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 Texto íntegro 
Procedimiento : 2017/0114(COD)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A9-0006/2022

Textos presentados :

A9-0006/2022

Debates :

Votaciones :

PV 17/02/2022 - 11
CRE 17/02/2022 - 11

Textos aprobados :

P9_TA(2022)0047

Textos aprobados
PDF 118kWORD 43k
Jueves 17 de febrero de 2022 - Estrasburgo
Aplicación de gravámenes a los vehículos por la utilización de determinadas infraestructuras ***II
P9_TA(2022)0047A9-0006/2022

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 17 de febrero de 2022, sobre la Posición del Consejo en primera lectura con vistas a la adopción de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifican las Directivas 1999/62/CE, 1999/37/CE y (UE) 2019/520 por lo que respecta a la aplicación de gravámenes a los vehículos por la utilización de determinadas infraestructuras (10542/1/2021 – C9-0423/2021 – 2017/0114(COD))

(Procedimiento legislativo ordinario: segunda lectura)

El Parlamento Europeo,

–  Vista la Posición del Consejo en primera lectura (10542/1/2021 – C9‑0423/2021),

–  Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo de 18 de octubre de 2017(1),

–  Visto el dictamen del Comité de las Regiones de 1 de febrero de 2018(2),

–  Visto el dictamen de la Comisión (COM(2021)0693),

–  Vista su Posición en primera lectura(3) sobre la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2017)0275),

–  Visto el artículo 294, apartado 7, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el acuerdo provisional aprobado por la comisión competente con arreglo al artículo 74, apartado 4, de su Reglamento interno,

–  Visto el artículo 67 de su Reglamento interno,

–  Vista la recomendación para la segunda lectura de la Comisión de Transportes y Turismo (A9‑0006/2022),

1.  Aprueba la Posición del Consejo en primera lectura;

2.  Constata que el acto se adopta con arreglo a la Posición del Consejo;

3.  Encarga a su presidenta que firme el acto, conjuntamente con el presidente del Consejo, de conformidad con el artículo 297, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea;

4.  Encarga a su secretario general que firme el acto, tras haber comprobado que se han cumplido en debida forma todos los procedimientos, y que proceda, de acuerdo con el secretario general del Consejo, a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;

5.  Encarga a su presidenta que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

(1) DO C 81 de 2.3.2018, p. 188.
(2) DO C 176 de 23.5.2018, p. 66.
(3) Textos Aprobados de 25.10.2018, P8_TA(2018)0423.

Última actualización: 4 de mayo de 2022Aviso jurídico - Política de privacidad