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Procedimiento : 2022/2039(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A9-0164/2022

Textos presentados :

A9-0164/2022

Debates :

PV 07/06/2022 - 10
CRE 07/06/2022 - 10

Votaciones :

PV 08/06/2022 - 16.4
CRE 08/06/2022 - 16.4

Textos aprobados :

P9_TA(2022)0235

Textos aprobados
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Miércoles 8 de junio de 2022 - Estrasburgo
La política exterior, de seguridad y de defensa de la Unión tras la guerra de agresión rusa contra Ucrania
P9_TA(2022)0235A9-0164/2022

Recomendación del Parlamento Europeo, de 8 de junio de 2022, al Consejo y al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad sobre la política exterior, de seguridad y de defensa de la Unión Europea tras la guerra de agresión rusa contra Ucrania (2022/2039(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Vistos los títulos II, III y V del Tratado de la Unión Europea, y el compromiso contraído en el Preámbulo de aplicar una política común de seguridad y de defensa, y en particular el artículo 10, apartados 1 y 2, el artículo 13, apartado 2, el artículo 14, apartado 1, el artículo 16, apartado 1, el artículo 24, apartado 1, el artículo 26, el artículo 36, el artículo 41, el artículo 42, apartados 2, 3, 6 y 7, el artículo 44, el artículo 45 y el artículo 46, así como el protocolo n.º 10,

–  Visto el plan de acción sobre la «Brújula Estratégica para la Seguridad y la Defensa - Por una Unión Europea que proteja a sus ciudadanos, defienda sus valores e intereses y contribuya a la paz y la seguridad internacionales», aprobado por el Consejo el 21 de marzo de 2022 y refrendado por el Consejo Europeo el 25 de marzo de 2022,

–  Vista la Declaración de Versalles de los jefes de Estado o de Gobierno de la Unión, de 11 de marzo de 2022,

–  Vista la Comunicación conjunta de la Comisión y del alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, de 18 de mayo de 2022, titulada «Carencias en materia de inversiones en defensa y plan de actuación» (JOIN(2022)0024),

–  Vista su Resolución, de 17 de febrero de 2022, titulada «Aplicación de la política exterior y de seguridad común - Informe anual 2021»(1),

–  Vista su Resolución, de 17 de febrero de 2022, sobre la aplicación de la política común de seguridad y defensa – Informe anual 2021(2),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 15 de febrero de 2022, titulada «Contribución de la Comisión a la defensa europea» (COM(2022)0060),

–  Vista la Decisión del Consejo, de 22 de marzo de 2021, por la que se crea un Fondo Europeo de Apoyo a la Paz y se deroga la Decisión (PESC) 2015/528(3),

–  Vista su Resolución, de 16 de marzo de 2017, titulada «Repercusiones constitucionales, jurídicas e institucionales de una política común de seguridad y defensa: posibilidades que ofrece el Tratado de Lisboa»(4),

–  Vista su Resolución, de 7 de abril de 2022, sobre las Conclusiones de la reunión del Consejo Europeo de los días 24 y 25 de marzo de 2022, en particular las últimas novedades en cuanto a la guerra en Ucrania, las sanciones de la Unión contra Rusia y la aplicación de estas(5),

–  Vista su Resolución, de 24 de marzo de 2022, sobre la necesidad de un plan de acción urgente de la Unión para garantizar la seguridad alimentaria dentro y fuera de la Unión en vista de la invasión rusa de Ucrania(6),

–  Vista su Resolución, de 1 de marzo de 2022, sobre la agresión rusa contra Ucrania(7),

–  Vistas las declaraciones sobre Ucrania de los líderes del Parlamento, de 16 y 24 de febrero de 2022,

–  Visto el informe sobre el resultado final de la Conferencia sobre el Futuro de Europa de mayo de 2022,

–  Visto el Comunicado de la cumbre de Bruselas emitido por los jefes de Estado o de Gobierno participantes en la reunión del Consejo del Atlántico Norte celebrada en Bruselas el 14 de junio de 2021,

–  Vistos el análisis y las recomendaciones del grupo de reflexión nombrado por el secretario general de la OTAN, de 25 de noviembre de 2020, titulados «NATO 2030: United for a New Era» (OTAN 2030: Unidos para una nueva era),

–  Vista las Resoluciones aprobadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 2 de marzo de 2022, sobre la agresión contra Ucrania, de 24 de marzo de 2022, sobre las consecuencias humanitarias de la agresión contra Ucrania, y de 7 de abril de 2022, sobre la suspensión de los derechos de la Federación de Rusia a formar parte del Consejo de Derechos Humanos,

–  Visto el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Ucrania, por otra(8), que incluye una zona de libre comercio de alcance amplio y profundo y que entró plenamente en vigor el 1 de septiembre de 2017,

–  Vistas las Decisiones adoptadas por el Consejo sobre las medidas restrictivas de la Unión Europea contra Rusia por sus actos en Ucrania,

–  Visto el Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra(9) (en lo sucesivo, «Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión y el Reino Unido»),

–  Visto el artículo 118 de su Reglamento interno,

–  Visto el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores (A9-0164/2022),

A.  Considerando que la agresión militar no provocada e injustificada de la Federación de Rusia contra Ucrania, tras las invasión de Georgia por Rusia en 2008 y otras acciones de agresivas de este país en diversas partes del mundo, es una flagrante violación del Derecho internacional, la Carta de las Naciones Unidas y los principios consagrados en el Acta final de Helsinki de 1975, el Memorando de Budapest de 1994 y la Carta de París para una Nueva Europa de 21 de noviembre de 1990, y socava gravemente la seguridad y la estabilidad europeas y mundiales;

