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Procedimiento : 2020/2120(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A9-0241/2021

Textos presentados :

A9-0241/2021

Debates :

PV 13/09/2021 - 21
CRE 13/09/2021 - 20
CRE 13/09/2021 - 21

Votaciones :

PV 14/09/2021 - 11
CRE 14/09/2021 - 11

Textos aprobados :

P9_TA(2021)0368

Textos aprobados
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Martes 14 de septiembre de 2021 - Estrasburgo
Refuerzo de la asociación con las regiones ultraperiféricas de la Unión
P9_TA(2021)0368A9-0241/2021

Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de septiembre de 2021, sobre el refuerzo de la asociación con las regiones ultraperiféricas de la Unión (2020/2120(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el artículo 349 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),

–  Vistos la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), adoptados por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 25 de septiembre de 2015,

–  Visto el Acuerdo adoptado el 12 de diciembre de 2015 en París en la 21.ª Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP21) (en lo sucesivo, «Acuerdo de París»), y en particular su artículo 7, apartado 2, y su artículo 11, apartado 2, que reconocen las dimensiones locales, subnacionales y regionales del cambio climático y de la acción por el clima,

–   Vistos el informe especial del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) sobre el calentamiento global de 1,5 °C, su quinto informe de evaluación y su informe de síntesis, así como su informe especial sobre el cambio climático y la tierra y su informe especial sobre el océano y la criosfera en un clima cambiante,

–  Visto el Acuerdo celebrado el 15 de abril de 2021 entre la Unión Europea y la Organización de los Estados de África, el Caribe y el Pacífico,

–  Visto el nuevo marco financiero plurianual (MFP) de la Unión Europea para el período 2021‑2027, aprobado por el Parlamento Europeo y el Consejo en diciembre de 2020,

–  Vistas la Comunicación de la Comisión, de 24 de febrero de 2021, titulada «Forjar una Europa resiliente al cambio climático - La nueva estrategia de adaptación al cambio climático de la UE» (COM(2021)0082) y la evaluación de impacto y de vulnerabilidad de las regiones ultraperiféricas de la Unión Europea que la acompaña,

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 20 de mayo de 2020, titulada «Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030 - Reintegrar la naturaleza en nuestras vidas» (COM(2020)0380),

–  Visto el Informe de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo, al Comité de las Regiones y al Banco Europeo de Inversiones, de 23 de marzo de 2020, sobre la aplicación de la Comunicación de la Comisión relativa a una asociación estratégica renovada y más fuerte con las regiones ultraperiféricas de la Unión Europea (COM(2020)0104),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 11 de diciembre de 2019, titulada «El Pacto Verde Europeo» (COM(2019)0640),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 24 de octubre de 2017, titulada «Una asociación estratégica renovada y más fuerte con las regiones ultraperiféricas de la Unión Europea» (COM(2017)0623),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 20 de junio de 2012, titulada «Las regiones ultraperiféricas de la Unión Europea: hacia una asociación en pos de un crecimiento inteligente, sostenible e integrador» (COM(2012)0287),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 17 de octubre de 2008, titulada «Las regiones ultraperiféricas: una ventaja para Europa» (COM(2008)0642),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 12 de septiembre de 2007, titulada «Estrategia para las regiones ultraperiféricas: logros y perspectivas» (COM(2007)0507),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 26 de mayo de 2004, titulada «Estrechar la asociación con las regiones ultraperiféricas» (COM(2004)0343),

–   Vista la Comunicación de la Comisión, de 5 de marzo de 2020, titulada «Una Unión de la igualdad: Estrategia para la Igualdad de Género 2020-2025» (COM(2020)0152),

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 23 de octubre de 2020, relativas a la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030,

–  Visto el Convenio de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica,

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 19 de noviembre de 2019, sobre los océanos y los mares,

–  Visto el dictamen del Comité Europeo de las Regiones, de 10 de diciembre de 2020, sobre el Informe de la Comisión Europea sobre la puesta en práctica de una asociación estratégica renovada con las regiones ultraperiféricas de la Unión Europea (2021/C 37/10),

–  Vistas las declaraciones de los presidentes de las regiones ultraperiféricas, en particular la Declaración adoptada en la XXV Conferencia de Presidentes de las Regiones Ultraperiféricas de la Unión Europea, celebrada en Mayotte los días 26 y 27 de noviembre de 2020,

–  Vista la Declaración conjunta de la Conferencia de Presidentes de las Regiones Ultraperiféricas de la Unión Europea resultante de la reunión intersesiones celebrada el 3 de mayo de 2021,

–  Vista su Resolución, de 17 de abril de 2020, sobre la acción coordinada de la Unión para luchar contra la pandemia de COVID‑19 y sus consecuencias(1),

–  Vista su Resolución, de 15 de enero de 2020, sobre el Pacto Verde Europeo(2),

–  Vista su Resolución, de 13 de junio de 2018, sobre política de cohesión y economía circular,

–  Vista su Resolución, de 28 de noviembre de 2019, sobre la situación de emergencia climática y medioambiental(3),

–  Vista su Resolución, de 14 de marzo de 2019, sobre el cambio climático – una visión estratégica europea a largo plazo de una economía próspera, moderna, competitiva y climáticamente neutra de conformidad con el Acuerdo de París(4),

–  Visto su estudio de 2021 titulado «La política de cohesión y el cambio climático»,

–  Vista su Resolución, de 6 de julio de 2017, sobre el fomento de la cohesión y el desarrollo en las regiones ultraperiféricas de la UE: aplicación del artículo 349 del TFUE(5),

