Índice 
 Anterior 
 Siguiente 
 Texto íntegro 
Procedimiento : 2020/2260(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A9-0271/2021

Textos presentados :

A9-0271/2021

Debates :

PV 18/10/2021 - 14
CRE 18/10/2021 - 14

Votaciones :

PV 19/10/2021 - 11
PV 20/10/2021 - 2

Textos aprobados :

P9_TA(2021)0425

Textos aprobados
PDF 292kWORD 103k
Miércoles 20 de octubre de 2021 - Estrasburgo
Estrategia «de la Granja a la Mesa»
P9_TA(2021)0425A9-0271/2021

Resolución del Parlamento Europeo, de 20 de octubre de 2021, sobre una Estrategia «de la Granja a la Mesa» para un sistema alimentario justo, saludable y respetuoso con el medio ambiente (2020/2260(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), y en particular sus artículos 11, 13, 39 y 168, apartado 1, su artículo 169, apartado 1, sus artículos 191 y 192, apartado 1, y su artículo 349,

–  Visto el Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura, de 2004,

–  Visto el Reglamento (UE) 2019/1381 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre la transparencia y la sostenibilidad de la determinación o evaluación del riesgo en la UE en la cadena alimentaria(1),

–  Visto el Reglamento (UE) 2019/6 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, sobre medicamentos veterinarios(2),

–  Vistos el Reglamento (CE) n.º 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios(3), la Directiva 2009/128/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por la que se establece el marco de la actuación comunitaria para conseguir un uso sostenible de los plaguicidas(4), y el Reglamento (CE) n.º 1185/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a las estadísticas de plaguicidas(5),

–  Vista la Directiva 2001/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de marzo de 2001, sobre la liberación intencional en el medio ambiente de organismos modificados genéticamente(6),

–  Vistas la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y el Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas(7), la Directiva 2006/118/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro(8), y la Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura(9),

–  Vistos la Directiva 98/58/CE del Consejo, de 20 de julio de 1998, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas(10), la Directiva 1999/74/CE del Consejo, de 19 de julio de 1999, por la que se establecen las normas mínimas de protección de las gallinas ponedoras(11), la Directiva 2007/43/CE del Consejo, de 28 de junio de 2007, por la que se establecen las disposiciones mínimas para la protección de los pollos destinados a la producción de carne(12), la Directiva 2008/120/CE del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativa a las normas mínimas para la protección de cerdos(13), la Directiva 2008/119/CE del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativa a las normas mínimas para la protección de terneros(14), el Reglamento (CE) n.º 1/2005 del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, relativo a la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas(15), el Reglamento (CE) n.º 1099/2009 del Consejo, de 24 de septiembre de 2009, relativo a la protección de los animales en el momento de la matanza(16), el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal («Legislación sobre sanidad animal»)(17) y la Directiva 2010/63/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2010, relativa a la protección de los animales utilizados para fines científicos(18),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 20 de mayo de 2020, sobre una Estrategia «de la Granja a la Mesa» para un sistema alimentario justo, saludable y respetuoso con el medio ambiente (COM(2020)0381),

–  Vista la Resolución del Parlamento Europeo, de 19 de junio de 2020, sobre la protección europea de los trabajadores transfronterizos y temporeros en el contexto de la crisis de la COVID-19(19),

–  Vistas su Resolución, de 18 de diciembre de 2019, sobre la Iniciativa de la UE sobre los polinizadores(20) y su Resolución, de 23 de octubre de 2019, sobre el proyecto de Reglamento de la Comisión por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 546/2011 en lo que respecta a la evaluación del impacto de los productos fitosanitarios en las abejas(21),

–  Vista su Resolución, de 28 de noviembre de 2019, sobre la situación de emergencia climática y medioambiental(22),

–  Vista su Resolución, de 13 de marzo de 2019, sobre una Europa que protege: aire puro para todos(23),

–  Vista su Resolución, de 13 de septiembre de 2018, sobre el Plan de Acción europeo «Una sola salud» para luchar contra la resistencia a los antimicrobianos(24),

–  Vista su Resolución, de 17 de abril de 2018, sobre la aplicación del Séptimo Programa de Acción en materia de Medio Ambiente(25),

–  Vista su Resolución, de 16 de mayo de 2017, sobre la iniciativa sobre el uso eficiente de los recursos: reducir el desperdicio de alimentos, mejorar la seguridad alimentaria(26),

–  Vistas su Resolución, de 4 de abril de 2017, sobre las mujeres y su papel en las zonas rurales(27) y su Resolución, de 16 de enero de 2018, sobre mujeres, igualdad de género y justicia climática(28),

–  Vista su Resolución, de 7 de junio de 2016, sobre soluciones tecnológicas para una agricultura sostenible en la Unión(29),

–  Vista su Resolución legislativa, de 8 de septiembre de 2015, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la clonación de animales de las especies bovina, porcina, ovina, caprina y equina criados y reproducidos con fines ganaderos(30),

–  Vistas su Resolución, de 11 de febrero de 2015, sobre el etiquetado del país de origen de la carne en los alimentos procesados(31) y su Resolución, de 12 de mayo de 2016, sobre la indicación obligatoria del país de origen o del lugar de procedencia de determinados alimentos(32),

–  Vistos los informes especiales del Tribunal de Cuentas Europeo n.º 15/2020, de 9 de julio de 2020, titulado «Protección de los polinizadores silvestres en la UE – Las iniciativas de la Comisión no han dado fruto», n.º 13/2020, de 5 de junio de 2020, titulado «Biodiversidad agrícola: La contribución de la PAC no ha frenado el declive», n.º 5/2020, de 5 de febrero de 2020, titulado «Uso sostenible de productos fitosanitarios: pocos progresos en la medición y en la reducción de riesgos», n.º 2/2019, de 15 de enero de 2019, titulado «Peligros químicos en nuestros alimentos: la política de seguridad alimentaria de la UE nos protege, pero se enfrenta a dificultades», n.º 31/2018, de 14 de noviembre de 2018, titulado «Bienestar animal en la UE: reducir la diferencia entre unos objetivos ambiciosos y su aplicación práctica», n.º 34/2016, de 17 de enero de 2017, titulado «La lucha contra el despilfarro de alimentos: una oportunidad para la UE de hacer más eficiente el empleo de recursos en la cadena de suministro alimentario», y n.º 21/2019, de 19 de noviembre de 2019, sobre la actuación contra la resistencia a los antimicrobianos,

–  Visto el informe de la Agencia Europea de Medio Ambiente, de 11 de mayo de 2020, titulado «The European environment – state and outlook 2020: knowledge for transition to a sustainable Europe» (El medio ambiente en Europa – Estado y perspectivas 2020: conocimientos para la transición hacia una Europa sostenible),

–  Visto el pilar europeo de derechos sociales,

–  Visto el Dictamen del Comité Europeo de las Regiones, de diciembre de 2020, sobre la Estrategia «de la Granja a la Mesa» titulado «Del productor al consumidor (de la granja a la mesa): la dimensión local y regional» (NAT-VII/005),

–  Visto el artículo 54 de su Reglamento interno,

–  Vistas las opiniones de la Comisión de Desarrollo, de la Comisión de Comercio Internacional, de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor y de la Comisión de Pesca,

–  Visto el informe de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria y de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural (A9-0271/2021),

A.  Considerando que en la Comunicación de la Comisión sobre una estrategia de la granja a la mesa se establece un enfoque holístico del sistema alimentario europeo, en el que la agricultura, en cuanto fuente proveedora de alimentos ocupa un lugar central, y se reconoce la interconexión de todos los agentes a lo largo de toda la cadena de suministro y su responsabilidad compartida para lograr los objetivos de la estrategia, así como el papel clave de los agricultores a la hora de aportar bienes públicos, también en la lucha contra el cambio climático; que, no obstante, la estrategia debe ir más allá y tener en cuenta el papel, los derechos y las responsabilidades de los consumidores y la viabilidad económica a largo plazo para los agricultores; que la estrategia tiene importantes implicaciones para la producción agrícola no alimentaria y que esto debe tenerse plenamente en cuenta;

B.  Considerando que el reciente informe del Centro Común de Investigación titulado «Modelling environmental and climate ambition in the agricultural sector with the CAPRI model: Exploring the potential effects of selected Farm to Fork and Biodiversity strategies targets in the framework of the 2030 Climate targets and the post 2020 Common Agricultural Policy» (Modelar la ambición medioambiental y climática en el sector agrícola con el modelo CAPRI: examen de las posibles repercusiones de ciertos objetivos de la Estrategia «De la Granja a la Mesa» y de la Estrategia sobre la Biodiversidad en el marco de los objetivos climáticos para 2030 y la política agrícola común posterior a 2020) concluye, al igual que otros estudios recientes, que la aplicación de los objetivos de la estrategia afectaría significativamente a la producción agrícola de la Unión; que estos estudios hacen hincapié en la necesidad de realizar evaluaciones de impacto ex ante que sean sólidas y científicas y en las que se examine la sostenibilidad desde las perspectivas económica, social y medioambiental, así como de tener en cuenta los efectos acumulativos, los posibles compromisos, la disponibilidad de medios para lograr los objetivos y los diferentes modelos agrícolas de los Estados miembros a la hora de elaborar propuestas legislativas en el marco del Estrategia «De la Granja a la Mesa»;

C.  Considerando que el sistema alimentario europeo debería garantizar alimentos de alta calidad y la seguridad nutricional de una manera que contribuya al bienestar social y a la salud pública, mantenga y restablezca la salud de los ecosistemas, respete los límites del planeta y garantice el bienestar y la salud de los animales; que, en la actualidad, todo el sistema alimentario es el causante de una serie de efectos en la salud y el bienestar de humanos y animales, así como en el medio ambiente, el clima y la biodiversidad, incluida la deforestación y la degradación de ecosistemas fuera de la Unión; que es necesario que la manera en que producimos y consumimos alimentos, bebidas y otros productos agrícolas se adapte para garantizar la coherencia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), el Acuerdo de París, el Convenio sobre la Diversidad Biológica, el Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura y las políticas y compromisos de la Unión, así como, en general, para lograr un equilibrio coherente entre los tres pilares de la sostenibilidad, incluidos el medio ambiente, el clima, la salud pública, la economía y asequibilidad de los alimentos, el bienestar animal y la sostenibilidad económica de los agricultores, los pescadores y los agentes en fases posteriores de la cadena alimentaria, de las zonas rurales y costeras, además de aspectos sociales como las condiciones laborales y de empleo y las normas de seguridad y de salud; que han de tenerse en cuenta otros factores importantes como la investigación y la innovación, la política comercial y sobre residuos;

D.  Considerando que es necesario garantizar la coherencia entre las medidas previstas en la Estrategia «de la Granja a la Mesa» y las políticas agrícola y pesquera comunes, la política comercial de la Unión y su estrategia sobre biodiversidad para 2030, la estrategia forestal de la Unión, el plan de acción para la economía circular, el plan de acción sobre bioeconomía, así como otras políticas y estrategias conexas de la Unión; que se debe subrayar que todos los alimentos importados deben cumplir las mismas normas en materia de sostenibilidad y de seguridad agroalimentaria aplicables en la Unión;

E.  Considerando que la Plataforma Intergubernamental Científico-Normativa sobre Diversidad Biológica y Servicios de los Ecosistemas (IPBES) estima que se prevé que el 90 % de la tierra sea significativamente alterado de aquí a 2050 y que el 75 % de la tierra ya lo está; que ya se ha perdido el 85 % de las zonas de humedales(33); que la biodiversidad es fundamental para la seguridad alimentaria, el bienestar humano y el desarrollo en todo el mundo; que la pérdida de biodiversidad pone en riesgo la producción agrícola, el sistema alimentario y la nutrición europeos y mundiales; que se calcula que los costes sociales y económicos totales relacionados con la degradación del suelo ascienden a entre 5 500 000 000 000 y 10 500 000 000 000 EUR anuales(34);

F.  Considerando que aproximadamente el 80 % de la deforestación mundial se debe a la expansión de los terrenos agrícolas(35); que la demanda de la Unión de productos como aceite de palma, carne, soja, cacao, maíz, madera y caucho, incluso en forma de productos transformados o de servicios, es un factor que conduce a la deforestación, la degradación de los bosques y los suelos, la destrucción de los ecosistemas y la violación asociada de los derechos humanos en terceros países, y representa alrededor del 10 % de la parte de la deforestación mundial incorporada en el consumo final total(36); que la pesca no sostenible tiene graves repercusiones para la biodiversidad;

G.  Considerando que los hábitats seminaturales que dependen de la agricultura, como los pastizales, están particularmente amenazados y que su estado de conservación es significativamente peor que el de otros tipos de hábitat que no dependen de la agricultura; que el 45 % de los hábitats que dependen de la agricultura se cualifican como malos, frente al 31 % en el caso de otros hábitats;

H.  Considerando que el uso imprudente de plaguicidas es una fuente significativa de contaminación del suelo, del agua y del aire, y afecta negativamente a la salud de los seres humanos, de los animales y de las plantas; que, por tanto, es necesario redoblar los esfuerzos para reducir significativamente la dependencia, el riesgo y el uso de plaguicidas nocivos, así como el uso de fertilizantes y antibióticos; que las prácticas agrícolas sostenibles, como la correcta aplicación de la gestión integrada de plagas, la agrosilvicultura, la agroecología y la agricultura ecológica, así como las técnicas de agricultura de precisión, pueden contribuir a hallar soluciones para reducir el uso de plaguicidas en la Unión y a escala mundial, y que deben fomentarse; que investigaciones científicas(37) indican que puede reducirse sustancialmente el uso de plaguicidas sin afectar negativamente a la rentabilidad y la productividad, en especial si se acompañan de una mayor disponibilidad de alternativas sostenibles;

I.  Considerando que en 2018 los Estados miembros de la Unión aprobaron la exportación de más de 81 000 toneladas de plaguicidas que contenían sustancias prohibidas en Europa(38); que estos plaguicidas peligrosos plantean riesgos incluso mayores en los países de destino dado que las condiciones de uso (por ejemplo, equipos de protección, pulverización aérea) no son tan estrictas como en la Unión; que estos plaguicidas prohibidos pueden volver al mercado de la Unión como residuos en alimentos importados; que programas de vigilancia han revelado que residuos de varios plaguicidas cuyo uso está prohibido en la Unión se detectaron en alimentos comercializados en el mercado de la UE, en 4,5 % de los casos incluso en niveles superiores al límite máximo de residuos (LMR) establecido para estas sustancias a fin de garantizar la seguridad de los consumidores(39);

J.  Considerando que el sobrepeso y la obesidad están aumentando a un ritmo rápido en la Unión(40), donde uno de cada dos adultos padece sobrepeso u obesidad(41); que las causas del sobrepeso y la obesidad son múltiples, pero una dieta y una nutrición inadecuadas son uno de los factores clave que conducen a una alta prevalencia del sobrepeso y la obesidad;

K.  Considerando que se calcula que, en 2017, más de 950 000 muertes (una de cada cinco) y la pérdida de más de 16 millones de años de vida saludable en la Unión, principalmente debido a enfermedades cardiovasculares y al cáncer, pueden atribuirse a dietas poco saludables(42); que la exposición a alteradores endocrinos a través de los alimentos y los envases alimentarios también constituye una amenaza creciente a la salud pública(43);

L.  Considerando que alrededor de la mitad de las enfermedades zoonóticas que han aparecido en seres humanos desde 1940 se derivaron de cambios en el uso de la tierra(44); que la salud animal es un elemento esencial de cualquier sistema alimentario sostenible y que los efectos sobre la salud animal tienen un impacto directo sobre la sostenibilidad del sistema alimentario;

M.  Considerando que se calcula que en la Unión se generan cada año 88 millones de toneladas de residuos alimentarios, cuyos costes asociados se estiman en 143 000 000 000 EUR(45); que el desperdicio de alimentos tiene un enorme impacto ambiental, ya que representa alrededor del 6 % del total de las emisiones de gases de efecto invernadero de la Unión(46); que los principales contribuyentes al desperdicio de alimentos en la Unión son los hogares (53 %) y la transformación (19 %)(47); que el 10 % del desperdicio de alimentos en la Unión guarda relación con la indicación de fechas y los malentendidos de los consumidores sobre cómo leer y utilizar el sistema de indicación de fechas(48);

N.  Considerando que el volumen de venta de antibióticos a las explotaciones ganaderas europeas disminuyó un 18,5 % entre 2011 y 2016(49), lo que dio lugar a una reducción de la carga de antibióticos en la agricultura en un 35 % en el período 2011-2018, mientras que en la mayoría de Estados miembros el consumo de antimicrobianos en animales productores de alimentos es inferior o muy inferior al de los humanos(50); que, no obstante, existen grandes diferencias entre los Estados miembros y que el consumo de algunos antimicrobianos sigue siendo demasiado elevado(51); que la resistencia a los antimicrobianos es una amenaza importante para la salud humana; que reducir y minimizar el uso de antibióticos en la cría de animales ayudará a ralentizar su aparición y propagación;

O.  Considerando que, ya en 2018, el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (GIECC) publicó su informe especial sobre el calentamiento global de 1,5 °C, en el que se afirmaba que limitar el calentamiento global a 1,5 °C requeriría cambios rápidos, de gran alcance y sin precedentes en todos los aspectos de la sociedad; que el cambio climático y la pérdida de biodiversidad constituyen amenazas crecientes a la seguridad alimentaria y los medios de vida debido a sequías, inundaciones, incendios forestales y nuevas plagas; que los sistemas alimentarios son responsables del 29 % de las emisiones de gases de efecto invernadero a escala mundial, y tienen un profundo efecto en el clima, la biodiversidad, el agua, el aire, el suelo y los sumideros de carbono; que el sector agrícola de la Unión produce alrededor del 10 % del total de las emisiones de gases de efecto invernadero de la Unión, con variaciones considerables entre los Estados miembros, en los que la agricultura representa entre el 3 % y el 33 % de las emisiones nacionales de gases de efecto invernadero(52);

P.  Considerando que las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de la agricultura europea se han reducido en torno a un 20 % desde 1990; que las reducciones de las emisiones de gases de efecto invernadero en la agricultura se han ralentizado desde 2012 e incluso han aumentado en algunos años(53); que la agricultura puede contribuir activamente a la captura de carbono aumentando los sumideros naturales de carbono mediante la adopción de soluciones basadas en la naturaleza y en los ecosistemas, como rotaciones extensas de cultivos, cultivos intercalados, permacultura, agrosilvicultura, silvicultura, agroecología y restauración de los ecosistemas, y en especial la restauración y el mantenimiento de zonas de turberas como medio para aumentar los sumideros naturales de carbono y su captura;

Q.  Considerando que la agricultura es la tercera fuente más importante de emisiones primarias de PM10 en la Unión, como subraya la Agencia Europea de Medio Ambiente; que las emisiones de amoníaco (NH3) procedentes de la agricultura contribuyen a episodios en que se experimentan altas concentraciones de PM en toda Europa cada primavera, así como a efectos negativos sobre la salud a corto y largo plazo;

R.  Considerando que la Unión consume siete veces más nitrógeno y tres veces más fósforo de lo que sería sostenible y equitativo dentro de los límites del planeta(54);

S.  Considerando que se hace necesario el refuerzo de la información sobre el ciclo de vida, junto con la mejora del rastreo y la supervisión de la información de la cadena de suministro, para cuantificar el progreso hacia la reducción del impacto ambiental del sistema alimentario europeo;