B.  Considerando que la Federación de Rusia no ha acatado la orden que dictó la Corte Internacional de Justicia el 16 de marzo de 2022 por la que pedía inequívocamente a Rusia que suspendiera de inmediato sus operaciones militares y que garantizara que las unidades armadas militares o irregulares que dirigiera o apoyara así como las organizaciones y personas que pudieran estar bajo su control o dirección no tomaran ninguna medida para proseguir las operaciones militares;

C.  Considerando que la invasión rusa de Ucrania constituye un ataque contra el propio orden de paz europeo y, por tanto, amenaza los fundamentos en los que se basa la política exterior y de seguridad y defensa de la Unión; que los continuos intentos de Rusia por crear inestabilidad en los países vecinos de la Unión y a escala mundial, y por socavar y modificar por la fuerza el orden de seguridad de Europa obligan a la Unión a reforzar de forma sustancial y con determinación la cohesión y eficacia de su política exterior y de seguridad y defensa;

D.  Considerando que miles de ucranianos han perdido la vida en la guerra librada por la Federación de Rusia contra Ucrania desde 2014; que miles de personas han resultado heridas y más de diez millones se han visto forzadas a abandonar sus hogares o han huido a los países vecinos;

E.  Considerando que las fuerzas armadas rusas bombardean deliberada e indiscriminadamente infraestructuras civiles, como viviendas y refugios, guarderías, escuelas, hospitales, instalaciones de emergencia y asistencia y estaciones de ferrocarril y autobuses;

F.  Considerando que, según la alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, estos ataques están causando un sufrimiento humano inmenso y constituyen crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad; que la tortura y el asesinato de civiles y el número creciente de informaciones sobre trata de seres humanos, violencia sexual, explotación, violaciones y abusos sufridos por mujeres y niños son crímenes de guerra atroces que deben ser investigados y documentados de forma urgente para que pueda enjuiciarse a sus autores; que está en curso una investigación internacional sobre los crímenes de guerra cometidos en Bucha; que la invasión de Ucrania puede constituir un crimen de agresión tal como se define en el artículo 8 bis del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y que las atrocidades cometidas por el ejército ruso y sus agentes responden a la definición de genocidio contenida en la Convención de las Naciones Unidas de 1948; que debe llevarse a los responsables políticos y a los perpetradores ante la justicia penal internacional;

G.  Considerando que la invasión rusa de Ucrania ha traído de nuevo la guerra a Europa y que nosotros, europeos de la Unión Europea, debemos emplear ahora toda nuestra determinación y decisión para proteger y defender esta Unión y los valores y principios que encarna, en particular el principio de integridad territorial, la soberanía nacional y el orden internacional basado en normas;

H.  Considerando que la falta de una respuesta adecuada a la agresión rusa contra Georgia en 2008 y contra Ucrania en 2014 animó a Rusia a proseguir sus agresivas campañas militares y políticas, incluyendo la invasión a gran escala de Ucrania, para de este modo debilitar y socavar así el orden internacional basado en normas y la estabilidad en Europa y fuera de Europa;

I.  Considerando que el objetivo estratégico del mundo libre es ayudar a Ucrania a derrotar definitivamente al agresor ruso y recuperar el control sobre su territorio reconocido internacionalmente;

J.  Considerando que la guerra de agresión de la Federación de Rusia contra Ucrania y su ataque contra el orden de paz europeo se están produciendo en un contexto de grave represión contra la sociedad civil y la oposición política en Rusia, con el fin de garantizar la supervivencia de un régimen cada vez más totalitario;

K.  Considerando que defender Europa es ante todo una obligación para todas las democracias europeas; que esta obligación debe ir acompañada de objetivos adecuados en materia de capacidades financieras y militares; que la Unión está resuelta a hacer lo que le corresponde, en estrecha cooperación con la OTAN, fundamento de la defensa colectiva de sus miembros, para contrarrestar los intentos de la Federación de Rusia de destruir los cimientos de la seguridad y la estabilidad internacionales, como el principio de integridad territorial, la soberanía nacional y el orden internacional basado en normas; que, el 18 de mayo de 2022, Finlandia y Suecia presentaron oficialmente sus solicitudes de adhesión a la OTAN; que es importante que todos los aliados de la OTAN ratifiquen rápidamente los protocolos de adhesión de Finlandia y Suecia; que Turquía se muestra reticente a acoger las solicitudes de adhesión a la OTAN de Finlandia y Suecia; que el artículo 42, apartado 7, del TUE sigue siendo un elemento importante de la arquitectura europea de seguridad, ya que proporciona apoyo y protección a todos los Estados miembros de la Unión; que el Parlamento expresa su sincero agradecimiento por la renovada asistencia y cooperación de los EE. UU. a la hora de proteger y ayudar a la defensa territorial europea;

L.  Considerando que Ucrania tiene un derecho fundamental a la legítima defensa en virtud del artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas; que el Parlamento alaba al pueblo ucraniano por su valentía en la defensa de su país y nuestros valores compartidos de libertad y democracia y no lo abandonará;

M.  Considerando que el Parlamento, en su Resolución, de 1 de marzo de 2022, sobre la agresión rusa contra Ucrania, pidió a las instituciones de la Unión que trabajaran para conceder a Ucrania el estatuto de país candidato a la adhesión a la Unión y que, mientras tanto, siguieran trabajando en pro de su integración en el mercado único de la Unión, en consonancia con el Acuerdo de Asociación UE-Ucrania;

N.  Considerando que, en virtud del mandato renovado de la Misión asesora de la Unión Europea (EUAM) en Ucrania, la misión garantizará una estrecha cooperación con la Corte Penal Internacional, la agencia de la Unión Eurojust y los Estados miembros que adopten medidas que apoyen directamente la investigación y el enjuiciamiento de delitos internacionales en Ucrania;

