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Procedimiento : 2020/2075(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A9-0212/2021

Textos presentados :

A9-0212/2021

Debates :

PV 07/07/2021 - 24
CRE 07/07/2021 - 24

Votaciones :

PV 08/07/2021 - 11
PV 08/07/2021 - 19

Textos aprobados :

P9_TA(2021)0358

Textos aprobados
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Jueves 8 de julio de 2021 - Estrasburgo
Revisión del marco legislativo macroeconómico
P9_TA(2021)0358A9-0212/2021

Resolución del Parlamento Europeo, de 8 de julio de 2021, sobre la revisión del marco legislativo macroeconómico para lograr una mayor repercusión en la economía real de Europa y una mayor transparencia en la toma de decisiones y en la rendición de cuentas democrática (2020/2075(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea, firmado en Roma en 1957,

–  Visto el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea,

–  Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), en particular los artículos 121, 122, 126 y 136, y el Protocolo n.º 12,

–  Vista su Resolución, de 20 de octubre de 2010, sobre la crisis financiera, económica y social: recomendaciones relativas a las medidas e iniciativas que deberán adoptarse (informe intermedio)(1) y su Resolución, de 6 de julio de 2011, sobre la crisis financiera, económica y social: recomendaciones sobre las medidas e iniciativas que deberán adoptarse(2),

–  Vista la Directiva 2011/85/UE del Consejo, de 8 de noviembre de 2011, sobre los requisitos aplicables a los marcos presupuestarios de los Estados miembros(3),

–  Visto el Reglamento (UE) n.º 1173/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, sobre la ejecución efectiva de la supervisión presupuestaria en la zona del euro(4),

–  Visto el Reglamento (UE) n.º 1174/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a las medidas de ejecución destinadas a corregir los desequilibrios macroeconómicos excesivos en la zona del euro(5),

–  Visto el Reglamento (UE) n.º 1175/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 1466/97 del Consejo, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas(6),

–  Visto el Reglamento (UE) n.º 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos(7),

–  Visto el Reglamento (UE) n.º 1177/2011 del Consejo, de 8 de noviembre de 2011, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 1467/97, relativo a la aceleración y clarificación del procedimiento de déficit excesivo(8),

–  Visto el Reglamento (UE) n.º 472/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, sobre el reforzamiento de la supervisión económica y presupuestaria de los Estados miembros en la zona del euro cuya estabilidad financiera experimenta o corre el riesgo de experimentar graves dificultades(9),

–  Visto el Reglamento (UE) n.º 473/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, sobre disposiciones comunes para el seguimiento y la evaluación de los proyectos de planes presupuestarios y para la corrección del déficit excesivo de los Estados miembros de la zona del euro(10),

–  Vista su Resolución, de 24 de junio de 2015, sobre la revisión del marco de gobernanza económica: evaluación y retos(11),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 10 de febrero de 2015, titulada «Aprovechar al máximo la flexibilidad que ofrecen las actuales disposiciones del Pacto de Estabilidad y Crecimiento» (COM(2015)0012/2),

–  Vistos el Informe de los cuatro presidentes, de 5 de diciembre de 2012, titulado «Hacia una auténtica Unión Económica y Monetaria», el Informe de los cinco presidentes, de 22 de junio de 2015, titulado «Realizar la Unión Económica y Monetaria europea», el Libro Blanco, de 1 de marzo de 2017, sobre el futuro de Europa y el documento de reflexión, de 31 de mayo de 2017, sobre la profundización de la Unión Económica y Monetaria,

–  Visto el Informe Especial n.º 03/2018 del Tribunal de Cuentas Europeo, titulado «Fiscalización del procedimiento de desequilibrio macroeconómico (PDM)»,

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 11 de diciembre de 2019, titulada «El Pacto Verde Europeo» (COM(2019)0640),

–  Vista su Resolución, de 15 de enero de 2020, sobre el Pacto Verde Europeo(12),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 5 de febrero de 2020, titulada «Revisión de la gobernanza económica» (COM(2020)0055),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 13 de marzo de 2020, titulada «Respuesta económica coordinada al brote de COVID-19» (COM(2020)0112),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 20 de marzo de 2020, relativa a la activación de la cláusula general de salvaguardia del Pacto de Estabilidad y Crecimiento (COM(2020)0123),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 27 de mayo de 2020, titulada «El momento de Europa: reparar los daños y preparar el futuro para la próxima generación» (COM(2020)0456),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 27 de mayo de 2020, titulada «El presupuesto de la UE: motor del plan de recuperación para Europa» (COM(2020)0442),

–  Vista la propuesta de Reglamento del Consejo por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la pandemia de COVID-19, presentada por la Comisión el 28 de mayo de 2020 (COM(2020)0441),

–  Visto el Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088(13),

–  Visto el Informe Especial n.º 16/2020 del Tribunal de Cuentas Europeo, titulado «Semestre Europeo – Las recomendaciones específicas por país abordan cuestiones importantes, pero es necesario aplicarlas mejor»,

–  Vista la evaluación del Consejo Fiscal Europeo (CFE) de las reglas fiscales de la Unión, con un enfoque en el paquete de seis instrumentos legislativos y el paquete de dos instrumentos legislativos, de 11 de septiembre de 2019, el informe anual del CFE, de 29 de octubre de 2019, la declaración del CFE sobre la COVID-19, de 24 de marzo de 2020, la evaluación del CFE de la orientación presupuestaria adecuada para la zona del euro en 2021, de 1 de julio de 2020, y el informe anual de 2020 del CFE, de 20 de octubre de 2020,

–  Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo, de 11 de diciembre de 2020, sobre el MFP y el Instrumento de Recuperación de la Unión Europea, la COVID-19, el cambio climático, la seguridad y las relaciones exteriores,

–  Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 16 de diciembre de 2020, sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera, así como sobre nuevos recursos propios, en particular una hoja de ruta para la introducción de nuevos recursos propios(14),

–  Vista su Resolución, de 17 de abril de 2020, sobre la acción coordinada de la Unión para luchar contra la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias(15),

–  Vista su Resolución, de 15 de mayo de 2020, sobre el nuevo marco financiero plurianual, los recursos propios y el plan de recuperación(16),

–  Visto el Reglamento (UE) 2020/672 del Consejo, de 19 de mayo de 2020, relativo a la creación de un instrumento europeo de apoyo temporal para atenuar los riesgos de desempleo en una emergencia (SURE) a raíz del brote de COVID‐19(17),

–  Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo de 21 de julio de 2020,

–  Vista su Resolución, de 23 de julio de 2020, sobre las Conclusiones de la reunión extraordinaria del Consejo Europeo de los días 17 a 21 de julio de 2020(18),

–  Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Estrategia anual de crecimiento sostenible 2021», de 17 de septiembre de 2020 (COM(2020)0575),

–  Vista su posición, de 16 de septiembre de 2020, sobre el proyecto de Decisión del Consejo sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea(19),

