Resolución del Parlamento Europeo, de 5 de octubre de 2022, sobre la respuesta de la Unión al incremento de los precios de la energía en Europa (2022/2830(RSP))
El Parlamento Europeo,
– Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),
– Vista la Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables(1),
– Vista la Directiva (UE) 2018/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, por la que se modifica la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética(2),
– Vista la Directiva (UE) 2018/844 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2010/31/UE relativa a la eficiencia energética de los edificios y la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética(3),
– Visto el Reglamento (UE) 2019/943 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, relativo al mercado interior de la electricidad(4),
– Vista la Directiva (UE) 2019/944 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y por la que se modifica la Directiva 2012/27/UE(5),
– Visto el Reglamento (UE) 2017/1938 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2017, sobre medidas para garantizar la seguridad del suministro de gas(6),
– Visto el Reglamento (UE) 2021/1119 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de junio de 2021, por el que se establece el marco para lograr la neutralidad climática y se modifican los Reglamentos (CE) n.º 401/2009 y (UE) 2018/1999 («Ley Europea del Clima»)(7),
– Vista la Directiva 2003/96/CE del Consejo, de 27 de octubre de 2003, por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad(8),
– Vista la propuesta de la Comisión de un Reglamento del Consejo relativo a una intervención de emergencia para hacer frente a los elevados precios de la energía (COM(2022)0473),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 18 de mayo de 2022, titulada «Intervenciones a corto plazo en el mercado de la energía y mejoras a largo plazo de la configuración del mercado de la electricidad. Línea de actuación» (COM(2022)0236),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 13 de octubre de 2021, titulada «Un conjunto de medidas de actuación y apoyo para hacer frente al aumento de los precios de la energía» (COM(2021)0660),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 8 de marzo de 2022, titulada «REPowerEU: Acción conjunta para una energía más asequible, segura y sostenible» (COM(2022)0108),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 18 de mayo de 2022, titulada «Plan REPowerEU» (COM(2022)0230),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 23 de marzo de 2022, titulada «Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía tras la agresión contra Ucrania por parte de Rusia» (C/2022/1890),
– Visto el Plan de Acción del Pilar Europeo de Derechos Sociales,
– Vistos la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) y, en particular, el Acuerdo de París de 2015, que entró en vigor el 4 de noviembre de 2016,
– Vistas las Conclusiones de la cumbre del Consejo Europeo de los días 24 y 25 de marzo de 2022,
– Vista su Resolución, de 21 de octubre de 2021, sobre las directrices sobre ayudas estatales en materia de clima, energía y medio ambiente(9),
– Vista su Resolución, de 15 de enero de 2020, sobre el Pacto Verde Europeo(10),
– Vista su Resolución, de 21 de enero de 2021, sobre el acceso a una vivienda digna y asequible para todos(11),
– Vista su Resolución, de 10 de febrero de 2021, sobre el nuevo Plan de acción para la economía circular(12),
– Visto el artículo 132, apartados 2 y 4, de su Reglamento interno,
A. Considerando que la guerra de agresión de Rusia está teniendo un impacto significativo en los ciudadanos y la economía de la Unión, especialmente por el fuerte aumento de los precios de la energía y los alimentos, está causando un inmenso sufrimiento al pueblo ucraniano y constituye un ataque directo a los valores europeos;
B. Considerando que la tasa de inflación de la zona del euro llegó, gradualmente, hasta el 10 % en septiembre de 2022, y que más de la mitad de los países de la zona del euro sufren tasas de dos dígitos, llegando algunos hasta el 24 %;
C. Considerando que, ya en 2020, antes de ponerse en marcha la espiral de aumento de los precios, unos 36 millones de europeos no pudieron calentar adecuadamente sus hogares; que más de 50 millones de hogares de la UE ya sufren pobreza energética y que este importante reto se verá agravado por la actual crisis energética, lo que dará lugar a posibles retrasos en el acceso a las necesidades básicas, los cuidados, la educación y la asistencia sanitaria, en particular para los niños y los jóvenes;
