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Procedimiento : 2018/2118(INI)
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Ciclo relativo al documento : A8-0450/2018

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A8-0450/2018

Debates :

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PV 15/01/2019 - 8.4

Textos aprobados :

P8_TA(2019)0004

Textos aprobados
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Martes 15 de enero de 2019 - Estrasburgo
Acuerdo Global UE-Kirguistán
P8_TA(2019)0004A8-0450/2018

Recomendación del Parlamento Europeo, de 15 de enero de 2019, sobre la Recomendación del Parlamento Europeo al Consejo, a la Comisión y a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad sobre el Acuerdo Global entre la UE y la República Kirguisa (2018/2118(INI))

El Parlamento Europeo,

—  Visto el proyecto de Decisión (UE) 2017/... del Consejo, de 9 de octubre de 2017, por la que se autoriza a la Comisión Europea y a la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad a entablar negociaciones y negociar, en nombre de la Unión Europea, las disposiciones que son competencia de la Unión de un Acuerdo Global entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Kirguistán, por otra (11436/1/17 REV 1),

—  Vista la Decisión de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 9 de octubre de 2017, por la que se autoriza a la Comisión Europea a entablar negociaciones y negociar, en nombre de los Estados miembros, las disposiciones que son competencia de los Estados miembros de un Acuerdo Global entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Kirguistán, por otra (11438/1/17 REV 1),

—  Vistas las bases jurídicas propuestas para el nuevo Acuerdo Global, a saber, el artículo 37 del Tratado de la Unión Europea y los artículos 91, 100, apartado 2, 207 y 209 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),

—  Visto el Acuerdo de Colaboración y Cooperación (ACC) existente entre la Unión Europea y Kirguistán, que está en vigor desde 1999,

—  Vistas sus Resoluciones, de 15 de diciembre de 2011, sobre los progresos alcanzados en la aplicación de la Estrategia de la UE para Asia Central(1), y de 13 de abril de 2016, sobre la aplicación y revisión de la Estrategia de la UE para Asia Central(2),

—  Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Kirguistán, incluidas las de 15 de enero de 2015(3), de 8 de julio de 2010(4) y de 6 de mayo de 2010(5),

—  Vista la declaración de la VP/AR sobre las elecciones presidenciales en la República Kirguisa de 16 de octubre de 2017,

—  Vistas las conclusiones del Parlamento Europeo, de la misión internacional de observación de elecciones (IEOM) y de la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE-OIDDH), sobre las elecciones presidenciales,

—  Vista la declaración, de 3 de mayo de 2018, adoptada por la 13.ª Comisión Parlamentaria de Cooperación UE-Kirguistán,

—  Vista la Decisión de la Unión Europea, de 2 de febrero de 2016, de conceder el estatuto SPG + a la República Kirguisa,

—  Vista su Posición, de 22 de octubre de 2013, respecto de la Posición del Consejo en primera lectura con vistas a la adopción de la Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se concede una ayuda macrofinanciera a la República Kirguisa(6),

–  Visto el artículo 113 de su Reglamento interno,

–  Visto el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores (A8-0450/2018),

A.  Considerando que, en diciembre de 2017, la Unión y Kirguistán iniciaron las negociaciones de un acuerdo global para sustituir al actual Acuerdo de Colaboración y Cooperación (ACC) entre la UE y Kirguistán, con objeto de mejorar e intensificar la cooperación en ámbitos de interés común, sobre la base de los valores compartidos de la democracia, el Estado de Derecho y la buena gobernanza, dentro de un nuevo marco jurídico;

B.  Considerando que el acuerdo global requerirá la aprobación del Parlamento para entrar en vigor;

1.  Recomienda al Consejo, a la Comisión y a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad:

  

