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Procedimiento : 2021/2037(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A9-0252/2021

Textos presentados :

A9-0252/2021

Debates :

PV 14/09/2021 - 13
CRE 14/09/2021 - 13

Votaciones :

PV 15/09/2021 - 12
PV 16/09/2021 - 2
CRE 16/09/2021 - 2

Textos aprobados :

P9_TA(2021)0382

Textos aprobados
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Jueves 16 de septiembre de 2021 - Estrasburgo
Nueva estrategia Unión-China
P9_TA(2021)0382A9-0252/2021

Resolución del Parlamento Europeo, de 16 de septiembre de 2021, sobre una nueva estrategia Unión–China (2021/2037(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Vista la Comunicación conjunta de la Comisión y de la alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, de 12 de marzo de 2019, titulada «UE-China – Una perspectiva estratégica» (JOIN(2019)0005),

–  Vistos el diálogo UE-China sobre derechos humanos, iniciado en 1995, y su 37.ª ronda celebrada en Bruselas los días 1 y 2 de abril de 2019,

–  Vista la Asociación Estratégica UE-China puesta en marcha en 2003,

–  Vista la Agenda Estratégica para la Cooperación UE–China 2020,

–  Vista la Estrategia Global sobre Política Exterior y de Seguridad de la Unión Europea, de junio de 2016,

–  Vistos el Reglamento (UE) 2020/1998 del Consejo(1) y la Decisión (PESC) 2020/1999 del Consejo(2), de 7 de diciembre de 2020, relativos a medidas restrictivas contra violaciones y abusos graves de los derechos humanos,

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 28 de julio de 2020, sobre Hong Kong,

–  Vistas sus anteriores Resoluciones sobre la situación de los derechos humanos en China, en particular la de 17 de diciembre de 2020 sobre el trabajo forzoso y la situación de los uigures en la Región Autónoma Uigur de Xinjiang(3), la de 18 de abril de 2019 sobre China, en particular la situación de las minorías religiosas y étnicas(4), la de 4 de octubre de 2018 sobre las detenciones arbitrarias masivas de uigures y kazajos en la Región Autónoma Uigur de Xinjiang(5), la de 12 de septiembre de 2018 sobre el estado de las relaciones UE-China(6), y la de 15 de diciembre de 2016 sobre los casos de la Academia Budista tibetana de Larung Gar y de Ilham Tohti(7),

–  Vistos sus anteriores Resoluciones y Recomendaciones sobre Hong Kong, en particular la Resolución, de 19 de junio de 2020, sobre la Ley de Seguridad Nacional de la República Popular China para Hong Kong y la necesidad de que la Unión defienda el elevado grado de autonomía de Hong Kong(8), la Resolución, de 21 de enero de 2021, sobre la represión de la oposición democrática en Hong Kong(9), y la Recomendación, de 13 de diciembre de 2017, al Consejo, a la Comisión y a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad sobre Hong Kong, 20 años después de la retrocesión(10),

–  Vista su Resolución, de 26 de noviembre de 2020, sobre la revisión de la política comercial de la UE(11),

–  Vista su Resolución, de 20 de mayo de 2021, sobre las contrasanciones chinas a entidades de la Unión, diputados al Parlamento Europeo y parlamentarios nacionales(12),

–  Vista su Resolución, de 21 de enero de 2021, sobre conectividad y las relaciones UE-Asia(13),

–  Vistos la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) y otros tratados e instrumentos de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos,

–  Vista la Convención de las Naciones Unidas para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, de 1948,

–  Visto el Protocolo de 2014 relativo al Convenio relativo sobre el trabajo forzoso, de 1930, de la Organización Internacional del Trabajo, que China no ha firmado,

–  Vistos la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) y el Acuerdo de París sobre el Cambio Climático, que entró en vigor el 4 de noviembre de 2016,

–  Vista la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM), adoptada el 10 de diciembre de 1982 y en vigor desde el 16 de noviembre de 1994,

–  Visto el informe del Grupo de reflexión designado por el secretario general de la OTAN, de 25 de noviembre de 2020, titulado «NATO 2030: United for a New Era» (OTAN 2030: unidos para una nueva era),

–  Vistos el 14.º plan quinquenal de China y los principios de doble circulación y de cadenas de suministro seguras,

–  Vistos el artículo 36 de la Constitución de la República Popular China, que garantiza a todos los ciudadanos el derecho a la libertad religiosa, y su artículo 4, que consagra los derechos de las minorías nacionales,

–  Visto el artículo 54 de su Reglamento interno,

–  Vista la opinión de la Comisión de Comercio Internacional,

–  Visto el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores (A9‑0252/2021),

A.  Considerando que, en el Marco Estratégico de la UE sobre Derechos Humanos y Democracia, la Unión se compromete a fomentar los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho «en todos los ámbitos de la acción externa sin excepción» y a situar «los derechos humanos en el centro de las relaciones con todo tercer país, incluidos los socios estratégicos»;

B.  Considerando que, gracias a su fuerte crecimiento económico y su firme agenda de política exterior (en particular, su estrategia de inversión, sus políticas «Going Global» —Globalización— y «Made in China 2025» —Fabricado en China 2025—, y su iniciativa de la Franja y la Ruta), China está desempeñando un papel cada vez más importante a nivel mundial tanto como potencia económica como en el ámbito de la política exterior, lo que plantea importantes retos políticos, económicos, de seguridad y tecnológicos a la Unión, y, a su vez, tiene repercusiones importantes y duraderas en el orden mundial y supone amenazas graves para el multilateralismo basado en normas y los valores democráticos fundamentales;

C.  Considerando que la República Popular China es un Estado comunista unitario con un partido único y está gobernado por el Partido Comunista de China, que comulga con el marxismo-leninismo; que, como tal, no comparte valores democráticos como la libertad individual, la libertad de expresión y la libertad religiosa;

D.  Considerando que China aspira a desempeñar un papel cada vez mayor a escala mundial, dado que el presidente chino Xi Jinping prometió abiertamente en el informe que presentó en el 19.º Congreso del Partido Comunista en 2017 que, para 2049, China sería líder mundial tanto en fortaleza nacional integral como en influencia internacional;

E.  Considerando que la larga tradición democrática de Hong Kong, Macao y Taiwán demuestra que el pueblo chino valora la democracia;

F.  Considerando que en Macao este verano las autoridades chinas, tras prohibir las ceremonias para conmemorar el aniversario de la masacre de Tiananmen y presionar a las organizaciones de medios de comunicación para que adopten una línea editorial favorable a China, impidieron a veintiún candidatos, la mayoría de los cuales son miembros de movimientos pro democracia, participar en las próximas elecciones legislativas;

G.  Considerando que China tiene un historial de violaciones de los derechos humanos que contradice los compromisos bilaterales y multilaterales adquiridos por el país en estos ámbitos; que China ha presentado periódicamente resoluciones al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas destinadas a hacer de la soberanía, la no injerencia y el respeto mutuo principios fundamentales no negociables que prevalecen sobre el fomento y la protección de los derechos humanos de las personas; que China ha estado realizando una persecución sistemática del pueblo uigur, de tibetanos, mongoles y otras minorías étnicas, de defensores de los derechos humanos, activistas sociales, grupos religiosos, periodistas y peticionarios y manifestantes contra las injusticias, y ha estado reprimiendo cada vez más a todas las voces disidentes y de la oposición, especialmente en Hong Kong; que las medidas de buena voluntad y los compromisos no vinculantes no han bastado para aumentar el compromiso de China con valores que resultan fundamentales para la Unión;

H.  Considerando que la reciente salida de corresponsales extranjeros de China y la categorización por parte de las autoridades chinas del Club de Corresponsales Extranjeros como «organización ilegal» son los últimos ejemplos de una larga y creciente serie de casos de acoso y obstrucción contra periodistas extranjeros, a los que en última instancia se expulsa de China; que esto forma parte de un intento de vigilar las declaraciones que se realizan sobre China en todo el mundo y de establecer qué tipo de declaraciones y debates se autorizan a escala mundial, y que estos esfuerzos forman parte una amenaza totalitaria;