D. Considerando que las plantas de una amplia gama de industrias europeas, como las del acero, el aluminio, los fertilizantes y la propia industria de la energía, se han visto obligadas a suspender los contratos de trabajo de sus trabajadores y a cerrar líneas de producción, ya que los elevados precios del gas y la electricidad están provocando pérdidas a las empresas; que estos cierres tienen un efecto dominó en otras industrias afectadas por las perturbaciones de la oferta y podrían causar daños a largo plazo en la base industrial europea;
E. Considerando que las empresas sufren un aumento de los costes de producción debido al incremento de los precios de las materias primas, las limitaciones en las cadenas de suministro y el aumento de los precios del transporte y la energía, junto con los cambios en el comportamiento de los consumidores;
F. Considerando que la fuerte subida del precio de la electricidad ha elevado las necesidades de margen de los productores de electricidad, que están cubriendo sus ventas en el mercado de futuros a niveles sin precedentes;
G. Considerando que las transiciones energética y digital aumentarán sustancialmente la demanda de determinados tipos de materias primas, en un contexto en que la Unión depende de unos pocos países y empresas para el suministro de estas mismas materias;
H. Considerando que la crisis de la COVID-19 y la guerra rusa de agresión contra Ucrania han perturbado las cadenas de suministro y de valor, generando escasez de suministros y dando lugar a un aumento de los costes de producción;
I. Considerando que el principio 20 del Pilar Europeo de Derechos Sociales sobre el acceso a los servicios esenciales sostiene que toda persona tiene derecho a acceder a servicios esenciales de alta calidad, como el agua, el saneamiento, la energía, el transporte, los servicios financieros y las comunicaciones digitales; que es necesaria la disponibilidad de acceso a estos servicios;
J. Considerando que el marco de la Unión relativo a los servicios de interés económico general debe actualizarse para proteger mejor a los consumidores vulnerables en la situación actual;
K. Considerando que, en su discurso sobre el estado de la Unión del 14 de septiembre de 2022, la presidenta de la Comisión, Ursula Von der Leyen, declaró que Rusia sigue manipulando activamente nuestro mercado de la energía;
L. Considerando que los precios al contado del gas registrados en el mecanismo de transferencia de títulos de los Países Bajos (TTF), que se habían mantenido por debajo de los 25 EUR/MWh en los últimos cuatro años, han aumentado considerablemente desde agosto de 2021, en particular desde el inicio de la guerra rusa de agresión contra Ucrania, y, a mediados de agosto de 2022, alcanzaron niveles superiores a los 200 EUR/MWh, en los que se han mantenido; que las acciones de Rusia son un ejemplo de ataque al mercado del gas de la Unión sin previa provocación;
M. Considerando que la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) ha declarado que, si bien los mercados de derivados sobre materias primas abiertos y que funcionan correctamente desempeñan un papel esencial en la determinación de los precios, debido al reciente período de extrema tensión, las medidas para contener la volatilidad excesiva podrían resultar útiles para mejorar el funcionamiento general de dichos mercados; que la AEVM también señaló que el marco de la segunda Directiva relativa a los mercados de instrumentos financieros (MiFID 2) ya prevé un conjunto de mecanismos de volatilidad (en particular, interrupciones de la negociación y bandas de precios), al tiempo que observó que, en las circunstancias extremas que han experimentado los mercados de derivados sobre materias primas (y, en particular, los mercados de la energía) en los últimos meses, el número de veces que se habían activado las interrupciones de la negociación en los centros de negociación pertinentes de la Unión parecía ser muy bajo(13);
N. Considerando que, en su discurso sobre el estado de la Unión del 14 de septiembre de 2022, la presidenta de la Comisión, Ursula Von der Leyen, declaró que la propuesta de la Comisión recaudará más de 140 000 000 000 EUR para que los Estados miembros puedan amortiguar el golpe directamente; que varios Estados miembros han introducido regímenes temporales para gravar los beneficios inesperados;
O. Considerando que los Estados miembros deben ser los principales agentes responsables de su propia combinación energética, de identificar los principales problemas a los que se enfrentan sus ciudadanos y economías y de resolverlos;
P. Considerando que el espectacular aumento de los precios de la electricidad está sometiendo a gran presión a los hogares, a numerosos ciudadanos europeos —en particular los que corren el riesgo de caer en la pobreza y los pertenecientes a grupos vulnerables—, a las organizaciones no gubernamentales, a las pequeñas y medianas empresas (pymes) y la industria, y puede causar daños sociales y económicos más generalizados;
