Resolución del Parlamento Europeo, de 7 de octubre de 2021, sobre el Ártico: oportunidades, preocupaciones y retos en materia de seguridad (2020/2112(INI))
El Parlamento Europeo,
– Vistos el título V del Tratado de la Unión Europea, y en particular los artículos 21, 22, 34 y 36, así como la parte quinta del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Vistas sus Resoluciones, de 9 de octubre de 2008, sobre la gobernanza del Ártico(1); de 20 de enero de 2011, sobre una política sostenible de la UE para el Alto Norte(2); de 12 de marzo de 2014, sobre la estrategia de la UE para el Ártico(3); de 16 de marzo de 2017, sobre una política integrada de la Unión para el Ártico(4); de 3 de julio de 2018, sobre la diplomacia climática(5); y de 28 de noviembre de 2019, sobre la situación de emergencia climática y medioambiental(6),
– Vista la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas (UNDRIP por sus siglas en inglés), adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2007,
– Vista su Resolución, de 3 de julio de 2018, sobre la violación de los derechos de los pueblos indígenas en el mundo, incluido el acaparamiento de tierras(7),
– Vistas la Comunicación de la Comisión, de 20 de noviembre de 2008, titulada «La Unión Europea y la región ártica» (COM(2008)0763) y las Comunicaciones conjuntas, de 26 de junio de 2012, titulada «Desarrollo de una política de la Unión Europea para la región del Ártico: avances desde 2008 y próximos pasos» (JOIN(2012)0019), y de 27 de abril de 2016, titulada «Una política integrada de la Unión Europea para el Ártico» (JOIN(2016)0021),
– Vistas las recomendaciones pertinentes de la Delegación para la Cooperación Septentrional y para las Relaciones con Suiza y Noruega, en la Comisión Parlamentaria Mixta UE-Islandia y en la Comisión Parlamentaria Mixta del Espacio Económico Europeo (EEE),
– Visto el resumen de los resultados de la consulta pública sobre la política de la UE para el Ártico, de enero de 2021,
– Vistas su Resolución, de 15 de enero de 2020(8), y la Comunicación de la Comisión, de 11 de diciembre de 2019, sobre el Pacto Verde Europeo (COM(2019)0640),
– Vista la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC),
– Visto el acuerdo aprobado en París el 12 de diciembre de 2015 en la vigesimoprimera Conferencia de las Partes de la CMNUCC (en lo sucesivo, «Acuerdo de París»),
– Vistas las Conclusiones del Consejo, de 8 de diciembre de 2009, sobre cuestiones árticas; de 12 de mayo de 2014, sobre el desarrollo de una política de la Unión Europea para la región del Ártico; de 20 de junio de 2016, sobre el Ártico; de 21 de noviembre de 2019, sobre soluciones espaciales para un Ártico sostenible; y de 9 de diciembre de 2019, sobre la política de la UE para el Ártico,
– Vistos las Conclusiones del Consejo, de 15 de mayo de 2017, sobre los pueblos indígenas, y el documento de trabajo conjunto, de 17 de octubre de 2016, titulado «Aplicación de la política exterior de la UE sobre los Pueblos Indígenas» (SWD(2016)0340),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 20 de noviembre de 2008, sobre «La Unión Europea y la región ártica» (COM(2008)0763),
– Vista la Declaración de Ilulissat de los cinco Estados costeros del Ártico —Estados Unidos, Rusia, Canadá, Noruega y Dinamarca—, que fue anunciada el 28 de mayo de 2008 y reafirmada en mayo de 2018,
– Vista la creación del Consejo de Estados del Mar Báltico (CEMB) y el Consejo Euroártico de Barents (BEAC),
– Vista la Decisión 2014/137/UE del Consejo, de 14 de marzo de 2014, relativa a las relaciones entre la Unión Europea, por una parte, y Groenlandia y el Reino de Dinamarca, por otra,
– Vista la Estrategia Global sobre Política Exterior y de Seguridad de la Unión Europea de junio de 2016,
– Vistas las estrategias nacionales para el Ártico, en particular las de los Estados árticos, a saber, el Reino de Dinamarca, Suecia y Finlandia, así como las de otros Estados miembros de la UE y del EEE,
– Vista la Estrategia de Seguridad Marítima de la Unión Europea,
– Vista la Estrategia Espacial para Europa, publicada por la Comisión el 26 de octubre de 2016 (COM(2016)0705),
– Vista la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM), concluida el 10 de diciembre de 1982 y en vigor desde el 16 de noviembre de 1994,
– Vista la Convención de la Unesco sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural de 16 de noviembre de 1972,
– Visto el Convenio n.º 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre pueblos indígenas y tribales,
– Visto el Acuerdo para impedir la pesca no reglamentada en alta mar en el Océano Ártico central, de 3 de octubre de 2018,
– Visto el Convenio para la Protección del Medio Ambiente Marino del Atlántico del Nordeste (OSPAR),
– Visto el Código internacional para los Buques que Operen en Aguas Polares (Código Polar) de la Organización Marítima Internacional,
– Vistos el Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), de 1974; el Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques (MARPOL), de 1973, modificado por el Protocolo de 1978 y por el Protocolo de 1997; el Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar (STCW), de 1978, modificado en 1995 y 2010; el Convenio sobre el Reglamento internacional para prevenir los abordajes (COLREG), de 1972; el Convenio para facilitar el tráfico marítimo internacional (FAL), de 1965; y el Convenio internacional sobre búsqueda y salvamento marítimos (SAR), de 1979,
– Visto el Tratado de Svalbard (anteriormente, el Tratado relativo al archipiélago de Spitzberg), de 9 de febrero de 1920,
– Vista la Declaración de Ottawa, de 19 de septiembre de 1996, por la que se estableció el Consejo Ártico,
– Vistas las declaraciones adoptadas en el Foro Parlamentario de la Dimensión Septentrional celebrado en Bodø (Noruega) en noviembre de 2019, en Bruselas en noviembre de 2017, en Reikiavik (Islandia) en mayo de 2015, en Arcángel (Rusia) en noviembre de 2013, en Tromsø (Noruega) en febrero de 2011 y en Bruselas en septiembre de 2009,
– Vistos los tres acuerdos jurídicamente vinculantes negociados bajo los auspicios del Consejo Ártico, a saber, el acuerdo sobre la cooperación en materia de búsqueda y salvamento aeronáutico y marítimo en el Ártico, de 2011, el acuerdo sobre la cooperación en la preparación y respuesta frente la contaminación marina por hidrocarburos en el Ártico, de 2013, y el acuerdo sobre la mejora de la cooperación científica internacional en el Ártico, de 2017,
– Vista la declaración de la 14.ª Conferencia del Comité Permanente de Parlamentarios de la Región Ártica, celebrada los días 13 y 14 de abril de 2021,
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 3 de septiembre de 2020, titulada «Resiliencia de las materias primas fundamentales: trazando el camino hacia un mayor grado de seguridad y sostenibilidad» (COM(2020)0474),
– Visto el Foro Ártico de la UE celebrado en Umeå (Suecia) en 2019,
– Vistos los informes del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (GIECC), en particular el informe especial titulado «El océano y la criosfera en un clima cambiante» y el informe especial titulado «Calentamiento global de 1,5 °C»,
– Visto el informe de síntesis de la consulta del Foro de Partes Interesadas en el Ártico para definir las principales prioridades de inversión en el Ártico y formas de racionalizar mejor los futuros programas de financiación de la Unión para la región, publicado el 21 de diciembre de 2017,
– Vista la nota estratégica del Centro Europeo de Estrategia Política, de julio de 2019, titulada «Walking on Thin Ice: A Balanced Arctic Strategy for the EU» (Caminando sobre una fina capa de hielo: una estrategia equilibrada de la UE para el Ártico),
– Vistos el Tratado del Atlántico Norte, el Comunicado de la Cumbre de Varsovia, emitido por los jefes de Estado o de Gobierno participantes en la reunión del Consejo del Atlántico Norte celebrada en Varsovia los días 8 y 9 de julio de 2016, y el análisis y las recomendaciones del grupo de reflexión nombrado por el secretario general de la OTAN titulados «NATO 2030: United for a New Era» (OTAN 2030: Unidos para una nueva era),
– Visto el artículo 54 de su Reglamento interno,
– Visto el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores (A9-0239/2021),
A. Considerando que, durante las últimas décadas, el Ártico ha sido una región caracterizada por la paz, un bajo nivel de tensiones y una cooperación internacional constructiva entre los ocho Estados árticos (Dinamarca, Suecia, Finlandia, Islandia, Noruega, Rusia, Canadá y los Estados Unidos); que, por consiguiente, los Estados árticos y la comunidad internacional deben mantener esa situación en la región y seguir mostrando voluntad política de cooperar y resolver las cuestiones controvertidas de conformidad con el Derecho internacional;
B. Considerando que la importancia geopolítica de la región está aumentando, y que el futuro del Ártico y los retos mundiales a los que se enfrenta la región ártica, que van más allá de los de los Estados ribereños del Ártico, requieren, por tanto, una gobernanza multinivel, con una necesaria búsqueda de cooperación regional y soluciones internacionales; que existe un vínculo directo entre la geopolítica y la seguridad del Ártico y su situación medioambiental, que, a su vez, se ve gravemente influenciada por las consecuencias de actividades humanas en otras zonas del planeta;
C. Considerando que el modelo de gobernanza integral del Ártico, con el Derecho internacional como elemento central, ha demostrado su eficacia y solidez; que la cooperación ha demostrado ser la manera más útil de entablar relaciones entre los Estados árticos;
D. Considerando que el actual marco de gobernanza del Ártico, centrado en el Consejo Ártico, ha contribuido significativamente durante los últimos veinticinco años a la estabilidad de la región; que el Consejo Ártico es el principal foro de cooperación ártica y que sus grupos de trabajo sirven de marco para una cooperación internacional real y constructiva;
E. Considerando que la labor del Consejo Ártico ha sido vital a la hora de garantizar una cooperación pacífica y constructiva entre los Estados árticos, lo que ha dado lugar a diversos acuerdos vinculantes entre ellos; que, en el pasado, la región ártica se ha visto relativamente poco afectada por conflictos geopolíticos mundiales, pero que su importancia militar y su papel geopolítico estratégico están aumentando; que la seguridad y la política árticas se han ido vinculando cada vez más a cuestiones mundiales, y que los acontecimientos fuera del Ártico pueden tener consecuencias para los Estados árticos y viceversa, lo que acrecienta la importancia de evitar cualquier efecto de contagio sobre el Ártico que se derive de tensiones y conflictos geopolíticos en otras regiones;