–  Vista su Resolución, de 27 de abril de 2017, sobre la gestión de las flotas pesqueras en las regiones ultraperiféricas(6),

–  Vista su Resolución, de 26 de febrero de 2014, sobre la optimización del desarrollo del potencial de las regiones ultraperiféricas mediante la creación de sinergias entre los Fondos estructurales y los demás programas de la Unión Europea(7),

–  Vista su Resolución, de 18 de abril de 2012, sobre el papel de la política de cohesión en las regiones ultraperiféricas de la Unión Europea en el contexto de Europa 2020(8),

–  Visto el artículo 54 de su Reglamento interno,

–  Visto el informe de la Comisión de Desarrollo Regional (A9‑0241/2021),

A.  Considerando la importancia que revisten el Pacto Verde Europeo, el principio consistente en «no causar un perjuicio significativo», los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y el Acuerdo de París;

B.  Considerando la importancia que revisten los principios establecidos en el pilar europeo de derechos sociales, incluida su contribución a la eliminación de las desigualdades, a la promoción de la igualdad de género y a la incorporación de la perspectiva de género;

C.  Recordando que las regiones ultraperiféricas (RUP) están vinculadas a tres Estados miembros, son nueve en la actualidad —Guayana Francesa, Guadalupe, Reunión, Mayotte, Martinica y San Martín (Francia), Azores y Madeira (Portugal) y Canarias (España), están repartidas en dos océanos —el océano Atlántico y el océano Índico—, y cuentan con más de 4,8 millones de habitantes;

D.  Subrayando que el 80 % de la biodiversidad europea se encuentra en las RUP y en los países y territorios de ultramar (PTU) europeos, y que estos territorios tienen valor estratégico desde el punto de vista de la geopolítica de la conservación de la biodiversidad mundial;

E.  Destacando que las RUP amplían la dimensión marítima de la Unión Europea, al ofrecerle el primer espacio marítimo mundial con más de 25 millones de km2 de zona económica exclusiva (ZEE) e importantes oportunidades económicas;

F.  Manifestando su preocupación por el hecho de que la contaminación marina afecte a las RUP más que a cualquier otra región continental europeo debido a su insularidad, lo que repercute en su desarrollo tanto medioambiental como económico;

G.  Lamentando que la tasa de abandono escolar entre los jóvenes de 18 a 24 años en las RUP supere el 20 %, cifra significativamente superior a la media del 10 % registrada en la Unión Europea(9);

H.  Considerando que las RUP poseen una extraordinaria riqueza cultural que contribuye al prestigio de Europa y refuerza su «poder no coactivo» en el mundo, y que en la Comunicación de la Comisión adoptada en 2017 se calificó la cultura como aspecto importante y elemento de diferenciación de las RUP;

I.  Lamentando que la crisis actual de la COVID-19 haya puesto en evidencia, de manera preocupante, las vulnerabilidades que ya existían en economías de las RUP, y que esta crisis y el Brexit tendrán consecuencias sociales, económicas, medioambientales, territoriales y culturales a largo plazo;

J.  Considerando que la crisis sanitaria también ha agravado la fragilidad de los servicios sanitarios regionales de las RUP, con la imposición de medidas bastante estrictas para luchar contra la pandemia en estas regiones;

K.  Manifestando su preocupación por el hecho de que varios sectores de la economía azul, concretamente el turismo costero y marítimo, puedan verse afectados por la actual crisis provocada por la pandemia;

EPÍGRAFE 1: Consolidar los avances, abordar las vulnerabilidades y apostar por las fortalezas para situar a las RUP en el centro de la acción europea

1.  Acoge con satisfacción el Informe de la Comisión de marzo de 2020, en el que se realiza un primer balance de la aplicación de la asociación estratégica renovada y reforzada con las RUP iniciada en octubre de 2017, así como de los esfuerzos realizados tanto en las RUP y los Estados miembros interesados como en las instituciones europeas para ponerla en práctica; pide que estos avances se consoliden en la nueva estrategia de la Unión para estas regiones;

2.  Destaca los considerables avances logrados para las RUP en el nuevo MFP 2021‑2027, a nivel tanto presupuestario como legislativo, mediante ajustes específicos en los Fondos Estructurales y los programas horizontales, y celebra las medidas adicionales adoptadas para las RUP en el marco del plan europeo de recuperación denominado «Next Generation EU»; insiste en la necesidad de leer el artículo 349 del TFUE en relación con el artículo 7 para poder aplicar a las RUP, en la aplicación del Derecho de la Unión, un enfoque diferenciado que tenga plenamente en cuenta sus características especiales y sus limitaciones estructurales, de conformidad con la sentencia del Tribunal de Justicia de 15 de diciembre de 2015;

3.  Toma nota con satisfacción de la prórroga y el mantenimiento hasta 2027 de varias exenciones fiscales para las RUP (impuesto AIEM («Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias», aplicable a las Islas Canarias), arbitrio insular, tipos impositivos reducidos para los licores, el ron y los aguardientes de las Azores y Madeira, así como el ron tradicional de los departamentos de ultramar (DOM); recuerda la importancia de mantener para las RUP los dispositivos basados en el artículo 349 del TFUE, que deben conciliar la doble necesidad de proteger la producción local y luchar contra el coste de la vida, garantizando al mismo tiempo que los ciudadanos de las RUP estén debidamente informados sobre la aplicación de estas medidas;

