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Procedimiento : 2019/2833(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : B9-0110/2019

Textos presentados :

B9-0110/2019

Debates :

PV 10/10/2019 - 2
CRE 10/10/2019 - 2

Votaciones :

PV 10/10/2019 - 8.11
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Textos aprobados :

P9_TA(2019)0032

Textos aprobados
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Jueves 10 de octubre de 2019 - Bruselas
Marco Financiero Plurianual 2021-2027 y recursos propios: es hora de responder a las expectativas de los ciudadanos
P9_TA(2019)0032B9-0110/2019

Resolución del Parlamento Europeo, de 10 de octubre de 2019, sobre el marco financiero plurianual 2021-2027 y los recursos propios: es hora de responder a las expectativas de los ciudadanos (2019/2833(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Vistos los artículos 310, 311, 312 y 323 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),

–  Vistas las propuestas de la Comisión, de 2 de mayo de 2018, sobre el marco financiero plurianual (MFP) para el período 2021-2027 y sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea,

–  Vistas sus Resoluciones, de 14 de marzo de 2018, sobre el próximo MFP: preparación de la posición del Parlamento sobre el MFP posterior a 2020(1) y sobre la reforma del sistema de recursos propios de la Unión(2),

–  Vista su Resolución, de 30 de mayo de 2018, sobre el marco financiero plurianual 2021-2027 y los recursos propios(3),

–  Visto su informe provisional de 14 de noviembre de 2018 sobre el marco financiero plurianual 2021-2027 – Posición del Parlamento con vistas a un acuerdo(4),

–  Vistas las declaraciones de la Comisión y del Consejo, de 10 de octubre de 2019, sobre «El marco financiero plurianual 2021-2027 y los recursos propios: es hora de responder a las expectativas de los ciudadanos»,

–  Visto el artículo 132, apartado 2, de su Reglamento interno,

1.  Declara que ha llegado el momento de responder a las expectativas de los ciudadanos de la Unión Europea y de satisfacer las ambiciones y compromisos políticos de la Unión con los medios financieros necesarios; está decidido a garantizar un MFP sólido y creíble que permita a la Unión responder con eficacia a los retos importantes y alcanzar sus objetivos políticos durante el próximo septenio; considera que las elecciones europeas de 2019 confirieron una legitimidad renovada a la posición y el papel del Parlamento en este proceso; manifiesta su disposición a rechazar cualquier posición del Consejo que no respete las prerrogativas del Parlamento o no tome debida cuenta de sus posiciones;

2.  Aprueba la presente resolución para confirmar y actualizar su mandato de negociación tanto en cuanto a los gastos como en cuanto a los ingresos del próximo MFP; pide que se entablen negociaciones con el Consejo sin más demora en aras de alcanzar un acuerdo sólido a su debido tiempo, destacando que el Parlamento ha estado dispuesto a hacerlo desde noviembre de 2018; pide a la Comisión que presente un plan de contingencia del MFP como red de seguridad destinada a proteger a los beneficiarios de los programas de financiación de la Unión, cosa que permitiría la ampliación del MFP actual, en caso de que el próximo no se acuerde a tiempo;

Ratificación del Parlamento en su firme posición

3.  Confirma su mandato de negociación, establecido en su informe provisional de 14 de noviembre de 2018 sobre los importes del MFP (por programa, por rúbrica y a nivel global), los recursos propios de la UE, las disposiciones de flexibilidad, la revisión intermedia y los principios horizontales como la integración de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, la lucha contra el cambio climático y la igualdad de género en todas las políticas e iniciativas en el próximo MFP, así como enmiendas específicas a la propuesta de Reglamento sobre el MFP y al Acuerdo Interinstitucional;

