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 Texto íntegro 
Procedimiento : 2016/0365(COD)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A9-0242/2020

Textos presentados :

A9-0242/2020

Debates :

Votaciones :

Textos aprobados :

P9_TA(2020)0338

Textos aprobados
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Lunes 14 de diciembre de 2020 - Bruselas
Marco para la recuperación y la resolución de entidades de contrapartida central ***II
P9_TA(2020)0338A9-0242/2020

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 14 de diciembre de 2020, sobre la Posición del Consejo en primera lectura con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a un marco para la recuperación y la resolución de entidades de contrapartida central y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1095/2010, (UE) n.º 648/2012, (UE) n.º 600/2014, (UE) n.º 806/2014 y (UE) 2015/2365, y las Directivas 2002/47/CE, 2004/25/CE, 2007/36/CE, 2014/59/UE y (UE) 2017/1132 (09644/1/2020 – C9-0376/2020 – 2016/0365(COD))

(Procedimiento legislativo ordinario: segunda lectura)

El Parlamento Europeo,

–  Vista la Posición del Consejo en primera lectura (09644/1/2020 – C9‑0376/2020),

–  Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo de 29 de marzo de 2017(1),

–  Vista su Posición en primera lectura(2) sobre la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2016)0856),

–  Visto el artículo 294, apartado 7, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el acuerdo provisional aprobado por la comisión competente con arreglo al artículo 74, apartado 4, de su Reglamento interno,

–  Visto el artículo 67 de su Reglamento interno,

–  Vista la Recomendación para la segunda lectura de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios (A9‑0242/2020),

1.  Aprueba la Posición del Consejo en primera lectura;

2.  Constata que el acto ha sido adoptado con arreglo a la Posición del Consejo;

3.  Encarga a su presidente que firme el acto, conjuntamente con el presidente del Consejo, de conformidad con el artículo 297, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea;

4.  Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

(1) DO C 209 de 30.6.2017, p. 28.
(2) Textos Aprobados, P8_TA(2019)0301.

Última actualización: 16 de marzo de 2021Aviso jurídico - Política de privacidad