4.  Anima a los servicios de la Comisión, pero también a las autoridades nacionales y regionales, a que encuentren un equilibrio entre el control legítimo e indispensable del uso de los fondos de la Unión y la simplificación y flexibilización de las normas administrativas necesarias para modernizarlos y optimizarlos, con el fin de fomentar las iniciativas locales;

A.Adoptar sistemáticamente un «reflejo RUP europeo»

5.  Expresa su deseo de que en las instituciones europeas se adopte sistemáticamente un «reflejo RUP» centrado en un enfoque transversal e integrado de la realidad y los retos de las RUP en todas las políticas públicas europeas;

6.  Pide a la Comisión que, de conformidad con su papel de «guardiana de los Tratados», haga de la Unidad RUP de la DG REGIO la «guardiana de la correcta aplicación del artículo 349 del TFUE» y considere la posibilidad de crear una dirección de pleno derecho, directamente vinculada a los «homólogos RUP» de las demás direcciones generales;

7.  Pide al Consejo que cree un comité específico «RUP», inspirado en el modelo del Comité Especial de Agricultura, con el objetivo de velar por la integración de las prioridades y realidades de las RUP en las distintas iniciativas y normativas europeas;

8.  Pide que se cree el puesto de «ponente permanente de las RUP» con el fin de reforzar el control que ejerce el Parlamento sobre la correcta aplicación del artículo 349 del TFUE en las políticas públicas europeas;

B.Comunicar e informar mejor

9.  Reclama la aplicación de una verdadera estrategia de comunicación destinada, en particular, a implicar a los jóvenes e informarles sobre las posibilidades que ofrece la Unión y a sensibilizarlos sobre la utilidad de Europa en el día a día; solicita la creación de una oficina de la Comisión en cada región ultraperiférica, dado que muchas de estas regiones son archipiélagos y que se caracterizan por la multiplicidad de sus territorios y la lejanía entre ellos;

10.  Recomienda un mejor uso de las distintas plataformas de intercambio entre administraciones, como el programa TENEX-REGIO PEER 2 PEER para los fondos de cohesión, el programa TENEX-EIR PEER 2 PEER en materia de medio ambiente y la Plataforma europea de partes interesadas de la economía circular;

11.  Propone la creación de un «Erasmus» para las administraciones que gestionan fondos europeos en las RUP, a fin de garantizar el intercambio de buenas prácticas y de ejemplos con vistas a optimizar el uso de los fondos de cohesión;

12.  Subraya la importancia del sitio web(10) que proporciona datos estadísticos sobre las RUP (Eurostat), desarrollado en colaboración con los servicios estadísticos de Portugal, España y Francia y las RUP; lamenta que no existan datos exhaustivos sobre San Martín, lo que impide realizar análisis exhaustivos y comparativos de todas las RUP; insta a la Comisión, y en particular a Eurostat, a que recaben datos fiables, agregados y actualizados de todas las RUP, que permitan realizar análisis sectoriales, y a que evalúen el impacto de la aplicación de las políticas europeas en las RUP;

C.Construir el futuro

13.  Pide que se integre mejor a las RUP en los debates de la Conferencia sobre el Futuro de Europa, en particular a través de la Conferencia de Presidentes de las RUP, con el fin de enriquecerla con una perspectiva ultraperiférica y de garantizar la aplicación efectiva del artículo 349 del TFUE en los futuros programas y políticas de la Unión;

14.  Destaca que el diálogo con los ciudadanos es un elemento fundamental para crear proximidad y tender puentes entre las RUP y las instituciones europeas; pide, en este contexto, a la Comisión que intensifique este diálogo, en particular en las RUP;

15.  Pide a la Comisión que participe en la elaboración de una nueva estrategia para las RUP y con las RUP, que responda a las realidades locales y a las necesidades y refleje las recomendaciones del Parlamento Europeo y que se base en el respeto de las características específicas, la consolidación del acervo, la optimización de los dispositivos existentes, la innovación y la valorización de las RUP como «territorios de soluciones»;

16.  Recomienda que se defina un verdadero plan de acción para esta nueva asociación estratégica en el que participen las principales partes interesadas, en particular las autoridades nacionales, regionales y locales, los agentes económicos y sociales, la sociedad civil, el mundo académico y las organizaciones no gubernamentales;

17.  Pide que la aplicación de la nueva estrategia y de su plan de acción se lleve a cabo lo antes posible con el fin de contribuir a la recuperación económica y social de las RUP;

EPÍGRAFE 2: Invertir en empleo digno, consolidar la solidaridad y actuar prioritariamente para los jóvenes

18.  Es consciente de que las RUP ofrecen posibilidades para que la Unión diseñe proyectos piloto frente a los retos socioeconómicos y climáticos, pero que esta dinámica requiere una aceleración para recuperar el retraso acumulado a causa de las desventajas estructurales, así como la consolidación y el blindaje de los instrumentos de compensación de esas desventajas estructurales relacionadas con la lejanía y la insularidad, indispensables para que las RUP puedan integrarse de forma plena y equitativa en el espacio europeo;

A.Consolidar la solidaridad

19.  Pide a la Comisión, a los Estados miembros y a las RUP que conviertan la lucha contra la pobreza, el desempleo y la exclusión social, también en el caso de las personas con discapacidad, en las prioridades de la solidaridad europea, al tiempo que invierten en educación y formación y en proyectos de futuro centrados en la innovación, en particular la innovación social, la reconversión y la diversificación;

20.  Considera que la política de cohesión debe valorizar en mayor medida a las mujeres que viven en las RUP y promover la igualdad de género y la aplicación efectiva de la Estrategia de la Unión para la Igualdad de Género en las RUP;