T.  Considerando que el modelo europeo de sector agroalimentario multifuncional, consistente en varios modelos de explotación y cuya fuerza motriz son las explotaciones agrícolas familiares, es un elemento clave de la economía y la sociedad de la Unión, y debe seguir garantizando una producción de alimentos de calidad competitiva y diversificada, la seguridad alimentaria, las cadenas de suministro locales, las buenas prácticas agrícolas, la protección del suelo y de los recursos hídricos, unas normas medioambientales y de bienestar animal rigurosas y unas zonas rurales dinámicas en toda la Unión; que una política agrícola con el apoyo adecuado fomentará la transición hacia cadenas de suministro más locales y prácticas agrícolas más sostenibles, a fin de lograr normas más estrictas en materia de medio ambiente y bienestar animal;

U.  Considerando que es importante destacar el papel clave que desempeñan las microempresas y las pymes en el sector agroalimentario de la Unión en todas las fases de la cadena de suministro, desde la transformación hasta la venta al por menor, a la hora de lograr los objetivos de la estrategia;

V.  Considerando que el sector agrícola debe seguir produciendo alimentos seguros y nutritivos, manteniendo y gestionando la tierra de forma más sostenible, lo que contrarresta la despoblación de las zonas rurales; que los agricultores europeos cumplen las normas más estrictas a escala mundial y proporcionan alimentos de gran calidad, no solo a los ciudadanos europeos, sino también en todo el mundo; que el sector agrícola tiene un inmenso valor estratégico pero, en poco más de un decenio, varios millones de explotaciones han dejado de existir, lo que representa más de un tercio de todas las explotaciones en Europa, siendo la gran mayoría de ellas pequeñas empresas familiares;

W.  Considerando que la transición de la agricultura europea hacia prácticas más sostenibles y la circularidad requerirá inversiones sustanciales con el acceso adecuado a la financiación como condición previa; que el BEI está comprometido a aumentar el porcentaje de su financiación a inversiones en acción por el clima y sostenibilidad medioambiental para alcanzar el 50 % de sus operaciones en 2025 y en adelante; que esto se podría utilizar para desplegar tecnologías que contribuyan a prácticas sostenibles y a reforzar el vínculo de la agricultura con la economía circular;

X.  Considerando que la buena salud del suelo mejora la capacidad de la tierra para la producción de alimentos, el filtrado de aguas y la absorción de carbono, contribuyendo así no solo a estabilizar el clima, sino también a garantizar la seguridad alimentaria, restaurar la biodiversidad, proteger nuestras tierras agrícolas y construir un sistema alimentario más saludable; que la agricultura regenerativa como enfoque para la producción de alimentos y la gestión de la tierra podría mitigar estos desafíos, contribuyendo a la transición hacia un sistema agrícola altamente resiliente basado en la gestión adecuada de las tierras y los suelos;

Y.  Considerando que es importante que los consumidores estén completamente informados y empoderados y sean capaces de tomar decisiones con conocimiento de causa en cuanto a la alimentación; que esto requiere un entorno alimentario sano y seguro que garantice la transparencia y permita que la opción saludable y sostenible sea también una opción fácil y asequible para todos, y que fomente e incentive modelos de consumo que apoyen la salud humana, salvaguardando al mismo tiempo el uso sostenible de los recursos naturales y humanos y un alto nivel de bienestar de los animales; que las campañas de información, educación y sensibilización son insuficientes por sí solas para lograr el cambio necesario hacia unas elecciones más sostenibles y saludables de los consumidores, ya que estas pueden verse influidas por aspectos como las normas y convenciones, el precio, la comodidad, el hábito y la manera en que se presenta la elección de alimentos; que, no obstante, unos ciudadanos informados y educados pueden desempeñar un papel importante para la consecución de los objetivos de Europa en materia de clima, eficiencia en el uso de los recursos y biodiversidad desde el lado de la demanda; que la información de etiquetado obligatorio sobre el contenido de nutrientes y el origen, así como información exhaustiva sobre bienestar animal y sostenibilidad, en principio sobre todos los alimentos, y la difusión pública de información sobre el verdadero coste de la producción pueden ayudar a orientar a los consumidores hacia una nutrición saludable, segura y sostenible; que la información al consumidor debe también adaptarse a la era digital, sin dejar a nadie atrás;

Z.  Considerando que la dieta mediterránea, reconocida por la Unesco en 2010 como patrimonio cultural inmaterial de la humanidad, es conocida como una dieta saludable y equilibrada, con un alto valor nutricional, social y cultural, basada en el respeto del territorio y de la biodiversidad, que garantiza la conservación y el desarrollo de actividades y oficios tradicionales relacionados con la pesca, la caza sostenible y la agricultura y desempeña un papel protector en la prevención primaria y secundaria de las principales enfermedades degenerativas crónicas;

AA.  Considerando que el agua y la agricultura están inextricablemente vinculadas y que la gestión sostenible del agua en el sector agrícola resulta fundamental para garantizar la producción de alimentos de alta calidad y adecuados y la conservación de los recursos hídricos;

AB.  Considerando que se ha agravado la globalización del mercado alimentario, lo que ha comportado un aumento de la importancia de los acuerdos de libre comercio entre la Unión y terceros países;

AC.  Considerando que es necesario tener en cuenta los resultados obtenidos con la aplicación de las normas en materia de medio ambiente actualmente vigentes;

AD.  Considerando que la grave situación creada por la pandemia de COVID-19 ha repercutido en todos los agentes de la cadena agroalimentaria europea, de la producción primaria al sector de la hostelería;

AE.  Considerando que el sistema alimentario europeo ha desempeñado un papel crucial durante la pandemia de COVID-19 y ha demostrado su resiliencia de la mano de agricultores y sus cooperativas u organizaciones de productores, trabajadores empleados de toda la cadena de valor alimentaria, transformadores, distribuidores y minoristas que han trabajado juntos en condiciones difíciles, también durante confinamientos, y exponiéndose a riesgos sanitarios, a fin de garantizar que los consumidores europeos siguieran teniendo acceso a productos seguros, asequibles y de alta calidad sin impedimentos, respetando al mismo tiempo la integridad del mercado interior; que el mercado interior y el sistema agrícola de la Unión superaron en gran medida y rápidamente las interrupciones del suministro durante la crisis de la COVID-19, lo que, sin embargo, puso de manifiesto ciertas vulnerabilidades en las intricadas cadenas de suministro alimentario, lo que demuestra la necesidad de garantizar la seguridad alimentaria a largo plazo, la resiliencia y las cadenas de suministro cortas; que, en este contexto, resulta fundamental hacer hincapié en el valor de la seguridad alimentaria y de las cadenas de suministro para todos los ciudadanos de la Unión, así como en la importancia de disponer de todos los instrumentos necesarios para que los agricultores puedan producir alimentos diversos de manera sostenible;

AF.  Considerando que, aunque los derechos de los agricultores se consagraron en 2004 en virtud del Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura de la FAO, las normas de propiedad intelectual a menudo les han perjudicado, poniendo en peligro los sistemas locales, tradicionales e indígenas de semillas;

AG.  Considerando que los consumidores están cada vez más preocupados por el bienestar y la salud de los animales; que un nivel elevado de bienestar animal es importante para el desarrollo sostenible y puede reforzar la sostenibilidad económica y ambiental de los agricultores europeos, creando un nuevo mercado para que estos vendan productos basados en normas más estrictas en materia de bienestar animal; que la Comisión ha anunciado una evaluación y revisión de la legislación vigente en materia de bienestar animal, también sobre el transporte y el sacrificio de animales; que unas normas horizontales para proteger a los animales en la agricultura, combinadas con requisitos de bienestar animal basados en la ciencia y específicos de cada especie para todas las especies ganaderas, mejorarían significativamente el bienestar animal; que los períodos de transición y el apoyo a los agricultores son esenciales en relación con los cambios legislativos para permitir una agricultura más sostenible y lograr mejoras para el bienestar animal;

AH.  Considerando que las indicaciones geográficas se derivan del patrimonio inmemorial de la Unión y son fruto de la adaptación de la humanidad a su entorno y una expresión de la identidad de la Unión;

AI.  Considerando que es muy importante hacer frente al fraude alimentario y a las prácticas desleales detectando e investigando actividades fraudulentas;

1.  Acoge con satisfacción las ambiciones y los objetivos de la Estrategia «de la Granja a la Mesa» como un paso importante para garantizar un sistema alimentario sostenible, justo, saludable, respetuoso con los animales, más regional, diversificado y resiliente, que resulta fundamental para alcanzar los objetivos establecidos en el Pacto Verde Europeo y en los ODS; hace hincapié en los vínculos indisociables entre las personas sanas, las sociedades sanas, los animales sanos y un planeta sano; destaca que esta estrategia es básica para situar el sistema alimentario, incluida la producción animal y vegetal, dentro de los límites del planeta, al tiempo que subraya la importancia de lograr condiciones de trabajo y de empleo dignas y oportunidades justas en toda la cadena de valor alimentaria y la necesidad de alcanzar un enfoque político adecuado y equilibrado; anima a la Comisión a plasmar cuanto antes la estrategia en acciones legislativas y no legislativas concretas, acompañadas por los mecanismos adecuados de apoyo económico para la transición;

Sobre la necesidad de actuar

2.  Recuerda que las evaluaciones de impacto constituyen una parte integrante del proceso de formulación de normas de la Unión; acoge con satisfacción el anuncio de la Comisión de que tiene la intención de llevar a cabo evaluaciones de impacto detalladas, incluidas consultas públicas, en consonancia con las directrices para la mejora de la legislación, para cualquier iniciativa legislativa en el marco de la Estrategia «de la Granja a la Mesa», también las relativas a objetivos cuantitativos efectivos(55); hace hincapié en que estas evaluaciones de impacto científicas ex ante deben incluir sólidas evaluaciones ambientales, deben cubrir las tres dimensiones de la sostenibilidad (medioambiental, económica y social, incluida la salud) en un enfoque holístico y sistémico y tener en cuenta los efectos acumulativos, además de incluir el coste de la inacción en cuanto a consecuencias inmediatas y a largo plazo para la salud humana, el medio ambiente, la biodiversidad y la sostenibilidad general, así como tomar en consideración el relevo generacional, posibles compromisos entre los objetivos políticos, la disponibilidad de medios para alcanzar los objetivos y los distintos modelos agrícolas en los Estados miembros de la Unión; indica la importancia de describir los métodos de cálculo, las bases y los períodos de referencia de cada objetivo individual, y destaca la necesidad de cooperación, consulta y colaboración con los Estados miembros; reconoce que la primera revisión intermedia de la Estrategia «de la Granja a la Mesa» está prevista para mediados de 2023; destaca la necesidad de que esta evaluación intermedia reflexione en profundidad sobre el impacto acumulativo de todas las acciones de manera holística y sistémica, y cubrir todos los aspectos de la sostenibilidad, ya sea ambiental, económica o social, incluida la salud;

3.  Acoge con satisfacción el anuncio de una propuesta de marco legislativo basada en datos contrastados para sistemas alimentarios sostenibles sobre la base de datos transparentes y que tenga en cuenta los últimos conocimientos científicos; pide a la Comisión que utilice esta propuesta para establecer una política alimentaria común holística, con visión de futuro, equilibrada, integrada y sostenible desde el punto de vista ambiental, social y económico, en la que todos los agentes contribuyan con miras a reducir la huella medioambiental y climática del sistema alimentario de la Unión, así como a atenuar los impactos negativos en la biodiversidad y en la salud y el bienestar humanos y animales del sistema, a fin de convertir a Europa en el primer continente climáticamente neutro y con una contaminación casi cero de aquí a 2050, y reforzar su resiliencia para garantizar la seguridad alimentaria a medio y largo plazo frente al cambio climático, la degradación del medio ambiente y la pérdida de biodiversidad; destaca la necesidad de garantizar la sostenibilidad económica y social a lo largo de toda la cadena alimentaria, pues las buenas perspectivas socioeconómicas y la competitividad de los distintos sectores interesados ayudarán a realizar los objetivos de la estrategia; anima a la Unión a liderar una transición mundial hacia la sostenibilidad de la granja a la mesa, sobre la base del principio de un sector agrícola multifuncional sostenible desde el punto de vista ambiental, social (incluida la salud) y económico, de los principios de agroecología de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y el derecho de las Naciones Unidas a la alimentación, garantizando al mismo tiempo una mayor homogeneidad y coherencia de las políticas que permita a todos los agentes del sistema alimentario europeo llevar a cabo una planificación a largo plazo basada en objetivos SMART realistas y transparentes; subraya la necesidad de un cambio legislativo y de las políticas urgente y audaz ante las abrumadoras pruebas científicas de la necesidad de mejorar la sostenibilidad del sistema alimentario actual y los mayores costes que se generan por la inacción, y destaca la importancia de la innovación y de las prácticas sostenibles; propone que se tengan en cuenta las respectivas bases de referencia en cada Estado miembro y los progresos realizados, así como sus condiciones específicas (regionales), promoviendo al mismo tiempo el intercambio de conocimientos técnicos y mejores prácticas entre Estados miembros; subraya la necesidad de abarcar las cadenas alimentarias y de bebidas en su totalidad, incluidas la producción, la transformación, la comercialización, el almacenamiento, el transporte, la distribución, la hostelería, la venta al por menor, la eliminación y el reciclaje de materias primas secundarias; pide que esta propuesta legislativa tenga plenamente en cuenta el bienestar de los animales de granja, dado que forma parte integral de la sostenibilidad alimentaria;

4.  Apoya el desarrollo de planes estratégicos de política alimentaria(56), que sirvan para facilitar, estimular y ampliar políticas alimentarias nacionales, regionales y locales, nuevas y existentes, considerando también la compleja cuestión de la pobreza alimentaria en Europa; hace hincapié en la importancia de consolidar estos planes mediante la intervención de la ciencia y la investigación independientes e imparciales y la implicación de las partes interesadas desde una amplia variedad de perspectivas para garantizar un proceso legítimo e inclusivo; subraya que se requiere un nuevo enfoque transversal respecto a la gobernanza para garantizar la coherencia entre las políticas alimentaria y agrícola de la Unión y las que influyen en ellas, como las políticas comercial, energética, de competencia y climática, al objeto de reforzar las sinergias y evitar y gestionar las soluciones de compromiso; aboga, por lo tanto, por un diálogo estructurado entre el Parlamento Europeo, los Estados miembros y todos los agentes del sistema alimentario a fin de aprovechar todas las oportunidades que ofrece esta estrategia y para debatir las brechas, las oportunidades y los retos en el desarrollo y la ejecución de una política alimentaria global común de la Unión; invita a la Comisión a promover un diálogo social sobre una interpretación común de la sostenibilidad y de sus distintos componentes en el camino hacia su propuesta de un marco legislativo para un sistema alimentario sostenible, que en última instancia tendrá que basarse en un enfoque coherente respecto a todos los aspectos de la sostenibilidad;

5.  Acoge favorablemente la propuesta de la Comisión de desarrollar un plan de contingencia para garantizar el suministro de alimentos y la seguridad alimentaria, con el fin de coordinar una respuesta europea común a las crisis que afectan a los sistemas alimentarios; insiste en que es necesario un enfoque de prevención para evitar movimientos provocados por el pánico y reacciones exageradas por parte de personas, empresas o Estados miembros; considera que proporcionará una respuesta adecuada a las crecientes expectativas respecto a la seguridad alimentaria que deben abordarse a escala europea; insta a la Comisión a que considere las cuestiones relativas a las reservas estratégicas de alimentos del modo en que aborda las reservas estratégicas de petróleo en toda la Unión;

6.  Subraya la necesidad de adoptar acciones para promover una agricultura sostenible, reducir el uso y los riesgos asociados a los plaguicidas, proteger y restaurar los ecosistemas del suelo, y aumentar las características paisajísticas de las tierras de cultivo que contribuyen a la recuperación de especies y hábitats protegidos por las directivas sobre protección de la naturaleza, incluidos los polinizadores y sus hábitats; recuerda que la productividad y la resiliencia agrícolas dependen de la gestión sostenible de los recursos naturales para garantizar la sostenibilidad a largo plazo de nuestros sistemas alimentarios;

7.  Subraya que los consumidores, los agricultores y las empresas europeos están interesados en una transición satisfactoria hacia un sistema alimentario más sostenible; destaca que la mejora de la información a las partes interesadas y de las políticas agrícolas pueden respaldar esta transición; resalta que la transición ecológica en la producción de alimentos y la aportación a la mitigación del cambio climático que se deriva de esta podrían ser una situación beneficiosa para todos, los productores primarios, el medio ambiente y la sociedad en su conjunto, al proporcionar alimentos sostenibles, seguros, suficientes, asequibles, sanos y nutritivos, y que puede lograrse con un enfoque equilibrado que busque sinergias entre las prácticas sostenibles y las oportunidades económicas; reitera que, para garantizar una contribución proporcionada del sector, la agricultura debe guiarse por objetivos e incentivos y ser parte de la ambición de la Unión por avanzar hacia la reducción a cero de las emisiones netas a más tardar a mediados de siglo, abordando al mismo tiempo las emisiones vinculadas a la producción y el consumo de alimentos en Europa pero que se generan fuera del continente; subraya que la participación de los agricultores en la acción por el clima y su apoyo resultan cruciales para lograr los objetivos globales de mitigación y los ODS sin poner en peligro la seguridad alimentaria y nutricional mundial, y sin dejar a nadie atrás;

8.  Hace hincapié en la necesidad de garantizar la coherencia entre la Estrategia «de la Granja a la Mesa» y los objetivos del Pacto Verde Europeo, también en materia de clima, biodiversidad, contaminación cero y salud; subraya que mantener y mejorar la biodiversidad es crucial para salvaguardar la seguridad alimentaria de la Unión y mundial, y que debe garantizarse la coherencia con la Estrategia de la UE sobre Biodiversidad, incluida la contribución de las zonas marinas protegidas y de la red Natura 2000 al refuerzo de la producción de alimentos saludables, además de la coherencia en relación con la política agrícola común (PAC), la política pesquera común (PPC), las políticas comerciales de la Unión y la Estrategia de Bioeconomía de la UE; pone de relieve que los ODS ofrecen un marco pertinente para integrar de manera coherente y sistemática los objetivos ambientales, sociales y económicos, y que permiten formular políticas transversales que reflejen mejor la interrelación entre los objetivos de cada política; recuerda que la dimensión social debe integrarse plenamente en todas las iniciativas futuras de la Estrategia «de la Granja a la Mesa», junto con las dimensiones económica y medioambiental, con el fin de lograr la coherencia entre las distintas políticas tan necesaria para el desarrollo sostenible; insiste en que la mejora de las condiciones de trabajo, con arreglo a los ocho convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la negociación colectiva y la protección social deben incluirse como criterios de sostenibilidad;

Crear una cadena alimentaria que funcione para los ciudadanos, los trabajadores, los productores, los distribuidores y el medio ambiente

