada las vulnerabilidades de seguridad de las redes y sistemas informáticos esenciales para la seguridad europea; que los Gobiernos de los Estados miembros a menudo no han informado a las partes interesadas pertinentes con suficiente tiempo para que estas pudieran subsanar las vulnerabilidades de sus productos y servicios; que, en vista de estos ataques, se precisan refuerzos urgentes y el desarrollo de capacidades europeas ofensivas y defensivas tanto a nivel civil como militar a fin de evitar el posible impacto económico y social transfronterizo de los ciberincidentes;
G. Considerando que, en el ciberespacio, la frontera entre injerencias civiles y militares es cada vez más difusa;
H. Considerando que un gran número de ciberincidentes son posibles debido a la falta de resistencia y solidez de las infraestructuras de red privadas y públicas, unas bases de datos con una protección o seguridad deficientes y otros defectos en las infraestructuras críticas de información; que solo algunos Estados miembros se responsabilizan de la protección de sus respectivas redes y sistemas de información, y de los datos asociados, como parte de su correspondiente deber de diligencia, lo cual explica la falta generalizada de inversión en formación y tecnología de seguridad de vanguardia y de desarrollo de directrices adecuadas;
I. Considerando que el derecho a la intimidad y el derecho a la protección de los datos se recogen en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y en el artículo 16 del TFUE, y están regulados por el Reglamento general de protección de datos de la Unión, que entró en vigor el 25 de mayo de 2018;
J. Considerando que una ciberpolítica activa y eficaz es aquella capaz de disuadir a los enemigos, alterar sus capacidades y anticipar y reducir su capacidad para atacar;
K. Considerando que varios grupos y organizaciones terroristas utilizan el ciberespacio como herramienta de bajo coste para el reclutamiento, la radicalización y la divulgación de propaganda terrorista; que grupos terroristas, actores no estatales y redes de delincuencia transnacionales utilizan las ciberoperaciones para recaudar fondos de manera anónima, recabar datos y desarrollar armas cibernéticas al objeto de perpetrar campañas de ciberterrorismo, alterar, dañar o destruir infraestructuras críticas, atacar los sistemas financieros y llevar a cabo otras actividades ilícitas con repercusiones para la seguridad de los ciudadanos europeos;
L. Considerando que la ciberdisuasión y la ciberdefensa de las fuerzas armadas y las infraestructuras críticas de Europa se han convertido en un tema clave en los debates sobre la modernización de la defensa, los esfuerzos comunes en materia de defensa en Europa, el futuro desarrollo de las fuerzas armadas y sus operaciones y la autonomía estratégica de la Unión;
M. Considerando que varios Estados miembros han invertido considerablemente en la creación de cibermandos militares dotados de suficiente personal para hacer frente a estos nuevos desafíos y aumentar su ciberresiliencia, pero debe hacerse mucho más, ya que cada vez es más difícil combatir los ciberataques a escala de los Estados miembros; que los cibermandos militares de los respectivos Estados miembros difieren por lo que respecta a sus mandatos ofensivos y defensivos; que otras estructuras de ciberdefensa varían considerablemente entre los distintos Estados miembros y suelen estar fragmentadas; que la mejor manera de abordar la ciberdefensa y la ciberdisuasión es a través de la cooperación a escala de la Unión y en colaboración con nuestros socios y aliados, ya que su ámbito de actuación traspasa las fronteras nacionales y los límites de las organizaciones; que la ciberseguridad civil y la militar están estrechamente vinculadas, por lo que es necesaria una mayor sinergia entre los especialistas de los sectores civil y militar; que las empresas privadas tienen grandes conocimientos en este ámbito, lo que plantea cuestiones fundamentales sobre la gobernanza y la seguridad, así como acerca de la capacidad de los Estados para defender a sus ciudadanos;
N. Considerando que urge reforzar la capacidad de la Unión en el ámbito de la ciberdefensa dada la ausencia de una reacción rápida a los cambios que se operan en materia de ciberseguridad; que la rapidez de reacción y una preparación adecuada son elementos clave para garantizar la seguridad en este ámbito;
O. Considerando que tanto la cooperación estructurada permanente (CEP) como el Fondo Europeo de Defensa son nuevas iniciativas con el margen de maniobra necesario para promover un ecosistema que pueda ofrecer oportunidades para las pymes y las empresas emergentes y facilitar proyectos de cooperación en el ámbito de la ciberdefensa, y que ambos contribuirán a conformar el marco reglamentario e institucional;
P. Considerando que los Estados miembros que participan en la CEP se han comprometido a velar por que se sigan incrementando los esfuerzos de cooperación en materia de ciberdefensa, tales como el intercambio de información, la formación y el apoyo operativo;
Q. Considerando que dos de los diecisiete proyectos seleccionados por la CEP se enmarcan en el ámbito de la ciberdefensa;
R. Considerando que el Fondo Europeo de Defensa debe apoyar la competitividad y la capacidad de innovación mundiales de la industria europea de la defensa, invirtiendo en tecnologías digitales y cibernéticas, así como facilitar el desarrollo de soluciones inteligentes ofreciendo oportunidades para que las pymes y las empresas emergentes participen en este esfuerzo;
S. Considerando que la Agencia Europea de Defensa (AED) ha puesto en marcha una serie de proyectos para satisfacer la necesidad de los Estados miembros de desarrollar sus propias capacidades de ciberdefensa, en particular proyectos en los ámbitos de la educación y la formación, tales como la plataforma de coordinación de la formación y los ejercicios de ciberdefensa (CD TEXP), la agrupación de la demanda para el apoyo a la formación y los ejercicios en ciberdefensa por el sector privado (DePoCyTE) y el proyecto sobre ciberrangos;
T. Considerando que hay otros proyectos de la Unión en marcha sobre la percepción de la situación, la detección de programas malignos y el intercambio de información (la plataforma de intercambio de información sobre programas malignos, MISP, y el sistema de agentes múltiples para la detección avanzada de amenazas persistentes, MASFAD);
U. Considerando que las necesidades de creación de capacidades y de formación en materia de ciberdefensa son considerables y van en aumento, y que la manera más eficaz de satisfacerlas es cooperando a escala de la Unión y de la OTAN;
V. Considerando que las misiones y operaciones de la PCSD, como todas las iniciativas organizativas modernas, dependen en gran medida de sistemas informáticos que funcionen; que las ciberamenazas a las misiones y operaciones de la PCSD pueden producirse en diferentes niveles, desde el ámbito táctico (misiones y operaciones de la PCSD) y el operativo (redes de la Unión) hasta el nivel más amplio de la infraestructura informática mundial;