Principios generales

   a) que negocien y celebren un acuerdo entre la Unión y Kirguistán ambicioso, exhaustivo y equilibrado que sustituya al ACC de 1999 y que conforme la base de relaciones sólidas y duraderas y de un desarrollo estable, seguro y sostenible de ambas partes;
   b) que identifiquen las perspectivas estratégicas a corto y largo plazo en el acuerdo global y que establezcan una serie de objetivos bien definidos y estructurados para la cooperación con Kirguistán; que realicen más esfuerzos y profundicen la relación a fin de aumentar la visibilidad y la eficacia de la Unión en el país y en la región;
   c) que favorezcan la economía de mercado aportando beneficios sociales y económicos tangibles para los ciudadanos de ambas partes; que apoyen las normas sobre competencia y la seguridad jurídica mediante, entre otras cosas, el refuerzo de las instituciones independientes y transparentes;
   d) que garanticen un compromiso firme por ambas partes en favor del respeto y la promoción de los principios democráticos, los derechos humanos y el Estado de Derecho desde el pleno cumplimiento de los criterios requeridos para el estatuto SPG + otorgado a la República Kirguisa, incluida la ratificación de las convenciones internacionales correspondientes y la aplicación efectiva de las conclusiones y recomendaciones de los órganos de supervisión pertinentes establecidos en virtud de estas convenciones; que faciliten y lleven a cabo un diálogo regular y orientado a los resultados sobre cuestiones de derechos humanos que interesen a ambas partes y que debería incluir a las autoridades y a la sociedad civil, con el objetivo de reforzar el marco institucional y las políticas públicas; que destaquen la pertenencia constructiva de Kirguistán al Consejo de Derechos Humanos de la ONU durante el periodo 2016-2018 y que alienten una mayor participación internacional de su parte;
   e) que contribuyan al refuerzo del multilateralismo y la cooperación internacional y desarrollen enfoques comunes de cooperación con los socios de Kirguistán con el fin de promover la seguridad internacional y de hacer frente eficazmente a los desafíos mundiales tales como el terrorismo, el cambio climático, las migraciones y la delincuencia organizada y contribuir a la aplicación de la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible y a la nueva la estrategia nacional de desarrollo 2018-2040; y, más generalmente, que contribuyan a la estabilización y el crecimiento de Asia central;
  

Diálogo político y cooperación regional

   f) que intensifiquen el diálogo político y la cooperación sectorial; que prevean un diálogo regular y sustancial sobre todas las cuestiones relevantes, tomando como base los formatos existentes;
   g) que intensifiquen la cooperación en relación con la gestión de crisis, la prevención de conflictos, la lucha contra el terrorismo y la delincuencia organizada, la ciberdelincuencia, la prevención de la radicalización violenta y la delincuencia transfronteriza, así como con la gestión integrada de las fronteras, desde el pleno respeto de la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales y en consonancia con las modificaciones del Código Penal; y que garanticen que la Ley nacional n.º 150 sobre la lucha contra las actividades extremistas de 2005 es plenamente conforme con las normas internacionales;
   h) que mejoren las disposiciones aplicables al comercio y las relaciones económicas, mejorando el clima de inversión y contribuyendo a la diversificación de la economía kirguisa, beneficiando a ambas partes y fortaleciendo la seguridad jurídica y la transparencia reglamentaria; que apoyen la buena gobernanza, el funcionamiento del poder judicial y la reducción de la burocracia, así como el uso de todas las medidas disponibles para promover un desarrollo económico sostenible en aras de la consolidación y el desarrollo del sistema comercial multilateral basado en normas; que contribuyan a respaldar el establecimiento y el desarrollo de pequeñas y medianas empresas; que mejoren aún más las relaciones económicas y comerciales entre la Unión y Kirguistán en lo que respecta al estatuto SPG + y que insten a Kirguistán a que aplique los compromisos internacionales derivados de dicho estatuto, con el fin de fomentar el desarrollo económico del país;
   i) que mejoren la cooperación en la lucha contra la corrupción, el blanqueo de dinero y la evasión fiscal; que incluyan secciones específicas que describan medidas y compromisos claros y firmes para luchar contra todas las formas de corrupción y que apliquen las normas internacionales y los convenios multilaterales contra la corrupción; que incluyan disposiciones sobre buena gobernanza fiscal y normas de transparencia que reafirmen el compromiso de las partes de aplicar normas internacionales en la lucha contra la elusión y la evasión fiscales;
   j) que contribuyan a desarrollar la pertenencia de Kirguistán a la Organización Mundial del Comercio a través de reformas adecuadas de las inversiones extranjeras, las autoridades aduaneras y el acceso a los mercados internacionales;
   k) que mejoren la coordinación entre las posiciones de la Unión y de Kirguistán en los foros internacionales;
   l) que refuercen el diálogo interparlamentario entre Kirguistán y el Parlamento Europeo;
   m) que aseguren que el acuerdo haga especial hincapié en el cambio climático, la gestión del agua, así como en la preparación y prevención de los riesgos de desastres debidos al gran peligro de catástrofes naturales, incluidos los terremotos; que presten apoyo a Kirguistán en sus esfuerzos por proteger el medio ambiente y sus decididos esfuerzos encaminados a lograr el desarrollo sostenible;
  