O.  Considerando que el Parlamento debe iniciar un análisis profundo de las razones por las que la Unión, sus Estados miembros y sus socios afines en la comunidad internacional no consiguieron disuadir a Rusia de la guerra de agresión contra Ucrania, que viola la Carta de las Naciones Unidas y constituye, por tanto, un ataque al núcleo mismo del orden de paz y seguridad de Europa, a sus valores y prosperidad y a sus fundamentos democráticos, y tomar buena nota de sus errores anteriores en sus políticas relativas a Rusia, empezando por la imposibilidad de aplicar plenamente en acuerdo de alto el fuego de 12 de agosto de 2008 alcanzado por mediación de la UE, así como investigando los casos de violación de las sanciones impuestas desde 2014;

P.  Considerando que el Consejo ha reconocido en la Brújula Estratégica que la seguridad y estabilidad en todos los Balcanes Occidentales aún no son un hecho y que existe el riesgo de que el actual deterioro de la situación de seguridad europea se extienda;

Q.  Considerando que es de urgente necesidad intensificar la preparación para estar en mejores condiciones de hacer frente a todo el espectro de crisis futuras, concretamente las crisis humanitarias y de seguridad; que la Unión debe utilizar todos los instrumentos de que dispone, atendiendo especialmente a intervenir en el momento oportuno, para proteger a la Unión y a sus ciudadanos y nuestros valores e intereses, y para contribuir a la paz y la seguridad internacionales; que es necesario que la Unión trabaje con sus aliados;

R.  Considerando que mujeres, niñas y grupos vulnerables se ven afectados de forma desproporcionada por los conflictos armados; que la participación constructiva de las mujeres y las niñas en la prevención y la resolución de conflictos, así como en la reconstrucción, contribuye a que la paz sea más duradera; que las instituciones de la Unión se han comprometido a integrar la igualdad de género en el marco del Plan de Acción en materia de Género III, que incluye todos los ámbitos de la política exterior y de seguridad común (PESC) y de la política común de seguridad y defensa (PCSD);

S.  Considerando que un papel activo del Parlamento en la definición de una política común de defensa de la Unión y en el establecimiento de una defensa común y su apoyo político y control democrático al respecto afirmarían y reforzarían los fundamentos de representación y democracia de la Unión;

T.  Considerando que el funcionamiento de la Unión se basa en la democracia representativa y que los ciudadanos están directamente representados a escala de la Unión en el Parlamento;

U.  Considerando que las distintas instituciones de la Unión deben hacer pleno uso de las atribuciones que les confieren los Tratados, con arreglo a los procedimientos, condiciones y fines establecidos en los mismos; que las instituciones deben mantener entre sí una cooperación leal;

V.  Considerando que la competencia de la Unión en asuntos relativos a la PESC abarca todos los ámbitos de la política exterior y todas las cuestiones relacionadas con la seguridad de la Unión, incluida la definición progresiva de una política común de defensa que podría conducir a una defensa común si el Consejo Europeo así lo decida por unanimidad, conforme a los artículos 24 y 42, apartado 2, del TUE;

W.  Considerando que el papel específico del Parlamento en la política exterior, de seguridad y de defensa de la Unión está definido en los Tratados;

X.  Considerando que el Parlamento debe ejercer, junto con el Consejo, su función presupuestaria en este ámbito, tal como se establece en el artículo 41 del TUE, y que debe ejercer su función de consulta política con arreglo a lo dispuesto en el artículo 36 del TUE;

Y.  Considerando que cuando se adoptan decisiones del Consejo Europeo y del Consejo en materia de política exterior, de seguridad y de defensa, el ejecutivo de la Unión Europea está compuesto por el alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, el Consejo, el Comité Político y de Seguridad y las agencias subordinadas; que el artículo 24 del TUE señala que «los Estados miembros apoyarán activamente y sin reservas la política exterior y de seguridad de la Unión, con espíritu de lealtad y solidaridad mutua» y «se abstendrán de toda acción contraria a los intereses de la Unión o que pueda perjudicar su eficacia como fuerza de cohesión en las relaciones internacionales»;

Z.  Considerando que el Parlamento es la única institución que puede ejercer legítimamente la función de control y supervisión políticos sobre el ejecutivo a escala de la Unión;

AA.  Considerando que la profundización de la cooperación entre los Estados miembros en el ámbito de la defensa a nivel de la Unión debe acompañarse de una supervisión y un control parlamentarios más estrictos, tanto por parte del Parlamento Europeo como de los Parlamentos nacionales;

AB.  Considerando que el vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR), junto con la Comisión cuando procede, proporcionará al Parlamento sobre sus opiniones detalladas sobre las recomendaciones que figuran a continuación, en particular cuando están relacionadas con la función de control presupuestario y político del Parlamento respecto de la política exterior, de seguridad y de defensa de la Unión;

AC.  Considerando que la cooperación entre los Estados miembros y los socios en virtud de los artículos 42, apartado 2, 45 y 46 del TUE debe beneficiarse de la personalidad jurídica, los privilegios y las inmunidades previstos en los Tratados;

AD.  Considerando que la Unión aspira a promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitará el acceso a la justicia para todos y construirá a todos los niveles instituciones eficaces e inclusivas y que rindan cuentas;

AE.  Considerando que, junto con sus aliados, la Unión debe aspirar a mantener su orden de paz y seguridad para proporcionar al continente y a sus residentes la paz y la seguridad que merecen; que la guerra en Ucrania ha expuesto los defectos de la actual arquitectura mundial de seguridad;

AF.  Considerando que, debido a la naturaleza multifacética de las acciones hostiles rusas, es importante pensar y diseñar la defensa de una Europa libre de manera integral, incorporando todos los sectores críticos, a saber, la defensa, la cooperación internacional, los medios de comunicación y las infraestructuras civiles críticas, la tecnología, las cadenas de suministro y la energía;

AG.  Considerando que la Unión está siendo testigo de la amenaza más directa a su seguridad territorial desde el final de la Segunda Guerra Mundial; que la actual crisis ha demostrado la necesidad de un debate sobre el presupuesto de la Unión, especialmente habida cuenta del debate en curso sobre el tipo de apoyo o equipamiento militar que puede proporcionar la Unión;