W. Considerando que los sistemas de mando y control, el intercambio de información y la logística dependen de infraestructuras informáticas clasificadas y no clasificadas, en particular a nivel táctico y operativo; que estos sistemas son un blanco muy atractivo para actores malintencionados cuyo objetivo es atacar misiones; que los ciberataques pueden tener graves consecuencias para la infraestructura de la Unión; que, en particular, los ciberataques contra la infraestructura energética de la Unión tendrían repercusiones importantes, por lo que es preciso protegerse frente a ellos;
X. Considerando que no cabe duda alguna de que la ciberdefensa debe tenerse debidamente en cuenta en todas las fases del proceso de planificación de las misiones y operaciones de la PCSD, que requiere un seguimiento constante, y que es necesario contar con las capacidades adecuadas para integrarla plenamente en la planificación de misiones y prestar de forma continuada el apoyo crítico necesario;
Y. Considerando que la Escuela Europea de Seguridad y Defensa (EESD) es el único organismo de formación europeo para las estructuras, misiones y operaciones de la PCSD; que, según los planes actuales, el papel que desempeña a la hora de poner en común las capacidades de formación europeas en el ámbito del ciberespacio va a verse considerablemente reforzado;
Z. Considerando que la Declaración de la Cumbre de la OTAN de 2016, celebrada en Varsovia, reconocía el ciberespacio como un ámbito de actuación en el que la OTAN debe defenderse de modo tan eficaz como lo hace por tierra, mar y aire;
AA. Considerando que la Unión y la OTAN han contribuido a la mejora de las capacidades de ciberdefensa de los Estados miembros, a través de proyectos de investigación de doble uso coordinados por la AED y la OTAN y al aumento de la ciberresiliencia de los Estados miembros, gracias al apoyo prestado por la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea (ENISA);
AB. Considerando que en 2014 la OTAN estableció operaciones de ciberseguridad como parte de la defensa colectiva, y en 2016 reconoció el ciberespacio como ámbito de actuación, junto a los dominios de tierra, mar y aire; que la Unión y la OTAN son socios complementarios en la construcción de sus capacidades de ciberresiliencia y ciberdefensa; que la ciberseguridad y la ciberdefensa ya constituyen uno de los pilares más sólidos de la cooperación entre las dos organizaciones y un ámbito clave en el que ambas tienen capacidades únicas; que, en la declaración conjunta UE-OTAN de 8 de julio de 2016, la Unión y la OTAN acordaron un amplio programa de cooperación; que cuatro de las cuarenta y dos propuestas realizadas para estrechar la cooperación tienen que ver con la ciberseguridad y la ciberdefensa, y otras propuestas abordan las amenazas híbridas con carácter más general; que esto se ha complementado con una propuesta adicional relativa a la ciberseguridad y la ciberdefensa, presentada el 5 de diciembre de 2017;
AC. Considerando que el Grupo de Expertos Gubernamentales de las Naciones Unidas en materia de seguridad de la información (UNGGE) ha concluido su última ronda de deliberaciones; que, aunque en 2017 no ha podido elaborar un informe de consenso, los informes de 2015 y 2013 están vigentes, incluido el reconocimiento de que el Derecho internacional, en particular la Carta de las Naciones Unidas, es aplicable y esencial para mantener la paz y la estabilidad y para promover un entorno TIC abierto, seguro, pacífico y accesible;
AD. Considerando que el marco para una respuesta diplomática conjunta de la Unión a las actividades informáticas malintencionadas —«conjunto de instrumentos de ciberdiplomacia»—, puesto en marcha recientemente y destinado a desarrollar las capacidades de la Unión y de los Estados miembros para influir en el comportamiento de agresores potenciales, prevé el uso de medidas proporcionadas en el marco de la PESC, incluida la adopción de medidas restrictivas;
AE. Considerando que distintos actores estatales —Rusia, China y Corea del Norte, entre otros—, pero también actores no estatales (incluidos grupos de delincuencia organizada) inspirados, contratados o patrocinados por Estados, organismos de seguridad o empresas privadas, han participado en ciberactividades malintencionadas en pos de objetivos políticos, económicos o de seguridad, que incluyen ataques contra infraestructuras críticas, ciberespionaje y vigilancia masiva de ciudadanos de la Unión, campañas de desinformación y difusión de programas malignos (como WannaCry, NotPetya, etc.) que limitan el acceso a internet y el funcionamiento de los sistemas informáticos; que estas actividades hacen caso omiso del Derecho internacional, los derechos humanos y los derechos fundamentales de la Unión y los violan, al tiempo que ponen en peligro la democracia, la seguridad, el orden público y la autonomía estratégica de la Unión, y, por lo tanto, deben dar lugar a una respuesta conjunta de la Unión, como el recurso al marco para una respuesta diplomática conjunta de la Unión, incluyendo el uso de las medidas restrictivas previstas en los instrumentos de ciberdiplomacia de la Unión, como, en el caso de las empresas privadas, multas y un acceso restringido al mercado interior;
AF. Considerando que dichos ataques a gran escala contra infraestructuras TIC se han perpetrado en varias ocasiones en el pasado, como en Estonia en 2007, Georgia en 2008 y, en la actualidad prácticamente casi a diario, en Ucrania; que las cibercapacidades ofensivas también se están empleando contra los Estados miembros de la Unión y la OTAN a una escala sin precedentes;
AG. Considerando que las cibertecnologías de seguridad, existentes tanto en el ámbito militar como en el civil, son tecnologías de «doble uso» que ofrecen numerosas oportunidades para desarrollar sinergias entre actores civiles y militares en distintos ámbitos, como el cifrado, las herramientas de gestión de la seguridad y la vulnerabilidad y los sistemas de detección y prevención de intrusiones;
AH. Considerando que el desarrollo de cibertecnologías llegará en los próximos años a nuevos ámbitos, como la inteligencia artificial, el internet de las cosas, la robótica y los dispositivos móviles, y que todos estos elementos también pueden repercutir en la seguridad en materia de defensa;
AI. Considerando que los cibermandos militares establecidos por varios Estados miembros pueden contribuir significativamente a la protección de infraestructuras civiles esenciales y que los conocimientos relacionados con la ciberdefensa son con frecuencia igualmente útiles en el ámbito civil;
Desarrollo de las capacidades de ciberdefensa y ciberdisuasión
