Número de delegaciones interparlamentarias, de delegaciones en las comisiones parlamentarias mixtas y de delegaciones en comisiones parlamentarias de cooperación y asambleas parlamentarias multilaterales
Decisión del Parlamento Europeo, de 17 de abril de 2019, sobre el número de delegaciones interparlamentarias, de delegaciones en las comisiones parlamentarias mixtas y de delegaciones en las comisiones parlamentarias de cooperación y en las asambleas parlamentarias multilaterales (2019/2698(RSO))
El Parlamento Europeo,
– Vista la propuesta de la Conferencia de Presidentes,
– Vistos los acuerdos de asociación, cooperación y de otro tipo celebrados por la Unión Europea con terceros países,
– Vistos los artículos 212 y 214 de su Reglamento interno,
A. Deseoso de contribuir mediante un diálogo interparlamentario sostenido al refuerzo de la democracia parlamentaria;
1. Decide que el número de delegaciones interparlamentarias y sus agrupaciones por regiones será el siguiente:
a)
Europa, Balcanes Occidentales y Turquía
Delegaciones en:
–
la Comisión Parlamentaria Mixta UE‑Macedonia del Norte
–
la Comisión Parlamentaria Mixta UE‑Turquía
Delegación para la Cooperación Septentrional y para las Relaciones con Suiza y Noruega, en la Comisión Parlamentaria Mixta UE‑Islandia y en la Comisión Parlamentaria Mixta del Espacio Económico Europeo (EEE)
Delegación en la Comisión Parlamentaria de Estabilización y Asociación UE‑Serbia
Delegación en la Comisión Parlamentaria de Estabilización y Asociación UE‑Albania
Delegación en la Comisión Parlamentaria de Estabilización y Asociación UE‑Montenegro
Delegación para las Relaciones con Bosnia y Herzegovina y Kosovo
b)
Rusia y Estados de la Asociación Oriental
Delegación en la Comisión Parlamentaria de Cooperación UE‑Rusia
Delegación en la Comisión Parlamentaria de Asociación UE‑Ucrania
Delegación en la Comisión Parlamentaria de Asociación UE‑Moldavia
Delegación para las Relaciones con Bielorrusia
Delegación en la Comisión Parlamentaria de Asociación UE‑Armenia, en la Comisión Parlamentaria de Cooperación UE‑Azerbaiyán y en la Comisión Parlamentaria de Asociación UE‑Georgia
c)
Magreb, Mashreq, Israel y Palestina
Delegaciones para las Relaciones con:
–
Israel
–
Palestina
–
los Países del Magreb y la Unión del Magreb Árabe, incluidas la Comisión Parlamentaria Mixta UE‑Marruecos, la Comisión Parlamentaria Mixta UE‑Túnez y la Comisión Parlamentaria Mixta UE‑Argelia
–
los Países del Mashreq
d)
La Península Arábiga, Irak e Irán
Delegaciones para las Relaciones con:
–
la Península Arábiga
–
Irak
–
Irán
e)
América
Delegaciones para las Relaciones con:
–
los Estados Unidos
–
Canadá
–
la República Federativa de Brasil
–
los Países de la América Central
–
los Países de la Comunidad Andina
–
Mercosur
Delegación en la Comisión Parlamentaria Mixta UE‑México
Delegación en la Comisión Parlamentaria Mixta UE‑Chile
Delegación en la Comisión Parlamentaria Cariforum‑UE
f)
Asia/Pacífico
Delegaciones para las Relaciones con:
–
Japón
–
la República Popular China
–
la India
–
Afganistán
–
los Países del Asia Meridional
–
Delegación para las Relaciones con los Países del Sudeste Asiático y la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (ASEAN)
–
la Península de Corea
–
Australia y Nueva Zelanda
Delegación en las Comisiones Parlamentarias de Cooperación UE‑Kazajistán, UE‑Kirguistán, UE‑Uzbekistán y UE‑Tayikistán, y para las Relaciones con Turkmenistán y Mongolia
g)
África
Delegaciones para las Relaciones con:
–
Sudáfrica
–
el Parlamento Panafricano
h)
Asambleas multilaterales
Delegación en la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP‑UE
Delegación en la Asamblea Parlamentaria de la Unión por el Mediterráneo
Delegación en la Asamblea Parlamentaria Euro‑Latinoamericana
Delegación en la Asamblea Parlamentaria Euronest
Delegación para las Relaciones con la Asamblea Parlamentaria de la OTAN;
2. Decide que los miembros de las comisiones parlamentarias creadas sobre la base de los Acuerdos de Asociación Económica (AAE) procederán exclusivamente de la Comisión de Comercio Internacional y de la Comisión de Desarrollo —garantizando que se mantenga el papel preponderante de la Comisión de Comercio Internacional como comisión competente para el fondo— y que coordinarán su labor activamente con la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP‑UE;