AH.  Considerando que la desinformación y la propaganda deben combatirse urgentemente, en los planos jurídico y técnico, especialmente en los países candidatos y candidatos potenciales de la Unión en los Balcanes Occidentales y en los países de la Asociación Oriental;

AI.  Considerando que la Brújula Estratégica fue adoptada por el Consejo en marzo de 2022; que la Brújula Estratégica pretende dar a la Unión las herramientas para ser un proveedor de seguridad eficaz en un entorno hostil y un actor mundial más asertivo para la paz y la seguridad humana;

AJ.  que todas las iniciativas de la Unión destinadas a reforzar la Defensa Europea deben actualizarse en consonancia con las conclusiones de la Brújula Estratégica y las futuras revisiones del análisis de amenazas;

AK.  Considerando que todos los recursos asignados para alcanzar el objetivo de dedicar a la defensa el 2 % del PIB deben utilizarse de manera coordinada y cooperativa, haciendo pleno uso de los instrumentos de la Unión para superar las deficiencias de capacidad y reforzar la defensa europea;

AL.  Considerando que hacer pleno uso de los esfuerzos conjuntos de desarrollo de capacidades de defensa de la Unión, concretamente la Cooperación Estructurada Permanente (CEP) y el Fondo Europeo de Defensa, contribuirá a incrementar la seguridad de los aliados de la OTAN y de los Estados miembros por igual;

AM.  Considerando que los Estados miembros deben evitar acciones descoordinadas que puedan exacerbar aún más la fragmentación y la duplicación de la base tecnológica e industrial de la defensa de la Unión, haciendo así un mejor uso del dinero de los contribuyentes;

AN.  Considerando que la aplicación de las sanciones sigue siendo uno de los elementos clave del conjunto de instrumentos de la Unión para contrarrestar la guerra de Rusia contra Ucrania, y que, por lo tanto, deben facilitarse todos los medios al nivel de la Unión y de los Estados miembros para garantizar que las sanciones se apliquen al completo; que el Consejo ha actuado de forma rápida y unida y ha adoptado por ahora cinco paquetes de sanciones contra Rusia por sus guerra contra Ucrania que incluyen sanciones individuales, como la inmovilización de bienes y restricciones de viaje; sanciones económicas que van dirigidas a los sectores financiero, comercial, energético, de transporte, tecnológico y de defensa; restricciones a medios de comunicación; medidas diplomáticas; restricciones a las relaciones económicas con Crimea y Sebastopol​ y con las zonas de Donetsk y Luhansk no controladas por el Gobierno y medidas relativas a la cooperación económica;

AO.  Considerando que la agresión rusa contra Ucrania está teniendo consecuencias secundarias que afectan a nivel global a las relaciones internacionales, las alianzas mundiales, la producción industrial y las cadenas de suministro, repercutiendo con ello en la seguridad alimentaria y en los medios de vida de las personas;

AP.  Considerando que la República Popular China, a través de sus declaraciones y actos, está mostrando apoyo y solidaridad respecto de la posición de Rusia, promoviendo la narrativa y las mentiras evidentes de Rusia y mostrando reticencia a respaldar plenamente la soberanía y la integridad territorial de Ucrania;

AQ.  Considerando que el Consejo Europeo y el Consejo elaboran y aplican la PESC por unanimidad, salvo en los casos en que los Tratados prevén excepciones, como lo hace el artículo 24 del TUE;

AR.  Considerando que el Parlamento, como representación directa de los ciudadanos de la Unión a escala de la Unión, desempeña un papel único en las instituciones de la Unión y desempeña un papel central a la hora de garantizar que la toma de decisiones de la Unión, también en el ámbito de la política exterior, se ajuste a los deseos de los ciudadanos tal y como se establece en el informe final de la Conferencia sobre el Futuro de Europa;