Q. Considerando que la evaluación por la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación de los Reguladores de la Energía de la configuración del mercado mayorista de la electricidad de la UE puso de manifiesto que el comercio transfronterizo aportó en 2021 34 000 000 000 EUR en beneficios a los consumidores, contribuyendo al mismo tiempo a suavizar la volatilidad de los precios, y que dicho comercio mejora la seguridad del suministro de cada Estado miembro, así como su resiliencia frente a las perturbaciones de los precios;
R. Considerando que el ahorro y la reducción del consumo energético constituyen una opción asequible, segura y limpia para reducir la dependencia de la Unión de las importaciones de combustibles fósiles procedentes de Rusia; que los Estados miembros de la UE solo ahorran un 0,8 % del consumo final de energía;
Consideraciones previas
1. Considera que la guerra rusa de agresión contra Ucrania y su militarización del suministro de energía fósil ha exacerbado drásticamente la ya existente inestabilidad en el mercado de la energía; lamenta que esta situación haya elevado aún más los precios de la energía, lo que ha disparado la inflación, agravado las desigualdades sociales y la pobreza energética y de movilidad, provocado un aumento de los precios de los alimentos y del coste de la vida, y que persista un riesgo significativo de cierre de empresas en diferentes sectores y de desempleo;
2. Expresa su profunda preocupación por los elevados precios de la energía en toda la UE y pide a los Estados miembros que aborden inmediatamente su impacto y el de la inflación asociada en los ingresos de los hogares, en la salud y en el bienestar, en particular entre las personas más vulnerables, así como en las empresas, incluidas las pymes, y la economía en general;
3. Cree que en circunstancias extraordinarias se requieren medidas de emergencia excepcionales, y que la Unión debe actuar, ahora más que nunca, junta y unida; insiste en que todas las medidas adoptadas a escala de la Unión para luchar contra la crisis de los precios de la energía deben ser plenamente compatibles con los objetivos climáticos de la Unión a largo plazo, incluido el Pacto Verde Europeo, y promover la autonomía estratégica abierta de la Unión; pide a la Comisión, a este respecto, que analice los efectos acumulativos de las medidas de emergencia nacionales y de la Unión, garantizando que sean coherentes con el objetivo de la Unión alcanzar la neutralidad climática a más tardar en 2050; insiste en que todas las medidas propuestas deben reconocer la diversidad de las circunstancias nacionales y, por tanto, conceder la flexibilidad necesaria para su aplicación; pide a los Estados miembros y a los agentes económicos que muestren una mayor solidaridad para hacer frente a esta crisis de manera equitativa;
4. Reitera su llamamiento de mayo de 2022 en favor de un embargo inmediato y completo de las importaciones rusas de petróleo, carbón, combustible nuclear y gas, y del abandono total de Nord Stream 1 y 2;
Repercusiones en los ciudadanos y en la economía
5. Insta a los Estados miembros a que garanticen el acceso a una electricidad y una calefacción asequibles y limpias y a que eviten que las personas se vean obligadas a elegir entre «comer o calentar»; advierte a los Estados miembros de que los consumidores que no pueden permitirse el aumento de sus facturas de energía no deben quedar excluidos, y subraya la necesidad de evitar desahucios en aquellos hogares vulnerables que no pueden pagar sus facturas o el alquiler; destaca la necesidad de proteger mejor a los consumidores frente a la suspensión o la rescisión de contratos a tipo fijo por parte de los proveedores, y de evitar que los consumidores incurran en pagos anticipados desorbitados por el gas y la electricidad; pide a la Comisión que evalúe la necesidad de establecer requisitos más estrictos en materia de información precontractual en el sector de la energía, en particular por lo que respecta a las ventas a distancia;
6. Expresa su profunda preocupación por las repercusiones de los elevados precios de la energía en los hogares y las empresas y por las disparidades que existen entre las capacidades de los distintos Estados miembros para apoyarlos, como demuestran los recientes anuncios; destaca la necesidad de una solidaridad sin precedentes entre los Estados miembros y de una respuesta común, en lugar de acciones unilaterales divisivas;
7. Pide a los Estados miembros que mantengan y refuercen urgentemente los servicios públicos, sociales y culturales amenazados por el aumento de los precios de la energía de los que se beneficia un número cada vez mayor de personas necesitadas, incluidos los servicios gestionados por las autoridades locales, como las viviendas sociales, los baños públicos, los centros educativos y los hospitales; recuerda que las autoridades locales también se han visto afectadas por la crisis y también deben ser protegidas;
