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Procedimiento : 2019/2810(RSP)
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Ciclo relativo al documento : B9-0108/2019

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B9-0108/2019

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PV 10/10/2019 - 8.10
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P9_TA(2019)0031

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Jueves 10 de octubre de 2019 - Bruselas
Injerencia extranjera y desinformación en los procesos electorales democráticos nacionales y europeos
P9_TA(2019)0031B9-0108/2019

Resolución del Parlamento Europeo, de 10 de octubre de 2019, sobre la injerencia electoral extranjera y la desinformación en los procesos democráticos nacionales y europeos (2019/2810(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Vistos el Tratado de la Unión Europea (TUE), el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en particular sus artículos 7, 8, 11, 12, 39, 40, 47 y 52, el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, en particular sus artículos 8, 9, 10, 11, 13, 16, 17, y el protocolo adicional al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, en particular su artículo 3,

–  Visto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 16 de diciembre de 1966, y, en particular, sus artículos 2, 17, 19, 20 y 25,

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 26 de abril de 2018, titulada «La lucha contra la desinformación en línea: un enfoque europeo» (COM(2018)0236),

–  Vistos el Plan de Acción conjunto de la Comisión y la VP/AR contra la Desinformación, de 5 de diciembre de 2018 (JOIN(2018)0036), y el informe conjunto de la Comisión y la VP/AR sobre la aplicación del Plan de acción contra la Desinformación, de 14 de junio de 2019 » (JOIN(2019)0012),

–  Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo de 18 de octubre de 2018,

–  Visto el estudio titulado «Automated tackling of disinformation» (lucha automatizada contra la desinformación) publicado por el Servicio de Estudios del Parlamento Europeo el 15 de marzo de 2019(1),

–  Vista su Resolución, de 12 de marzo de 2019, sobre las amenazas en materia de seguridad relacionadas con la creciente presencia tecnológica de China en la Unión y la posible acción a escala de la Unión para reducirlas(2),

–  Vista su Resolución, de 23 de noviembre de 2016, sobre la comunicación estratégica de la Unión para contrarrestar la propaganda de terceros en su contra(3),

–  Vista su Recomendación, de 13 de marzo de 2019, a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y al Consejo de hacer un balance del seguimiento realizado por el SEAE dos años después del informe del Parlamento Europeo sobre la comunicación estratégica de la Unión para contrarrestar la propaganda en su contra por parte de terceros(4),

–  Vista la Directiva 2002/58/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2002, relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas (Directiva sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas)(5), y su reforma en curso,

–  Vista la Resolución del Parlamento Europeo, de 25 de octubre de 2018, sobre la utilización de los datos de los usuarios de Facebook por parte de Cambridge Analytica y el impacto en la protección de los datos(6),

–  Vista su Resolución, de 12 de diciembre de 2018, sobre el Informe anual sobre la aplicación de la política común de seguridad y defensa(7),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 24 de julio de 2019, titulada «Decimonoveno Informe sobre la evolución hacia una Unión de la Seguridad genuina y efectiva» (COM(2019)0353),

–  Visto el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos)(8),

–  Vista la propuesta de la Comisión de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el programa Europa Digital para el período 2021-2027, de 6 de junio de 2018 (COM(2018)0434),

–  Visto el artículo 132, apartado 2, de su Reglamento interno,

A.  Considerando que los intentos por parte de agentes estatales y no estatales de terceros países de influir en la toma de decisiones en la Unión y sus Estados miembros, y de ejercer presión en los valores consagrados en el artículo 2 del TUE mediante interferencias maliciosas forman parte de una tendencia más amplia que experimentan las democracias de todo el mundo;

B.  Considerando que la injerencia extranjera puede adoptar una miríada de formas, entre ellas, campañas de desinformación en las redes sociales para configurar la opinión pública, ataques informáticos contra infraestructuras clave relacionadas con las elecciones y apoyo financiero directo e indirecto a agentes políticos;

C.  Considerando que la injerencia electoral extranjera constituye un reto importante pues plantea graves riesgos para las sociedades y las instituciones democráticas europeas, los derechos fundamentales y las libertades, el Estado de Derecho, la seguridad, el bienestar económico y, en última instancia, la soberanía europea;