F. Considerando que la Unión respalda plenamente el compromiso del Consejo Ártico con el bienestar de los habitantes del Ártico, el desarrollo sostenible de la región y la protección del entorno ártico, incluidos la salud de los ecosistemas, el mantenimiento y la restauración de la biodiversidad y la conservación y la gestión sostenible de los recursos naturales;
G. Considerando que la Unión ha abogado desde hace tiempo por una estrecha cooperación en la región ártica y que lleva décadas comprometida con el Ártico a través de su contribución a la política de la Dimensión Septentrional con Rusia, Noruega e Islandia, su participación en la creación del Consejo de Estados del Mar Báltico (CEMB), su cooperación en la región euroártica de Barents, en particular en el Consejo Euroártico de Barents y el Consejo Regional de Barents, sus asociaciones estratégicas con Canadá y los Estados Unidos, y su participación como observadora activa de facto en el Consejo Ártico; que la Unión ha aportado más de 1 000 000 000 EUR al desarrollo regional y la cooperación transfronteriza en el Ártico europeo;
H. Considerando que el Derecho internacional es la base del compromiso y la cooperación internacionales en el Ártico; que, en particular, conviene reafirmar y reforzar la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM) y los convenios de la Organización Marítima Internacional (OMI), que ofrecen un marco para la cooperación y la actuación internacionales en cuestiones relacionadas con el océano Ártico; que la CNUDM establece el marco jurídico en el que deben llevarse a cabo todas las actividades en los océanos y mares, concede derechos económicos a los Estados ribereños sobre sus zonas económicas exclusivas, así como sobre sus plataformas continentales, y estipula que la altamar no está sujeta a ninguna soberanía estatal; que los Estados ribereños del Ártico han confirmado en la Declaración de Ilulissat que respetarán el Derecho internacional, en particular la CNUDM, a la hora de regular el océano Ártico; que la OMI establece las normas reguladoras mundiales en materia de seguridad, protección y comportamiento medioambiental del transporte marítimo internacional;
I. Considerando que el Ártico se ha visto afectado de manera especial y cada vez más intensa por los drásticos efectos del cambio climático y la degradación de la biodiversidad, incluidos el incremento de las temperaturas, los cambios en las condiciones del hielo, los incendios forestales, la elevación del nivel del mar, los patrones meteorológicos cambiantes, la invasión de especies exóticas, las pérdidas graves de biodiversidad y el deshielo del permafrost, que están afectando a todo el planeta, pero que representan asimismo un riesgo para las infraestructuras locales; que las estrategias de adaptación locales y la protección del ecosistema ártico no pueden abordarse de manera independiente respecto del marco mundial de acción por el clima, y que la aplicación del Acuerdo de París se halla en el núcleo de esa cooperación;
J. Considerando que algunas partes del Ártico presentan la concentración de desechos plásticos más alta del mundo, que ya afectan a especies de animales árticas, lo que plantea un riesgo de contaminación de la cadena alimentaria y, afectará, a la larga, a los seres humanos;
K. Considerando que el alarmante ritmo de deshielo de los casquetes polares en el Ártico se debe al cambio climático y a factores que tienen su origen principalmente fuera del Ártico; que el cambio climático debe verse como un multiplicador de amenazas que agrava las tendencias, las tensiones y la inestabilidad existentes;
L. Considerando que el deshielo del casquete polar ártico y la consecuente elevación del nivel del mar tendría graves repercusiones medioambientales, económicas y para la seguridad humana a nivel mundial; que el deshielo del casquete polar de Groenlandia podría provocar una elevación del nivel del mar en todo el mundo de hasta 7,2 metros, lo que sumergiría muchas regiones de todo el planeta; que algunas poblaciones del Ártico ya están sufriendo las consecuencias del deshielo de los casquetes polares, lo que ha generado flujos migratorios; que el deshielo de Groenlandia también está alterando la biodiversidad;
M. Considerando que, entre las diversas amenazas a las que está expuesto el Ártico debido a la actividad humana, una que suscita especial preocupación es el deshielo del permafrost; que el permafrost cubre alrededor del 24 % del suelo del hemisferio norte, especialmente grandes superficies del norte de Rusia; que contiene grandes cantidades de metano y CO2 peligrosos y, a medida que se funde, libera gases de efecto invernadero a la atmósfera, lo que contribuye al calentamiento global; que el deshielo del permafrost puede modificar ecosistemas y afectar a la seguridad de formas inesperadas;
N. Considerando que, si bien los retos para el Ártico se deben principalmente al cambio climático mundial y a actividades fuera de la región ártica, los efectos del cambio climático son especialmente visibles en el Ártico, ya que se está calentando tres veces más rápido que la media mundial y el hielo marino del Ártico se está derritiendo a una velocidad sin precedentes, con una elevación del nivel del mar que genera un grave impacto social, medioambiental y económico no solo en la propia región, sino también en todo el mundo; que estos efectos están cambiando el ecosistema, la geografía y la economía regionales al abrir potencialmente nuevas rutas de transporte, mejorar el comercio, permitir el acceso a recursos naturales escasos e intensificar las actividades de investigación, la pesca y el turismo; que algunos de estos cambios ofrecen un enorme potencial para un desarrollo económico sostenible, tecnológicamente avanzado y respetuoso con el medio ambiente; que estos retos que afectan al Ártico son responsabilidad del mundo entero, especialmente el cambio climático; que la Unión debe actuar frente a estos retos tanto a través de sus propios compromisos como prestando asistencia a los demás;
O. Considerando que los desastres medioambientales provocados por el ser humano, en particular al extraer hidrocarburos y otros recursos árticos, son difíciles de contener y gestionar y que la eliminación del daño causado puede conllevar unos costes elevados; que el mayor vertido de hidrocarburos en el Ártico tuvo lugar en Siberia en mayo de 2020, cuando se derramaron más de 20 000 toneladas de combustible diésel en los terrenos y las vías fluviales colindantes cerca de la ciudad rusa de Norilsk, y que los trabajos de limpieza siguen en curso;
P. Considerando que los efectos del cambio climático en el Ártico, en su mayoría externos, y la reaparición de la competencia geopolítica en la región constituyen factores que complican el desarrollo sostenible y la preservación de los medios de subsistencia tradicionales en el frágil entorno del Ártico, y pueden afectar a la seguridad y al desarrollo económico sostenible de la región;
Q. Considerando que la importancia geoeconómica de la región está aumentando con rapidez debido al creciente interés por sus ricos y abundantes recursos naturales, incluidas materias primas críticas, sus nuevas rutas marítimas y su potencial para el transporte marítimo; que los países árticos, si bien tienen derecho a utilizar recursos en sus propios territorios, también tienen el deber de hacerlo de manera responsable; que la exploración y la explotación de los recursos árticos entrañan riesgos sustanciales para los ecosistemas vulnerables y las poblaciones locales de la región; que, en 2019, la Unión Europea y el Reino Unido adquirieron una gran parte de las exportaciones de energía, metales, minerales y pescado de los Estados árticos;
R. Considerando que el paso del Noroeste, la ruta marítima del Norte y la futura ruta marítima transpolar se están abriendo como consecuencia del deshielo; que los recursos naturales de la región ártica se encuentran principalmente dentro de la jurisdicción nacional de los Estados árticos y que la propiedad de estos recursos es indiscutible; que la necesidad de desarrollar y encontrar soluciones sostenibles a la producción de energía y al transporte ha potenciado la demanda mundial de tierras raras, lo que ha puesto el foco de atención en los recursos naturales del Ártico, en gran medida sin explotar; que la región ártica alberga una enorme reserva de minerales de tierras raras; que el 90 % de la producción mundial de tierras raras procede actualmente de China;
S. Considerando que la responsabilidad principal respecto al desarrollo sostenible del Ártico corresponde a los Estados árticos, pero que, no obstante, no puede negarse el impacto considerable de factores externos y, por lo tanto, la comunidad internacional tiene la obligación de hacer todo lo posible para proteger la región ártica y asegurar su estabilidad y seguridad;
T. Considerando que en el Ártico circumpolar viven más de cuatro millones de personas, incluidos más de cuarenta pueblos indígenas y comunidades locales diferentes y medio millón de ciudadanos de la Unión; que el único pueblo indígena de la Unión reconocido, el pueblo sami, habita en las regiones árticas de Finlandia y Suecia, así como de Noruega y Rusia; que los pueblos indígenas y las comunidades locales desempeñan un papel fundamental en la gestión sostenible de los recursos naturales y la conservación de la biodiversidad; que la demografía es importante para el desarrollo regional;
U. Considerando que la cooperación en el ámbito de la investigación científica es ahora, más que nunca, crucial para superar los retos que plantean la grave degradación medioambiental y el cambio climático;
V. Considerando que la Unión ha aportado más de 200 000 000 EUR para la investigación en el Ártico a través del programa Horizonte 2020;
W. Considerando que la Unión se ha comprometido a trabajar en pos de un ámbito marítimo mundial abierto y seguro, con arreglo a la Estrategia Global de la UE y la Estrategia de Seguridad Marítima de la Unión Europea;
