Resolución del Parlamento Europeo, de 20 de octubre de 2022, sobre la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático de 2022 (COP27) en Sharm el Sheij (Egipto) (2022/2673(RSP))
El Parlamento Europeo,
– Vistos la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) y su Protocolo de Kioto,
– Visto el Acuerdo adoptado, el 12 de diciembre de 2015, en la 21.ª Conferencia de las Partes en la CMNUCC (COP21) en París (en lo sucesivo, «Acuerdo de París»),
– Vistos la 26.ª Conferencia de las Partes en la CMNUCC (COP26), el 16.º periodo de sesiones de la reunión de las Partes en el Protocolo de Kioto (CMP16) y el tercer periodo de sesiones de la Conferencia de las Partes en calidad de Reunión de las Partes en el Acuerdo de París (CMA3), celebrada en Glasgow (Reino Unido), del 31 de octubre al 13 de noviembre de 2021, así como el Pacto para el clima de Glasgow, adoptado el 13 de noviembre de 2021,
– Vistos la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS),
– Vista su Resolución, de 21 de octubre de 2021, sobre la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático de 2021 (COP26), celebrada en Glasgow (Reino Unido)(1),
– Vista su Resolución, de 28 de noviembre de 2019, sobre la situación de emergencia climática y medioambiental(2),
– Vistos el informe especial del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (GIECC) relativo al calentamiento global de 1,5 ºC, su informe especial sobre el cambio climático y la tierra, su informe especial sobre el océano y la criosfera en un clima cambiante, y su sexto informe de evaluación,
– Vista su Resolución de 17 de diciembre de 2020 sobre estrategia de adaptación al cambio climático de la UE(3),
– Vista la Decisión (UE) 2022/591 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de abril de 2022, relativa al Programa General de Acción de la Unión en materia de Medio Ambiente hasta 2030(4),
– Vista su Resolución, de 17 de septiembre de 2020, sobre el Año Europeo por unas Ciudades más Verdes 2022(5),
– Visto el Reglamento (UE) 2021/1119 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de junio de 2021, por el que se establece el marco para lograr la neutralidad climática y se modifican los Reglamentos (CE) n.º 401/2009 y (UE) 2018/1999 (en lo sucesivo, «Legislación europea sobre el clima»)(6),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 11 de diciembre de 2019, titulada «El Pacto Verde Europeo» [COM(2019)0640],
– Vista su Resolución, de 15 de enero de 2020, sobre el Pacto Verde Europeo(7),
– Vista su Resolución, de 16 de septiembre de 2020, sobre el papel de la UE en la protección y restauración de los bosques del mundo(8),
– Visto el Informe de síntesis de la CMNUCC sobre las contribuciones determinadas a nivel nacional presentadas en virtud del Acuerdo de París de 17 de septiembre de 2021,
– Visto el informe sobre la disparidad en las emisiones de 2021 del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) de 26 de octubre de 2021 titulado «The Heat Is On» (Altas temperaturas por doquier), su informe de 2021 sobre la disparidad en la adaptación de 1 de noviembre de 2021 titulado «The Gathering Storm» (Una tormenta se está gestando) y su informe sobre la disparidad en la producción de 20 de octubre de 2021,
– Visto el informe emblemático de la Agencia Internacional de la Energía (AIE) de marzo de 2022 titulado «Global Energy Review: CO2 Emissions in 2021» (Análisis mundial de la energía: emisiones de CO2 en 2021),
– Visto el informe de la AIE de mayo de 2021 titulado «Net Zero by 2050 – A Roadmap for the Global Energy Sector» (Cero emisiones netas en 2050: hoja de ruta para el sector energético mundial) y su informe de 2020 titulado «Energy Technology Perspectives» (Perspectivas de la tecnología energética),
– Visto el «The Global Forest Goals Report 2021» (Informe de 2021 sobre los objetivos forestales mundiales) de la Secretaría del Foro de las Naciones Unidas sobre los Bosques,
– Vista la Red de Santiago de Pérdidas y Daños,
– Visto el Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030,
– Vistos los informes de la Organización Meteorológica Mundial (OMM) de abril de 2021 sobre el estado del clima mundial en 2020, y de mayo de 2022 sobre el estado del clima mundial en 2021,
– Visto el Informe de evaluación global sobre la reducción del riesgo de desastres de 2022 (GAR2022) de la Oficina de las Naciones Unidas para la Reducción del Riesgo de Desastres (UNDRR);
– Visto el primer informe del Comité Permanente de Finanzas de la CMNUCC sobre la determinación de las necesidades de las Partes que son países en desarrollo en relación con la aplicación de la Convención y el Acuerdo de París 2021 (NDR),