D.  Considerando que los Estados que practican la injerencia han utilizado, también indebidamente, la interconexión mundial de las personas y las economías por medios digitales y las nuevas tecnologías; que los medios de comunicación, en especial las plataformas sociales, pueden aprovecharse fácilmente para difundir desinformación;

E.  Considerando que es necesario concienciar sobre las campañas de desinformación de Rusia, ya que constituyen la principal fuente de desinformación en Europa;

F.  Considerando que agentes estatales y no estatales de terceros países, además de Rusia, están implicados en interferencias maliciosas en debates públicos europeos;

G.  Considerando que un análisis preliminar de la Comisión en junio de 2019 ha demostrado que las medidas adoptadas para proteger la integridad de las elecciones europeas han contribuido a limitar la injerencia extranjera, estatal y no estatal, en las elecciones al Parlamento Europeo de mayo de 2019;

H.  Considerando que la Unión ha implantado con éxito una serie de medidas para mitigar la influencia extranjera y preservar la integridad de las elecciones al Parlamento Europeo de 2019, incluidos el Código de Buenas Prácticas en materia de Desinformación, un sistema de alerta rápida y una red de cooperación europea en materia de elecciones; que la Comisión ha anunciado su intención de adoptar nuevas medidas para responder a estas cuestiones;

I.  Considerando que la Unión depende en gran medida de tecnologías, programas informáticos e infraestructuras extranjeros, lo que aumenta su vulnerabilidad ante la injerencia electoral extranjera;

J.  Considerando que la magnitud de los actos de interferencia maliciosa requiere una respuesta europea coordinada que abarque varios ámbitos complementarios;

K.  Considerando que la responsabilidad de combatir la desinformación y la injerencia electoral extranjera no recae exclusivamente en las autoridades públicas, sino también en las empresas de internet y las redes sociales, que por tanto deben cooperar para alcanzar este objetivo sin socavar la libertad de expresión ni convertirse en organismos de censura privatizados;

L.  Considerando que varias investigaciones muestran que se han infringido o eludido normas electorales clave, en especial las disposiciones vigentes sobre la transparencia de la financiación de la campaña con acusaciones de gastos políticos de organizaciones sin ánimo de lucro procedentes de terceros países, en particular Rusia;

M.  Considerando que todos los incidentes conocidos de injerencia electoral extranjera presentan un patrón sistemático que se ha reproducido en los últimos años;

N.  Considerando que se celebrarán más de 50 elecciones presidenciales, nacionales, locales o regionales en los Estados miembros antes de finales de 2020;

1.  Subraya que la libertad de expresión y de opinión, la protección de la intimidad y de los datos personales, y el pluralismo de los medios de comunicación son básicos para la resiliencia de las sociedades democráticas, además de ofrecer las mejores garantías contra las campañas de desinformación y la propaganda hostil;

2.  Destaca que, pese al carácter polifacético de la injerencia y la desinformación hostiles procedentes del extranjero, la injerencia en las elecciones forma parte de una estrategia más amplia de guerra híbrida y, por consiguiente, darle respuesta sigue siendo una cuestión fundamental de seguridad y política exterior;

3.  Reitera que la injerencia electoral extranjera menoscaba el derecho de las personas a tener voz en el gobierno de su país, de manera directa o a través de representantes elegidos libremente, consagrado en la Declaración Universal de Derechos Humanos, y, cuando son otros países quienes la practican, constituye una violación del Derecho internacional —aunque no se haga uso de la fuerza militar—, una amenaza a la integridad territorial o a la independencia política;

4.  Considera que las elecciones justas y libres constituyen el núcleo del proceso democrático y, por tanto, insta a las instituciones de la Unión y a los Estados miembros a que tomen medidas decididas al respecto, también en el próximo proceso de reflexión sobre el futuro de la Unión;