4.  Reitera que el próximo MFP debe fijarse en 1,3241 billones de euros a precios de 2018, lo que representa el 1,3 % de la renta nacional bruta (RNB) de la UE-27; destaca que este importe global es el resultado de una evaluación ascendente del nivel de financiación necesario para cada programa y política de la UE; recuerda, en este contexto, la intención del Parlamento de impulsar programas emblemáticos (por ejemplo, en los ámbitos de la juventud, la investigación y la innovación, el medio ambiente y la transición climática, las infraestructuras, las pymes, la digitalización y los derechos sociales), de mantener la financiación de las políticas actuales de la UE en términos reales (en particular en materia de cohesión, agricultura y pesca), y de acompañar las responsabilidades adicionales (por ejemplo, en los ámbitos de la migración, la acción exterior y la defensa) con recursos financieros adicionales; cree firmemente que mediante la puesta en común de recursos a nivel de la UE en aras de la eficiencia, la solidaridad y el impacto global se genera valor añadido europeo; destaca en este sentido la necesidad de reforzar el enfoque del gasto futuro en los resultados;

5.  Subraya que el Parlamento no dará su aprobación al MFP sin un acuerdo sobre la reforma del sistema de recursos propios de la UE, incluida la introducción de una cesta de nuevos recursos propios que estén mejor alineados con los progresos en las principales prioridades estratégicas de la UE y que incentiven dichos progresos; recuerda que el propósito de introducir nuevos recursos propios no solo es mitigar el predominio de las contribuciones basadas en la RNB, sino también garantizar el nivel adecuado de financiación del gasto de la UE en el próximo MFP; confirma su posición fijada en el informe provisional sobre el MFP con respecto a la lista de posibles candidatos a nuevos recursos propios (una base imponible consolidada común del impuesto de sociedades, la fiscalidad de los servicios digitales, un impuesto sobre las transacciones financieras, los ingresos procedentes del régimen de comercio de derechos de emisión, la contribución de los plásticos y un mecanismo de ajuste en frontera de las emisiones de carbono), a la supresión de todos los descuentos y correcciones, a la simplificación del recurso propio basado en el IVA, a la reducción de los «gastos de recaudación» nacionales retenidos sobre los derechos de aduana y a la inclusión de otros ingresos en forma de multas y tasas en el presupuesto de la Unión;

6.  Reitera la necesidad de poner en marcha un nuevo mecanismo para proteger el presupuesto de la Unión cuando no se respete el Estado de Derecho o cuando exista una amenaza sistémica a los valores consagrados en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea (TUE) y cuando ello afecte o amenace con afectar a los principios de buena gestión financiera o a la protección de los intereses financieros de la Unión; subraya, por lo tanto, que tales medidas no deben afectar a la obligación de las entidades públicas ni de los Estados miembros de efectuar pagos a los beneficiarios o destinatarios finales;

Respuesta a las nuevas iniciativas tras las elecciones europeas

7.  Acoge con satisfacción los compromisos políticos sobre iniciativas adicionales adoptadas por el presidente electo de la Comisión en el momento de su aprobación en julio de 2019, y espera que se aclare su impacto presupuestario lo antes posible; subraya que todas las nuevas iniciativas, algunas de las cuales ya estaban previstas en gran medida en el informe provisional del Parlamento, deben calcularse por añadidura a las propuestas originales de la Comisión para el próximo período, lo que se traduce en unos límites máximos del MFP más elevados que los propuestos inicialmente; espera, por lo tanto, que la Comisión refleje formalmente el impacto presupuestario de estas iniciativas en su propuesta inicial de MFP y defienda, junto con el Parlamento, el nivel de financiación necesario en las próximas negociaciones del MFP con el Consejo;

8.  Pide que la nueva Comisión presente inmediatamente nuevas propuestas legislativas para el establecimiento de nuevos instrumentos, a fin de que su financiación se incluya en el acuerdo sobre el próximo MFP; espera que las posibles nuevas iniciativas que se propongan después de la adopción del MFP 2021-2027 se financien mediante nuevos créditos;

9.  Acoge con satisfacción, en el capítulo de los ingresos, los compromisos del presidente electo de relanzar o ampliar una serie de iniciativas que deberían formar parte de la futura cesta de nuevos recursos propios; pide a los Estados miembros, en particular, que aprovechen la oportunidad de introducir un mecanismo de ajuste del carbono en frontera, que sería una manera justa de responder a la demanda social de un liderazgo decisivo en la lucha contra el cambio climático, garantizando al mismo tiempo la igualdad de condiciones en el comercio internacional;