I.  Considerando que la actual estrategia de la Unión con respecto a China ha puesto de manifiesto sus limitaciones a la luz de los recientes acontecimientos y de las amenazas mundiales que plantea dicho país, y debe actualizarse;

J.  Considerando que el Parlamento ha pedido a la Comisión que inicie el ejercicio exploratorio y la evaluación de impacto con el fin de dar comienzo formalmente a las negociaciones con Taiwán lo antes posible;

K.  Considerando que, desde la puesta en marcha de la campaña del Gobierno chino denominada «Ataque determinado contra el terrorismo violento» en 2014, la situación de los uigures y otras minorías étnicas fundamentalmente musulmanas en la Región Autónoma Uigur de Xinjiang se ha deteriorado rápidamente; que más de un millón de personas se encuentran recluidas en campos de detención denominados centros de «reeducación política» o de «formación», en los que los uigures son sometidos sistemáticamente a trabajos forzosos, torturas, desapariciones forzadas, vigilancia masiva, anulación cultural y religiosa, esterilización forzada de las mujeres, violencia sexual, violaciones de los derechos reproductivos y separaciones familiares; que un análisis jurídico ha concluido que estos delitos constituyen crímenes contra la humanidad e, incluso, un supuesto genocidio, en virtud del marco jurídico internacional; que varios Parlamentos nacionales han adoptado posiciones en este sentido;

L.  Considerando que el régimen de sanciones de la UE de alcance mundial en materia de derechos humanos permite a la Unión imponer medidas restrictivas a personas, entidades y organismos específicos, incluidos los agentes estatales y no estatales responsables o copartícipes de violaciones y abusos graves de los derechos humanos, o que han estado implicados en estos actos; que el 22 de marzo de 2021 se incluyó a cuatro ciudadanos chinos y una entidad directamente responsables de violaciones graves de los derechos humanos en la Región Autónoma Uigur de Xinjiang en la lista de personas físicas y entidades sujetas a estas medidas restrictivas; que, en respuesta a estas medidas China, impuso contrasanciones a diez ciudadanos europeos y a cuatro entidades, incluidos cinco diputados al Parlamento Europeo y dos organismos institucionales de la Unión (la Subcomisión de Derechos Humanos del Parlamento y el Comité Político y de Seguridad del Consejo de la Unión Europea), así como a dos académicos europeos, dos grupos de reflexión de Alemania y la Fundación Alianza de Democracias de Dinamarca; que las sanciones chinas carecen de justificación y fundamento jurídicos y se dirigen directamente no solo contra los ciudadanos y entidades afectados, sino contra la Unión en su conjunto; que las sanciones son un claro intento de disuadir a la Unión de proseguir su labor y su acción contra las violaciones de los derechos humanos en China;

1.  Recomienda al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR) y al Consejo que:

   a) elaboren una estrategia de la Unión con respecto a China más firme, coherente y exhaustiva, que una a todos los Estados miembros y que configure las relaciones con China en interés de la Unión en su conjunto, al tiempo que defienda ante todo nuestros valores y promueva un orden multilateral basado en normas; subraya que la estrategia debe tener en cuenta la naturaleza polifacética de la relación de la Unión con China; recalca, asimismo, que China es un socio de cooperación y de negociación de la Unión, pero también un competidor económico y un rival sistémico en cada vez más ámbitos;
   b) propongan que esta estrategia se base en seis pilares:
   1) diálogo y cooperación abiertos sobre los retos mundiales;
   2) mayor compromiso con los valores universales, las normas internacionales y los derechos humanos;
   3) análisis y determinación de los riesgos, las vulnerabilidades y los retos;
   4) establecimiento de asociaciones con socios afines;
   5) fomento de la autonomía estratégica abierta, especialmente en las relaciones comerciales y de inversión;
   6) defensa y promoción de los intereses y valores europeos fundamentales mediante la transformación de la Unión en un actor geopolítico más eficaz;

Diálogo y cooperación abiertos sobre los retos mundiales

2.  Pide al VP/AR que garantice que la nueva estrategia UE–China haga que China participe en un diálogo basado en principios y orientado hacia objetivos sobre los retos mundiales, como los derechos humanos (mediante la elaboración de una estrategia de la Unión para los derechos humanos en China ambiciosa, holística y orientada hacia resultados, como parte de su nueva estrategia UE–China), el medio ambiente y el cambio climático, el desarme nuclear, el fomento de la recuperación económica tras la COVID-19, la lucha contra las crisis sanitarias mundiales y la reforma de ciertas organizaciones multilaterales; solicita que este diálogo se rija por los principios y los intereses fundamentales de la Unión, y persiga los objetivos esenciales de la acción exterior europea; subraya que la cooperación entre ambos socios resultará útil para abordar estos problemas mundiales; reitera que China sigue siendo un socio importante de la Unión;

3.  Apoya un mayor diálogo y una cooperación más estrecha con China en materia de paz y seguridad; reconoce la importancia de la cooperación con China impedir que Afganistán se convierta en una nueva base terrorista y disuadir a Corea del Norte de proseguir su programa nuclear; respalda que se busquen la cooperación para el desarrollo sostenible y contribuciones para la asistencia humanitaria y el socorro en caso de catástrofe, los problemas ambientales, el espacio y el aeroespacio, la ciencia, la tecnología y la innovación, insistiendo en todo momento en la libertad de investigación; hace hincapié en que estos diálogos y esta cooperación debe basarse en un compromiso compartido con la apertura y la colaboración de forma transparente, justa y equitativa en un sistema internacional basado en principios, garantizando, al mismo tiempo, la protección de los intereses y valores europeos y desarrollando la capacidad de Europa para competir con China cuando sea necesario;

4.  Señala que algunos ámbitos de cooperación, como las TIC, el espacio y el aeroespacio, pueden tener una aplicación de doble uso y utilizarse contra los ciudadanos chinos y contra Occidente;

5.  Subraya la importancia de fomentar el compromiso de China con la lucha contra el cambio climático y con otras cuestiones ambientales mediante el refuerzo de una asociación entre la Unión y China en este ámbito, y hace hincapié en la necesidad de garantizar que ambas partes cumplen sus compromisos adquiridos en el marco del Acuerdo de París; pone relieve la importancia de que la Unión instaure un mecanismo de ajuste en frontera de las emisiones de carbono; observa que, a lo largo de las últimas tres décadas, China ha triplicado sus emisiones de carbono y en la actualidad emite el 27 % de los gases de efecto invernadero a escala mundial; destaca la necesidad de garantizar la coherencia entre las ambiciones mundiales anunciadas por China en relación con la lucha contra el cambio climático y los efectos ambientales de sus estrategias de inversión dentro de su territorio y en el resto del mundo; pide al Gobierno chino que se abstenga de exportar sus infraestructuras para el carbón a terceros países, en particular en el marco de la iniciativa de la Franja y la Ruta;

