Resolución del Parlamento Europeo, de 24 de octubre de 2019, sobre el proyecto de un nuevo Código Penal de Indonesia (2019/2881(RSP))
El Parlamento Europeo,
– Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Indonesia,
– Visto el Acuerdo de Colaboración y Cooperación entre la Unión e Indonesia, que entró en vigor el 1 de mayo de 2014,
– Visto el 7.º Diálogo UE-Indonesia sobre derechos humanos de 1 de febrero de 2018,
– Vista la 8.ª ronda de negociaciones del Acuerdo de Libre Comercio entre la UE y Indonesia, que tuvo lugar en junio de 2019,
– Vista el proyecto de Código Penal de Indonesia presentado el 15 de septiembre de 2019,
– Vistos los Principios de Yogyakarta,
– Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos, de 10 de diciembre de 1948,
– Visto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966 (PIDCP), ratificado por Indonesia en 2006,
– Vista la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, de 1987,
– Vistas las Directrices de la UE sobre la pena de muerte,
– Vistos el artículo 144, apartado 5, y el artículo 132, apartado 4, de su Reglamento interno,
A. Considerando que Indonesia es la cuarta nación más poblada del mundo, una democracia estable en la región, el país con la mayoría musulmana más amplia, y una sociedad diversa integrada por 265 millones de ciudadanos de distintas etnias, lenguas, culturas y religiones;
B. Considerando que el Gobierno de Indonesia ha presentado un proyecto de reforma del Código Penal vigente; que este proyecto de Código Penal quedó ultimado el 15 de septiembre de 2019;
C. Considerando que el proyecto de Código Penal contiene artículos que vulneran los derechos de las mujeres, de las minorías religiosas y de las personas LGBTI, así como las libertades de expresión y asociación;
D. Considerando que el pasado mes de septiembre miles de personas, incluidos estudiantes, se manifestaron en Indonesia para protestar contra el proyecto de Código Penal, pidiendo la suspensión de su aprobación;
E. Considerando que el 20 de septiembre de 2019 el presidente de Indonesia ordenó al Parlamento retrasar la aprobación de la ley, tras las protestas masivas; que la decisión sobre la ratificación está ahora en manos de la Cámara de Representantes de Indonesia;
F. Considerando que el artículo 2 del proyecto de Código Penal, que se refiere a las «leyes de vida», adolece de vaguedad, puesto que no precisa los tipos delictivos, lo que podría utilizarse para legitimar cientos de normas de sharía discriminatorias y vigentes a nivel local;
G. Considerando que el proyecto de Código Penal castiga las relaciones sexuales extramaritales con penas de hasta un año de prisión; que esta disposición criminaliza de hecho las relaciones homosexuales; que con este artículo todos los trabajadores de la industria del sexo podrán ser objeto de acciones penales;
H. Considerando que el proyecto de Código Penal prevé penas de hasta seis meses de prisión para quienes cohabiten sin estar casados;
I. Considerando que las relaciones homosexuales no están oficialmente reconocidas por las autoridades indonesias, por lo que constituyen un blanco explícito del nuevo proyecto; que Indonesia asiste a un número inaudito de ataques violentos y discriminatorios, así como a numerosos actos de acoso y a cada vez más declaraciones virulentas contra las personas LGBTI;
J. Considerando que las disposiciones del proyecto de Código Penal se extienden a la vigente Ley contra la Blasfemia; que más de ciento cincuenta personas, la mayoría de ellas pertenecientes a minorías religiosas, han sido condenadas en virtud de la vigente Ley contra la Blasfemia desde su aprobación en 1965; que la Ley contra la Blasfemia pone en peligro a las minorías religiosas en un contexto de creciente intolerancia hacia las minorías en Indonesia;
K. Considerando que el proyecto de Código Penal restringe la facilitación de información sobre anticonceptivos y la facilitación de anticonceptivos a los menores de 18 años; que la restricción del acceso a los anticonceptivos tiene un impacto especialmente severo sobre los colectivos marginados, que ya soportan la parte del león de la epidemia de VIH en Indonesia;
L. Considerando que el proyecto de Código Penal prevé penas de hasta cuatro años de prisión para las mujeres que aborten, así como penas de hasta cinco años de prisión para quienes cooperen en los abortos;
M. Considerando que el pasado mes de septiembre Indonesia aprobó una polémica ley que debilita a la Comisión Nacional para la Erradicación de la Corrupción o KPK, que desde su creación en 2002 ha conseguido el procesamiento de cientos de políticos corruptos; que para restringir arbitrariamente la labor de los defensores de los derechos humanos se han utilizado las disposiciones del actual Código Penal, de la Ley de Información y Transacciones Electrónicas y de la legislación antiterrorista;
N. Considerando que los defensores de los derechos humanos han sido blanco de las autoridades por su labor de denuncia de las violaciones de los derechos humanos, especialmente en relación con las protestas en Papúa Occidental; que desde el inicio de las protestas al menos cuarenta personas han sido asesinadas y al menos ocho mil indígenas papuanos e indonesios han sido desplazados a la fuerza de sus hogares en Papúa Occidental; que a los periodistas y a los órganos independientes de las Naciones Unidas se les ha denegado en repetidas ocasiones el acceso a la región;
O. Considerando que el 2 de mayo de 2019 el ciudadano de la Unión, Jakub Fabian Skrzypski, de Polonia, fue condenado por el tribunal de distrito de Wamena a cinco años de prisión por su presunta implicación en el movimiento separatista de Papúa;
P. Considerando que entre 2015 y 2018 más de cuarenta personas fueron condenadas a muerte y más de trescientos reclusos permanecen en el corredor de la muerte en Indonesia; que la pena de muerte es un castigo cruel, inhumano y degradante que vulnera al derecho a la vida.