21.  Subraya el importante papel que desempeña la economía social y solidaria en las RUP, que se alía con los entes regionales y locales para luchar contra las limitaciones causadas por su carácter ultraperiférico y contra la pobreza y la exclusión social, así como para generar empleo y desarrollar iniciativas en estas regiones, en consonancia con las distintas estrategias europeas; pide que se reconozca esta realidad a escala europea y que este sector sin ánimo de lucro tenga acceso directo a las subvenciones de la Unión;

B.Proteger la salud

22.  Subraya que las características específicas de las RUP las hacen más vulnerables a los acontecimientos mundiales, como la pandemia de COVID-19; pide, por tanto, que se extraigan todas las lecciones posibles de esta crisis y que se tenga en cuenta la situación particular de las RUP ante futuros acontecimientos de esta naturaleza;

23.  Propone la creación de un centro de investigación consagrado a las enfermedades infecciosas tropicales y a las patologías especialmente presentes en las RUP, como la diabetes, la obesidad y determinados cánceres, así como el despliegue de los fondos necesarios para recuperar los retrasos en materia de asistencia sanitaria en las RUP;

24.  Propone la puesta en marcha de un proyecto piloto que siga el modelo de la acción preparatoria BEST para apoyar los trabajos relativos a las plantas medicinales en las RUP;

C.Los jóvenes: una prioridad en términos de acciones y de resultados

25.  Reitera que, en las RUP, la fuerza de los jóvenes es un activo importante que a menudo no se valora suficientemente y que debe constituir un eje prioritario para la creación de soluciones concretas mediante la movilización masiva de fondos europeos destinados a la educación, la formación y el apoyo, la vivienda y el trabajo digno y de calidad para los jóvenes;

26.  Subraya, a este respecto, la necesidad de dar prioridad a la inversión en todos los niveles de la educación y la formación permanente en las RUP con objeto de luchar contra el abandono escolar; insta a la Comisión a que considere la educación como el «objetivo prioritario» del desarrollo de las RUP, ayudando a los entes regionales y locales a diseñar políticas públicas que estimulen a los jóvenes y les ofrezcan nuevas opciones atractivas en materia de educación, formación, capacitación y reciclaje a escala local y regional, incluidas las competencias digitales, ya sea a través del aprendizaje presencial o a distancia, de manera que definan su itinerario de competencias reconocidas;

27.  Aboga por que se movilicen fondos europeos para crear, por una parte, «campus de excelencia» en las zonas geográficas de las RUP, favoreciendo la interconexión entre los centros escolares, las universidades y los centros de formación de las RUP, y, por otra parte, centros de investigación para estudiar y conocer mejor la biodiversidad de las RUP;

28.  Recuerda, habida cuenta de las tasas de desempleo juvenil en las RUP, la necesidad de crear dispositivos específicos, en particular a través de la Iniciativa de Empleo Juvenil; acoge con satisfacción, en este sentido, la creación de una asignación adicional para las RUP en el marco del FSE+ 2021-2027, y pide a las regiones en cuestión que aprovechen esta nueva fuente de financiación para reforzar la capacidad de inserción profesional, la movilidad y la formación en las RUP;

29.  Pide a la Comisión que respalde el empleo juvenil en las RUP con la creación de una ventanilla única digital vinculada al sector privado, las universidades y las autoridades locales con el fin de ayudar con la búsqueda del primer empleo y la creación o la compra de empresas en las RUP;

D.Reforzar la integración de la realidad de las RUP en Erasmus+

30.  Pide que, a la hora de aplicar el programa Erasmus+, se conceda la ayuda máxima a los estudiantes de las RUP, con un complemento económico en caso necesario para cubrir los gastos reales de viaje, y que se promuevan la movilidad en terceros países de la zona geográfica, cultural e histórica de cada región ultraperiférica y los intercambios entre regiones ultraperiféricas;

31.  Destaca asimismo la necesidad de reforzar la participación de las RUP en todas las acciones del programa Erasmus+ y de promover una cooperación firme e intercambios de movilidad entre instituciones educativas, sociales y deportivas;

EPÍGRAFE 3: Desarrollar un crecimiento sostenible y justo, implantar una economía verde y azul y crear nuevas profesiones con miras a la neutralidad climática para 2050

32.  Destaca la importancia de alentar las iniciativas locales apoyando a todas las empresas de producción de las RUP, prestando especial atención a las microempresas, a las pequeñas y medianas empresas y a los sectores del turismo, la artesanía, la cultura, la industria, la construcción y el sector digital; insiste en que se necesitan inversiones innovadoras sostenibles y resilientes;

33.  Alienta a las RUP a que se conecten a la red «Local2030» y elaboren cuadros de indicadores de desarrollo sostenible a fin de compartir mejor sus soluciones;

34.  Reitera la necesidad de hacer más atractivas las profesiones relacionadas con la agricultura, la ganadería, la pesca, el mar y el medio ambiente en las RUP, dado su carácter estructurador a nivel económico, social y ambiental, ofreciendo un apoyo constante a los más jóvenes;

A.Política agrícola y economía verde

35.  Subraya la necesidad de integrar las características específicas y los modelos agrícolas de las RUP en los planes estratégicos y en la gestión de los programas de desarrollo rural de la PAC de cara a un enfoque más regionalizado y flexible;

