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 Texto íntegro 
Procedimiento : 2019/0210(NLE)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A9-0088/2020

Textos presentados :

A9-0088/2020

Debates :

Votaciones :

PV 13/05/2020 - 20

Textos aprobados :

P9_TA(2020)0064

Textos aprobados
PDF 114kWORD 41k
Miércoles 13 de mayo de 2020 - Bruselas
Acuerdo de Asociación en el sector pesquero UE-Mauritania: posibilidades de pesca y contrapartida financiera - Prórroga del Protocolo ***
P9_TA(2020)0064A9-0088/2020

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 13 de mayo de 2020, sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y la República Islámica de Mauritania, relativo a la prórroga del Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera previstas en el Acuerdo de Asociación en el sector pesquero entre la Comunidad Europea y la República Islámica de Mauritania, Protocolo que expira el 15 de noviembre de 2019 (12928/2019 – C9-0175/2019 – 2019/0210(NLE))

(Aprobación)

El Parlamento Europeo,

–  Visto el proyecto de Decisión del Consejo (12928/2019),

–  Visto el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y la República Islámica de Mauritania, relativo a la prórroga del Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera previstas en el Acuerdo de Asociación en el sector pesquero entre la Comunidad Europea y la República Islámica de Mauritania, Protocolo que expira el 15 de noviembre de 2019 (12927/2019),

–  Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 43, apartado 2, y el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C9-0175/2019),

–  Vistos el artículo 105, apartados 1 y 4, y el artículo 114, apartado 7, de su Reglamento interno,

–  Vista la opinión de la Comisión de Presupuestos,

–  Vista la recomendación de la Comisión de Pesca (A9-0088/2020),

1.  Concede su aprobación a la celebración del Acuerdo;

2.  Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y de la República Islámica de Mauritania.

Última actualización: 14 de julio de 2020Aviso jurídico - Política de privacidad