5.  Expresa su profunda preocupación ante la continua revelación de pruebas de interferencias, a menudo con indicios de injerencia extranjera, en el periodo previo a las principales elecciones nacionales y europeas, injerencia que, en numerosas ocasiones, está destinada a favorecer a candidatos contrarios a la Unión, de extrema derecha y populistas, y pone en el punto de mira a minorías y grupos vulnerables específicos, en particular migrantes, personas LGBTI, grupos religiosos, personas de origen romaní y musulmanes o personas percibidas como musulmanas, con el objetivo más amplio de socavar el atractivo de las sociedades democráticas e igualitarias;

6.  Reconoce la preocupante tendencia de los grupos de extrema derecha en todo el mundo que utilizan la desinformación en plataformas de redes sociales a gran escala; manifiesta su preocupación por que esa desinformación haya podido contribuir al retroceso en materia de igualdad de género y derechos de las personas LGBTI;

7.  Reconoce que la gran mayoría de los Estados miembros ha prohibido, total o parcialmente, las donaciones extranjeras a los partidos políticos y los candidatos; recuerda con preocupación que, incluso cuando las leyes imponen restricciones a las fuentes de financiación política, los agentes extranjeros han encontrado maneras de eludirlas y han ofrecido apoyo a sus aliados suscribiendo préstamos con bancos extranjeros, como en el caso del Frente Nacional en 2016, celebrando acuerdos comerciales y de compra-venta, como en los casos denunciados por Der Spiegel y Süddeutsche Zeitung, el 17 de mayo de 2019, contra el Partido de la Libertad de Austria, y por Buzzfeed y L’Espresso, el 10 de julio de 2019, contra la Lega per Salvini Premier, así como facilitando actividades financieras, como publicó la prensa británica en relación con la campaña «Leave.eu»;

8.  Expresa su gran inquietud ante el carácter muy peligroso de la propaganda rusa en particular, y pide a la Comisión y al Consejo que pongan en marcha una estrategia eficaz y detallada para contrarrestar de manera inmediata y contundente las estrategias rusas de desinformación;

9.  Toma nota con preocupación de que el número de casos de desinformación atribuidos a fuentes rusas y documentados por el Grupo de Trabajo East StratCom desde enero de 2019 (998 casos) es más del doble que para el mismo periodo de 2018 (434 casos);

10.  Condena enérgicamente, asimismo, las acciones cada vez más agresivas de los agentes estatales y no estatales de terceros países que intentan debilitar o suspender las bases y los principios normativos de las democracias europeas, y la soberanía de todos los países de los Balcanes Occidentales candidatos a la adhesión a la Unión y los países de la Asociación Oriental, así como para influir en las elecciones y apoyar movimientos extremistas, teniendo en cuenta que la magnitud de los ataques cibernéticos crece constantemente;

11.  Reconoce los efectos positivos de las acciones voluntarias emprendidas por los proveedores de servicios y las plataformas para contrarrestar la desinformación, incluidas nuevas normas para aumentar la transparencia de la publicidad electoral en las redes sociales en el Código de Buenas Prácticas, y también de las medidas aplicadas por la Comisión y los Estados miembros en el último año, y les recuerda su responsabilidad conjunta en la lucha contra la desinformación;

12.  Recuerda su Resolución, de 25 de octubre de 2018, en la que, a raíz del escándalo de Cambridge Analytica, instaba a Facebook a que aplicara varias medidas para evitar el uso de la plataforma social para la injerencia electoral; señala que Facebook no ha respondido a la mayoría de llamamientos;

13.  Considera que la injerencia en las elecciones de un Estado miembro afecta a la Unión en su conjunto en la medida en que puede repercutir en la composición de sus instituciones; estima que estas amenazas no pueden abordarse únicamente por las autoridades nacionales trabajando por separado ni mediante una mera autorregulación del sector privado sino que requieren un enfoque multilateral y coordinado entre varios niveles; opina que debe desarrollarse un marco jurídico, tanto a escala de la Unión como internacional, para hacer frente a las amenazas híbridas, incluidos los ciberataques y la desinformación, a fin de permitir una respuesta firme por parte de la Unión;

14.  Reitera, no obstante, que es necesario desarrollar una política europea común firme para abordar de manera eficaz tanto las injerencias extranjeras y las campañas de desinformación a través de una comunicación sólida de la Unión con las plataformas y los proveedores de servicios en línea;