X. Considerando que el compromiso de la Unión Europea con el Ártico se basa en la historia, la geografía, la economía y la investigación; que debe hacerse hincapié en la importancia que revisten el desarrollo sostenible, la política de cohesión y la cooperación transfronteriza a la hora de suavizar la tensión geopolítica; que la Unión, como actor mundial, ha demostrado sistemáticamente su compromiso con un Ártico pacífico, limpio desde el punto de vista medioambiental, cooperativo, sostenible y próspero, y aspira a garantizar un futuro sostenible para las personas que viven en el Ártico; que la Unión ha manifestado claramente su disposición a desempeñar un papel aún más destacado;
Y. Considerando que la Unión puede contribuir de diversas formas a resolver posibles problemas emergentes y evitar conflictos en el Ártico;
Z. Considerando que la solicitud de la Unión para convertirse en observador de pleno derecho en el Consejo Ártico, de la que acusaron recibo los miembros del Consejo Ártico en 2013, sigue en curso; que la decisión final se ha aplazado como consecuencia de la oposición de algunos miembros del Consejo Ártico; que el Parlamento ha mostrado anteriormente su respaldo a dicha solicitud; que la Unión participa activamente en la labor de los grupos, grupos operativos y grupos de expertos pertinentes del Consejo Ártico; que el amplio espectro de competencias regionales, conocimientos especializados e iniciativas existentes de la Unión puede servir de marco para proyectos conjuntos;
AA. Considerando que Francia, Alemania, los Países Bajos, Polonia, España e Italia, que son observadores en el Consejo Ártico, demuestran un importante compromiso en el Ártico y un profundo interés en el diálogo y la cooperación con el Consejo Ártico en el futuro; que Estonia e Irlanda han solicitado ser observadores en el Consejo Ártico;
AB. Considerando que Islandia y Noruega son socios comprometidos y fiables y están asociados a la Unión a través del EEE y de los Acuerdos de Schengen;
AC. Considerando que durante mucho tiempo se ha preservado relativamente bien la estabilidad del Ártico, pero que esta se ve cada vez más afectada por el creciente interés internacional en la región y el panorama de seguridad cambiante, incluida la remilitarización progresiva de la Federación de Rusia en la región; que las inversiones económicas y militares de la Federación de Rusia en el Ártico superan con mucho las del resto de los Estados árticos; que la Federación de Rusia ha modernizado antiguas bases militares y establecido otras nuevas en las regiones septentrionales, e impulsado la capacidad de antiacceso y negación de área (A2/AD), restringiendo los derechos de navegación en la estratégica ruta marítima del Norte, que considera falsamente como una vía navegable interior; que Rusia ha modernizado su flota septentrional hasta convertirla en una zona militar y ha ampliado diferentes ramas de sus fuerzas armadas, equipadas, inter alia, con nuevos submarinos, rompehielos nucleares y convencionales, radares listos para combate y sistemas de misiles; que Rusia ha reactivado el concepto de defensa de bastiones con el fin de proteger sus capacidades estratégicas desde el mar de Barents hasta el estrecho de Bering; que Rusia también ha incrementado sus patrullas navales y aéreas, la actividad submarina y las tácticas de guerra electrónica, lo que constituye un paso muy preocupante; que estos acontecimientos geopolíticos han dado lugar a un aumento de los ejercicios, despliegues, patrullas e inversiones en capacidad en el Ártico; que la militarización de la zona va en contra del espíritu de cooperación que ha guiado las relaciones entre los Estados árticos hasta la fecha;
AD. Considerando que la región del mar de Barents ha sido el principal banco de pruebas de sistemas de misiles balísticos y de crucero, mientras que la zona al este de Nueva Zembla ha sido la principal zona de pruebas nucleares;
AE. Considerando que Rusia ha violado la soberanía y la integridad territorial de sus vecinos pacíficos bloqueando la libertad de navegación en los mares de Azov, Negro y Báltico, todo lo cual no puede ignorarse al evaluar los futuros escenarios para el mantenimiento de la coexistencia pacífica actual en el Ártico;
AF. Considerando que los proyectos y las iniciativas de gran alcance de China son motivo de gran preocupación; que China publicó su primer Libro Blanco sobre la política ártica en enero de 2018 y ha emprendido un esfuerzo a largo plazo para consolidar su posición en el Ártico, declarándose a sí misma un «estado cuasi Ártico», con la ambición de convertirse en una «potencia polar» e intensificar la colaboración con Rusia en el Ártico; que China ha creado una «ruta polar de la seda» para el comercio a través de la región ártica, como ampliación de su iniciativa de la Franja y la Ruta, y ha organizado misiones regionales de exploración científica, creando centros de investigación en el Ártico y desarrollando veinticuatro satélites de observación polar; que China participa de forma activa en el Consejo Ártico y ha entablado una cooperación bilateral con determinados Estados árticos y otras partes interesadas con el fin de recabar apoyo para sus iniciativas;
AG. Considerando que los actores en el Ártico han actualizado sus estrategias, teniendo en cuenta la rápida evolución de la situación en el Ártico y la creciente importancia económica y geoestratégica de la región;
Cooperación internacional como fundamento de un Ártico seguro, estable, próspero, accesible y pacífico
1. Reafirma que el Ártico reviste una importancia estratégica y política para la Unión, como parte interesada y actor global en el Ártico, y subraya el compromiso de la Unión de ser un agente responsable que busque el desarrollo sostenible y pacífico a largo plazo de la región mediante la plena cooperación con los socios internacionales; considera crucial que todas las partes interesadas, incluida la Unión y sus Estados miembros, actúen con miras a mantener una cooperación internacional y regional pacífica e intensa, la investigación científica, la prosperidad y un bajo nivel de tensiones en el Ártico, así como responder a los efectos y consecuencias tan alarmantes del cambio climático en la región; estima que el Ártico desempeña un papel crucial en la preservación del equilibrio medioambiental del planeta, se muestra satisfecho por que la región se haya erigido en un área de cooperación internacional pacífica y fructífera, y felicita al Consejo Ártico por su 25.º aniversario como principal foro de cooperación ártica, que ha demostrado su capacidad para mantener un espíritu de cooperación constructiva y positiva;
2. Respalda la validez de los tres pilares fundacionales de la política integrada de la Unión para el Ártico, a saber, la respuesta ambiciosa al cambio climático y la protección del entorno ártico, el fomento del desarrollo sostenible y el refuerzo de la cooperación internacional; subraya la importancia de una política equilibrada de la Unión en el Ártico y opina que la Unión se encuentra en una posición privilegiada de cara a ayudar a coordinar y complementar las políticas de los Estados miembros relativas al Ártico y, por lo tanto, destaca la necesidad de una mayor coherencia entre las políticas interiores y exteriores de la Unión en relación con los asuntos árticos; insta a la Unión a que incluya una dimensión ártica, cuando proceda, en sus políticas sectoriales;
3. Recalca la importancia del papel de los observadores en el Consejo Ártico, que gozan de una gran experiencia y han estado comprometidos desde hace tiempo con la cooperación científica y política en el Ártico; acoge con satisfacción, en este sentido, el diálogo permanente entre los observadores y la Presidencia del Consejo Ártico; respalda la solicitud de la Unión de convertirse en observador de pleno derecho en el Consejo Ártico y alienta a los miembros del Consejo Ártico a que respondan positivamente a la solicitud de la Unión; subraya, sin embargo, que la Unión ya es un observador de facto en el Consejo Ártico, con la posibilidad de participar y contribuir en igualdad de condiciones con otros miembros observadores;
4. Destaca que la Unión debe contribuir a la mejora de la gobernanza multilateral en el Ártico, promover el uso sostenible de los recursos y proteger y preservar el Ártico en plena sintonía con su población; pide a la Unión que siga aportando conocimientos especializados y financiación al Consejo Ártico, aumentando su participación en sus grupos de trabajo y en sus diversos proyectos; opina que la región septentrional debe considerarse parte de la vecindad septentrional de la Unión, con una mayor participación en los foros existentes; hace hincapié en que la Dimensión Septentrional sirve de escenario constructivo para la cooperación transfronteriza, con un modelo de cooperación exitoso, en el que la Unión contribuye por igual a la política conjunta con Rusia, Noruega e Islandia, así como otros observadores; acoge favorablemente la mayor cooperación práctica en una amplia gama de ámbitos; pone de relieve la cooperación entre agentes estatales y no estatales nacionales y locales en el seno del Consejo Euroártico de Barents, del que la Unión es miembro de pleno derecho, sobre cuestiones de especial relevancia para la región de Barents; señala que el Consejo Euroártico de Barents ha desempeñado un importante papel en el fomento de la confianza y el entendimiento mutuo en el norte, al tiempo que ha reforzado la cooperación entre los países árticos; observa que la Unión también debe procurar participar en otros foros políticos ligados al desarrollo del Ártico;
5. Acoge con agrado el proceso en curso de actualización de la política de la Unión para el Ártico, que debe reflejar el interés de la Unión por el Ártico y abordar los retos combinados de una mayor atención internacional y los cambios climáticos, medioambientales, geopolíticos y geoeconómicos en la región; estima que la política debe incluir a nuevos actores, como China, y que la dimensión de seguridad del Ártico debe abordarse en la política exterior y de seguridad común de la Unión; opina, en particular, que debería incorporar un enfoque integral respecto a la seguridad, que incluya en especial las nociones de medio ambiente y salud, así como cuestiones de seguridad marítima; observa que una política global actualizada, basada en el consenso entre todos los Estados miembros, permitirá a la Unión desempeñar un papel eficaz, proactivo y más ambicioso en la región, teniendo en cuenta los apremiantes retos relacionados con el cambio climático y la creciente importancia geopolítica del Ártico, pero también servirá a los intereses de los ciudadanos de la Unión, sobre todo de aquellos que viven en el Ártico, y de los pueblos indígenas en particular; hace hincapié en que dicha política debe reflejar tanto la dimensión interna como la externa de las relaciones de la Unión con el Ártico e incluir una dimensión de conectividad sostenible con el fin de resolver los problemas clave a los que se enfrentan los habitantes del Ártico, como la garantía de conexiones de internet de calidad;