Disposiciones institucionales

   n) que garanticen la transmisión al Parlamento Europeo de las directrices de negociación, dentro del respeto de las normas de confidencialidad, para que el Parlamento pueda llevar un control adecuado del proceso de negociación, y que cumplan coherentemente las obligaciones interinstitucionales derivadas del artículo 218, apartado 10, del TFUE, según el cual se deberá informar al Parlamento plena e inmediatamente en todas las etapas del procedimiento;
   o) que compartan todos los documentos relacionados con las negociaciones, como las actas y los proyectos de textos negociados, e informen periódicamente al Parlamento;
   p) que velen por que se respete a todos los niveles la práctica habitual de no aplicar de forma provisional el nuevo Acuerdo hasta que el Parlamento no haya concedido su aprobación;
   q) que refuercen y amplíen la cooperación existente consagrada en el actual ACC, en el que ya se establecieron los siguientes órganos de cooperación y diálogo:
   el Consejo de Cooperación a nivel ministerial;
   el Comité de Cooperación a nivel de altos funcionarios, y los Subcomités de Comercio e Inversión y de Cooperación al Desarrollo;
   la Comisión Parlamentaria de Cooperación (CPC);
   r) que refuercen el control interparlamentario dentro de una CPC reforzada en el nuevo Acuerdo, concretamente en los ámbitos de la democracia, el Estado de Derecho y la lucha contra la corrupción;
   s) que garanticen la participación de la sociedad civil tanto durante las negociaciones como en la fase de ejecución del Acuerdo;
   t) que garanticen la inclusión de condiciones sobre la posible suspensión de la cooperación en caso de vulneración de elementos esenciales por cualquiera de las partes, previendo la consulta del Parlamento en tales casos;
   u) que asignen recursos adecuados tanto a escala de la Unión como de los Estados miembros para la aplicación del acuerdo global, de manera que se garantice la consecución de todos los objetivos ambiciosos establecidos durante las negociaciones;
  

Preocupaciones e intereses comunes relativos a los ámbitos de cooperación contemplados en el Acuerdo