1. Subraya que una política común de ciberdefensa y una importante capacidad de ciberdefensa deben ser elementos clave del desarrollo de la Unión Europea de Defensa;
2. Acoge favorablemente la iniciativa de la Comisión de presentación de un paquete de medidas sobre ciberseguridad para promover la ciberresiliencia, la ciberdisuasión y la ciberdefensa de la Unión;
3. Recuerda que la ciberdefensa engloba tanto aspectos militares como civiles, y que ello exige un enfoque político integrado y una estrecha cooperación entre las partes militares y civiles;
4. Pide un desarrollo coherente de cibercapacidades en todas las instituciones y órganos de la Unión, así como en los Estados miembros, y que se ofrezcan las soluciones políticas y prácticas necesarias para superar los obstáculos políticos, legislativos y organizativos que aún dificultan la cooperación en materia de ciberdefensa; considera de suma importancia el intercambio y la cooperación periódicos y mejorados entre las partes interesadas públicas pertinentes en materia de ciberdefensa, tanto a escala de la Unión como a nivel nacional;
5. Hace especial hincapié en que, en el marco de la Unión Europea de Defensa en ciernes, las capacidades de ciberdefensa de los Estados miembros ocupen un lugar predominante y se integren en la medida de lo posible desde el principio para asegurar la máxima eficacia; insta, por consiguiente, a los Estados miembros a cooperar estrechamente en el desarrollo de su respectiva ciberdefensa, con una clara hoja de ruta, realizando de este modo una contribución al proceso coordinado por la Comisión, el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y la AED con vistas a una mejor racionalización de las estructuras de ciberdefensa en los Estados miembros, la aplicación urgente de las medidas a corto plazo disponibles y la promoción del intercambio de conocimientos especializados; opina que se debe crear una red segura europea para la información y las infraestructuras críticas; reconoce que una sólida capacidad de atribución de la autoría es esencial para la eficacia de la ciberdefensa y la ciberdisuasión, y que una prevención eficaz exigirá el desarrollo de nuevos conocimientos tecnológicos sustanciales; insta a los Estados miembros a que aumenten los recursos financieros y de personal, en particular los expertos en informática forense, al objeto de mejorar la atribución de los ciberataques; destaca que esta cooperación también debe materializarse gracias al refuerzo de la ENISA;
6. Reconoce que muchos Estados miembros consideran que poseer sus propias capacidades de ciberdefensa constituye un elemento central de su estrategia de seguridad nacional y forma parte esencial de su soberanía nacional; subraya, no obstante, que, debido a la naturaleza transfronteriza del ciberespacio, las dimensiones y los conocimientos necesarios para contar con unas fuerzas realmente eficaces e integrales que garanticen el logro del objetivo de autonomía estratégica de la Unión en el ciberespacio no está al alcance de un solo Estado miembro, con lo que es necesaria una respuesta coordinada y reforzada por parte de todos los Estados miembros a escala de la Unión; observa, en este contexto, que el tiempo apremia a la Unión y a sus Estados miembros por lo que respecta al establecimiento de dichas fuerzas, por lo que deben actuar de inmediato; constata que, habida cuenta de iniciativas de la Unión como el mercado único digital, la Unión goza de unas buenas condiciones para asumir el liderazgo en el desarrollo de las estrategias europeas de ciberdefensa; recuerda que el desarrollo de la ciberdefensa a escala de la Unión debe favorecer la capacidad de la Unión para protegerse; celebra, a este respecto, la propuesta de mandato permanente y refuerzo de sus funciones en relación con la ENISA;
7. Insta, en este contexto, a los Estados miembros a que hagan el mejor uso posible del marco facilitado por la CEP y el Fondo Europeo de Defensa para proponer proyectos de cooperación;
8. Constata el duro trabajo realizado por la Unión y sus Estados miembros en el ámbito de la ciberdefensa; toma nota, en particular, de los proyectos de la AED en lo relativo a los ciberrangos, la Agenda Estratégica de Investigación en Ciberdefensa y el desarrollo de paquetes desplegables de sensibilización sobre cibersituaciones para los cuarteles generales;
9. Acoge con satisfacción los dos ciberproyectos que se pondrán en marcha en el marco de la CEP, a saber, una plataforma de intercambio de información sobre respuestas a ciberamenazas e incidentes de ciberseguridad y equipos de respuesta telemática rápida y de asistencia mutua en el ámbito de la ciberseguridad; subraya que estos dos proyectos se centran en una política de ciberdefensa basada en el intercambio de información sobre ciberamenazas a través de una plataforma en red de los Estados miembros y el establecimiento de equipos de respuesta telemática rápida, lo que permitirá a los Estados miembros ayudarse mutuamente para garantizar un nivel más elevado de ciberresiliencia y detectar, reconocer y mitigar las ciberamenazas de manera colectiva; pide a la Comisión y a los Estados miembros que se basen en los proyectos de la CEP sobre equipos de respuesta telemática rápida y de asistencia mutua en el ámbito de la ciberseguridad creando un equipo europeo de respuesta telemática rápida encargado de coordinar, detectar y combatir las ciberamenazas colectivas en apoyo de los esfuerzos de los Estados miembros participantes;
10. Observa que la capacidad de la Unión para desarrollar proyectos de ciberdefensa se basa en su dominio de las tecnologías, los equipos, los servicios, los datos y el tratamiento de estos, y en el apoyo de una base de agentes industriales de confianza;
11. Recuerda que uno de los objetivos de la labor de mejora de la homogeneidad de los sistemas de mando consiste en garantizar la interoperabilidad de los medios de mando disponibles con los de los países de la OTAN que no forman parte de la Unión, así como con los de socios puntuales, y en garantizar la fluidez de los intercambios de información para acelerar el procedimiento de toma de decisiones y mantener el control de la información en un contexto de riesgo cibernético;
12. Recomienda encontrar maneras de complementar los proyectos de defensa inteligente de la OTAN (por ejemplo, los proyectos de desarrollo de capacidades de ciberdefensa multinacionales, la plataforma de intercambio de información sobre programas malignos (MISP) y la formación y educación multinacionales sobre ciberdefensa (MN CD E&T));
13. Es consciente de los avances que se están realizando en ámbitos tales como la nanotecnología, la inteligencia artificial, los macrodatos, los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos y la robótica avanzada; insta a los Estados miembros y a la Unión a que presten especial atención a la posible explotación de estos ámbitos por parte de actores estatales hostiles y grupos de delincuencia organizada; pide el desarrollo de formación y capacidades de protección frente a la aparición de sofisticadas tramas delictivas, como complejas usurpaciones de identidad y la falsificación de productos;