8. Pide a los Estados miembros que pongan en marcha planes y estrategias en los ámbitos de la vivienda, el acceso a las necesidades sociales básicas, la protección de las infraestructuras sociales, los servicios sanitarios críticos y la asistencia financiera a las pymes; destaca que este apoyo debe dirigirse especialmente a los grupos de población que se encuentran en una situación más crítica;
9. Destaca que los hogares de todos los Estados miembros se enfrentan a importantes retos, como por ejemplo la erosión del poder adquisitivo; hace hincapié en que muchas personas en Europa ya se encontraban previamente en situaciones vulnerables y advierte de que la inflación asociada, y en particular el aumento de los precios de los alimentos y la energía, podría hacer que la situación resulte insoportable para los hogares con bajos ingresos, con la clase media viéndose cada vez más afectada; pide a los Estados miembros que consideren la posibilidad de eximir del IVA a los alimentos básicos en toda la Unión durante toda la crisis, que faciliten el acceso a los bienes esenciales y que atajen la escasez de alimentos y el aumento de los precios de la vivienda;
10. Subraya que el marco vigente permite a los Estados miembros eximir temporalmente a los hogares del impuesto sobre la electricidad, el gas natural, el carbón y los combustibles sólidos, o aplicar un tipo reducido al mismo; anima a los Estados miembros a que hagan pleno uso de las opciones existentes para reducir los impuestos sobre los productos energéticos; pide a la Comisión que considere la posibilidad de conceder a los Estados miembros margen para introducir nuevas exenciones o reducciones temporales de los impuestos especiales y los impuestos sobre la energía, con el fin de aliviar la carga para los hogares y las empresas;
11. Pide a los Estados miembros y a la Comisión que informen a los ciudadanos y a las empresas, y en particular a las pymes, sobre cómo pueden prepararse para el próximo invierno y cómo mejorar la eficiencia energética y reducir su demanda de energía, con consejos de ahorro prácticos, eficaces y realistas en torno al coste de la vida y el coste de la energía, así como información sobre los derechos de los consumidores; anima a los Estados miembros a que promuevan mecanismos de ahorro energético para los hogares vulnerables;
12. Pide a los Estados miembros que consideren la posibilidad de prestar apoyo temporal a los usuarios del transporte vulnerables, inclusive mediante bonos de transporte, a fin de contribuir a absorber el aumento de los precios; pide que se adopten políticas estructurales que sigan promoviendo las redes de transporte público fiables y asequibles y las modalidades de movilidad activa, como por ejemplo los desplazamientos en bicicleta o a pie;
13. Pide a los Estados miembros que aborden las repercusiones de la crisis energética en el mercado laboral prestando apoyo a los trabajadores que se encuentran temporalmente en situación de «desempleo técnico» porque sus empleadores se vieron obligados a limitar o suspender sus actividades, incluyendo a los trabajadores por cuenta propia sin asalariados y ayudando a las pequeñas empresas a retener al personal y mantener sus actividades; recuerda que los regímenes de reducción del tiempo de trabajo han demostrado su utilidad durante la pandemia y deben aplicarse, con ayuda financiera de la Unión cuando sea necesario, para evitar la pérdida de puestos de trabajo; pide a la Comisión y al Consejo que refuercen el Instrumento Europeo de Apoyo Temporal para Atenuar los Riesgos de Desempleo en una Emergencia (SURE) para apoyar los regímenes de reducción del tiempo de trabajo y los ingresos de los trabajadores, así como a los trabajadores que serían despedidos temporalmente por el aumento de los precios de la energía;
14. Pide a los Estados miembros que, frente a la fuerte subida de los precios, apoyen a las empresas en consulta con los representantes de los empresarios y los trabajadores de los sectores más afectados, y que apliquen medidas contra la crisis, también a través del diálogo social y la negociación colectiva; pide a la Comisión que adopte las medidas necesarias para ayudar a las industrias de gran consumo de energía, inclusive ofreciendo las debidas garantías en materia de protección del medio ambiente y mantenimiento del empleo;
15. Subraya que las garantías sociales son fundamentales en la actual crisis e insta a los Estados miembros y a la Comisión a que asocien a los sindicatos en el diseño y la aplicación de medidas anticrisis a través del diálogo social;