1.  Recomienda al Consejo y al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad:

   a) que reiteren su firme apoyo a la integridad territorial, soberanía e independencia de Ucrania dentro de sus fronteras reconocidas internacionalmente; que proporcionen toda la ayuda material, militar, económica y humanitaria necesaria para Ucrania y se preparen para contribuir tanto como sea posible en la reconstrucción del país después de la guerra, ya que la democracia y la libertad dependen de la prosperidad y la estabilidad económica; que establezcan urgentemente un instrumento jurídico que permita confiscar los activos y fondos rusos bloqueados y utilizarlos como reparación y para la reconstrucción de Ucrania;
   b) que se basen en la determinación y la unidad demostradas al principio de la guerra contra Ucrania y llevar a la práctica con urgencia su nivel conjunto de ambición; que hagan progresos auténticos en cooperación en materia de política exterior y defensa a nivel de la Unión, tal como se indica en la Declaración de Versalles y en las Conclusiones del Consejo de los días 24 y 25 de marzo de 2022;
   c) que expresen su acuerdo con que el AR/VP esté presente de oficio en los formatos de negociación iniciados o dirigidos por los Estados miembros de la Unión;
   d) que introduzcan el voto por mayoría cualificada en determinados ámbitos de la política exterior, como ya está previsto en los Tratados, por ejemplo para la adopción de regímenes de sanciones personales de la Unión y se esfuercen por ampliar el voto por mayoría cualificada sobre política exterior en el Consejo con el fin de aumentar la eficacia de la política exterior de la Unión;
   e) que garanticen que los Estados miembros se adhieren a los principios de los Tratados de la Unión, en especial el artículo 24 del TUE, que señala que «los Estados miembros apoyarán activamente y sin reservas la política exterior y de seguridad de la Unión, con espíritu de lealtad y solidaridad mutua»;
   f) que avancen rápidamente hacia el establecimiento de una unión de defensa con objetivos más ambiciosos a corto, medio y largo plazo, que serviría de punto de partida para aplicar una defensa común de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42, apartado 2, del TUE;
   g) que intensifiquen la cooperación con aliados y socios afines de todo el mundo, especialmente con los aliados transatlánticos de la OTAN, para mantener la unidad más firme posible en defensa del orden internacional basado en normas, promoviendo y defendiendo así la paz, la seguridad humana, la prosperidad sostenible, los principios democráticos y el respeto de los derechos humanos, y garantizando que las dependencias económicas no prevalezcan sobre la defensa de los derechos humanos y los valores que la Unión encarna; que, en particular, pongan énfasis en dicha cooperación con países del Sur Global y utilicen la cooperación para el desarrollo y la estrategia de la «pasarela mundial» (Global Gateway) a tal fin; que hagan hincapié en la necesidad de cooperación internacional en cuestiones relacionadas con la seguridad alimentaria;
   h) que establezcan un Consejo de Ministros de Defensa de la Unión periódico;
   i) que hagan de la autonomía estratégica de la Unión un objetivo general en todos los ámbitos y un enfoque integral y fundamental de su política exterior, de seguridad y defensa y su acción exterior, con el fin de que tenga la capacidad de actuar en solitario cuando sea necesario y con socios cuando sea posible y, por consiguiente, que la capaciten para desempeñar un papel importante en la escena internacional; que creen instrumentos para contrarrestar la coerción económica y lograr, lo antes posible, la soberanía alimentaria y la plena seguridad del suministro de energía para reducir la dependencia energética; que garanticen además la diversificación de las cadenas de suministro para contrarrestar la dependencia estratégica de las materias primas; que garanticen, en este contexto, que también haya reciprocidad en la política de inversiones y comercial;
   j) que colaboren con los aliados y los socios para abordar las consecuencias secundarias de la agresión rusa contra Ucrania, como la seguridad alimentaria en terceros países, en particular en los países vecinos de la Unión;
   k) que luchen contra las campañas de propaganda y desinformación en la Unión y su vecindad y las contrarresten y que impulsen la cooperación con socios en los países candidatos y candidatos potenciales a la adhesión y en todo el mundo, en particular mediante la creación urgente de las capacidades jurídicas y técnicas necesarias para hacerlo, con el fin de contrarrestar las operaciones malintencionadas de injerencia extranjera, como las de Rusia antes y durante su guerra de agresión contra Ucrania; que refuercen las capacidades del Grupo de Trabajo East StratCom del Servicio Europeo de Acción Exterior; que dispongan de una política de comunicación estratégica, multilingüe y proactiva;
  

