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Procedimiento : 2019/2059(DEC)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A9-0031/2020

Textos presentados :

A9-0031/2020

Debates :

Votaciones :

PV 13/05/2020 - 20
PV 14/05/2020 - 10
PV 14/05/2020 - 17
CRE 14/05/2020 - 10
CRE 14/05/2020 - 17

Textos aprobados :

P9_TA(2020)0088

Textos aprobados
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Jueves 14 de mayo de 2020 - Bruselas
Aprobación de la gestión 2018: Presupuesto general de la UE – Tribunal de Cuentas
P9_TA(2020)0088A9-0031/2020
Decisión
 Resolución

1. Decisión del Parlamento Europeo, de 13 de mayo de 2020, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2018, sección V – Tribunal de Cuentas (2019/2059(DEC))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2018(1),

–  Vistas las cuentas anuales consolidadas de la Unión Europea del ejercicio 2018 (COM(2019)0316 – C9-0054/2019)(2),

–  Visto el Informe Anual del Tribunal de Cuentas a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria sobre las auditorías internas efectuadas en 2018,

–  Visto el Informe Anual del Tribunal de Cuentas sobre la ejecución presupuestaria relativa al ejercicio 2018, acompañado de las respuestas de las instituciones(3),

–  Vista la declaración(4) sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes, presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2018 de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Vistos el artículo 314, apartado 10, y los artículos 317, 318 y 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002 del Consejo(5), y en particular sus artículos 55, 99, 164, 165 y 166,

–  Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1304/2013, (UE) n.º 1309/2013, (UE) n.º 1316/2013, (UE) n.º 223/2014 y (UE) n.º 283/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012(6), y en particular sus artículos 59, 118, 260, 261 y 262,

–  Vistos el artículo 100 y el anexo V de su Reglamento interno,

–  Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A9-0031/2020),

1.  Aprueba la gestión del secretario general del Tribunal de Cuentas en la ejecución del presupuesto del Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2018;

2.  Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;

3.  Encarga a su presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de ella al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

(1) DO L 57 de 28.2.2018.
(2) DO C 327 de 30.9.2019, p. 1.
(3) DO C 340 de 8.10.2019, p. 1.
(4) DO C 340 de 8.10.2019, p. 9.
(5) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.
(6) DO L 193 de 30.7.2018, p. 1.


2. Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de mayo de 2020, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2018, sección V – Tribunal de Cuentas (2019/2059(DEC))

El Parlamento Europeo,

–  Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2018, sección V – Tribunal de Cuentas,

–  Vistos el artículo 100 y el anexo V de su Reglamento interno,

–  Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A9-0031/2020),

A.  Considerando que, en el contexto del procedimiento de aprobación de la gestión, la autoridad de aprobación de la gestión desea hacer hincapié en la importancia particular que reviste reforzar aún más la legitimidad democrática de las instituciones de la Unión mediante la mejora de la transparencia y la rendición de cuentas y la aplicación del concepto de presupuestación basada en el rendimiento y la buena gobernanza de los recursos humanos;

1.  Observa que las cuentas anuales del Tribunal de Cuentas (en lo sucesivo, «Tribunal») son fiscalizadas por una empresa externa —PricewaterhouseCoopers Sàrl— con el fin de que estén sometidas a los mismos principios de transparencia y rendición de cuentas que el Tribunal aplica a los demás organismos fiscalizados; toma nota con satisfacción de la afirmación del informe del auditor externo de que los estados financieros reflejan fielmente la posición financiera del Tribunal a 31 de diciembre de 2018, así como los resultados de sus operaciones, los flujos de tesorería y los cambios en los activos netos del ejercicio finalizado a dicha fecha;

2.  Señala que en 2018 los créditos definitivos del Tribunal ascendieron a un total de 146 469 000 EUR (141 240 000 EUR en 2017), lo que representa un incremento global del 3,70 % en comparación con 2017 (aumento de precios estimado en un 1,9 % para Luxemburgo); observa que el 96,21 % de todos los créditos estaban comprometidos para finales de 2018 (frente al 97,73 % en 2017 y el 99 % en 2016) y el 94,73 % de todos los créditos se pagaron en 2018 (frente al 94,27 % en 2017 y el 93,29 % en 2016);