1. Acoge con satisfacción el hecho de que las relaciones entre la UE e Indonesia se basen en valores compartidos de democracia y buena gobernanza, en el respeto de los derechos humanos y en el fomento de la paz, la estabilidad y el progreso económico;
2. Expresa su profunda preocupación por las disposiciones del proyecto de Código Penal revisado de Indonesia, que permite la discriminación por motivos de género, religión y orientación sexual, así como la discriminación contra las minorías;
3. Celebra la orden del presidente Widodo de demorar la aprobación del nuevo Código Penal; pide al Parlamento indonesio que revise de forma sustancial el proyecto de Código Penal para que cumpla con las normas internacionales en materia de derechos humanos y se supriman del mismo todas las disposiciones discriminatorias;
4. Pide a las autoridades indonesias que deroguen todas las disposiciones legales que restringen los derechos y las libertades fundamentales y que adapten todas sus leyes a las normas internacionales en materia de derechos humanos y a las obligaciones internacionales de Indonesia;
5. Pide a las autoridades de Indonesia que protejan los derechos de las personas LGBTI persiguiendo todos los ataques contra las personas LGBTI y despenalizando la homosexualidad mediante la reforma del Código Penal; pide a los funcionarios indonesios que se abstengan de hacer declaraciones incendiarias contra personas LGBTI que solo sirven para estigmatizarlas aún más; anima a las autoridades indonesias a que fomenten el diálogo político con las principales partes interesadas de la sociedad civil a fin de promover y salvaguardar la aplicación universal de los derechos humanos;
6. Pide que se revisen las disposiciones relativas a la Ley contra la Blasfemia, puesto que ponen en peligro a las minorías religiosas y a los ateos; apoya las recomendaciones de las Naciones Unidas de derogar los artículos 156 y 156(a), del Código Penal, la Ley de Prevención de la Ofensa y la Difamación contra la Religión y la Ley de Datos y Transacciones Electrónicas, modificar la legislación antiterrorista y retirar los cargos y sobreseer las causas contra los acusados de blasfemia;
7. Observa con preocupación la restricción de la libre difusión de información esencial sobre salud sexual, prevista en el proyecto de Código Penal; anima a que se permita el acceso a la información sin censura sobre contracepción y planificación familiar para mujeres adultas y adolescentes;
8. Sostiene que el acceso a la salud, incluida la salud sexual y reproductiva, es un derecho humano; hace hincapié en que debe garantizarse una atención médica y sexual adecuada y asequible, incluida la educación y la información sexuales, la planificación familiar, los métodos anticonceptivos y el aborto legal y seguro; señala que estos servicios son importantes para salvar vidas, reducir la mortalidad infantil y prevenir las enfermedades de transmisión sexual, incluido el VIH/SIDA;
9. Reitera su petición a las autoridades de que decreten una moratoria de todas las ejecuciones con vistas a la abolición de la pena de muerte; observa que Indonesia aceptó esta recomendación en el último ciclo del examen periódico universal de 2017; pide a la Unión y al Gobierno francés que hagan todo lo posible para que Olivier Jover no sea condenado a muerte;
10. Pide un seguimiento continuado y riguroso de la situación de los derechos humanos en Indonesia, en particular mediante informes periódicos de la Delegación de la Unión Europea en Indonesia y Brunéi; pide a la Delegación de la Unión Europea en Indonesia y Brunéi y a los Estados miembros que hagan cuanto obre en su poder para proporcionar protección y apoyo de emergencia a las personas que se encuentran en peligro;
11. Lamenta la aprobación de la nueva legislación contra la corrupción, en virtud de la cual la KPK pasará a ser una agencia gubernamental en lugar de un organismo independiente, y pide una revisión de esta legislación;
12. Expresa su preocupación por la violencia en Papúa Occidental; pide a las autoridades indonesias que lleven a cabo una investigación independiente sobre las recientes protestas en Papúa Occidental; pide moderación en el despliegue de las fuerzas de seguridad en la región; insta al Gobierno indonesio a que aborde la situación en Papúa Occidental a través del diálogo político; pide a las autoridades que faciliten a los funcionarios de las Naciones Unidas, ONG y periodistas el acceso sin restricciones a Papúa Occidental;
13. Expresa su preocupación por la situación del ciudadano polaco, Jakub Fabian Skrzypski, que se ha convertido en un preso político en Indonesia; manifiesta su preocupación por el hecho de que, a la luz de los recientes acontecimientos en Papúa, su permanencia en prisión en Wamena no solo supondría un riesgo para sus derechos humanos sino también para su vida; pide al Servicio Europeo de Acción Exterior que plantee la situación de Skrzypski durante los próximos diálogos con Indonesia y solicita que las autoridades indonesias permitan su traslado a Polonia;
14. Pide a Indonesia que curse una invitación permanente a todos los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, invitación que debe incluir el acceso sin trabas a todo el país;
15. Pide al Gobierno de Indonesia que cumpla todas sus obligaciones y respete, proteja y defienda las libertades y los derechos consagrados en el PIDCP;
16. Destaca la importancia de incluir disposiciones vinculantes y aplicables sobre respeto de los derechos humanos en el Acuerdo de Libre Comercio UE-Indonesia que se está negociando actualmente;
17. Acoge con satisfacción el permanente diálogo anual entre la UE e Indonesia en materia de derechos humanos y espera con interés el diálogo que se entablará este próximo mes de noviembre;
18. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, al Gobierno y al Parlamento de Indonesia, al secretario general de la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (ASEAN), a la Comisión Intergubernamental de Derechos Humanos de la ASEAN y al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.