–  Vista su Resolución, de 13 de noviembre de 2020, sobre el Plan de Inversiones para una Europa Sostenible - Cómo financiar el Pacto Verde(20),

–  Visto el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia(21),

–  Vistas las previsiones económicas europeas de la Comisión: invierno de 2021 (Institutional Paper 144) de febrero de 2021,

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 3 de marzo de 2021, titulada «Un año después de la pandemia de COVID-19: respuesta en materia de política presupuestaria» (COM(2021)0105),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 5 de febrero de 2020, titulada «Revisión de la gobernanza económica – Informe sobre la aplicación de los Reglamentos (UE) n.º 1173/2011, 1174/2011, 1175/2011, 1176/2011, 1177/2011, 472/2013 y 473/2013 y sobre la idoneidad de la Directiva 2011/85/UE del Consejo» (COM(2020)0055),

–  Vistas las previsiones económicas europeas de la Comisión: primavera de 2021 (Institutional Paper 149) de mayo de 2021,

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 2 de junio de 2021, titulada «Coordinación de las políticas económicas en 2021: superar la COVID-19, apoyar la recuperación y modernizar nuestra economía» (COM(2021)0500),

–  Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y la opinión de la Comisión de Asuntos Constitucionales (A9-0212/2021),

–  Visto el artículo 54 de su Reglamento interno,

A.  Considerando que, a lo largo de los últimos treinta años, el marco de gobernanza económica ha sufrido una serie de cambios para abordar sus defectos de diseño y aplicación y adaptarse a los nuevos desafíos económicos;

B.  Considerando que el actual marco de gobernanza presenta debilidades conceptuales y prácticas que dan lugar a normas extremadamente complejas, aplicación escasa, falta de responsabilización y de incentivos para acometer políticas anticíclicas simétricas; que el marco actual no ha logrado reducir las divergencias en la Unión ni proteger o estimular la inversión pública que fomente el crecimiento;

C.  Considerando que, tras la crisis financiera mundial, las reformas sucesivas de la UEM se centraron en la reducción de riesgos, pero no introdujeron elementos de distribución de los riesgos;

D.  Considerando que los programas de ajuste macroeconómico presentaron una falta de responsabilización a escala nacional e hicieron mella en el tejido social de los países que los aplicaron;

E.  Considerando que, en 2015, la Comisión aprobó orientaciones sobre cómo aprovechar al máximo la flexibilidad que ofrecen las normas del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, reforzando el vínculo entre las reformas estructurales, la inversión y la responsabilidad presupuestaria;

F.  Considerando que la Unión se enfrenta a múltiples desafíos a largo plazo: una crisis de salud pública, una crisis climática y una falta de inversión en infraestructuras públicas, que están agravando las disparidades socioeconómicas;

G.  Considerando que el desafío de la doble transición requiere una inversión pública adicional, que se ve obstaculizada por el marco presupuestario actual; que la inversión tanto en el sector público como en el privado ya era insuficiente antes de la crisis, a pesar de los tipos de interés históricamente bajos;

H.  Considerando que el grueso de la inversión pública se frenó tras la crisis financiera y de deuda soberana, y que en muchos Estados miembros la inversión pública neta es incluso negativa, lo que implica que el actual marco presupuestario da lugar a medidas de saneamiento excesivamente regresivas y facilita el declive de la inversión pública durante períodos de saneamiento presupuestario;

I.  Considerando que existen importantes brechas de financiación de la inversión a las que hay que hacer frente: 470 000 000 000 EUR al año hasta 2030 para cumplir los objetivos medioambientales de la Unión(22), 142 000 000 000 EUR al año para infraestructuras sociales como hospitales o escuelas(23), y 190 000 000 000 EUR al año para estabilizar el stock de capital público(24);

J.  Considerando que los elevados niveles de deuda pública al comienzo de la pandemia, la recesión económica sin precedentes, las medidas presupuestarias nacionales sin precedentes adoptadas en respuesta a la pandemia y la necesidad de respaldar una recuperación sostenible e inclusiva afectarán a las finanzas públicas, empujando el ratio de deuda pública con respecto al PIB de la Unión hasta un nuevo máximo superior al 100 % del PIB;

K.  Considerando que la sostenibilidad medioambiental(25) y social están interconectadas con los riesgos para la sostenibilidad presupuestaria a largo plazo;

L.  Considerando que la pandemia está provocando un choque exógeno sin precedentes con enormes impactos asimétricos, afectando negativamente a las perspectivas económicas de la Unión y ampliando las divergencias entre los Estados miembros;

M.  Considerando que la pandemia ha amplificado las desigualdades y la pobreza que ya existían y ha demostrado la importancia del modelo social europeo y de las redes de seguridad social con las que cuenta;

N.  Considerando que, en Europa, las previsiones económicas(26)(27) muestran una recuperación a varias velocidades, incompleta y desigual; que el despliegue de vacunas se está acelerando y existen riesgos considerables de divergencias y desigualdades agravadas en países, sectores y estratos de la sociedad, en particular entre los trabajadores jóvenes, las mujeres y los trabajadores con baja cualificación;

O.  Considerando que sigue existiendo el riesgo de dejar cicatrices a largo plazo en las economías de determinados Estados miembros y, por lo tanto, la retirada de la ayuda debe complementarse con medidas para facilitar la creación y la redistribución de puestos de trabajo, en particular mediante programas de reciclaje y reconversión profesional, junto con ayudas a la renta cuando sea necesario;

P.  Considerando que los riesgos geopolíticos podrían afectar a la sostenibilidad de la deuda soberana;

Q.  Considerando que el apoyo presupuestario discrecional difería en cuanto a tamaño y composición en los distintos Estados miembros, y que existe una clara correlación positiva entre el margen presupuestario y el tamaño de la respuesta política que da lugar a una respuesta asimétrica, lo que podría también crear riesgos de desigualdad de condiciones en el mercado interior y diferenciar aún más la velocidad de recuperación;

R.  Considerando que la respuesta de la Unión a la crisis(28) ha fortalecido la UEM y, hasta la fecha, ha conseguido generar confianza, controlando así la volatilidad de los mercados financieros; subraya, a este respecto, la importancia de la emisión de bonos de la Unión;

S.  Considerando que, en 2020, la Comisión puso en marcha una consulta pública sobre la revisión de la eficacia del marco de gobernanza económica, que fue interrumpida por el inicio de la pandemia de COVID-19;

1.  Pide a la Comisión que relance el debate público sobre la revisión del marco de gobernanza económica de la Unión y que presente propuestas legislativas integrales y con visión de futuro como resultado de dicha revisión; observa que la revisión del marco de gobernanza económica quedó pendiente debido a la pandemia;