6.  Solicita la celebración anual de diálogos sobre derechos humanos orientados a resultados, así como su valoración periódica, y la realización de una evaluación comparativa sólida de los progresos realizados en los diálogos bilaterales en general para garantizar que estos intercambios tienen repercusiones realmente positivas para los derechos humanos y las personas que los defienden en China; pide que se debata de una manera transparente sobre los resultados de la evaluación comparativa y cualquier progreso, estancamiento o retroceso; reclama que se aborde de forma periódica la cuestión de los derechos humanos al más alto nivel político, tanto en cumbres entre la Unión y China como entre los Estados miembros; pide, además, un diálogo paralelo sobre derechos humanos en el que participen diplomáticos de la Unión y de los Estados miembros, la diáspora china, ONG libres e independientes, académicos y responsables políticos, y que tenga como objetivos lograr una mejor comprensión del sistema chino y concebir mejores estrategias para influir en el progreso de los derechos humanos en China; subraya que estos diálogos sobre derechos humanos deben tratar, entre otras, las siguientes cuestiones: la libertad de prensa y de los medios de comunicación, los derechos de las minorías, especialmente en las regiones de Xinjiang, Mongolia Interior y el Tíbet, y el libre acceso a estas regiones (incluso por parte de diplomáticos y periodistas), la situación de Hong Kong, la libertad de expresión, los derechos laborales, el derecho de reunión, la libertad de religión o de creencias y la situación general del Estado de Derecho en China; acoge favorablemente el nombramiento de un nuevo enviado especial de la Unión para la promoción de la libertad de religión o de creencias fuera de la Unión y pide que este apoye activamente la difícil situación de todos los grupos y entidades religiosos, incluidos los musulmanes, los cristianos y los budistas, que se enfrentan a la persecución en la China continental y en Hong Kong; insta a las instituciones de la Unión pertinentes a que utilicen estos diálogos sobre los derechos humanos para tratar casos individuales; sigue profundamente preocupado por la persistente retención del editor y ciudadano sueco Gui Minhai; reclama una intervención de la Unión y de los Estados miembros al más alto nivel para garantizar la liberación inmediata e incondicional de todos los presos políticos; expresa su preocupación por las violaciones sistémicas de los derechos humanos en China y condena todos los casos de detenciones arbitrarias y de supresión de la libre circulación de información y de la libertad de expresión;

7.  Insta a la Unión a que entable un diálogo con China sobre posibles maneras de mejorar, de manera transparente, las capacidades de respuesta inicial a enfermedades infecciosas que alberguen el potencial de convertirse en epidemias o pandemias, incluidas cuestiones como el reconocimiento, la cartografía de los riesgos y los sistemas de alerta temprana, con el fin garantizar una mejor preparación a escala mundial para responder a las pandemias; pide, asimismo, a China que permita que se realice una investigación independiente y transparente sobre los orígenes y la propagación del SARS-CoV-2;

8.  Apoya la ampliación de los contactos entre los pueblos de ambas partes, así como las visitas de intercambio mutuo de estudiantes, pero anima a los Estados miembros a que supervisen mejor las repercusiones de la injerencia del Gobierno chino en la libertad académica;

Mayor compromiso con los valores universales, las normas internacionales y los derechos humanos

9.  Condena con la máxima firmeza las sanciones infundadas y arbitrarias impuestas por las autoridades chinas, que constituyen un ataque a la libertad de expresión, a la libertad académica y al compromiso internacional con los derechos humanos universales y su interpretación; insta a las autoridades chinas a que levanten estas sanciones injustificadas; considera que las sanciones impuestas por las autoridades chinas socavan aún más la confianza y dificultan la cooperación bilateral;

10.  Subraya que el proceso de toma en consideración y de ratificación del Acuerdo Global de Inversiones UE-China no puede iniciarse hasta que no se levanten las sanciones chinas impuestas contra diputados al Parlamento Europeo e instituciones de la Unión;

11.  Destaca, en este contexto, su Resolución, de 20 de mayo de 2021, sobre las contrasanciones chinas; pide a la Comisión que, en consonancia con la Resolución del Parlamento, de 20 de mayo de 2021, sobre las contrasanciones chinas y con el artículo 21, apartado 1, del Tratado de la Unión Europea (TUE), utilice todas las herramientas de las que dispone y las negociaciones sobre el Acuerdo Global de Inversiones UE-China para intensificar la protección de los derechos humanos y el apoyo a la sociedad civil en China; insta a China a que adopte medidas concretas para acabar con las violaciones de derechos humanos que tienen lugar en el país, como el trabajo forzoso y la persecución sistemática de uigures y otras minorías musulmanas de origen turco, tibetanos, cristianos y otras comunidades religiosas e iglesias, y a que respete los compromisos internacionales que adquirió en relación con Hong Kong en virtud de la Declaración Conjunta Chino-Británica y de la Ley Fundamental de Hong Kong suspendiendo las reformas previstas del sistema electoral de la ciudad y liberando a los legisladores y activistas que defienden la democracia; pide asimismo a China que respete la Ley Fundamental de Macao, que estará en vigor hasta 2049, y las disposiciones de la Declaración Conjunta Chinoportuguesa(14) que impiden cualquier interferencia en los procesos electorales del país y en el funcionamiento de los medios de comunicación;

12.  Subraya que el Parlamento tendrá en cuenta la situación de los derechos humanos en China, incluido Hong Kong, antes de fijar su posición; reitera su enorme preocupación por los diversos abusos de los derechos humanos que tienen lugar en China y recuerda que el pleno respeto de los valores universales es esencial pese a las diferencias entre ambos sistemas;

13.  Pide a China que respete las normas internacionales también en lo que se refiere a su impacto en el clima, el medio ambiente, la biodiversidad, la pobreza, la salud, los derechos laborales y los derechos humanos; insta a China a que, en el contexto del fomento del comercio y el desarrollo sostenibles, adopte medidas concretas de cara a la ratificación y aplicación de los cuatro convenios fundamentales pendientes de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; lamenta que varias empresas internacionales, en particular del sector textil y de la confección, hayan sido objeto de un boicot amplio y generalizado tras expresar su preocupación por los informes sobre el trabajo forzoso en Xinjiang y tomar la decisión de cortar sus vínculos con Xinjiang en lo que respecta a la cadena de suministro, y condena firmemente la agresiva coacción política ejercida contra ellas por el Gobierno chino; reitera su petición de que la Comisión y el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) ultimen rápidamente un documento de asesoramiento empresarial sobre la cadena de suministro que contenga orientaciones para las empresas sobre su exposición al riesgo de recurrir al trabajo forzoso uigur y preste apoyo para hallar urgentemente fuentes alternativas de suministro;

14.  Subraya la necesidad de garantizar que la actual legislación sobre el mercado interior, así como cualquier marco de diligencia debida o prohibición en relación con la importación de productos obtenidos sobre la base del trabajo forzoso, se utilice de manera eficiente y eficaz con el fin de excluir del mercado interior de la Unión a las entidades directa o indirectamente implicadas en violaciones de los derechos humanos en Xinjiang; pide, asimismo, a las empresas europeas en China que, en el marco de su responsabilidad corporativa, lleven a cabo una investigación exhaustiva del uso de trabajo forzoso en sus cadenas de suministro;

15.  Insta al Alto Comisionado de las Naciones para los Derechos Humanos a que inicie investigaciones jurídicas independientes sobre el supuesto genocidio y los supuestos crímenes contra la humanidad y violaciones de los derechos humanos, incluidos los programas de trabajo forzoso establecidos en varias regiones de China, y pide a la Unión y a los Estados miembros que den respaldo político y recaben apoyo internacional para estas investigaciones; pide a las autoridades chinas que permitan un acceso libre, significativo y sin obstáculos a la región; se muestra extremadamente preocupado por los informes sobre los programas de trabajo en el Tíbet, que las autoridades chinas también denominan «campos de formación profesional»; pide a China que cumpla sus obligaciones en virtud del Derecho nacional e internacional de respetar los derechos humanos, incluidos los derechos de las minorías en Xinjiang, el Tíbet y Mongolia Interior;

16.  Condena que las libertades de expresión, de asociación y de prensa estén muy restringidas en China; lamenta la persecución política a la que se han visto sometidos muchos periodistas, que se encuentran actualmente en el exilio; pide a China que garantice que todos los periodistas puedan ejercer su trabajo libremente, sin impedimentos ni miedo a represalias; recalca que debe garantizarse la libertad de prensa y de los medios de comunicación; solicita que la Unión apoye la libertad de expresión y la libertad de los medios de comunicación en China mediante la creación de un fondo europeo para unos medios de comunicación democráticos, dirigido a apoyar el periodismo independiente;

17.  Pide a la Comisión que presente urgentemente el marco obligatorio de diligencia debida en materia de derechos humanos propuesto y que apoye los esfuerzos por lograr la adopción de un instrumento similar en el marco de las Naciones Unidas;