6. Opina que la nueva política de la Unión para el Ártico debe aprovecharse de manera más amplia como una oportunidad para aumentar la sensibilización y el compromiso entre los ciudadanos de la Unión, el mundo académico y las empresas sobre asuntos del Ártico; pide que se cree un portal único sobre el Ártico que englobe todas las iniciativas y actividades de las instituciones de la Unión en el Ártico;
7. Observa que el interés por el Ártico y sus recursos está aumentando; expresa su profunda preocupación por los efectos negativos del cambio climático, en particular el rápido deshielo y la sobreexplotación de los recursos, que crean nuevos elementos y realidades para determinadas formas de desarrollo económico y una mayor perturbación de unos ecosistemas árticos cada vez más frágiles;
8. Hace hincapié en que el modelo de gobernanza integral basado en el Derecho internacional ha beneficiado a todos los Estados árticos y al conjunto de la región y ha aportado previsibilidad y estabilidad en la región; subraya que las estructuras regionales existentes fomentan la confianza y la cooperación entre los Estados árticos; subraya que los Estados árticos son los principales responsables a la hora de afrontar las cuestiones que se plantean en sus territorios; señala, no obstante, que las fuerzas externas tienen una influencia clave en los desafíos actuales y futuros en la región; reitera que el Derecho internacional es la piedra angular del marco jurídico que regula las relaciones internacionales en el Ártico, y subraya la importancia del CNUDM como base de toda la actividad marítima, en particular su Parte XV, por lo que respecta a la solución pacífica de las controversias marítimas y los diferentes procedimientos de solución para la delimitación de la plataforma continental ártica y para solucionar los problemas de soberanía dentro del Ártico en relación con los mares territoriales; reitera su llamamiento a la Unión y a los Estados miembros para que desempeñen un papel más destacado en la aplicación efectiva de los convenios internacionales, y pide a los Estados Unidos que ratifiquen el CNUDM; subraya la importancia de los organismos internacionales establecidos en virtud del CNUDM, incluidos la Comisión de Límites de la Plataforma Continental , la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos y el Tribunal Internacional del Derecho del Mar (TIDM), así como de diversas plataformas, como el Consejo Ártico, la Conferencia de Parlamentarios de la Región Ártica, el Consejo Euroártico de Barents, la Dimensión Septentrional y las Naciones Unidas, y sigue estando comprometido en favor de una participación fuerte y activa en la cooperación parlamentaria sobre cuestiones relativas al Ártico;
9. Reconoce el estatuto de la soberanía de los Estados árticos y sus derechos soberanos de conformidad con el Derecho internacional; estima que es crucial salvaguardar los logros de tres décadas de cooperación pacífica; subraya que se debe aprovechar plenamente la capacidad de la Unión para aportar soluciones a los posibles retos en materia de seguridad; señala que, dada la multitud de cuestiones complejas e interrelacionadas en materia de desarrollo económico, medioambiental y de seguridad del Ártico, se requieren foros mundiales, regionales y locales para dialogar sobre las necesidades de la región en materia de seguridad;
El cambio climático en el Ártico
10. Expresa su profunda preocupación a la vista de las conclusiones del Informe especial del GIECC sobre los océanos y la criosfera en un clima cambiante, según las cuales el calentamiento global ha provocado en las pasadas décadas una gran reducción de la extensión de la criosfera, con una pérdida de masa de los mantos de hielo y los glaciares, reducciones de los mantos de nieve y de la extensión y el espesor del hielo marino del Ártico, y un aumento de la temperatura del permafrost; está extremadamente preocupado por las consecuencias para la salud pública y la seguridad del deshielo del permafrost, al dejar al descubierto bacterias y virus que han estado inactivos durante siglos o milenios;
11. Destaca que el Ártico está perdiendo biodiversidad a un ritmo alarmante y expresa su profunda preocupación por las conclusiones del informe de evaluación mundial de la IPBES sobre diversidad biológica y servicios de los ecosistemas; subraya que la pérdida de biodiversidad se debe no solo al cambio climático, sino también a la minería marina, actividad que, según la IPBES, es probable que se expanda en la región ártica a causa del deshielo;
12. Expresa su preocupación por los informes según los cuales las bacterias liberadas por el deshielo del permafrost liberan a su vez carbono perjudicial para el clima, pero también, junto con los virus, pueden plantear una grave amenaza para la salud de los animales y los seres humanos; señala que el cambio climático y el deshielo del permafrost están teniendo repercutiendo negativamente en la capacidad para vivir y trabajar en la región, ya que ambos fenómenos han provocado la pérdida o la degradación de infraestructuras, carreteras y edificios existentes, así como una oleada de accidentes industriales y de transporte, y también amenazan los parajes culturales y del patrimonio y el modo de vida de los pueblos indígenas;
13. Pone de relieve que la Unión debe aplicar políticas que garanticen que las medidas adoptadas para abordar las inquietudes medioambientales tengan en cuenta los intereses de los habitantes de la región ártica, incluidos sus pueblos indígenas, respecto de la protección y el desarrollo de la región;
14. Insta a la Unión a asumir un papel protagonista en los trabajos para poner en pie un ambicioso plan de acción por el clima para el Ártico, abordándose la mitigación de las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero y la adaptación al cambio climático, al tiempo que se apoyan soluciones innovadoras pertinentes para el Ártico;
Evolución geopolítica en el Ártico
15. Celebra que durante mucho tiempo los conflictos en otras zonas del mundo apenas hayan afectado a la estabilidad del Ártico, y subraya la importancia de impedir que la evolución geopolítica en otras regiones afecte al Ártico; señala, no obstante, que en los últimos años la situación militar y de seguridad en el Ártico ha cambiado fundamentalmente, y reconoce la importancia estratégica de esta región; señala asimismo que un Ártico seguro, estable, sostenible, pacífico y próspero desempeña un papel crucial en la seguridad de Europa en sentido amplio y su contexto estratégico; destaca además que la actividad militar en el Ártico debe ser previsible y transparente y desarrollarse de manera que fomente la seguridad y la estabilidad, ya que el aumento de la militarización, junto con el empeoramiento de las relaciones geopolíticas a escala mundial, puede dar lugar a incidentes y generar mayores riesgos de seguridad; pide, por consiguiente, que se refuercen el diálogo regional, la cooperación transfronteriza y la moderación en el ámbito militar, y apoya un proceso de negociaciones y medidas de creación de confianza que tengan en el punto de mira el objetivo a largo plazo de reducir el equipamiento militar en la región;
16. Toma nota de la particular situación geográfica de la Federación de Rusia, cuyas aguas territoriales y zonas económicas superan con creces las de todos los demás Estados árticos; destaca a ese respecto que las características geográficas específicas de Rusia convierten a dicho país en un interlocutor por defecto, pero también le confieren una mayor responsabilidad;
17. Toma nota del lugar destacado que ocupa el Ártico en las estrategias militares de todos los agentes implicados en la región y les insta a promulgar sus políticas árticas dentro del pleno respeto del Derecho internacional; expresa su profunda preocupación a la vista del progresivo aumento del dispositivo militar de Rusia, que ha sido el más extensivo de los Estados árticos e incluye el desarrollo de capacidades A2/AD, así como la reactivación y reconstitución de las fuerzas nucleares marítimas y una flota de rompehielos, habiendo previsto Rusia equipar algunos de ellos con misiles de crucero y sistemas de guerra electrónica; estima que tales acciones no están justificadas por la situación militar sobre el terreno y exceden significativamente de los fines defensivos legítimos, siendo un reflejo de la voluntad de Rusia de alcanzar la superioridad militar estratégica en la región, lo que se traduciría en inestabilidad y un mayor riesgo de confrontación y se apartaría de la Iniciativa Murmansk de 1987, destinada a transformar el Ártico en una «zona de paz» internacional; insta a las naciones circumpolares a no implantar puestos avanzados militares o científicos protegidos por fuerzas militares;
18. Lamenta que Rusia, en lugar de hacer hincapié en los beneficios del compromiso cooperativo, haya adoptado una perspectiva mucho más competitiva, incluso de confrontación, respecto del Ártico considerándolo una esfera de expansión militar, territorial y económica, así como un escenario para su ambición de gran potencia;
19. Pide a los Estados árticos que entablen un diálogo constructivo y mutuamente beneficioso sobre todas las cuestiones, desde la protección del medio ambiente hasta el desarrollo económico y las operaciones militares; subraya que la Unión y Rusia tienen intereses comunes considerables en varios ámbitos relacionados con el Ártico, incluidos los de la seguridad marítima y la cooperación transfronteriza en materia medioambiental; señala, no obstante, que la cooperación constructiva debe ser coherente con el principio de compromiso selectivo, también en los ámbitos del clima y del medio ambiente, no debe poner en peligro la finalidad de las sanciones y las medidas restrictivas adoptadas de resultas de las acciones del Gobierno ruso en otras partes del mundo, y también debe ser coherente con la estrategia de la Unión respecto de la Federación de Rusia; observa que el Consejo Ártico debe entenderse como una plataforma para mantener y proseguir un diálogo abierto con Rusia sobre cuestiones que también revisten importancia para la Unión;