9.  Acoge con satisfacción la decisión de revisar la Directiva relativa al uso sostenible de los plaguicidas y los objetivos de reducción de plaguicidas, pérdidas de nutrientes de fuentes orgánicas y minerales y ventas de antibióticos, y está convencido de que estos objetivos son alcanzables pero que su viabilidad depende de la disponibilidad de alternativas más seguras, eficaces y eficientes; destaca la importancia de una mayor educación y comunicación holísticas, también a través de servicios de asesoramiento para lograr esta transformación; subraya la necesidad de que estos objetivos de reducción sean vinculantes y la importancia de perseguirlos a través de enfoques holísticos, preventivos y circulares, tales como las prácticas de agricultura ecológica y agroecología, aplicando agricultura de precisión y prácticas de gestión integrada de cultivos y plagas cuando proceda, y el uso de alternativas sostenibles, con una perspectiva de ciclo de vida; hace hincapié en la necesidad de establecer procedimientos acelerados de evaluación, autorización y registro de plaguicidas no químicos de bajo riesgo, garantizando al mismo tiempo que su evaluación aplique el mismo nivel de rigor que el de otras sustancias; insiste en que cada Estado miembro, con arreglo a sus características climáticas y de producción agrícola, debería establecer unos objetivos cuantitativos de reducción sólidos, efectivos y con un calendario claro en sus revisiones de los planes estratégicos de la PAC y otros instrumentos políticos pertinentes, con el fin de reducir a cero las emisiones agrícolas al suelo, a las aguas subterráneas y superficiales, y al aire de conformidad con la ambición de ausencia de contaminación del Pacto Verde Europeo, acompañados de medidas de apoyo bien definidas, específicas de cada cultivo, que garanticen la rendición de cuentas y la aplicabilidad en todos los niveles, y utilizando datos independientes y completos para contribuir a alcanzar estos objetivos así como el apoyo y la formación para la ejecución en las explotaciones agrarias y la ulterior investigación y desarrollo de soluciones agrícolas innovadoras y sostenibles; invita a la Comisión a apoyar a los Estados miembros en la mejora de sus sistemas de supervisión, seguimiento y aplicación adecuada de las normas sobre el uso de plaguicidas, y a reforzar la comunicación con los usuarios finales y la sensibilización de estos; reitera su petición de que los objetivos y metas mencionados se traduzcan en legislación, también por medio de la revisión de la Directiva sobre el uso sostenible de los plaguicidas, y pide a la Comisión que aclare cómo tratará las contribuciones de los distintos Estados miembros a los objetivos vinculantes a escala de la Unión al tiempo que garantiza la igualdad de condiciones, y que precise las bases de referencia para estos objetivos, tomando en consideración los distintos puntos de partida, los esfuerzos emprendidos y las características de cada Estado miembro, determinando claramente las numerosas alternativas no sintéticas y de otro tipo que ya se conocen en la actualidad, su disponibilidad y su repercusión en la viabilidad del sector, en los ingresos de los agricultores y en la seguridad alimentaria, e invita a la Comisión a elaborar un plan para minimizar los insumos sintéticos en la agricultura; invita a la Comisión a apoyar a los Estados miembros en la tarea de prestar especial atención a las condiciones específicas aplicables al uso de plaguicidas en zonas de protección de aguas subterráneas, a través de una mejor comunicación, supervisión e inspecciones;

10.  Destaca el papel fundamental de la gestión integrada de plagas (GIP) en la reducción de la dependencia de los plaguicidas, e insta a los Estados miembros a que garanticen que su aplicación es objeto de un seguimiento y una evaluación sistemáticos; insta a los Estados miembros a que conviertan los principios generales de la GIP en criterios prácticos y medibles y a que comprueben estos criterios en las explotaciones; pide además a la Comisión que vele por que los Estados miembros apliquen efectivamente estos principios a través de sus planes estratégicos de la PAC; les insta a que incluyan medidas y prácticas, bien definidas y adaptadas, para cada cultivo, como las bandas florales, como base de referencia para revertir el uso de plaguicidas y la resistencia de las plagas; pide a los minoristas de la cadena alimentaria que cooperen de manera proactiva con los agricultores en la aplicación y ampliación de todas las prácticas y métodos de GIP disponibles para cada cultivo en su cadena de suministro y que informen sobre su propia contribución a las metas y los objetivos de reducción como parte de sus informes medioambientales, sociales y de gobernanza;

11.  Considera que, a pesar de que la Unión posee uno de los sistemas más estrictos del mundo, tanto el Reglamento sobre la aprobación de los plaguicidas en sí como su aplicación deben mejorar; recuerda su Resolución sobre el procedimiento de autorización de la Unión para los plaguicidas(57) y espera que la Comisión y los Estados miembros aborden sin demora todas sus peticiones; subraya que el marco regulador debe fomentar la innovación y la investigación con el fin de desarrollar productos fitosanitarios y alternativas mejores y más seguros; señala que, además de revisar la Directiva sobre el uso sostenible de los plaguicidas para reducir su uso y los riesgos asociados a los mismos, la Comisión, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) y la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) deben mejorar la evaluación del riesgo medioambiental de los productos fitosanitarios, también teniendo en cuenta los efectos de los plaguicidas en la calidad del agua del suelo y las fuentes de agua potable, incluidos los efectos acumulativos y sinérgicos; insta a la Comisión a que, con el fin de evaluar adecuadamente los avances realizados hacia la consecución de los objetivos de la política, mejore los indicadores de riesgo armonizados que se fijan en la Directiva (UE) 2019/782 de la Comisión(58) a fin de incluir también la toxicidad, la persistencia y la bioacumulación, y tener en cuenta las zonas agrícolas o los volúmenes de sustancias activas y la forma en que se utilizan los productos fitosanitarios a fin de reducir realmente el uso de plaguicidas sintéticos y metales pesados en la agricultura convencional y ecológica, y que adopte criterios científicos claros sobre lo que constituyen efectos inaceptables para el medio ambiente, tomando en consideración la exposición en la vida real (aguda y crónica) a múltiples productos fitosanitarios, incluidos los efectos acumulativos y sinérgicos; insiste en que los usos profilácticos de los plaguicidas, entre ellos el tratamiento de semillas con plaguicidas sistémicos, deben restringirse en la medida de lo posible cuando supongan un peligro para la salud humana o el medio ambiente; pide a la Comisión que presente su propuesta legislativa sobre los datos relativos a los plaguicidas a más tardar a mediados de 2022;

12.  Pide a la Comisión que garantice que las disposiciones del Reglamento (CE) n.º 1107/2009 se aplican correctamente y, de este modo, se garantiza, entre otros, un nivel mínimo de notificaciones sobre las autorizaciones de emergencia de plaguicidas, incluido el requisito de que los Estados miembros faciliten unas explicaciones completas y detalladas, y que hagan públicas dichas notificaciones; acoge con satisfacción el papel de la EFSA en el estudio de estas excepciones;

13.  Pide que se tengan plenamente en cuenta los efectos acumulativos y sinérgicos de los plaguicidas al fijar los LMR, y que se tomen mejor en consideración los riesgos para la salud animal y el medio ambiente a la hora de evaluar las solicitudes de nuevos LMR de conformidad con el artículo 14 del Reglamento al respecto; solicita que los datos recabados mediante la biovigilancia posterior a la comercialización se empleen para verificar la precisión de los niveles de exposición a pesticidas previstos para determinar los LMR así como los niveles de exposición aceptables para los trabajadores agrícolas, los residentes, los circunstantes, los consumidores y los animales del campo; subraya la necesidad de seguir prestando gran atención a la protección de la salud y la seguridad de los usuarios en futuras iniciativas legislativas de la Unión relacionadas con el uso de plaguicidas; recuerda la importancia de garantizar que todos los usuarios reciban equipos de protección, así como información y formación exhaustivas sobre el uso de plaguicidas y los peligros asociados a estos; subraya la necesidad de garantizar que cada trabajador agrícola pueda acceder a documentación oficial que informe del tipo de plaguicida utilizado durante su actividad laboral; subraya que, para lograr estos objetivos, es crucial revisar ulteriormente la Directiva 2004/37/CE sobre sustancias cancerígenas o mutágenas en el trabajo(59), la Directiva 2009/128/CE sobre un uso sostenible de los plaguicidas y la Directiva 98/24/CE relativa a la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo(60);

14.  Acoge favorablemente el compromiso de la Comisión de actuar para reducir las pérdidas de nutrientes al menos en un 50 %, garantizando al mismo tiempo que no se produzca un deterioro de la fertilidad del suelo; se muestra convencido de que la mejor manera de lograrlo es cerrar los ciclos de nutrientes, recuperar y reutilizar nutrientes y animar a los agricultores a plantar leguminosas y recompensarlos por ello; insiste en que a tal fin son necesarias iniciativas legislativas jurídicamente vinculantes y medidas destinadas a permitir a los agricultores mejorar la gestión de los nutrientes; hace hincapié en la importancia de perseguir estos objetivos mediante enfoques holísticos y circulares respecto a la gestión de los nutrientes, como las prácticas agroecológicas y la agricultura inteligente, que pueden proporcionar beneficios conjuntos para la calidad del suelo y la biodiversidad y ayudar a los agricultores a poner fin a su dependencia de los fertilizantes minerales y a reducir los flujos de fósforo y de nitrógeno; señala que la reducción de la fertilización ineficiente y la eliminación gradual de la fertilización excesiva deben tener en cuenta el impacto climático y ambiental de los distintos fertilizantes, incluida la presencia de metales pesados; insta a los Estados miembros a que, en sus planes estratégicos, presenten medidas que fomenten la gestión eficiente y la circularidad de los nutrientes, a que apoyen firmemente la educación de los asesores agrícolas y los agricultores, y a que se sirvan de la reforma de la PAC como una oportunidad para frenar las emisiones de amoníaco (NH3) procedentes del sector agrícola; destaca que la mejora de la gestión de nutrientes presenta beneficios tanto económicos como medioambientales; resalta la importancia de la aplicación de tecnologías y soluciones modernas e innovadoras, como la agricultura de precisión, la fertilización específica adaptada a las necesidades de las plantas, y los servicios de asesoramiento sobre nutrición de las plantas y el apoyo a la gestión, así como la necesidad de instalar banda ancha en las zonas rurales a tal fin; cree que debe prestarse apoyo a los modelos de negocio agrícola sostenibles para contribuir a la recuperación de nutrientes y al reciclaje y la reutilización de flujos de residuos sin contaminantes;

15.  Hace hincapié en que, para lograr los objetivos de reducción del uso de plaguicidas químicos y los riesgos asociados a este y de reducción de pérdidas de nutrientes, deben ofrecerse alternativas más seguras para garantizar la disponibilidad de un conjunto de soluciones fitosanitarias que funcionen; destaca, no obstante, la importancia de la educación para garantizar la correcta aplicación de medidas preventivas; aboga por aumentar la investigación y el desarrollo en productos fitosanitarios, fertilizantes y variedades más resistentes que requieran menos insumos a fin de garantizar rendimientos estables y herramientas digitales, además de incentivos para métodos y tecnologías de aplicación como la agricultura de precisión; pide a la Comisión que acelere y simplifique la adopción de nuevas soluciones fitosanitarias, incluidos los productos fitosanitarios de menor impacto, como las sustancias de bajo riesgo o las soluciones biológicas, y que introduzca una definición y una categoría independiente para las sustancias naturales en las legislaciones horizontales, y que emprenda iniciativas destinadas a encontrar procedimientos de evaluación alternativos para estas sustancias de bajo riesgo, básicas y naturales; destaca nuevamente que un menor uso de plaguicidas debe ir acompañado de una mayor disponibilidad en el mercado de alternativas sostenibles con una eficacia equivalente en la protección fitosanitaria respecto a los plaguicidas químicos a fin de evitar la proliferación de plagas vegetales; pide asimismo medidas que faciliten la incorporación de metodologías de nuevo enfoque (MNE) en las evaluaciones del riesgo de los alimentos y piensos químicos, reduciendo la necesidad de ensayos con animales y contribuyendo en última instancia a la eliminación gradual y completa de los ensayos con animales;

16.  Reitera la importancia crucial de proteger a las abejas y otros polinizadores contra los efectos nocivos de los plaguicidas y las enfermedades; recuerda su objeción de 23 de octubre de 2019(61) y reitera su llamamiento a la Comisión para que vele por que la revisión del Documento de orientación sobre las abejas y los futuros actos de ejecución no conduzcan a un nivel de protección de las abejas inferior al determinado por la EFSA en su documento de orientación de 2013, y se base en los últimos conocimientos científicos y técnicos; propone, por tanto, que se modifiquen los principios uniformes, no solo en lo que atañe a la toxicidad aguda para las abejas melíferas, sino al menos también en lo que se refiere a la toxicidad crónica y la toxicidad para las larvas de dichas abejas, y a la toxicidad aguda para los abejorros; señala que la EFSA está diseñando su propio sistema de modelización, ApisRAM, que parece estar más en consonancia con la biología de las abejas melíferas que BeeHAVE y menos abierto a conflictos de intereses; insta a la Comisión a que reevalúe con urgencia las sustancias que tienen el mismo modo de actuación que los neonicotinoides;

17.  Reitera su petición de incluir un indicador de polinizadores(62) y un objetivo de restauración; pide a la Comisión y a los Estados miembros que garanticen un nuevo marco de monitorización de los polinizadores en el nivel de la Unión con la instauración de programas sólidos a escala de los Estados miembros, hitos intermedios, objetivos, indicadores y metas claros con plazos preestablecidos; subraya que las actividades de monitorización deben integrarse en el nuevo marco de control y evaluación de la PAC;

18.  Pide a los Estados miembros que lleven a cabo un seguimiento sobre el terreno sistemático y normalizado de la biodiversidad en el suelo agrícola, que incluya a los polinizadores, en el que participen profesionales, agricultores y científicos ciudadanos, y que utilicen los datos para ayudar a evaluar las políticas de la Unión y su aplicación;

19.  Recuerda la importancia del enfoque de «Una sola salud»; hace hincapié en que la resistencia a los antimicrobianos es una amenaza creciente para la salud transnacional y transfronteriza respecto a la que la acción coordinada de la Unión puede marcar la diferencia; reconoce los importantes esfuerzos dedicados a reducir el uso de antimicrobianos en animales, que contribuyen al esfuerzo global por reducir la resistencia a los antibióticos; destaca, no obstante, la necesidad de seguir reduciendo el uso de antibióticos, también en la producción de alimentos; celebra el plan de la Comisión de reducir las ventas globales de antimicrobianos para animales de granja y en la acuicultura en un 50 % a más tardar en 2030; destaca que los progresos ya realizados en los Estados miembros deben tenerse en cuenta; señala que, para alcanzar esta meta, son necesarios objetivos intermedios y acciones y medidas claras, incluida la imposición de sanciones tal como se prevé en la legislación de la Unión; recuerda asimismo que, para la consecución de este objetivo, es clave mejorar las prácticas ganaderas, ya que un mejor bienestar animal refuerza la salud de los animales y reduce así la necesidad de medicación; estima que la correcta aplicación del Reglamento sobre medicamentos veterinarios(63) y del Reglamento (UE) 2019/4 sobre piensos medicamentosos(64) reducirá ulteriormente el uso de antibióticos, y pide a la Comisión que examine su aplicación y su cumplimiento por parte de los Estados miembros; subraya que los antimicrobianos, excepto los antibióticos de reserva humanos, deben seguir estando disponibles para su uso esencial a fin de garantizar que se protege la salud y el bienestar de los animales en todo momento;

20.  Acoge con satisfacción el énfasis puesto en la necesidad de seguir reduciendo las ventas totales en la Unión de antibióticos para animales de granja y la acuicultura, y destaca que las iniciativas de la Unión en este ámbito se han adoptado y deben seguir adoptándose con el enfoque de «Una sola salud» que reconoce la interdependencia entre la salud y el bienestar de los seres humanos, los animales y el planeta; pide a la Comisión y a los Estados miembros que se centren en medidas adicionales para habilitar e incentivar soluciones sostenibles e innovadoras, especialmente en lo que atañe a las herramientas de prevención y los tratamientos alternativos; defiende un esfuerzo por garantizar normas equivalentes a las fijadas en virtud del Reglamento sobre medicamentos veterinarios para los productos de origen animal importados a la Unión; señala la necesidad, en el marco de la revisión del Reglamento sobre los aditivos en la alimentación animal(65), de abordar las sustancias actualmente no clasificadas como antibióticos pero que tienen propiedades antibióticas de conformidad con el artículo 4, apartado 14, del Reglamento sobre medicamentos veterinarios, que pueden utilizarse en la ganadería y la acuicultura para uso preventivo; llama la atención sobre el hecho de que los trabajadores en la cadena alimentaria corren el riesgo de contraer patógenos resistentes a los antimicrobianos, por ejemplo, al utilizar la técnica de abonado de cobertura al administrar medicamentos veterinarios; destaca la necesidad de adoptar medidas adecuadas para reducir este grave riesgo para la salud en el lugar de trabajo;

21.  Recuerda que la agricultura y la silvicultura desempeñan un papel importante a la hora de abordar la adaptación al cambio climático y su mitigación; hace hincapié en la importancia de reconocer y monitorizar el impacto de la agricultura y de la producción animal en las emisiones de gases de efecto invernadero y en el uso del suelo; subraya la necesidad de reducir estas emisiones para contribuir al compromiso de la Unión con el Acuerdo de París; destaca la necesidad y el potencial de mantener, restaurar y mejorar los sumideros naturales de carbono y reducir las emisiones agrícolas de dióxido de carbono, metano y óxido nitroso, en particular en los sectores de la alimentación animal y la ganadería, así como en el sector de los fertilizantes orgánicos y minerales, sin comprometer en mayor medida el bienestar animal y garantizando que no se deteriora la fertilidad del suelo; reconoce que los animales sanos requieren menos recursos naturales y que las prácticas ganaderas sostenibles pueden reducir las emisiones de gases de efecto invernadero; pide normativas y objetivos adecuados y adaptados en relación con las emisiones derivadas de la agricultura y el uso respectivo del suelo como parte del paquete «Objetivo 55» a fin de garantizar una reducción ambiciosa de todas las emisiones de gases de efecto invernadero en estos sectores, por ejemplo, abordando la densidad del ganado en la Unión y las emisiones inherentes al uso del suelo derivadas de piensos y alimentos importados; pide que se establezca una combinación coherente de políticas que permita la transición hacia prácticas más sostenibles como una producción ganadera extensiva de pastoreo en el marco de un sistema agrícola mixto, que respete la capacidad de carga del medio ambiente local y favorezca la biodiversidad;

22.  Toma nota de los prometedores avances en el ámbito de los aditivos para piensos que contribuyen a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y los contaminantes del agua y del aire procedentes de las actividades ganaderas; acoge con satisfacción, a este respecto, los planes de la Comisión de facilitar la comercialización de aditivos para piensos sostenibles e innovadores y solicita que los programas de investigación oportunos apoyen su ulterior desarrollo;

23.  Señala que la ganadería extensiva permanente basada en pastos, el silvopastoreo o la ganadería extensiva ecológica, que a menudo incluye pastos de alto valor medioambiental, es uno de los rasgos característicos del sistema alimentario europeo y que sus programas de calidad son un elemento definitorio de muchas comunidades rurales tradicionales, lo que les permite hacer un uso productivo del suelo que, de otro modo, quedaría abandonado; subraya que esta forma de producción agrícola de base terrestre y de baja densidad puede tener múltiples efectos positivos para el medio ambiente y para la conservación de los paisajes culturales, contribuye a proteger las zonas rurales frente a la despoblación y el abandono, ayuda a mitigar el cambio climático y contribuye a la economía circular y a la restauración de la biodiversidad, por lo que debe apoyarse y fomentarse; hace hincapié en que debe brindarse apoyo a las explotaciones que efectúan la transición hacia formas de producción más sostenibles y abandonan prácticas agrícolas como la ganadería de alta densidad y los monocultivos; pide a la Comisión que vele por que sus políticas y programas de financiación apoyen el paisaje cultural europeo tradicional, por ejemplo, los viñedos en pendiente y en terrazas, y la producción permanente extensiva basada en pastos en apoyo de la biodiversidad; observa que los informes de los Estados miembros con arreglo al artículo 17 de la Directiva sobre hábitats(66) ponen de relieve que el estado de conservación de muchos pastizales seminaturales es desfavorable, inadecuado o malo, y que los polinizadores que dependen de ellos están amenazados, poniendo así en peligro los servicios de polinización;

