Resolución del Parlamento Europeo, de 18 de septiembre de 2019, sobre la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 1/2019 de la Unión Europea para el ejercicio 2019; consignación del excedente del ejercicio financiero 2018 (11730/2019 – C9-0115/2019 – 2019/2021(BUD))
El Parlamento Europeo,
– Visto el artículo 314 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el artículo 106 bis del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,
– Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1304/2013, (UE) n.º 1309/2013, (UE) n.º 1316/2013, (UE) n.º 223/2014 y (UE) n.º 283/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012(1), y en particular su artículo 18, apartado 3, y su artículo 44,
– Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2019, adoptado definitivamente el 12 de diciembre de 2018(2),
– Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020(3),
– Visto el Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera(4),
– Vista la Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea(5),
– Visto el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 1/2019, adoptado por la Comisión el 15 de abril de 2019 (COM(2019)0300),
– Vista la Posición sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 1/2019, adoptada por el Consejo el 3 de septiembre de 2019 y transmitida al Parlamento Europeo ese mismo día (11730/2019 – C9‑0115/2019),
– Vistos los artículos 94 y 96 de su Reglamento interno,
– Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A9-0005/2019),
A. Considerando que el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 1/2019 tiene por objeto consignar en el presupuesto para el ejercicio 2019 el excedente del ejercicio 2018, que asciende a 1 802 millones de euros;
B. Considerando que los componentes principales de este excedente son un resultado positivo en los ingresos de 1 274,6 millones de euros y una infrautilización del presupuesto para gastos de 527,8 millones de euros;
C. Considerando que, en el lado de los ingresos, la mayor diferencia procede de los intereses de demora y las multas (1 312,6 millones de euros), y que el resultado de la ejecución presupuestaria está compuesto por multas en asuntos de competencia en intereses de demora, otras multas e intereses relacionados con multas y multas coercitivas;
D. Considerando que, en el lado de los gastos, la infraejecución en los pagos de la Comisión asciende a 322,2 millones de euros para 2018 (de los cuales 120 millones corresponden a la Reserva para Ayudas de Emergencia) y a 68 millones de euros para las prórrogas de 2017, y que la infraejecución por parte de las demás instituciones asciende a 75,9 millones de euros para 2018 y a 61,6 millones de euros para las prórrogas de 2017;
1. Toma nota del proyecto de presupuesto rectificativo n.º 1/2019 presentado por la Comisión, que se destina únicamente a la consignación presupuestaria del excedente de 2018, por un importe de 1 803 millones de euros, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento Financiero y la posición el Consejo al respecto;
2. Observa que, según la Comisión, las multas en asuntos de competencia en 2018 ascendieron a 1 149 millones de euros; reitera que, además de cualquier excedente derivado de la infraejecución, el presupuesto de la Unión debería ser autorizado a reutilizar los ingresos procedentes de multas o vinculados a retrasos en los pagos sin la correspondiente reducción de las contribuciones basadas en la RNB; recuerda su posición favorable a incrementar la reserva de la Unión propuesta en el próximo marco financiero plurianual por un importe equivalente a los ingresos procedentes de multas y multas coercitivas;
3. Aprueba la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 1/2019;
4. Encarga a su presidente que declare que el presupuesto rectificativo n.º 1/2019 ha quedado definitivamente adoptado y disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;
5. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a las demás instituciones y a los órganos interesados, así como a los Parlamentos nacionales.