3.  Hace hincapié en que el presupuesto del Tribunal es puramente administrativo y se destina a cubrir gastos correspondientes a personal que trabaja en la institución (título 1), edificios, mobiliario, material y gastos de funcionamiento diversos (título 2); expresa su preocupación por la sobrestimación continua en el presupuesto del título 2, con un porcentaje de compromisos del 59,13 % (frente al 57,13 % en 2017) y un porcentaje de pagos del 55,11 % (frente al 55,75 % en 2017);

4.  Observa que los compromisos prorrogados a 2019 ascendían a 6 068 597 EUR, el 4,1 % del presupuesto de 2018 (frente a 7 908 250 EUR prorrogados a 2018, 5,5 % del presupuesto de 2017) y que el principal elemento que contribuyó a la prórroga fueron los 4 310 280 EUR prorrogados en el capítulo 21 (Tratamiento de datos, equipamiento y mobiliario: compra, alquiler y mantenimiento) para proyectos informáticos que todavía estaban en curso a finales de 2018;

5.  Lamenta, como observación general, que el capítulo 10 «Administración» del Informe Anual del Tribunal relativo al ejercicio 2018 tenga un alcance y unas conclusiones bastante limitados, pese al hecho de que la rúbrica 5 «Administración» del marco financiero plurianual se considere de bajo riesgo; solicita que el trabajo de auditoría para el capítulo 10 sea más amplio, con el fin de revisar las deficiencias en los gastos administrativos de cada institución;

6.  Celebra que el Tribunal en general ha aplicado bien su disciplina presupuestaria durante los últimos años, con el fin de mantener sus costes de administración estables sin afectar desfavorablemente a su actividad principal; observa que no se solicitaron puestos adicionales para 2018 y que, en consecuencia, la plantilla del Tribunal prevé un total de 853 puestos autorizados (lo mismo que en 2017);

7.  Acoge con satisfacción los esfuerzos del Tribunal por publicar su informe anual de actividades el 5 de mayo del año siguiente y aprobar sus cuentas definitivas el 31 de mayo; está de acuerdo en que debe darse al Tribunal el tiempo necesario para llevar a cabo su labor de auditoría, tal como se expresa en el informe anual del Tribunal sobre la ejecución del presupuesto de la Unión; propone, no obstante, que el Tribunal examine el asunto en mayor profundidad con la Comisión de Control Presupuestario del Parlamento y otros actores pertinentes a fin de analizar mejor la duración del procedimiento de aprobación de la gestión;

8.  Acoge con satisfacción la presentación del cuadro del informe anual de actividades donde figuran los distintos acuerdos de nivel de servicio firmados con la Comisión y otras instituciones en materias como problemas de recursos humanos , traducción e infraestructuras, y que indica su repercusión en el presupuesto; observa con preocupación que el acuerdo de servicios para los gastos de la Oficina Pagadora relativos a la gestión de los expedientes de personal del Tribunal y la gestión de misiones aumentó a 325 000 EUR en 2018 (frente a 180 000 EUR en 2017) a causa de un nuevo contrato; reitera la importancia de la cooperación interinstitucional;

9.  Aprecia los esfuerzos del Tribunal para lograr el uso más rentable de sus vehículos oficiales; toma nota de que, como parte de la cooperación con el Tribunal de Justicia, el Tribunal firmó un contrato interinstitucional de arrendamiento financiero a 4 años para esos vehículos, lo que dio lugar a mejores precios de arrendamiento y a la introducción de criterios medioambientales;

10.  Toma nota de que el Tribunal decidió revisar las normas de uso de vehículos oficiales y que, de acuerdo con las nuevas normas, los miembros y el secretario general pueden utilizar los vehículos oficiales para viajes no realizados en el ejercicio de sus funciones oficiales por un precio fijo de 100 EUR al mes más determinados costes y gastos; toma nota de que el Tribunal espera ahorros significativos en comparación con la situación dada con las normas existentes; toma nota de que las nuevas normas han entrado en vigor a partir del 1 de enero de 2020; opina que el uso de vehículos oficiales para uso privado no debe llevarse a cabo bajo ninguna circunstancia; considera que esta práctica puede perjudicar la reputación del Tribunal y, en general, de las instituciones de la Unión; pide, por tanto, al Tribunal que reconsidere esta cuestión y mantenga informado al Parlamento;