Un nuevo salto de calidad hacia la transición climática

10.  Reitera su apoyo inequívoco al principio de integración de la dimensión climática; pide a la Comisión que garantice que el próximo MFP se ajuste plenamente al Acuerdo de París y hace hincapié en la necesidad urgente de dar otro salto cualitativo en los esfuerzos políticos y financieros para alcanzar sus objetivos, así como de una transición justa hacia una economía neutra en emisiones de carbono y basada en los más estrictos de justicia social, de modo que nadie quede rezagado en ninguna parte; aguarda con interés la propuesta concreta sobre el Acuerdo Verde Europeo, esbozada en las orientaciones políticas del próximo presidente de la Comisión; espera que los medios presupuestarios para el próximo período de programación financiera sean proporcionales a esta aspiración, al tiempo que subraya que un MFP reducido representaría sin duda alguna un retroceso;

11.  Destaca el hecho de que la acción común contra el cambio climático a escala de la UE genera un valor añadido significativo y, por lo tanto, debe ocupar un lugar central en la modernización del presupuesto de la UE y de sus programas de gasto; hace hincapié, por lo tanto, en que la incorporación de aspectos del clima y de la biodiversidad en el próximo MFP debe ir más allá de los niveles de porcentaje de gasto previstos en su informe provisional, de modo que la dimensión climática y social se integre en el proceso de toma de decisiones de todos los programas principales así como a lo largo de todo el ciclo de elaboración de políticas; pide además, en este contexto, una metodología más transparente, rigurosa y completa que incluya indicadores de rendimiento reformados para definir y rastrear el gasto relevante para el clima y la biodiversidad, la prevención del apoyo financiero a medidas perjudiciales y el seguimiento de las repercusiones a medio y largo plazo de la integración de la dimensión climática para la mitigación y la adaptación al cambio climático; pide que se asocie activamente al Parlamento Europeo en la concepción de dicha metodología;

Inicio inmediato de las negociaciones interinstitucionales

12.  Recuerda que el artículo 312, apartado 5, del TFUE estipula que, a lo largo del procedimiento conducente a la adopción del MFP, las tres instituciones de la UE «adoptarán todas las medidas necesarias para facilitar dicha adopción»; Destaca que el Parlamento ha estado dispuesto a negociar durante casi un año todos los aspectos del MFP y el paquete de recursos propios, mientras que el Consejo no ha aceptado hasta la fecha entablar conversaciones significativas que vayan más allá de las sesiones informativas y expositivas breves y formalistas al margen del Consejo de Asuntos Generales; considera que estos contactos mínimos no pueden considerarse una cooperación interinstitucional satisfactoria y no respetan lo que exige explícitamente el Tratado;

13.  Solicita, por consiguiente, que se intensifiquen de inmediato las conversaciones interinstitucionales sobre el MFP y los recursos propios con el fin de allanar el camino a unas verdaderas negociaciones, y pide al Consejo que adopte sin demora su mandato de negociación; considera que, para obtener la aprobación del Parlamento, el Consejo debería tener debidamente en cuenta las posiciones del Parlamento a la hora de decidir su propia posición; espera, a tal fin, que la Presidencia del Consejo y la Comisión comuniquen y expliquen con claridad los puntos de vista del Parlamento al CAG, y solicita la presencia del equipo negociador del Parlamento en todas las reuniones informales del Consejo que se ocupen del MFP; destaca la necesidad de celebrar reuniones trilaterales específicas con el fin de profundizar en el debate sobre los distintos aspectos del MFP y las propuestas de recursos propios, que deben complementar las actuales sesiones informativas y expositivas del CAG; espera, además, que se convoquen reuniones de alto nivel entre los presidentes de las instituciones en consonancia con el artículo 324 del TFUE;