La política presupuestaria para una recuperación sostenible e inclusiva

2.  Acoge favorablemente la activación de la cláusula general de salvaguardia del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, que está totalmente justificada por la repercusión económica y social de la pandemia; observa que la cláusula general de salvaguardia no suspende los procedimientos del Pacto de Estabilidad y Crecimiento y reconoce que permitirá a la Comisión y al Consejo adoptar las medidas necesarias de coordinación de las políticas dentro del marco del Pacto, desviándose de los requisitos presupuestarios que se aplicarían normalmente; destaca que la cláusula general de salvaguardia ha permitido a los Estados miembros adoptar medidas relativas a los ingresos y gastos muy importantes para reducir al mínimo la repercusión económica y social de la pandemia y que el apoyo presupuestario debe retirarse gradualmente para respaldar los esfuerzos de los Estados miembros por mantener la recuperación y reforzar la resiliencia económica y social; observa el grado de flexibilidad del marco actual de gobernanza económica en la respuesta política coordinada a la crisis de la COVID-19;

3.  Acoge con satisfacción la Comunicación de la Comisión de 3 de marzo de 2021, que contiene las consideraciones propuestas en relación con la desactivación o el mantenimiento de la aplicación de la cláusula general de salvaguardia; observa que hay que tomar en consideración una evaluación global del estado de la economía, principalmente sobre la base de criterios cuantitativos; coincide en que el principal criterio sería el nivel de actividad económica en la Unión o en la zona del euro en comparación con los niveles anteriores a la crisis; destaca, sin embargo, en este sentido, la importancia de la evolución de la situación sanitaria, social y económica en toda la Unión y en la economía de la zona del euro; acoge favorablemente la Comunicación de la Comisión sobre la coordinación de las políticas económicas, que indica que la cláusula general de salvaguardia del Pacto de Estabilidad y Crecimiento seguirá aplicándose en 2022 y se espera que se desactive a partir de 2023;

4.  Considera que la revisión del marco de gobernanza económica tendrá lugar en circunstancias difíciles, en particular por los bajos tipos de interés, las deudas heredadas sin precedentes y en el contexto de un gran paquete de recuperación presupuestaria y de préstamos financiados con deuda de la Unión;

5.  Opina que la revisión del marco de gobernanza económica de la Unión es necesaria; coincide con el Consejo Fiscal Europeo (CFE) en la importancia de contar con una senda clara hacia un marco presupuestario revisado, preferiblemente antes de la desactivación de la cláusula general de salvaguardia;

6.  Es consciente de que poner en marcha la revisión tras la desactivación de la cláusula general de salvaguardia ocasionará más dificultad, litigios y división; considera, por tanto, que hay que reflexionar sobre la revisión del marco de gobernanza económica antes de la posible vuelta a las normas presupuestarias;

7.  Señala que, en el contexto actual, la aplicación del marco presupuestario vigente, en particular las trayectorias de ajuste, conllevaría una gran velocidad de reducción de la deuda, que podría socavar la senda de recuperación de las economías y debilitar posiblemente el compromiso de los Estados miembros de respetar las normas;

8.  Pide a la Comisión que proporcione unas directrices claras de política presupuestaria a los Estados miembros durante el período de activación de la cláusula general de salvaguardia con el fin de alcanzar situaciones presupuestarias prudentes a medio plazo y garantizar la sostenibilidad presupuestaria a medio plazo; pide que, una vez que se desactive la cláusula general de salvaguardia y mientras no se haya establecido un marco revisado, se utilicen todas las flexibilidades existentes previstas en el marco de gobernanza económica actual, como la «cláusula de acontecimiento inhabitual», atendiendo a las condiciones específicas de cada país con el fin de evitar un saneamiento presupuestario prematuro y limitar el riesgo de dejar cicatrices a largo plazo;

9.  Considera que los indicadores económicos y las trayectorias de ajuste se han de aplicar con cautela y, por lo tanto, pide la revisión del Vademécum y del Código de conducta del Pacto de Estabilidad y Crecimiento; subraya que la orientación presupuestaria debería evitar los sesgos procíclicos, promover la convergencia al alza, potenciar una recuperación sostenible, inclusiva, ecológica y digital, que contribuya al Pacto Verde Europeo y a la aplicación del pilar europeo de derechos sociales, tener en cuenta las distintas situaciones de los Estados miembros y contrarrestar los desequilibrios macroeconómicos;

10.  Considera que los préstamos de NextGenerationEU deben imputarse como deuda nacional; pide a la Comisión que, en las actualizaciones de las directrices de aplicación del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, brinde el mismo trato al gasto financiado por préstamos de NextGenerationEU que al Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas (FEIE) en el contexto de la Comunicación de la Comisión sobre la flexibilidad;

11.  Pide la continuación de una postura presupuestaria expansiva mientras sea necesaria para apoyar la recuperación de la pandemia de COVID-19 e impulsar los cambios transformadores que harán a las economías más ecológicas, digitales e inclusivas, garantizando al mismo tiempo la sostenibilidad presupuestaria a medio plazo; advierte contra la retirada prematura del apoyo y coincide con la recomendación de la Comisión en que la política presupuestaria debe seguir siendo ágil y ajustarse a los cambios en la situación, tal y como se ha garantizado; considera que las medidas de apoyo presupuestario deben aumentar su especificidad con el avance de la recuperación; respalda políticas que se ajusten a la fase de la pandemia, a la trayectoria hacia la recuperación económica y a las circunstancias individuales de cada país;

12.  Pide a la Comisión que vele por que los Estados miembros elaboren estrategias creíbles de salida de las medidas de crisis sin perjuicio de las trayectorias presupuestarias futuras;

13.  Señala los riesgos de dejar cicatrices a largo plazo en la acumulación de capital y el mercado laboral debido a la pandemia, que podrían lastrar la economía; destaca que es probable que la recuperación siga siendo desigual y que la política presupuestaria debe limitar las secuelas y reducir las desigualdades apoyando a aquellos segmentos de la economía y de la sociedad que corran un mayor riesgo de divergencia;

14.  Pide a los Estados miembros que incorporen un apoyo presupuestario de alta calidad en marcos a medio plazo creíbles y que preparen planes sólidos de política presupuestaria a medio plazo con el fin de garantizar que, allí donde sean necesarias medidas presupuestarias expansivas, estén respaldadas por medidas inclusivas y de crecimiento y asegurar el papel anticíclico de la política presupuestaria, teniendo en mente que las medidas de política presupuestaria de emergencia son temporales, limitadas y específicas para garantizar la sostenibilidad presupuestaria a medio plazo; pide a los Estados miembros que supervisen los riesgos presupuestarios, a saber, los pasivos contingentes, en su caso; recuerda la creciente importancia de la supervisión de los riesgos presupuestarios relacionados con la sostenibilidad; observa que unas buenas prácticas de gestión de las finanzas públicas de este tipo mejorarían la transparencia y la rendición de cuentas;

15.  Acoge con satisfacción la respuesta de política económica inmediata y coordinada de las instituciones y de los Estados miembros de la Unión dirigida a evitar un acusado aumento de las quiebras de sociedades y el desempleo; recomienda sustituir gradualmente el apoyo más general por regímenes más selectivos con el fin de limitar los riesgos de dificultades y secuelas en las empresas; recomienda centrar el apoyo público únicamente en las empresas que sean viables a largo plazo, a la luz de la agenda ecológica y digital de la Unión;