14. Hace hincapié en la necesidad de mejorar la claridad terminológica sobre la seguridad en el ciberespacio, así como de contar con un enfoque global e integrado y de aunar esfuerzos para combatir las ciberamenazas y las amenazas híbridas y detectar y erradicar los refugios en línea de extremistas y delincuentes, reforzando y aumentando el intercambio de información entre la Unión y sus agencias, como Europol, Eurojust, la AED y la ENISA;
15. Subraya el creciente papel que desempeña la inteligencia artificial en las capacidades ofensivas y defensivas en el ciberespacio; insta a la Unión y a los Estados miembros a que presten especial atención a este ámbito, tanto en las actividades de investigación como en el desarrollo práctico de sus capacidades de ciberdefensa;
16. Hace especial hincapié en que, con el despliegue de vehículos aéreos no tripulados, tanto armados como no armados, es preciso adoptar medidas adicionales para reducir su potencial vulnerabilidad cibernética;
La ciberdefensa de las misiones y operaciones de la PCSD
17. Destaca que la ciberdefensa debe considerarse una función operativa de las misiones y operaciones de la PCSD, y que debe incluirse en todos los procesos de planificación de la PCSD, para garantizar que la ciberseguridad sea tenida en cuenta de manera constante a lo largo del proceso de planificación, reduciendo así las deficiencias en materia de vulnerabilidad cibernética;
18. Reconoce que la planificación con éxito de una misión u operación de la PCSD requiere importantes conocimientos especializados en materia de ciberdefensa, así como redes e infraestructuras informáticas seguras, tanto a nivel del cuartel general de operaciones como en el seno de la propia misión, para poder realizar una evaluación exhaustiva de la amenaza y ofrecer una protección adecuada sobre el terreno; pide al SEAE y a los Estados miembros que albergan cuarteles de operaciones de la PCSD que refuercen los conocimientos técnicos en materia de ciberdefensa facilitados a las misiones y operaciones de la Unión; observa que hay un límite en cuanto al grado de preparación que puede tener una misión de la PCSD para protegerse de los ciberataques;
19. Insiste en que la planificación de todas las misiones y operaciones de la PCSD debe ir acompañada de una exhaustiva evaluación del panorama de ciberamenazas; constata que la clasificación de amenazas elaborada por la ENISA ofrece un modelo adecuado para dicha evaluación; recomienda la creación de una capacidad de evaluación de la ciberresiliencia para los cuarteles generales de la PCSD;
20. Reconoce, en particular, la importancia de limitar al mínimo necesario las huellas cibernéticas y las superficies de ataque de las misiones y operaciones de la PCSD; insta a los responsables de la planificación a tener esto en cuenta desde el inicio del proceso de planificación;
21. Toma nota del análisis de las necesidades de formación de la AED, que ha sacado a relucir importantes carencias en competencias y capacidades de ciberdefensa entre los responsables de la toma de decisiones, no solo en los Estados miembros, y acoge favorablemente las iniciativas de la AED sobre los cursos para altos responsables en los Estados miembros en apoyo de la planificación de misiones y operaciones de la PCSD;
Educación y formación en materia de ciberdefensa
22. Observa que un panorama integrado de la Unión en materia de educación y formación en ciberdefensa mitigaría significativamente las amenazas y pide a la Unión y a los Estados miembros que incrementen su cooperación en materia de educación, formación y ejercicios;
23. Apoya firmemente el programa Erasmus militar y otras iniciativas comunes de intercambio y formación destinadas a reforzar la interoperatividad de las fuerzas armadas de los Estados miembros y el desarrollo de una cultura estratégica común a través de un mayor intercambio de jóvenes oficiales, teniendo en cuenta que dicha interoperatividad es necesaria entre todos los Estados miembros y aliados de la OTAN; cree, no obstante, que los intercambios de formación y educación en el ámbito de la ciberdefensa deben ir más allá de esta iniciativa e incluir a personal militar de todas las edades y todos los rangos, así como a estudiantes de todos los centros académicos de estudios en ciberseguridad;
24. Hace hincapié en que se necesitan más expertos en ciberdefensa; pide a los Estados miembros que faciliten la cooperación entre las instituciones educativas civiles y las academias militares a fin de subsanar esta deficiencia de cara a la creación de más oportunidades en el ámbito de la educación y formación en materia de ciberdefensa, y que dediquen más recursos a la formación especializada en ciberoperaciones, en particular en inteligencia artificial; pide a las academias militares que incluyan en sus planes de estudios la formación en ciberdefensa, contribuyendo así a aumentar la reserva de expertos en ciberespacio disponibles para las necesidades de las misiones de la PCSD;
25. Pide a los Estados miembros que informen, sensibilicen y asesoren de manera suficiente y proactiva a empresas, centros escolares y ciudadanos sobre la ciberseguridad y las principales amenazas digitales; celebra, a este respecto, las ciberguías como herramienta para orientar a ciudadanos y organizaciones hacia una mejor estrategia de ciberseguridad, impulsar los conocimientos sobre este tema y mejorar la ciberresiliencia en todos los ámbitos;
26. Observa que, habida cuenta de la necesidad de más personal especializado, los Estados miembros no deben centrarse únicamente en la contratación de personal competente de las fuerzas armadas, sino también en mantener a los especialistas necesarios;
27. Acoge con satisfacción la aplicación, por once Estados miembros (Austria, Bélgica, Alemania, Estonia, Grecia, Finlandia, Irlanda, Letonia, Países Bajos, Portugal y Suecia) del proyecto de la Federación de Ciberrangos, del primero de los cuatro proyectos de ciberdefensa impulsados en el marco de la agenda de la AED por el aprovechamiento común y compartido; insta al resto de Estados miembros a que se unan a esta iniciativa; pide a los Estados miembros que promuevan una mayor disponibilidad mutua de formación en ciberdefensa virtual y ciberrangos; señala que debe tomarse en consideración, a este respecto, el papel de la ENISA y de sus conocimientos;