16. Reconoce que el efecto acumulativo de los elevados precios de la energía y de la perturbación de las cadenas de suministro puede poner en peligro las empresas europeas y los puestos de trabajo que proporcionan; pide que se alivie inmediatamente la carga que pesa sobre las empresas, en particular sobre las pymes;
17. Subraya que el objetivo principal de la política monetaria del BCE es mantener la estabilidad de precios y, por tanto, garantizar que la inflación sea baja, estable y predecible; recuerda que el objetivo del BCE para la tasa de inflación es del 2 %;
Compromisos climáticos, despliegue de energías renovables, eficiencia energética e infraestructuras
18. Recuerda que la energía más barata es la que no consumimos y que las medidas de eficiencia energética y ahorro energético no solo favorecerán a la UE a corto plazo, sino que también nos ayudarán a cumplir los compromisos climáticos de la Unión para 2030 contenidos en el paquete de medidas «Objetivo 55» y la iniciativa REPowerEU, como por ejemplo la reducción de las importaciones y el consumo de gas;
19. Considera que la consecución de los objetivos del Pacto Verde Europeo hará que nuestros sistemas de energía sean más eficientes, más basados en fuentes renovables, más sólidos frente a las crisis y más resilientes a las perturbaciones externas, garantizará una energía estable y asequible y contribuirá a una autonomía estratégica abierta;
20. Pide a los Estados miembros y a la Comisión que aceleren el despliegue de las energías renovables, ya que es la mejor manera de poner fin a la dependencia del gas natural y de cumplir los compromisos climáticos de la Unión; recuerda las refundiciones en curso de la Directiva (UE) 2018/2001 (RED III y RED IV) y está convencido de que una rápida finalización de los procedimientos legislativos acelerará el despliegue de las energías renovables en toda la Unión;
21. Destaca que la calefacción residencial debe descarbonizarse mediante una electrificación inteligente y soluciones de calefacción urbana asequibles y basadas en energías renovables; pide a la Comisión y a los Estados miembros que aumenten el apoyo a la renovación de edificios y proporcionen una financiación adecuada para las inversiones en medidas de eficiencia energética, en particular para los edificios con peor rendimiento energético y para los barrios más vulnerables; acoge con satisfacción la decisión de algunos Estados miembros de prohibir la instalación de calderas de gas en los edificios nuevos; destaca la importancia y los beneficios inmediatos del rápido despliegue de instalaciones de energía solar en los edificios, de energías renovables de proximidad, de bombas de calor y de otras soluciones rápidas y fáciles de instalar;
22. Anima a la Comisión y a los Estados miembros a que aceleren el despliegue de las fuentes de energía renovables, en particular eliminando las barreras administrativas y simplificando y acelerando los procesos de concesión de permisos, inclusive para los hogares;
23. Apoya la idea, en el marco de REPowerEU, de subastar derechos de emisión en el régimen de comercio de derechos de emisión de la Unión (RCDE), como medida excepcional, para generar 20 000 000 000 EUR y financiar así la infraestructura necesaria para hacernos menos dependientes del gas y el petróleo rusos, incluidas inversiones en energías renovables y en eficiencia energética; pide que esta intervención se acelere para movilizar los ingresos necesarios antes de finales de 2025; se congratula de la posibilidad de que a corto plazo pudieran con ello mitigarse los precios del RCDE y, por ende, también los precios de la electricidad y los costes de la energía para la industria, al tiempo que reconoce que el RCDE no se cuenta entre los principales impulsores del reciente aumento de los precios de la energía; reitera sus propios objetivos climáticos para 2030, con los que esta intervención del RCDE está plenamente en consonancia;
24. Hace hincapié en que las señales de precios de la electricidad en tiempo real pueden propiciar una mayor flexibilidad de la demanda, reduciendo a su vez las necesidades de suministro en las horas punta, que resultan más costosas y suponen un mayor consumo; pide, por tanto, a los Estados miembros que gestionen mejor las necesidades de flexibilidad de los sistemas energéticos de la UE a través de redes mejoradas, una generación modulable de bajas emisiones y tecnologías diversas de almacenamiento de energía a gran escala y a largo plazo, con el fin de reducir la demanda industrial de electricidad y gas en las horas punta;
25. Pide a los Estados miembros que transpongan plenamente la Directiva (UE) 2018/2001, en particular para eliminar los obstáculos a la creación de comunidades de energía; pide a los Estados miembros que adopten nuevas medidas para el autoconsumo de energías renovables; pide a los Estados miembros que creen las condiciones adecuadas para el desarrollo de al menos una comunidad de energías renovables por municipio, de modo que los ciudadanos puedan producir, consumir, almacenar y revender su propia energía renovable;