Sobre el seguimiento de la adopción de la brújula estratégica

   l) que extraigan lecciones de la utilización del Fondo Europeo de Apoyo a la Paz para apoyar a Ucrania, mejoren su capacidad de actuación y se basen en el mecanismo de centralización empleado por primera vez durante la crisis de Ucrania; que consideren la posibilidad de mejorar el Fondo Europeo de Apoyo a la Paz para el resto del período financiero 2021-2027; que consideren posibles vías para reforzar la seguridad y resiliencia de los socios de la Unión, utilizando las posibilidades abiertas por la Brújula Estratégica, y aumentar la ayuda a Georgia y Moldavia en el marco del Fondo Europeo de Apoyo a la Paz;
   m) que planteen urgentemente un debate con vistas a establecer otro mecanismo financiero extrapresupuestario que abordaría todo el ciclo de vida de las capacidades militares a escala de la Unión, desde la I+D colaborativa y la contratación conjunta, hasta el mantenimiento, la formación y la seguridad del abastecimiento conjuntos;
   n) que mejoren e incrementen sensiblemente el intercambio de inteligencia y la cooperación entre los Estados miembros, también a escala de la Unión, y con socios afines; que mejoren los recursos y las capacidades financieras y técnicas del Centro de Inteligencia y de Situación de la Unión Europea y de la Dirección de Información del Estado Mayor de la Unión Europea; que emprendan actualizaciones sistemáticas, periódicas y frecuentes del análisis de amenazas incluido en la Brújula Estratégica; destaca que el análisis de amenazas debe reforzar la cultura estratégica de la Unión y proporcionar orientación para priorizar los objetivos de las políticas en el ámbito de la seguridad y la defensa;
   o) que concedan financiación permanente de la Unión al Centro de Satélites de la Unión Europea para que pueda mantener sus contribuciones a las acciones de la Unión en ámbitos de las imágenes espaciales y la recopilación de información de inteligencia, asimismo en apoyo de misiones y operaciones de la PCSD;
   p) que trabajen rápidamente en la aplicación de los aspectos más urgentes de la Brújula Estratégica, incluida una mayor puesta en práctica del artículo 42, apartado 7, del TUE, teniendo en cuenta el marco constitucional específico y las disposiciones de seguridad de todos los Estados miembros, y adopten medidas concretas para reforzar la resiliencia de las infraestructuras críticas en la Unión, mejorar la seguridad del suministro, obtener compromisos precisos y firmes de los Estados miembros en lo que respecta a un mejor gasto en defensa y esfuerzos conjuntos para abordar deficiencias de capacidad, en particular en el ámbito de los elementos de apoyo estratégicos, la formación conjunta y la educación militar, mayores esfuerzos para promover la comunicación estratégica y un conjunto de instrumentos reforzado para hacer frente a las amenazas híbridas y cibernéticas y luchar contra la desinformación; que desarrollen más la política de ciberdefensa de la Unión; que trabajen para establecer la atribución colectiva de ciberataques maliciosos; que hagan pleno uso de los regímenes de sanciones cibernéticas de la Unión contra personas, entidades y organismos que sean responsables o estén involucrados en los diversos ciberataques dirigidos contra Ucrania; que mejoren la protección y seguridad de las instituciones de la Unión contra los ciberataques, a escala de la Unión y de los Estados miembros; que refuercen urgentemente las capacidades de ciberdefensa de los organismos que desempeñan un papel estratégico en la respuesta inmediata ante conflictos;
   q) que progresen en los trabajos de elaboración y puesta en práctica de la propuesta relativa a un instrumento de capacidad de despliegue rápido, y dada su especial importancia para la arquitectura de seguridad y defensa de la Unión, que alcance la capacidad operativa mucho antes de 2025;
   r) que revisen urgentemente el concepto de capacidad de despliegue rápido, que no es lo suficientemente ambicioso, y reelaboren su compleja estructura, que no responde adecuadamente a la necesidad urgente de la Unión de disponer de una unidad militar multinacional permanente muy fiable que debe incluir una brigada terrestre multinacional de aproximadamente 5 000 tropas y componentes de las fuerzas aéreas, marítimas y especiales y cuyos elementos principales deben estar preparados para desplazarse en el transcurso de dos a tres días;
   s) que aclaren, con carácter de urgencia, el modo en que se aplicará en la práctica el artículo 44 del TUE para incrementar la flexibilidad de la PCSD permitiendo que un grupo de Estados miembros dispuestos y capaces planifiquen y lleven a cabo misiones y operaciones dentro del marco de la Unión en nombre de toda la Unión;
   t) que traten de incorporar al Reino Unido a un marco de cooperación común en cuestiones de defensa y política exterior, mediante la incorporación de las disposiciones pertinentes en el Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión y el Reino Unido, para maximizar las posibilidades de cooperación entre la Unión y el Reino Unido;
   u) que trabajen rápidamente para establecer un cuartel general militar de la Unión plenamente operativo fusionando la estructura de la Capacidad Militar de Planificación y Ejecución y la Capacidad Civil de Planificación y Ejecución para crear un cuartel general de operaciones civiles-militares con plenas funciones, teniendo en cuenta el nuevo entorno de seguridad;
   v) que creen un centro conjunto de conciencia situacional, que sería una herramienta fundamental para mejorar la prospectiva estratégica y la autonomía estratégica de la Unión;
   w) que hagan pleno uso de las iniciativas de desarrollo de capacidades de la Unión, concretamente el FED y la CEP, para reponer las existencias militares de los Estados miembros y reforzar las capacidades de defensa de la Unión, en particular la defensa aérea y antimisiles, a la par que se incrementa la eficiencia de la CEP; que reconozcan el valor añadido de una mayor cooperación con países afines en determinados proyectos concretos en este contexto;
   x) que refuercen sensiblemente la PCSD civil en términos de personal disponible, formación previa al despliegue, integración de la perspectiva de género y presupuesto y que velen por que sus misiones se centren principalmente en las necesidades de seguridad, justicia y Estado de Derecho de la población local y por la incorporación de un fuerte control parlamentario sobre el sector de la seguridad civil y de transparencia para que la modernización y reforma sean más sostenibles;
   y) que aumenten sensiblemente las inversiones en control de armamentos, desarme y no proliferación de armas a escala regional y mundial, en particular en enfoques multilaterales que reduzcan la propagación de armas de destrucción masiva y sus sistemas vectores;
   z) que apoyen el importantísimo trabajo del Organismo Internacional de la Energía Atómica para garantizar la seguridad de las instalaciones nucleares en Ucrania; que refuercen la arquitectura mundial de no proliferación de armas de destrucción masiva, desarme y control de armas; que refuercen más su preparación ante ataques químicos, biológicos, radiológicos y nucleares;
   aa) que insten a la Comisión a que presente sin demora un régimen de seguridad del suministro en el ámbito de la defensa, como ya solicitó el Consejo Europeo en 2013, y que se ha convertido en un asunto de máxima urgencia debido a la actual situación de seguridad;
   ab) que mejoren la inclusión de las mujeres y grupos marginados en la prevención, resolución y mediación de conflictos, y las negociaciones de paz, a través de todas las vías, y presten atención específica a la igualdad de género y los derechos de las mujeres, niñas y grupos marginados en la PESC y la PCSD, en particular en situaciones de conflicto;
  

Sobre el impacto en las misiones y operaciones de la PCSD

   ac) que revisen y refuercen en caso necesario y sin demora el mandato de la EUAM Ucrania y de la Misión de asistencia fronteriza de la Unión Europea (EUBAM) en Moldavia y Ucrania, en consonancia con las necesidades expresadas por las autoridades ucranianas y moldavas, a fin de adaptarse a la nueva realidad geopolítica y de apoyar rápida y eficazmente a las autoridades ucranianas y moldavas;
   ad) que trabajen para garantizar la renovación de las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que permiten las operaciones de la PCSD para desempeñar tareas críticas para la seguridad mundial;
   ae) que mejoren la creación de fuerzas y refuercen la dotación de personal, la capacidad de respuesta, los recursos y la comunicación estratégica de todas las misiones y operaciones de la PCSD, en particular aquellas afectadas por el deteriorado panorama de amenazas, concretamente la Misión de Observación de la UE en Georgia y la Operación Althea en Bosnia y Herzegovina, en este último caso, garantizando la disponibilidad y la preparación adecuada de reservas suficientes en caso de que se deteriore la situación de la seguridad en Bosnia y Herzegovina;
   af) que mejoren la capacidad de inteligencia para las operaciones de la PCSD sobre el terreno y refuercen la conciencia situacional;
   ag) que refuercen la resiliencia de las misiones y operaciones de la PCSD sobre el terreno contra los ciberataques y los ataques híbridos, tales como las campañas de desinformación diseñadas para dañar su credibilidad ante los ojos de las poblaciones locales;
   ah) que exijan que los países en los que están desplegadas misiones y operaciones de la PCSD de la Unión apoyen el desarrollo de capacidades para esas misiones y operaciones, de manera que puedan rescindirse sus contratos con empresas militares y de seguridad privadas supuestamente involucradas en violaciones de derechos humanos;
  

