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Procedimiento : 2018/0190(COD)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A9-0161/2021

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A9-0161/2021

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Textos aprobados :

P9_TA(2021)0239

Textos aprobados
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Miércoles 19 de mayo de 2021 - Bruselas
Programa Europa Creativa ***II
P9_TA(2021)0239A9-0161/2021
Resolución
 Anexo

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 19 de mayo de 2021, respecto de la Posición del Consejo en primera lectura con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el programa Europa Creativa (2021 a 2027) y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 1295/2013 (14146/1/2020 – C9-0134/2021 – 2018/0190(COD))

(Procedimiento legislativo ordinario: segunda lectura)

El Parlamento Europeo,

–  Vista la Posición del Consejo en primera lectura (14146/1/2020 – C9‑0134/2021),

–  Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo de 12 de diciembre de 2018(1),

–  Visto el dictamen del Comité de las Regiones de 6 de febrero de 2019(2),

–  Vista su Posición en primera lectura(3) sobre la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2018)0366),

–  Visto el artículo 294, apartado 7, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el acuerdo provisional aprobado por la comisión competente con arreglo al artículo 74, apartado 4, de su Reglamento interno,

–  Visto el artículo 67 de su Reglamento interno,

–  Vista la Recomendación para la segunda lectura de la Comisión de Cultura y Educación (A9‑0161/2021),

1.  Aprueba la Posición del Consejo en primera lectura;

2.  Toma nota de la declaración de la Comisión adjunta a la presente Resolución;

3.  Constata que el acto ha sido adoptado con arreglo a la Posición del Consejo;

4.  Encarga a su presidente que firme el acto, conjuntamente con el presidente del Consejo, de conformidad con el artículo 297, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea;

5.  Encarga a su secretario general que firme el acto, tras haber comprobado que se han cumplido en debida forma todos los procedimientos, y que proceda, de acuerdo con el secretario general del Consejo, a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;

6.  Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

(1) DO C 110 de 22.3.2019, p. 87.
(2) DO C 168 de 16.5.2019, p. 37.
(3) DO C 108 de 26.3.2021, p. 934.


ANEXO A LA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

Declaraciones de la Comisión

En virtud del considerando 23 y del anexo I, artículo 1, letra e), de las acciones especiales, así como del artículo 7, apartado 5, del Reglamento antes mencionado, acordado por los colegisladores el 14 de diciembre de 2020, la Comisión Europea confirma su intención de poner en marcha convocatorias de propuestas para solicitar subvenciones operativas plurianuales a las que la Joven Orquesta de la Unión Europea y otras entidades podrían optar y que les proporcionarían la estabilidad necesaria para su funcionamiento. Estas convocatorias estarán sujetas a la adopción de programas de trabajo que especificarán las condiciones, como el calendario de las convocatorias o la duración de los acuerdos de subvención previstos. La Comisión confirma además su intención de poner en marcha la primera de estas convocatorias en el programa de trabajo anual de 2021. Esta intención está supeditada a la adopción del citado Reglamento y al acuerdo final sobre el presupuesto de la Unión para 2021.

***

La Comisión lamenta que los colegisladores hayan decidido mantener el logotipo de MEDIA. Esto es contrario al planteamiento horizontal de no tener logotipos específicos de cada programa en el futuro presupuesto a largo plazo. La intención de la Comisión es garantizar que los europeos puedan relacionarse con la Unión en su conjunto gracias al uso del emblema europeo único por parte de sus diferentes programas. Este emblema es común a todas las instituciones de la Unión y formará una parte importante de los requisitos de comunicación y visibilidad sencillos, coherentes y vinculantes en todos los programas. Para alcanzar un acuerdo general sobre el programa, la Comisión puede aceptar que se mantenga el logotipo de MEDIA a condición de que se limite a la duración del período de programación correspondiente.

La Comisión sigue estando convencida de que la comunicación y la visibilidad de la acción de la Unión para con un público amplio es más eficaz sin logotipos específicos de los programas. La Comisión sigue estando a disposición de los colegisladores para demostrar este hecho mucho antes de las negociaciones del siguiente período de programación.

Última actualización: 9 de septiembre de 2021Aviso jurídico - Política de privacidad