26. Pide que se acelere el procedimiento legislativo en curso de la Directiva sobre eficiencia energética, puesto que sus disposiciones ayudarán a los usuarios a reducir su consumo de energía y, por tanto, a reducir también su factura energética;
27. Subraya que la creación de un mercado único de la energía plenamente integrado que proporcione una red energética europea verdaderamente resiliente, incluida la construcción de nuevos interconectores, como demuestra el que conecta la península ibérica con Francia, y mejores plataformas comerciales, aliviaría la presión sobre los precios sobre las empresas y los consumidores a corto plazo, y conllevaría la independencia energética y la resiliencia a largo plazo; reconoce que la reforma del mercado interior de la energía de la UE debe perseguirse de manera más coherente, que deben evitarse las dependencias excesivamente elevadas y que las infraestructuras clave deben permanecer en manos de la UE, promoviendo con ello la autonomía estratégica abierta; considera que todas las opciones deben estar sobre la mesa para mantener la energía asequible y lograr la neutralidad climática;
28. Destaca que las inversiones en energías renovables, eficiencia energética e infraestructuras necesarias, incluidos proyectos transfronterizos específicos y bien definidos con inversiones a través de NextGenerationEU y REPowerEU, ayudan a la Unión a alcanzar la soberanía energética, la autonomía estratégica abierta y la seguridad energética; pide a la Comisión y a los Estados miembros que agilicen dichos proyectos de infraestructuras esenciales basadas en las energías renovables y el hidrógeno limpio, facilitando el proceso de concesión de permisos y teniendo debidamente en cuenta la participación pública y los procedimientos de evaluación de impacto medioambiental;
29. Observa que algunos Estados miembros están reconsiderando la eliminación progresiva de la energía nuclear y del carbón si algunas de sus centrales pueden contribuir a la seguridad del abastecimiento energético de la UE y a contener los precios de la energía; considera que la ampliación del tiempo de servicio de las centrales nucleares existentes debe hacerse garantizando al mismo tiempo su funcionamiento seguro y la correcta gestión y eliminación de los residuos nucleares; destaca que, en el caso de las instalaciones que emplean carbón, el aplazamiento debe ser temporal, mientras dure la crisis actual, y debe ir acompañado de un calendario concreto para su sustitución por otras fuentes de energía;
30. Recuerda que aproximadamente una cuarta parte de la electricidad y la mitad de la electricidad con bajas emisiones de carbono en la UE son generadas mediante energía nuclear; observa que, si bien algunos Estados miembros se oponen a la energía nuclear, varios Estados miembros se están preparando para construir nuevas centrales nucleares; reitera que los Estados miembros siguen siendo plenamente responsables de decidir su combinación energética y de diseñar opciones para garantizar una energía asequible, estable y limpia para sus ciudadanos y empresas, así como de elegir la vía más adecuada para que los Estados miembros contribuyan a la consecución de los objetivos climáticos y energéticos de la Unión, teniendo en cuenta las características y limitaciones específicas de cada Estado miembro;
31. Expresa su más profunda preocupación por el reciente acto de sabotaje en la infraestructura de Nord Stream, con la liberación a la atmósfera de 300 000 toneladas métricas de uno de los gases de efecto invernadero más potentes, según estimaciones alemanas(14), que, según el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, puede ser la mayor liberación de metano jamás registrada; señala cómo los efectos de esta explosión y fuga de metano contribuirán al cambio climático y a la contaminación atmosférica, socavando los esfuerzos de la Unión en materia de clima, y señala, además, el impacto nocivo de las explosiones y las consiguientes fugas de gas en el medio marino; insiste en que se tengan en cuenta las emisiones liberadas; expresa también su preocupación por las noticias sobre drones no identificados detectados cerca de las plataformas de petróleo y gas en la plataforma continental noruega; llama la atención sobre el hecho de que estos incidentes han provocado un fuerte repunte de los precios del gas en los mercados del TTF y de que las fugas de metano han ocasionado una «catástrofe climática y ecológica»;
32. Destaca que la perturbación intencionada de las infraestructuras energéticas europeas puede agravar significativamente la actual crisis energética, también a nivel macrorregional; insta a los Estados miembros y a las empresas energéticas a que adopten inmediatamente medidas para reforzar la seguridad de sus infraestructuras energéticas;