11.  Observa que el Tribunal adoptó un nuevo conjunto de indicadores clave de rendimiento para el período 2018-2020, consistente en indicadores clave de rendimiento que ofrecen una visión general de la difusión, el impacto y la percepción de su trabajo; observa entre los indicadores clave de rendimiento se incluyen las comparecencias del Tribunal en el Parlamento, el Consejo y en los Parlamentos nacionales y el número de informes especiales publicados (en lugar de los simplemente adoptados); acoge con satisfacción la clara mejora de la eficacia en la labor del Tribunal reflejada en un aumento en el número de informes especiales de un 25 % desde 2008, y en que, desde 2017, las comparecencias en el Parlamento, el Consejo y los Parlamentos nacionales aumentaron un 47 %, un 39 % y un 164 % respectivamente; pide al Tribunal que considere la inclusión del valor añadido de la auditoría en sus indicadores clave de rendimiento e informe de forma continua sobre la aplicación de sus recomendaciones;

12.  Acoge con satisfacción que el Tribunal experimente un fuerte aumento del interés de los medios de comunicación, con una cobertura particularmente alta para sus informes especiales; acoge con satisfacción que el Tribunal siga promoviendo sus publicaciones a través de los canales de las redes sociales; observa con interés que la mayor parte de las publicaciones del Tribunal están disponibles en su sitio web mediante un enlace denominado «Búsqueda de publicaciones»; observa que los informes del Tribunal que recibieron la mayor atención mediática en 2018 fueron los informes especiales relativos a la red ferroviaria de alta velocidad en Europa, a la eficiencia operativa de la gestión por el Banco Central Europeo de la crisis de los bancos y al Mecanismo para los Refugiados en Turquía; acoge con satisfacción la estrategia de comunicación digital del Tribunal para trabajar con partes interesadas no institucionales, como grupos de reflexión, ONG, asociaciones industriales y universidades (que pueden actuar como multiplicadores de los mensajes del Tribunal); alienta asimismo el uso de plataformas de redes sociales libres, de código abierto y con alojamiento propio, que presten una atención especial a la protección de los datos de los usuarios;

13.  Observa con satisfacción que la cobertura mediática general, incluidas las redes sociales, se ha triplicado prácticamente entre 2017 y 2018, aumentando de unos 15 500 artículos en línea y menciones en redes sociales a más de 44 000 ; observa que en este último año, los mensajes difundidos en los medios sociales a partir de las cuentas oficiales del Tribunal relativos a sus publicaciones se visualizaron aproximadamente 11 millones de veces, casi dieciocho veces más que en 2017; toma nota de que en 2018 se disponía de más de 11 000 artículos en línea sobre los informes especiales del Tribunal (frente a 1 500 artículos en línea en 2013);

14.  Reconoce la publicación de 35 informes especiales (frente a 28 en 2017), 9 publicaciones basadas en análisis (frente a 2 en 2017) y 10 dictámenes (frente a 5 en 2017); acoge con satisfacción los esfuerzos del Tribunal, en consonancia con el Reglamento Financiero, para elaborar sus informes especiales generalmente en un plazo de 13 meses, al tiempo que señala que el plazo medio para la presentación de los informes especiales publicados durante 2018 fue de 15,2 meses; destaca, no obstante, que 15 de los 35 informes especiales (43 %) se elaboraron en menos de 13 meses (frente al 29 % en 2017);

15.  O con preocupación de que el Tribunal seleccionó una muestra de 45 operaciones (frente a 55 en 2017 y 100 en 2016) correspondientes a la rúbrica 5 (Administración) del marco financiero plurianual de todas las instituciones y órganos de la Unión; observa que esta muestra se concibió para que fuera representativa del conjunto de gastos con cargo a la rúbrica 5, que representa un 6,3 % del presupuesto de la Unión; toma nota de que la labor del Tribunal indica un gasto administrativo de bajo riesgo; considera, no obstante, que el número de las operaciones seleccionadas en relación con las «otras instituciones» no es suficiente y pide al Tribunal que aumente el número de operaciones que deben ser examinadas en un 10 % como mínimo; pide al Tribunal que estudie la posibilidad de presentar un informe anual independiente sobre las instituciones de la Unión, como ya hace con las agencias de la Unión, y solicita al Tribunal que mantenga informado al Parlamento sobre sus avances a este respecto;