36.  Pide que se mantengan, o incluso se refuercen, los dispositivos específicos y las dotaciones financieras del régimen POSEI, con objeto de alcanzar los objetivos de autonomía alimentaria, transición agroecológica, crecimiento verde, diversificación y capacidad de respuesta a las crisis del mercado en las RUP; recuerda que, a diferencia de otros pagos de la PAC, los importes del régimen POSEI no se han actualizado con arreglo a la inflación;

37.  Sostiene que el régimen POSEI es fundamental para la promoción de la cohesión económica y social en la Unión, para la conservación del entorno rural y para la lucha contra la despoblación en las RUP, y destaca, a este respecto, la evaluación positiva del régimen POSEI realizada por la Comisión;

38.  Constata que la desaparición de las cuotas y de los precios garantizados, iniciada con la reforma de la organización común del mercado del azúcar de 2005, ha debilitado a los productores de azúcar de caña de las RUP; insiste en la necesidad de dar carácter permanente a todos los dispositivos específicos establecidos en virtud del artículo 349 del TFUE para garantizar la competitividad sostenible de esta industria; solicita la creación de un mecanismo de apoyo a los cultivadores de caña en caso de disminución de los precios mundiales del azúcar;

39.  Pide a la Comisión que aumente los presupuestos previstos para las campañas de promoción, sensibilización y valorización de los regímenes de calidad de la Unión, y en particular los siguientes:

   i) los productos con denominación de origen protegida (DOP), los productos con indicación geográfica protegida (IGP), la especialidad tradicional garantizada (ETG) y los regímenes voluntarios de certificación;
   ii) los métodos de producción ecológica;
   iii) los logotipos para productos agrícolas de calidad específicos de las RUP;

40.  Apoya la Estrategia «de la granja a la mesa», que limita aún más el uso de agentes fitosanitarios en la Unión, pero destaca la necesidad de tener en cuenta las características específicas de los cultivos tropicales y subtropicales en las RUP y de acompañar la transición;

41.  Reitera, por último, la importancia de mantener el porcentaje de cofinanciación del Feader para las RUP en el 85 % con el fin, en particular, de restablecer, preservar y mejorar la biodiversidad en la agricultura y la silvicultura, así como de promover el desarrollo de las zonas rurales de las RUP;

B.Política pesquera y economía azul

42.  Reafirma el papel fundamental que desempeña la economía azul en las RUP y para estas regiones; insta a que se pongan en práctica soluciones basadas en la naturaleza, y destaca la necesidad de respetar el equilibrio entre los recursos oceánicos y el desarrollo de las actividades marítimas;

43.  Pide a la Comisión que ponga en marcha en las RUP proyectos piloto centrados en la economía azul y en la formación correspondiente, con objeto de otorgar a estas regiones una posición de liderazgo en la gobernanza de los océanos, y que apoye la innovación y la investigación, también en relación con los materiales hidrobiodegradables, con vistas a la transición hacia una economía circular, sin considerar por ello que estos materiales pueden ser una solución para la contaminación marina;

44.  Pide que se refuercen los dispositivos específicos en el marco de la política pesquera común a través del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA), para alcanzar el objetivo de autonomía alimentaria y apoyar el crecimiento azul de las RUP, en particular ofreciendo soluciones eficaces y pragmáticas para el transporte de los productos de la pesca de las RUP, de manera que lleguen rápidamente y con una calidad óptima a los mercados pioneros;

45.  Manifiesta su preocupación por el estado degradado y envejecido de algunas flotas pesqueras de las RUP y por el impacto que este peligro puede tener en los pescadores y el medio ambiente; recuerda que, en estas regiones, la actividad pesquera se basa principalmente en prácticas tradicionales, y lamenta por tanto que la renovación de las flotas artesanales de las RUP no pueda recibir apoyo en el marco del FEMPA para el período 2021-2027, toda vez que existe un equilibrio entre la capacidad pesquera y las posibilidades de pesca en las RUP (respeto del rendimiento máximo sostenible);

46.  Insta a la Comisión a que ayude a los Estados miembros a mejorar la recopilación de los datos científicos necesarios para cumplir las condiciones de admisibilidad en materia de ayudas estatales para la renovación de las flotas pesqueras de las RUP;

47.  Recuerda que, de conformidad con el artículo 29 quinquies del Reglamento sobre el FEMPA, la Comisión se ha comprometido a presentar un informe intermedio sobre el capítulo relativo a las RUP (capítulo V) y a analizar la necesidad de un reglamento específico sobre la pesca en las RUP;

48.  Pide a la Comisión y al Consejo que establezcan, a partir de 2027, un instrumento de apoyo similar al POSEI para el sector marítimo y pesquero de las RUP, con el fin de garantizar la financiación para satisfacer las necesidades específicas de estas regiones;

49.  Recuerda la necesidad de proteger a las RUP a la hora de celebrar acuerdos de pesca con terceros países;

C.Hacia un turismo sostenible

50.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que apoyen firmemente el sector turístico en las RUP con objeto de favorecer la recuperación y el crecimiento sostenible y de lograr la necesaria transformación social, medioambiental y digital de este sector, especialmente en el caso de las pymes;

51.  Insiste en la necesidad de centrarse en el turismo sostenible apoyando proyectos piloto innovadores destinados a promover soluciones más ecológicas y digitales y centrados en el aprovechamiento y el respeto del potencial natural de las regiones a través de proyectos de turismo ecológico;

52.  Pide que se cree, a largo plazo, una etiqueta europea única para el turismo sostenible, que integre asimismo las dimensiones de calidad, accesibilidad e inclusión, teniendo especialmente presentes a las RUP;