28. Considera que estas iniciativas contribuyen a mejorar la calidad de la educación en el ámbito de la ciberdefensa a escala de la Unión, en particular mediante la creación de plataformas técnicas de amplio alcance y el establecimiento de una comunidad de expertos de la Unión; cree que las fuerzas armadas europeas pueden ampliar su atractivo ofreciendo formación exhaustiva en ciberdefensa, para atraer y mantener a expertos en ciberespacio; destaca la necesidad de señalar las vulnerabilidades de los sistemas informáticos tanto de los Estados miembros como de las instituciones de la Unión; reconoce que los errores humanos son uno de los puntos débiles más frecuentes de los sistemas de ciberseguridad e insta, por tanto, a que se forme permanentemente tanto al personal militar como al civil que trabaja para las instituciones de la Unión;
29. Pide a la AED que ponga en marcha tan pronto como sea posible la plataforma de coordinación de la formación y los ejercicios de ciberdefensa (CD TEXP) para apoyar a la Federación de Ciberrangos, prestando atención al refuerzo de la cooperación respecto de los requisitos armonizados, la promoción de la investigación y de las innovaciones tecnológicas en materia de ciberdefensa y la asistencia colectiva a terceros países para el refuerzo de sus capacidades al objeto de crear resiliencia en ciberseguridad; pide a la Comisión y a los Estados miembros que complementen estas iniciativas con un centro europeo de excelencia para la formación en ciberdefensa, que ofrezca formación especializada para los reclutas más prometedores, en apoyo de la formación sobre ciberespacio de los Estados miembros participantes;
30. Se congratula de la creación, en el marco de la EESD, de la plataforma de evaluación y de educación, formación y ejercicios de ciberdefensa (ETEE), con miras a redoblar las oportunidades de formación y educación en los Estados miembros;
31. Anima a realizar más intercambios en materia de percepción de la situación a través de ciberejercicios de simulación y la coordinación de los respectivos esfuerzos de desarrollo de capacidades, de cara a la consecución de una mayor interoperatividad y una mejor prevención y respuesta ante futuros ataques; pide que estos proyectos se lleven a cabo con aliados de la OTAN, las fuerzas armadas de los Estados miembros de la Unión y otros socios con una amplia experiencia en la lucha contra los ciberataques, a fin de desarrollar preparación operativa, procedimientos y normas comunes para abordar de manera global las distintas ciberamenazas; acoge favorablemente, a este respecto, la participación de la Unión en ciberejercicios como CODE (ciberejercicio ofensivo y defensivo);
32. Recuerda que un ciberespacio resiliente requiere una ciberhigiene impecable; pide a todas las partes interesadas públicas y privadas que impartan formación periódica sobre ciberhigiene a todos los miembros de su personal;
33. Recomienda incrementar el intercambio de conocimientos especializados y experiencias entre las fuerzas armadas, las fuerzas policiales y otros organismos estatales de los Estados miembros que participan activamente en la lucha contra las ciberamenazas;
Cooperación UE-OTAN en materia de ciberdefensa
34. Reitera que, sobre la base de sus valores comunes e intereses estratégicos, la Unión y la OTAN tienen una responsabilidad y capacidad especiales para dar una respuesta más eficaz, y en estrecha colaboración, a los crecientes desafíos en materia de ciberseguridad y ciberdefensa, mediante la búsqueda de posibles complementariedades, evitando los solapamientos y respetando sus competencias respectivas;
35. Pide al Consejo que, en colaboración con otras instituciones y estructuras pertinentes de la Unión, estudie formas de ofrecer, lo antes posible, apoyo a escala de la Unión para integrar el ámbito del ciberespacio en la doctrina militar de los Estados miembros, de manera armonizada y en estrecha cooperación con la OTAN;
36. Pide la aplicación de aquellas medidas que ya se han acordado; pide asimismo que se determinen nuevas iniciativas para una mayor cooperación entre la Unión y la OTAN, teniendo en cuenta también las posibilidades de cooperación en el seno del Centro de Excelencia para la Ciberdefensa Cooperativa (CCD-COE) de la OTAN y de la Academia de las Comunicaciones y de la Información de la OTAN, cuya finalidad es aumentar, en materia de ciberdefensa, las capacidades de formación en sistemas informáticos y cibernéticos, tanto por lo que respecta a los programas como a los equipos informáticos; señala que esto podría incluir un diálogo con la OTAN sobre la posibilidad de adhesión de la Unión al CCD COE de cara a una mayor complementariedad y colaboración; acoge con satisfacción la reciente creación del Centro Europeo de Excelencia para la Lucha contra las Amenazas Híbridas; insta a todas las instituciones y aliados pertinentes a que se reúnan periódicamente para debatir sus actividades, al objeto de evitar solapamientos e impulsar un enfoque coordinado respecto de la ciberdefensa; opina que es esencial estimular, sobre la base de la confianza mutua, el intercambio de información sobre ciberamenazas entre los Estados miembros y con la OTAN;
37. Está convencido de la importancia y la utilidad, en el ámbito de la ciberdefensa, de una mayor cooperación entre la Unión y la OTAN como medio para prevenir, detectar y disuadir los ciberataques; pide, por consiguiente, a ambas organizaciones que refuercen su cooperación y coordinación operativas, y que amplíen sus esfuerzos conjuntos de desarrollo de capacidades, en particular en forma de formación y ejercicios conjuntos para el personal civil y militar encargado de la ciberdefensa y a través de la participación de los Estados miembros en los proyectos de defensa inteligente de la OTAN; considera vital que la Unión y la OTAN refuercen el intercambio de información para posibilitar la atribución formal de los ciberataques y, por tanto, permitir la imposición de sanciones restrictivas a los responsables; insta a ambas organizaciones a que también cooperen de manera más estrecha en los aspectos cibernéticos de la gestión de crisis;
38. Acoge favorablemente el intercambio de conceptos para integrar los requisitos y las normas en materia de ciberdefensa en la planificación y realización de las misiones y operaciones, con el objetivo de promover la interoperatividad, y expresa su esperanza de que ello vaya seguido de una mayor cooperación operativa para garantizar el componente de ciberdefensa de las respectivas misiones y la sincronización de los enfoques operativos;
39. Acoge favorablemente el acuerdo entre el equipo de respuesta a emergencias informáticas de la Unión (CERT) y el equipo de capacidad de respuesta ante incidentes informáticos de la OTAN (NCIRC), destinado a facilitar el intercambio de información, el apoyo logístico, las evaluaciones de amenazas compartidas, el reclutamiento de personal y la puesta en común de buenas prácticas, todo ello para garantizar la capacidad de respuesta a las amenazas en tiempo real; subraya que es importante fomentar los intercambios de información entre el CERT y el NCIRC y trabajar para aumentar el nivel de confianza; cree que probablemente la información de que dispone el CERT podría resultar útil para la investigación en ciberdefensa y en la OTAN y que dicha información debe, por lo tanto, compartirse, siempre que se garantice el pleno cumplimiento de la legislación de protección de datos de la Unión;