24.  Aboga por una mayor armonización del marco jurídico para la ganadería en la Unión, utilizando indicadores de bienestar animal comunes y con base científica, y acoge con satisfacción el compromiso de la Comisión de evaluar y revisar, cuando proceda, el corpus legislativo vigente en materia de bienestar animal; subraya la importancia de tener en cuenta los últimos avances científicos en bienestar animal y de dar respuesta a las demandas públicas, políticas y del mercado de normas más estrictas en materia de bienestar animal; pide a la Comisión que presente una propuesta legislativa con el objetivo de eliminar progresivamente el uso de jaulas en la ganadería de la Unión, y que valore la posibilidad de haberlas eliminado en 2027; destaca la necesidad de que esta eliminación gradual se fundamente en una evaluación de impacto con base científica y que se garantice un período de transición adecuado; pide a la Comisión que adopte un enfoque por especies que tenga en cuenta y evalúe las características de cada animal, que debe disponer de sistemas de cría adaptados a sus necesidades específicas, protegiendo al mismo tiempo la salud animal y humana, garantizando la protección de los trabajadores, previendo un apoyo suficiente y un período de transición con el fin de mantener la competitividad de agricultores y criadores;

25.  Recuerda la importancia de contar con un sistema de bienestar animal de alta calidad, también durante el transporte y el sacrificio; hace hincapié en que un nivel elevado de bienestar animal es parte integrante del desarrollo sostenible y resulta esencial para una calidad alimentaria superior que proporcione una nutrición más saludable, lo que cumple las exigencias de los consumidores y contribuye al proceso de conservación de la biodiversidad; hace hincapié en que se necesita un enfoque coherente y armonizado que considere como un todo la salud humana, el medio ambiente, la biodiversidad, la salud y el bienestar animales y el clima a la hora de calificar el sistema alimentario de sostenible;

26.  Considera que es importante iniciar procedimientos de infracción contra los Estados miembros que sistemáticamente incumplen la aplicación y el cumplimiento de la legislación vigente en materia de bienestar animal y, cuando proceda, colmar las lagunas jurídicas y fijar normas más estrictas en la legislación para el bienestar de los animales; destaca que es fundamental que la Unión tenga en cuenta el cumplimiento de las normas en materia de bienestar animal por parte de terceros países, en especial en lo relativo a productos importados;

27.  Hace hincapié en que los animales deben sufrir la menor angustia posible cuando se transportan y sacrifican y, por tanto, acoge con satisfacción la revisión de la legislación vigente sobre bienestar animal en lo que atañe al transporte y sacrificio de animales; pide a la Comisión y a los Estados miembros que faciliten soluciones de sacrificio de proximidad, incluido el sacrificio móvil, con unidades más pequeñas y mejor formación del personal sobre cómo evitar el sufrimiento animal; pide a la Comisión que fomente alternativas al transporte de animales vivos cuando sea posible;

28.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que apliquen y hagan cumplir la legislación pertinente de la Unión, en especial el Reglamento (CE) n.º 1/2005 del Consejo relativo a la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas(67); lamenta el actual incumplimiento de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que establece que la protección del bienestar animal no termina en las fronteras exteriores de la Unión y que los transportistas de animales que salen de la Unión deben cumplir también las normas europeas de bienestar animal cuando salen de la UE, al tiempo que señala las dificultades de aplicación debidas a la falta de jurisdicción en el territorio que no pertenece a la Unión;

29.  Recuerda que, según la IPBES, el 70 % de las pandemias y enfermedades emergentes tienen un origen animal; expresa su profunda preocupación por la aparición cada vez más frecuente de zoonosis transferidas de los animales a los seres humanos (antropozoonosis), como la fiebre Q, la gripe aviar y la nueva cepa de gripe A (H1N1), que se ve agravada por el cambio climático, la degradación del medio ambiente, el cambio en el uso de la tierra, la deforestación, la destrucción de la biodiversidad y de los hábitats naturales y la presión sobre estos, el tráfico ilegal de animales salvajes y nuestros actuales sistemas de producción y consumo de alimentos; subraya que los sistemas de producción animal que implican el confinamiento de animales con genotipos similares en condiciones de estrecha proximidad pueden aumentar su vulnerabilidad a contraer enfermedades infecciosas, creando las condiciones para la aparición y propagación de zoonosis(68); pide a la Comisión y a los Estados miembros que aceleren el abandono de estas prácticas agrícolas y del uso insostenible de la fauna silvestre, incluido el tráfico ilegal, y avancen hacia una mejor gestión de la prevención veterinaria y la promoción de normas estrictas en materia de salud y bienestar de los animales, también con los socios comerciales de la Unión, a fin de prevenir la propagación de zoonosis y de especies invasoras y de fomentar las elevadas normas de bioseguridad de la Unión como las mejores prácticas a escala mundial; reconoce que la prevención y la preparación ante las enfermedades, es decir, la disponibilidad de métodos de diagnóstico, prevención y tratamiento, es clave para contener las amenazas emergentes para la salud humana y animal;

30.  Celebra que la Comisión reconozca la agricultura ecológica como un factor importante en el camino de la Unión hacia un sistema alimentario más sostenible, así como la ambición de aumentar las tierras agrícolas de la Unión dedicadas a la agricultura ecológica de aquí a 2030; subraya que la mayoría de los Estados miembros ya hayan adoptado objetivos para incrementar la superficie agrícola dedicada a la producción ecológica; aguarda con interés el análisis del sector ecológico en la evaluación global de la estrategia y destaca la importancia de un plan de acción europeo para la agricultura ecológica a fin de aumentar su aceptación; destaca que el desarrollo y el crecimiento del sector de la agricultura ecológica deben ir de la mano del desarrollo del mercado y la cadena de suministro, así como de medidas que favorezcan la demanda de alimentos ecológicos y garanticen la confianza de los consumidores, además de contratación pública, incentivos fiscales y una amplia variedad de medidas de promoción, la investigación, la innovación, la formación y la transferencia de conocimientos científicos, contribuyendo con todo ello tanto a la estabilidad del mercado de productos ecológicos como a la remuneración justa de los agricultores;

31.  Acoge con satisfacción la idea de mejorar, incentivar y recompensar la captura natural de carbono en los suelos, que ya se ha conseguido en algunas explotaciones agrícolas, lo que proporciona una remuneración adicional a los agricultores por desarrollar y mantener buenas prácticas agrícolas para la captura de carbono, lo que debería conducir a una mejora de los sumideros de carbono en toda la Unión; subraya que las políticas agrícolas y alimentarias deben facilitar la transición hacia una agricultura sostenible recompensando a los agricultores por los beneficios ambientales y climáticos que aportan; destaca la importancia de las soluciones basadas en la naturaleza, como rotaciones extensas de cultivos, cultivos intercalados, permacultura, agrosilvicultura, silvicultura, agroecología y restauración de los ecosistemas, y en especial la restauración y el mantenimiento de zonas de turberas para aumentar los sumideros naturales de carbono y su captura; subraya, no obstante, que la agricultura y las prácticas agrícolas con importantes efectos adversos para el clima, la biodiversidad, el suelo, el agua y el bienestar animal no deben recibir financiación para la lucha contra el cambio climático ni ser incentivados o recompensados; pide a la Comisión que estudie un marco para una cuantificación y certificación sólidas del carbono que evite la posibilidad de tergiversación conocida como «blanqueo ecológico»; pide a la Comisión que presente varias opciones para la captura de dióxido de carbono en suelos agrícolas y destaca que los mercados del carbono son parte de una serie más amplia de medidas reguladoras y no reguladoras para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero; hace hincapié en que los regímenes de captura de carbono en suelos agrícolas pueden ser parte de un conjunto de instrumentos para alcanzar los objetivos climáticos; pide que las propuestas se ajusten a los objetivos de bienestar animal y medioambientales y al principio de «no ocasionar daños» del Pacto Verde Europeo; está a favor de incentivar la adopción de prácticas de agricultura regenerativa, mejorando el acceso a las tecnologías, los datos, la formación y la información, y completando los ingresos de los agricultores a través de la captura de carbono y las remuneraciones por los servicios ecosistémicos, aumentando así su resiliencia;

32.  Destaca la importancia de garantizar la seguridad y la diversidad de las semillas y los materiales de multiplicación vegetal con miras a obtener rendimientos estables y variedades vegetales adaptadas a la presión del cambio climático, incluidas variedades tradicionales y adaptadas localmente, así como variedades adecuadas para la producción ecológica y los sistemas agrícolas con pocos insumos, garantizando al mismo tiempo la transparencia y la libertad de decisión de los agricultores y el acceso a recursos genéticos y técnicas innovadoras de selección vegetal a fin de contribuir a la salud de las semillas y proteger los vegetales frente a plagas nocivas y enfermedades, además de ayudar a los agricultores a hacer frente a los riesgos crecientes que provoca el cambio climático, asegurando incentivos para la innovación abierta mediante la variación vegetal;

33.  Llama la atención sobre los posibles efectos negativos de la concentración y la monopolización en el sector de las semillas y pide a la Comisión que, de ser necesario, adopte medidas para contrarrestarlas; hace hincapié, en este contexto, en la importancia de la innovación abierta a través de los derechos de los fitogenetistas, y observa con preocupación los efectos perjudiciales de las patentes de amplio alcance en el sector de las semillas; considera que la producción y el uso no comerciales de variedades de semillas tradicionales y adaptadas localmente por ciudadanos particulares y pequeños productores no deben quedar sujetos a normativas europeas y nacionales desproporcionadas; destaca la importancia de mantener un mercado único fuerte para el sector de las semillas de la Unión;

34.  Aboga por una coordinación reforzada a escala de la Unión con vistas a estimular la conservación y el uso sostenible de la diversidad genética y que se cree una plataforma común de la Unión para el intercambio de información sobre los recursos genéticos conservados;

35.  Acoge con satisfacción el anuncio de la revisión de las normas de comercialización de las variedades tradicionales y adaptadas localmente con el fin de contribuir a su conservación y uso sostenible; destaca la necesidad de medidas encaminadas a facilitar el registro de variedades de semillas, incluso de la agricultura ecológica, y a garantizar un acceso más fácil al mercado para variedades tradicionales y adaptadas localmente;

36.  Toma nota del estudio sobre la situación de las nuevas técnicas genómicas con arreglo al Derecho de la Unión y a la luz de la sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto C-528/16 (SWD(2021)0092), y del anuncio de la Comisión de que tiene previsto iniciar una acción reguladora que incluya una evaluación de impacto y una consulta pública sobre las plantas derivadas de determinadas nuevas técnicas genómicas, con el fin de mantener un elevado nivel de protección de la salud humana y animal y del medio ambiente, aprovechando al mismo tiempo los posibles beneficios de la ciencia y la innovación, en especial para contribuir a la sostenibilidad y a los objetivos de sostenibilidad del Pacto Verde Europeo y de la Estrategia «de la Granja a la Mesa»; destaca el principio de precaución y la necesidad de garantizar la transparencia y la libertad de decisión de agricultores, transformadores y consumidores, y subraya que esta acción debe incluir evaluaciones de riesgos y una visión y un análisis de opciones exhaustivos en cuanto a la trazabilidad y el etiquetado con miras a lograr una supervisión reglamentaria adecuada y ofrecer a los consumidores información pertinente, también sobre productos procedentes de terceros países, para garantizar la igualdad de condiciones de competencia;

37.  Reitera su llamamiento a la Comisión para que presente con carácter urgente una nueva propuesta legislativa sobre la cuestión de la clonación y los «alimentos clonados»; insiste en que esta propuesta deberá incluir la prohibición de la clonación, la comercialización e importación de animales clonados, su material reproductivo y su descendencia, así como la prohibición de comercialización e importación de alimentos procedentes de animales clonados y su descendencia; lamenta profundamente la falta de acción en la regulación de clones y de sus crías, y reitera que no deben practicarse procedimientos de cría o reproducción naturales o artificiales que causen, o puedan causar, sufrimiento o daños a cualquiera de los animales afectados, y que es necesario garantizar que no entren en la cadena alimentaria los alimentos procedentes de animales clonados y de sus crías;

38.  Destaca el importante papel de los agricultores europeos para completar la transición hacia un sistema alimentario sostenible, y hace hincapié en que deben preverse recursos financieros suficientes para lograrlo; hace hincapié en la necesidad de que se utilicen, se fomenten y se apoyen todos los métodos de producción sostenible, incluida la producción ecológica integrada y la agroecología, pues pueden aportar sostenibilidad medioambiental, aumentar la proporción de superficie total cultivada en sistemas respetuosos con el medio ambiente y ofrecer sólidas garantías en materia de calidad, seguridad, cantidad y precio;

39.  Insiste en que los planes estratégicos nacionales, que deben elaborar los Estados miembros y que la Comisión debe aprobar en el marco de la nueva PAC, garanticen un apoyo financiero adecuado a todos los agricultores y silvicultores de la Unión al objeto de reforzar su competitividad y sus ingresos, de modo que tanto ellos como sus familias puedan alcanzar un nivel de vida digno, luchar contra la despoblación rural y mantener unas comunidades rurales dinámicas;

40.  Celebra que la nueva PAC ofrezca incentivos para promover nuevos modelos de negocio innovadores, digitales, ecológicos, regionales y sostenibles para la agricultura y la producción artesanal de alimentos, en particular mediante el fomento de las cadenas de suministro cortas, por ejemplo los productos con indicaciones geográficas protegidas o denominaciones de origen, respetando las normas del mercado, y mediante enfoques que incluyen la logística innovadora de proximidad, tales como los «centros verdes», y la integración de la producción artesanal de alimentos en otros servicios de las zonas rurales como el turismo o la gastronomía; destaca que la comercialización regional de productos agrícolas y las asociaciones desempeñan un papel importante en la promoción de cadenas de suministro sostenibles; reconoce que, cuando no se dispone de producción local, son necesarias las importaciones;

41.  Pide a la Comisión que apruebe únicamente los planes estratégicos nacionales de la PAC si acreditan claramente su contribución a la sostenibilidad, desde una perspectiva económica, ambiental y social, y si están en consonancia con los objetivos del Pacto Verde Europeo, los objetivos pertinentes de toda la Unión y el Acuerdo de París;

42.  Pide que estos planes tengan debidamente en cuenta los retos concretos a que se enfrentan las regiones ultraperiféricas de la Unión en cuanto a la biodiversidad, la producción agrícola y el suministro de alimentos y materias primas; destaca que un apoyo económico adecuado en el marco de la PAC es fundamental para hacer posible que la agricultura de la Unión contribuya a la transición hacia la neutralidad climática y mejorar la conservación de la biodiversidad; señala que unas medidas de apoyo más robustas, incluidos los programas de formación y los servicios de asesoramiento, son clave para que los agricultores puedan desempeñar su papel en la realización de los objetivos de la estrategia; pide que se apliquen «eco-esquemas» reforzados en los planes estratégicos nacionales, en consonancia con la posición del Parlamento, lo que permitiría evitar una duplicación innecesaria de los controles de condicionalidad;

43.  Subraya que un suelo sano es condición previa para garantizar la seguridad de la producción de alimentos, piensos y fibras; pide, por tanto, a la Comisión y a los Estados miembros que eviten que continúe su degradación en el ámbito de la Unión; subraya que el suelo agrícola es un recurso natural básico, cuya adecuada condición es clave para la culminación de la Estrategia «de la Granja a la Mesa»; subraya, en este contexto, la importancia de la nueva estrategia sobre el suelo, y pide a la Comisión que emprenda las acciones pertinentes con arreglo a la misma para generar las soluciones necesarias; reconoce el carácter esencial de la materia orgánica y la biodiversidad del suelo y los bienes y servicios que proporcionan; lamenta que los suelos estén sometidos a una presión cada vez mayor; considera que debe establecerse y mantenerse un sistema de seguimiento sólido en toda la Unión de los organismos del suelo y de la evolución en términos de variedades y de número de organismos en todos los Estados miembros;

44.  Reconoce la importancia de los elementos paisajísticos de alta diversidad, que resultan esenciales para mantener los servicios básicos de los ecosistemas, como la polinización o el control natural de plagas, para la producción agrícola y que aumentan a largo plazo su productividad; acoge con satisfacción el objetivo de la Unión de dedicar al menos el 10 % de la superficie agrícola a este fin; recuerda las conclusiones de la evaluación de impacto, de 20 de octubre de 2011, titulada «Common Agricultural Policy towards 2020» (La política agrícola común en el horizonte de 2020) (SEC(2011)1153), en las que se señalaba que no se generarían impactos significativos en la producción ni en los ingresos de las explotaciones;

45.  Señala que los suelos agrícolas son limitados y, por tanto, deben utilizarse de manera eficiente; destaca la necesidad de incluir en la estrategia modelos agrícolas innovadores con una huella de uso de la tierra reducida, como son la horticultura y la insecticultura;

46.  Subraya que el «cultivo protegido» de frutas y hortalizas en invernaderos modernos es un sistema de producción de alimentos muy sostenible que se utiliza cada vez más y ofrece diversas ventajas; insta a la Comisión a que reconozca la transformación en curso en el sector hortícola europeo, que propicia una producción de alimentos más sostenible y contribuye a la seguridad alimentaria, a la inocuidad de los alimentos, a una mayor eficiencia en el uso de recursos y a una reducción del desperdicio de alimentos en toda la cadena de producción alimentaria; destaca que, además de tener una huella de uso de la tierra reducida, la horticultura moderna contribuye a diferentes objetivos de la estrategia, como, por ejemplo, la menor necesidad de recursos, su uso eficiente y la producción de frutas y verduras en las proximidades del lugar de consumo, favoreciendo así cadenas de suministro más cortas y la seguridad del abastecimiento; pide a la Comisión que estudie la posibilidad de destinar fondos de inversión en investigación e innovación para sistemas de cultivo protegidos en invernaderos modernos que utilicen menos recursos para obtener las mismas cosechas;

47.  Insta a la Comisión a que aliente a los Gobiernos de los Estados miembros para que amplíen o instauren sistemas que permitan a los ciudadanos arrendar y utilizar los terrenos abandonados y sin uso de titularidad pública para la producción de alimentos;

48.  Pone de relieve la importancia del uso de cortinas agroforestales y forestales para reducir la presión sobre los bosques naturales, contribuir a luchar contra el cambio climático y aumentar la productividad, así como de alternativas al uso de fertilizantes en la producción agrícola; anima a la Comisión y a los Estados miembros a que desarrollen herramientas en el marco de sus futuros planes estratégicos nacionales para fomentar la forestación y la reforestación y promover la agrosilvicultura, incluido el silvopastoreo, cuando sea posible; pide a la Comisión que promueva programas de formación especializada en toda la Unión, con el fin de concienciar a los agricultores sobre las ventajas de integrar la vegetación leñosa en la agricultura; destaca que la restauración y la renovación de los sistemas agroforestales existentes y el establecimiento de otros nuevos deben contribuir al objetivo de la Estrategia sobre Biodiversidad de plantar 3 000 millones de árboles, lo que ayuda a cumplir tanto los objetivos de biodiversidad y climáticos como el de diversificación y circularidad;

49.  Señala la importancia de unos criterios sólidos y estrictos para la producción de energía renovable basada en la biomasa, e insta a la Comisión a presentar criterios basados en la ciencia en el marco de la revisión de la Directiva sobre fuentes de energía renovables;

50.  Recuerda que el sistema agroalimentario y pesquero europeo debe ofrecer en todo momento a los ciudadanos un suministro suficiente y variado de alimentos seguros, nutritivos, saludables y asequibles que hayan sido producidos de manera sostenible, y subraya que, en última instancia, el aumento de la sostenibilidad económica, medioambiental y social de la producción de alimentos mejorará su resiliencia a medio y largo plazo, creará nuevas oportunidades económicas y contribuirá al uso de materias primas de origen europeo; señala que el aumento de alimentos producidos de manera local puede contribuir a todos estos objetivos, incluida la seguridad alimentaria; recuerda que, en la Unión, 33 millones de personas(69) no pueden permitirse una comida de calidad cada dos días; hace hincapié en que la accesibilidad y la disponibilidad de alimentos requieren respuestas políticas adecuadas y deben considerarse aspectos fundamentales a la hora de evaluar los incrementos en los costes de producción, incluidos los derivados del cambio de prácticas agrícolas; destaca la necesidad de apoyar el desarrollo de las pymes alimentarias sostenibles en las zonas rurales;