16.  Observa con satisfacción que el capítulo sobre transparencia en el sitio web del Tribunal presenta un calendario de las reuniones del Tribunal y un cuadro de las misiones de los miembros del Tribunal con la fecha, el lugar, la finalidad y los costes, así como enlaces a los documentos relacionados y otros portales de transparencia;

17.  Destaca la introducción de un registro de asistencia, en funcionamiento desde el 1 de enero de 2019, para consignar la presencia de los miembros en las reuniones del Tribunal, en sus salas y en sus comités; pide al Tribunal que informe de estas cuestiones a la Comisión de Control Presupuestario del Parlamento en su próximo informe anual de actividad;

18.  Pide al Tribunal que establezca procedimientos para llevar un registro de las vacaciones anuales de los miembros, las bajas por enfermedad y las ausencias del trabajo por otros motivos a fin de garantizar que todos los permisos disfrutados queden correctamente consignados; destaca que la práctica actual podría hacer que disminuya la confianza de los ciudadanos y las instituciones de la Unión en el Tribunal;

19.  Observa con interés que el Tribunal recaba información sobre las misiones profesionales de los miembros para evaluar si la actividad prevista pertenece al ámbito de interés del Tribunal; acoge con satisfacción que los miembros faciliten los nombres y el cargo de las personas con quien se vayan a reunir, una descripción general de los temas a tratar y, en su caso, la invitación con los datos necesarios para reducir el riesgo de posibles abusos;

20.  Toma nota de que la decisión por la que se aclara la Reglamentación relativa a las misiones de los miembros entró en vigor el 1 de febrero de 2018; toma nota de que la decisión detalla, en particular, la información que debe comunicarse al solicitar una orden de misión;

21.  Observa que el Tribunal, en el marco de su sistema de control interno, decidió delegar a partir de febrero de 2018 en el secretario general las competencias de ordenador de pagos relativas a los gastos de misión y de representación de los miembros; observa que estos gastos están ahora sujetos al sistema general de control gestionado por los servicios de la Secretaría General, que implica la gestión de riesgos y controles ex ante y ex post, y que están incluidos en la declaración anual de los ordenadores subdelegados y delegados; lamenta profundamente que el Tribunal solo hubiese tomado medidas al respecto después de que se produjese una situación particularmente crítica;

22.  Toma nota de que el Servicio de Auditoría Interna revisó los informes de control anuales de 2018 y las declaraciones de los ordenadores subdelegados para evaluar la fiabilidad de la información facilitada; toma nota de que el secretario general ha solicitado informes de control de todas las direcciones; reconoce que el Servicio de Auditoría Interna confirma la fiabilidad de los controles ex ante y ex post efectuados por los servicios y, en general, la fiabilidad de la información presentada en los informes de control;

23.  Toma nota de la decisión del Tribunal relativa al período 2012-2018 de llevar a cabo una auditoría interna de los gastos de misión y del uso de vehículos oficiales, cuya auditoría finalizó en julio de 2019; observa que el informe de auditoría llegaba a la conclusión de que la gran mayoría de las operaciones examinadas por el Servicio de Auditoría Interna, que se habían seleccionado al azar, cumplían las normas y procedimientos aplicables; lamenta que el informe concluyera que, antes de las reformas de 2017-2018, los sistemas de gestión y control del Tribunal sufrían determinadas deficiencias; observa, además, que el informe concluyó que las reformas de 2017-2018 habían corregido eficazmente las deficiencias de los sistemas de control, y que los procedimientos de gestión y control actualmente en vigor son, en general, fiables;

24.  Observa que, sobre la base de dicho informe de auditoría, no se ha identificado ningún indicio de abuso de posición por parte de miembros o antiguos miembros; observa que no se ha llevado a cabo ninguna otra investigación interna posterior a dicho informe de auditoría;

25.  Observa que la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) ha transmitido su informe sobre un antiguo miembro a las autoridades judiciales de Luxemburgo; observa que se retiró la inmunidad al antiguo miembro; toma nota de que el Tribunal ha recuperado la cantidad de 153 407,58 EUR del antiguo miembro;