– Visto el «Global Assessment Report on Biodiversity and Ecosystem Services» (Informe de evaluación mundial sobre diversidad biológica y servicios de los ecosistemas) de la Plataforma Intergubernamental Científico-Normativa sobre Diversidad Biológica y Servicios de los Ecosistemas (IPBES) de 31 de mayo de 2019, así como su informe del seminario de 29 de octubre de 2020 sobre diversidad biológica y pandemias,
– Vistas las Conclusiones adoptadas por el Consejo el 21 de febrero de 2022, tituladas «La diplomacia climática de la UE: acelerar la aplicación de los resultados de Glasgow»,
– Vista su Resolución, de 28 de abril de 2021, sobre la protección del suelo(9),
– Vistas las conclusiones convenidas del 66.o periodo de sesiones de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer de ONU Mujeres sobre el logro de la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas en el contexto de las políticas y programas relativos al cambio climático, el medio ambiente y la reducción del riesgo de desastres, 2022;
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 11 de marzo de 2020, titulada «Nuevo Plan de acción para la economía circular por una Europa más limpia y más competitiva» (COM(2020)0098),
– Vistas las conclusiones del Consejo de 4 de octubre de 2022 sobre la financiación de la lucha contra el cambio climático con vistas a la 27.a Conferencia de las Partes (COP27) de la CMNUCC en Sharm El-Sheij los días 6 a 18 de noviembre de 2022,
– Vistas las Conclusiones del Consejo, de 19 de noviembre de 2021, sobre el agua en la acción exterior de la UE,
– Vista la Comunicación de la Comisión de 24 de febrero de 2021, titulada «Forjar una Europa resiliente frente al cambio climático: la nueva Estrategia de la UE de adaptación al cambio climático» (COM(2021)0082),
– Visto el informe del PNUMA de 18 de febrero de 2021 titulado «Hacer las paces con la naturaleza: Plan científico para hacer frente a las emergencias del clima, la biodiversidad y la contaminación»,
– Visto el informe del PNUMA de 6 de mayo de 2021 titulado «Global Methane Assessment: Benefits and Costs of Mitigating Methane Emissions» (Evaluación mundial del metano: beneficios y costes de la mitigación de las emisiones de metano),
– Vista su Resolución, de 23 de junio de 2022, sobre la implementación y el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)(10),
– Vista su Resolución, de 9 de junio de 2021, sobre la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030: Reintegrar la naturaleza en nuestras vidas(11),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 14 de octubre de 2020, sobre la estrategia de la UE para reducir las emisiones de metano (COM(2020)0663),
– Visto el informe del taller copatrocinado por la IPBES y el GIECC sobre biodiversidad y cambio climático, de 10 de junio de 2021,
– Vistas las preguntas a la Comisión y al Consejo sobre la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático de 2022 en Sharm el Sheij (Egipto) (COP27) (O-000041/2022 – B9-0027/2022 and O-000042/2022 – B9-0028/2022),
– Vistos el artículo 136, apartado 5, y el artículo 132, apartado 2, de su Reglamento interno,
A. Considerando que el Acuerdo de París entró en vigor el 4 de noviembre de 2016; que en septiembre de 2022 habían depositado ante las Naciones Unidas sus instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión 193 de las 197 Partes en la CMNUCC;
B. Considerando que las Naciones Unidas han declarado la situación de emergencia climática y medioambiental y se ha comprometido a adoptar urgentemente las medidas concretas necesarias para combatir y contener esta amenaza antes de que sea demasiado tarde; que la pérdida de biodiversidad y el cambio climático están interrelacionados y se agravan mutuamente, por lo que representan amenazas similares para la vida en nuestro planeta, y que, como tales, deben abordarse conjuntamente y con urgencia;
C. Considerando que el 17 de diciembre de 2020, la Unión y sus Estados miembros presentaron su contribución determinada a nivel nacional (CDN) actualizada a la CMNUCC, que compromete a la Unión a perseguir el objetivo vinculante de una reducción interna neta en toda la economía de al menos el 55 % de las emisiones de gases de efecto invernadero de aquí a 2030 en comparación con los niveles de 1990, sin la contribución de créditos internacionales; que este objetivo está consagrado en el Derecho de la Unión en el Reglamento (UE) 2021/1119;
D. Considerando que, según el Informe sobre la disparidad en las emisiones de 2021, los compromisos contraídos hasta la fecha por los firmantes del Acuerdo de París no serán suficientes para alcanzar su objetivo común y darán lugar a un aumento global de la temperatura superior a 2,7 °C para finales de siglo, lo que muestra asimismo que el mundo sigue peligrosamente lejos de alcanzar las aspiraciones del Acuerdo de París; que los bucles de retroalimentación natural podrían exacerbar aún más el calentamiento global; que las olas de calor, sequías e inundaciones más frecuentes ya superan los umbrales de tolerancia de las plantas y los animales, provocando la mortalidad masiva, por ejemplo, de árboles y corales; que estos fenómenos meteorológicos extremos se producen simultáneamente, lo que provoca impactos en cascada que son cada vez más difíciles de gestionar(12); que muchos planes nacionales de lucha contra el cambio climático retrasen las medidas hasta después de 2030 y muchas Partes en la CMNUCC aún no hayan tomado medidas suficientes para estar ni siquiera en el camino hacia la consecución de sus CDN;
