Disposiciones específicas para el objetivo de cooperación territorial europea (Interreg) financiado con ayuda del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y los instrumentos de financiación exterior 2021- 2027 ***II
Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 23 de junio de 2021, sobre la Posición del Consejo en primera lectura con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre disposiciones específicas para el objetivo de cooperación territorial europea (Interreg) financiado con ayuda del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y los instrumentos de financiación exterior (05488/1/2021 – C9-0192/2021 – 2018/0199(COD))
(Procedimiento legislativo ordinario: segunda lectura)
El Parlamento Europeo,
— Vista la Posición del Consejo en primera lectura (05488/1/2021 – C9‑0192/2021),
— Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo de 19 de septiembre de 2018(1),
— Visto el dictamen del Comité de las Regiones de 5 de diciembre de 2018(2),
— Vista su Posición en primera lectura(3) sobre la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2021)0289),
— Visto el artículo 294, apartado 7, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
— Visto el acuerdo provisional aprobado por la comisión competente con arreglo al artículo 74, apartado 4, de su Reglamento interno,
— Visto el artículo 67 de su Reglamento interno,
— Vista la recomendación para la segunda lectura de la Comisión de Desarrollo Regional (A9-0205/2021),
1. Aprueba la Posición del Consejo en primera lectura;
2. Constata que el acto se adopta con arreglo a la Posición del Consejo;
3. Encarga a su presidente que firme el acto, conjuntamente con el presidente del Consejo, de conformidad con el artículo 297, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea;
4. Encarga a su secretario general que firme el acto, tras haber comprobado que se han cumplido en debida forma todos los procedimientos, y que proceda, de acuerdo con el secretario general del Consejo, a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;
5. Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.