26.  Toma nota de que la OLAF abrió una investigación en 2016 relativa a un posible abuso de los gastos de viaje y manutención de un miembro actual del Tribunal en relación con un periodo en que era diputado al Parlamento; toma nota de que la OLAF dio por concluido el caso en septiembre de 2019, con la recomendación de que el Parlamento recuperara 11 243 EUR; observa que no se han formulado recomendaciones disciplinarias ni judiciales a este respecto y que no se ha dirigido ninguna recomendación al Tribunal;

27.  Celebra que los miembros del Tribunal estén sujetos a un código de conducta que regula su independencia, imparcialidad, integridad, compromiso, colegialidad, confidencialidad, responsabilidades y obligaciones una vez finalizado su mandato; acoge con satisfacción la publicación por el Tribunal de las declaraciones de intereses (declaraciones de intereses económicos y actividades externas) y el currículum vítae de sus miembros en el sitio web, con lo que quedan sometidas al mismo control público que el resto de instituciones de la Unión;

28.  Expresa su preocupación por que las declaraciones de intereses dependan necesariamente de la voluntad del propio interesado y que, dado el marco jurídico actual, ni el Tribunal ni el comité de ética tengan competencias de investigación para garantizar la veracidad y la exhaustividad de los datos declarados; pide al Tribunal que se asegure de que sus miembros presentan declaraciones de intereses en lugar de declaraciones de ausencia de conflictos de intereses; subraya que deben reforzarse los procedimientos actuales, incluidos los del comité de ética, para garantizar la ausencia de conflictos de intereses; solicita al Tribunal que informe de los avances efectuados;

29.  Acoge con satisfacción la publicación de las Directrices de Ética del Tribunal, aplicables a todos los miembros y al personal; celebra el examen por el Comité de Ética de todas las cuestiones de carácter ético que considere pertinentes, incluida la evaluación de las actividades externas de los miembros del Tribunal; toma nota de la designación de asesores en materia de ética entre los miembros del personal del Tribunal con el objetivo de que todo miembro del personal tenga el derecho y la oportunidad de obtener un asesoramiento confidencial e imparcial sobre asuntos sensibles como conflictos de intereses, aceptación de regalos o cómo transmitir información en caso de irregularidades graves (denuncia de irregularidades), etc.;

30.  Destaca que el Tribunal ofrece a todo el personal un curso de formación específico sobre ética pública, que es obligatorio para todos los miembros del personal entrante y que incluye una sección sobre la denuncia de irregularidades, incluido el procedimiento a seguir y los derechos del personal; valora que en las orientaciones internas sobre las «preguntas frecuentes sobre cuestiones éticas» se presenten una serie de ejemplos con el fin de facilitar el reconocimiento de los posibles conflictos de intereses; pide al Tribunal que intensifique sus esfuerzos mejorando la información y la comunicación y mediante el seguimiento de las actividades;

31.  Hace hincapié en que un marco ético debe consistir en normas para prevenir, detectar y evitar posibles conflictos de intereses; observa que el marco ético del Tribunal ha sido examinado por expertos de las instituciones superiores de auditoría de Polonia y Croacia; toma nota del informe final de la evaluación por homólogos; pide al Tribunal que informe al Parlamento de todas las acciones de seguimiento que se decidan sobre la base de los resultados de la evaluación por homólogos;

32.  Acoge con satisfacción que el Tribunal haya establecido canales para la denuncia de irregularidades que garanticen una protección adecuada de los denunciantes de irregularidades y que haya publicado las normas de procedimiento correspondientes; observa que existe un formulario de contacto en línea para notificar cualquier irregularidad grave; acoge con satisfacción el enlace de su página web sobre cómo denunciar casos de fraude a la OLAF;

33.  Toma nota de que el Tribunal sigue dando formaciones y presentaciones para directivos, personal entrante y personal de recursos humanos para concienciar sobre el acoso en el entorno laboral; observa, además, que las personas de contacto para la lucha contra el acoso reciben cada año formación pertinente; señala que el Tribunal reforzó sus normas contra el acoso en 2017 y que su objetivo era evitar situaciones de acoso, mantener un entorno de trabajo satisfactorio y facilitar la resolución de conflictos interpersonales mediante una solución amistosa ;