51.  Insta a la Comisión a integrar las cuestiones relativas a la ayuda alimentaria en la Estrategia «de la Granja a la Mesa», ya que muchos europeos padecen la falta de alimentos, especialmente las familias monoparentales y los estudiantes, y las consecuencias sociales y económicas de la pandemia harán que la sufran muchas más personas; reconoce el papel singular de las asociaciones de ayuda alimentaria en toda la Unión, que han de recibir un mejor apoyo debido al creciente número de personas que necesitan ayuda; considera que, para mejorar la resiliencia de nuestro sistema alimentario, se han de aumentar las conexiones entre las políticas alimentarias y las políticas agrarias a todas las escalas, desde la local a la europea;

52.  Acoge con satisfacción que el Pacto Verde Europeo busque garantizar unas condiciones de vida dignas a las personas que trabajan en los sectores de la agricultura y la pesca, así como a sus familias; recuerda que la dimensión social debe integrarse plenamente en todas las iniciativas futuras de la estrategia, junto con las dimensiones económica y medioambiental; señala que la pandemia de COVID-19 ha puesto de relieve las difíciles condiciones de vida y de trabajo, y, por tanto, destaca la importancia de proteger los derechos laborales y sociales individuales y colectivos de los peones y trabajadores agrícolas, incluidos los trabajadores temporeros y móviles de toda la cadena alimentaria de la Unión; solicita condiciones de vida y de trabajo adecuadas para todos los trabajadores del sector, negociación colectiva y protección social;

53.  Anima a la Comisión y a los Estados miembros a considerar los suelos agrícolas, los conocimientos agrarios, la cadena de suministro alimentario y sus trabajadores como un activo estratégico para la seguridad y el bienestar de todos los ciudadanos europeos, y a garantizar que las condiciones de protección laboral y social en toda la cadena agroalimentaria de la Unión, incluido el debido control de las prácticas desleales en esta cadena, sean conformes a las normas nacionales y de la Unión que se apliquen a todos los trabajadores;

54.  Destaca la importancia de los trabajadores estacionales para el buen funcionamiento de la cadena de suministro y pide medidas sólidas para garantizar que estos tengan unas condiciones de vida y de trabajo adecuadas; insta a los minoristas a asumir responsabilidades y cumplir con los criterios de sostenibilidad social, medioambiental y económica en sus prácticas de compra;

55.  Acoge con satisfacción la intención de la Comisión de proponer un plan de emergencia para hacer frente a las crisis alimentarias, haciendo balance de la experiencia adquirida durante la pandemia de COVID-19 e incluyendo medidas armonizadas para garantizar un correcto funcionamiento del mercado interior; considera que el fomento de proyectos alimentarios territoriales que estimulen el desarrollo de cadenas alimentarias cortas en los Estados miembros puede ayudar a la hora de hacer frente a estas crisis;

56.  Comparte la opinión de que la pandemia de COVID-19 ha puesto de manifiesto la importancia de garantizar un sistema alimentario sólido, sostenible y resiliente que funcione en todas las circunstancias y sea capaz de ofrecer a los consumidores europeos alimentos locales en cantidad suficiente y a precios asequibles; destaca, a este respecto, la necesidad de preservar el buen funcionamiento del mercado único y, en particular, la circulación de los alimentos, también en períodos de crisis sanitaria; señala, asimismo, que la pandemia también debe considerarse una oportunidad para construir un sistema alimentario sostenible y resiliente y no una excusa para revisar a la baja las ambiciones, ya que sostenibilidad y salud son dos cuestiones interconectadas;

57.  Pone de relieve la necesidad, debida en parte a las perturbaciones en las cadenas de producción mundiales y al aumento de la volatilidad de los precios provocados por la pandemia de COVID-19, de lograr una autonomía estratégica abierta para la Unión con el objetivo de garantizar el acceso a mercados clave y reducir la dependencia de las importaciones de bienes críticos, como las fuentes de proteínas de origen vegetal; reitera que los sistemas agroalimentarios deben ser reconocidos como un aspecto fundamental de la autonomía estratégica abierta de la Unión, a fin de garantizar una disponibilidad suficiente de alimentos seguros y de calidad y de mantener unas cadenas alimentarias y unos flujos comerciales eficaces y resilientes durante las futuras crisis, en consonancia con el artículo 2, apartado 1, del Acuerdo de París;

58.  Hace hincapié en que el sector agroalimentario no solo apoya a los agricultores, sino también a todas las empresas proveedoras y transformadoras, garantiza y crea empleo, y constituye la columna vertebral de toda la industria alimentaria; destaca en este sentido que la preservación del paisaje cultural es el motor de las zonas rurales activas; señala la importancia de la artesanía tradicional en la producción de alimentos a escala regional y local, así como la rica diversidad cultural que se deriva de ella; recuerda que también se deben apoyar la conservación y transmisión de conocimientos sobre la artesanía tradicional en el ámbito de la producción de alimentos como elemento horizontal de la Estrategia «de la Granja a la Mesa», mediante, por ejemplo, una mejor integración de estos conocimientos en los programas participativos de investigación y desarrollo;

59.  Expresa su gran decepción por la falta de relieve y de ambición respecto a la contribución y el potencial del sector pesquero y acuícola en la Estrategia «de la Granja a la Mesa»; insta a la Comisión a prestar la debida atención a las especificidades del sector pesquero y acuícola en todas las propuestas legislativas, estrategias u orientaciones que presente en el futuro; hace hincapié en la necesidad de adoptar un enfoque ecosistémico dirigido a situar las poblaciones de peces en niveles sostenibles y restaurar los ecosistemas marinos y costeros, que también debe centrarse en los beneficios y la sostenibilidad social, económica y medioambiental del sector pesquero y acuícola;

60.  Pone de relieve que unos marcos jurídicos sólidos y fiables para el sector pesquero y acuícola, en los que aplique sistemáticamente el principio de precaución y que se ajusten a la actualización de las Directrices estratégicas para el desarrollo sostenible de la acuicultura de la Unión, deben servir de base para aprovechar de manera sostenible el potencial de este sector y mejorar las medidas zoosanitarias y de protección, incluida la disminución del uso de medicamentos veterinarios y de antibióticos, con el consiguiente aumento de las poblaciones de peces y la mayor claridad en cuanto al uso del espacio y las licencias para todos los usos antropogénicos, incluida la acuicultura, permitiendo así una mayor previsibilidad de las inversiones sin menoscabar la legislación medioambiental; destaca la importancia de disponer de un mecanismo transparente y participativo, en consonancia con la Directiva 2014/89/UE sobre la ordenación del espacio marítimo, para asignar espacio a todas las partes interesadas de manera equitativa; hace hincapié en la necesidad de respetar plenamente las zonas marinas protegidas;

61.  Señala que unos buenos mecanismos de trazabilidad, que respondan a las necesidades de los consumidores proporcionándoles informaciones sobre el lugar, la fecha y el método de cría o pesca del pez y la especie a la que pertenece, mediante, por ejemplo, el etiquetado relativo al origen y al método de producción, y unas normas estrictas sobre sostenibilidad y bienestar de los peces para todos los productos vendidos en los mercados de la Unión son esenciales para garantizar la transparencia para los consumidores, el sector y las distintas administraciones, la lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR), así como para alcanzar los objetivos del Pacto Verde y los ODS; subraya, a este efecto, la importancia de las nuevas tecnologías ciberseguras a la hora de desarrollar sistemas descentralizados de trazabilidad precisos; pide un enfoque coordinado, en el que participen todos los agentes de la cadena de valor, para garantizar la coherencia entre las distintas iniciativas en este ámbito; solicita medidas de control para garantizar que todos los productos de la pesca importados que entren en el mercado de la Unión cumplan las normas sociales acordadas a escala internacional, como las establecidas en el Convenio sobre el trabajo en la pesca (núm. 188) de la OIT y aplicadas en la Unión Europea a través de la Directiva (UE) 2017/159(70) del Consejo, a fin de evitar que se comercialice en la Unión pescado que ha sido capturado por buques que no respetan las normas sociales mínimas;

62.  Recuerda que la PPC tiene por objeto garantizar la explotación sostenible de recursos biológicos marinos mediante la restauración y el mantenimiento de las poblaciones de peces por encima de unos niveles de biomasa capaces de producir el rendimiento máximo posible, así como asegurar la rentabilidad de las actividades de pesca y contribuir a abastecer el mercado de la Unión de alimentos con alto valor nutricional y a reducir la dependencia del mercado de la Unión de la importación de alimentos, y pone de relieve la necesidad de mejorar la vigilancia, el control y la ejecución de la PPC, lo que incluye la plena aplicación de la obligación de desembarque y la introducción del seguimiento electrónico de determinados buques;

63.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que se basen en prácticas sostenibles existentes y faciliten, fomenten y proporcionen un apoyo adecuado para lograr la transición hacia la pesca y la acuicultura con escaso impacto y el desarrollo sostenible de estos sectores, incluido el de la pesca costera artesanal, mediante, por ejemplo, la utilización de aparejos de pesca selectivos, formas de acuicultura respetuosas con el medio ambiente, incluida la acuicultura ecológica, y de soluciones de eficiencia energética, así como mediante el incremento del porcentaje de las cuotas nacionales asignadas a la pesca costera artesanal; destaca la necesidad de apoyar a los pescadores y a los agentes de la cadena de suministro de productos de la pesca, incluidos los de las regiones ultraperiféricas, en la transición hacia prácticas más digitales mediante una fuerte inversión en formación y la financiación de la digitalización y la conversión a prácticas y herramientas «ecológicas»; pone de relieve, a este respecto, la importancia del Fondo Europea Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) en el fomento del desarrollo de una economía azul sostenible y la modernización del sector de la pesca en consonancia con los objetivos de la PPC;

64.  Exige que el Consejo de la Unión Europea haga públicos de forma proactiva todos los documentos relacionados con la adopción de los Reglamentos sobre el total admisible de capturas (TAC), de conformidad con la recomendación de la defensora del pueblo europea relativa al asunto 640/2019/FP;

65.  Destaca la necesidad de supervisar y promover la explotación responsable de los recursos pesqueros, implantando al mismo tiempo un nivel de tolerancia cero en la lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, mediante el pleno uso de los instrumentos de que dispone la Unión en virtud del Reglamento INDNR(71), incluida la utilización de las «tarjetas rojas» en los casos en que un país no cumpla los requisitos de la Unión, y mediante el refuerzo de la política de acuerdos de pesca sostenible con terceros países; hace hincapié en que estos acuerdos deben ser realmente sostenibles y estar en consonancia con los mejores dictámenes científicos disponibles, y no deben amenazar al sector de la pesca artesanal en terceros países ni socavar la seguridad alimentaria local;

66.  Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que adopten las medidas jurídicamente vinculantes a las que se comprometieron al respecto de los espacios marinos en el contexto de la red Natura 2000, así como a adoptar un enfoque holístico para el medio marino y a abordar las causas profundas de la contaminación del agua, incluidos los residuos marinos y las aguas residuales urbanas e industriales, al objeto de poner fin a las prácticas perjudiciales para el medio marino y la salud humana e incentivar la recogida de residuos marítimos por parte de los pescadores y de evitar un consumo de combustible y emisiones adicionales y los efectos negativos de la captura accesoria de animales y peces para el ecosistema, así como a adoptar medidas para mejorar la calidad del agua y el control de las enfermedades y limitar la densidad de población en la producción acuícola en aras de la salud humana y el bienestar de los animales;

67.  Destaca el valor del trabajo de las mujeres y los hombres en los sectores de la pesca y de la acuicultura, y el importante papel que desempeñan las mujeres en la transformación, la promoción y la comercialización del pescado capturado; recuerda el potencial de creación de empleo ecológico de la pesca y la acuicultura sostenibles, considera que la transición ecológica de los sistemas alimentarios, incluida la pesca, debe llevarse a cabo de tal forma que se garantice una remuneración justa y una posición fuerte a lo largo de la cadena de valor, y destaca, a este respecto, la importancia que reviste la participación activa de las organizaciones de productores en el sector pesquero y acuícola;

68.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que apoyen y fomenten el desarrollo de técnicas y aparejos de pesca más sostenibles y de métodos de mayor bienestar para la captura, el desembarque y el sacrificio de peces e invertebrados marinos, sobre la base de los mejores conocimientos científicos, así como la introducción de mejoras en las normas de bienestar animal para peces de piscicultura con el fin de reducir el estrés y mejorar la calidad del pescado; hace hincapié en que la Unión debe apoyar y fomentar las inversiones destinadas a estos aparejos, métodos y mejoras;

69.  Destaca la contribución de la pesca en estanques, con sus prácticas de gestión tradicionales, a la consecución de los objetivos de la Estrategia «de la Granja a la Mesa» y la Estrategia sobre Biodiversidad, estrechamente interrelacionadas; subraya que los estanques son hábitats de especies consideradas raras, son positivos para el clima y para las reservas de agua, sirven como sumideros de nutrientes, retienen sedimentos y contribuyen a una producción sostenible de alimentos regionales; pide a la Comisión y a los Estados miembros que tengan en cuenta la pesca en estanques en las medidas y programas pertinentes;

70.  Recuerda que los productores primarios se encuentran en una situación de notable desventaja en términos de ingresos respecto a otros agentes de la cadena alimentaria y del resto de la economía; subraya que es esencial reforzar la posición de los productores primarios en la cadena alimentaria, especialmente la de los pequeños y medianos productores, con el fin de permitirles obtener una parte equitativa del valor añadido de la producción sostenible mediante, por ejemplo, el fomento de la cooperación y de las acciones colectivas, recurriendo a las posibilidades existentes en el seno de las organizaciones comunes de mercados para los productos agrarios, pesqueros y acuícolas, como la adaptación de las normas sobre la competencia;

71.  Destaca que garantizar unos ingresos estables y justos para los productores primarios es esencial a la hora de hacer posible la transición del sistema alimentario hacia una mayor sostenibilidad y una agricultura más circular, luchar contra las prácticas comerciales desleales y gestionar los riesgos y las crisis; pide apoyo para los productores primarios de toda la Unión a la hora de llevar a cabo esta transición, también mediante la adopción de nuevas tecnologías y la mejora de la eficiencia de los sistemas de explotación, la gestión de residuos y el suministro y envasado de recursos; subraya que los precios de los productores deben cubrir los costes de producción y reflejar la sostenibilidad social, económica y medioambiental, y, por tanto, estar en consonancia con los objetivos del Pacto Verde Europeo;

72.  Considera que deben promoverse los acuerdos de cadena de suministro a fin de garantizar un reparto equitativo del valor entre los agricultores y una mayor transparencia y trazabilidad de la cadena de suministro en su conjunto, al tiempo que se fomenta el empleo juvenil en el sector;

73.  Acoge con satisfacción el objetivo de acortar las cadenas de suministro; destaca, sin embargo, la realidad de los Estados miembros insulares y de los territorios insulares, que se encuentran separados de la Europa continental y afrontan problemas de aislamiento y dependencia de las importaciones de productos esenciales, como granos para la producción de piensos, lo que debe tenerse en cuenta cuando se apliquen medidas para reducir la dependencia del transporte de larga distancia y otras medidas para acortar las cadenas de suministro; hace hincapié en que sin el transporte de larga distancia de determinados alimentos se pondría en peligro la seguridad alimentaria de estas zonas separadas;

74.  Observa que las expectativas de los ciudadanos están evolucionando e impulsando un cambio significativo en el mercado alimentario, que tiene como resultado una mayor demanda de alimentos producidos localmente; destaca la importancia de los alimentos producidos localmente, las oportunidades que ofrecen a nuestros agricultores y las importantes contribuciones positivas que pueden aportar a nuestro medio ambiente; anima, por lo tanto, a la Comisión y a los Estados miembros a fomentar activamente la elaboración de estrategias alimentarias de carácter local, así como de iniciativas en favor de cadenas de suministro cortas;

75.  Reconoce la importancia de los alimentos orgánicos frescos consumidos localmente, que resultan beneficiosos para la salud de los consumidores y el medio ambiente; subraya el gran potencial que tiene el fomento de la cooperación entre los productores primarios locales y los proveedores de servicios turísticos, que podría incrementar el consumo de alimentos frescos de elaboración local; solicita que se adopten medidas de apoyo para promover esta cooperación;

76.  Pide que se promuevan medidas que permitan procesar las materias primas lo más cerca posible de su lugar de origen, lo que reduce notablemente la huella de carbono y garantiza una mayor trazabilidad de los productos alimentarios;

77.  Destaca que, si bien los nuevos modelos de negocio sostenibles ofrecen grandes oportunidades para las pymes, varias de las iniciativas previstas en la estrategia podrían conducir a la creación de demasiados trámites burocráticos; acoge favorablemente el compromiso de la Comisión de utilizar las herramientas de mejora de la legislación, evaluar los efectos en las pymes y adoptar medidas para promover modelos de negocio sostenibles y circulares específicamente para las pymes, utilizar el Fondo InvestEU para facilitar el acceso a la financiación de las pymes y ofrecer soluciones a medida para ayudar a las pymes a desarrollar nuevas competencias y modelos de negocio; insta a la Comisión y a los Estados miembros a reducir la carga administrativa para los pequeños y medianos agentes de la cadena alimentaria a través de medidas como la simplificación de los procesos de registro y la mayor eficiencia de los permisos, licencias y aprobaciones, o la garantía de que los organismos reguladores pertinentes cuenten con el personal adecuado, con el fin de que los pequeños productores de alimentos puedan comercializar sus productos lo más rápida y fácilmente posible;

78.  Considera que el presupuesto asignado para materializar las ambiciones del Pacto Verde Europeo y del Mecanismo para una Transición Justa es insuficiente para abordar de una manera socialmente sostenible las consecuencias de la transformación prevista; pide que el Mecanismo para una Transición Justa abarque también las regiones agrícolas que puedan verse afectadas negativamente y subraya la necesidad de garantizar la adecuada participación de los interlocutores sociales en la definición y la ejecución de iniciativas futuras de la estrategia; recuerda que la transición a este sistema requerirá inversiones importantes y no puede lograrse sin la complicidad y el apoyo de los agricultores europeos;

79.  Insta a la Comisión a aplicar estrictamente la Directiva (UE) 2019/633 sobre prácticas comerciales desleales, y a supervisar atentamente su transposición al Derecho nacional; pide a la Comisión que redoble sus esfuerzos para reforzar la posición de los agricultores en la cadena alimentaria y que presente propuestas concretas en consonancia con la estrategia;

80.  Reitera que un doble rasero de calidad de los alimentos es inaceptable y tiene que combatirse con rotundidad para evitar la discriminación de los consumidores de la Unión y que sean llevados a engaño; considera, por tanto, que la Estrategia «de la Granja a la Mesa» debe incluir disposiciones que permitan evitar este doble rasero de calidad de los alimentos, y pide, por ello, a la Comisión que supervise atentamente la situación del mercado y proponga legislación específica cuando sea necesario; destaca, además, el papel de las organizaciones de consumidores a la hora de detectar estas prácticas engañosas;

81.  Recuerda a la Comisión la necesidad de hacer un seguimiento del código de conducta de la Unión sobre prácticas empresariales y comerciales responsables, y que elabore para ello un marco de seguimiento para los sectores alimentario y minorista y prevea medidas legislativas si los avances en la integración de la sostenibilidad económica, medioambiental y social y de las consideraciones sobre el bienestar animal en las estrategias empresariales son insuficientes, con lo que se promoverían y recompensarían los esfuerzos de los productores agrícolas sostenibles, se aumentaría al mismo tiempo la disponibilidad y asequibilidad de las opciones alimentarias saludables y sostenibles, y se reduciría la huella medioambiental global del sistema alimentario y el coste social de la alimentación poco saludable;