3. Decide que los miembros de la Asamblea Parlamentaria de la Unión por el Mediterráneo, la Asamblea Parlamentaria Euro‑Latinoamericana y la Asamblea Parlamentaria Euronest procederán exclusivamente de las delegaciones bilaterales o subregionales correspondientes a cada asamblea;
4. Decide que los miembros de la Delegación para las Relaciones con la Asamblea Parlamentaria de la OTAN procederán exclusivamente de la Subcomisión de Seguridad y Defensa;
5. Decide que la Conferencia de Presidentes de Delegación elabore, previa consulta a la Comisión de Asuntos Exteriores, la Comisión de Desarrollo y la Comisión de Comercio Internacional, un proyecto de calendario semestral de actividades, cuya preparación debería estar estrechamente ligada a la del calendario semestral de delegaciones de comisiones parlamentarias de la Conferencia de Presidentes de Comisión, así como tener en cuenta el programa de trabajo anual del Grupo de Apoyo a la Democracia y Coordinación Electoral, con el fin de velar por un enfoque coherente, y que este proyecto conjunto de calendario semestral de actividades se someterá a continuación a la aprobación de la Conferencia de Presidentes, la cual podrá modificarlo en caso de que se produzcan acontecimientos políticos importantes y al objeto de garantizar la coherencia en la acción exterior del Parlamento;
6. Recuerda que únicamente las delegaciones oficiales, debidamente autorizadas por la Conferencia de Presidentes, están autorizadas a llevar a cabo actividades en nombre del Parlamento Europeo y representar la posición de este;
7. Decide que los grupos políticos y los diputados no inscritos designarán miembros suplentes permanentes para cada tipo de delegación y que el número de estos suplentes no podrá ser superior al de los miembros titulares que representan a los correspondientes grupos o diputados no inscritos;
8. Decide que los miembros titulares de las delegaciones interparlamentarias permanentes estarán autorizados a participar en las reuniones interparlamentarias que se celebren fuera de los lugares de trabajo del Parlamento, así como que, si un miembro titular se viera imposibilitado para participar en el viaje, podrá ser sustituido por un miembro suplente permanente o, si a este no le resultara posible, por un miembro de la asamblea interparlamentaria que corresponda a la delegación designado por el grupo político al que pertenezca el miembro titular o, si a ningún miembro de dicha asamblea interparlamentaria le resultara tampoco posible, podría autorizarse la participación de un miembro de la Comisión de Asuntos Exteriores, la Comisión de Desarrollo o la Comisión de Comercio Internacional;
9. Considera que previamente a una reunión interparlamentaria con interlocutores (en comisiones parlamentarias de estabilización y asociación, comisiones parlamentarias mixtas, comisiones parlamentarias de asociación, comisiones parlamentarias de cooperación, reuniones interparlamentarias, etc.) o a todo envío de una delegación debería tener lugar una estrecha concertación con las comisiones correspondientes en lo que respecta a las posibles cuestiones políticas o en materia de control legislativo que la delegación debería tratar en las reuniones con los interlocutores del país en cuestión;
10. Hará esfuerzos para que, en la práctica, uno o más ponentes o presidentes de comisiones puedan asimismo participar en los trabajos de las delegaciones, las comisiones interparlamentarias mixtas, las comisiones parlamentarias de cooperación y las asambleas parlamentarias multilaterales, y decide que el presidente del Parlamento Europeo, previa solicitud conjunta de los presidentes de la delegación y de la comisión interesadas, autorice dichas misiones;
11. Decide que la presente decisión entrará en vigor el primer día del primer periodo parcial de sesiones de la novena legislatura;
12. Encarga a su presidente que transmita la presente Decisión al Consejo, a la Comisión y al Servicio Europeo de Acción Exterior.