Índice 
 Anterior 
 Siguiente 
 Texto íntegro 
Procedimiento : 2019/2022(BUD)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A9-0004/2019

Textos presentados :

A9-0004/2019

Debates :

Votaciones :

PV 18/09/2019 - 9.2
CRE 18/09/2019 - 9.2

Textos aprobados :

P9_TA(2019)0012

Textos aprobados
PDF 122kWORD 43k
Miércoles 18 de septiembre de 2019 - Estrasburgo
Proyecto de presupuesto rectificativo n.° 2/2019 - Refuerzo de programas clave para la competitividad de la UE: Horizonte 2020 y Erasmus+
P9_TA(2019)0012A9-0004/2019

Resolución del Parlamento Europeo, de 18 de septiembre de 2019, sobre la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 2/2019 de la Unión Europea para el ejercicio 2019 – Refuerzo de programas fundamentales para la competitividad de la UE: Horizonte 2020 y Erasmus + (11731/2019 – C9-0112/2019 – 2019/2022(BUD))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el artículo 314 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el artículo 106 bis del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,

–  Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1304/2013, (UE) n.º 1309/2013, (UE) n.º 1316/2013, (UE) n.º 223/2014 y (UE) n.º 283/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012(1), y en particular su artículo 18, apartado 3, y su artículo 44,

–  Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2019, adoptado definitivamente el 12 de diciembre de 2018(2),

–  Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020(3),

–  Visto el Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera(4),

–  Vista la Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea(5),

–  Visto el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 2/2019, adoptado por la Comisión el 15 de mayo de 2019 (COM(2019)0320),

–  Vista la Posición sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 2/2019, adoptada por el Consejo el 3 de septiembre de 2019 y transmitida al Parlamento Europeo ese mismo día (11731/2019 – C9‑0112/2019),

–  Vistos los artículos 94 y 96 de su Reglamento interno,

–  Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A9-0004/2019),

A.  Considerando que, por insistencia del Parlamento, el Parlamento Europeo y el Consejo acordaron, en el contexto del procedimiento presupuestario 2019, presupuestar 100 millones EUR para reforzar los programas Horizonte 2020 y Erasmus+ mediante un presupuesto rectificativo que se presentaría en 2019; que el Parlamento y el Consejo invitaron a la Comisión a presentar el presupuesto rectificativo, que no debía contener ningún otro elemento, tan pronto como se finalizara el ajuste técnico del marco financiero plurianual para 2020, incluido el cálculo del margen global para compromisos, en la primavera de 2019;

B.  Considerando que, en consecuencia, la Comisión ha propuesto modificar el presupuesto de 2019 para reflejar ese acuerdo;

C.  Considerando que la Comisión ha propuesto asignar un importe adicional de 80 millones EUR para reforzar Horizonte 2020 y un importe adicional de 20 millones EUR al presupuesto de Erasmus+; que en el acuerdo sobre el presupuesto de 2019 no se dio ninguna indicación concreta de la cuota de cada instrumento en el refuerzo global;

D.  Considerando que, en lo que respecta al refuerzo de Horizonte 2020, la Comisión ha propuesto asignar un importe adicional de 34,6 millones EUR a la partida presupuestaria 08 02 03 04 de Horizonte 2020 – Lograr un sistema europeo de transporte más eficaz en el uso de los recursos, que sea respetuoso con el medio ambiente y funcione con seguridad y sin fisuras, con el objetivo de reforzar las acciones de 2019 contra el cambio climático, en particular respecto a las baterías, los vehículos ecológicos y la ecologización de la aviación, así como un importe adicional de 45,4 millones EUR a la partida presupuestaria 08 02 01 02 de Horizonte 2020 – Fortalecimiento de la investigación sobre las tecnologías futuras y emergentes, para incrementar la cantidad destinada a los temas «Generación de energía de vanguardia con emisiones cero para una plena descarbonización» y «Tecnologías relacionadas con la energía y el cambio climático»;

E.  Considerando que la Comisión ha propuesto que se refuercen las actividades fundamentales de movilidad de Erasmus+, en particular en el ámbito de la enseñanza superior y de la educación y la formación profesionales, así como de los centros de excelencia en formación profesional; que también ha propuesto que parte de este refuerzo se destine a la iniciativa Universidades europeas, una acción reciente y fundamental desarrollada en el marco del Espacio Europeo de Educación de aquí a 2025 para impulsar la excelencia, la innovación y la inclusión en la enseñanza superior en Europa;

1.  Toma nota del proyecto de presupuesto rectificativo n.º 2/2019 presentado por la Comisión, que tiene por objeto destinar 100 millones EUR adicionales de créditos de compromiso a Horizonte 2020 y Erasmus+, con el fin de reflejar el acuerdo alcanzado entre el Parlamento Europeo y el Consejo en el marco de las negociaciones sobre el presupuesto de 2019; toma nota de que en esta fase no se propone ningún refuerzo de los créditos de pago;

2.  Señala que, dados los perfiles de los programas, aunque no sea necesario reforzar los créditos de pago para Horizonte 2020 para finales de 2019, el refuerzo de los créditos de compromiso para Erasmus+ tendrá que ir acompañado probablemente de un aumento de los créditos de pago este mismo año; pide a la Comisión que comunique a la Autoridad Presupuestaria de qué manera se propone cubrir este aumento de las necesidades de pago;

3.  Aprueba la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 2/2019;

4.  Encarga a su presidente que declare que el presupuesto rectificativo n.º 2/2019 ha quedado definitivamente adoptado y disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;

5.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a las demás instituciones y a los órganos interesados, así como a los Parlamentos nacionales.

(1) DO L 193 de 30.7.2018, p. 1.
(2) DO L 67 de 7.3.2019.
(3) DO L 347 de 20.12.2013, p. 884.
(4) DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.
(5) DO L 168 de 7.6.2014, p. 105.

Última actualización: 20 de enero de 2020Aviso jurídico - Política de privacidad