Garantías de las prerrogativas del Parlamento

14.  Toma nota de la metodología del Consejo para preparar los marcos de negociación del MFP; expresa no obstante su temor de que se trate también de un intento de conferir un papel preponderante al Consejo Europeo en la toma de decisiones irrevocables sobre varios aspectos del próximo MFP, como ya ocurriera en el proceso que condujo a la adopción del actual MFP; hace hincapié en que el Parlamento no refrendará un «hecho consumado» del Consejo Europeo, y está dispuesto a congelar su aprobación hasta que se alcance un acuerdo satisfactorio;

15.  Subraya que estos marcos de negociación incluyen no solo los elementos del Reglamento MFP, para los que el Parlamento debe dar su aprobación, sino también un número significativo de disposiciones legislativas relativas a las políticas sectoriales de la UE que deben decidirse con arreglo al procedimiento legislativo ordinario; considera, por tanto, que dichas marcos no reflejan más que un procedimiento interno del Consejo que en ningún caso debe impedir que el Parlamento acometa las negociaciones adecuadas sobre todos los elementos del paquete del MFP y la legislación sectorial; insta, por tanto, al Consejo a que entable negociaciones con el Parlamento sobre todos los aspectos de la legislación sectorial por los que se crean los nuevos programas de la Unión, así como sobre la propuesta relativa al Estado de Derecho;

16.  Recuerda que las conclusiones del Consejo Europeo son de carácter político y que el artículo 15, apartado 1, del TUE prohíbe al Consejo Europeo ejercer funciones legislativas; pide, por tanto, al Consejo Europeo que se abstenga de adoptar conclusiones detalladas y presuntamente vinculantes basadas en el marco de negociación del MFP, ya que ello equivaldría a una interferencia directa en el ámbito legislativo; confía en que la Comisión, como mediadora imparcial y guardiana de los Tratados, apoye al Parlamento en el ejercicio de sus prerrogativas legislativas, tanto en el marco del procedimiento de aprobación como en el de los procedimientos legislativos ordinarios;

Una red de seguridad para proteger a los beneficiarios de los programas de la UE: aplicación de un plan de contingencia del MFP

17.  Lamenta que el Consejo Europeo haya prorrogado ya varias veces el plazo para alcanzar una decisión política; teme que, si el Consejo y el Consejo Europeo incurren en mayores retrasos sin colaborar con el Parlamento, exista un riesgo claro de que estas complejas negociaciones no concluyan con éxito antes del vencimiento del vigente MFP; recuerda los graves reveses en la puesta en marcha de los programas de la UE derivados del retraso en la adopción del actual MFP;

18.  Recuerda que, en caso de que no se adopte a tiempo un nuevo MFP, el artículo 312, apartado 4, del TFUE prevé una red de seguridad en forma de una prórroga temporal de los límites máximos y otras disposiciones del último año del actual marco; expresa su preocupación, no obstante, por la posibilidad de que esta red de seguridad pueda verse socavada no solo por la falta de preparación a nivel operativo, sino también por las fechas de vencimiento vigentes para algunos de los actuales programas de la UE; advierte, en este sentido, frente al riesgo de clausura de los programas de la UE, y expresa su intención de no obligarse a aceptar un mal acuerdo por premura de tiempo;

19.  Insta a la Comisión, por tanto, a que empiece inmediatamente a preparar un plan de contingencia del MFP al objeto de proteger a los beneficiarios y garantizar la continuidad de la financiación en caso de que sea necesario prorrogar el actual MFP; pide que dicho plan se presente formalmente a principios de 2020, a fin de que sea prontamente adoptado por el Consejo y el Parlamento; solicita que este plan incluya una propuesta legislativa horizontal para suprimir los plazos establecidos en los programas pertinentes, garantizando así la coherencia con el artículo 312, apartado 4, del TFUE, y que incluya asimismo disposiciones operativas concretas, en particular para la continuación de las políticas en el marco de la gestión compartida;

o
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20.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo Europeo, al Consejo y a la Comisión.

(1) DO C 162 de 10.5.2019, p. 51.
(2) DO C 162 de 10.5.2019, p. 71.
(3) Textos Aprobados, P8_TA(2018)0226.
(4) Textos Aprobados, P8_TA(2018)0449.

Última actualización: 30 de abril de 2020Aviso jurídico - Política de privacidad