D.Medio ambiente, biodiversidad, clima y energía

53.  Se congratula de que el Pacto Verde y la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030 tengan en cuenta el potencial excepcional de las RUP en cuanto a la biodiversidad;

54.  Apoya firmemente la promoción de los ODS de las Naciones Unidas y el principio consistente en «no causar un perjuicio significativo» en el sentido del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 relativo a la taxonomía(11);

55.  Manifiesta su preocupación por el aumento de la frecuencia y la violencia de los fenómenos meteorológicos en las RUP, que están directamente relacionados con el cambio climático, y reitera la necesidad de una acción enérgica a todos los niveles para coordinar las inversiones imprescindibles para la adaptación, la resiliencia y la prevención frente a estas amenazas climáticas cada vez mayores; recomienda que se movilice en mayor medida el Mecanismo de Protección Civil de la Unión;

56.  Recuerda que los retos específicos a los que se enfrentan las RUP, como la subida del nivel del mar, el incremento de la temperatura del mar y el aumento de la frecuencia de terremotos e inundaciones, exigen que el marco legislativo de la Unión tenga en cuenta estas particularidades y, en caso necesario, prevea excepciones e incentivos financieros y técnicos;

57.  Subraya que la ejecución de la Estrategia sobre biodiversidad en las RUP debe coordinarse con los esfuerzos orientados al desarrollo sostenible de los sectores de la agricultura, la silvicultura, la pesca y la acuicultura en estas regiones;

58.  Alienta la creación de nuevas profesiones relacionadas con el medio ambiente y el apoyo a los agentes que trabajan sobre el terreno en la protección de la biodiversidad y del medio ambiente, en particular las asociaciones y las ONG, y aboga, en este sentido, por que se refuerce el principio de asociación;

59.  Pide que el nuevo Centro de Conocimiento sobre Biodiversidad previsto en la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030 tenga más en cuenta los datos de todos los entes europeos de ultramar y desarrolle un enfoque ultramarino del Plan de Recuperación de la Naturaleza de la UE;

60.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros afectados que promuevan y apoyen activamente los objetivos de protección y recuperación de la naturaleza en las RUP, y aboga, asimismo por la creación de una red de la naturaleza entre las RUP;

61.  Advierte de que el éxodo de los jóvenes de las zonas más remotas de las RUP repercute negativamente en las capacidades de gestión de los bosques y conlleva un aumento del riesgo de incendios debido a la deficiente gestión de estos recursos y al crecimiento de plantas invasoras; pide que se instauren sistemas para proteger nuestro medio ambiente, en particular luchando contra la despoblación, atrayendo y manteniendo a más personas en esos lugares, y fomentando las actividades relacionadas con la agricultura sostenible y la naturaleza;

62.  Celebra que el programa LIFE integre la iniciativa BEST; pide que se asigne cada año una dotación mínima de 8 000 000 EUR a la iniciativa BEST con objeto de acompañar a los territorios en la aplicación de la nueva Estrategia de la UE sobre la biodiversidad, que impone la protección de al menos un 30 % de las zonas terrestres y marítimas; sugiere que se lleve a cabo una evaluación de impacto respecto a la posible aplicación del programa Natura 2000 a las regiones ultraperiféricas francesas, con el fin de determinar cuáles son los instrumentos más adecuados para proteger la biodiversidad y el medio ambiente en estas regiones;

63.  Reitera el objetivo de alcanzar la autonomía energética de las RUP y apoya firmemente el objetivo de lograr un 100 % de energías renovables en las RUP eliminado gradualmente el uso de combustibles fósiles y reforzando el creciente potencial de las energías sostenibles y renovables, también en alta mar, en consonancia con el Acuerdo de París y con el compromiso europeo de lograr la neutralidad en carbono a más tardar en 2050 y los objetivos climáticos en 2030;

64.  Pide que se apoye la mejora de la eficiencia energética de las viviendas en las RUP; destaca las características específicas y las limitaciones en lo que respecta al acceso a materiales certificados; confirma la importancia del Fondo de Transición Justa y del instrumento REACT-UE, que financian las transiciones en las RUP;

E.Economía circular integrada y valorada

65.  Subraya que la economía circular, el objetivo cero en materia de contaminación, la eficiencia energética y la preservación de la biodiversidad deben ser los principios fundamentales de esta nueva estrategia con las RUP y deben conducir a prácticas más sostenibles para la preservación de los territorios, el desarrollo económico, el empleo y la cohesión;

66.  Pide a la Comisión que proponga un fuerte apoyo a las RUP a fin de promover un nuevo modelo económico sostenible con iniciativas estructuradoras para el desarrollo de la economía circular y para el fomento del empleo y las nuevas profesiones «verdes»;

67.  Destaca la necesidad de integrar la economía circular en las políticas de gestión de residuos en las RUP; pide que se desarrollen soluciones innovadoras para la reducción y la recuperación de los residuos en las RUP; advierte de la complejidad y los costes de la gestión de residuos en las RUP, que requieren un apoyo a las inversiones en infraestructuras para promover la transición hacia una economía circular;

68.  Pide asimismo a la Comisión que cree un centro de lucha contra la contaminación marina en las RUP para apoyar la creación de infraestructuras de recogida y tratamiento de residuos marinos;

69.  Pide a la Comisión que, en el marco del programa Horizonte Europa, publique convocatorias de propuestas para proyectos de investigación científica destinados a las RUP como continuación de los logros del programa Horizonte 2020;