82.  Insiste en la necesidad de que el código de conducta de la Unión para los sectores alimentario y minorista se centre en establecer compromisos relevantes para la configuración de entornos alimentarios sanos y sostenibles que sean específicos, mensurables y tengan un plazo de tiempo determinado, que puedan acabar con los dobles raseros en las prácticas agroalimentarias y se centren en las operaciones clave de las entidades implicadas;

83.  Hace hincapié en la importancia de detener y abordar la consolidación y concentración en el sector minorista de la alimentación con el fin de garantizar unos precios justos para los agricultores y unas condicionales laborales dignas para los trabajadores; insiste en la necesidad de que los agentes implicados en fases posteriores de la cadena de suministro tengan en cuenta los costes de la producción agrícola y de que existan precios justos en todos los eslabones de la cadena de suministro; recuerda la importancia de aumentar la resiliencia de los agricultores en el mercado a través de la obtención de mayores beneficios de la cadena alimentaria, lo que se consigue fomentando su participación, por ejemplo, en asociaciones de productores o cooperativas;

84.  Solicita que se introduzcan mejoras de forma no discriminatoria en la política de promoción de la Unión para los productos agrícolas y los alimentos, así como en el programa escolar de la Unión y en el Plan europeo para la promoción de la alimentación saludable en las escuelas; cree que estas mejoras deberían reforzar la producción agrícola europea de calidad y contribuir a la producción y el consumo sostenibles en consonancia con la presente estrategia, el Pacto Verde Europeo y los ODS; considera que estas mejoras deben centrarse en la elaboración de mensajes didácticos, basados en los datos científicos disponibles, sobre las etiquetas de calidad de la Unión (como la etiqueta ecológica de la Unión y las indicaciones geográficas), las cadenas de suministro cortas locales y regionales y la alimentación y los estilos de vida saludables, y en fomentar un mayor consumo de frutas y verduras en el marco de una dieta variada y equilibrada y una menor ingesta de azúcares, sal y materias grasas, con el fin de reducir las tasas de obesidad;

85.  Destaca asimismo, en el contexto del programa de promoción de la Unión, la importancia de hacer más ecológico el medio ambiente, tanto en interiores como en exteriores, como solución natural para los efectos del cambio climático y la contaminación del aire y para contribuir a un entorno vital saludable y al bienestar de las personas;

86.  Subraya la necesidad de impulsar campañas europeas de información sobre el consumo moderado de vino, sin dejar de promover los productos de calidad; considera que solo las campañas de información y educación amplias serían eficaces para combatir el consumo abusivo, y recuerda que el consumo moderado de vino forma parte de la dieta mediterránea;

87.  Reconoce el papel de los regímenes de calidad y de las indicaciones geográficas de la Unión, tales como la denominación de origen protegida (DOP), la indicación geográfica protegida (IGP), la indicación geográfica de bebidas espirituosas y vinos aromatizados (IG) y la especialidad tradicional garantizada (ETG), que constituyen excelentes ejemplos de la fijación de normas de calidad en la agricultura por parte de la Unión; acoge con satisfacción la revisión de la política de la Unión sobre indicaciones geográficas para permitir que las indicaciones geográficas o denominaciones de origen protegidas sigan contribuyendo a la sostenibilidad económica, social y medioambiental de las regiones europeas, de manera que se beneficie a los productores, los consumidores y la sociedad en su conjunto gracias a la elaboración de productos de calidad que crean un fuerte vínculo con las regiones; subraya la necesidad de mejorar el reconocimiento de su autenticidad por parte de los consumidores, que no siempre pueden distinguir las indicaciones geográficas de Europa de otros productos sin denominación; considera también necesario reducir la carga administrativa para los pequeños productores que deseen adherirse a tales regímenes de calidad y reforzar la protección de las indicaciones geográficas contra su uso indebido o la imitación a escala internacional; reitera el importante papel que desempeñan en el comercio entre la Unión y países socios;

88.  Destaca que en la estrategia se reconoce que las dietas de la mayoría de los europeos no siguen las recomendaciones para una alimentación sana, y que es necesario un cambio en los patrones de consumo de toda la población, que favorezca alimentos, dietas y estilos de vidas más saludables, como un mayor consumo de hortalizas y de alimentos vegetales (como frutas y verduras, granos enteros y legumbres) y ponga fin al consumo excesivo de carne y de productos muy transformados, así como de productos con alto contenido en azúcares, sal y materias grasas, lo que también redundará en beneficio del medio ambiente y del bienestar animal y aumentará la resiliencia de la economía; hace hincapié en que unas recomendaciones de la Unión para una alimentación sostenible, que tengan base científica y objetivos claros y tomen en consideración la diversidad cultural y regional de los alimentos y las dietas a escala europea y las necesidades de los consumidores, ayudarían y animarían a los consumidores y sustentarían los esfuerzos de los Estados miembros por integrar elementos de sostenibilidad en los consejos sobre nutrición a escala nacional; pide a la Comisión que elabore estas recomendaciones y acciones específicas para promover eficazmente dietas saludables, sostenibles y equilibradas;

89.  Acoge con satisfacción que la estrategia reconozca acertadamente el papel y la influencia del entorno alimentario en la configuración de los patrones de consumo, así como la necesidad de conseguir que a los consumidores les resulte más fácil optar por dietas saludables y sostenibles; anima a la Comisión y a los Estados miembros a adoptar un enfoque más sistemático y empírico para facilitar la creación de entornos alimentarios saludables, sostenibles y justos en vez de depender únicamente de un código de conducta; insiste en la importancia de promover dietas saludables, más equilibradas y sostenibles mediante la mejora de los entornos alimentarios, la concienciación del consumidor acerca de las repercusiones de los patrones de consumo, también por medio de canales digitales, y la facilitación de información sobre las dietas que son mejores para la salud humana y tienen una menor huella medioambiental, como las que incluyen productos procedentes de cadenas de suministro cortas locales y regionales, lo que debe complementarse con un conjunto de medidas para que la producción de alimentos sea por defecto más sostenible;

90.  Pide que se adopte un conjunto de medidas exhaustivas y complementarias, incluidas medidas reguladoras y campañas de educación del consumidor, para reducir la carga que suponen para la salud pública el conumo excesivo de alimentos muy transformados así como alimentos con alto contenido de sal, azúcares y materias grasas; insta a los principales productores y minoristas de alimentos a reformular con rapidez y seriedad aquellos alimentos tratados que no estén cubiertos por los regímenes de calidad de la Unión en los casos en los que se puedan hacer mejoras para lograr una composición más saludable, acoge positivamente la intención de la Comisión de poner en marcha iniciativas para fomentar esta reformulación, también mediante el establecimiento de niveles máximos de azúcares, materias grasas y sal en determinados alimentos transformados, y pide a la Comisión que supervise de cerca los avances que se realicen con respecto a esta reformulación; destaca que con estas reformulaciones también se debe buscar reducir los riesgos para la salud que plantean los enriquecedores de alimentos, los residuos de plaguicidas y las sustancias químicas nocivas; solicita que se preste especial atención a los alimentos para niños y a otros alimentos con fines especiales, y que se adopte un enfoque regulador eficaz y a escala de la Unión para tratar la exposición de los niños y los adolescentes a la publicidad y a la comercialización de alimentos transformados con un alto contenido en materias grasas, azúcares y sal en los medios audiovisuales y digitales;

91.  Considera que un desarrollo y una innovación sostenible mayores en el ámbito de la producción de proteínas vegetales y de fuentes alternativas de proteínas en la Unión, como insectos y algas, constituye una manera eficaz de hacer frente a muchos de los desafíos a los que se enfrenta la agricultura de la Unión en materia medioambiental y climática, y de evitar asimismo la deforestación, la pérdida de biodiversidad y la degradación de ecosistemas en terceros países y de reducir la actual dependencia de Europa en el suministro de proteínas vegetales; pide a la Comisión que se base en su informe sobre el desarrollo de proteínas vegetales en la UE (COM(2018)0757) y que presente una estrategia de transición de la Unión en materia de proteínas que englobe la parte de la demanda y la oferta con el fin de apoyar e impulsar la producción sostenible de proteaginosos, incluidos los suministros locales de piensos y de producción de alimentos, para aumentar la autosuficiencia de la Unión y reducir las repercusiones medioambientales y climáticas en todo el mundo; destaca la importancia de reducir la dependencia de las importaciones de proteaginosas procedentes de otros continentes;

92.  Recuerda su petición de que la evaluación genérica de riesgos de la Unión se haga extensiva a toda la legislación a fin de evitar la exposición de los consumidores a sustancias peligrosas en los alimentos;

93.  Recuerda que los perfiles nutricionales, pendientes desde hace tiempo, siguen siendo pertinentes y necesarios para cumplir los objetivos del Reglamento (CE) n.º 1924/2006 relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos(72); acoge con satisfacción el anuncio de una propuesta legislativa para establecer perfiles nutricionales; señala que muchos productos alimenticios, incluidos algunos comercializados para niños, siguen utilizando declaraciones nutricionales y de propiedades saludables a pesar de tener elevados niveles de nutrientes preocupantes; subraya que debe desarrollarse un sólido conjunto de perfiles nutricionales para prohibir el uso de declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en alimentos con alto contenido en materias grasas, azúcares y sal; solicita que se preste especial atención a los alimentos para niños y otros alimentos con fines especiales;

94.  Reconoce que hay organismos de salud pública internacionales, como la Organización Mundial de la Salud, que han determinado que las etiquetas nutricionales que figuran en la parte frontal de los envases son una herramienta clave para ayudar a los consumidores a tomar decisiones alimentarias más informadas, equilibradas y saludables; subraya que el sistema de etiquetado nutricional en la parte frontal del envase, que es coherente con las directrices dietéticas y las complementa, debe ayudar a los consumidores a elegir alimentos más saludables al proporcionarles información detallada y comprensible sobre los alimentos que consumen; pide a la Comisión que garantice que se crea una etiqueta nutricional para la parte frontal de los envases, que sea obligatoria y coherente en toda la Unión, sobre la base de pruebas científicas sólidas e independientes y una comprensión demostrada de los consumidores, a la que puedan acceder todos los agentes del mercado, incluidos los pequeños y medianos agentes, teniendo en cuenta la carga adicional para los operadores y los sindicatos alimentarios; destaca asimismo que, para facilitar la comparación entre productos, la etiqueta nutricional debe incluir un elemento interpretativo, con el fin de proporcionar una información del producto que sea transparente, comparable y armonizada, y basarse en cantidades de referencia uniformes; insta a la Comisión a que tenga debidamente en cuenta las características específicas de los productos de un solo ingrediente y de los productos contemplados en los regímenes europeos de calidad (DOP, IGP, IG, etc.), en particular la imposibilidad de modificar sus composiciones, y hace hincapié en que cualquier posible exención debe basarse en un razonamiento científico; solicita que se establezca un sistema digital a fin de facilitar información voluntaria adicional sobre los productos alimentarios («Eu4healthyfood»), y sugiere que esta información se podría facilitar digitalmente a través de un código QR, de manera que el consumidor podría acceder a ella fácilmente;

95.  Señala que los productos saludables, incluidos los alimentos, pueden contener ingredientes naturales o sintéticos que tienen distintos efectos sobre el medio ambiente y la salud de los consumidores; solicita que se implanten sistemas de etiquetado obligatorios para los productos saludables, mediante los que se indique si un ingrediente es de origen sintético cuando se haya obtenido por síntesis química, especialmente en los casos en que existan equivalentes naturales;

96.  Pide a la Comisión que evalúe los cambios en la conducta de los consumidores, por ejemplo, en relación con la adquisición de alimentos por internet;

97.  Acoge favorablemente la iniciativa de la Comisión encaminada a mejorar el etiquetado de origen y su intención de ampliarlo a una gama más amplia de productos; reitera su petición de que se implante el etiquetado de origen obligatorio; destaca que este etiquetado debe ser exhaustivo y coherente, y concernir a todos los productos alimentarios y a los servicios de restauración, restaurantes y minoristas, ser plenamente verificable y trazable y no menoscabar el funcionamiento adecuado del mercado interior; hace hincapié en la necesidad de revisar el Reglamento sobre información alimentaria(73), prestando especial atención a la leche y la carne como ingredientes; pide a la Comisión que rectifique la práctica actual por la que se establece que los productos cuyos ingredientes primarios no son de origen local o regional pueden comercializarse como tales si se indica en la letra pequeña el origen de estos ingredientes, y que haga más visible el origen de los ingredientes primarios para el consumidor; insta a la Comisión a que proponga cambios legislativos para las normas de etiquetado de la miel que supongan una mejor información al consumidor, y que respalde el sector apícola de la Unión mediante el refuerzo de las inspecciones de las importaciones con el fin de evitar las importaciones de miel adulterada, y subraya que se debe hacer cumplir el etiquetado del país de origen de manera efectiva para combatir el fraude alimentario;

98.  Celebra la intención de la Comisión de crear un marco para el etiquetado de alimentos sostenibles, y pide a la Comisión que defina la metodología y especifique qué dimensiones de la sostenibilidad estarían cubiertas, garantizando al mismo tiempo que el nuevo sistema no entre en conflicto con los marcos medioambientales existentes, como la etiqueta ecológica o el logotipo ecológico de la UE; destaca que, en la actualidad, se utilizan demasiadas declaraciones medioambientales y métodos publicitarios sin fundamento e incluso engañosos, y pide a la Comisión que introduzca un nuevo marco regulador que establezca un procedimiento de aprobación previa claro, rápido y eficiente para todas las declaraciones y etiquetas de sostenibilidad; hace hincapié en que dicho marco protegería a los consumidores contra declaraciones de sostenibilidad falsas, al tiempo que garantizaría que las empresas que realmente luchan por operar de forma más respetuosa con el medio ambiente sean debidamente recompensadas por sus esfuerzos; subraya la necesidad de que las autoridades de control públicas realicen inspecciones de todas las etiquetas permitidas para los productos alimentarios;

99.  Pone de relieve la necesidad de establecer un etiquetado para los productos de origen animal, en el que debe figurar el método de producción e indicadores de bienestar animal, así como el lugar de nacimiento, cría y sacrificio del animal, y subraya que estos requisitos deben ampliarse a los productos transformados con el fin de aumentar la transparencia, ayudar a los consumidores a elegir mejor y contribuir al bienestar de los animales; hace hincapié en que debe apoyarse en mayor medida la producción y la comercialización de proteínas vegetales, y pide, además, que se presente sin más demora la necesaria armonización de los requisitos en materia de etiquetado de los alimentos vegetarianos y veganos, que está pendiente desde hace tiempo;

100.  Reafirma su convicción de que las medidas políticas dirigidas a aumentar la sostenibilidad del sistema alimentario no deben centrarse únicamente en transferir la responsabilidad de adquirir productos sostenibles a los consumidores, ya que esto carece de eficacia, aunque la elección del consumidor es un factor importante a la hora de adoptar productos producidos de manera sostenible y dietas más saludables; subraya en este sentido la importancia de una correcta educación nutricional y medioambiental, así como de la disponibilidad de información pertinente que sea fácilmente comprensible; hace hincapié en que el etiquetado de sostenibilidad debe basarse en criterios científicos de sostenibilidad armonizados y debe implicar inspecciones por parte de autoridades de control públicas cuando sea posible, así como nuevas medidas legislativas cuando sea necesario; señala, no obstante, que la certificación y el etiquetado a cargo de terceros no son eficaces por sí solos, pero pueden constituir herramientas complementarias para garantizar la transición a una producción y un consumo sostenibles; reconoce que el aumento de la transparencia por medio de métodos como el etiquetado constituye un elemento importante que puede ayudar a los consumidores a tomar decisiones de compra más sostenibles, lo que es clave para lograr la transición a sistemas alimentarios más sostenibles;

101.  Subraya que los precios de los alimentos deben servir para enviar una señal adecuada a los consumidores; considera que establecer unos precios reales de los alimentos, que también reflejen el verdadero coste de producción para el medio ambiente y la sociedad, es la manera más eficaz de lograr sistemas alimentarios sostenibles y equitativos a largo plazo; acoge con satisfacción, por tanto, el objetivo de la estrategia de orientar a la industria alimentaria hacia prácticas por las que la opción saludable y sostenible se convierta en la más fácil, accesible y asequible para los consumidores; se muestra a favor de proporcionar a los Estados miembros una mayor flexibilidad a la hora de establecer diferentes tipos de IVA para los alimentos que tienen distintos efectos sobre la salud y el medio ambiente, y permitirles elegir un tipo nulo de IVA para los alimentos saludables y sostenibles (tales como las frutas y las verduras), como ya ocurre en algunos Estados miembros pero aún no es posible en otros(74), y un tipo de IVA más alto para los alimentos poco saludables y los que tienen mayores repercusiones en el medio ambiente; recuerda que el gasto doméstico en alimentos varía significativamente en función de los Estados miembros de la Unión y que se debe velar por la asequibilidad para los consumidores en todos ellos, al tiempo que se garantizan también unos ingresos justos para los productores primarios por sus productos sostenibles y saludables, se refuerza la transparencia y se conciencia a los consumidores sobre los costes y los beneficios asociados a cada etapa de la cadena alimentaria; invita a la Comisión a poner en marcha un estudio para cuantificar en términos económicos los costes medioambientales y sociales, incluidos los relacionados con la salud, que están asociados a la producción y al consumo de los productos alimentarios más consumidos en el mercado de la Unión;

102.  Pide que se revise la legislación sobre contratación pública con miras a introducir o reforzar los criterios mínimos obligatorios para los centros de educación infantil, las escuelas, otras instituciones públicas y las empresas privadas que prestan servicios públicos, con el fin de fomentar la producción sostenible de alimentos (incluidos los alimentos tradicionales y típicos con indicaciones geográficas), el consumo de productos locales y, cuando sea posible, de productos de temporada, las cadenas de distribución cortas y con venta directa; unas normas más estrictas en materia de bienestar animal y la reducción del desperdicio de alimentos y de los envases en consonancia con los principios de la economía circular; solicita que se fomenten dietas y hábitos alimentarios más saludables y equilibrados por medio de la creación de un entorno alimentario que facilite que los consumidores se decanten por opciones saludables, conscientes y sostenibles; insta a la Comisión a que siga desarrollando herramientas de seguimiento y elaboración de informes para la adquisición sostenible de alimentos;

103.  Acoge con satisfacción el compromiso de la Comisión de revisar la legislación de la Unión sobre materiales en contacto con alimentos (MCA), aunque lamenta la falta de actuación armonizada hasta el momento, y sugiere que la Comisión adelante la fecha de publicación de la propuesta; insiste en la necesidad de una regulación exhaustiva y armonizada de todos los MCA, incluidos los materiales y los contaminantes que aún no están regulados a escala de la Unión, que debe basarse en el principio de precaución, en el principio de «no hay comercialización sin registro», en evaluaciones de seguridad exhaustivas basadas en los últimos datos científicos y en los trabajos científicos de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) y la EFSA, y hace hincapié en que son fundamentales la aplicación eficaz y la mejora de la información a los consumidores; reitera su petición de que se revise la legislación sobre los MCA en consonancia con el Reglamento relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH), así como con los Reglamentos sobre clasificación, etiquetado y envasado, y que se introduzcan sin más demora disposiciones específicas para sustituir los alteradores endocrinos y otras sustancias químicas peligrosas de todos los MCA sin que ello afecte a la función que desempeña el envasado en la conservación de la seguridad o de la calidad de los alimentos; celebra la intención de la Comisión de establecer normas para el reciclado seguro de todos los plásticos distintos del PET que vayan a ser utilizados en materiales en contacto con alimentos; señala, al mismo tiempo, que deben aplicarse los mismos requisitos de seguridad tanto a los materiales primarios como a los materiales reciclados, y que los agentes responsables de la cadena de suministro y los consumidores finales deben poder conocer fácilmente qué sustancias químicas contienen los materiales en contacto con alimentos y si son seguras;