16.  Observa que la orientación presupuestaria a nivel de los Estados miembros y el marco macroeconómico con frecuencia han promovido políticas presupuestarias procíclicas, tanto en coyunturas favorables como desfavorables, al no crear reservas suficientes en algunos períodos o no hacer un uso suficiente del margen presupuestario en otros, respectivamente; observa, además, que hubo una correlación positiva entre el margen presupuestario de los Estados miembros y su capacidad para movilizar con rapidez paquetes de estímulo presupuestario a un ritmo mucho más veloz y sin costes de endeudamiento asociados, lo que ha ayudado a atenuar los efectos socioeconómicos negativos de la pandemia;

17.  Subraya la importancia del papel de las políticas presupuestarias para que los Estados miembros sean capaces por igual de garantizar una recuperación sostenible, ecológica, digital e inclusiva, por un lado, y garantizar la sostenibilidad de las políticas presupuestarias y la sostenibilidad a largo plazo de la deuda soberana, por otro lado;

18.  Considera que la respuesta presupuestaria europea común (NextGenerationEU) es crucial para la recuperación; reclama un uso rápido y eficaz de los recursos de NextGenerationEU, respetando plenamente los criterios acordados, que desempeñará un papel importante de apoyo a la recuperación económica sostenible e inclusiva e impulsará la productividad y la inversión en toda la Unión;

Una revisión del marco legislativo macroeconómico

19.  Hace hincapié en la interacción inherente entre la política monetaria y la política presupuestaria, a la vez que se respeta plenamente el mandato del BCE y su independencia y se salvaguarda su legitimidad democrática; señala el éxito de un establecimiento adecuado y responsable de ambas políticas para ayudar a prestar el apoyo necesario a las economías después de la COVID-19, en el caso de la primera al mantener unas condiciones de financiación favorables y en el de la segunda al apoyar a las empresas, los trabajadores y las personas, lo que demuestra la capacidad de estas políticas para responder a esta crisis; considera que también debe evitarse la retirada prematura de la política presupuestaria para no contrarrestar el estímulo del programa de recuperación;

20.  Destaca que la política monetaria ha estado soportando la principal carga de la estabilización en los últimos años y crisis; observa que la crisis provocada por la pandemia ha demostrado que la estabilización no puede ser responsabilidad exclusiva de la política monetaria y que la política presupuestaria debe desempeñar un papel de mayor peso; advierte contra la dependencia excesiva de la política monetaria expansiva y el coste extremadamente bajo de la deuda soberana, si bien las condiciones monetarias actuales son acomodaticias y propicias a la recuperación de la economía en la crisis;

21.  Destaca que las políticas presupuestarias nacionales, junto con las políticas de la Unión, desempeñarán un papel importante para cumplir los compromisos y las responsabilidades de la Unión en la lucha mundial contra el cambio climático;

22.  Subraya que hay factores estructurales, como el envejecimiento, el aumento de los ahorros, la baja inflación, las tendencias de inversión y la ralentización de la productividad, que podrían mantener bajos los tipos de interés reales a medio y largo plazo; considera que las políticas macroeconómicas deberían abordar los factores subyacentes al riesgo de estancamiento secular, por medio de unas reformas sostenibles, equilibradas y socialmente justas que fomenten el crecimiento y la productividad; recuerda que el estancamiento secular se caracteriza normalmente por la contracción de la mano de obra, la baja demanda, el exceso de ahorro e inversiones débiles, entre otros factores;

23.  Destaca la necesidad de estar preparados para escenarios menos positivos; observa que el impacto de las perturbaciones causadas por la COVID-19 ha aumentado los ahorros y que algunas decisiones de inversión se han retrasado; señala que, una vez que se relajen las restricciones y repunte la economía, los tipos de interés podrían experimentar un aumento motivado por unas mayores expectativas de inflación; insiste en la importancia de promover inversiones públicas y privadas que desbloqueen capital adicional, en especial en el contexto de la recuperación de la Unión; subraya que, para el crecimiento, no solo importa el nivel de inversión, sino también el establecimiento, la calidad y la aplicación de programas de inversión; observa que durante la última crisis se produjo una pérdida sustancial de inversión y destaca la importancia del repunte económico para aumentar la rentabilidad de las inversiones;

24.  Considera que la existencia de un marco de gobernanza económica adecuado y creíble es un requisito necesario para lograr unas políticas presupuestarias y unas trayectorias de deuda y déficit sostenibles que garanticen unas trayectorias creíbles de reducción de la deuda, mediante el fomento del crecimiento sostenible e inclusivo a largo plazo, garantizando al mismo tiempo unas condiciones de financiación favorables, especialmente a largo plazo; considera, además, que el marco debe integrar elementos para evitar políticas procíclicas y construir reservas suficientes en coyunturas favorables, ser capaz de cumplir, cuando sea necesario, una función de estabilización a nivel macro a corto plazo y asegurar una gobernanza mejorada y transparente, que a su vez haga que la economía esté al servicio de las personas;

Un análisis exhaustivo de la sostenibilidad de la deuda soberana

25.  Observa que los niveles de deuda soberana se han incrementado considerablemente, alcanzando casi el 102 % del ratio de deuda agregada con respecto al PIB de la zona del euro, con una previsión de incremento adicional en 2021 y 2022, y que algunos Estados miembros tienen ya una deuda heredada considerable; señala que las circunstancias han cambiado desde que se definieron los criterios de Maastricht; hace hincapié, por lo tanto, en que el marco de gobernanza económica debe revisarse en el contexto de la coyuntura económica actual y, si bien debe tomar como base la experiencia del marco actual y respetar plenamente los Tratados, debe basarse en hechos y tener visión de futuro;

26.  Considera que el marco de gobernanza económica de la Unión debe revisarse para simplificar las normas de deuda y mejorar la aplicabilidad y debe diseñarse de forma que apoye el crecimiento económico a largo plazo, con una inversión pública y privada adecuada;

27.  Considera que el marco de gobernanza económica revisado debe tener en cuenta la manera de garantizar un ritmo de reducción de la deuda soberana específico para cada país que salvaguarde la sostenibilidad presupuestaria y el crecimiento sostenible e inclusivo a largo plazo; pide que los objetivos de deuda reflejen adecuadamente la nueva realidad económica y las dificultades específicas de los países;

28.  Considera que los activos seguros europeos reforzarían la estabilidad financiera, mejorarían la transmisión de la política monetaria y contribuirían a reforzar el papel internacional del euro;

29.  Es consciente de que los déficits presupuestarios extremadamente elevados de 2020 y 2021 y la pérdida de PIB nominal se reflejarán en los ratios de endeudamiento con respecto al PIB;