40. Se congratula de la cooperación entre las dos organizaciones en materia de ejercicios de ciberdefensa; toma nota de la participación de representantes de la Unión en el ejercicio anual «Cyber Coalition»; reconoce el avance que representa la participación de la Unión en el ejercicio militar de gestión de la crisis de la OTAN de 2017 a través de los ejercicios paralelos y coordinados (PACE) de 2017, y acoge con satisfacción, en particular, la inclusión de un componente de ciberdefensa; insta a ambas organizaciones a que redoblen estos esfuerzos;
41. Insta a la Unión y a la OTAN a que organicen periódicamente ejercicios a nivel estratégico, con la participación de los principales dirigentes políticos de ambas organizaciones; acoge con satisfacción, en este sentido, el ejercicio EU CYBRID 2017 organizado por Estonia, que fue el primer ejercicio de la Unión que contó con la participación del secretario general de la OTAN;
42. Señala que existe un amplio margen para establecer un programa de cooperación más ambicioso y concreto en materia de ciberdefensa, que vaya más allá del nivel conceptual de cooperación en el marco de operaciones específicas; insta a ambas organizaciones a que apliquen de forma concreta y eficaz lo que ya existe y a que presenten propuestas más ambiciosas para el próximo examen de la aplicación de la declaración conjunta;
43. Celebra la Ciberasociación entre la industria y la OTAN (NICP), creada en 2014, y pide la participación de la Unión en el esfuerzo de cooperación de la NICP con vistas a conectar la cooperación entre la OTAN y la Unión con la labor de líderes de la industria especializados en cibertecnologías, con el objetivo de avanzar en ciberseguridad a través de la colaboración continua, con especial hincapié en la formación, los ejercicios y la educación dirigidos a representantes de la OTAN, la Unión y la industria, la inclusión de la Unión y la industria en los proyectos de defensa inteligente de la OTAN, el intercambio colaborativo de información y buenas prácticas en materia de preparación y recuperación entre la OTAN, la Unión y la industria, la búsqueda de capacidades desarrolladas conjuntamente para la ciberdefensa, y las respuestas colaborativas a los ciberincidentes, cuando y donde proceda;
44. Toma nota del trabajo en curso en torno a la propuesta de Reglamento por el que se revisa el Reglamento relativo a la ENISA ((UE) n.º 526/2013) y se establece un marco de certificación y etiquetado de seguridad de las TIC; pide a la ENISA que firme un acuerdo con la OTAN para incrementar su cooperación práctica, en particular el intercambio de información y la participación en ejercicios de ciberdefensa;
Normas internacionales aplicables al ciberespacio
45. Solicita la integración de las capacidades de ciberdefensa en la PESC y la acción exterior de la Unión y sus Estados miembros como una tarea transversal, así como una coordinación más estrecha en materia de ciberdefensa entre los Estados miembros, las instituciones de la Unión, la OTAN, las Naciones Unidas, los Estados Unidos y otros socios estratégicos, en particular por lo que respecta a las normas y las medidas de ejecución en el ciberespacio;
46. Lamenta que, tras varios meses de negociaciones, el Grupo de Expertos Gubernamentales de las Naciones Unidas (UNGGE) 2016-2017 no consiguiera elaborar un nuevo informe de consenso; recuerda que, tal como se reconoce en el informe de 2013, el Derecho internacional vigente y, en particular, la Carta de las Naciones Unidas —que prohíbe recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la independencia política de cualquier Estado, incluyendo las ciberoperaciones coercitivas destinadas a perturbar las infraestructuras técnicas esenciales para la realización de procedimientos participativos oficiales, incluidos procesos electorales, en otro Estado— son de aplicación y deben cumplirse en el ciberespacio; observa que el informe de 2015 del UNGGE recoge un conjunto de normas de conducta responsable por parte de los Estados, incluida la prohibición a los Estados de llevar a cabo o apoyar deliberadamente ciberactividades contrarias a sus obligaciones en virtud del Derecho internacional; pide a la Unión que asuma el liderazgo en los debates actuales y futuros sobre las normas internacionales en el ciberespacio, así como en relación con su aplicación;
47. Señala la importancia del Manual de Tallinn 2.0 como base para entablar un debate y como análisis sobre el modo en que se puede aplicar el Derecho internacional vigente en el ciberespacio; insta a los Estados miembros a que empiecen a analizar y aplicar lo que los expertos han plasmado en el Manual de Tallinn, así como a que se pongan de acuerdo en torno a más normas de conducta internacional de carácter voluntario; señala, en particular, que cualquier uso ofensivo de las cibercapacidades debe basarse en el Derecho internacional;
48. Confirma su pleno compromiso con un ciberespacio abierto, libre, estable y seguro, que respete los valores fundamentales de la democracia, los derechos humanos y el Estado de Derecho, y en el que las controversias internacionales se resuelvan por medios pacíficos, sobre la base de la Carta de las Naciones Unidas y de los principios del Derecho internacional; pide a los Estados miembros que fomenten una mayor aplicación del enfoque común y global de la Unión en materia de ciberdiplomacia y de las normas existentes en relación con el ciberespacio, y que elaboren, junto con la OTAN, criterios y definiciones a escala de la Unión de lo que constituye un ciberataque, a fin de aumentar la capacidad de la Unión para adoptar rápidamente una posición común tras un acto ilícito de alcance internacional en forma de ciberataque; apoya firmemente la aplicación de las normas voluntarias y no vinculantes sobre la conducta responsable de los Estados en el ciberespacio recogidas en el informe del UNGGE de 2015, que comprenden el respeto de la intimidad y de los derechos fundamentales de los ciudadanos, así como la adopción de medidas regionales de fomento de la confianza; apoya, en este contexto, la labor de la Comisión Mundial sobre la Estabilidad en el Ciberespacio en el desarrollo de propuestas de normas y políticas que mejoren la seguridad y la estabilidad internacionales y guíen la conducta responsable en el ciberespacio tanto de los Estados como de actores no estatales; respalda la propuesta de que los actores estatales y no estatales no deben realizar ni permitir deliberadamente aquellas actividades que perjudiquen intencionada y sustancialmente la disponibilidad o integridad general del núcleo público de internet y, por consiguiente, la estabilidad del ciberespacio;