15.  Pide a los agentes implicados que prosigan sus esfuerzos para garantizar que el proceso democrático y las elecciones estén protegidos de la injerencia y la manipulación de agentes estatales y no estatales extranjeros; señala, en especial, la necesidad de mejorar la alfabetización mediática y la educación cívica a través de la cultura y la enseñanza escolar desde una edad temprana a fin de permitir que las personas a las que se dirigen las campañas de desinformación detecten el sesgo de la información facilitada; anima, por tanto, a los Estados miembros a que incluyan cursos específicos de alfabetización mediática en sus programas escolares, y a que desarrollen campañas de información dirigidas a los segmentos de la población más vulnerables a la desinformación;

16.  Expresa su preocupación por la dependencia de la Unión respecto a las tecnologías y los equipos informáticos extranjeros; subraya que la Unión debe esforzarse por aumentar sus propias capacidades, pues ello limitará las oportunidades de injerencia electoral maliciosa por parte de agentes extranjeros;

17.  Reitera su llamamiento a la Comisión y a los Estados miembros para que creen un entorno favorable a la innovación, basado en los principios de la economía de mercado y la protección de los derechos fundamentales, a fin de permitir que las empresas europeas desarrollen todo su potencial y utilicen la protección de estos derechos como una ventaja competitiva;

18.  Pide que la financiación nacional y europea refuerce las capacidades de respuesta a la comunicación estratégica por parte de terceros hostiles y que intercambie información y mejores prácticas en este ámbito, también en el marco financiero plurianual actual y el posterior a 2020, entre otros a través de los programas Horizonte Europa y Europa Digital; subraya que dichos programas deben incluir salvaguardias adecuadas para garantizar el cumplimiento estricto de la legislación internacional y de los derechos humanos, en especial al financiar a terceros países;

19.  Destaca la necesidad de seguir apoyando y fomentando el periodismo responsable y la responsabilidad editorial tanto en los medios de comunicación tradicionales como en los nuevos para abordar el desafío de la información tendenciosa, no verificada o parcial, que socava la confianza de los ciudadanos en los medios de comunicación independientes;

20.  Hace hincapié en que es esencial apoyar a los medios de comunicación públicos que no dependen económicamente de fuentes privadas de financiación y que, por lo tanto, pueden proporcionar información de calidad e imparcial al público en general, garantizando y manteniendo al mismo tiempo su independencia frente a las injerencias políticas;

21.  Reitera su respaldo al valioso trabajo de la Dotación Europea para la Democracia a la hora de apoyar a las organizaciones que luchan contra los bulos y la desinformación;

22.  Considera que la Unión debe buscar soluciones prácticas para apoyar y fortalecer unos medios de comunicación democráticos, independientes y diversos en los países vecinos de la Unión y en los países de los Balcanes Occidentales candidatos a la adhesión a la UE;

23.  Pide convertir el Grupo de Trabajo East StratCom en una estructura permanente dentro del Servicio Europeo de Acción Exterior, con niveles de financiación y de personal significativamente más elevados que hasta el momento;

24.  Señala que, debido a la complejidad de los riesgos planteados por la injerencia electoral y las campañas de desinformación en línea, la detección y gestión de estos riesgos requiere una cooperación intersectorial en la que participen las autoridades competentes y las partes interesadas;

25.  Pide a la Comisión que clasifique los equipos electorales como infraestructuras críticas a fin de garantizar que, en caso de que se infrinja la Directiva SRI(9), puedan aplicarse respuestas;

26.  Recuerda que una proporción significativa de estos actos de interferencia maliciosos constituyen una violación de las normas europeas en materia de privacidad y protección de datos; pide a las autoridades nacionales de protección de datos que hagan pleno uso de sus competencias para investigar las infracciones en materia de protección de datos y que impongan sanciones y multas disuasorias;

27.  Reitera su petición de que los Estados miembros, con el apoyo de Eurojust, investiguen las sospechas de utilización ilegal del espacio político en línea por parte de fuerzas extranjeras;