34.  Acoge con satisfacción los esfuerzos realizados por el Tribunal para garantizar el bienestar del personal, al permitir un horario flexible de trabajo y el teletrabajo y nota que, a este respecte, el Tribunal provee presentaciones sobre la igualdad de oportunidades y el acceso a psicólogos gratuitos; observa, no obstante, que en 2018 hubo tres casos de agotamiento profesional; pide, por lo tanto, al Tribunal que estudie si la carga de trabajo se distribuye de forma proporcional entre los equipos y miembros del personal;

35.  Toma nota de que en 2018 se presentó una denuncia formal por acoso y que se constataron los actos de acoso sexual; toma nota de que todo el procedimiento, que finalizó con la adopción de medidas preventivas y disciplinarias, se finalizó en cinco meses a partir de la fecha de presentación de la denuncia;

36.  Destaca que, tal como se indica en el párrafo tercero del artículo 16 del Estatuto de los funcionarios en relación con las actividades profesionales de los altos funcionarios después de abandonar el servicio, el Tribunal publica información relativa a las actividades profesionales de los altos funcionarios del Tribunal; toma nota igualmente de la publicación de las normas correspondientes en su sitio web;

37.  Toma nota de que el Tribunal y la OLAF trabajan en estrecha cooperación para proteger los intereses financieros de la Unión; toma nota, asimismo, de que en 2018 el Tribunal comunicó nueve casos de presunto fraude detectados en el contexto de sus auditorías (frente a 13 en 2017); felicita al Tribunal por el hecho de que las negociaciones en curso dieran lugar a un acuerdo de cooperación administrativa entre el Tribunal y la OLAF, firmado en mayo de 2019, cuyo objetivo es facilitar una relación de trabajo práctica entre ambos organismos, en particular en lo que se refiere a la transmisión de presuntos casos de fraude y a la organización de acciones de interés común, como formación, talleres o intercambios de personal;

38.  Lamenta que el seguimiento por el Tribunal de la decisión de aprobación de la gestión de 2017 solo ofreciera respuestas limitadas a las observaciones del Parlamento; destaca que el seguimiento es esencial para que la Comisión de Control Presupuestario del Parlamento determine si el Tribunal ha aplicado las recomendaciones del Parlamento; pide al Tribunal que, en su próximo informe de seguimiento, incluya todas las respuestas necesarias y explicaciones más detalladas sobre la aplicación de las recomendaciones del Parlamento;

39.  Señala que la retirada del Reino Unido de la Unión no tendrá repercusiones importantes en la estructura y los recursos del Tribunal; toma nota de que el Tribunal se ha comprometido a utilizar su poder discrecional, de conformidad con el artículo 49 del Estatuto de los funcionarios en el sentido de no despedir a funcionarios por la única razón de que ya no tienen la nacionalidad de un Estado miembro; observa que, por lo que respecta a los agentes temporales y contractuales, el Tribunal está obligado por ley a examinar individualmente cada caso y a autorizar excepciones cuando esté justificado en interés del servicio; acoge con satisfacción que el Tribunal se haya comprometido a utilizar de forma abierta y transparente esta posibilidad suya de autorizar excepciones; toma nota de que la evaluación del Tribunal se basará únicamente en el interés del servicio;

40.  Subraya el compromiso del Tribunal de mejorar su equilibrio de género en todos los niveles de gestión; observa que el 45 % de sus auditores y administradores son mujeres, por lo que la proporción de hombres y mujeres es casi igual; observa que el 38 % de los directivos (24), son mujeres y que de 10 directores, tres son mujeres; pide al Tribunal que prosiga sus esfuerzos por promover el equilibrio de género, en particular en los puestos de dirección y de gestión más elevados; acoge con satisfacción que el porcentaje de mujeres en puestos directivos en las salas de auditoría haya aumentado del 7 % en 2015 a casi el 24 % a finales de 2018 (frente al 20 % en 2017); observa que la política de igualdad de oportunidades del Tribunal para el período 2018-2020, aprobada en febrero de 2018, también aborda las cuestiones relativas a la edad y la discapacidad;

