1. Decisión del Parlamento Europeo, de 23 de octubre de 2019, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2017, sección II – Consejo Europeo y Consejo (2018/2168(DEC))
El Parlamento Europeo,
– Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2017(1),
– Vistas las cuentas anuales consolidadas de la Unión Europea relativas al ejercicio 2017 (COM(2018)0521 – C8‑0320/2018)(2),
– Visto el Informe Anual del Consejo a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria sobre las auditorías internas efectuadas en 2017,
– Visto el Informe Anual del Tribunal de Cuentas sobre la ejecución presupuestaria relativo al ejercicio 2017, acompañado de las respuestas de las instituciones(3),
– Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes(4), presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2017 de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Vistas su Decisión, de 26 de marzo de 2019(5), por la que se aplaza la decisión de aprobación de la gestión para el ejercicio 2017, y la Resolución que la acompaña,
– Vistos el artículo 314, apartado 10, y los artículos 317, 318 y 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002 del Consejo(6), y en particular sus artículos 55, 99, 164, 165 y 166,
– Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1304/2013, (UE) n.º 1309/2013, (UE) n.º 1316/2013, (UE) n.º 223/2014 y (UE) n.º 283/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012(7), y en particular sus artículos 59, 118, 260, 261 y 262,
– Vistos el artículo 100 y el anexo V de su Reglamento interno,
– Visto el segundo informe de la Comisión de Control Presupuestario (A9-0010/2019),
1. Desaprueba la gestión del secretario general del Consejo en la ejecución del presupuesto del Consejo Europeo y del Consejo para el ejercicio 2017;
2. Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;
3. Encarga a su presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de ella al Consejo Europeo, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).
2. Resolución del Parlamento Europeo, de 23 de octubre de 2019, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2017, sección II – Consejo Europeo y Consejo (2018/2168(DEC))
El Parlamento Europeo,
– Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2017, sección II – Consejo Europeo y Consejo,
– Vistos el artículo 100 y el anexo V de su Reglamento interno,
– Visto el segundo informe de la Comisión de Control Presupuestario (A9-0010/2019),
A. Considerando que, de cara al conjunto de la ciudadanía de la Unión, todas las instituciones de la Unión deben ser transparentes respecto de los fondos que se les confían para el ejercicio de sus funciones y deben responder plenamente de ellos;
B. Considerando que, de todas las instituciones de la Unión, el Parlamento es la única de elección directa, y que es competente para aprobar la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea;
C. Considerando que el procedimiento de aprobación de la gestión de cada institución y órgano de la Unión por separado es una práctica arraigada que aceptan todas las instituciones excepto el Consejo, y que este procedimiento ha sido desarrollado para garantizar la transparencia, la rendición de cuentas democrática ante los ciudadanos de la Unión y la necesaria lucha contra el fraude;
1. Recuerda que las instituciones de la Unión disponen de autonomía administrativa en asuntos relacionados con su propio funcionamiento; destaca la importancia de que actúen de manera responsable y profesional en la ejecución de sus presupuestos;
2. Destaca el papel del Parlamento en el procedimiento de aprobación de la gestión, definido por el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y el Reglamento Financiero, y que, sin menospreciar en modo alguno el papel del Consejo como institución que formula recomendaciones en dicho procedimiento, se debe mantener la distinción entre los diferentes cometidos del Parlamento y del Consejo con el fin de respetar el marco institucional establecido en los Tratados y en el Reglamento Financiero;
3. Recuerda que el Parlamento aprueba la gestión de las demás instituciones tras examinar los documentos aportados y las respuestas dadas a las preguntas, y tras escuchar a los secretarios generales de las demás instituciones; insiste en que el Consejo debe participar plenamente y de buena fe en el procedimiento anual de aprobación de la gestión al igual que el resto de las instituciones; lamenta las dificultades con las que se ha encontrado hasta la fecha en los procedimientos de aprobación de la gestión del Consejo;
4. Lamenta que, una vez más, el Consejo no haya respondido a las preguntas escritas enviadas por el Parlamento y que el secretario general del Consejo no haya asistido a la audiencia organizada el 27 de noviembre de 2018 en el contexto de la aprobación de la gestión anual; lamenta asimismo que el Consejo tampoco haya respondido a las observaciones formuladas por el Parlamento en su Resolución sobre la aprobación de la gestión de 26 de marzo de 2019, mostrando así su desprecio hacia el cometido del Parlamento;
5. Recuerda las dificultades reiteradas halladas hasta la fecha en los procedimientos de aprobación de la gestión del Consejo debido a la falta de cooperación de este, que llevaron al Parlamento a desaprobar la gestión del secretario general del Consejo en la ejecución del presupuesto para los ejercicios de 2009 a 2016 y aplazar su Decisión sobre la aprobación de la gestión, en marzo de 2019, para el ejercicio 2017;