104.  Destaca que el desperdicio y la pérdida de alimentos conllevan un enorme daño medioambiental, exacerban el cambio climático y suponen el derroche de recursos limitados, como el suelo, la energía y el agua, así como una pérdida de ingresos para los agricultores; reitera su petición para que se adopten las medidas necesarias para alcanzar el objetivo de reducir el desperdicio de alimentos en la Unión en un 30 % de aquí a 2025 y en un 50 % de aquí a 2030, tomando como referencia el año 2014; subraya que para lograrlo son necesarios objetivos vinculantes en cada etapa de la cadena de suministro, incluidas las de producción primaria, preventa al por menor y venta al por menor; insta a todos los Estados miembros a crear y poner en marcha programas de prevención del desperdicio de alimentos que integren plenamente los principios de la economía circular y contemplen el fomento de las cadenas alimentarias cortas, en las que disminuye el riesgo de generar desperdicio de alimentos; señala que entre los objetivos de la PAC figura la prevención del desperdicio de alimentos y destaca que se debe fomentar la adopción de medidas para frenar el desperdicio de alimentos, incluidos los alimentos no cosechados, que se produce en el marco de la producción primaria y de las primeras etapas de la cadena de suministro; hace hincapié en la importancia de garantizar la salud animal para, por ejemplo, evitar pérdidas y desperdicio de alimentos, y subraya que el reaprovechamiento de los residuos de los alimentos de origen vegetal para la alimentación animal constituye una solución viable en los casos en que no se puede evitar el desperdicio de alimentos; subraya la importancia de concienciar a la opinión pública y de proporcionar directrices sobre cómo evitar el desperdicio de alimentos para promover un cambio de conducta a largo plazo entre los consumidores; pide a la Comisión y a los Estados miembros que detecten cualquier posible obstáculo que impida un ritmo más rápido de reducción del desperdicio, e insta a la Comisión y a los Estados miembros a que garanticen la financiación adecuada de la investigación, la innovación, la participación de las partes interesadas y las campañas de información mediante la creación de fondos nacionales de desperdicio de alimentos con el objetivo de acabar con los residuos;

105.  Subraya que, en consonancia con la jerarquía de residuos, la atención debe centrarse en evitar el desperdicio de alimentos; acoge con satisfacción la propuesta de revisión para aclarar las normas de la Unión en vigor en materia de indicación de fechas con el fin de prevenir y reducir el desperdicio y la pérdida de alimentos; destaca que cualquier cambio en las normas relativas a la indicación de fechas debe basarse en datos científicos y mejorar el uso, la formulación y la presentación de dicha indicación por parte de los agentes de la cadena alimentaria, también en la industria hostelera, así como su comprensión por parte de los consumidores, en particular por lo que se refiere a las fechas de caducidad y de consumo preferente, sin que ello suponga menoscabo alguno de la seguridad y la calidad de los alimentos; señala que la armonización de la indicación de fechas contribuiría a combatir el desperdicio de alimentos; pide también la revisión de las normas sobre distribución de alimentos, con el objetivo de detectar y eliminar posibles obstáculos a la reducción de residuos, promover la eficiencia e impulsar la competencia y la innovación;

106.  Destaca la importancia de combatir el fraude y las falsificaciones en el sector alimentario, que inducen a error a los consumidores y falsean la competencia en el mercado interior, y pone de relieve la necesidad de solucionar urgentemente la compleja cuestión del fraude alimentario (en concreto, el etiquetado incorrecto, los procesos o tratamientos químicos no aprobados y la falsificación de documentación, y el reemplazo, la dilución, la adición, la supresión o la sustitución de ingredientes por otros más baratos o que no cumplen las normas), con especial atención a la falsificación y el comercio ilícito de indicaciones geográficas; hace hincapié en la importancia de imponer sanciones efectivas que sean acordes al delito y pide a los Estados miembros que reflejen adecuadamente ese principio en la legislación nacional, de conformidad con el Reglamento relativo a los controles oficiales(75); insta a la Comisión a que trabaje en el marco de una fuerza europea contra el fraude alimentario para mejorar la coordinación entre las diferentes agencias nacionales pertinentes con vistas a garantizar la ejecución de las normas alimentarias de la Unión tanto dentro del mercado único de la Unión como por lo que respecta a nuestras importaciones;

107.  Pide a la Comisión que supervise y exija la asignación de recursos adecuados para los controles alimentarios, con el fin de garantizar que se realizan suficientes controles para comprobar el cumplimiento de los requisitos relativos a la alimentación humana y animal, e insta a la Comisión y a los Estados miembros a reforzar los controles aduaneros para garantizar el cumplimiento de las normas de producción de la Unión, como las relativas a la seguridad alimentaria, la resistencia a los antimicrobianos, el bienestar animal y los productos fitosanitarios, así como para evitar la entrada de plagas de animales y plantas en la Unión; solicita a los Estados miembros que apliquen de manera rigurosa y coherente las disposiciones sobre trazabilidad de los productos del Reglamento sobre legislación alimentaria general(76) en toda la cadena alimentaria; subraya que, en casos de incidentes que entrañen riesgos para la salud y la seguridad públicas, las autoridades públicas deben informar plena, adecuada e inmediatamente al público acerca de los posibles riesgos que plantean los alimentos en cuestión, de conformidad con las disposiciones pertinentes del Reglamento sobre legislación alimentaria general;

Facilitar la transición

108.  Destaca la importancia de la financiación de la Unión para la investigación y la innovación, especialmente para las pymes y los pequeños agricultores, como motor clave para acelerar la transición hacia un sistema alimentario europeo más sostenible, productivo, diverso, local, saludable e integrador; anima al sector agroalimentario a utilizar activamente la financiación reservada para el sector en Horizonte Europa a este respecto; destaca igualmente la necesidad de facilitar las inversiones necesarias para promover las prácticas sostenibles, así como la economía y la bioeconomía circulares;

109.  Señala que la introducción de nuevas tecnologías y técnicas de agricultura inteligente, también la digitalización y los sistemas de cultivo protegido, puede contribuir a mejorar la eficiencia, el uso de los recursos y la sostenibilidad medioambiental, y puede generar beneficios económicos de la producción agrícola; reconoce que la innovación debe seguir siendo compatible con la recuperación y la promoción de las prácticas y los conocimientos tradicionales, especialmente los adaptados a las características agroclimáticas de cada zona;

110.  Destaca la importancia de aplicar las distintas prácticas de gestión integrada de plagas y de proporcionar servicios independientes de asesoramiento a las explotaciones agrícolas para lograr una transferencia de conocimientos al sector agrícola más amplia e integradora; considera que a esto podría contribuir el establecimiento de un sistema de recopilación y divulgación de prácticas sostenibles y el aprovechamiento de los sistemas de formación especializada para los agricultores que ya existen en los Estados miembros, sin que esto suponga la introducción de cargas administrativas adicionales para estos agricultores; pide a los Estados miembros que dediquen una cantidad suficiente de los fondos asignados a los servicios de asesoramiento agrícola a servicios y asistencia técnica relativos a las prácticas sostenibles que contribuyen a los objetivos de la estrategia; estima que, dados los conocimientos teóricos y prácticos de los productores primarios artesanales, la opinión de estos sería fundamental para lograr resultados reales en las explotaciones agrícolas individuales;

111.  Subraya la importancia de las instituciones de enseñanza superior en el fomento de la investigación y la innovación, así como en la prestación de servicios de asesoramiento sobre las mejores prácticas sostenibles; reconoce el papel de las universidades en el desarrollo y la transición del sector agroalimentario de las regiones con características diferenciadas, incluidas las regiones ultraperiféricas; acoge positivamente la intención de la estrategia de ayudar a las empresas transformadoras de alimentos que sean pymes y a los pequeños operadores minoristas y de los servicios alimentarios a adquirir nuevas competencias, sin que esto conlleve cargas administrativas adicionales; hace hincapié en la importancia estratégica de los enfoques colectivos que se logran a través de las organizaciones de productores y las cooperativas para unir a los agricultores y a los ganaderos a que alcancen sus objetivos;

112.  Recuerda las múltiples sinergias posibles entre la agricultura y la política espacial europea para garantizar una recuperación real de la calidad del suelo y de la alimentación y dar respuesta a los retos medioambientales, climáticos y del cambio demográfico; anima a todos los Estados miembros a participar en programas científicos y de investigación, y pide a la Comisión que tome medidas para garantizar un progreso más equitativo en todos los Estados miembros;

113.  Recuerda la necesidad de promover sistemas eficaces de conocimiento e innovación agrícolas (SCIA) que aumenten la sostenibilidad del sector agrícola, acelerando para ello la innovación y fomentando una estrecha cooperación entre todas las partes interesadas (agricultores, investigadores, asesores, expertos y ONG) mediante la formación y el aprendizaje permanente integradores y de calidad y la aceleración de la transferencia de conocimientos, incluidos los referentes a la aplicación de técnicas agrícolas integradas como la gestión integrada de plagas para cada cultivo;

114.  Pide a los Estados miembros que, a la hora de elaborar y aplicar sus planes estratégicos nacionales de la PAC, aprovechen al máximo las posibilidades que ofrecen los SCIA; recuerda, además, la necesidad de contar con una red de datos sobre sostenibilidad agrícola a efectos de establecer parámetros de referencia para el rendimiento de las explotaciones, documentar la adopción de prácticas agrícolas sostenibles y permitir la aplicación precisa y personalizada de nuevos enfoques de producción en las explotaciones, también mediante el tratamiento de los datos recogidos y la facilitación del acceso de los agricultores y las partes interesadas a la información pertinente, especialmente la relativa a las mejores prácticas; señala que los datos sobre agricultura y tierras agrícolas son de interés público, pero que debe protegerse el acceso y el control que hacen los agricultores de los datos sobre sus propias explotaciones;

115.  Pone de relieve la importancia de contar con un acceso integral a conexiones de banda ancha rápidas para facilitar la adopción de tecnologías agrícolas digitales en las explotaciones agrícolas, y de apoyar a los agricultores para que hagan un uso eficiente de estas soluciones innovadoras garantizando al tiempo su viabilidad económica; reconoce a las organizaciones de agricultores como interlocutores útiles para prestar servicios de intermediación informativa y orientada a la innovación; subraya la importancia de Horizonte Europa en la consecución de los objetivos de investigación e innovación en el ámbito de la salud del suelo y de los alimentos, que puede atraer a la próxima generación hacia el sector agrícola;

116.  Destaca el papel fundamental de los sistemas independientes de asesoramiento a las explotaciones para difundir la innovación y los conocimientos, estimular el intercambio de experiencias y promover las demostraciones prácticas, y pide a los Estados miembros en particular que proporcionen asesoramiento exhaustivo a los agricultores sobre la adopción de sistemas de producción más sostenibles; anima a la Comisión y a los Estados miembros a apoyar activamente iniciativas surgidas desde la base que acerquen a los agricultores a los ciudadanos, para lo que deben trabajar a escala local e incorporar conocimientos locales para adaptarse mejor a las realidades específicas sobre el terreno; hace hincapié en la importancia de promover la formación de jóvenes agricultores y empresarios en materia de sistemas agroalimentarios sostenibles;

117.  Pide, además de estos sistemas de asesoramiento, que se establezcan y promuevan plataformas de varias partes interesadas que aumenten la colaboración y movilicen el intercambio de conocimientos y tecnología en toda la cadena agroalimentaria, con vistas a contribuir a impulsar la innovación y lograr avances en los sistemas de producción agrícola; subraya, asimismo, la importancia de ampliar esta posibilidad a todos los agentes de la cadena de suministro, sin que ello suponga cargas administrativas adicionales;

118.  Destaca el papel crucial que desempeñarán los jóvenes agricultores a la hora de llevar a cabo la transición hacia una agricultura sostenible y de cumplir los objetivos de la estrategia; subraya que la transición ecológica de nuestro sistema alimentario supone una oportunidad para contribuir a un entorno rural dinámico; hace hincapié en que la PAC debe proporcionar un mejor apoyo a los jóvenes y nuevos agricultores en términos de ingresos, relevo generacional, formación, empleo juvenil, emprendimiento y digitalización, especialmente en las zonas periféricas y las zonas muy escasamente pobladas, con el fin de crear un espacio que permita la inclusión y permanencia de los jóvenes en la agricultura, dado que es probable que estos sean pioneros en la adopción de nuevos métodos agrícolas más sostenibles;

119.  Subraya que los jóvenes agricultores y los posibles nuevos agentes del sector tienen dificultades para adquirir o arrendar tierras, y destaca la necesidad de facilitar la entrada de los jóvenes agricultores en el sector; hace hincapié en la necesidad de garantizar que esta estrategia no afecte negativamente a la disponibilidad y el precio de la tierra, con el consecuente aumento de la especulación y las dificultades añadidas para que los jóvenes accedan a la tierra;

120.  Observa que la concentración de tierras agrícolas y el acaparamiento de tierras en la Unión, que en ocasiones se fomenta en las políticas locales, regionales, nacionales y de la Unión, pueden crear dificultades para que los jóvenes agricultores y los nuevos agentes encuentren tierras en las que establecer una explotación agrícola; pide a la Comisión y a los Estados miembros, así como a los Gobiernos regionales y locales, que pongan fin a estas prácticas para apoyar a los jóvenes agricultores y facilitar su incorporación a la actividad agrícola;

121.  Considera, asimismo, que esta estrategia constituye una oportunidad de mejorar las perspectivas de futuro de las mujeres rurales y pone de relieve el importante papel que desempeñan estas mujeres proporcionando a las emprendedoras un entorno favorable, también desde el punto de vista jurídico y político, que les permita un mayor acceso a la información, los conocimientos y las capacidades, así como a los recursos económicos, lo que conlleva la creación de más puestos de trabajo en zonas rurales;

Promover la transición mundial

122.  Recuerda la responsabilidad mundial de los sistemas alimentarios europeos y su papel clave en el establecimiento de normas mundiales en favor de la seguridad alimentaria, la protección del medio ambiente, la protección social y el bienestar animal; reafirma su compromiso con la aplicación de los principios de coherencia de las políticas en favor del desarrollo; pide a la Comisión y a los Estados miembros que velen por que todos los alimentos y piensos importados a la Unión cumplan plenamente la legislación pertinente y las estrictas normas de la Unión, y que presten ayuda al desarrollo para apoyar a los productores primarios de los países en desarrollo con el fin de que cumplan dichas normas; celebra la intención de la Comisión de tener en cuenta las repercusiones medioambientales de las solicitudes de tolerancias en la importación presentadas; considera que se debe tratar la cuestión de las emisiones inherentes al uso del suelo y de las emisiones asociadas con el cambio del uso de la tierra derivadas de piensos y alimentos importados;

123.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que mantengan un enfoque holístico, ya que la aplicación de determinados objetivos de la Estrategia «de la Granja a la Mesa» en Europa no debe conducir a la reubicación de parte de la producción agrícola a regiones con normas menos estrictas que las que se aplican en la Unión;

124.  Recuerda que el acceso al mercado de la Unión y a sus 450 millones de consumidores proporciona a nuestros socios comerciales un importante incentivo para mejorar su sostenibilidad, así como sus normas laborales y de producción; considera que el éxito del Pacto Verde Europeo está estrechamente relacionado con nuestra política comercial;

125.  Acoge con satisfacción el compromiso de la Comisión de promover la eliminación progresiva a escala mundial de los plaguicidas que ya no estén aprobados en la Unión y de garantizar que los plaguicidas peligrosos cuyo uso esté prohibido en la Unión en virtud de la legislación pertinente no se exporten fuera de esta, e insta a la Comisión a que presente cuanto antes sus propuestas al respecto; estima que la Unión debe apoyar a los países en desarrollo para ayudarles a reducir el uso imprudente de plaguicidas y promover otros métodos de protección de las plantas y de los recursos pesqueros; subraya que la estrategia no debe favorecer la importación de productos procedentes de terceros países que tengan un impacto medioambiental y climático superior; señala, en este sentido, que los productos agroalimentarios procedentes de terceros países deben, por lo tanto, estar sujetos a los mismos requisitos, incluida la tolerancia cero hacia los residuos de sustancias que cumplen los criterios de exclusión;

126.  Señala la necesidad de disponer de alimentos seguros y asequibles para una población mundial de alrededor de 10 000 millones de personas de aquí a 2050, en un contexto de rápido crecimiento demográfico, cambio climático, escasez de recursos naturales y cambios en las pautas de consumo; pide a la Comisión que refuerce la dimensión mundial de la estrategia para garantizar el derecho a una alimentación adecuada y que aplique la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Campesinos y de Otras Personas que Trabajan en las Zonas Rurales, y hace hincapié en que las políticas de la Unión en materia de sistemas alimentarios justos, sostenibles y resilientes deben abordar explícitamente la desigualdad de género; insta a la Comisión a que proporcione apoyo para que los países en desarrollo protejan sus industrias nacientes, promuevan la seguridad alimentaria, apoyen la mitigación del cambio climático para la agricultura y cumplan las normas internacionales y de la Unión en materia de sostenibilidad para la exportación de sus productos agrícolas;

127.  Recalca la necesidad de que la Unión defienda los derechos humanos y el derecho a la alimentación como principio y prioridad central de los sistemas alimentarios y como fundamento para transformar los sistemas alimentarios y garantizar el derecho de los más marginados al acceso a alimentos nutritivos, y de que aplique la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Campesinos y de Otras Personas que Trabajan en las Zonas Rurales;

128.  Subraya que debería prohibirse el transporte de animales a terceros países, salvo que sus normas relativas a la producción ganadera sean acordes a las de la Unión;

129.  Observa con preocupación que en varias auditorías realizadas por la DG SANTE, así como en investigaciones detalladas de ONG, se afirma que la plena trazabilidad de los caballos vivos procedentes de Argentina destinados al mercado de la Unión no está garantizada, lo que implica riesgos de seguridad alimentaria, y que el bienestar animal se ve comprometido; pide a la Comisión que suspenda la importación de carne de caballo procedente de países en los que no se cumplan los requisitos aplicables de la Unión en materia de trazabilidad y bienestar animal;

130.  Recuerda que los experimentos estructurales con animales que no sean indispensables no deben tener cabida en la cadena alimentaria, ya que la Directiva 2010/63/UE prescribe el reemplazo y reducción de la utilización de animales en procedimientos científicos; pide a la Comisión y a los Estados miembros que detengan la importación y la producción dentro de la Unión de gonadotropina de suero de yegua preñada (PMSG, por sus siglas en inglés), que se extrae de la sangre de yeguas gestantes a las que se les impregna y expone sistemáticamente a extracciones de sangre, lo que implica problemas de salud y bienestar;

131.  Insta a la Comisión a que presente urgentemente una propuesta para un marco jurídico de la Unión, basado en la debida diligencia horizontal obligatoria a lo largo de toda la cadena de suministro por parte de las empresas extranjeras y de la Unión que operan en el mercado único, que garantice cadenas de valor e inversiones sostenibles que no presenten repercusiones adversas para el medio ambiente, como la deforestación, la degradación forestal, la conversión y la degradación de los ecosistemas y repercusiones adversas asociadas a los derechos humanos y la gobernanza, con el fin de fomentar la buena gobernanza e incrementar la trazabilidad y la rendición de cuentas en las cadenas de suministro mundiales;