49. Reconoce que la mayor parte de las infraestructuras tecnológicas son propiedad del sector privado o están gestionadas por este, por lo que resulta esencial establecer una estrecha cooperación con el sector privado y los grupos de la sociedad civil, así como su consulta e integración, a través de un diálogo plurilateral, para garantizar un ciberespacio abierto, libre, estable y seguro;
50. Reconoce que, debido a dificultades en su aplicación, los acuerdos bilaterales entre Estados no siempre dan los resultados esperados; considera, por tanto, que la formación de coaliciones en el seno de grupos de países afines dispuestos a generar consenso constituye un medio eficaz para complementar los esfuerzos de múltiples partes interesadas; resalta el importante papel de las autoridades locales en el proceso de innovación tecnológica y puesta en común de la información a la hora de intensificar la lucha contra la delincuencia y las actividades terroristas;
51. Celebra la adopción por parte del Consejo del marco para una respuesta diplomática conjunta de la Unión a las actividades informáticas malintencionadas, el llamado «conjunto de instrumentos de ciberdiplomacia»; apoya la posibilidad de que la Unión adopte medidas restrictivas contra adversarios que ataquen a sus Estados miembros en el ciberespacio, incluida la posible imposición de sanciones;
52. Pide asimismo un enfoque claramente proactivo respecto de la ciberseguridad y la ciberdefensa y que se refuerce la ciberdiplomacia de la Unión como una tarea transversal de su política exterior, así como sus capacidades e instrumentos a todos los niveles, de forma que se puedan consolidar eficazmente las normas y los valores de la Unión, además de sentar las bases para llegar a un consenso sobre las normas y las medidas de ejecución en el ciberespacio a escala mundial; observa que la creación de ciberresiliencia en terceros países contribuye a la paz y la seguridad internacionales, lo que, en última instancia, supone mayor seguridad para los ciudadanos europeos;
53. Considera que ciberataques como los de NotPetya y WannaCry están dirigidos por los Estados o se llevan a cabo con el conocimiento y la aprobación de un Estado; observa que estos ciberataques, que causan graves y duraderos daños económicos y que, además, constituyen una amenaza a la vida, son claras violaciones del Derecho internacional y de las normas jurídicas; considera, por lo tanto, que NotPetya y WannaCry suponen violaciones del Derecho internacional por parte de, respectivamente, la Federación de Rusia y Corea del Norte, y que estos dos países deben hacer frente a respuestas proporcionadas y adecuadas de la Unión y la OTAN;
54. Pide que el Centro Europeo de Ciberdelincuencia de Europol se convierta en un punto focal para las fuerzas policiales y organismos estatales que combaten la ciberdelincuencia, con, como principal responsabilidad, la gestión de la defensa de los dominios .eu y de las infraestructuras críticas de las redes de la Unión durante un ataque; destaca que dicho punto focal también se encargaría del intercambio de información y de ofrecer asistencia a los Estados miembros;
55. Hace hincapié en la importancia del desarrollo de normas relativas a la intimidad y la seguridad, el cifrado, la incitación al odio, la desinformación y las amenazas terroristas;
56. Recomienda a cada Estado miembro que asuma la obligación de asistir a otros Estados miembros objeto de un ciberataque y de garantizar la responsabilidad nacional en relación con el ciberespacio, en estrecha cooperación con la OTAN;
Cooperación civil-militar
57. Pide a todas las partes interesadas que refuercen las asociaciones de transferencia de conocimientos, que apliquen modelos empresariales adecuados y desarrollen la confianza entre las empresas y los usuarios finales del ámbito civil y de la defensa, y que mejoren la concreción de los conocimientos académicos en soluciones prácticas, a fin de crear sinergias y transferir soluciones entre los mercados civiles y militares —en esencia, un mercado europeo único de la ciberseguridad y de los productos de ciberseguridad—, sobre la base de procedimientos transparentes y respetando el Derecho internacional y de la Unión, con miras a mantener y fortalecer la autonomía estratégica de la Unión; toma nota del papel esencial que desempeñan las empresas privadas de ciberseguridad en la alerta temprana y en la atribución de los ciberataques;
58. Destaca enérgicamente la importancia de la I+D, en particular a la luz de los requisitos de seguridad de alto nivel en el mercado de la defensa; insta a la Unión y a los Estados miembros a que proporcionen un mayor apoyo práctico a la industria europea de la ciberseguridad y a otros agentes económicos pertinentes, y a que reduzcan las cargas burocráticas, en especial a las pymes y las empresas emergentes (principales fuentes de soluciones innovadoras en el ámbito de la ciberdefensa), así como a que promuevan una cooperación más estrecha con las organizaciones de investigación de las universidades y los grandes operadores, con miras a reducir la dependencia de los productos de ciberseguridad procedentes de fuentes externas y a crear una cadena de suministro estratégico dentro de la Unión en aras de una mayor autonomía estratégica; señala, en este contexto, la importante contribución que puede realizar el Fondo Europeo de Defensa, así como otros instrumentos del marco financiero plurianual (MFP);
59. Anima a la Comisión a que integre elementos de ciberdefensa en una red de centros europeos de investigación y competencias en materia de ciberseguridad, también con miras a ofrecer recursos suficientes a las cibercapacidades y cibertecnologías de doble uso en el próximo MFP;
60. Señala que la protección de los activos de infraestructuras públicas y de otras infraestructuras civiles críticas, en particular sistemas de información y datos conexos, es una tarea vital para los Estados miembros en el ámbito de la defensa, en especial para las autoridades encargadas de la seguridad de los sistemas de información, y que esta debería formar parte de las competencias de las estructuras nacionales de ciberdefensa o de dichas autoridades; subraya que esto requerirá un grado de confianza suficiente y una colaboración lo más estrecha posible entre los actores militares, las agencias de ciberdefensa, otras autoridades competentes y los sectores afectados, que solo pueden alcanzarse mediante la definición clara de las obligaciones, las funciones y las responsabilidades de los actores civiles y militares, e insta a todas las partes interesadas a tener esto en cuenta en sus procesos de planificación; pide que se aumente la cooperación transfronteriza en la aplicación de las normas relativas a la lucha contra las ciberactividades malintencionadas, respetando plenamente la legislación de la Unión en materia de protección de datos;