20. Estima que la inclusión del Ártico por China en sus programas de desarrollo económico, aspirando a integrar la ruta marítima septentrional del Ártico en su iniciativa de la Franja y la Ruta (como una «Ruta de la Seda Polar»), debe ser objeto de particular atención por parte de la Unión y tenerse en cuenta en su política actualizada para el Ártico, ya que cuestiona la idea de que se pueda tratar el Ártico como una región autónoma, protegida de la geopolítica mundial; toma nota, a ese respecto, de las inversiones de China en investigación, nuevos rompehielos y proyectos estratégicos de infraestructuras en el Ártico, que recuerdan cómo opera el país en otras partes del mundo, y reitera que la Unión debe evitar perder un terreno importante en ese ámbito en favor de terceros países; expresa su preocupación debido a los intentos de China de invertir en los puertos marítimos situados a lo largo de la ruta marítima septentrional y de obtener derechos mineros para, entre otros fines, asentar su presencia en el Ártico, e insta a los Estados árticos a que lleven un meticuloso control de las inversiones extranjeras en sus entidades e infraestructuras de importancia estratégica;
Protección de la libertad de navegación
21. Acoge positivamente la adopción y la entrada en vigor, el 1 de enero de 2017, del Código Internacional para los Buques que Operen en Aguas Polares (Código Polar) de la OMI;
22. Pide que se evalúe la aplicación del Código Polar de la OMI y de las normas y obligaciones en virtud de los Convenios SOLAS y MARPOL, a fin de determinar si han sido aplicadas íntegramente por las entidades que operan en el Ártico y de detectar las lagunas y deficiencias que deban corregirse; insta a todos los Estados ribereños del Ártico a adoptar rápidamente las medidas necesarias para hacer cumplir plenamente el Código Polar; anima a los buques a los que no se aplica el Convenio SOLAS a aplicar con carácter voluntario sus medidas de seguridad y a seguir otras medidas y directrices para navegar y operar en el Ártico de manera segura y respetuosa con el medio ambiente;
23. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que asuman un mayor papel en el fomento de la aplicación efectiva de los convenios internacionales, como el Acuerdo de París, el Convenio de Minimata, el Convenio sobre la contaminación atmosférica transfronteriza a gran distancia, el Protocolo de Gotemburgo, el Convenio de Estocolmo, el Código Polar, el Convenio de Aarhus y el Convenio sobre la Diversidad Biológica;
24. Aboga por una responsabilidad compartida en materia de seguridad de la vida en el mar y de sostenibilidad de los entornos polares paralelamente al incremento del volumen del transporte marítimo polar y de la diversificación de su naturaleza en los próximos años; acoge con satisfacción a ese respecto, además del Código Polar, las medidas de organización del tráfico marítimo destinadas a reducir los riesgos de incidentes, así como las zonas vedadas, para mejorar la seguridad de la navegación y proteger ese entorno frágil y único; hace hincapié en el papel de la Unión y sus Estados miembros a la hora de ayudar a evitar y resolver conflictos en el Ártico, contribuir a crear mecanismos de seguridad civil y mejorar las capacidades de gestión de crisis y las infraestructuras de búsqueda y salvamento; destaca que la Unión puede aportar sus conocimientos especializados en el ámbito de la seguridad y protección marítimas gracias a sus capacidades y conocimiento del transporte marítimo y la navegación; reconoce que ya existe una cooperación transfronteriza significativa para las operaciones de búsqueda y salvamento; anima a la Unión a aumentar su contribución a la prevención de emergencias, la preparación y la reacción en caso de catástrofe en el seno del Consejo Ártico, el Foro Ártico de Vigilancia Costera y el Consejo Euroártico de Barents; observa con preocupación, no obstante, el desarrollo y rápido crecimiento del tráfico naval y la extracción de fuentes de energía a lo largo de la ruta marítima septentrional, que se ha convertido en una fuente de tensiones geopolíticas y de preocupaciones medioambientales; toma nota del creciente interés económico en desarrollar la Ruta del mar del Norte, particularmente por parte de Rusia y de China, como medio para impulsar el crecimiento económico y como red nacional de transporte competitiva a escala mundial; toma nota asimismo del desarrollo de proyectos energéticos de gran envergadura, como la cooperación actual entre Rusia y China en el proyecto Yamal LNG y el proyecto Arctic LNG 2, y expresa su inquietud por que dichos proyectos aumenten considerablemente el volumen del transporte marítimo por la Ruta del mar del Norte y entrañen una presión considerable para el ecosistema ártico que ya está amenazado;
25. Reconoce la gran ventaja numérica de Rusia en los programas de rompehielos y el desarrollo de dichos programas en China, y anima a los Estados miembros y otros países socios a desarrollar sus propias capacidades en ese ámbito; estima que la Unión debe promover la construcción y el despliegue de más rompehielos y de buques con casco reforzado para el hielo con pabellón de la Unión;
26. Recalca la necesidad de reforzar la vigilancia marítima y el intercambio de información en la región ártica; apoya la realización de más inversiones en vigilancia y navegación espaciales, a través de las redes de satélites Copernicus y Galileo, así como información in situ de la Red Europea de Observación e Información del Mar (EMODnet), con el fin de mejorar la respuesta a emergencias, la navegación segura y los conocimientos sobre el cambio climático; señala que la creciente actividad humana en la región, incluido el turismo en auge, suscita serias preocupaciones en relación con la seguridad humana, particularmente en el contexto de las duras condiciones climáticas y las limitadas capacidades de búsqueda y salvamento (SAR); opina que la cooperación internacional y unas colaboraciones estrechas entre los sectores militar, público y no gubernamental son esenciales para aportar una protección civil adecuada en la región; subraya la necesidad de fomentar e intercambiar las mejores prácticas de búsqueda y salvamento y contribuir a la interoperabilidad de las unidades de búsqueda y salvamento realizando ejercicios conjuntos; recomienda que los Estados miembros consideren la posibilidad de elaborar nuevos proyectos de la cooperación estructurada permanente —centrados, por ejemplo, en la búsqueda y salvamento o la respuesta medioambiental—, que tengan como objetivo reforzar las capacidades de la política común de seguridad y defensa en el Ártico; anima a la Unión y a sus Estados miembros a realizar ejercicios que simulen cómo se puede aplicar ampliamente en el Ártico el Mecanismo de Protección Civil;
27. Insiste en que es crucial que en el Ártico se respeten plenamente los derechos de los buques extranjeros en virtud del CNUDM, en particular los artículos 17 a 21 y 37 a 41, incluidos el derecho de paso inocente, el derecho de paso en tránsito y la libertad de navegación; condena las medidas de Rusia que restringen los derechos de navegación en las rutas marítimas septentrionales al designarlas como aguas interiores bajo su control soberano total, crear barreras normativas y administrativas a la navegación extranjera a lo largo de la ruta, imponer el requisito de obtener el permiso de Rusia para entrar y transitar por su zona económica exclusiva y mares territoriales, y no establecer ninguna exención expresa para los buques protegidos por la inmunidad de su soberanía; destaca que toda medida que restrinja la libertad de navegación debe ser coherente con el CNUDM y el Derecho internacional consuetudinario; pide a la Federación de Rusia que cumpla las normas codificadas en el CNUDM y respete los compromisos contraídos sumándose a los llamamientos anuales de la Asamblea General de las Naciones Unidas a los Estados Partes para que se aseguren de que sus reclamaciones de derecho marítimo se ajustan al CNUDM;
28. Subraya que el desarrollo de los pasos septentrionales para el transporte debe ser sostenible y contribuir a una transición más ecológica; señala que, en concreto, las nuevas conexiones ferroviarias septentrionales estimularían las economías de los Estados del norte y del Báltico y mejorarían el acceso al mercado en la dimensión norte-sur; pide por ello a la Comisión que aborde las cuestiones del transporte en el norte septentrional y determine qué oportunidades existen en el contexto de la Dimensión Septentrional de la Asociación para el Transporte y la Logística; destaca que son necesarias mejores conexiones dentro de la región de la Dimensión Septentrional para reducir la lejanía y garantizar la conectividad en respuesta al desarrollo mundial;
Desarrollo sostenible y explotación de los recursos estratégicos
29. Subraya la importancia del Ártico para la seguridad energética de la Unión, insiste firmemente en la explotación sostenible y basada en la ciencia de los recursos energéticos en el Ártico, y destaca la necesidad de una política reforzada para las energías renovables generadas en la Unión y la eficiencia energética que reduzca significativamente la dependencia de la Unión de fuentes externas y, por ese medio, mejore su posición en términos de seguridad; destaca la necesidad de luchar contra el cambio climático ciñéndose a los objetivos del Acuerdo de París;
30. Señala que, a consecuencia del cambio climático y de la consiguiente reducción del hielo, la mayor accesibilidad de los enormes recursos de hidrocarburos en la región ártica está modificando la importancia geoestratégica de la región, lo que podría tener consecuencias para la estabilidad internacional; pide a los Estados de la región que sigan resolviendo los conflictos actuales o futuros por el acceso a los recursos naturales en el Ártico mediante un diálogo constructivo en consonancia con el Derecho internacional, concretamente la CNUDM, y respetando el espíritu de la Declaración de Ilulissat de 2008;