18.  Insta a la Comisión a que manifieste su preocupación ante las autoridades chinas por la nueva orden n.º 15, que impone todavía más limitaciones a las personas religiosas y sus líderes;

19.  Pide a los Estados miembros de la Unión que apliquen plenamente el paquete de medidas que se acordó tras la entrada en vigor de la Ley de Seguridad Nacional para Hong Kong en julio de 2020, y que revisen sus políticas en materia de asilo, migración, visados y residencia para los hongkoneses; insta al VP/AR y al Consejo a que evalúen y actualicen las conclusiones sobre Hong Kong; solicita medidas específicas en el marco del régimen de sanciones de la UE de alcance mundial en materia de derechos humanos, según proceda, para hacer frente a la represión en Hong Kong; reclama, asimismo, la derogación por parte de China de la Ley de Seguridad Nacional impuesta a Hong Kong en junio de 2020; pide a los Estados miembros que siguen teniendo tratados de extradición con China y Hong Kong que suspendan las extradiciones individuales si estas exponen a las personas en cuestión al riesgo de sufrir tortura o penas o tratos inhumanos o degradantes, existe la posibilidad de que las personas extraditadas sean acusadas por cuestiones políticas, o se amenaza de otras formas a minorías étnicas, representantes de la oposición de Hong Kong que defienden la democracia o disidentes en general, y siempre cuando se contravengan las obligaciones de la Unión en virtud del Convenio Europeo de Derechos Humanos;

20.  Recomienda que los líderes de la Unión y de los Estados miembros rechacen las invitaciones para los Juegos Olímpicos de Invierno de Pekín si no mejora la situación de los derechos humanos en China y Hong Kong, y no se celebra un diálogo o una cumbre de alto nivel sobre derechos humanos entre la Unión y China que tenga resultados tangibles;

21.  Lamenta el apoyo de China a los regímenes más opresivos del mundo, en particular los de Siria, Irán y Corea del Norte, así como los de Venezuela y Cuba;

Análisis y determinación de los riesgos, las vulnerabilidades y los retos

22.  Considera que la futura estrategia de la Unión con respecto a China deberá proporcionar las herramientas y la información necesarias para hacer frente a las amenazas políticas, económicas, sociales y tecnológicas planteadas por China a través de, por ejemplo, la iniciativa de la Franja y la Ruta, la Estrategia de circulación dual, el 14.º plan quinquenal, las políticas «Made in China 2025» (Fabricado en China 2025) y «China Standards 2035» (Normas chinas 2025) y las iniciativas de inversión en formato «16+1», así como de la modernización y la creación de capacidades militares del país, y abordar las implicaciones que todo esto tiene para la autonomía estratégica abierta de la Unión y el orden multilateral basado en normas; observa que existe una necesidad urgente de garantizar la voluntad política y los recursos para la aplicación de la estrategia de la UE de conexión entre Europa y Asia; solicita una mayor coordinación entre la estrategia de conectividad de la Unión y la Blue Dot Network con el fin de proporcionar una alternativa sostenible para la iniciativa de la Franja y la Ruta; acoge con satisfacción el acuerdo de los dirigentes del G7 para establecer una asociación dirigida a reconstruir mejor el mundo, la iniciativa Build Back Better World (B3W), como alternativa a la iniciativa de la Franja y la Ruta; pide a los Estados miembros y a las instituciones de la Unión que acojan esta iniciativa y contribuyan a ella;

23.  Insta a la Comisión a que encargue una auditoría a escala de la Unión, en la que los resultados aparezcan desglosados por Estado miembro, sobre la dependencia de la Unión con respecto a China en determinados sectores estratégicamente importantes y críticos (incluido el de los suministros farmacéuticos) tanto a escala nacional como infranacional, si es posible, que tome como base el análisis en profundidad que publicó recientemente bajo el título «Strategic dependencies and capacities» (Dependencias y capacidades estratégicas) (SWD(2021)0352), que establece planes para reducir los riesgos derivados de las dependencias no deseadas y, al mismo tiempo, mantener relaciones globales con China, que deben tan ser recíprocas y equilibradas como sea posible y deben estar en consonancia con los valores y las prioridades estratégicas de la Unión;

24.  Pide a la Comisión y al Consejo que elaboren mecanismos para abordar estas amenazas coherentemente, en concreto:

   a) garantizando la unidad de la Unión a nivel de los Estado miembros, lo que resulta necesario para poder aplicar adecuadamente la nueva estrategia de la Unión con respecto a China; pidiendo a todos los Estados miembros que respeten los valores fundamentales de la Unión;
   b) desarrollando el conjunto de instrumentos de que dispone la Unión para adoptar medidas nacionales, regionales y locales de reducción del riesgo con el fin de elaborar junto con asociados afines normas comunes sobre la nueva generación de tecnologías, como las redes 5G y 6G, de conformidad con los valores democráticos, y garantizando que se excluya del desarrollo de las redes 5G y 6G a las empresas que no cumplan las normas de seguridad;
   c) reforzando las capacidades de la Unión para lograr el liderazgo mundial, especialmente mediante la cooperación con asociados afines;
   d) garantizando la coordinación institucional de la Comisión, el Consejo y el SEAE ante cuestiones relativas a la iniciativa de la Franja y la Ruta, y la cooperación con los Estados miembros para que las decisiones adoptadas por los que participen en la iniciativa estén en consonancia con las políticas y los intereses de la Unión y respeten sus valores fundamentales; pone de relieve que se deben llevar a cabo consultas a escala de la Unión (por ejemplo, mediante una reunión conjunta del Comité de Política Comercial y del Comité Político y de Seguridad del Consejo) ante cuestiones relativas a la iniciativa de la Franja y la Ruta para garantizar que los Estados miembros hablan con una sola voz; hace hincapié en que la iniciativa de la Franja y la Ruta debe cumplir las normas internacionales; subraya que se deben supervisar de cerca los proyectos de dicha iniciativa, también en lo que respecta a sus efectos políticos negativos para la Unión;
   e) examinando los contratos clave de infraestructuras de los Estados miembros y de los países en vía de adhesión para garantizar su conformidad con la legislación de la Unión, así como su adecuación a los intereses estratégicos de la Unión, según se definen en la estrategia de la Unión con respecto a China; protegiendo la infraestructura crítica frente a la influencia de terceros países, que podría perjudicar los intereses económicos y de seguridad de la Unión y de sus Estados miembros;

25.  Subraya que la relación bilateral y descoordinada de algunos Estados miembros con China, así como el hecho de que no hayan informado a la Comisión sobre la firma de memorandos de entendimiento con terceros países, es contraproducente y perjudica la posición mundial de la Unión y la ventaja de negociación que tienen los Estados miembros de la Unión al actuar como agentes de la Unión en lugar de como Estados independientes; pide a los Estados miembros de la Unión que se abstengan de firmar cualquier memorando de este tipo sin consultar al Consejo y a la Comisión; solicita el establecimiento de un mecanismo de coordinación a nivel de la Unión para tratar dichos asuntos; recuerda el artículo 24 del TUE, que señala que «los Estados miembros apoyarán activamente y sin reservas la política exterior y de seguridad de la Unión, con espíritu de lealtad y solidaridad mutua» y que se «abstendrán de toda acción contraria a los intereses de la Unión o que pueda perjudicar su eficacia como fuerza de cohesión en las relaciones internacionales»;

26.  Pone de relieve que las instituciones de la Unión, los Estados miembros, las direcciones generales de la Comisión y el Parlamento Europeo deben coordinar de manera regular la aplicación de la estrategia Unión–China y de las estrategias y políticas nacionales con respecto a China para garantizar la existencia de una política coherente y exhaustiva con la que se evite la compartimentación de ámbitos políticos separados; cree que las políticas también deben coordinarse con los agentes regionales y locales que desarrollan y mantienen vínculos con China;