EPÍGRAFE 4: Adaptarse a los retos y oportunidades de un mundo globalizado

70.  Recuerda que las RUP tienen un gran potencial y unos activos distintivos que pueden beneficiar al conjunto de la Unión, y que Europa debe centrar su interés en las RUP, así como en su cooperación con los países de su entorno, con el fin de promover sus valores democráticos y sus objetivos medioambientales y sociales;

71.  Pide a la Comisión que elabore y promueva estrategias macrorregionales para las RUP en sus zonas geográficas respectivas, estudiando al mismo tiempo todas las posibilidades para coordinar mejor en la práctica las intervenciones simultáneas de los distintos fondos de la Unión (es decir, el FEDER, la Decisión PTU y Europa Global (Instrumento de Vecindad, Cooperación al Desarrollo y Cooperación Internacional));

72.  Pide asimismo a la Comisión que tenga en cuenta a las RUP en la estrategia macrorregional atlántica mediante la inclusión de temáticas más adaptadas a estas regiones;

73.  Alienta el despliegue del nuevo componente dedicado a la cooperación con las RUP en el nuevo programa Interreg;

74.  Subraya la necesidad de reforzar, estimular y promover el desarrollo de proyectos de cooperación entre las distintas regiones ultraperiféricas, con el fin de potenciar su situación geoestratégica y geoeconómica y la puesta en común de las mejores prácticas;

A.Política de competencia justa y adaptada

75.  Insiste en la necesidad de proteger las economías de las RUP frente a prácticas comerciales agresivas, como la venta de productos a precios inferiores a los del mercado y el abuso de posiciones monopolísticas;

76.  Insta a la Comisión a que, a la hora de aplicar su política de competencia, tenga debidamente en cuenta las características específicas de las RUP, y en particular su lejanía con respecto al continente europeo y el reducido tamaño de sus mercados, y subraya la utilidad de las excepciones en materia de ayudas estatales para las RUP;

77.  Acoge favorablemente la adaptación de la legislación europea en materia de ayudas estatales a la crisis provocada por la COVID-19; pide a la Comisión que examine la posibilidad de mantener algunas de estas medidas excepcionales para las RUP, junto con el mantenimiento de las medidas ya previstas para estas regiones en el Reglamento general de exención por categorías(12) y en las Directrices sobre ayudas estatales de finalidad regional;

78.  Solicita la creación de un estatuto específico para las empresas de las RUP con el fin de aumentar su competitividad, en particular en su espacio regional;

B.Transporte y reducción del aislamiento

79.  Sostiene que las RUP sufren graves limitaciones penalizadoras vinculadas a la lejanía, la escasa conectividad, la dependencia de puertos y aeropuertos y la orografía; considera que es necesario concebir una política de transporte plenamente adaptada a la realidad de las RUP en el marco del FEDER y del Mecanismo «Conectar Europa» (MCE); pide, por otra parte, a la Comisión que establezca un programa POSEI-Transporte como instrumento adicional para compensar estas desventajas y pérdidas acumuladas;

80.  Insiste en la necesidad de consolidar y desarrollar las conexiones marítimas y aéreas entre las RUP y dentro de estas regiones, así como con el continente europeo y terceros países vecinos, a fin de paliar su aislamiento;

81.  Insiste en la necesidad de fomentar el uso de medios de transporte más sostenibles y menos contaminantes en estas regiones impulsando las alternativas a los combustibles fósiles;

82.  Respalda el compromiso europeo con el transporte marítimo ecológico y actividades portuarias innovadoras con el fin de reducir la huella de carbono y medioambiental en la Unión, y pide que las RUP se beneficien de ello;

83.  Subraya la necesidad de reducir los costes del transporte, tanto de pasajeros como de mercancías, a fin de garantizar el principio de continuidad y cohesión territoriales, así como la igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos; solicita la gestión de los precios del transporte aéreo (hacia y desde las RUP), del transporte terrestre (interno, entre municipios) y del transporte marítimo (interregional e interinsular); considera, a este respecto, que deben preverse excepciones para las RUP en el régimen de comercio de derechos de emisión de CO2 tanto para el transporte marítimo como para el aéreo, así como, en su caso, incentivos financieros y técnicos;

84.  Insta a la Comisión a que, en el marco del MCE, convoque una licitación específica y adapte los criterios de admisibilidad para las RUP, de forma que se pueda prestar apoyo a las infraestructuras de suministro de combustibles alternativos y sostenibles en los principales puertos de estas regiones, así como en la movilidad urbana y en la aviación;

85.  Pide asimismo a la Comisión que, cuando revise el Reglamento (UE) n.º 1315/2013 relativo a la red transeuropea de transporte(13), incorpore la dimensión de las RUP garantizando la interconexión entre la red básica y la red global y flexibilizando el marco conceptual de las autopistas del mar;

86.  Considera que la Comisión debe prestar apoyo técnico para facilitar el acceso de las RUP a los fondos europeos, en particular para los proyectos relacionados con el Pacto Verde y con la construcción de grandes infraestructuras en el marco del programa InvestEU;

C.Sector digital y espacial

87.  Acoge con satisfacción la propuesta del programa Europa Digital, que aspira a contribuir a una mayor conectividad y a una mejora de las capacidades digitales en las RUP; pide a la Comisión que preste el apoyo técnico necesario para la creación de centros europeos de innovación digital en las RUP, tal como se prevé en el programa Europa Digital;