31. Reconoce el riesgo ambiental que representa la explotación del petróleo y del gas en el Ártico; destaca que el desarrollo económico del Ártico, en particular la exploración y explotación de sus recursos naturales, debe ajustarse al Derecho internacional y a los convenios y normas internacionales pertinentes, y respetar unas normas ambientales de precaución rigurosas, y pide que se establezcan requisitos estrictos para la exploración y explotación de nuevas reservas de hidrocarburos en la región; expresa su preocupación a ese respecto por los intentos, particularmente de Rusia y también de empresas privadas de otros países, de seguir adelante con proyectos de explotación de gran alcance y repercusión sin una evaluación adecuada de su impacto medioambiental; insta por ello a todos los Estados árticos a que velen por que se lleve a cabo una evaluación ex ante adecuada del impacto medioambiental de cualesquiera proyectos de explotación, y subraya la importancia de atenerse a las normas regulatorias;
32. Destaca que la protección del medio ambiente y la gestión de la contaminación antropogénica deben ser un objetivo clave en el Ártico; desaconseja la explotación de los recursos árticos si se demuestra científicamente que dicha explotación provoca un daño irreparable en el ecosistema del Ártico y fuera de él;
33. Acoge con satisfacción la labor del Consejo Ártico contra la contaminación en el Ártico y pide que la Unión desempeñe un papel activo y preste asistencia en la materia;
34. Expresa su gran preocupación a la vista de la reciente catástrofe medioambiental causada por Norilsk Nickel, que ha provocado el mayor vertido de petróleo de la historia en el Ártico polar, pero también a la vista del bombeo de aguas residuales tóxicas desde una cuenca de sedimentación a la tundra y de otros vertidos que se producen con regularidad y que, sin embargo, no aparecen en las estadísticas oficiales; acoge con satisfacción las decisiones judiciales de multar a la empresa responsable de la catástrofe, pero, al mismo tiempo, expresa su preocupación por la restricción del acceso de periodistas y expertos a los lugares del accidente, y pide a las autoridades rusas que establezcan procedimientos transparentes y eficaces para informar y llevar un seguimiento de ese tipo de catástrofes medioambientales; lamenta que esos accidentes ocurran a menudo en las tierras de pueblos indígenas, lo que les hace perder la capacidad de mantener su modo de vida tradicional; pide a la Unión que apoye a los defensores de los derechos ambientales y a los periodistas que investigan esos casos, y que utilice sus propios recursos, como Copernicus, para rastrear ese tipo de contaminación en el Ártico y realizar una evaluación exhaustiva de las consecuencias ecológicas y humanas de la explotación orientada únicamente al lucro; apoya la cooperación con los Estados árticos en el desarrollo de sistemas de respuesta rápida para la gestión en tiempo real de las catástrofes medioambientales, particularmente los vertidos de petróleo;
35. Lamenta que las empresas rusas sigan reduciendo al mínimo sus inversiones en protección medioambiental y en las instalaciones de producción con el fin de obtener el máximo beneficio en el menor plazo posible, lo que se traduce en una emisión persistente de sustancias tóxicas a la atmósfera que ha devastado no solo el medio ambiente, sino también la mayoría de las ciudades del Ártico, como Norilsk, colocándolas entre las ciudades más contaminadas del mundo;
36. Opina que el Ártico debería desempeñar un papel central en la Alianza europea sobre materias primas, impulsando la producción europea de minerales críticos, reduciendo la dependencia respecto de China para los metales de tierras raras y desarrollando oportunidades de crecimiento económico verde, lo cual es fundamental para el desarrollo ulterior de tecnología ecológica y la lucha contra el cambio climático, que constituye la principal amenaza para la región; opina asimismo que las decisiones de las autoridades locales sobre la excavación de recursos minerales deben tomarse de forma transparente; acoge favorablemente las iniciativas en el Ártico europeo sobre minería sostenible y reducción de las emisiones de dióxido de carbono a través, por ejemplo, del primer proyecto mundial de producción de hierro sin combustibles fósiles (proyecto HYBRIT), habida cuenta de la creciente demanda de acero y de las necesidades de una sociedad cada vez más electrificada;
37. Observa que el Ártico es rico en recursos minales y subraya que el Ártico europeo desempeña un papel importante en el suministro de materias primas a la Unión, aportando por ejemplo recursos esenciales, tecnología y conocimientos especializados necesarios para la consecución de las transiciones digital y ecológica; observa asimismo que la mayoría de las materias primas fundamentales de la Unión se encuentran en el Ártico y, si se gestionan de manera adecuada y sostenible, podrían reforzar la autonomía de la Unión; toma nota de que uno de los factores que llevan a Pekín a adquirir control sobre las reservas del Ártico es el deseo de mantener una posición dominante en las cadenas de suministro de recursos vitales y componentes clave para las tecnologías emergentes;
38. Pide que se aumente la accesibilidad de las infraestructuras digitales en el Ártico, con lo que se fomentaría el emprendimiento y la innovación y se diversificaría el desarrollo económico en la región; subraya la importancia de promover el uso de energías renovables en las comunidades árticas remotas; anima a que se siga trabajando en soluciones energéticas innovadoras y en la construcción de capacidades conexas en el Ártico con vistas a la prevención del cambio climático, teniendo en cuenta las necesidades de la sociedad; destaca la importancia estratégica de los cables submarinos de telecomunicaciones del Atlántico Norte, que posibilitan más del 95 % de las telecomunicaciones internacionales; reitera la importancia de reforzar la cooperación transatlántica para proteger los instrumentos internacionales por los que se rigen los cables submarinos, incluida la CNUDM, y para garantizar su observancia; hace hincapié en el papel que desempeña el Ártico por lo que se refiere a su ventaja competitiva climatológica y geográfica en la conectividad digital entre Norteamérica, Europa y Asia, y para albergar centros de almacenamiento de datos; señala que las nuevas autopistas digitales, dotadas de sistemas e infraestructuras ampliadas de cables de fibra óptica, también deben posibilitar una mejor conectividad digital para las comunidades árticas, así como apoyo a la asistencia sanitaria y servicios sociales (por ejemplo, servicios de telesanidad), la educación en línea y en general un acceso más fácil a la economía mundial;
39. Reconoce que no se invierte lo suficiente en la región ártica; estima que la Unión puede contribuir al desarrollo económico, social y sostenible en beneficio de las comunidades árticas, en particular en materia de energía, transporte e infraestructuras; considera que las regiones árticas albergan industrias innovadoras esenciales para el desarrollo sostenible;
40. Destaca que las largas distancias, la escasa densidad de población, la dureza del clima y los desequilibrios demográficos hacen que sea crucial incrementar la conectividad, la accesibilidad y la integración de las comunidades mediante inversiones en las tecnologías de la información y las comunicaciones y en las infraestructuras de transporte (ferroviario, marítimo, terrestre y aéreo), con el fin de mejorar la productividad y el comercio dentro y fuera del Ártico; opina que la mejora del transporte y la conectividad de banda ancha también aumentará las oportunidades de trabajo transfronterizo y movilidad estudiantil, así como de ampliación ulterior de la cooperación; hace hincapié en la utilidad de los instrumentos de base local, como las estrategias de especialización inteligente y la cooperación territorial, para adaptar las inversiones sostenibles en el Ártico, y estima que esas políticas de la Unión deben desarrollarse en mayor medida y vincularse a la política de la Unión para el Ártico; pide que se establezca una plataforma especial de inversión que facilite una cooperación económica más estrecha entre la Unión y las economías árticas, en colaboración con el Banco Europeo de Inversiones y el Fondo Europeo de Inversiones;
41. Toma nota del papel del sector privado en el desarrollo de soluciones sostenibles para el Ártico; pide a la Comisión que apoye las inversiones de las empresas europeas en sectores clave como la producción de energía renovable, la logística y el desarrollo de la red eléctrica, determinando al mismo tiempo las oportunidades de inversión existentes en el marco de los instrumentos de inversión y financiación de la Unión, a fin de facilitar el acceso de las empresas europeas al mercado ártico; destaca la importancia del comercio y las inversiones en infraestructuras digitales, innovación y desarrollo económico en el Ártico, con una cooperación más estrecha entre los gobiernos, el mundo académico y las empresas; pide a la Unión que reduzca las barreras técnicas al comercio, refuerce su cooperación con los representantes empresariales y fomente un mayor apoyo al Consejo Económico del Ártico; insiste en que las empresas que tienen su sede o desarrollan actividades dentro de la Unión cumplan estrictamente los Principios rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos por lo que respecta a todas sus operaciones y relaciones comerciales en la región ártica y garanticen procesos eficaces de diligencia debida en materia de derechos humanos y medio ambiente; pide a esas entidades que garanticen la realización de consultas efectivas, significativas y fundamentadas en todas las fases del proceso con las partes interesadas afectadas y potencialmente afectadas, incluidos los pueblos indígenas; destaca que todas las actividades económicas en el Ártico deben ser sostenibles y tener en cuenta su impacto medioambiental, particularmente en el cambio climático, y sus consecuencias sociales; hace hincapié en la necesidad de seguir promoviendo el desarrollo regional sostenible en beneficio de los habitantes del Ártico, las actividades con bajas emisiones de carbono, el conocimiento y la economía circular;