30.  Reconoce que el entorno de tipos de interés bajos reduce la presión sobre la política presupuestaria al reducir los costes de la deuda soberana; insiste en que, en el análisis de la sostenibilidad a medio plazo de la deuda soberana, se tomen debidamente en consideración las repercusiones de los bajos tipos de interés, el posible cambio en el entorno de tipos de interés y las posibles medidas de política monetaria futuras; señala que las primas de riesgo de los Estados miembros pueden aumentar, especialmente en el caso de los países con una deuda elevada o creciente, y que esto podría añadir presión a la política presupuestaria y la economía;

31.  Destaca que es probable que el coste de la deuda siga siendo bajo en el futuro próximo gracias a un gran porcentaje de la carga de la deuda cubierto por vencimientos largos y a veces por bonos de rendimiento negativo, y que los déficits primarios pueden verse compensados por los diferenciales positivos entre el crecimiento y los tipos de interés; observa que la situación positiva actual del coste de la deuda soberana puede cambiar relativamente rápido mientras que una reducción sostenible del volumen de deuda soberana tarda bastante más tiempo; considera que la ventaja de que el coste de la deuda sea bajo es que brinda la oportunidad de sostener y reducir progresivamente los elevados niveles de deuda hacia un nivel sostenible, impulsar el crecimiento potencial y aumentar la resiliencia de la economía;

32.  Señala que hay problemas estructurales que subyacen a las tasas de crecimiento asimétricas entre los Estados miembros; considera que el crecimiento no es el único objetivo, puesto que la creación de una economía al servicio de las personas y el cumplimiento de los objetivos del Pacto Verde y del Acuerdo de París exigen un apoyo político específico, incluidos esfuerzos presupuestarios;

33.  Recuerda, además de las reformas, la importancia de las políticas de fomento del crecimiento y la inversión pública y privada sostenible dirigidas a aumentar el potencial de crecimiento y materializar los objetivos de la Unión centrados alrededor de las transiciones ecológica y digital, aumentar el potencial de crecimiento, la competitividad y la productividad e impulsar el mercado único; reitera que la inversión y el gasto orientados al futuro tienen externalidades positivas en la sostenibilidad de la deuda a medio y largo plazo; pide a los Estados miembros que apliquen políticas presupuestarias sostenibles manteniendo al mismo tiempo una inversión pública financiada a nivel nacional que apoye el crecimiento;

34.  Pide a la Comisión que lleve a cabo un análisis exhaustivo y transparente de la sostenibilidad de la deuda soberana, a fin de respaldar la decisión de los responsables políticos de establecer una trayectoria de ajuste clara, transparente y adecuada para cada país; destaca el uso de herramientas y técnicas innovadoras, como las pruebas de resistencia y el análisis estocástico, para reflejar mejor los riesgos para la dinámica de la deuda pública (como los diferenciales entre el crecimiento y los tipos de interés, la composición de la deuda, la demografía y la sostenibilidad) y la calidad del gasto público;

Marco de coordinación de las políticas presupuestarias de la Unión

35.  Invita a la Comisión a que, durante el proceso de revisión, reflexione sobre el papel de la política presupuestaria en la economía europea corrigiendo las deficiencias ya detectadas en el marco presupuestario de la Unión antes del brote(29) y también en vista del legado de la pandemia;

36.  Pide a la Comisión que evalúe cómo fomentar la sostenibilidad presupuestaria y las normas anticíclicas y que considere la posibilidad de simplificar el marco y mejorar la autonomía de la Comisión en la vigilancia del cumplimiento de las normas dentro de un marco más responsable con una mayor responsabilización; pide asimismo mecanismos de flexibilidad bien definidos con una activación transparente, cuando esta flexibilidad esté bien justificada garantizando una mayor eficacia y credibilidad; hace hincapié en la importancia de un marco que garantice la coordinación de las políticas presupuestarias y tenga en cuenta los cambios en las economías y las condiciones de financiación y también las especificidades y los objetivos políticos de los Estados miembros; considera, además, que el marco de la Unión para la coordinación de las políticas presupuestarias debe permitir fomentar el crecimiento sostenible e inclusivo de la Unión a largo plazo, manteniendo al mismo tiempo las salvaguardias contra el riesgo para la sostenibilidad de la deuda;

37.  Observa la propuesta del CFE de reconstruir el marco presupuestario de la Unión sobre la base de tres principios: i) un estabilizador de la deuda, es decir, un objetivo de ratio de endeudamiento y una trayectoria de reducción para ajustarse a dicho objetivo específica para cada país, ii) un indicador único de resultados presupuestarios, es decir, una norma de gasto para los países con una deuda que supere el objetivo de ratio de endeudamiento, y iii) una cláusula general de salvaguardia respaldada por un dictamen basado en un análisis y asesoramiento independientes;

38.  Señala la necesidad de una trayectoria de ajuste de la deuda específica para cada país, realista y establecida de manera transparente, a fin de adaptarse mejor a las realidades de los países y reflejar el grado de sostenibilidad de la deuda de los Estados miembros;

39.  Considera que, en consonancia con la propuesta del CFE, una norma de gasto con un límite máximo(30) en el gasto público nominal cuando el endeudamiento de un país exceda de un determinado umbral puede ofrecer normas presupuestarias más transparentes dentro de la Unión; considera que el índice de crecimiento del límite máximo de gasto dependería de las previsiones de crecimiento de la producción potencial, la inflación pronosticada y la distancia con respecto al estabilizador de la deuda; observa que se excluyen el coste de la deuda y el pago de prestaciones de desempleo (a tipos invariables) y que el crecimiento del gasto se ajusta para tener en cuenta la incidencia de los cambios discrecionales en los ingresos públicos (es decir, los tipos de los impuestos directos e indirectos);

40.  Señala que la trayectoria específica para cada país con una responsabilización de los Estados miembros reforzará la credibilidad y mejorará el cumplimiento de las normas por parte de los Estados miembros; señala, además, que la trayectoria específica para cada país debe derivarse de un análisis económico transparente y exhaustivo y un debate entre los Estados miembros y la Comisión Europea, en el contexto del Semestre Europeo, en el que podría contemplarse, cuando proceda, una consulta con el CFE y las instituciones presupuestarias independientes nacionales;

41.  Subraya que las normas de gasto integran propiedades de estabilización automática(31); observa que las normas de gasto han demostrado ser más eficaces para reducir el sesgo de prociclicidad de la política presupuestaria(32); destaca la importancia de los estabilizadores automáticos en un contexto de aumento de la incertidumbre; señala, además, la recomendación del CFE de establecer una cuenta de compensación en la que se acumulen las desviaciones del crecimiento del gasto primario neto previsto;

42.  Señala que los cálculos en los que se basa el marco de gobernanza económica deben ser fácilmente observables y controlables por parte de los responsables políticos, a fin de aumentar la transparencia y la inteligibilidad, tanto para los legisladores como para la opinión pública; observa que conceptos como el de análisis de la brecha de producción no cumplen estos criterios; hace hincapié en que, en un período posterior a una crisis, la incertidumbre alrededor de la brecha de producción será incluso mayor que en el pasado; sostiene que aunque el crecimiento de la producción potencial no es observable y se ha de estimar, es menos probable que esté sujeto a revisiones que la brecha de producción;

43.  Propone, en consonancia con el CFE, una cláusula general de salvaguardia que sea recomendada por la Comisión en caso de una evolución económica imprevista y decidida por el Consejo y que pueda respaldarse mediante un dictamen basado en un análisis económico independiente y bien definido, con el fin de reducir la complejidad y mantener la capacidad de actuar en caso de circunstancias imprevistas; hace hincapié, no obstante, en caso de que intervenga un órgano independiente, en la necesidad de una aclaración ulterior de la composición de dicho órgano para garantizar la objetividad en la apreciación de las normas, lo que aseguraría su independencia y garantizaría que no se produzcan retrasos en el proceso;

44.  Subraya que, cuando las finanzas públicas están bajo presión, se tiende a reducir la inversión pública; señala que los desafíos económicos, sociales y medioambientales en la Unión requieren esfuerzos específicos en particular en relación con la resiliencia social, el cambio climático y la digitalización; destaca la importancia del marco de gobernanza económica de la Unión para que los Gobiernos puedan proteger la inversión pública sin poner en peligro la sostenibilidad de la deuda; subraya que deben realizarse mayores esfuerzos para mejorar la calidad de las finanzas públicas; pide que el marco revisado haga mayor hincapié en la calidad de la deuda pública; destaca que la calidad de las finanzas públicas mejora la sostenibilidad de la deuda a largo plazo del país y aumenta el potencial de crecimiento a largo plazo;

45.  Pone de relieve el dictamen del CFE de que algún gasto claramente delimitado que fomenta el crecimiento sostenible quedaría exento del límite máximo de crecimiento del gasto primario neto;

46.  Destaca que los ingresos públicos son una parte importante de la sostenibilidad de las finanzas públicas y que su estabilidad puede contribuir a asegurar una estrategia creíble de reducción de la deuda soberana; pide a los Estados miembros que adopten medidas para seguir luchando contra el fraude, la elusión y la evasión fiscales, así como el blanqueo de capitales; reitera que las medidas eficaces adoptadas por los Estados miembros en este ámbito infunden confianza en la gobernanza de las finanzas públicas; señala la necesidad de garantizar una política de gasto responsable para evitar la presión de aumentar los impuestos;

47.  Observa que el CFE ha abogado firmemente por introducir una capacidad presupuestaria común a escala europea, que crearía incentivos para mejorar el cumplimiento de las normas presupuestarias de la Unión; observa, además, que otras instituciones como el FMI y el BCE comparten esta opinión;

48.  Acoge con satisfacción las iniciativas de NextGenerationEU y SURE; destaca que NextGenerationEU se financia mediante la emisión de deuda garantizada por el presupuesto de la Unión; subraya que la emisión de deuda de la Unión(33) proporcionará un nuevo suministro de activos seguros europeos de alta calidad; pide a la Comisión que aproveche plenamente las posibilidades del paquete de recuperación y del instrumento SURE para mejorar la convergencia entre los Estados miembros, promover políticas de la Unión y reducir la vulnerabilidad de la Unión a las perturbaciones económicas; observa que los instrumentos actuales NextGenerationEU y SURE se han diseñado para ser temporales y hace hincapié en la importancia de un plan transparente de amortización de la deuda derivada de los bonos de ambos instrumentos;

Vigilancia de los desequilibrios macroeconómicos

49.  Hace hincapié en la importancia del procedimiento de desequilibrio macroeconómico (PDM) para detectar, prevenir y corregir los desequilibrios macroeconómicos en la Unión; toma nota de las conclusiones del Tribunal de Cuentas Europeo(34) según las cuales, aunque el mecanismo de aplicación del PDM en general está bien concebido, no se han aprovechado plenamente sus posibilidades de una forma que garantice una prevención y corrección eficaces de los desequilibrios; observa, además, que la clasificación de los Estados miembros con desequilibrios carece de transparencia, que falta un conocimiento público del procedimiento y sus consecuencias, y que las recomendaciones no promueven de manera suficiente acciones políticas para corregir estos desequilibrios, en particular en la zona del euro;

50.  Pide un uso más eficaz del Informe sobre el Mecanismo de Alerta, al tiempo que toma nota de la última revisión técnica del cuadro de indicadores del PDM realizada por la Comisión y celebra el análisis pormenorizado y exhaustivo subyacente al informe; insiste en que el cuadro de indicadores del procedimiento de desequilibrio macroeconómico debe centrarse y racionalizarse en torno a indicadores y umbrales significativos que definan con claridad los desequilibrios en la zona del euro, sean transparentes y estén basados en datos; recuerda que las recomendaciones específicas por país son orientaciones prospectivas dirigidas a los Estados miembros; considera que debe lograrse un mayor cumplimiento de las recomendaciones limitadas y que las recomendaciones específicas por países pertinentes para el PDM tendrían que centrarse en medidas políticas susceptibles de incidir directamente en los desequilibrios y ser coherentes con las recomendaciones para la zona del euro, en su caso;

51.  Considera que la claridad y la consistencia en la interacción entre el PDM y el Pacto de Estabilidad y Crecimiento son claves para garantizar la consecución de sus objetivos;

52.  Apoya, en este sentido, las propuestas del CFE de incorporar consideraciones del PDM al determinar la norma de gasto mencionada, según las cuales, de común acuerdo, los países con elevados déficits por cuenta corriente tendrían un límite máximo más bajo para sus objetivos de gasto, mientras que los países con un superávit externo excesivo tendrían un límite mínimo más alto para la tasa de crecimiento del gasto;

53.  Pide una mayor participación de las autoridades macroprudenciales para detectar mejor los desequilibrios macroeconómicos desde el punto de vista macroprudencial, y de los consejos nacionales de productividad para mejorar el conocimiento común de la evolución macroeconómica, en el proceso del PDM;

Gobernanza

54.  Subraya la importancia del marco institucional de la Unión y del método comunitario para establecer y aplicar eficazmente las normas y proteger y fomentar una sólida responsabilización y responsabilidad políticas, y hace hincapié en que la responsabilización y responsabilidad políticas débiles exacerban el incumplimiento;

55.  Insiste en reforzar la legitimidad, la rendición de cuentas y el control democráticos del marco de gobernanza económica; considera que para mejorar la implicación, las responsabilidades deben asignarse al nivel en el que se adoptan o se aplican las decisiones, de modo que los Parlamentos nacionales ejerzan un control sobre los Gobiernos nacionales, y el Parlamento Europeo, sobre los ejecutivos europeos; destaca, por lo tanto, el papel de las instituciones y subraya la importancia de garantizar un equilibrio adecuado de responsabilidades entre las distintas instituciones respecto de la aplicación del marco de gobernanza económica de la Unión;

56.  Recuerda que el Semestre Europeo es un marco consolidado para coordinar las políticas presupuestarias, económicas, sociales y laborales entre los Estados miembros, que apoya los objetivos tradicionales de la Unión de crecimiento sostenible, finanzas públicas sostenibles y convergencia al alza; observa que el Semestre, desde su creación, se ha ampliado para incluir, entre otros aspectos, cuestiones relacionadas con el sector financiero y la fiscalidad, así como metas de los ODS de las Naciones Unidas; observa que, para seguir reforzando la resiliencia económica y social, la Unión debe cumplir los principios del pilar europeo de derechos sociales; recuerda que el fomento del crecimiento sostenible implica fomentar políticas presupuestarias encaminadas a alcanzar situaciones presupuestarias prudentes a medio plazo y garantizar la sostenibilidad presupuestaria a medio plazo, promover reformas estructurales socialmente justas, aumentar la inversión para impulsar el potencial de crecimiento y apoyar una transición inclusiva hacia una economía sostenible y digital; insiste en la importancia de una colaboración más sólida en la coordinación de políticas entre los ministros de empleo y asuntos sociales y los ministros de finanzas, en particular, en la zona del euro; observa que el concepto del Semestre Europeo se introdujo mediante el Reglamento (UE) n.º 1175/2011, que forma parte de la revisión de la gobernanza económica de la Unión, y que las propuestas de la Comisión sobre la forma de mejorar el proceso del Semestre son bienvenidas;

57.  Señala la falta de responsabilización como una de las principales deficiencias del Semestre Europeo; observa que el diseño de este marco debe contener un conjunto de objetivos a largo plazo y orientaciones a escala de la Unión que coordinen las decisiones políticas que reflejen adecuadamente las necesidades y prioridades nacionales, apuntalados por un diálogo sobre políticas abierto e inclusivo entre la Unión y las instituciones y las partes interesadas nacionales; considera que la experiencia adquirida con la estructura de gobernanza del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia brinda una gran oportunidad que debe aprovecharse en el ámbito de la responsabilización nacional, la promoción de objetivos estratégicos de la Unión, el crecimiento sostenible y las recomendaciones por países;

58.  Pide una implicación adecuada del Parlamento Europeo en el proceso del Semestre Europeo; hace hincapié en la importancia del debate completo para la definición de las metas y la orientación generales;

59.  Recuerda que el Acuerdo Interinstitucional sobre la mejora de la legislación reitera que el Parlamento Europeo y el Consejo, en su calidad de colegisladores, deben ejercer sus competencias en pie de igualdad y que, por lo tanto, la Comisión debe tratarlas por igual, y destaca el papel y la responsabilidad de los Parlamentos nacionales; señala que, de conformidad con los artículos 121 y 126 del TFUE, el Parlamento Europeo no puede supervisar ni modificar las recomendaciones adoptadas por el Consejo en el marco del Semestre Europeo;

60.  Pide un control democrático más riguroso a escala nacional y de la Unión para exigir cuentas a los Gobiernos nacionales; destaca que una responsabilización o responsabilidad política nacional más firme da lugar a un mayor cumplimiento; pide un mayor desarrollo de la cooperación interparlamentaria, incluida la conferencia prevista en el artículo 13 del Pacto Presupuestario, al objeto de que puedan celebrarse debates sustanciales y oportunos siempre que sea necesario;

61.  Reconoce la importancia del diálogo macroeconómico de la Unión para aumentar la responsabilización y mejorar la coordinación de las políticas y pide, por lo tanto, que se refuercen a través del diálogo a escala nacional y de la zona del euro con los representantes del Gobierno, las federaciones de la patronal y los sindicatos y que se prevean en ambos niveles intercambios con los bancos centrales;

62.  Recuerda que, de conformidad con la legislación, la comisión competente del Parlamento Europeo podrá invitar al presidente del Consejo, de la Comisión y, en su caso, al presidente del Consejo Europeo o al presidente del Eurogrupo, a que comparezcan ante dicha comisión, así como a los Estados miembros sujetos a un procedimiento específico de gobernanza económica;

63.  Pone de relieve la importancia de la aplicación del pilar europeo de derechos sociales y los objetivos medioambientales de conformidad con los compromisos de la Unión en materia de clima, medio ambiente y desarrollo sostenible; pide urgentemente a la Comisión y al Consejo Europeo que ponderen estos compromisos en la gobernanza económica de la Unión; pide que el cuadro de indicadores sociales del pilar europeo de derechos sociales se tenga plenamente en cuenta con el fin de realizar un seguimiento de los resultados de los Estados miembros en relación con los principios del pilar europeo de derechos sociales; toma nota de la iniciativa de la Comisión para confirmar que el cuadro de indicadores sociales revisado formará parte del marco de coordinación de las políticas en el contexto del Semestre Europeo; toma nota de que los líderes de la Unión acogieron con beneplácito la propuesta conjunta presentada por los interlocutores sociales europeos de un conjunto alternativo de indicadores para medir los avances económicos, sociales y medioambientales, que complemente al PIB como medida del bienestar en relación con el crecimiento inclusivo y sostenible; reclama que los cuadros de indicadores queden mejor reflejados en las recomendaciones políticas;

64.  Considera que la armonización de las políticas presupuestarias nacionales con los compromisos de la Unión en virtud del Acuerdo de París debe ser una prioridad y que el concepto de sostenibilidad competitiva y sus cuatro ejes, definidos en la Estrategia Anual de Crecimiento Sostenible 2020, deben seguir siendo las prioridades generales de la estrategia de crecimiento a largo plazo de la Unión en consonancia con el Pacto Verde Europeo; observa que el clima supone un riesgo real y grave para la sostenibilidad de las políticas presupuestarias de los Estados miembros;

65.  Coincide con el Tribunal de Cuentas Europeo en que las recomendaciones específicas por país del Semestre Europeo deben diseñarse y aplicarse mejor(35); sugiere orientar mejor las recomendaciones políticas con objetivos políticos a corto y largo plazo específicos por país;

66.  Celebra las mejoras significativas del papel de las instituciones presupuestarias independientes en el proceso presupuestario nacional, que aumentan la transparencia y la rendición de cuentas de la política presupuestaria, mediante el seguimiento y el análisis independiente; pide a los Estados miembros que velen por que las instituciones presupuestarias independientes reúnan las condiciones para cumplir sus mandatos y cometidos y subraya la importancia de garantizar la rendición de cuentas de estas instituciones ante el Parlamento Europeo y los Parlamentos nacionales, en su caso;

67.  Subraya que, para una mejor aplicación, cada Estado miembro debe esforzarse por responsabilizarse de manera firme de las recomendaciones de política económica y que, en este contexto, se debe buscar el equilibrio adecuado entre el apoyo y la presión mutuos y los incentivos y desincentivos;

68.  Se felicita por la adopción del Acuerdo interinstitucional entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre nuevos recursos propios, en particular una hoja de ruta para la introducción de nuevos recursos propios;

69.  Pide a la Comisión que profundice en la reflexión sobre el diseño y la aplicación de los programas de ajuste macroeconómico, en particular la necesidad de aumentar la transparencia, la responsabilización y la rendición de cuentas democrática del proceso decisorio, con una participación adecuada de las partes interesadas y el Parlamento Europeo; recuerda, en este sentido, a la Comisión y al Consejo la posición que ha adoptado en sesión plenaria en relación con el Reglamento (UE) n.º 472/2013;

70.  Observa que los Estados miembros que salen de un programa de ajuste macroeconómico también se encuentran bajo supervisión reforzada en el Semestre Europeo y que, en su caso, se pueden efectuar exámenes minuciosos;

71.  Observa que el Eurogrupo y la Cumbre del Euro son foros de debate informales del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros (Ecofin); pide a los Estados miembros que actúen en el marco de la Unión para garantizar el papel del Parlamento Europeo como colegislador y su derecho de control democrático;

72.  Pide que el Eurogrupo esté sujeto a un reglamento interno que refuerce la transparencia de la toma de decisiones y la rendición de cuentas democrática; pide que el Eurogrupo y el Parlamento Europeo lleguen a un entendimiento mutuo sobre la forma en que pueden alcanzarse mejor estos objetivos; subraya la importancia de los mecanismos que permiten a los Estados miembros no pertenecientes a la zona del euro participar en el debate, cuando proceda;

73.  Hace hincapié en la necesidad de que el marco decisorio de gobernanza económica de la Unión se adhiera al método de la Unión;

74.  Destaca la importancia de que se mantenga un debate sobre la gobernanza económica con los ciudadanos, las organizaciones de la sociedad civil y los interlocutores sociales, y una serie de partes interesadas a escala europea, nacional, regional y local en el marco de la Conferencia sobre el Futuro de Europa; señala, en este sentido, la próxima Conferencia sobre el Futuro de Europa como posible foro para plantearse aumentar la legitimidad democrática mediante una mayor participación del Parlamento Europeo en el ofrecimiento de un foro público y democrático para la definición y aplicación de normas comunes de la Unión sobre la coordinación de las políticas económicas;

o
o   o

75.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Eurogrupo, al Comité de las Regiones, al Comité Económico y Social Europeo y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.

(1) DO C 70 E de 8.3.2012, p. 19.
(2) DO C 33 E de 5.2.2013, p. 140.
(3) DO L 306 de 23.11.2011, p. 41.
(4) DO L 306 de 23.11.2011, p. 1.
(5) DO L 306 de 23.11.2011, p. 8.
(6) DO L 306 de 23.11.2011, p. 12.
(7) DO L 306 de 23.11.2011, p. 25.
(8) DO L 306 de 23.11.2011, p. 33.
(9) DO L 140 de 27.5.2013, p. 1.
(10) DO L 140 de 27.5.2013, p. 11.
(11) DO C 407 de 4.11.2016, p. 86.
(12) Textos Aprobados, P9_TA(2020)0005.
(13) DO L 198 de 22.6.2020, p. 13.
(14) DO L 433 I de 22.12.2020, p. 28.
(15) Textos Aprobados, P9_TA(2020)0054.
(16) Textos Aprobados, P9_TA(2020)0124.
(17) DO L 159 de 20.5.2020, p. 1.
(18) Textos Aprobados, P9_TA(2020)0206.
(19) Textos Aprobados, P9_TA(2020)0220.
(20) Textos Aprobados, P9_TA(2020)0305.
(21) DO L 57 de 18.2.2021, p. 17.
(22) Comisión: «Identifying Europe’s recovery needs» (Identificar las necesidades de recuperación de Europa), SWD(2020)0098, 27.5.2020, pp. 14-16.
(23) Este cálculo abarca únicamente salud y cuidados de larga duración (70 000 000 000 EUR), educación y aprendizaje permanente (15 000 000 000 EUR) y vivienda asequible (57 000 000 000 EUR). Fuente: Fransen, L.; Bufalo, G.; y Reviglio, E.: «Boosting Investment in Social Infrastructure in Europe» (Impulsar la inversión en infraestructura social en Europa), informe del Grupo de Trabajo de Alto Nivel sobre la Inversión en Infraestructura Social en Europa, 2018, p. 116.
(24) Comisión: «Identifying Europe’s recovery needs» (Identificar las necesidades de recuperación de Europa), SWD(2020)0098, 27.5.2020, pp. 18-20.
(25) Las catástrofes extremas tienden a reducir el rendimiento económico (Botzen, Deschenes y Sanders, 2019); que el FMI prevé que las grandes catástrofes relacionadas con el clima pueden tener un impacto negativo en el PIB real per cápita, y que los países mejor preparados para hacer frente a catástrofes naturales importantes pueden amortiguar mejor el impacto;
(26) Las previsiones económicas de la Comisión para la primavera de 2021 muestran una contracción en 2020 del -6,1 % del PIB en la Unión y del -6,6 % del PIB en la zona del euro. Se espera que el crecimiento del PIB solo se recupere lentamente a corto plazo, con un 4,2 % en 2021 y un 4,4 % en 2022 en la Unión, y con un 4,3 % en 2021 y un 4,4 % en 2022 en la zona del euro.
(27) «Perspectivas de la economía mundial: Manejar recuperaciones divergentes», FMI, abril de 2021.
(28) En particular, a través del paquete de recuperación y del instrumento SURE.
(29) Consejo Fiscal Europeo (2018), Informe anual de 2018, septiembre, Consejo Fiscal Europeo (2020), Informe anual de 2020, septiembre.
(30) Un tope fijado para 3-5 años que dependería de las previsiones de crecimiento de la producción potencial, la inflación pronosticada y la distancia con respecto al estabilizador de la deuda.
(31) CFE, «Assessment of EU fiscal rules with a focus on the six - and two-pack legislation» (Evaluación de las normas presupuestarias de la Unión centrada en el paquete de seis instrumentos legislativos y el paquete de dos instrumentos legislativos): el techo de gasto primario neto integra una propiedad de estabilización automática: cuando la producción real crece a un ritmo más lento que el de la tasa tendencial de la producción potencial, el crecimiento del gasto primario neto superará a esta última, mientras que un incremento del ratio de gasto con respecto al PIB ayudará a estabilizar la economía; y al contrario, si el PIB real crece a un ritmo más rápido que la tendencia, el gasto neto se contraerá como coeficiente del PIB.
(32) Manescu, C. y Bova, E. (2021): «Effectiveness of national expenditure rules: Evidence from EU member states» (Eficacia de las normas nacionales de gasto: pruebas procedentes de los Estados miembros).
(33) Bonos de NextGenerationEU y SURE.
(34) Informe Especial n.° 03/2018: «Fiscalización del procedimiento de desequilibrio macroeconómico (PDM)», Tribunal de Cuentas Europeo.
(35) Tribunal de Cuentas Europeo.

Última actualización: 11 de noviembre de 2021Aviso jurídico - Política de privacidad