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 Texto íntegro 
Procedimiento : 2016/0139(COD)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A8-0261/2016

Textos presentados :

A8-0261/2016

Debates :

PV 27/03/2019 - 21
CRE 27/03/2019 - 21

Votaciones :

PV 28/03/2019 - 8.1
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P8_TA(2019)0319

Textos aprobados
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Jueves 28 de marzo de 2019 - Estrasburgo
Lista de terceros países cuyos nacionales están sometidos a la obligación de visado para cruzar las fronteras exteriores y lista de terceros países cuyos nacionales están exentos de esa obligación (Kosovo) ***I
P8_TA(2019)0319A8-0261/2016

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 28 de marzo de 2019, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (CE) n.º 539/2001 del Consejo por el que se establecen la lista de terceros países cuyos nacionales están sometidos a la obligación de visado para cruzar las fronteras exteriores y la lista de terceros países cuyos nacionales están exentos de esa obligación (Kosovo(1)) (COM(2016)0277 – C8-0177/2016 – 2016/0139(COD))

(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)

El Parlamento Europeo,

–  Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2016)0277),

–  Vistos el artículo 294, apartado 2, y el artículo 77, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C8-0177/2016),

–  Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el artículo 59 de su Reglamento interno,

–  Visto el informe de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior y la opinión de la Comisión de Asuntos Exteriores (A8-0261/2016),

1.  Aprueba su Posición en primera lectura aceptando la propuesta de la Comisión;

2.  Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si sustituye su propuesta, la modifica o se propone modificarla sustancialmente;

3.  Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

(1)* Esta denominación se entenderá sin perjuicio de las posiciones sobre su estatuto, y está en consonancia con la Resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y con la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia sobre la declaración de independencia de Kosovo.

Última actualización: 20 de abril de 2020Aviso jurídico - Política de privacidad