42. Apoya, como norma general, la opinión expresada en el Acuerdo sobre pesca en el océano Ártico central en el sentido de que solo se deben explotar los recursos naturales cuando exista una certeza razonable de que no se causará ningún daño al medio ambiente, y subraya la importancia de aplicar un enfoque de precaución a las pesquerías árticas y subárticas en todas las fases; subraya la importancia que revisten las medidas de ordenación de la pesca basadas en los mejores dictámenes científicos disponibles para garantizar la sostenibilidad a largo plazo; señala que los Estados costeros del Ártico han acordado un marco para gestionar las actividades en el Ártico, incluido el compromiso de resolver el solapamiento de reclamaciones sobre áreas marítimas; expresa su apoyo a las organizaciones regionales de ordenación pesquera existentes y los acuerdos mundiales relacionados con la pesca, el transporte marítimo y el entorno marino; destaca que se debe contar con la participación de la Unión en la gestión de las poblaciones de conformidad con la CNUDM;
43. Señala que una gran parte del pescado que importa la Unión procede del Ártico y es consciente de que es probable que aumenten las disputas en relación con la pesca debido, entre otras cosas, al agotamiento de las poblaciones de peces en algunas zonas y a su migración a otras zonas, debido en parte al cambio climático; celebra por tanto la firma del Acuerdo sobre pesca en el océano Ártico central, con el que se aspira a lograr un desarrollo sostenible en el Ártico y por el que se aplicará un enfoque de precaución a la ordenación pesquera en la zona de alta mar del océano Ártico central, y pide que entre en vigor rápidamente; reconoce la importancia de la Declaración de Oslo para cumplir ese acuerdo vinculante relativo a la prevención de la pesca no reglamentada en alta mar en el Océano Ártico central; acoge con satisfacción la inclusión de representantes de organizaciones indígenas en las delegaciones; lamenta, no obstante, que su participación y la de las ONG solo sea en régimen de observación;
Servir a las comunidades locales y preservar los derechos de los pueblos indígenas
44. Acoge con satisfacción los logros alcanzados, pero recuerda que, en la mayoría de los países nórdicos, las medias del Ártico siguen siendo peores que las medias nacionales en términos de pobreza, baja esperanza de vida y muy limitado desarrollo humano y económico; es consciente de que la transformación tecnológica y el cambio climático están afectando al estilo de vida y al modo de vida tradicionales de los pueblos indígenas, por lo que reitera su llamamiento en favor de la participación activa de todas las comunidades y habitantes del Ártico, y en particular de los pueblos indígenas, que poseen conocimientos locales y prácticos, en los procesos de toma de decisiones relativas a las opciones de desarrollo; apoya firmemente a ese respecto la aplicación plena y efectiva del artículo 19 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, especialmente por lo que se refiere a la necesidad de obtener el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas antes de aprobar y aplicar medidas legislativas o administrativas, o de poner en marcha proyectos de desarrollo que puedan afectarles;
45. Reconoce que los efectos del deshielo y de unas temperaturas más suaves están desplazando a las poblaciones indígenas y, por lo tanto, están amenazando su modo de vida; reconoce la voluntad de los habitantes y los Gobiernos de la región ártica con derechos y responsabilidades soberanas de seguir trabajando en pos de un desarrollo económico sostenible y de proteger al mismo tiempo las fuentes tradicionales de sustento de las poblaciones indígenas y la naturaleza enormemente sensible de los ecosistemas árticos, teniendo en cuenta su experiencia en la utilización y el desarrollo de los diversos recursos de la región de forma sostenible;
46. Destaca la necesidad de garantizar la conservación de las culturas, las tradiciones y las lenguas de los pueblos indígenas estableciendo programas de desarrollo de la capacidad para concienciar sobre su diversidad, historia y derechos, no solo para los jóvenes indígenas, sino también para las poblaciones no indígenas de toda la región; pide a las delegaciones de la Unión en los Estados árticos que entablen un diálogo genuino e integrador con los pueblos indígenas a nivel nacional y regional, y que sirvan como puntos de referencia para las cuestiones relativas a los pueblos indígenas; destaca la necesidad de que el personal de esas delegaciones de la Unión conozca los derechos de los pueblos indígenas contemplados en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas; acoge con satisfacción el creciente reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas en las políticas exteriores de la Unión; pide una mayor coherencia entre las políticas interiores y exteriores de la Unión relativas al Ártico en ese ámbito;
47. Reitera su llamamiento para que se implique activamente a todos los habitantes del Ártico, que poseen conocimientos locales y prácticos, y en particular los pueblos indígenas, en los procesos de toma de decisiones que atañen a las opciones en materia de desarrollo;
48. Lamenta los esfuerzos del Kremlin por subordinar a la sociedad civil, lo que está teniendo un impacto muy negativo en los pueblos indígenas al limitar la autonomía de sus representaciones y asociaciones en los foros internacionales y bloquear el acceso a fondos externos; señala que otras ONG, incluidos activistas medioambientales, se ven afectadas por problemas similares;
49. Afirma que todas las actividades en la región ártica, incluidos la gestión y el uso sostenible de los recursos naturales del Ártico, deberían respetar los derechos de los pueblos indígenas y los habitantes locales y ser beneficiosas para ellos; aboga, en ese sentido, por un vínculo más fuerte entre las empresas que desarrollan su actividad en el Ártico y las comunidades locales, a fin de crear oportunidades económicas y de investigación y puestos de trabajo, así como de propiciar el desarrollo sostenible de los recursos, y respalda la aplicación de normas como el Protocolo de Inversión en el Ártico y la iniciativa del Pacto Mundial de las Naciones Unidas; recuerda los instrumentos internacionales existentes que establecen las jurisdicciones, los derechos y las obligaciones de los Estados para la gestión y el uso sostenible de los recursos naturales, e insiste en que se sigan respetando plenamente dichos instrumentos; destaca la importancia de garantizar la cooperación interpersonal, el acceso a la educación y las oportunidades empresariales y el apoyo a los jóvenes en el Ártico;
50. Destaca la importancia de atender las aspiraciones, necesidades y dificultades de las poblaciones locales, en particular en materia de cooperación interpersonal, conectividad, acceso a internet, educación, atención sanitaria y empleo, especialmente en el caso de los jóvenes y los grupos marginados; pone de relieve la necesidad de que la política actualizada para el Ártico incorpore una dimensión de género ambiciosa; pide que se incremente la financiación de programas como «North2North» y otros programas de movilidad dirigidos especialmente a los jóvenes que viven en el Ártico, y que se dediquen más apoyo y recursos para ayudar a los pueblos del Ártico a adaptarse a los profundos cambios provocados por el cambio climático;
51. Reitera su llamamiento a todos los Estados miembros restantes para que ratifiquen sin demora el Convenio n.º 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales de 1989;
Ciencia y conocimiento
52. Pide a los Estados árticos que cumplan sus compromisos en virtud del Convenio sobre la Diversidad Biológica, en particular en lo que se refiere a la conservación in situ; pide a todos los países que velen por que se incluya a los pueblos indígenas y las comunidades locales del Ártico en los procesos de deliberación y toma de decisiones de los foros internacionales de diplomacia en materia de clima y biodiversidad pertinentes; apoya la recomendación de los pueblos indígenas de tener acceso directo a los fondos del Fondo Verde para el Clima para sus iniciativas de mitigación y adaptación sostenibles;
53. Destaca las importantes contribuciones de la Unión y sus Estados miembros en materia de ciencia polar, que serán necesarias para entender los efectos mundiales y locales del cambio climático y la importancia del conocimiento como base para las decisiones políticas y el desarrollo sostenible en el Ártico; reitera el llamamiento de la 14.ª Conferencia de Parlamentarios de la Región Ártica a favor de reforzar la base de conocimientos y mejorar la cooperación científica con una nueva iniciativa relativa al Año Polar Internacional; apoya los esfuerzos internacionales en materia de ciencia, conocimientos e innovación con una dimensión ártica, y de cooperación en materia de investigación en el Ártico, como la celebración y aplicación del Acuerdo para mejorar la cooperación científica en el Ártico;
54. Observa que la Unión ha sido un importante contribuyente financiero a la investigación sobre el Ártico a través de programas como Horizonte 2020; subraya la necesidad de aumentar la financiación de la Unión para la investigación y el desarrollo en el Ártico; pide una mayor visibilidad y coordinación de la investigación y la innovación centradas en el Ártico, por ejemplo en el marco de Horizonte Europa; pide a la Comisión que aporte una visión global de la financiación de la Unión dedicada a la región y de los componentes árticos de los programas horizontales de la Unión, e insta a esta a aplicar un plan de inversiones para el Ártico ambicioso, con visión de futuro y sostenible desde el punto de vista medioambiental; estima que dicho plan de inversiones debe aumentar la financiación en ámbitos clave como la investigación científica y asignar más financiación a la investigación, el desarrollo y la innovación, la infraestructura espacial, digital y de transporte, las tecnologías espaciales, el transporte marítimo sostenible, la extracción y la transformación sostenibles de materias primas, la energía renovable y otras actividades con bajas emisiones de carbono, y el turismo en el Ártico; destaca la necesidad de mejorar las sinergias entre los instrumentos de financiación ya existentes, a fin de evitar posibles solapamientos y de maximizar la interacción entre los programas de la Unión de dimensión interna y de dimensión externa;