6. Señala que el Consejo respondió a la propuesta de la Comisión de Control Presupuestario del Parlamento sobre el procedimiento de aprobación de la gestión del Consejo el 2 de mayo de 2018 con una propuesta modificada y que la Comisión de Control Presupuestario del Parlamento envió su respuesta a la propuesta modificada del Consejo el 16 de julio de 2018; insta al Consejo a que responda con rapidez a la última propuesta de modo que puedan aplicarse lo antes posible las nuevas modalidades para el procedimiento de aprobación de la gestión;
7. Lamenta que no se haya tenido en cuenta la solicitud de dividir el presupuesto del Consejo Europeo y del Consejo en un presupuesto para cada institución, solicitud formulada por el Parlamento en anteriores resoluciones sobre la aprobación de la gestión; insiste en que esa división contribuirá a una mayor transparencia en la gestión financiera de ambas instituciones y mejorará su rendición de cuentas y la eficiencia de sus gastos;
8. Reitera su preocupación por el elevadísimo número de créditos prorrogados de 2017 a 2018, en particular los relativos al mobiliario, el equipamiento técnico, el transporte y los sistemas informáticos; recuerda al Consejo que las prórrogas son excepciones al principio de anualidad y que deberían reflejar las necesidades reales; lamenta asimismo que el Consejo no facilite suficiente información sobre la política inmobiliaria;
9. Acoge con satisfacción los esfuerzos por seguir mejorando su gestión y su rendimiento financieros, como la armonización de la planificación presupuestaria a nivel central mediante la integración de la planificación plurianual de actividades y el presupuesto;
10. Es consciente de las mejoras en el proceso de modernización administrativa del Consejo, por ejemplo, la publicación, en el sitio web del Consejo, de las normas internas relativas a la notificación de irregularidades graves, junto con una guía sobre la ética y la conducta de los miembros del personal del Consejo; pide al Consejo que dé a conocer estas normas y garantice que todos los miembros del personal estén debidamente informados de sus derechos;
11. Recuerda que el Consejo accedió a la propuesta de la Comisión de crear un registro de transparencia obligatorio el 6 de diciembre de 2017, pero todavía no ha hecho realidad sus palabras; lamenta profundamente que el Consejo no participe en el Registro de transparencia; pide enérgicamente al Consejo que prosiga las conversaciones sobre los aspectos técnicos del paquete de instrumentos relativos al Registro de transparencia, con el fin de lograr un acuerdo político entre las tres instituciones lo antes posible, dado que una mayor transparencia en las instituciones de la Unión permitirá reforzar la confianza de los ciudadanos en la Unión;
12. Pone de relieve que el Parlamento respaldó, en una votación en el Pleno, las propuestas de la Defensora del Pueblo Europea relacionadas con las recomendaciones y sugerencias de esta al Consejo para que los ciudadanos puedan seguir más fácilmente el proceso legislativo de la Unión (transparencia del proceso legislativo del Consejo, OI/2/2017/TE); recuerda que, entre otras medidas, el Consejo debe registrar sistemáticamente la posición de cada Estado miembro en los órganos preparatorios del Consejo, desarrollar criterios claros y de acceso público para la calificación de determinados documentos como «LIMITE», en consonancia con el Derecho de la Unión, y publicar una página web específica para cada propuesta legislativa y mejorar la facilidad de uso del registro público de documentos;
13. Reitera que, de cara a los ciudadanos de la Unión, el Consejo debería ser transparente respecto de los fondos que se le confían en cuanto institución de la Unión y responder plenamente de ellos;
14. Insiste en que un ejercicio de control presupuestario eficaz requiere la cooperación entre el Parlamento y el Consejo, con el debido respeto de sus respectivos cometidos; considera que una cooperación satisfactoria entre ambas instituciones que se traduzca en un procedimiento de diálogo abierto y formal sería un gesto positivo de cara a los ciudadanos de la Unión;
15. Considera preocupantes las noticias aparecidas en los medios de comunicación europeos sobre el patrocinio empresarial que reciben los Estados miembros que ocupan la Presidencia de la Unión, y reitera la preocupación expresada por los ciudadanos de la Unión y los diputados al Parlamento; reconoce que se espera de los Estados miembros que financien sus propias Presidencias, y lamenta que el recurso al patrocinio empresarial para cubrir parte de los gastos se haya convertido en una práctica corriente en los últimos años; manifiesta su honda preocupación ante los posibles daños para la reputación y ante el riesgo de que los ciudadanos de la Unión pierdan su confianza en la Unión, sus instituciones y, en especial, el Consejo a causa de tales prácticas; propone que el Consejo adopte unas directrices destinadas a promover la transparencia financiera y la independencia de las Presidencias; recomienda encarecidamente al Consejo que examine la posibilidad de incluir las Presidencias en el presupuesto; tiene la intención de seguir de cerca las conclusiones de la investigación de la Defensora del Pueblo Europea a este respecto; pide al Consejo que transmita estas preocupaciones a los Estados miembros, y especialmente al Trío de Presidencias actual;
16. Se muestra optimista por el hecho de que el Consejo considere necesario abordar el procedimiento de aprobación de la gestión y esté dispuesto a llegar a un acuerdo con el Parlamento sobre la manera de cooperar en este ámbito lo antes posible.