Medidas de urgencia en el mercado de la energía
33. Considera que las empresas que han obtenido beneficios imprevistos deben contribuir a mitigar los efectos adversos de la crisis; toma nota del discurso sobre el estado de la Unión pronunciado por la presidenta Von der Leyen el 14 de septiembre de 2022; acoge con satisfacción, en principio, la propuesta de la Comisión y el subsiguiente acuerdo del Consejo de establecer un límite temporal de emergencia para los ingresos de mercado obtenidos de la producción y venta de electricidad utilizando tecnologías de producción inframarginal y de implantar un mecanismo temporal de contribución solidaria por parte del sector de los combustibles fósiles, que se beneficia de la situación actual del mercado; recuerda, a este respecto, su posición anterior expresada en su Resolución de 19 de mayo de 2022(15); lamenta que la Comisión haya propuesto sus planes en forma de Reglamento del Consejo, recurriendo al artículo 122 del TFUE en lugar de al procedimiento legislativo de codecisión; recuerda que este instrumento solo debe utilizarse en situaciones de emergencia; confirma que el Parlamento está dispuesto a actuar con premura en esta cuestión apremiante si así se le pide, ya que requiere plena legitimidad democrática y rendición de cuentas;
34. Pide a los Estados miembros que apliquen prontamente dichas medidas; considera que toda intervención en el mercado de la energía debe ser temporal y específica y que no deben ponerse en peligro los principios fundamentales del mercado ni la integridad del mercado único; señala que el mecanismo establecido podría dar lugar a una disparidad de ingresos entre los Estados miembros;
35. Toma nota de que se proponen contribuciones solidarias para las empresas de los sectores del petróleo crudo, el gas natural, el carbón y las refinerías; observa con preocupación que algunas de las mayores empresas energéticas de la Unión podrían no estar sujetas a la contribución; pide a la Comisión y al Consejo que diseñen la contribución solidaria de manera que se evite la elusión fiscal; observa que los Estados miembros podrían reforzar aún más esta propuesta; pide a la Comisión que evalúe un margen de beneficio adecuado a la luz de la situación de emergencia y que adopte nuevas medidas para introducir un impuesto sobre los beneficios inesperados para las empresas energéticas que se han beneficiado excesivamente de la crisis energética;
36. Recuerda que los beneficios inesperados no corresponden a ningún tipo de beneficios periódicos que las grandes empresas habrían obtenido o podrían haber esperado obtener en circunstancias normales, si no hubiesen tenido lugar acontecimientos impredecibles, como la pandemia y la guerra en Ucrania;
37. Destaca que los ingresos procedentes de los beneficios inesperados deben beneficiar a los consumidores y las empresas, en particular para apoyar a los hogares vulnerables y a las pymes, inclusive mediante límites de precios; subraya que ello debe ir acompañado de una innovación masiva y de inversiones en energías renovables, eficiencia energética e infraestructuras energéticas —por ejemplo, en redes de distribución—, en lugar de incentivar a los hogares y las empresas a consumir más energía subvencionada;
38. Destaca la especial importancia, en el contexto actual, de los ingresos públicos que se obtendrían de la aplicación de la Directiva relativa al pilar 2 en la Unión, que ejecuta el pacto fiscal mundial de la OCDE sobre un impuesto de sociedades mínimo efectivo; reitera su petición al Consejo de que adopte rápidamente la Directiva relativa al pilar 2 para garantizar que el acuerdo surta efecto a más tardar en enero de 2023;
39. Acoge con satisfacción las obligaciones y los objetivos en materia de demanda de energía introducidos por la propuesta de Reglamento del Consejo para abordar los problemas de los elevados precios de la energía y la seguridad del abastecimiento energético; insta a los Estados miembros a que velen por que las medidas que decidan adoptar para cumplir las obligaciones mencionadas no supongan cargas adicionales para los hogares y consumidores vulnerables, las empresas, las pymes o las personas que viven en situación de pobreza energética;
40. Toma nota de la intención de la Comisión de debatir una reforma de la configuración del mercado de la electricidad y está dispuesto a analizar detenidamente cualquier propuesta; considera que toda reforma del mercado de la electricidad debe estar en consonancia con los objetivos climáticos de la Unión, en particular el objetivo de lograr la neutralidad climática en la Unión de aquí a 2050, y que los mercados de la electricidad deben enviar la señal de precios adecuada para invertir en descarbonización y permitir que los ciudadanos y las industrias se beneficien de una energía segura, asequible y limpia, abordando al mismo tiempo la cuestión de los beneficios desproporcionados en el mercado de la electricidad; pide a la Comisión que analice la posibilidad de disociar los precios de la electricidad del precio del gas;