132.  Señala que el mercado interior de la Unión es el mayor importador y exportador mundial de productos agroalimentarios; expresa su convencimiento de que la Unión debe aprovechar su posición como agente mundial de peso para establecer el criterio de referencia y las normas internacionales directas para la sostenibilidad de los sistemas alimentarios, sobre la base del respeto de los derechos humanos y laborales, la competencia leal, el principio de precaución, la protección medioambiental y el bienestar animal, con arreglo a las normas de la Organización Mundial del Comercio (OMC); considera que la protección de las normas en estos ámbitos debe ser parte integrante de todos los capítulos de los acuerdos comerciales, y que la cooperación multilateral y reguladora podría contribuir a la consecución de los objetivos de la Estrategia «de la Granja a la Mesa»;

133.  Pide a la Comisión que refuerce los aspectos comerciales de la estrategia «de la Granja a la Mesa» con el fin de garantizar la coherencia entre la política comercial común, el Plan de Acción sobre la Unión Aduanera, la política agrícola común, la política pesquera común y los objetivos de la Estrategia «de la Granja a la Mesa», la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030 y otras políticas relacionadas de la Unión, y que persiga estos objetivos de forma gradual a través de la formación de alianzas verdes eficientes en todos los foros bilaterales, regionales y multilaterales pertinentes, incluida la Cumbre de las Naciones Unidas sobre los Sistemas Alimentarios de 2021, así como a través de una ambiciosa revisión de su política comercial, por medio del establecimiento de un marco dedicado a los sistemas y productos agroalimentarios sostenibles de cara a futuros acuerdos comerciales, en particular haciendo uso de cláusulas de irreversibilidad, mejorando el funcionamiento de las cláusulas de salvaguardia y poniendo fin a las importaciones de productos que excedan los límites máximos de residuos en la Unión para productos fitosanitarios, con arreglo a las normas de la OMC; solicita a la Comisión que promueva una mejor coordinación entre todas las partes interesadas de los sectores público y privado, con el fin de lograr dichos objetivos; considera que la Unión debe confirmar nuevamente el mandato del Comité de Seguridad Alimentaria Mundial como plataforma política internacional en materia de seguridad alimentaria y nutrición;

134.  Acoge con satisfacción la ambición de la Estrategia «de la Granja a la Mesa» de garantizar que haya capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible de obligado cumplimiento en todos los acuerdos comerciales de la Unión como medio para asegurar que las ambiciones reglamentarias más importantes propuestas sean coherentes con la política comercial de la Unión y sean respetadas por los terceros países que hayan firmado acuerdos comerciales con la Unión; hace hincapié en la importancia de reforzar la obligatoriedad del cumplimiento de los capítulos relativos al comercio y al desarrollo sostenible de los acuerdos comerciales, en particular, y como último recurso, mediante mecanismos de solución de litigios basados en sanciones, con el fin de promover un enfoque mundial con respecto al clima y la biodiversidad, fomentar una producción agroalimentaria más sostenible, poner fin a la deforestación mundial y mejorar las normas del trabajo, en consonancia con los ocho convenios fundamentales de la OIT; propone que los capítulos relativos al comercio y al desarrollo sostenible también tengan en cuenta normas de producción equivalentes, como el bienestar animal, la trazabilidad, la resistencia a los antimicrobianos y el uso de productos fitosanitarios, que deben ser certificadas sistemáticamente por organismos de auditoría y certificación independientes en todas las fases de producción y distribución, así como hojas de ruta con objetivos intermedios sujetos a evaluaciones ex post; insta a la Comisión a que apoye a los países en desarrollo, con el objetivo de promover la seguridad alimentaria y prestar asistencia en la armonización con las normas europeas en materia de sistemas agroalimentarios sostenibles; espera que el alto responsable de la Aplicación de la Política Comercial de la Comisión desempeñe plenamente su papel a la hora de garantizar la correcta aplicación de los acuerdos en cuestión abordando las distorsiones del mercado, reforzando la obligatoriedad del cumplimiento de los capítulos relativos al comercio y al desarrollo sostenible, y participando en un diálogo constructivo con los gobiernos y las partes interesadas;

135.  Pide a la Unión que apoye a los países en desarrollo para que adopten legislación nacional adecuada con vistas a proteger los recursos genéticos para los alimentos y la agricultura amenazados, velar por su uso y su gestión continuados por parte de las comunidades locales y los pueblos indígenas, tanto hombres como mujeres, y garantizar que los beneficios procedentes de su uso se repartan de manera justa y equitativa;

136.  Toma nota del estudio de la Comisión sobre el impacto económico acumulado de los acuerdos comerciales de la Unión en materia de agricultura, que muestra que, tanto en una posible situación conservadora como en una ambiciosa, se prevé que los acuerdos comerciales de la Unión registren un resultado global positivo por lo que respecta a su comercio agroalimentario y un mayor valor hasta 2030, demostrando así que los acuerdos comerciales de la Unión ejercen un efecto positivo en el sector de la agricultura de la Unión;

137.  Hace hincapié en que no puede ratificarse el acuerdo UE-Mercosur en su forma actual, ya que, entre otras cosas, no garantiza la protección de la biodiversidad, en particular en la Amazonia, ni aporta garantías en cuanto a las normas agrícolas;

138.  Observa que los capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible no abordan los posibles efectos negativos de los acuerdos comerciales en relación con el cambio de uso de la tierra, la deforestación o el cambio climático; considera que las normas europeas e internacionales en materia medioambiental, social, de seguridad y de bienestar animal deben aplicarse de manera integral en todos los capítulos de los acuerdos comerciales, al objeto de impedir que cualquier otra disposición comercial menoscabe dichas normas;

139.  Señala que los acuerdos comerciales deben garantizar que las partes implicadas participen activamente en la promoción de los principios del desarrollo sostenible y que las normas internacionales guarden consonancia con las ambiciones medioambientales y climáticas de la Unión; considera, además, que estos acuerdos deben contemplar el carácter vinculante del cumplimiento del Acuerdo de París a fin de garantizar una transición mundial hacia sistemas alimentarios sostenibles;

140.  Señala que la agricultura y la pesca son cruciales para el desarrollo de una actividad económica sostenible en las regiones ultraperiféricas, y destaca la contribución y el valor añadido de estos sectores en lo que respecta a garantizar la seguridad alimentaria y responder a la demanda de productos de alta calidad, seguros y suficientes por parte de la población; pide que se tengan en cuenta sistemáticamente las limitaciones estructurales agronómicas y al comercio de las regiones ultraperiféricas citadas en el artículo 349 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea durante la aplicación de la Estrategia «de la Granja a la Mesa» y de las propuestas legislativas subsiguientes, a fin de permitir que dichas regiones compitan en unas condiciones de competencia equitativas y garantizar la disponibilidad de soluciones alternativas viables para los sectores agroalimentarios si sus medios de producción y flujos comerciales se restringen;

141.  Acoge positivamente la nueva iniciativa sobre el clima y el comercio propuesta en la OMC; subraya la importancia de recurrir a este marco para desarrollar un sistema agroalimentario completo y sostenible, basado en normas de producción comunes y ambiciosas; insta a la Comisión a que participe de forma proactiva en la OMC a fin de posibilitar una transición ecológica, garantizar que la política comercial sea coherente con los ODS, proseguir las negociaciones en torno a unas existencias de seguridad alimentaria transparentes y, en particular, evitar situaciones en las que los productos agroalimentarios se conviertan en la variable de ajuste o la víctima colateral de los conflictos comerciales, al tiempo que sigue desarrollando una política comercial sostenible ambiciosa y compatible con las normas de la OMC;

142.  Acoge con satisfacción las referencias a procesos pertinentes de las Naciones Unidas en la Estrategia «de la Granja a la Mesa»; recalca la necesidad de que la Unión apoye al Comité de Seguridad Alimentaria Mundial y su mecanismo de sociedad civil como la principal plataforma política multilateral sobre sistemas alimentarios; pide a la Comisión que promueva la transición mundial hacia sistemas alimentarios sostenibles y seguridad alimentaria en todos los foros internacionales pertinentes, como la Cumbre de las Naciones Unidas sobre los Sistemas Alimentarios de 2021;

143.  Destaca la importancia de compartir tecnologías y conocimientos técnicos modernos con los países en desarrollo, así como de formar a los agricultores en su región y en Europa, a fin de ayudarles a aplicar prácticas agrícolas innovadoras, puesto que el sector agrícola es crucial para la seguridad alimentaria y el empleo en estas regiones;

o
o   o

144.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros.

(1) DO L 231 de 6.9.2019, p. 1.
(2) DO L 4 de 7.1.2019, p. 43.
(3) DO L 309 de 24.11.2009, p. 1.
(4) DO L 309 de 24.11.2009, p. 71.
(5) DO L 324 de 10.12.2009, p. 1.
(6) DO L 106 de 17.4.2001, p. 1.
(7) DO L 327 de 22.12.2000, p. 1.
(8) DO L 372 de 27.12.2006, p. 19.
(9) DO L 375 de 31.12.1991, p. 1.
(10) DO L 221 de 8.8.1998, p. 23.
(11) DO L 203 de 3.8.1999, p. 53.
(12) DO L 182 de 12.7.2007, p. 19.
(13) DO L 47 de 18.2.2009, p. 5.
(14) DO L 10 de 15.1.2009, p. 7.
(15) DO L 3 de 5.1.2005, p. 1.
(16) DO L 303 de 18.11.2009, p. 1.
(17) DO L 84 de 31.3.2016, p. 1.
(18) DO L 276 de 20.10.2010, p. 33.
(19) DO C 362 de 8.9.2021, p. 82.
(20) DO C 255 de 29.6.2021, p. 29.
(21) DO C 202 de 28.5.2021, p. 49.
(22) DO C 232 de 16.6.2021, p. 28.
(23) DO C 23 de 21.1.2021, p. 23.
(24) DO C 433 de 23.12.2019, p. 153.
(25) DO C 390 de 18.11.2019, p. 10.
(26) DO C 307 de 30.8.2018, p. 25.
(27) DO C 298 de 23.8.2018, p. 14.
(28) DO C 458 de 19.12.2018, p. 34.
(29) DO C 86 de 6.3.2018, p. 51.
(30) DO C 316 de 22.9.2017, p. 278.
(31) DO C 310 de 25.8.2016, p. 15.
(32) DO C 76 de 28.2.2018, p. 49.
(33) Evaluación global de la biodiversidad y los servicios ecosistémicos, 2019. IPBES.
(34) https://www.oecd.org/environment/resources/biodiversity/Executive-Summary-and-Synthesis-Biodiversity-Finance-and-the-Economic-and-Business-Case-for-Action.pdf
(35) El estado de los bosques del mundo 2016. Los bosques y la agricultura: desafíos y oportunidades en relación con el uso de la tierra. Roma: FAO, 2016. http://www.fao.org/3/a-i5588s.pdf
(36) The impact of EU consumption on deforestation: Comprehensive analysis of the impact of EU consumption on deforestation. Final report (El impacto del consumo de la Unión en la deforestación: análisis en profundidad del impacto del consumo de la Unión en la deforestación. Informe final). Estudio financiado por la Comisión Europea y realizado por VITO, el Instituto Internacional de Análisis de Sistemas Aplicados, HIVA e IUCN NL, 2013.
(37) Lechenet, M.; Dessaint, F.; Py, G. et al.: Reducing pesticide use while preserving crop productivity and profitability on arable farms » (Reducir el uso de plaguicidas al tiempo que se preserva la productividad y la rentabilidad de los cultivos en las explotaciones de cultivo del campo). Nature Plants 3, 17008, 2017.
(38) https://www.publiceye.ch/en/topics/pesticides/banned-in-europe
(39) Informe de 2019 de la Unión sobre residuos de plaguicidas en los alimentos publicado por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria. EFSA Journal, 2019. https://doi.org/10.2903/j.efsa.2021.6491
(40) Overweight and obesity - BMI statistics (Sobrepeso y obesidad - Estadísticas sobre el índice de masa corporal). Eurostat.
(41) The European Health Interview Survey, Wave 2 (Encuesta europea de salud por entrevista, segunda serie). Eurostat, 2013.
(42) https://ec.europa.eu/jrc/en/health-knowledge-gateway/societal-impacts/burden
(43) Muncke, J. et al.: «Impacts of food contact chemicals on human health: a consensus statement» (Efectos de las sustancias químicas en contacto con los alimentos para la salud humana: declaración de consenso) Environmental Health, 19.
(44) Keesing, F. et al.: «Impacts of biodiversity on the emergence and transmission of infectious diseases» (Efectos de la biodiversidad en la aparición y propagación de enfermedades infecciosas). Nature 468, pp. 647-652, 2010.
(45) Estimates of European food waste levels (Estimaciones de los niveles de desperdicio de alimentos en Europa). Informe final de EU-Fusions, 2016.
(46) Huella del desperdicio de alimentos y cambio climático. FAO.
(47) Estimates of European food waste levels (Estimaciones de los niveles de desperdicio de alimentos en Europa). Informe final de EU-Fusions, 2016.
(48) Market study on date marking and other information provided on food labels and food waste prevention (Estudio de mercado sobre la indicación de la fecha de caducidad y consumo preferente y otra información incluida en las etiquetas de los alimentos y la prevención del desperdicio de alimentos). Informe final para la Comisión Europea, 2018.
(49) «Sales of veterinary antimicrobial agents in 30 European countries. Trends from 2010 to 2016.» (Ventas de agentes antimicrobianos veterinarios en 30 países europeos: tendencias de 2010 a 2016). EMA. Octavo informe del ESVAC (europa.eu).
(50) Segundo informe conjunto interinstitucional sobre el análisis integrado del consumo de agentes antimicrobianos y la aparición de resistencia a los antimicrobianos en bacterias de seres humanos y animales productores de alimentos. ECDC/EFSA/EMA, 2017.
(51) Actuación contra la resistencia a los antimicrobianos: pese a los avances en el sector animal, esta amenaza sanitaria sigue siendo un reto para la UE. Tribunal de Cuentas Europeo, 2019.
(52) Visualizador de datos sobre emisiones y absorciones de gases de efecto invernadero, enviado por los países a la CMNUCC y al Mecanismo de seguimiento de los gases de efecto invernadero de la UE. AEMA. Véase también IEEP 2019, «Net-Zero Agriculture in 2050: How to get there» (Agricultura con cero emisiones netas en 2050: cómo lograrlo) (IEEP_NZ2050_Agriculture_report_screen.pdf).
(53) Visualizador de datos de gases de efecto invernadero — Agencia Europea de Medio Ambiente (europa.eu). AEMA.
(54) Agencia Europea de Medio Ambiente, informe n.° 1/2020.
(55) Respuestas de Stella Kyriakides a la pregunta con solicitud de respuesta escrita E-000689/2021.
(56) Instituto para una política europea del medio ambiente (IEEP) e Instituto Ecológico. Documento de orientación «Think2030», European food and agriculture in a new paradigm: Can global challenges like climate change be addressed through a farm to fork approach? (La alimentación y la agricultura europeas en un nuevo paradigma: ¿pueden abordarse los retos mundiales como el cambio climático mediante un enfoque de la granja a la mesa?), 2021. https://think2030.eu/wp-content/uploads/2021/02/European-food-and-agriculture-in-a-new-paradigm-WEB.pdf
(57) Resolución del Parlamento Europeo, de 16 de enero de 2019, sobre el procedimiento de autorización de la Unión para los plaguicidas (DO C 411 de 27.11.2020, p. 48).
(58) Directiva (UE) 2019/782 de la Comisión, de 15 de mayo de 2019, por la que se modifica la Directiva 2009/128/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al establecimiento de indicadores de riesgo armonizados (DO L 127 de 16.5.2019, p. 4).
(59) Directiva 2004/37/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa a la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes carcinógenos o mutágenos durante el trabajo (DO L 158 de 30.4.2004, p. 50).
(60) Directiva 98/24/CE del Consejo, de 7 de abril de 1998, relativa a la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo (DO L 131 de 5.5.1998, p. 11).
(61) DO C 202 de 28.5.2021, p. 49.
(62) Con arreglo al compromiso contraído en la iniciativa de la UE sobre los polinizadores (COM(2018)0395), medida 5C, https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:52018DC0395&qid=1634027576832&from=ES
(63) Reglamento (UE) 2019/6 (DO L 4 de 7.1.2019, p. 43).
(64) Reglamento (UE) 2019/4 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativo a la fabricación, la comercialización y el uso de piensos medicamentosos, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 183/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo y se deroga la Directiva 90/167/CEE del Consejo (DO L 4 de 7.1.2019, p. 1).
(65) Reglamento (CE) n.º 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal (DO L 268 de 18.10.2003, p. 29).
(66) Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (DO L 206 de 22.7.1992, p. 7).
(67) DO L 3 de 5.1.2005, p. 1.
(68) Taller de la IPBES sobre la diversidad biológica y las pandemias; EPRS, The link between biodiversity loss and the increasing spread of zoonotic diseases (Relación entre la pérdida de biodiversidad y el creciente aumento de las enfermedades zoonóticas); Informe de la Seguridad Sanitaria, The connection between animal agriculture, viral zoonoses, and global pandemics (Conexión entre la ganadería, las zoonosis víricas y las pandemias mundiales); Dhingra, S.M.; Artois, J.; Dellicour, S. et al.: «Geographical and historical patterns in the emergences of novel highly pathogenic avian influenza (HPAI) H5 and H7 viruses in poultry» (Patrones geográficos e históricos en la aparición de nuevos virus de gripe aviar de alta patogenicidad H5 y H7 en las aves de corral) en Frontiers in Veterinary Science 5:84, 2018. www.ncbi.nlm.nih.gov/pmc/articles/PMC5996087/; Jones, B.A.; Grace, D.; Kock, R. et al.: «Zoonosis emergence linked to agricultural intensification and environmental change» (Aparición de zoonosis vinculada a la intensificación agrícola y el cambio en el medio ambiente) en Proceedings of the National Academy of Sciences of the United States of America 110(21):8399-404, 2013. www.pnas.org/content/110/21/8399.
(69) Eurostat, 2018.
(70) Directiva (UE) 2017/159 del Consejo, de 19 de diciembre de 2016, por la que se aplica el Acuerdo relativo a la aplicación del Convenio sobre el trabajo en la pesca de 2007 de la Organización Internacional del Trabajo, celebrado el 21 de mayo de 2012 entre la Confederación General de Cooperativas Agrarias de la Unión Europea (Cogeca), la Federación Europea de Trabajadores del Transporte (ETF) y la Asociación de las Organizaciones Nacionales de Empresas Pesqueras de la Unión Europea (Europêche) (DO L 25 de 31.1.2017, p. 12).
(71) Reglamento (CE) n.° 1005/2008 del Consejo, de 29 de septiembre de 2008, por el que se establece un sistema comunitario para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (DO L 286 de 29.10.2008, p. 1).
(72) DO L 404 de 30.12.2006, p. 9.
(73) Reglamento (UE) n.º 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor (DO L 304 de 22.11.2011, p. 18).
(74) Supporting the mid-term evaluation of the EU action plan on childhood obesity. The childhood obesity study (Apoyo a la evaluación intermedia del plan de acción de la UE sobre la obesidad infantil - Estudio sobre la obesidad infantil). EPHORT consortium: Jolanda Boer, Jeanine Driesenaar, Anneke Blokstra, Francy Vennemann, Nikolai Pushkarev, Johan Hansen. https://op.europa.eu/en/publication-detail/-/publication/7e0320dc-ee18-11e8-b690-01aa75ed71a1/language-en
(75) Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios (DO L 95 de 7.4.2017, p. 1).
(76) Reglamento (CE) n.º 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria (DO L 31 de 1.2.2002, p. 1).

Última actualización: 23 de agosto de 2023Aviso jurídico - Política de privacidad