88.  Insiste en la necesidad de garantizar la conectividad digital de las RUP, en consonancia con la Agenda Digital para Europa, como herramienta para el desarrollo económico y la igualdad de oportunidades en la era de la globalización y en un mundo extremadamente digitalizado;

89.  Señala que los satélites ofrecen una conectividad ininterrumpida y de muy alta capacidad, que es esencial para superar la brecha digital, en particular en las RUP; pide, por tanto, a la Comisión que actualice la estrategia espacial europea mediante la adopción de medidas específicas para las RUP;

D.Política comercial

90.  Pide a la Comisión que vele por que las RUP se beneficien plenamente de los acuerdos internacionales (acuerdos de asociación económica (AAE), acuerdos de libre comercio (ALC), etc.) celebrados entre la Unión y terceros países mediante la creación de un grupo de trabajo sobre el impacto de la política comercial en las RUP, en el que participen de forma efectiva las RUP, incluidos representantes de los distintos sectores de estas regiones;

91.  Pide a la Comisión que realice un estudio que mida los efectos acumulativos de los acuerdos comerciales celebrados con terceros países en el desarrollo socioeconómico de las RUP;

92.  Reclama el respeto de las normas medioambientales y sociales europeas en los acuerdos comerciales celebrados con terceros países, y pide que se garantice el cumplimiento de estos acuerdos a través de medidas eficaces y operativas;

93.  Constata que la proliferación de acuerdos comerciales con terceros países que producen los mismos productos agrícolas destinados a la exportación que las RUP, pero con condiciones sociales y medioambientales diferentes, puede distorsionar la competencia y modificar el reparto del mercado, poniendo en peligro la competitividad de los productores de la Unión de esos productos;

94.  Solicita un trato diferenciado para la producción de las RUP en todas las renegociaciones de AAE y ALC con el fin de alcanzar un equilibrio adecuado entre la protección de los productos agrícolas sensibles y la defensa de los intereses ofensivos de la Unión, previendo para los productos de las RUP cláusulas de salvaguardia, períodos transitorios adecuados y cuotas apropiadas, así como, en determinados casos, la exclusión de los productos más sensibles, como los azúcares especiales;

95.  Recuerda la declaración conjunta de las tres instituciones anexa al Reglamento sobre el mecanismo de estabilización con ocasión de la adhesión de Ecuador al Acuerdo UE-Perú y Colombia, en la que se afirma que la Comisión llevará a cabo análisis de la evolución de los mercados una vez expire el mecanismo de estabilización y, en caso de deterioro de la situación de los productores de plátanos de la Unión, intervendrá previa consulta a las partes interesadas;

96.  Recomienda que el alto responsable de la Aplicación de la Política Comercial (Chief Trade Enforcement Officer) realice controles específicos para evitar situaciones discriminatorias para las RUP, y pide que se aplique el principio «de conformidad» a las importaciones de productos ecológicos procedentes de terceros países;

E.Fomento del desarrollo cultural

97.  Subraya que las RUP son embajadoras de la ampliación de la esfera de influencia de la Unión y representan una oportunidad real para las políticas exteriores de la Unión debido a su proximidad y a sus relaciones directas con un gran número de terceros países;

98.  Destaca las ventajas que ofrecen la posición geoestratégica y los vínculos históricos de varias RUP atlánticas con el continente americano y los Estados insulares caribeños; recomienda que se aproveche la posición privilegiada de estos territorios para estimular las relaciones internacionales de la Unión Europea en esta región;

99.  Recuerda que la cultura es un pilar del desarrollo personal y del enriquecimiento mutuo; considera necesario un mayor apoyo a los intercambios en el ámbito de la cultura;

100.  Pide que se protejan y apoyen las lenguas regionales de las RUP, que constituyen tanto una riqueza cultural como vectores de integración y de intercambio macrorregionales;

F.Política migratoria

101.  Observa con preocupación el impacto de los flujos migratorios en las RUP; manifiesta su preocupación por la situación de los migrantes menores no acompañados en las RUP, y pide que se apliquen las normas más estrictas en materia de acogida humanitaria adaptadas a estos menores; destaca la necesidad de aplicar un enfoque humano que permita garantizar una gestión eficaz de los flujos migratorios en consonancia con el nuevo Pacto sobre Migración y Asilo y los valores de la Unión;

102.  Solicita la movilización de los recursos del Fondo de Asilo, Migración e Integración y de fondos adicionales específicos con el fin de proporcionar un mayor apoyo a los Estados miembros cuyas regiones ultraperiféricas sufren una fuerte presión migratoria;

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103.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Comité Europeo de las Regiones, a los Estados miembros y a la Conferencia de Presidentes de las RUP.

(1) DO C 316 de 6.8.2021, p. 2.
(2) DO C 270 de 7.7.2021, p. 2.
(3) DO C 28 de 27.1.2020, p. 40.
(4) DO C 232 de 16.6.2021, p. 28.
(5) DO C 334 de 19.9.2018, p. 168.
(6) DO C 298 de 23.8.2018, p. 92.
(7) DO C 285 de 29.8.2017, p. 58.
(8) DO C 258 E de 7.9.2013, p. 1.
(9) https://ec.europa.eu/info/sites/default/files/demography_report_2020_n.pdf
(10) https://ec.europa.eu/eurostat/cache/RCI/#?vis=outermost.population⟨=fr
(11) Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 (DO L 198 de 22.6.2020, p. 13).
(12) Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DO L 187 de 26.6.2014, p. 1).
(13) DO L 348 de 20.12.2013, p. 1.

Última actualización: 14 de diciembre de 2021Aviso jurídico - Política de privacidad