27.  Muestra su preocupación por la creciente incidencia de los ataques híbridos, el espionaje industrial chino y el robo cibernético a empresas europeas; destaca la importancia de reforzar las cibercapacidades privadas y públicas; pide una cooperación más estrecha y el establecimiento de un sistema que ponga fin a las prácticas malintencionadas en el ciberespacio por parte de China, como los ciberataques, las transferencias forzosas de tecnología, el ciberespionaje y el robo de propiedad intelectual posibilitado por el ciberespacio; subraya la necesidad de fomentar una cooperación más estrecha con los países de la OTAN y el G7 para combatir las amenazas híbridas, como los ciberataques y las campañas de desinformación provenientes de China; permitiendo, por ejemplo, que los Estados miembros impongan contramedidas colectivas de manera voluntaria, incluso en los casos en los que los ataques no sean tan graves como para activar el artículo 5 del Tratado de la OTAN o el artículo 42, apartado 7, del TUE;

28.  Pide a la Comisión que fomente y coordine las acciones dirigidas a contrarrestar la financiación extranjera de China de nuestros procesos democráticos, incluidas la estrategia de captura de élites y la técnica de cooptar funcionarios de alto nivel y antiguos políticos europeos;

29.  Manifiesta su preocupación por la presión diplomática firme y, en ocasiones, agresiva que ejercen las autoridades chinas contra, por ejemplo, el presidente del Senado checo; recalca que las instituciones de la Unión no pueden en modo alguno ceder ante las presiones, las amenazas o la censura por parte de China; se muestra preocupado por la presión indebida ejercida por funcionarios chinos sobre los investigadores y los académicos que trabajan en asuntos relacionados con China en la Unión, incluidas las actividades de los institutos Confucio en la Unión;

Establecimiento de asociaciones con socios afines

30.  Pide al VP/AR que coordine las acciones de la Unión con socios afines en materia de protección de los derechos humanos, apoyo a la sociedad civil en China, Hong Kong y Macao y a la diáspora china en todo el mundo, y defensa de los principios de la democracia liberal en el mundo, en particular en Hong Kong y Taiwán, y con vistas a instar a China a que respete el Derecho internacional, el derecho a las manifestaciones públicas como ejercicio de la libertad de expresión y la libertad de reunión, la libertad de navegación (especialmente en los mares de China Meridional y China Oriental) y de sobrevuelo, y la resolución pacífica de los conflictos; subraya, además, que estas asociaciones y la cooperación multilateral con socios afines deben abarcar todos los elementos y medidas contemplados en la nueva estrategia Unión-China;

31.  Expresa su profunda preocupación por las políticas firmes y expansionistas de China en el mar de la China Meridional, el mar de China Oriental y el estrecho de Taiwán, especialmente por la continua provocación militar de China dirigida a Taiwán; subraya que el statu quo en el estrecho de Taiwán y la libertad de navegación en la región indopacífica revisten una importancia fundamental para la Unión y sus Estados miembros; reitera su oposición a toda acción unilateral que pueda aumentar las tensiones y socavar el statu quo; anima al desarrollo constructivo de relaciones entre la China continental y Taiwán, y subraya que no se deben modificar estas relaciones de tal manera que contravengan la voluntad de los ciudadanos de Taiwán; se hace eco de las preocupaciones de Japón y los Estados Unidos por una nueva ley china que autoriza a los buques de la guardia costera chinos a utilizar armas contra buques extranjeros que violen lo que China considera su territorio; insta a la Unión a que trate estas cuestiones tanto en el marco de la nueva estrategia UE–China como en su estrategia para la cooperación en la región indopacífica, y a que aumente los intercambios diplomáticos multilaterales con el fin de lograr soluciones pacíficas para litigios y controversias de conformidad con el Derecho internacional, en particular la CNUDM;

32.  Pide a los Estados miembros que inviertan en una cooperación más estrecha con otros socios democráticos y afines, como los Estados Unidos, Canadá, el Reino Unido, Japón, la India, Corea del Sur, Australia, Nueva Zelanda y Taiwán, y pide al SEAE y a los Estados miembros que prioricen y refuercen la Asociación Estratégica con la ASEAN y la Unión Africana;

33.  Considera que es de vital importancia para la Unión entablar y promover relaciones transatlánticas ambiciosas y dinámicas con el Gobierno de los Estados Unidos, basadas en nuestros valores, intereses e historia compartidos, en el marco de un diálogo transatlántico sobre China que incluya una dimensión parlamentaria; destaca la importancia de la asociación entre la Unión y los Estados Unidos a fin de mantener y demostrar la unidad y la fuerza de las democracias liberales del mundo, especialmente mediante nuestro trabajo en organizaciones multilaterales; recalca, en este sentido, que el nuevo diálogo entre la Unión y los Estados Unidos sobre China debe constituir unos de los mecanismo destinados a promover nuestros intereses compartidos y a gestionar nuestras diferencias, así como a reformar las organizaciones multilaterales en el marco del orden basado en normas; opina que la Unión debe continuar reforzando su autonomía operativa y su resiliencia frente a las amenazas externas;

34.  Pone de relieve la importancia de que la Unión permanezca atenta al cambio del papel que desempeña China y a su creciente influencia en las organizaciones multilaterales, incluidas las Naciones Unidas, de la que es el segundo mayor contribuyente financiero, así como de que garantice una mejor coordinación entre los Estados miembros y sus socios afines para aglutinar la fuerza de las democracias liberales mundiales con el fin de dar respuesta a esta evolución; observa que el mayor compromiso del Gobierno chino con instituciones internacionales y multilaterales, como las Naciones Unidas, la Organización Mundial del Comercio (OMC), la Organización Mundial de la Salud (OMS), Interpol, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, la Unión Internacional de Telecomunicaciones o la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), incluidos los organismos de normalización, tiene por objeto reformular reglas, normas y prácticas a escala mundial con el fin de fomentar la estrategia geopolítica y los intereses económicos a largo plazo de China; lamenta que la censura nacional china, ejercida actualmente, entre otros, en el foro de las Naciones Unidas, tenga por objeto manipular los procedimientos para minimizar el control de la conducta de China, en particular en lo que se refiere a la situación de los musulmanes de etnia uigur y otras minorías musulmanas de origen turco; pide que la Unión colabore con socios afines para contrarrestar esta creciente influencia de China;

35.  Hace hincapié en que China es el mayor proveedor de fuerzas de mantenimiento de la paz de los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, pero se ha negado a adoptar algunos artículos del capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas y el pilar relativo a la responsabilidad de proteger; subraya que la Unión ha integrado la responsabilidad de proteger en su acción exterior;

36.  Pide una mayor cooperación de la Unión junto con la OTAN de cara a los retos que plantea China en materia de seguridad; apoya la propuesta de la OTAN de elaborar una estrategia política para hacer frente a un mundo en el que China será una superpotencia mundial; solicita que esta estrategia contemple diferentes situaciones en las que se podrían entablar relaciones con China, incluida la posibilidad de que aumente la inseguridad en el mar de la China Meridional, y pide que se establezcan diálogo y coordinación con los países del Diálogo de Seguridad Cuadrilateral; acoge con satisfacción los esfuerzos de la OTAN por supervisar atentamente las implicaciones para la seguridad que tiene el aumento de la presencia física de China en el Ártico y en África; recomienda que se tenga suficientemente en cuenta la cooperación que existe entre la Unión y la OTAN sobre los retos de seguridad relacionados con China al preparar la brújula estratégica de la Unión y revisar el Concepto Estratégico de la OTAN;

37.  Acoge con satisfacción la intención del Consejo de reforzar la orientación estratégica, la presencia y la acción de la Unión en la región indopacífica mediante la puesta en marcha de una nueva estrategia de cooperación de la Unión con dicha región, así como de una nueva estrategia de conectividad; señala que las nuevas estrategias deben ser conformes a la estrategia Unión–China;