55. Señala que el Ártico ofrece enormes posibilidades para la innovación y el uso sostenible de los recursos desarrollando prácticas que pueden aplicarse después a escala mundial, y que el Ártico es un banco de pruebas para, por ejemplo, proyectos geotérmicos, eólicos e hidroeléctricos, la producción de acero sin emisiones de carbono y la producción de baterías más ecológicas; reconoce la contribución a la protección y seguridad medioambientales, marítimas y humanas en el Ártico de programas espaciales de la Unión como Copernicus, Galileo, el sistema europeo de navegación por complemento geoestacionario y las comunicaciones por satélite, al posibilitar, entre otras cosas, el seguimiento de la evolución del hielo y de la gestión sostenible de los recursos marinos, la detección de contaminación, los sistemas de alerta de urgencia, la detección y el seguimiento de los movimientos marítimos, y los servicios de búsqueda y salvamento; apoya la inversión continua en el desarrollo de esas capacidades y aconseja aplicarlas en el Ártico en cooperación con los Estados árticos que son miembros de la Unión o la OTAN y bajo su dirección;
Más UE en el Ártico y más Ártico en la UE
56. Acoge con satisfacción la creación de la figura de enviado especial para los asuntos del Ártico en 2017; apoya la continuación de su mandato y elogia la labor realizada por el actual enviado especial; pide a la Comisión y al Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) que mejoren la cooperación entre servicios y la coherencia entre los distintos programas e inversiones en el Ártico, y les insta a asignar los recursos adecuados para reflejar las ambiciones de la política de la Unión para el Ártico; insta a la Comisión a que cree un grupo de trabajo específico que englobe de manera integral la Europa septentrional y el Ártico; señala que se debe reforzar la coordinación interna de la Unión sobre los asuntos del Ártico tanto a nivel del grupo de trabajo de la Comisión como entre las agencias pertinentes de la Unión; anima a la Comisión a que confíe una función de coordinación de las políticas sobre el Ártico a uno de sus vicepresidentes para evitar la duplicación de competencias; pide al Consejo que cree un grupo de trabajo sobre la Europa septentrional y el Ártico, y al SEAE que cree una unidad similar dentro de su estructura; opina que se debe reforzar el papel del Parlamento en la formulación y ejecución de la política de la Unión para el Ártico, y que se debe conceder mayor relevancia al Ártico en el Parlamento, por ejemplo mediante la constitución de una delegación interparlamentaria designada específicamente y con responsabilidad especial para la cooperación en el Ártico; pide que se amplíe el debate sobre los asuntos del Ártico dentro de las demás instituciones de la Unión y en los Estados miembros;
57. Estima que el proceso de consulta sobre la nueva política de la Unión para el Ártico debería utilizarse para evaluar la eficacia de las actuales políticas de la Unión;
58. Opina que la Unión, como agente global, debe implicarse activamente en el diálogo político, reaccionar ante la creciente importancia estratégica del Ártico y seguir desempeñando su papel como agente aceptado y creíble en el Ártico, respetando el conjunto único de foros consultivos del Ártico existentes y los satisfactorios mecanismos del marco de gobernanza; estima que la Unión puede actuar como mediador leal en la promoción de la estabilidad y la prosperidad regionales; pide a la Unión que prosiga el diálogo y las medidas de creación de confianza en los marcos multilaterales existentes y que incluya el Ártico como una prioridad en la Estrategia Global de la UE; pide además una política en materia de conectividad específica para el Ártico (digitalización, navegación, logística, transporte); cree firmemente que el Pacto Verde Europeo ofrece una respuesta a largo plazo muy necesaria a los crecientes retos que plantea el cambio climático a través de una agenda de inversiones amplificada para el crecimiento sostenible y las iniciativas innovadoras locales en particular, y contribuirá considerablemente a la solución de la dependencia energética estratégica de la Unión; pide, en vista de ello, que se integre la dimensión de la política de la Unión para el Ártico en el Pacto Verde Europeo, la Agenda Estratégica para 2019-2024 de la Unión, la Estrategia Global de la UE, la Estrategia de Conectividad de la UE y la Estrategia sobre Biodiversidad;
59. Subraya la necesidad de que la Unión y sus Estados miembros mantengan relaciones constructivas con todos los Estados árticos no europeos, y de que la Unión aplique y promueva un enfoque basado en los derechos en su colaboración con los pueblos indígenas del Ártico; destaca la importancia de que los Estados árticos miembros de la Unión compartan información de manera más amplia sobre los retos actuales en la región, mejoren sus capacidades de guerra híbrida, sigan invirtiendo en defensa, mejoren la coherencia con respecto a las actividades en curso en el Ártico y desarrollen de forma conjunta los ámbitos marítimo y aéreo; pide a la Unión y a sus Estados miembros que cooperen más estrechamente en lo que respecta a las cuestiones relativas al Ártico en los foros regionales e internacionales, y pide asimismo a la Unión que implique en mayor medida a los niveles local y regional de gobernanza en el desarrollo de aquellas de sus políticas que afectan a la región;
60. Opina que la mejor respuesta a la creciente cooperación chino-rusa en el Ártico consiste en alcanzar una mayor coordinación en el plano de la Unión y en mantener consultas con países del EEE, los Estados Unidos, Canadá y también el Reino Unido, Japón, la República de Corea, la India y otros socios comprometidos en garantizar una cooperación pacífica y la libertad de navegación en el Ártico y en sacar el máximo partido de las posibles sinergias;
61. Toma nota de la Iniciativa de Seguridad Ártica de los Estados Unidos y del Marco de Política Septentrional y Ártica de Canadá, y anima a la Unión a asociarse con sus aliados afines cuando proceda a fin de garantizar una coordinación adecuada en la región; pide, en ese sentido, que se establezca un sólido diálogo entre la Unión y el Ártico en apoyo de la aplicación de la política de la Unión para el Ártico;
62. Opina que las cuestiones relativas a la seguridad en el Ártico también deben formar parte de las consultas y la cooperación con la OTAN, que puede utilizar el marco del Consejo OTAN-Rusia para resolver malentendidos, reducir tensiones y prevenir crisis; reconoce la importancia de las operaciones de vigilancia y reconocimiento en la región y del establecimiento de mecanismos para mejorar el intercambio de información; estima que la notificación previa de los ejercicios militares en la región ártica podría aumentar la transparencia de las operaciones militares en la región;
63. Señala que el Alto Norte entra dentro del ámbito de responsabilidad del Comandante Supremo Aliado en Europa de la OTAN (SACEUR), y que para construir un concepto de seguridad general para el Ártico es necesaria la cooperación con la OTAN; acoge favorablemente, en vista de ello, las conclusiones del grupo de reflexión al que el secretario general de la OTAN encargó emprender un proceso de reflexión prospectivo para evaluar diferentes formas de reforzar la dimensión política de la OTAN, en virtud de la cual esta debe mejorar su conocimiento de la situación en todo el Alto Norte y el Ártico y elaborar una estrategia que tenga en cuenta planes de disuasión y defensa más amplios que incluyan disposiciones para abordar las actuaciones agresivas de agentes estatales;
64. Señala que el ejercicio Trident Juncture 2018, que demostró que la OTAN está activa desde el punto de vista operativo en el Ártico, especialmente en el Alto Norte (los mares de Noruega y de Barents), garantizó el máximo nivel de transparencia; pide a todas las partes que realizan actividades militares en el Ártico que sigan esa práctica en consonancia con las obligaciones internacionales, incluido el Documento de Viena de la OSCE, reduciendo con ello los riesgos, aclarando posibles malentendidos y fomentando la transparencia de sus intenciones;
65. Respalda los esfuerzos para reforzar la resiliencia frente a la posible presión de China u otros agentes que no priorizan los métodos de extracción de minerales de una manera respetuosa con el medio ambiente y sostenible que cumplen las normas internacionales y las convenciones de las Naciones Unidas; pide al Grupo de Trabajo East StratCom del SEAE que lleve un seguimiento de las campañas encaminadas a influir en los procesos de toma de decisiones en relación con la extracción de minerales en la región;
66. Destaca la necesidad de que la Unión y los Estados Unidos promuevan de manera conjunta la seguridad y la estabilidad en el Ártico, al tiempo que invierten en su presencia científica permanente en la región y la amplían;
67. Pide que se incluya el Ártico en los debates sobre la Brújula Estratégica de la UE, y subraya que el desarrollo del Ártico también debería abordarse periódicamente en el seno del Comité Político y de Seguridad y en las reuniones del Consejo; solicita que se mantengan intercambios de puntos de vista con mayor periodicidad sobre las cuestiones árticas, como ámbito importante de las consultas entre la UE y la OTAN;
68. Pide una mayor visibilidad de la Unión en el Ártico y solicita que la Unión establezca un diálogo político reforzado sobre la cooperación bilateral con las Islas Feroe y Groenlandia y examine, junto con las autoridades danesas, la posibilidad de establecer oficinas de la UE en Groenlandia y las Islas Feroe;
69. Pide que los objetivos de la nueva Estrategia sobre el Ártico se reflejen en los programas con financiación específica, los proyectos y la legislación pertinente de la Unión, así como en la labor de las agencias pertinentes de la Unión;
70. Opina que se debe actualizar la Estrategia Marítima de la Unión para reflejar las nuevas oportunidades y desafíos; estima que se deben realizar evaluaciones y revisiones similares en otras políticas de la Unión, incluida su política espacial, para evaluar la ampliación de los programas de satélites existentes con el fin de cubrir las necesidades específicas de la región ártica, incluido el uso de Copernicus para rastrear la contaminación;
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71. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad.