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Procedimiento : 2019/2159(INI)
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A9-0170/2021

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Miércoles 23 de junio de 2021 - Bruselas
Retos y perspectivas para el sector pesquero del mar Negro
P9_TA(2021)0307A9-0170/2021

Resolución del Parlamento Europeo, de 23 de junio de 2021, sobre los retos y perspectivas para el sector pesquero del mar Negro (2019/2159(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el Reglamento (UE) 2019/2236 del Consejo, de 16 de diciembre de 2019, por el que se fijan, para 2020, las posibilidades de pesca aplicables a determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces en el mar Mediterráneo y en el mar Negro(1).

–  Visto el Reglamento (UE) n.º 1380/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, sobre la política pesquera común(2),

–  Visto el Objetivo de Desarrollo Sostenible 14 de las Naciones Unidas relativo a la vida submarina,

–  Vista la Directiva 2008/56/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008, por la que se establece un marco de acción comunitaria para la política del medio marino (Directiva marco sobre la estrategia marina)(3),

–  Visto el Reglamento (UE) 2019/982 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 1343/2011 sobre determinadas disposiciones aplicables a la pesca en la zona del Acuerdo CGPM (Comisión General de Pesca del Mediterráneo)(4),

–  Vista la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres(5) (Directiva sobre los hábitats),

–  Vista la Directiva 2014/89/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, por la que se establece un marco para la ordenación del espacio marítimo(6),

–  Visto el Reglamento (UE) n° 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca(7) (FEMP),

–  Visto el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1004,

–  Vista su resolución legislativa de 11 de marzo de 2021 sobre la propuesta de la Comisión de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 1224/2009 del Consejo, y se modifican los Reglamentos (CE) n.º 768/2005, (CE) n.º 1967/2006 y (CE) n.º 1005/2008 del Consejo y el Reglamento (UE) 2016/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al control de la pesca(8),

–  Vista la estrategia a medio plazo (2017-2020) de la CGPM para la sostenibilidad de la pesca en el Mediterráneo y el mar Negro, así como su decisión sobre una nueva estrategia para el período 2021-2025,

–  Vista la Decisión de la CGPM relativa al establecimiento conjunto de una nueva estrategia de pesca y acuicultura en el Mediterráneo y el mar Negro para el período 2021-2025, que se adoptó durante la reunión de alto nivel de 3 de noviembre de 2020,

–  Vistas las propuestas de la Comisión sobre el Pacto Verde Europeo y sobre la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030,

–  Vistas las declaraciones pronunciadas tras las reuniones ministeriales de Burgas, de 31 de mayo de 2018, y Bucarest, de 9 de mayo de 2019, sobre un programa marítimo común para el mar Negro, que han sido suscritas por los seis Estados ribereños del mar Negro,

–  Vista la Carta de la Organización de Cooperación Económica del mar Negro, que tiene como fin mejorar el diálogo sobre políticas en materia de protección del medio ambiente, así como el intercambio de estadísticas,

–  Vista la Agenda Estratégica de Investigación e Innovación para el mar Negro, que se puso en marcha en 2019 y tiene como fin promover una visión compartida para lograr un mar Negro productivo, saludable, resiliente y sostenible de aquí a 2030,

–  Vistas las declaraciones relativas a las conferencias de alto nivel sobre pesca y acuicultura en el mar Negro celebradas en Bucarest (2016) y Sofía (Declaración Ministerial de Sofía, 2018),

–  Vistas las conferencias de alto nivel de las partes interesadas del mar Negro sobre economía azul celebradas en Bucarest (2014), Sofía (2015), Odesa (2016) y Batumi (2017),

–  Vistos el Convenio de 1992 para la protección del mar Negro contra la contaminación (Convenio de Bucarest) —junto con sus protocolos—, del que Bulgaria y Rumanía son partes y en el que la Unión Europea tiene estatuto de observador, y el trabajo de la Comisión para la Protección del mar Negro contra la Contaminación sobre la base de dicho Convenio,

–  Vista la Declaración Ministerial de 1993 sobre la Protección del mar Negro, de 7 de abril de 1993,

–  Visto el Programa Integrado de Seguimiento y Evaluación del mar Negro para el período 2017-2022 (BSIMAP 2017-2022) de la Comisión para la Protección del mar Negro contra la Contaminación,

–  Visto el proyecto BlackSea4Fish, que cuenta con el respaldo financiero de la Unión y un presupuesto anual de alrededor de 1 100 000 EUR y que tiene por objeto la gestión sostenible de las poblaciones de peces en el mar Negro,

–  Vista la Recomendación de la GFCM/42/2018/9 sobre un programa de investigación regional para la explotación sostenible del caracol marino en el mar Negro, que tiene por objeto ofrecer una estimación de la distribución, abundancia, tamaño y estructura de edad de la población de caracoles marinos en los países participantes (Bulgaria, Rumanía, Turquía, Georgia y Ucrania),

–  Visto el informe del Comité Científico, Técnico y Económico de Pesca (CCTEP) de la Comisión, de 11 de diciembre de 2020, relativo a la evaluación de los indicadores de equilibrio para segmentos clave de la flota y la revisión de los informes nacionales sobre los esfuerzos de los Estados miembros por lograr un equilibrio entre la capacidad de la flota y las posibilidades de pesca,

–  Visto el informe de 2010 del Departamento Temático B del Parlamento Europeo titulado «Fisheries in the Black Sea» (La pesca en el mar Negro),

–  Visto el Código de Conducta para la Pesca Responsable de la Organización para la Alimentación y la Agricultura, de 1995,

–  Vistos los informes de la iniciativa regional UE-PNUD (los proyectos Emblas-I y Emblas-II), que ayudó a reforzar las capacidades de tres países (Georgia, Ucrania y Rusia) para el seguimiento biológico y químico de la calidad del agua en el mar Negro, conforme a la legislación de la Unión en materia de agua, y que se aplicaron en los períodos 2013-2014 (Emblas-I) y 2014-2018 (Emblas-II) respectivamente,

–  Vista la Recomendación de la CGPM de 2009 sobre el establecimiento de una lista de buques que presuntamente hayan realizado actividades de pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) en la zona de la CGPM,

–  Visto el archivo regional de legislación nacional de la CGPM (GFCM-Lex), una plataforma en línea que actualmente comprende la legislación nacional sobre conservación de los ecosistemas y los recursos biológicos marinos de tres países de la CGPM de momento y que la CGPM tiene el objetivo de extender a toda la zona de la CGPM, incluido el mar Negro, en el futuro,

–  Vistos el Convenio relativo a la conservación de la vida silvestre y del medio natural en Europa, de 1979 (el Convenio de Berna), la Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres, de 1979, la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres, de 1973, el Convenio sobre la Diversidad Biológica, de 1992, y el Plan de Acción Paneuropeo de Salvaguardia de Esturión adoptado en virtud del Convenio de Berna,

–  Visto el informe de 2020 de la CGPM titulado «El estado de la pesca en el mar Mediterráneo y el mar Negro»,

–  Vista su Resolución, de 13 de septiembre de 2011, sobre la gestión actual y futura de la pesca en el mar Negro(9),

–  Vista su Resolución, de 21 de enero de 2021, sobre un aumento de los recursos pesqueros en el mar: medidas para promover la recuperación de las poblaciones de peces por encima del rendimiento máximo sostenible (RMS), en particular zonas de recuperación de poblaciones de peces y zonas marinas protegidas(10),

–  Visto el Black Sea Assistance Mechanism (Mecanismo de Asistencia del mar Negro), encaminado a facilitar orientaciones y apoyo a Gobiernos, inversores privados, asociaciones comerciales e industriales, instituciones de investigación, universidades y la ciudadanía respecto de oportunidades para participar en actividades marítimas de la economía azul en la región del mar Negro,

–  Vistos la iniciativa Sinergia del mar Negro de la Unión y los tres informes de la Comisión sobre la aplicación de la misma, de 19 de junio de 2008 (COM(2008)0391), 20 de enero de 2015 (SWD(2015)0006) y 5 de marzo de 2019 (SWD(2019)0100),

–  Vista la estrategia de la UE para la cuenca del Danubio, que tiene como objetivo, entre otros, facilitar y coordinar cuestiones clave como la biodiversidad o el desarrollo socioeconómico en los países de la cuenca del río Danubio,

–  Visto el artículo 54 de su Reglamento interno,

–  Visto el informe de la Comisión de Pesca (A9-0170/2021),

A.  Considerando que el mar Negro es un mar semicerrado que solo se comunica con el océano por el Mediterráneo a través del mar de Mármara y el mar Egeo, y que limita con seis países (Bulgaria, Rumanía, Turquía, Georgia, Ucrania y Rusia), de los cuales solo dos son Estados miembros de la UE (Bulgaria y Rumanía);

B.  Considerando que, desde la década de 1960, el mar Negro ha sufrido cambios medioambientales drásticos debido a presiones como la eutrofización, la introducción de especies invasoras y la sobrepesca;

C.  Considerando que los cambios en los regímenes medioambientales del mar Negro fueron provocados por la reducción de los principales depredadores en la red alimentaria pelágica y la posterior disminución de los peces planctívoros;

D.  Considerando que el mar Negro presenta una importante capa anóxica (87 %) y que su capa oxigenada ha disminuido entre 20 y 25 metros en los últimos veinte años; que las acciones humanas, como la contaminación, la destrucción de hábitats y la sobrepesca, ocasionaron una grave degradación de los ecosistemas en el mar Negro en la década de 1980; que, a excepción de algunas bacterias anaerobias, no hay vida marina en profundidades superiores a los 50-200 m;

E.  Considerando que ocho especies son de gran interés para el sector pesquero —la anchoa (Engraulis encrasicolus), el espadín (Sprattus sprattus), el jurel (Trachurus mediterraneus), el rodaballo (Scophthalmus maximus), el merlán (Merlangius merlangus), el salmonete de fango (Mullus barbatus), el caracol marino (Rapana venosa) y la mielga (Squalus acanthias)—, la mayoría de las cuales corresponden a poblaciones compartidas, mientras que dos especies están sujetas a cuotas: el espadín, que tiene una cuota autónoma, y el rodaballo, que tiene una cuota de TAC fijada por la CGPM; que otras especies, como la mielga (tiburón), el merlán y la anchoa, quedan sin protección; que en el período 2020--2022 la cuota para el espadín ha permanecido sin cambios con respecto a 2011, en una tasa de 11 445 t al año en la Unión (8 032,5 t para Bulgaria y 3 442,5 t para Rumanía), mientras que la cuota de la UE para el rodaballo ha aumentado de 114 a 150 t anuales, repartidas equitativamente entre Bulgaria y Rumanía;

F.  Considerando que la implantación de un sistema de rendimiento máximo sostenible para las especies importantes en el plano económico en los países del mar Negro beneficiará a la biodiversidad, así como a la sostenibilidad del sector pesquero a medio y largo plazo; que Rumanía ha implantado una cuota nacional para especies distintas de las dos que tienen cuotas a escala de la Unión, como el caracol marino (Rapana venosa), el mejillón (Mytilus galloprovincialis), los góbidos (Ponticola cephalargoides), la chirla (Chamelea gallina), el merlán y la mielga o galludo;

G.  Considerando que, según datos de 2018, el consumo anual de pescado per cápita en Bulgaria (7,00 kg) y Rumanía (7,99 kg) es bastante inferior a la media de la UE (24,36 kg), lo que podría considerarse una oportunidad para el crecimiento del sector pesquero local;

H.  Considerando que, de media, el 91 % de las flotas pesqueras de los seis países ribereños del mar Negro están formadas por buques pequeños; que casi el 95 % de la flota búlgara y el 87 % de la flota rumana se incluyen en esta categoría;

I.  Considerando que, según la CGPM, el sector artesanal del mar Negro realiza una importante captura accesoria de especies vulnerables de tiburones y rayas y de mamíferos marinos, como los delfines y las marsopas;

J.  Considerando que la pesca a pequeña escala es característica de las regiones del mar Negro y del bajo Danubio;

K.  Considerando que en el mar Negro faenan buques de pesca INDNR y que los Estados ribereños tienen poca capacidad para controlar las operaciones de pesca; que, según los datos más recientes de la CGPM —del 4-8 de noviembre de 2019— se han identificado 65 buques de pesca INDNR;

L.  Considerando que el FEMP ha asignado más de 88 000 000 EUR a Bulgaria y más de 168 000 000 EUR a Rumanía para el período 2014-2020; que las tasas de absorción de ambos países, según los datos más recientes disponibles hasta el 31 de diciembre de 2020, siguen siendo de las más bajas de la Unión, con unas tasas de gasto de fondos asignados del 36,34 % en Bulgaria y del 33,72 % en Rumanía; que unas tasas de absorción más bajas podrían traducirse en oportunidades perdidas para las comunidades pesqueras de estos países;

M.  Considerando que el Consejo Consultivo del mar Negro es operativo y participa en la elaboración de las políticas pesqueras de la UE para el mar Negro; que la gestión de la pesca en el mar Negro se realiza a través de la CGPM;

N.  Considerando que la Comisión para la Protección del mar Negro contra la Contaminación actúa con arreglo al mandato de los países del mar Negro (Bulgaria, Georgia, Rumanía, Rusia, Turquía y Ucrania) que firmaron y poco después ratificaron el Convenio de Bucarest; que dicho Convenio exige a todas las partes contratantes que eviten, reduzcan y controlen la contaminación en el mar Negro a fin de proteger y preservar su medio marino;

O.  Considerando que el cambio climático incide en el aumento de la temperatura del aire en la región del mar Negro, lo que a su vez repercute en la temperatura del mar, afectando a la biodiversidad y a las especies marinas; que este cambio afecta al sector pesquero a través de los recursos de los que depende;

P.  Considerando que la Comisión ha propuesto el Pacto Verde Europeo y la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030, que sientan las bases de los paquetes legislativos para cambiar el acervo de la Unión en materia de medio ambiente; que todo ello crearía nuevas oportunidades y medidas para integrar mejor los aspectos medioambientales en las políticas sectoriales, recuperar especies y hábitats y promover unas inversiones y políticas más respetuosas con el medio ambiente;

Q.  Considerando que las características del mar Negro, como su gran cuenca hidrográfica, lo convierten en una zona especialmente vulnerable a la contaminación por residuos marinos y la acumulación de microplásticos; que, según el informe del proyecto Emblas-Plus sobre el mar Negro, este contiene casi el doble de residuos que el mar Mediterráneo, lo que indudablemente tiene consecuencias para la biodiversidad, las poblaciones de peces y el sector pesquero;

R.  Considerando que el mar Negro cuenta con tres subespecies endémicas de cetáceos —el delfín común del mar Negro (Delphinus delphis ponticus), el delfín mular del mar Negro (Tursiops truncatus ponticus) y la marsopa del mar Negro (Phocoena phocoena relicta)—, todas las cuales tienen la clasificación de especie amenazada y dos de las cuales —el delfín mular del mar Negro y la marsopa del mar Negro— están cubiertas por la Directiva sobre los hábitats; que todas ellas son especies carnívoras que se alimentan principalmente de peces;

S.  Considerando que el caracol marino (Rapana venosa) se considera una especie invasora sin enemigos naturales en el mar Negro, lo que supone una grave amenaza para las poblaciones de otros organismos, si bien al mismo tiempo se ha convertido en una importante fuente de ingresos, así como en una especie objetivo para los buques de pesca comercial;

T.  Considerando que el ecosistema del mar Negro depende de los principales ríos europeos, como el Danubio, para la entrada de agua; que esta dependencia crea un vínculo estrecho entre el estado ecológico del Danubio y de otros ríos y el del mar Negro; que estos ríos transportan grandes cantidades de derrubios naturales y antropogénicos procedentes de fuentes en tierra; que tanto el Danubio como el mar Negro constituyen un hábitat para determinadas especies, incluido el esturión (Acipenseriformes) y el sábalo (Alosa immaculata);

U.  Considerando que factores como la degradación del hábitat de estas especies, la perturbación de los corredores migratorios y la sobreexplotación de las mismas por el caviar y por su carne, así como la contaminación, han llevado a los esturiones del Danubio y del mar Negro al borde de la extinción; que, debido a la drástica reducción del número de esturiones reproductores, la reproducción natural de esta especie solo se da actualmente en muy contadas ocasiones; Considerando que tanto el Danubio como el mar Negro contaban con grandes poblaciones de esturión;

V.  Considerando que la drástica disminución del número de peces con huevas, asociada al descenso de la población, está malogrando su reproducción natural, al reducir las posibilidades de que los pocos esturiones macho y hembra que quedan se encuentren y desoven;

W.  Considerando que los datos con los que cuentan los institutos de investigación indican que las poblaciones de esturión están fragmentadas y que faltan ciertas generaciones, que la reproducción natural del esturión es deficiente, que el número de ejemplares adultos que migran al Danubio para la reproducción es extremadamente bajo, y que las cinco especies de esturión —el esterlete (Acipenser ruthenus), el esturión del Danubio (Acipenser gueldenstaedtii), el esturión estrellado (Acipenser stellatus), el esturión común (Acipenser sturio) y el esturión beluga (Huso huso)— están al borde de la extinción y el esturión de vientre desnudo (Acipenser nudiventris) ya se considera extinto;

X.  Considerando que el sector pesquero de la Unión ya aplica normas estrictas, que deben revisarse y ajustarse para garantizar la sostenibilidad social y medioambiental a lo largo de toda la cadena de valor, incluidos los derechos laborales y la salud y el bienestar de los animales, y para ofrecer productos pesqueros de alta calidad;

Y.  Considerando que el sector de la pesca recreativa puede ofrecer oportunidades, como la diversificación de las actividades o los ingresos, y al mismo tiempo ser compatible con los objetivos medioambientales, ya que la pesca recreativa es una forma de pesca muy selectiva;

Z.  Considerando que la pandemia de COVID-19 tiene graves repercusiones en el sector pesquero del mar Negro; que los análisis han mostrado que el sector pesquero del mar Negro ha sufrido gravemente durante la pandemia, pues ha habido una reducción de hasta el 80 % del trabajo de los buques operativos, que se suma a una reducción inicial de alrededor del 75 % de la producción;

AA.  Considerando que la crisis de la COVID-19 ha puesto de relieve la importancia de la pesca y la acuicultura para garantizar el acceso a los alimentos;

Situación de las poblaciones de especies del mar Negro con importancia notable en el plano económico

1.  Subraya los importantes aspectos estratégicos y geopolíticos en juego en la cuenca del mar Negro debido, entre otras cosas, a sus condiciones medioambientales muy específicas, que exigen especial atención, un enfoque específico, normas medioambientales ambiciosas y acciones colectivas encaminadas a la economía azul y el crecimiento sostenibles; destaca la necesidad de reforzar y profundizar aún más la cooperación entre los países ribereños del mar Negro con vistas a una gestión eficiente de las poblaciones de peces y de los retos, inclusive a través de la CGPM; exige, a este respecto, un plan regional de capacidades que garantice un equilibrio adecuado entre los recursos naturales disponibles, la seguridad medioambiental y el mantenimiento de la capacidad de la flota de todos los países ribereños del mar Negro;

2.  Resalta que la Declaración Ministerial de Sofía de 7 de junio de 2018 insistía ya en la necesidad de un enfoque colaborativo para abordar los problemas asociados a la pesca en el mar Negro, como la sostenibilidad de los recursos marinos, una mejor recogida de datos o la lucha contra la pesca INDNR; pide a la Comisión Europea que publique un informe sobre la aplicación de la Declaración Ministerial de Sofía;

3.  Destaca que, en la región del mar Negro, es necesario cooperar en pie de igualdad en el ámbito de la gestión pesquera, debido a las poblaciones compartidas y a los desafíos globales, que van más allá de las fronteras nacionales;

4.  Destaca que todos menos uno de los sesenta y cinco segmentos de la flota del mar Mediterráneo y del mar Negro para los que se pudo calcular el llamado indicador de explotación sostenible no estaban en equilibrio en 2018;

5.  Destaca la importancia de fomentar medidas para apoyar la recogida y el tratamiento de datos científicos;

6.  Insta a que se incluya a todos los países del mar Negro en el proyecto GFCM-Lex, con el fin de facilitar la gestión común de las poblaciones de peces y coordinarla mejor y más rápidamente;

7.  Expresa su preocupación por que, tras décadas de creciente presión humana sobre los ecosistemas y recursos pesqueros del mar Negro y del río Danubio, los datos más recientes indiquen que solo una población —el espadín— es objeto de explotación sostenible, y que las otras poblaciones pesqueras están sobreexplotadas hasta el punto de que algunas de ellas están al borde de desaparecer; observa que algunas poblaciones han experimentado algunos avances positivos en los últimos años, por ejemplo el rodaballo, cuya cuota de TAC se ha incrementado para el período 2020-2022, aunque todavía no ha habido mejoras significativas a escala general para el mar Negro; señala que toda evolución en las poblaciones de espadín y rodaballo del mar Negro debe ir acompañada de medidas de protección prolongadas, como los planes de gestión;

8.  Reconoce la función que desempeñan las administraciones, que tienen políticas distintas, ejecutan el seguimiento, el control y la gestión sostenible y contribuyen a aumentar la sostenibilidad del sector pesquero, en toda la cuenca del mar Negro;

9.  Pide a las autoridades búlgaras y rumanas que ayuden al sector garantizando recursos destinados específicamente a mejorar la selectividad de los buques pesqueros por medio de mejores redes de malla; cree que dicha medida específica reducirá la cantidad y variedad de las capturas accesorias no deseadas;

10.  Reclama que se integre el capital institucional y humano de los países ribereños del mar Negro en actividades aplicadas y de investigación conjuntas encaminadas a mejorar los recursos biológicos del mar Negro y las poblaciones de las especies importantes en el plano económico;

11.  Insiste en que la falta de datos suficientes relativos a la actividad pesquera y la cantidad y la composición de las capturas, así como su impacto en el estado actual de las poblaciones de peces, es una cuestión vital para la región del mar Negro, por lo que subraya la necesidad de financiar de manera suficiente los organismos científicos que estudian las poblaciones, tanto de peces —incluidas las especies migratorias como el esturión y el sábalo del mar Negro—, como de cetáceos y especies no piscícolas amenazadas (caracoles marinos, mejillones, etc.), así como los parámetros relacionados del ecosistema marino; pide una mayor cooperación entre los Estados miembros en materia de control utilizando tecnologías digitales pertinentes e instrumentos científicos obligatorios específicos, como cámaras a bordo u observadores a bordo obligatorios, cuando proceda y en consonancia con la legislación aplicable de la UE;

12.  Acoge con satisfacción el programa de investigación regional sobre la población del caracol marino, puesto en marcha por la CGPM, ya que contribuirá a lograr un consenso sobre la especie; cree que ello ayudará a desarrollar una explotación de base científica, que aporte ventajas socioeconómicas a las comunidades y beneficios medioambientales al ecosistema del mar Negro limitando el impacto de esta especie invasora;

13.  Insiste en la importancia de introducir una política de tolerancia cero respecto de la pesca INDNR en el mar Negro; celebra los esfuerzos de la CGPM en este sentido e insta a todos los Estados ribereños a que realicen esfuerzos de manera individual y conjunta para poner fin a la pesca INDNR en sus aguas;

14.  Insta a todos los Estados ribereños a que promuevan la pesca sostenible, que incluye, entre otros aspectos, la lucha contra la sobrepesca o la eliminación de las capturas accesorias de especies en peligro, como el esturión o el sábalo;

15.  Insta a todas las instituciones y órganos intergubernamentales a que, junto con todos los Estados ribereños del mar Negro, entre otros, faciliten y supervisen sus recursos pesqueros y, conforme a sus compromisos, compartan datos sobre los mismos de un modo exhaustivo e inclusivo, al objeto de garantizar un buen estado ecosistémico de estos hábitats marinos;

16.  Recuerda que unas estadísticas oficiales fiables recopiladas periódicamente por medio de una metodología armonizada entre todos los Estados ribereños, un seguimiento periódico y unas medidas reglamentarias comunes son esenciales para lograr una gestión pesquera adecuada en el mar Negro; pide a este respecto a las autoridades correspondientes, tanto de los Estados miembros como de los países cooperadores, que lleven a cabo una investigación periódica y exhaustiva sobre los recursos pesqueros, para lo que serán fundamentales la financiación y las ayudas nacionales;

17.  Hace hincapié en la necesidad de una cooperación y comunicación locales y regionales en el seno de los distintos Estados ribereños del mar Negro para poder aplicar un enfoque común y coherente en la gestión de las poblaciones de peces;

18.  Recuerda el potencial que aportan las nuevas tecnologías y el alto valor añadido que pueden ofrecer para la investigación y la planificación de la gestión pesquera; recuerda que hay proyectos financiados con el FEMP que tienen por objeto, entre otros, cartografiar e investigar el fondo marino, así como estudiar la presencia de plásticos en el mismo;

19.  Insta a los Estados ribereños del mar Negro a que inviertan en la digitalización de las estadísticas y datos sobre las poblaciones de peces de la cuenca del mar Negro, con el fin de posibilitar una gestión mejor y sostenible de las mismas; reclama una metodología común para presentar y utilizar estos datos;

20.  Pide a la industria pesquera de la región que se plantee aprovechar las poblaciones de peces infravaloradas y no utilizadas, que también constituyen una fuente de proteínas;

21.  Pide a las comunidades científicas de los Estados miembros que investiguen el potencial de un entorno sin oxígeno;

22.  Destaca el papel del sector de las organizaciones no gubernamentales en el proceso de toma de decisiones relativo al mar Negro; recomienda la creación de un mecanismo para incluir al sector no gubernamental en este proceso;

23.  Celebra el apoyo prestado a los sectores de la pesca y de la acuicultura a través de los programas del FEMP con el fin de mitigar los efectos dañinos de la pandemia de COVID-19 en el sector pesquero local; recuerda, sin embargo, que no todas las partes afectadas han podido beneficiarse de este apoyo, debido a limitaciones y requisitos administrativos que han colocado a algunas en situaciones más desfavorables que las de otras;

24.  Subraya la importante labor que realiza el Consejo Consultivo del mar Negro, tanto a nivel regional como de la Unión, proporcionando conocimientos especializados sobre el sector pesquero y las tendencias que repercuten en el mismo; pide a las autoridades búlgaras y rumanas, a este respecto, que contribuyan al funcionamiento del consejo para que pueda cumplir sus funciones y permitan también que todas las partes interesadas, incluidos los pescadores artesanales, participen en el trabajo y el proceso de toma de decisiones del mismo;

Aspectos comerciales

25.  Subraya que el sector pesquero permite ofrecer productos del mar en los mercados locales en los que el consumo de los mismos es bajo; invita a las autoridades competentes de Bulgaria y Rumanía a que ayuden a los sectores de la pesca y la acuicultura a concienciar sobre el consumo local y los efectos positivos acumulados de la pesca y la acuicultura sostenibles para la economía local;

26.  Reconoce y subraya que la pesca en el mar Negro contribuye de manera significativa a la economía regional y local generando rentas e ingresos directos, impulsando un gasto más amplio y ofreciendo puestos de trabajo fundamentales, ya sea de manera independiente o a través de la cooperación con otros sectores, como el turismo y el transporte; pide que se refuerce la cooperación entre todos los sectores que utilizan el medio marino a fin de lograr mejores resultados y alcanzar un mejor equilibrio entre los intereses del medio ambiente, la industria y los pequeños pescadores;

27.  Recuerda que los productos importados han reducido la popularidad de los productos de preparación tradicional y provocado el descenso de su precio por debajo del umbral de la rentabilidad, poniendo así en peligro los modelos de negocio basados en la pesca tradicional;

28.  Recuerda que la flota pesquera del mar Negro está compuesta, en su mayor parte, por buques de pesca a pequeña escala, lo que pone de relieve la necesidad de aplicar unos enfoques y unas políticas más específicas a este segmento del sector pesquero; expresa su preocupación por el hecho de que los pescadores a pequeña escala tengan rentas más bajas e inestables que las de los trabajadores otros sectores, lo que los coloca en una posición vulnerable de cara a acontecimientos imprevistos o crisis; pide a las autoridades competentes de los Estados miembros ribereños que incluyan a representantes del sector de la pesca artesanal en el diseño y debate de las políticas de un modo transparente e inclusivo;

29.  Recuerda que la demanda mundial de proteínas va en aumento y que la producción de los sectores pesquero y acuícola puede realizar una gran aportación a ese respecto; considera que las posibilidades de apoyo a la acuicultura marina podrían ayudar a que el sector se desarrolle y crezca en los próximos años y también a que se reduzca la presión sobre las poblaciones de peces salvajes; opina que la acuicultura sostenible también exigiría profundizar la investigación científica sobre cuestiones como la densidad y los efectos secundarios, que deben tomarse en consideración al elaborar políticas para el sector de la acuicultura en el mar Negro;

30.  Pide a las comunidades pesqueras locales que estudien la posibilidad de introducir denominaciones de origen para los productos del mar Negro procedentes de zonas de importancia regional o local; pide a las autoridades locales y regionales que ayuden a estas comunidades en sus esfuerzos a tal efecto;

Una política ad hoc para el sector

31.  Pide a los Estados miembros de la región que estudien la posibilidad de apoyar al sector incluyendo en sus programas nacionales para el período 2021-2027 u otros instrumentos nacionales asignaciones para campañas dedicadas a los beneficios del consumo de pescado y la importancia de la pesca sostenible, y que ayuden al sector creando cadenas alimentarias locales, faciliten el acceso al mercado, especialmente para los pescadores artesanales, y desarrollen, mejoren o simplifiquen la creación de infraestructuras pesqueras (por ejemplo, mercados o lonjas de pescado, etc., cuando proceda); pide a los Estados miembros de la región que inviertan más en la aplicación, seguimiento y observancia de la legislación de la Unión en materia de medio ambiente y pesca;

32.  Insta a las autoridades competentes de Rumanía y Bulgaria a que incluyan en sus respectivos programas operativos del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura para el período 2021-2027 un régimen específico para jóvenes pescadores con el fin de rejuvenecer el sector pesquero, que incluya subvenciones para la primera adquisición de un buque pesquero, así como medidas encaminadas a reducir la contaminación apoyando ofreciendo subvenciones a la sustitución de los motores viejos de los buques pesqueros por otros nuevos más respetuosos con el medio ambiente;

33.  Subraya que la presión para adaptarse a los nuevos desafíos no debe recaer únicamente en los sectores pesquero y acuícola, ya que estos sectores ya aplican unas normas medioambientales y sociales estrictas; insiste, por tanto, en que también se preste atención a otras actividades marinas, como la pesca recreativa, el turismo costero, las actividades portuarias y navieras y las actividades de explotación de recursos, que tienen que mejorar sus normas para garantizar una correcta transición azul;

34.  Destaca el papel de los grupos de acción local del sector pesquero (GALP) en el intercambio y la promoción de buenas prácticas de interés para la ciencia, las partes interesadas locales y la industria entre los miembros de las respectivas comunidades pesqueras, y también mediante la cooperación internacional; insta a las autoridades competentes de Bulgaria y Rumanía a que prevean ayudas nacionales para el intercambio de mejores prácticas con los otros Estados ribereños del mar Negro, que cuentan con buenas prácticas en la gestión de poblaciones de especies importantes en el plano económico, como por ejemplo el rodaballo;

35.  Destaca la necesidad de preservar las buenas prácticas del sector pesquero reduciendo las cargas económicas para los pequeños pescadores y sus asociaciones;

36.  Aboga por un refuerzo del atractivo de la formación y de la educación en el sector, a nivel tanto de la educación secundaria como superior, por ejemplo, mediante campañas específicas de información y jornadas de puertas abiertas para futuros estudiantes, en cooperación con los sectores público y privado;

37.  Recuerda que el bajo nivel educativo de los pescadores (el 11 % de los pescadores búlgaros y el 53 % de los rumanos tienen un nivel académico inferior al título de secundaria) exige medidas proactivas a diferentes niveles para garantizar la disponibilidad de una mano de obra capacitada y bien formada, que conozca bien las normas necesarias a nivel técnico, social y medioambiental y ayude a lograr mejores niveles de sostenibilidad de las poblaciones; reclama un gran énfasis en la dimensión social del crecimiento azul sostenible de la región del mar Negro con respecto a principios clave del pilar europeo de derechos sociales, especialmente en lo relativo a los trabajadores precarios, estacionales y no declarados y al acceso de las mujeres al sector;

38.  Acoge favorablemente los esfuerzos para establecer centros modelo en Rumanía, Turquía y Bulgaria, en cooperación con la CGPM, y señala que estos pueden aumentar el atractivo de la pesca para las partes interesadas y las empresas locales;

39.  Pide la aplicación plena y urgente de la Directiva marco sobre la estrategia marina;

Medio ambiente, biodiversidad y cambio climático

40.  Pide medidas específicas y recursos adecuados para reducir la contaminación y las capturas accesorias de elasmobranquios vulnerables —como por ejemplo la mielga o galludo— y de mamíferos marinos, y para intensificar de forma rápida los esfuerzos de conservación del medio ambiente y la biodiversidad en toda la cuenca a través de programas y presupuestos conjuntos, utilizando en particular los recursos financieros del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura; reclama una investigación y unas estimaciones exhaustivas en relación con la contaminación por plásticos y los efectos de los plásticos y de otros contaminantes en los organismos vivos del mar Negro; pide que se realice una medición sistemática de la contaminación por nitrógeno en la cuenca del mar Negro; pide asimismo que se realicen estudios en toda la cuenca que permitan establecer comparaciones de la composición y acumulación de los residuos marinos dentro de los países y entre unos países y otros;

41.  Recuerda que los sectores de la pesca y la acuicultura no provocan el aumento de la temperatura ni, por ende, el cambio climático, sino que sufren sus consecuencias, como el incremento de la temperatura del aire, que aumenta la temperatura de las capas superiores del mar;

42.  Pide el rápido establecimiento de redes y programas de seguimiento capaces de medir sistemáticamente el estado del medio ambiente en el mar Negro, tal y como exige el Convenio de Bucarest;

43.  Destaca la importancia de adoptar medidas para impedir la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada; Insta a los Estados litorales a que refuercen la política de lucha contra la pesca INDNR en el mar Negro;

44.  Pide a los Estados ribereños del mar Negro que inviertan en la investigación científica y recopilación de datos sobre los efectos del cambio climático en los ecosistemas del mar Negro y del bajo Danubio; recuerda que esto debe incluir la concesión de recursos suficientes a la comunidad científica para que lleve a cabo investigaciones sobre el terreno con respecto a las rutas migratorias, la hibernación, la alimentación y la consecución de la madurez reproductiva, que también afectarán a las características y a la disponibilidad de las poblaciones;

45.  Hace hincapié en que la reducción de la contaminación de origen terrestre es crucial para disminuir tanto la eutrofización como la presencia de sustancias nocivas que afectan al estado de los recursos biológicos marinos;

46.  Insiste en la importancia de las zonas marinas protegidas (ZMP) a la hora de preservar la biodiversidad y frenar o revertir las actuales pérdidas en el medio marino, y destaca que están diseñadas para proteger hábitats de gran valor ecológico; resalta que, para poder delimitar estas zonas, hacen falta estudios socioeconómicos y soluciones compensatorias para los miembros de las comunidades costeras; cree que la implantación de las ZMP debe basarse en los mejores conocimientos disponibles, en coordinación con todas las partes interesadas, como las autoridades locales, la comunidad científica y las organizaciones de pescadores;

47.  Expresa su gran preocupación por la amenaza real de extinción que afrontan las cinco especies de esturión que quedan en la cuenca del mar Negro y del delta del Danubio; reconoce los esfuerzos acometidos por las autoridades de Bulgaria y Rumanía, que introdujeron una prohibición total de la pesca del esturión en el mar Negro en 2008 y en el río Danubio en 2011 y que acaban de prorrogar cinco años más (hasta 2026); acoge favorablemente los esfuerzos de repoblación de estas zonas con esturiones, acometidos y apoyados por expertos de estructuras tanto estatales como no estatales, y que deben ser constantemente controlados; considera que los esfuerzos deben incluir también a las instalaciones acuícolas; pide a todos los Estados ribereños que introduzcan medidas estrictas de conservación del esturión y programas de repoblación para todo el mar Negro;

48.  Manifiesta su preocupación por que la investigación sobre el cambio climático y sus efectos en el mar Negro no sea suficiente, y entiende que dicha investigación seguirá siendo crucial para los próximos años; pide a los Estados ribereños que financien dicha investigación, abarcando las especies de peces —su fisiología, sus rutas migratorias y su reproducción— y los cambios en su cadena alimentaria, los cuales repercuten en las poblaciones;

49.  Opina que hacen falta mediciones periódicas de las dinámicas de las poblaciones para poder diseñar medidas de gestión adecuadas; recuerda que, debido a la sobrepesca y a la presión antropogénica, las poblaciones de las especies importantes en el plano económico son más sensibles y vulnerables frente al cambio climático;

50.  Insta a las respectivas autoridades de control a que ejerzan un control efectivo sobre los lugares de la Red Natura 2000 y las ZMP del mar Negro;

51.  Pide a los Estados miembros que desarrollen ex situ la cría de esturiones con el objetivo de restablecer las poblaciones locales con fines no comerciales; pide a los Estados miembros que ofrezcan programas de reconversión y otros medios de subsistencia para los pescadores de esturiones con el fin de reducir las capturas ilegales;

52.  Pide a los Estados miembros que apoyen la creación de pasos migratorios que permitan a los esturiones y otras especies migratorias atravesar las presas de las Puertas de Hierro y de Gabčíkovo;

53.  Destaca la necesidad urgente de establecer zonas en las que puedan recuperarse las poblaciones silvestres de esturiones, sábalos y otras especies de peces; pide a las autoridades competentes de los Estados miembros afectados que presenten una propuesta en este sentido, que será beneficiosa tanto para la conservación de la biodiversidad y como para la gestión de la pesca;

54.  Insta a los Estados miembros a que estudien la posibilidad de convertirse en signatarios del Convenio para la protección del medio marino y de la región costera del Mediterráneo (Convenio de Barcelona), ajustando los objetivos para la protección de especies y hábitats que en él se recogen a los objetivos del Convenio de Bucarest;

55.  Recuerda que hace falta más investigación científica sobre la población de algunos moluscos, como la chirla (Chamelea gallina), para determinar mejor la distribución de la especie y estudiar también la posibilidad de utilizarla en la acuicultura marina;

56.  Pide a los Estados ribereños del mar Negro que desarrollen un enfoque común para ayudar a que los cetáceos alcancen niveles de población estables y a que su estado de conservación mejore; Reclama medidas específicas, como dispositivos acústicos de disuasión y otros recursos adecuados, para mejorar la situación de las especies en peligro del mar Negro, como por ejemplo los delfines;

57.  Pide a la Comisión y a las autoridades competentes de Bulgaria y Rumanía que faciliten financiación para estudiar el estado del sábalo del mar Negro (Alosa spp.), incluido actualmente en el anexo V de la Directiva sobre los hábitats, incluyendo análisis científicos y económicos, evaluando la necesidad de trasladar esta especie al anexo II o incluso al anexo I de dicha Directiva si se cumplen los criterios necesarios;

58.  Pide a la Comisión que se plantee urgentemente el traspaso del esturión, incluido actualmente en el anexo V de la Directiva sobre los hábitats, al anexo II o incluso al anexo I de dicha Directiva;

Medidas concretas

59.  Pide a la Comisión que estudie la posibilidad de establecer un plan de gestión plurianual para el mar Negro, a semejanza de lo que sucede para otras cuencas marítimas;

60.  Observa que, cada año, en su comunicación sobre la aplicación de la política pesquera común y en su consulta sobre las posibilidades de pesca, la Comisión indica la sobreexplotación de las poblaciones en el mar Negro; considera, por tanto, que es urgente actuar para mejorar la situación en esta cuenca marítima;

61.  Pide a la Comisión que lleve a cabo un análisis de la aplicación de la política pesquera común específico para el mar Negro, haciendo especial hincapié en el uso que han hecho los Estados miembros ribereños del FEMPA 2014-2020 con vistas a lograr una gestión sostenible de las poblaciones y mejorar la biodiversidad;

o
o   o

62.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, a los Gobiernos y Parlamentos de Ucrania, la Federación de Rusia, Georgia, la República de Turquía, a la Comisión General de Pesca del Mediterráneo, a la Organización de Cooperación Económica del mar Negro y a la Comisión para la Protección del mar Negro contra la Contaminación.

(1) DO L 336 de 30.12.2019, p. 14.
(2) DO L 354 de 28.12.2013, p. 22.
(3) DO L 164 de 25.6.2008, p. 19.
(4) DO L 164 de 20.6.2019, p. 1.
(5) DO L 206 de 22.7.1992, p. 7.
(6) DO L 257 de 28.8.2014, p. 135.
(7) DO L 149 de 20.5.2014, p. 1.
(8) Textos Aprobados, P9_TA(2021)0076.
(9) DO C 51E de 22.2.2013, p. 37.
(10) Textos Aprobados, P9_TA(2021)0017.

Última actualización: 17 de septiembre de 2021Aviso jurídico - Política de privacidad