38.  Considera pertinente que la Comisión presente informes oportunos y exhaustivos sobre la Asociación Económica Integral Regional (RCEP, por sus siglas en inglés), que es el mayor acuerdo de libre comercio del mundo, con el fin de evaluar los cambios sobre el terreno; se muestra particularmente interesado en la implicación para los intereses estratégicos de la Unión de asuntos como la normalización o las disposiciones sobre las normas de origen en la región de Asia y el Pacífico; toma nota de que, si bien la Unión no forma parte de la RCEP, el acuerdo tendrá implicaciones para la Unión; destaca la falta de disposiciones en la RCEP sobre comercio y sostenibilidad, como normas laborales y sociales y objetivos climáticos y medioambientales;

39.  Recuerda, en el contexto de las dinámicas regionales, la importancia de las relaciones comerciales y económicas entre la Unión y Taiwán en cuestiones como las relacionadas con el multilateralismo y la OMC, la tecnología y la salud pública, y la cooperación fundamental en materia de suministros esenciales (como los semiconductores), entre otras; observa que Taiwán es miembro de pleno derecho de la OMC; reitera su llamamiento e insta a la Comisión y al Consejo a que trabajen para alcanzar un acuerdo bilateral en materia de inversiones con Taiwán, y a que inicien urgentemente la evaluación de impacto, la consulta pública y el ejercicio exploratorio con las autoridades taiwanesas;

40.  Pide a la Comisión que presente propuestas y acciones concretas para facilitar la plena participación de Taiwán como observador en las reuniones, mecanismos y actividades de la OMS, la OACI y la CMNUCC;

Fomento de la autonomía estratégica abierta, especialmente en las relaciones comerciales y de inversión

41.  Subraya que la condicionalidad de las inversiones y de los intercambios comerciales por sí sola es insuficiente para contrarrestar la asertividad china; considera que la Unión debe reforzar su autonomía estratégica abordando otras dimensiones de las relaciones entre la Unión y China, en particular la soberanía digital y tecnológica; destaca, en este contexto, la necesidad de invertir en innovación e investigación y de desarrollar una estrategia industrial competitiva y soberana en ámbitos como los microchips y la producción de semiconductores, la explotación minera de minerales raros, la computación en la nube y la tecnología de las telecomunicaciones, entre otros, a fin de reducir la dependencia de la Unión de China, siempre con vistas a garantizar una mejor coordinación de estas políticas con las de otras democracias liberales afines y a estudiar el potencial para aunar recursos y crear nuevas sinergias;

42.  Observa que en 2020, en el contexto de la COVID-19, China se convirtió por vez primera en el socio más importante de la Unión en lo que al intercambio de mercancías se refiere y que la balanza comercial siguió deteriorándose en detrimento de la Unión; recuerda, no obstante, que los Estados Unidos siguen siendo el principal socio de la Unión en términos comerciales si se toman en consideración tanto las mercancías como los servicios; considera que el crecimiento económico y el desarrollo previsto de China tendrán una repercusión considerable en la evolución económica a escala mundial de la próxima década; señala que, por diferentes razones, los niveles de inversión recíproca siguen estando por debajo de su potencial y reconoce las oportunidades económicas que caracterizan a toda la región; considera que el volumen de los intercambios comerciales entre China y la Unión exigirá un marco basado en normas y en valores que debe fundamentarse en las normas internacionales; destaca que el respeto de los derechos humanos constituye un requisito previo para entablar relaciones en materia comercial y de inversión con la Unión, e insta a China a que cumpla sus obligaciones internacionales y se comprometa a respetar los derechos humanos;

43.  Pone de relieve el papel de primer orden que desempeña el Parlamento Europeo en la política comercial común de la Unión, en las negociaciones internacionales y en la supervisión, el control, la ratificación y el seguimiento de la aplicación de los acuerdos comerciales y de inversión; subraya la necesidad de que se consulte a la Comisión de Comercio Internacional de manera oportuna y adecuada, e insta a la Comisión y al Consejo a que mantengan un diálogo frecuente y a que presenten informes exhaustivos sobre la evolución de la agenda bilateral de la Unión y China en materia comercial y de inversión;

44.  Hace hincapié en la importancia de las relaciones estratégicas y en materia comercial y de inversión entre la Unión y China, y pide a los Estados miembros y a las instituciones de la Unión que se dirijan a China con una sola voz y de manera coordinada; considera que las iniciativas de inversión en el formato «16+1» no deben socavar la unidad de la Unión ni ser contraproducentes para los esfuerzos por hablar con una sola voz;

45.  Pide a la Comisión que analice el grado de dependencia económica de la Unión en sectores estratégicos, como el de las materias primas fundamentales, algunas de las cuales se encuentran exclusivamente en China, y destaca la urgente necesidad de aumentar la resiliencia de las cadenas de suministro europeas; solicita que se realicen esfuerzos por diversificar y consolidar el acceso de la Unión a los recursos estratégicos clave que se requieren para alimentar la maquinaria bimotor de crecimiento de la Unión, especialmente los treinta elementos que figuran en la cuarta lista de materias primas fundamentales, actualizada en 2020; recuerda el objetivo general de la Unión de establecer su autonomía estratégica abierta en el marco de la política comercial común; reitera la creciente importancia del nexo entre el comercio y la seguridad en la política comercial internacional de la Unión;

46.  Reclama una mayor transparencia, coherencia y coordinación entre los Estados miembros en asuntos relacionados con proyectos y acuerdos bilaterales de inversiones, en particular en relación con la inversión extranjera directa (IED) en activos estratégicos e infraestructuras críticas; llama la atención sobre los vínculos entre la dependencia económica y la influencia política exterior a escala de los Estados miembros; reitera la importancia de reforzar el Reglamento de la Unión en materia de control de las inversiones extranjeras en el futuro, a fin de garantizar que se bloqueen todas las posibles inversiones que pudieran plantear una amenaza para el control por parte de la Unión y su orden público, en particular las realizadas por empresas de propiedad estatal; pide a los Estados miembros que adopten urgentemente un mecanismo de control nacional, en caso de que aún no dispongan de uno, en consonancia con las orientaciones de la Comisión de marzo de 2020;

47.  Expresa su convencimiento de que las relaciones bilaterales entre la Unión y China en materia comercial y de inversión revisten una importancia estratégica y deben basarse en normas y tener el sistema multilateral de comercio y el concepto de reciprocidad como elementos centrales; insiste en que, si bien se observan tendencias preocupantes en materia de la desvinculación económica, es necesario mostrar mayor firmeza en cuanto al cumplimiento y respeto de los compromisos en el marco general de la relación en materia comercial y de inversión; pide a China que desempeñe un papel más activo y responsable en la OMC y en otras iniciativas multilaterales, adaptando su poder económico a su nivel de desarrollo, y que asuma plenamente todas sus obligaciones adquiridas en los marcos internacional y de la OMC; insta a la Comisión y a las autoridades chinas a que cooperen estrechamente para reformar las normas de la OMC con el fin de fomentar un desarrollo más sostenible, impulsar la transición ecológica y la revolución digital, y aportar estabilidad y seguridad jurídica al ámbito del comercio internacional;

48.  Manifiesta su preocupación por el desequilibrio creciente en las relaciones económicas y comerciales bilaterales entre la Unión y China; destaca que su reequilibrio y conseguir una mayor igualdad de condiciones revisten una importancia vital para los intereses de la Unión; considera que China y la Unión deben establecer unas condiciones de competencia equitativas y forjar una relación fructífera, a pesar de las diferencias entre sus sistemas económicos respectivos; destaca, a este respecto, la labor en curso de la Unión para reforzar sus herramientas comerciales, al tiempo que reconoce la necesidad de mantener un diálogo abierto sobre otros retos comunes, como la lucha mundial contra el cambio climático; subraya la urgente necesidad de que la Unión complete su gama de medidas autónomas, entre las que debe figurar un Reglamento de la Unión de control de las inversiones extranjeras más estricto, legislación sobre las subvenciones extranjeras que distorsionan el mercado interior, la rápida adopción de un instrumento de contratación pública internacional firme y eficaz, medidas sobre la exportación de tecnología de doble uso, un instrumento eficaz de lucha contra la coacción, un paquete de legislación en materia de gobernanza empresarial sostenible y legislación sobre la cadena de suministro con requisitos obligatorios de diligencia debida, que también contemple la prohibición de importar bienes producidos con trabajo forzoso; opina que es necesario adoptar medidas específicas adicionales en el marco del régimen de sanciones de la UE de alcance mundial en materia de derechos humanos;

