Decisión de no formular objeciones a un acto delegado: la exención del Banco de Inglaterra y de la Oficina de Gestión de la Deuda del Reino Unido del ámbito de aplicación del Reglamento (UE) n.º 596/2014
Decisión del Parlamento Europeo de no formular objeciones al Reglamento Delegado de la Comisión, de 30 de enero de 2019, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2016/522 en lo que respecta a la exención del Banco de Inglaterra y de la Oficina de Gestión de la Deuda del Reino Unido del ámbito de aplicación del Reglamento (UE) n.º 596/2014 (C(2019)00792 – 2019/2550(DEA))
El Parlamento Europeo,
– Visto el Reglamento Delegado de la Comisión (C(2019)00792),
– Vista la carta de la Comisión, de 30 de enero de 2019, por la que le solicita que declare que no formulará objeciones al Reglamento Delegado,
– Vista la carta de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios al presidente de la Conferencia de Presidentes de Comisión, de 21 de febrero de 2019,
– Visto el artículo 290 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el Reglamento (UE) n.º 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado (Reglamento sobre abuso de mercado) y por el que se derogan la Directiva 2003/6/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, y las Directivas 2003/124/CE, 2003/125/CE y 2004/72/CE de la Comisión(1), y en particular su artículo 35, apartado 5,
– Vista la recomendación de Decisión de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios,
– Visto el artículo 105, apartado 6, de su Reglamento interno,
A. Considerando que el acto delegado contiene modificaciones importantes para garantizar que el Banco de Inglaterra y la Oficina de Gestión de la Deuda del Reino Unido sigan beneficiándose de la exención de conformidad con el artículo 6, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 596/2014 tras un cambio de estatuto del Reino Unido al de un país tercero;
B. Considerando que el Parlamento reconoce la importancia que tiene la rápida adopción de este acto a fin de garantizar que la Unión Europea esté preparada para el supuesto de la retirada del Reino Unido de la Unión sin un acuerdo de retirada;
1. Declara que no formulará objeciones al Reglamento Delegado;
2. Encarga a su presidente que transmita la presente Decisión al Consejo y a la Comisión.