   v) que tengan en cuenta el papel de Kirguistán como una de las pocas democracias nacientes de la región, por lo que requiere el apoyo político, diplomático, financiero y técnico de la Unión a largo plazo;
   w) que prosigan los esfuerzos en favor de la consolidación de una democracia parlamentaria operativa con un auténtico sistema pluripartidista y contrapoderes constitucionales, y que garanticen el escrutinio del Parlamento del poder ejecutivo, como uno de los países piloto en recibir el apoyo de la Unión a la democracia; que expongan la inquietud del Parlamento en relación con las enmiendas constitucionales de 2016, en particular un aumento considerable de los poderes del primer ministro, la supremacía de los fallos por parte de los tribunales nacionales sobre los tratados internacionales sobre derechos humanos y la pérdida de independencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo; que fomenten la participación de las ONG en el desarrollo y la reforma de la legislación y las políticas del país, en particular con respecto a los instrumentos o mecanismos que afecten directamente a la acción de las organizaciones de la sociedad civil;
   x) que reafirmen la importancia de trabajar de manera sistemática en favor de los valores de la democracia y los derechos humanos, incluida la libertad de expresión, de asociación y de reunión, y la independencia del poder judicial;
   y) que fomenten un entorno favorable para los periodistas y los medios de comunicación independientes; que aseguren que Kirguistán permita la entrada de periodistas y trabajadores de derechos humanos extranjeros vetados en el país y la continuación de su labor sin interferencias indebidas;
   z) que reconozcan los progresos realizados en relación con el desarrollo pacífico y una mayor transparencia de las elecciones parlamentarias y presidenciales, y que insten a que se apliquen de manera continuada las recomendaciones formuladas por las misiones internacionales de observación electoral;
   aa) que insten a Kirguistán a contrarrestar toda tendencia autoritaria negativa, como la instrumentalización política de la administración de la justicia, las penas injustas dictadas por tribunales, los juicios injustos y no transparentes, la interferencia en la libertad de los medios de comunicación, la impunidad de los agentes con funciones coercitivas y los presuntos malos tratos y torturas de los detenidos, las extradiciones a países en los que las personas corran peligro de tortura o maltrato, así como la discriminación de las minorías y las limitaciones de la libertad de reunión y de expresión, y que insten a Kirguistán a investigar en profundidad todas las alegaciones de falsificación de pruebas, extorsión, tortura y malos tratos; que manifiesten su preocupación por el hecho de que los líderes políticos, así como los posibles candidatos presidenciales han sido encarcelados por presunta corrupción;
   ab) que expresen insatisfacción, en este contexto, por la ratificación de la sentencia a cadena perpetua impuesta al activista de derechos humanos Azimjon Askarov, que documentó la violencia interétnica en 2010 y que soliciten su liberación inmediata, la anulación de la condena y le ofrezcan rehabilitación y reparación;
   ac) que recuerden que la corrupción socava los derechos humanos, la igualdad, el comercio y la competencia leal, además de que ahuyenta la inversión extranjera, impidiéndose con ello el crecimiento económico, a la vez que disminuye también la confianza de los ciudadanos en las instituciones estatales;
   ad) que fomenten un compromiso sólido a favor del progreso social, la buena gobernanza y las buenas relaciones interétnicas e interreligiosas, la enseñanza y la educación como medios para consolidar las bases de la estabilidad y la seguridad; que sigan apoyando las medidas de consolidación de la paz y seguridad, y que redoblen esfuerzos en favor de la plena integración de las minorías, tras los enfrentamientos por motivos étnicos ocurridos en Kirguistán en 2010, con el fin de evitar conflictos en el futuro;
   ae) que contribuyan a superar problemas socioeconómicos y obstáculos del tipo al que hace referencia la Recomendación 202 de la OIT; en este contexto, que presten especial atención a los jóvenes mediante la promoción de intercambios académicos, juveniles y culturales; que presten especial atención al desarrollo regional, haciendo especial hincapié en las desigualdades entre norte y sur;
   af) que apoyen, promuevan y faciliten una mayor cooperación regional en Asia Central, que es una de las regiones menos integradas del mundo, en consonancia con la positiva dinámica actual, entre otras cosas, para aumentar la estabilidad y el desarrollo de toda la región; que reconozcan la participación del país en programas de la Unión orientados en este sentido, así como la aplicación de la Estrategia de la UE para Asia Central, en ámbitos de la energía, la gestión del agua y retos medioambientales, así como en diálogos políticos regulares y sobre derechos humanos con la Unión;
   ag) que reafirmen que la adhesión de Kirguistán a la Unión Económica Euroasiática (UEE) no afectará a la consolidación de sus relaciones con la Unión, como lo demuestra la ratificación reciente del ACC reforzado entre la Unión y Kazajstán;
   ah) que tengan en cuenta el desarrollo de las relaciones de Kirguistán con China y Rusia; que alienten a Kirguistán a diversificar su economía con vistas a reducir su gran dependencia política de estos dos agentes externos; que tengan en cuenta el desarrollo de esas relaciones en el contexto de la aplicación de la estrategia china «Un cinturón, una ruta» (OBOR); que garanticen la mejora significativa de la lucha contra la propaganda difundida por los medios de comunicación rusos en el país;
   ai) que contribuyan a seguir mitigando las recientes tensiones diplomáticas y económicas en la región, también entre Kazajistán y Kirguistán;
   aj) que apoyen la mejora en curso de las relaciones diplomáticas con Uzbekistán, así como un diálogo constructivo sobre la gestión de los escasos recursos hídricos de la región;
   ak) que reconozcan las inquietudes de Kirguistán en materia de seguridad en relación con el deterioro de la situación de la seguridad en Afganistán y la respuesta al aumento de la radicalización en la región de Asia Central; que presten asistencia para el retorno desde el extranjero de los combatientes islamistas y de sus familiares; que refuercen la cooperación regional con los países de Asia Central, en relación con la lucha contra los movimientos y la delincuencia transnacional de los yihadistas que se base en la aplicación de unas medidas de control fronterizo jurídico, institucional y práctico en materia de lucha contra el terrorismo y la adopción de medidas preventivas contra la creciente radicalización religiosa violenta;

2.  Encarga a su presidente que transmita la presente Recomendación al Consejo, a la Comisión, a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, y al presidente, al Gobierno y al Parlamento de la República Kirguisa.

(1) DO C 168 E de 14.6.2013, p. 91.
(2) DO C 58 de 15.2.2018, p. 119.
(3) DO C 300 de 18.2.2016, p. 10.
(4) DO C 351 E de 2.12.2011, p. 92.
(5) DO C 81 E de 15.3.2011, p. 80.
(6) DO C 208 de 10.6.2016, p. 177.

Última actualización: 13 de diciembre de 2019Aviso jurídico - Política de privacidad