61. Pide a todos los Estados miembros que centren las estrategias nacionales de ciberseguridad en la protección de los sistemas de información y los datos asociados, y que consideren la protección de estas infraestructuras críticas como parte de su correspondiente deber de diligencia; insta a los Estados miembros a adoptar y aplicar estrategias, directrices e instrumentos que ofrezcan niveles razonables de protección contra niveles de amenaza razonablemente detectables, en que los costes y las cargas de la protección sean proporcionales al daño probable que las partes afectadas podrían sufrir; pide a los Estados miembros que tomen las medidas adecuadas para obligar a las personas jurídicas de su jurisdicción a proteger los datos personales que estén en su poder;
62. Reconoce que, debido al cambiante entorno de las ciberamenazas, sería recomendable una cooperación más sólida y estructurada con las fuerzas policiales, en especial en algunos ámbitos críticos, como la localización de amenazas relacionadas con la yihad informática, el ciberterrorismo, la radicalización en línea y la financiación de organizaciones extremistas o radicales;
63. Aboga por una estrecha cooperación entre las agencias de la Unión, como la AED, la ENISA y el Centro Europeo de Ciberdelincuencia, aplicando un enfoque transversal encaminado a promover sinergias y evitar solapamientos;
64. Pide a la Comisión que elabore una hoja de ruta para establecer un enfoque coordinado respecto de la ciberdefensa europea, incluida una actualización del marco político de ciberdefensa de la Unión para garantizar que siga siendo adecuado para sus fines en cuanto mecanismo de actuación pertinente para alcanzar los objetivos de la Unión en materia de ciberdefensa, en estrecha colaboración con los Estados miembros, la AED, el Parlamento y el SEAE; observa que este proceso debe formar parte de un enfoque estratégico más amplio respecto de la PCSD;
65. Propugna la creación de capacidades de ciberseguridad mediante la cooperación al desarrollo, así como una educación y formación continuadas en materia de sensibilización sobre el ciberespacio, habida cuenta de que, en los próximos años, habrá millones de nuevos usuarios de internet, la mayoría de ellos en los países en desarrollo, fortaleciendo así la resiliencia de los países y las sociedades frente a las ciberamenazas y las amenazas híbridas;
66. Reclama cooperación internacional e iniciativas multilaterales para construir sólidos marcos de ciberdefensa y ciberseguridad que permitan evitar que la corrupción, el fraude financiero, el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo tomen las riendas de un Estado, y afrontar los desafíos que plantean el ciberterrorismo y las criptomonedas u otros métodos de pago alternativos;
67. Observa que los ciberataques como el de NotPetya se propagan rápidamente y causan daños indiscriminados, a menos que se extienda la resiliencia a escala mundial; cree que la formación y la educación en ciberdefensa deben formar parte de la acción exterior de la Unión y que el refuerzo de la ciberresiliencia en terceros países contribuye a la paz y la seguridad internacionales, y aumenta en última instancia la seguridad de los ciudadanos europeos;
Refuerzo institucional
68. Pide a los Estados miembros que instauren una cooperación más ambiciosa en relación con el ciberespacio en el marco de la CEP; sugiere a los Estados miembros la puesta en marcha de un nuevo programa de cibercooperación en la CEP, en aras de la rapidez y eficacia de la planificación, el mando y el control de las operaciones y misiones presentes y futuras de la Unión; observa que ello debería propiciar una mejor coordinación de las capacidades operativas en el ciberespacio y llevar a la creación de un mando común de ciberdefensa cuando así lo decida el Consejo Europeo;
69. Reitera su llamamiento a los Estados miembros y a la AR/VP para que presenten un libro blanco de la Unión sobre seguridad y defensa; pide a los Estados miembros y a la AR/VP que conviertan la ciberdefensa y la ciberdisuasión en la piedra angular de dicho libro blanco, que comprenda la protección del ciberespacio en las operaciones recogidas en el artículo 43 del TUE, y la defensa común, consagrada en el artículo 42, apartado 7, del TUE;
70. Señala que el nuevo programa de cibercooperación de la CEP debe estar dirigido por personal militar y civil de alto rango de cada uno de los Estados miembros, con carácter rotatorio, y debe responder ante los ministros de Defensa de la Unión, en el formato de la CEP, y ante la AR/VP, con el fin de promover los principios de confianza entre los Estados miembros y las instituciones y organismos de la Unión al intercambiar información e inteligencia;
71. Reitera su llamamiento en pos de la creación de un Consejo de Defensa de la Unión, basado en la actual Junta Directiva ministerial de la AED y el formato de la CEP de los ministros de Defensa de la Unión, con el fin de garantizar la priorización y la operacionalización de los recursos, así como una cooperación e integración eficaces entre los Estados miembros;
72. Recuerda la necesidad de garantizar el mantenimiento del Fondo Europeo de Defensa en el MFP, o incluso su refuerzo, con un presupuesto suficiente para ciberdefensa;
73. Reclama un aumento de los recursos para modernizar e integrar la ciberseguridad y la divulgación de información entre el SEAE/Centro de Análisis de Inteligencia de la Unión (INTCEN), el Consejo y la Comisión;
Asociaciones público-privadas
74. Reconoce que las empresas privadas desempeñan un papel fundamental a la hora de prevenir, detectar, contener y combatir los incidentes de ciberseguridad, no solo como proveedores de tecnología, sino también con la prestación de servicios no informáticos;
75. Reconoce el papel del sector privado a la hora de prevenir, detectar, contener y combatir los incidentes de ciberseguridad, junto con su función de estímulo de la innovación en ciberdefensa, por lo que reclama una mayor cooperación con el sector privado para garantizar visiones compartidas de los requisitos de la Unión y de la OTAN y ayuda para encontrar soluciones comunes;
76. Pide a la Unión que lleve a cabo una revisión exhaustiva de los programas, los equipos y las infraestructuras informáticas y de comunicaciones que se utilizan en las instituciones, a fin de excluir programas y dispositivos potencialmente peligrosos y prohibir aquellos que hayan sido confirmados como malintencionados, como los de Kaspersky Lab;
o o o
77. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo Europeo, al Consejo, a la Comisión, a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a las agencias de la Unión competentes en los ámbitos de ciberseguridad y defensa y al secretario general de la OTAN, así como a los Parlamentos nacionales de los Estados miembros.