41.  Reitera que solo seis de los 28 miembros del Tribunal (frente a cuatro en 2016) son mujeres; hace hincapié en la cuestión del desequilibrio entre hombres y mujeres entre sus miembros; recuerda que los Estados miembros deberían alentar más activamente a las mujeres a presentar su candidatura a este tipo de puestos; reitera que el Consejo debe presentar siempre al menos dos candidatos, una mujer y un hombre, durante el procedimiento de nombramiento;

42.  Toma nota de que el aumento de la carga de trabajo en la traducción ha sido compensado por mejoras de eficiencia gracias a la racionalización de los procedimientos internos del Tribunal, incluida una centralización del tratamiento previo y posterior a la traducción; observa que esto ha permitido una reducción significativa (más del 10 % con respecto a 2017) de los costes por página;

43.  Se congratula de nuevo de la cooperación del Tribunal con otras instituciones públicas y partes interesadas; toma nota con satisfacción de la cooperación entre los jefes de las entidades fiscalizadoras superiores y de la adopción de un plan de trabajo conjunto a partir de 2018; apoya asimismo las asociaciones establecidas con diversas universidades en el marco de la política del Tribunal de ampliar la gama de formaciones que ofrece; pide al Tribunal que amplíe sus contactos a otras universidades con el fin de establecer una futura cooperación que esté diversificada y mantenga un equilibrio geográfico;

44.  Celebra que los espacios de archivo del edificio K2 hayan resultado innecesarios gracias a la creciente digitalización; señala que estos espacios se convertirán en nuevos espacios colaborativos o de bienestar y que el coste se sufragará con el presupuesto restante del proyecto de construcción K3 completado hace algunos años; observa que el nivel de confort del edificio K1 se mantiene muy por debajo de los demás edificios del campus; valora la conclusión de un estudio en el que se recomiendan obras que darían lugar a enormes inversiones; observa que se siguen estudiando opciones para encontrar la solución más eficiente para el futuro del edificio K1, incluso en cooperación con las autoridades luxemburguesas; pide al Tribunal que informe a la Comisión de Control Presupuestario del Parlamento acerca de las posibles soluciones, junto con las estimaciones presupuestarias correspondientes;

45.  Acoge con satisfacción el hecho de que el Tribunal haya establecido un programa medioambiental global para abordar diversos temas identificados en su análisis medioambiental y reducir su impacto ambiental; observa con satisfacción que consiguió reducir su consumo de energía en un 11,5 % entre 2014 y 2018, su consumo de agua en un 21,1 % entre 2016 y 2018, y su consumo de papel en un 50,8 % entre 2014 y 2018;

46.  Apoya los esfuerzos del Tribunal para mejorar la protección de datos y la ciberseguridad mediante la adopción a mediados de 2018 de un plan de acción de ciberseguridad trienal con una serie de medidas para mitigar los riesgos detectados; toma nota con satisfacción de la cooperación del Tribunal con el Equipo de respuesta a emergencias informáticas de las instituciones, órganos y organismos de la Unión Europea (CERT-UE) para llevar a cabo algunos de los controles previstos en el plan;

47.  Reconoce que el software libre y de código abierto puede aportar valor añadido al Tribunal; subraya, en particular, la utilidad de dicho software a la hora de aumentar la transparencia y evitar la dependencia de proveedores concretos; reconoce asimismo las posibilidades que ofrece para mejorar la seguridad, puesto que permite detectar las vulnerabilidades y subsanarlas; recomienda enérgicamente que todo software desarrollado por el Tribunal se ponga a disposición pública a través de una licencia de software libre y de código abierto;

48.  Destaca todo el trabajo realizado por el Tribunal en los últimos años, en ámbitos como la presupuestación basada en el rendimiento, el marco ético con todas sus normas y procedimientos conexos, las actividades de comunicación reforzadas y el creciente número de medidas para mejorar la transparencia; acoge con satisfacción la importante cantidad de acuerdos interinstitucionales en materia de servicios y cooperación; subraya la importancia de la colaboración y del intercambio de experiencias entre las instituciones y los órganos de la Unión; sugiere la posibilidad de estudiar actividades oficiales de creación de redes en distintos ámbitos, con el fin de intercambiar mejores prácticas y desarrollar soluciones comunes.

Última actualización: 31 de julio de 2020Aviso jurídico - Política de privacidad