41. Pide a la Comisión que analice la necesidad de adoptar medidas adicionales para hacer frente a la crisis, incluidos límites temporales de los precios al por mayor y a la importación; pide a la Comisión que proponga, tras un análisis positivo, un límite de precios adecuado para las importaciones de gas procedentes de gasoductos, principalmente de Rusia; anima a la Comisión y al Consejo a que actualicen la plataforma de la UE de compra de energía y la transformen en una herramienta para la adquisición conjunta de fuentes de energía, con el fin de reforzar el poder de negociación de la Unión y reducir el coste de las importaciones; acoge con satisfacción la decisión de la Comisión de crear un grupo de trabajo para negociar los precios del gas con terceros países;
42. Acoge con satisfacción el hecho de que la Comisión, a petición de los Estados miembros, esté evaluando posibles soluciones para proporcionar la liquidez necesaria a las empresas energéticas que se enfrentan a elevados márgenes en los mercados de futuros de la electricidad y el gas;
Especulación en el mercado de la energía
43. Recuerda que las perturbaciones en el suministro energético provocadas por la agresión injustificada de Rusia contra Ucrania han incrementado la volatilidad y la inestabilidad en los mercados de derivados energéticos, y que ello puede tener un efecto en cascada en los mercados financieros;
44. Pide una mayor transparencia y supervisión reglamentaria del comercio de gas basado en el mercado y en mercados no organizados y de los precios de adquisición;
45. Acoge con satisfacción la demanda en materia de defensa de la competencia interpuesta por la Dirección General de Competencia de la Comisión contra Gazprom por abuso de su posición dominante, e insta a la Comisión a que concluya rápidamente el procedimiento y adopte las decisiones necesarias; subraya que la Comisión debe hacer uso de todos los instrumentos disponibles en el marco del Derecho de la competencia para luchar contra las distorsiones del mercado y las manipulaciones de precios injustas en los mercados de la energía; considera que, a la hora de detectar infracciones del Derecho de la competencia en el ámbito de la electricidad y el gas, la Comisión también debe considerar la posibilidad de aplicar medidas estructurales como soluciones;
46. Observa que la Comisión reconoce(16) que Europa está sufriendo manipulaciones del mercado del gas que, a su vez, repercuten en los precios de la electricidad; pide que se ponga fin a la especulación y la manipulación en el mercado del gas y que se adopten medidas con respecto al funcionamiento del mecanismo de transferencia de títulos y las entidades con derecho a operar en el mercado; considera que estas medidas podrían incluir la aplicación de un mecanismo de interrupción de la negociación en el TTF en caso de fluctuaciones excesivas de precios y bandas de precios, como sugiere la AEVM, con el fin de disociar la indexación de los contratos del centro de negociación del TTF; acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión de estudiar la posibilidad de un valor de referencia de la Unión alternativo al TTF para el gas de gasoductos y el gas natural licuado; pide a la Comisión, en particular a su Dirección General de Competencia, y a la AEVM que supervisen estrechamente el mercado europeo del gas para detectar posibles casos de posición dominante o falta de transparencia;
47. Pide a la autoridad competente pertinente que investigue, informe y aborde posibles casos de abuso del mercado o manipulación del mercado en los mercados de materias primas, en general, y en el mercado del gas, en particular;
48. Pide a la Comisión que examine detenidamente las actividades de los operadores financieros que han contribuido a la volatilidad del precio del carbono; insta a la Comisión a que adopte medidas para eliminar la influencia del capital especulativo en el mercado de los derechos de emisión del RCDE de la Unión;
o o o
49. Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.
Carta de la directora ejecutiva de la AEVM, Verena Ross, al director general de la Dirección General de Estabilidad Financiera de la Comisión, John Berrigan, de 22 de septiembre de 2022.
Resolución del Parlamento Europeo, de 19 de mayo de 2022, sobre las consecuencias sociales y económicas para la Unión de la guerra librada por Rusia en Ucrania: refuerzo de la capacidad de actuación de la Unión (P9_TA(2022)0219).