28.  Pide a la Comisión que siga supervisando las repercusiones de la injerencia extranjera en toda Europa y que cumpla su compromiso solemne asumido por su presidenta electa, Ursula von der Leyen, de abordar «las amenazas de intervención exterior en nuestras elecciones europeas»(10);

29.  Pide al próximo vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad que la lucha contra la desinformación sea un objetivo central de la política exterior;

30.  Pide a la Comisión que valore posibles medidas legislativas y no legislativas que permitan a las plataformas de redes sociales intervenir a fin de etiquetar sistemáticamente los contenidos compartidos por bots, revisar algoritmos para minimizar su sesgo en la medida de lo posible y cerrar las cuentas de personas que participan en actividades ilegales destinadas a perturbar los procesos democráticos o instigar el discurso del odio, sin poner en peligro la libertad de expresión;

31.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que apoyen a las instituciones públicas, grupos de reflexión, ONG y ciberactivistas de base que se ocupan de cuestiones de propaganda y desinformación, y que pongan a disposición financiación y apoyo para campañas de sensibilización destinadas a mejorar la resistencia de los ciudadanos de la Unión ante la desinformación;

32.  Recuerda el importante papel de los denunciantes como salvaguardia de la democracia y la gobernanza cuando dan a conocer información en aras del interés público; pide a las autoridades de los Estados miembros del Consejo de Europa que establezcan y difundan una política en materia de denuncia de irregularidades, basada en el respeto de los 20 principios definidos en la Recomendación CM/Rec(2014)6; recuerda la directiva sobre la protección de los denunciantes de irregularidades, adoptada recientemente;

33.  Recuerda que la Unión pone 4 175 millones de euros a disposición para acciones destinadas a apoyar la libertad de los medios de comunicación y el periodismo de investigación, incluido un mecanismo de respuesta para las violaciones de la libertad de prensa y de los medios de comunicación y una protección tangible de los periodistas;

34.  Considera que, solo pensando de manera global sobre la injerencia extranjera, autoritaria, y abordando las vulnerabilidades en todos los aspectos de la gobernanza y las instituciones democráticas, incluidos los partidos políticos europeos, la Unión podrá salvaguardar sus procesos democráticos;

35.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que entablen conversaciones con las partes interesadas y con los socios internacionales, también en los foros internacionales, con vistas a intensificar sus acciones contra las amenazas híbridas;

36.  Destaca que la OTAN y sus centros de excelencia son una herramienta esencial que permite a Europa reforzar el vínculo transatlántico y aumentar la resistencia de Europa y América del Norte a la desinformación;

37.  Pide a la Comisión que aborde la cuestión de la financiación extranjera de los partidos políticos europeos y las fundaciones, sin impedir la creación de un espacio público europeo que vaya más allá de la Unión, y que ponga en marcha un debate con los Estados miembros para abordar estas cuestiones en relación con sus partidos y fundaciones políticos nacionales;

38.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.

(1) Dirección General de Servicios de Estudios Parlamentarios, Unidad de Prospectiva Científica, 15 de marzo de 2019.
(2) Textos Aprobados, P8_TA(2019)0156.
(3) DO C 224 de 27.6.2018, p. 58.
(4) Textos Aprobados, P8_TA(2019)0187.
(5) DO L 201 de 31.7.2002, p. 37.
(6) Textos Aprobados, P8_TA(2018)0433.
(7) Textos Aprobados, P8_TA(2018)0514.
(8) DO L 119 de 4.5.2016, p. 1.
(9) Directiva (UE) 2016/1148 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio de 2016, relativa a las medidas destinadas a garantizar un elevado nivel común de seguridad de las redes y sistemas de información en la Unión (DO L 194 de 19.7.2016, p. 1).
(10) «Una Unión que se esfuerza por lograr más resultados: Mi agenda para Europa», por Ursula von der Leyen, Orientaciones políticas para la próxima Comisión Europea (2019-2024), 2019, https://ec.europa.eu/commission/sites/beta-political/files/political-guidelines-next-commission_es.pdf - p. 23.

Última actualización: 30 de abril de 2020Aviso jurídico - Política de privacidad