Sobre la cooperación UE-OTAN

   ai) que concluyan con rapidez los trabajos para la tercera declaración conjunta UE-OTAN, que debe ser sustancial, y garanticen que se tengan debidamente en cuenta los objetivos y prioridades de la brújula estratégica cuando se elabore el concepto estratégico de la OTAN y posteriormente se adopte en la cumbre de Madrid; que garanticen que la Brújula Estratégica y el concepto estratégico de la OTAN estén armonizados y den lugar a una mayor complementariedad estratégica;
   aj) que aumenten sensiblemente la financiación destinada a proyectos relacionados con el importantísimo proyecto de movilidad militar, en estrecha coordinación con la OTAN, y que aceleren su ejecución; que subrayen la importancia fundamental de mejorar las infraestructuras de transporte de Europa y de agilizar los regímenes aduaneros para que sea posible desplegar oportunamente tropas en toda Europa;
   ak) que inicien en el seno de la Unión y con la OTAN, los países no pertenecientes a la Unión pertinentes y la propia Ucrania un debate sobre las garantías de seguridad para Ucrania;
   al) que animen a los Estados miembros de la Unión a que aumenten sus presupuestos e inversiones en defensa y asuman el objetivo de la OTAN de dedicar el 2 % del PIB a la defensa, a fin de colmar las lagunas existentes en materia de capacidades y garantizar una protección adecuada a los residentes de la Unión, habida cuenta de la creciente amenaza militar en la vecindad inmediata de la Unión que supone Rusia;
   am) que alienten una mayor intensificación de la Presencia Avanzada Reforzada de la OTAN en los Estados miembros de la Unión más próximos geográficamente al agresor ruso y al conflicto;
  

Sobre la ampliación y las relaciones con países de la vecindad europea

   an) que reconozcan que la integración europea de los Balcanes Occidentales es esencial para la estabilidad y la seguridad a largo plazo de la Unión Europea, por lo que el Parlamento desea ofrecer a estos países una perspectiva creíble de adhesión a la Unión; que pidan una mayor asistencia política y económica y una cooperación más estrecha en materia de comercio y seguridad con los socios de la Unión en los Balcanes Occidentales y los países de la Asociación Oriental, en particular en los ámbitos de la guerra química, biológica, radiológica y nuclear, la ciberseguridad y la resiliencia de las entidades críticas, como parte de la política europea de vecindad;
   ao) que revisen la política europea de vecindad con el fin de evaluar exhaustivamente el impacto de la guerra de Rusia contra Ucrania en la cooperación en el marco de la Asociación Oriental; que desarrolle, además, propuestas sobre cómo continuar reforzando los lazos con los países de la Asociación Oriental en un contexto marcado por la agresión militar directa y otras amenazas tangibles a la seguridad, las campañas de desinformación específicas y las consecuencias económicas y sociales de la confrontación con Rusia, también para las aspiraciones europeas de Moldavia y Georgia y los avances continuos en las reformas conexas;
   ap) que refuercen la presencia diplomática y la implicación de la Unión en los países que muestren interés en una mayor cooperación con la Unión, en particular en los países de la Asociación Oriental y en los Balcanes Occidentales, y en los países cuya estabilidad, seguridad o trayectoria democrática esté amenazada por la injerencia rusa;
   aq) que refuercen cuanto antes la estrategia de ampliación de la Unión, garantizando al mismo tiempo que la política de ampliación, las perspectivas de adhesión y el proceso de adhesión contribuyen a reforzar la seguridad y la estabilidad, la democracia y el Estado de Derecho y la prosperidad económica y social, y mantengan la credibilidad, la coherencia y la eficacia de la acción de la Unión y de la cohesión interna de la Unión;
  

Sobre el control parlamentario

   ar) que impliquen al Parlamento en la aplicación y el control adecuados del Fondo Europeo de Apoyo a la Paz, que es un instrumento extrapresupuestario; que se aseguren de que el Parlamento esté implicado de manera significativa en el control, aplicación y la revisión periódica de la Brújula Estratégica; que fomenten los intercambios con los ministros nacionales del Parlamento Europeo sobre temas que son prioridades actuales de la Unión; que recuerden el importante papel de los Parlamentos nacionales en los Estados miembros y subrayen el papel clave que la Asamblea Parlamentaria de la OTAN puede jugar y que pidan una mayor intensificación de las relaciones del Parlamento Europeo con la Asamblea Parlamentaria de la OTAN;
   as) que sustituyan la declaración unilateral sobre responsabilidad política por un acuerdo bilateral con el VP/AR en el que se establezcan todos los aspectos de la relación;
  