49.  Reitera su profunda preocupación por los numerosos obstáculos a los que se enfrentan las empresas europeas para poder acceder al mercado chino y operar en él; teme que la «Estrategia de circulación dual» de China mencionada en su 14.º Plan quinquenal implique un deterioro mayor del entorno empresarial para las empresas de la Unión; hace hincapié, de nuevo, en la especial preocupación que le generan las prácticas distorsionadoras del mercado como, por ejemplo, los subsidios industriales, el trato favorable de las empresas chinas de titularidad estatal, el robo de propiedad intelectual, las transferencias forzosas de tecnología y la localización obligatoria de datos, el exceso de capacidad industrial en sectores como el siderúrgico y el dumping que ello supone en las exportaciones, así como otras prácticas comerciales desleales y la creciente injerencia política en el entorno empresarial, incluido el sector privado; pide a la Comisión y a los Estados miembros que intensifiquen su cooperación con socios afines de la OMC al objeto de elaborar un enfoque conjunto para hacer frente a estas prácticas comerciales desleales de China; acoge con satisfacción el diálogo entre la Unión y los Estados Unidos sobre China como medio para cooperar en temas como la reciprocidad, el multilateralismo, las prácticas distorsionadoras del mercado y la economía, y otras cuestiones estructurales en las que la coordinación entre la Unión y los Estados Unidos puede aportar un valor añadido; se muestra convencido de la importancia fundamental que reviste una información adecuada acerca de los cambios legislativos y reglamentarios que se producen en el mercado chino, dado su carácter opaco y a que está dirigido por el Estado; recuerda en este contexto la importancia de unos debates frecuentes y francos con las instituciones de la Unión, la Cámara de Comercio de la Unión Europea en China y todos nuestros socios sobre el terreno;

50.  Considera que procede debatir concretamente sobre los efectos comerciales negativos y las posibles soluciones en relación con las distorsiones provocadas por el exceso de capacidad productiva de acero y aluminio a escala mundial, así como sobre la importancia de dar respuesta a las subvenciones a la industria a escala de la OMC; insta a China a que vuelva a participar en las labores del Foro mundial sobre el exceso de capacidad de la siderurgia al objeto de poner fin a dicho exceso y restablecer unas condiciones de competencia equitativas; observa que, a pesar de los planes de China de cerrar las plantas de producción obsoletas y modernizar la producción, su producción anual de acero bruto ha alcanzado cantidades récord cuatro años consecutivos; anima a las autoridades chinas a que cumplan sus compromisos en materia de reducción de la producción de acero bruto;

51.  Recuerda, en este sentido, la relación existente entre comercio, patentes y normas; considera que la normalización y los elementos normativos de una competencia cada vez mayor a escala internacional resultan esenciales para la política comercial de la Unión y deben ser uno de los pilares clave de su política industrial estratégica; recuerda que la normalización se ha definido como un ámbito que conlleva el riesgo de que China pueda divergir y desasociarse; destaca que la falsificación es una de las máximas prioridades de los esfuerzos de la Unión en relación con los aspectos comerciales de la protección de la propiedad intelectual; manifiesta su preocupación por que China siga siendo de manera preponderante el origen de las mercancías falsificadas y piratas que llegan a la Unión, tanto en valor como en volumen; pone de relieve que el Acuerdo entre la Unión y China en materia de indicaciones geográficas constituye un primer paso en la lucha contra la falsificación e insta a la Comisión a que redoble sus esfuerzos para proteger la propiedad intelectual de la Unión, incluidas las patentes; expresa su preocupación por la nueva práctica de los tribunales chinos de declararse competentes en todo el mundo para establecer lo que constituyen condiciones de concesión de licencias justas, razonables y no discriminatorias en relación con patentes esenciales para una norma, sin permitir a las empresas recurrir estas decisiones; subraya que tal práctica equivale a permitir que las empresas chinas no paguen un precio justo por el uso de patentes esenciales para una norma y pone en peligro la investigación europea; insta a la Comisión a que trate esta cuestión con las autoridades chinas; pide que se preste más atención a las vulneraciones en los sectores de la digitalización y las comunicaciones en todos los organismos pertinentes, incluida la Unión Internacional de Telecomunicaciones de las Naciones Unidas, conjuntamente con los socios afines de la Unión, en particular los Estados Unidos; solicita que se organicen más debates políticos sobre las consecuencias de iniciativas chinas como «Made in China 2025» o, cada vez más, «China Standards 2035»; expresa su preocupación, en este contexto, por el creciente autoritarismo chino en materia digital y sus esfuerzos por promover su modelo de gobernanza digital en todo el mundo; hace hincapié en la necesidad de concluir el Acuerdo sobre comercio electrónico de la OMC en el marco de la iniciativa relativa a la Declaración Conjunta para fomentar un nivel básico de apertura y unas condiciones de competencia equitativas con China;

52.  Pide que se preste mayor atención a las pymes europeas que entablen relaciones comerciales y de inversión con China, y acoge con satisfacción el apoyo prestado por la Comisión a iniciativas favorables a las pymes, como el portal Access2Markets, la herramienta sobre normas de origen «ROSA» o el China Intellectual Property Rights (IPR) SME helpdesk (Mostrador de Información de Derechos de Propiedad Intelectual en China para las pymes), entre otras;

53.  Toma nota de la conclusión, en principio, del Acuerdo global de inversiones UE-China a nivel político, al tiempo que reconoce los esfuerzos de la Comisión por abordar las deficiencias relacionadas con las asimetrías en materia de acceso al mercado, las condiciones de competencia equitativas y el desarrollo sostenible mediante un compromiso basado en normas; recuerda, no obstante, que las relaciones comerciales no se desarrollan de manera aislada;

54.  Pide a la Comisión que consulte al Parlamento antes de adoptar medidas destinadas a la celebración y firma de este Acuerdo; insta a China a que adopte medidas concretas para ratificar y aplicar los Convenios fundamentales n.º 29 y n.º 105 de la OIT sobre el trabajo forzoso; hace hincapié en que China también se ha comprometido a aplicar efectivamente los convenios de la OIT que ha ratificado y a trabajar por la ratificación de otros convenios fundamentales «actualizados» de la OIT;

55.  Toma nota de que 26 Estados miembros de la Unión han firmado tratados bilaterales de inversión de vieja generación con China;

56.  Recuerda, sin embargo, que el Acuerdo global de inversiones UE-China por sí solo no puede resolver todos los problemas que afectan a nuestra relación económica y política, por lo que debe formar parte de un conjunto reforzado de medidas unilaterales y más decididas de la Unión; subraya que el Parlamento Europeo examinará detenidamente el Acuerdo, incluida la sección sobre desarrollo sostenible;

57.  Hace hincapié en que la aplicación adecuada y el cumplimiento efectivo serán factores decisivos para establecer la utilidad y el éxito del Acuerdo a la hora de compensar las asimetrías estructurales en la relación de comercio e inversiones; destaca el papel y la importancia que tienen unos intercambios estructurados y frecuentes con la oficina del alto responsable de la aplicación de la política comercial de la Comisión (CTEO, por sus siglas en inglés) en los esfuerzos por evaluar la futura aplicación del Acuerdo en caso de que se adopte; recuerda y reafirma, en este contexto, la importancia de la diplomacia parlamentaria para facilitar el entendimiento mutuo, la comunicación transparente y el diálogo franco;