Sobre asuntos presupuestarios

   at) que procuren que el Parlamento tenga una función presupuestaria global en materia de política exterior de seguridad y defensa, conforme a lo previsto en el artículo 14, apartado 1, el artículo 16, apartado 1, y el artículo 41 del TUE, en particular para las decisiones adoptadas en virtud de los artículos 42, apartado 2, 45 y 46 del TUE;
   au) que animen a la Unión y a sus Estados miembros a estar a la altura del compromiso político adoptado mediante la Declaración de Versalles y a apoyar firmemente y aumentar el nivel de ambición de la Comunicación conjunta de 18 de mayo de 2022 sobre las carencias en materia de inversiones en defensa y plan de actuación, con el fin de colmar rápidamente las lagunas detectadas en dicha Comunicación y en la revisión anual coordinada de la defensa, garantizando al mismo tiempo un verdadero valor añadido europeo; que, por lo tanto, hagan las evaluaciones adecuadas de los recursos financieros comunes de la Unión y de los instrumentos necesarios para una política de seguridad y defensa de la Unión eficaz y creíble, y que apoyen también las posibilidades de sinergias con otros fondos de la Unión, como complementar el FED con un grupo de trabajo de contratación conjunta y un mecanismo de contratación conjunta, reforzando así la seguridad de los Estados miembros de la Unión, y proporcionen una seguridad adecuada a todos en la Unión;
   av) que hagan pleno uso de las posibilidades de financiación del presupuesto de la Unión que brindan los Tratados, como se propone en la Comunicación conjunta sobre las carencias en materia de inversiones en defensa y plan de actuación, para facilitar y llevar a cabo una revisión de las posibilidades de financiación en el contexto de la revisión intermedia del marco financiero plurianual, con vistas a proporcionar los necesarios fondos incrementados a los instrumentos de la Unión y las iniciativas pertinentes de la Unión en el ámbito de la defensa; que refuercen el FED y aumenten el número y la pertinencia de los proyectos colaborativos de la industria de defensa; que reduzcan la carga burocrática sobre las empresas que presenten su candidatura en convocatorias, especialmente las pequeñas y medianas empresas; que amplíen el Fondo Europeo de Apoyo a la Paz y el proyecto de movilidad militar; que faciliten la financiación de la creación de fuerzas para operaciones de la PCSD, los despliegues militares y los ejercicios prácticos; y que apliquen rápidamente las medidas propuestas como contribución de la Comisión a la defensa europea;
   aw) que garanticen que la propuesta de presupuesto para 2023 incluya en el presupuesto de la PESC una financiación adecuada para la Agencia Europea de Defensa, el Centro de Satélites de la Unión Europea, la CEP y la proyectada capacidad de despliegue rápido de la Unión así como, en ese mismo título o en otros, según proceda, financiación de las iniciativas mencionadas anteriormente, de conformidad con el Tratado;
   ax) que racionalicen y coordinen los esfuerzos anunciados por los Estados miembros para aumentar el gasto en defensa y desarrollen rápidamente el plan conjunto de la Comisión y el Servicio Europeo de Acción Exterior para la contratación conjunta por parte de la Unión de sistemas militares a fin de alcanzar el máximo nivel de coherencia e impacto para la seguridad colectiva de Europa, con vistas a evitar las duplicaciones y la fragmentación;
   ay) que mejoren las posibilidades de financiación para la industria europea de defensa eliminando el equipamiento militar de la lista de actividades excluidas del Banco Europeo de Inversiones;
  

Sobre Ucrania

   az) que proporcionen sin demora armas en consonancia con las necesidades expresadas por las autoridades ucranianas, en particular utilizando el Fondo Europeo de Apoyo a la Paz y el mecanismo de centralización, y como parte de los acuerdos bilaterales de los Estados miembros con Ucrania;
   ba) que asuman que la Declaración de Versalles reconoce las aspiraciones europeas de Ucrania y su solicitud de adhesión a la Unión y le concedan el estatuto de país candidato a la Unión como signo político claro de solidaridad con el pueblo ucraniano;
   bb) que hagan hincapié en que Ucrania, como cualquier otro país, tiene el derecho soberano de tomar decisiones sobre sus alianzas políticas y su integración económica por sí sola, sin interferencias de otros países;
   bc) que apoyen la investigación de los crímenes de guerra cometidos por Rusia en Ucrania, en particular pidiendo un tribunal especial de las Naciones Unidas; que garanticen que los autores de crímenes de guerra y violaciones de los derechos humanos rindan cuentas y que pidan a la Unión y a sus Estados miembros que ayuden a Ucrania en sus investigaciones internacionales sobre crímenes de guerra;
  

Sobre las sanciones

   bd) que garanticen un seguimiento exhaustivo de las sanciones de la Unión y su aplicación y publiquen orientaciones para los Estados miembros sobre cómo aplicar y hacer cumplir adecuadamente dichas sanciones; que impongan sanciones secundarias a entidades y países no pertenecientes a la Unión que faciliten activamente la elusión de las sanciones de la Unión contra Rusia; que colaboren con socios internacionales para estudiar en detalle el impacto de las sanciones en Rusia hasta la fecha; que se dirijan a países no pertenecientes a la Unión y especialmente a los países candidatos a la adhesión a la Unión y alienten una mayor armonización con las medidas restrictivas de la Unión;
   be) que refuercen la capacidad de la Comisión para aplicar medidas restrictivas y publicar estadísticas clave semanales;
   bf) que aborden los diferentes niveles de aplicación de sanciones selectivas contra personas vinculadas al Kremlin en todos los Estados miembros e influyan en aquellos Estados miembros que aún no lo hayan hecho para que presten toda la ayuda militar, financiera y humanitaria necesaria a Ucrania e impongan un embargo total a las importaciones rusas de gas, petróleo y carbón rusos a la Unión;
   bg) que desplieguen una ofensiva diplomática en todos los Estados que se abstuvieron o votaron en contra de las Resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas para explicar la gravedad de la agresión rusa y la necesidad de una respuesta unánime de la comunidad internacional;
   bh) que adopten un enfoque global con respecto a la Federación de Rusia y abandonen cualquier compromiso selectivo con Moscú frente a las atrocidades y crímenes de guerra orquestados por las élites políticas rusas y cometidos por tropas rusas, sus representantes y mercenarios en Ucrania y en otros lugares; que exijan la rendición de cuentas a los responsables de estos actos y hagan que comparezcan ante la justicia internacional;

2.  Encarga a su presidenta que transmita la presente Recomendación al Consejo, a la Comisión y al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad.

(1) Textos Aprobados, P9_TA(2022)0039.
(2) Textos Aprobados, P9_TA(2022)0040.
(3) DO L 102 de 24.3.2021, p. 14.
(4) DO C 263 de 25.7.2018, p. 125.
(5) Textos Aprobados , P9_TA(2022)0121.
(6) Textos Aprobados, P9_TA(2022)0099.
(7) Textos Aprobados, P9_TA(2022)0052.
(8) DO L 161 de 29.5.2014, p. 3.
(9) DO L 149 de 30.4.2021, p. 10.

Última actualización: 27 de septiembre de 2022Aviso jurídico - Política de privacidad