58.  Acoge con satisfacción la entrada en vigor del Acuerdo entre la Unión y China en materia de indicaciones geográficas y reitera la importancia de su aplicación y puesta en práctica efectivas en los mercados de ambas partes; celebra la ampliación prevista del Acuerdo actual entre la Unión y China para añadir 350 denominaciones nuevas de indicaciones geográficas de ambas partes; subraya que este acuerdo limitado en materia de indicaciones geográficas podría servir de modelo y de base para futuros acuerdos en la materia; destaca el papel fundamental que desempeñará el CTEO al controlar y mejorar el cumplimiento de este Acuerdo; pide al CTEO que reaccione inmediatamente en caso de que el Acuerdo no se aplique correctamente;

59.  Subraya que a China le queda aún un largo camino para llegar a ser una economía libre de mercado, dado el altísimo nivel de influencia estatal en su economía y en las decisiones de las empresas sobre precios, costes, producción e insumos; anima, por tanto, a China a que tome medidas más aperturistas con respecto a sus empresas y a las empresas extranjeras que operan en el país;

60.  Pide que se aumenten los fondos destinados a los proyectos relacionados con el despliegue de la tecnología 5G y la investigación sobre la 6G, la inteligencia artificial (IA) y los macrodatos para garantizar la seguridad de las redes en el futuro y el aumento de la soberanía digital, que será vital para la digitalización y el crecimiento económico y para colmar la brecha tecnológica con China y eliminar los riesgos a los que pueden estar expuestos los miembros de la OTAN y sus socios con la integración de la tecnología 5G de China en las redes de telecomunicaciones transatlánticas, ya que tal acción podría erosionar el futuro de la gobernanza democrática; solicita , además, una estrategia coordinada de ciberseguridad de la Unión y un aumento de las capacidades de los Estados miembros en este ámbito con el fin, entre otras cosas, de contrarrestar las amenazas a las infraestructuras críticas de la Unión procedentes de terceros países, como China;

61.  Subraya la importancia de trabajar en la regulación de la IA y en un marco ético y de responsabilidad civil en relación con los sistemas de IA y las tecnologías anejas que impulse la innovación que esté centrada en el ser humano y sea sensible a la vida privada, en colaboración con socios estratégicos clave que comparten los valores liberales y democráticos de la Unión; pone de relieve que los sistemas de calificación social no están en consonancia con los valores fundamentales de la Unión; recalca la necesidad de que la Unión preserve los derechos de las personas; hace hincapié en que, por tanto, estas políticas e instrumentos de vigilancia no deben utilizarse en la Unión bajo ningún concepto; destaca, por consiguiente, que la Unión debe trabajar para limitar y contrarrestar el alcance transnacional de la represión digital;

Defensa y promoción de los intereses y valores europeos fundamentales mediante la transformación de la Unión en un actor geopolítico más eficaz

62.  Considera que la Unión debe seguir trabajando para convertirse en un actor geopolítico garantizando la adopción de un enfoque geopolítico más unido por parte de sus Estados miembros, así como fomentando su autonomía y capacidad estratégicas y cooperando con los Estados Unidos y con otros socios afines;

63.  Destaca que el éxito de la política europea de vecindad determina la capacidad de la Unión para asumir el papel de actor mundial; advierte del papel incipiente de China en la vecindad inmediata de la Unión, incluidos los países candidatos; pide un enfoque estratégico a escala de la Unión para contrarrestar las acciones chinas mediante inversiones, préstamos y actividades empresariales en países vecinos, especialmente los situados en los Balcanes Occidentales; solicita, en concreto, un compromiso activo de la Unión de proporcionar a estos países una alternativa viable a las inversiones chinas;

64.  Señala la necesidad de reforzar los instrumentos de la Unión para defenderse a sí misma, incrementar su capacidad de protección de sus intereses en el extranjero, desempeñar un papel más proactivo, coherente y estratégico en su vecindad inmediata y velar por que los Estados miembros adopten un enfoque geopolítico unificado;

65.  Considera que la Conferencia sobre el Futuro de Europa debe constituir un foro de debate sobre la acción exterior de la Unión (por ejemplo, sobre cuestiones relativas a la protección de los derechos humanos) y la manera de lograr una autonomía estratégica abierta; subraya la importancia de debatir sobre cuestiones relacionadas con la mejora y el refuerzo de la política exterior y de seguridad común de la Unión mediante, por ejemplo, la atribución al VP/AR de un mandato reforzado para actuar en nombre de la Unión en asuntos de política exterior y adoptar las medidas necesarias para introducir el voto por mayoría cualificada en determinados ámbitos relacionados con los asuntos exteriores; pide que se refuerce la cooperación entre los Estados miembros en materia de defensa con el fin de aumentar las capacidades europeas de defensa estratégica, y que se cree una auténtica Unión Europea de la Defensa que cuente con capacidades militares europeas;

66.  Señala la necesidad de dotar al SEAE de un mandato y de los recursos necesarios para controlar y abordar las operaciones de desinformación chinas, lo que incluye la creación de un grupo de trabajo de estrategia específico sobre una comunicación para el Lejano Oriente (far-East StratCom) centrado en la desinformación procedente de China; pide a China que se abstenga de utilizar medios encubiertos para manipular el discurso público en la Unión; anima a la Comisión a que desarrolle un sistema regulador a escala de la Unión para evitar que las empresas de medios de comunicación financiadas o controladas por Gobiernos de terceros países adquieran empresas europeas de medios de comunicación, con el fin de preservar la independencia y la libertad de los medios de comunicación en la Unión; propone diversificar los medios de comunicación en lengua china en Europa mediante el fomento de la cooperación entre los medios de comunicación europeos y los socios internacionales, como Taiwán; hace hincapié, además, en la urgente necesidad de aumentar significativamente los conocimientos especializados sobre China en el SEAE y en la Comisión en general;

67.  Señala la importancia de realizar estudios e investigaciones independientes sobre China en universidades, grupos de reflexión, instituciones de investigación y escuelas de toda la Unión, sin apoyo financiero ni influencia chinos y garantizando la integridad académica y la libertad de expresión; pide, por tanto, a la Unión que desarrolle un programa para financiar la investigación y la formación lingüística relacionada con China en la Unión;

68.  Pone de relieve la necesidad de introducir programas que no estén sometidos a la influencia del Partido Comunista de China para estudiar la cultura, la lengua y la política chinas, por ejemplo, mediante contactos más estrechos con el mundo académico y la sociedad taiwaneses;

69.  Pide a la Comisión que tenga en cuenta e incluya en su estrategia el rápido aumento del interés de China por el Ártico y las acciones que ya está llevando a cabo en la región ártica; apela a la preparación para garantizar la libertad de navegación en la ruta marítima septentrional del Ártico; toma nota de las inversiones de China en investigación e infraestructura estratégica en el Ártico y observa que la Unión debe evitar perder terreno en esta importante región;

o
o   o

70.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, así como, para información, al Gobierno de la República Popular China.

(1) DO L 410 I de 7.12.2020, p. 1.
(2) DO L 410 I de 7.12.2020, p. 13.
(3) Textos Aprobados, P9_TA(2020)0375.
(4) DO C 158 de 30.4.2021, p. 2.
(5) DO C 11 de 13.1.2020, p. 25.
(6) DO C 433 de 23.12.2019, p. 103.
(7) DO C 238 de 6.7.2018, p. 108.
(8) Textos Aprobados, P9_TA(2020)0174.
(9) Textos Aprobados, P9_TA(2021)0027.
(10) DO C 369 de 11.10.2018, p. 156.
(11) Textos Aprobados, P9_TA(2020)0337.
(12) Textos Aprobados, P9_TA(2021)0255.
(13) Textos Aprobados, P9_TA(2021)0016.
(14) Declaración conjunta de China y Portugal, de 13 de abril de 1987, sobre la cuestión de Macao.

Última actualización: 12 de enero de 2022Aviso jurídico - Política de privacidad