E. Considerando que, según el Sexto Informe de Evaluación del GIECC, limitar el calentamiento a unos 1,5 °C sin rebasar el límite exige que las emisiones mundiales de GEI alcancen su nivel máximo antes de 2025 a más tardar y se reduzcan en un 43 % por debajo de los niveles de 2019 de aquí a 2030, mientras que, al mismo tiempo, el metano también debe reducirse en aproximadamente un tercio; que incluso el escenario optimista de limitar la temperatura media global a 1,5 °C produciría impactos adversos irreversibles en los sistemas humanos y los ecosistemas y se superaría y reduciría significativamente su capacidad de adaptación, lo que provocaría pérdidas y daños; que, según la Organización Meteorológica Mundial, ahora se cifra en casi un 50 % el riesgo de superar transitoriamente los 1,5 °C en el periodo comprendido entre 2022 y 2026; que, según la AIE, la recuperación económica mundial de la crisis de la COVID-19 no ha sido la deseada recuperación sostenible; que el aumento de las emisiones mundiales de CO2 en más de 2 000 millones de toneladas en 2021 fue el mayor aumento interanual de la historia en términos absolutos, compensando con creces el descenso provocado por la pandemia del año anterior en las emisiones derivado de la reducción de las actividades económicas; que el carbón representó más del 40 % del crecimiento global de las emisiones mundiales de CO2 en 2021;
F. Considerando que la mayoría de las emisiones de los fertilizantes nitrogenados sintéticos se producen después de su aplicación en el suelo y se introducen en la atmósfera en forma de óxido nitroso (N2O) –un GEI persistente con un potencial de calentamiento global 265 veces mayor que el CO2–, que la producción de fertilizantes nitrogenados sintéticos representó el 35,2 % del total de emisiones asociadas a estos fertilizantes, mientras que las emisiones por efecto de campo representaron el 62,4 % y el transporte el 2,4 % restante; que los cuatro principales emisores (China, India, EE. UU. y la Unión) representaron conjuntamente el 63 % del total de las emisiones generadas;
G. Considerando que, según el Informe sobre las perspectivas de la tecnología energética de la AIE, para alcanzar las cero emisiones netas es preciso acelerar considerablemente el desarrollo y la implantación de tecnologías limpias («cleantech»); que la mitad de la descarbonización necesaria para llegar a cero emisiones netas en 2050 provendrá de tecnologías que actualmente se encuentran en fase de desarrollo en laboratorio o en fase de demostración;
H. Considerando que la crisis energética ha centrado la atención en la cuestión de la seguridad energética y la necesidad de reducir la demanda de energía y de un sistema energético diversificado, creando una mayor demanda de soluciones de energías renovables y eficiencia energética existentes y disponibles en breve; que la invasión militar ilegal de Ucrania por parte de Rusia y las consiguientes repercusiones han hecho aún más urgente la necesidad de transformar rápidamente el sistema energético mundial; que la excesiva dependencia de los combustibles fósiles y la inestabilidad de los mercados mundiales de la energía subrayan la necesidad, tanto en Europa como en todo el mundo, de priorizar las inversiones en eficiencia y suficiencia energética, descarbonización, almacenamiento de energía de larga duración, despliegue de tecnologías limpias innovadoras, energías renovables, soluciones de redes inteligentes y tecnologías sostenibles sin emisiones, y de desarrollar un modelo socioeconómico compatible con un medio ambiente saludable para las generaciones futuras y dentro de límites planetarios; que debe apoyarse la investigación para respaldar la innovación y el desarrollo de nuevas tecnologías verdes, ya que pueden desempeñar un papel en la mitigación del cambio climático, así como en un crecimiento económico sostenible y en la competitividad de la Unión;
I. Considerando que el GIECC ha instado al mundo a mantener el calentamiento global por debajo de 1,5 ºC, y que sin embargo en 2020 el calentamiento ya superaba en aproximadamente 1,2 ºC los niveles preindustriales; que, según el GIECC, no cabe duda de que la influencia del ser humano ha calentado la atmósfera, el océano y el suelo, y que los efectos del cambio climático inducido por el hombre se hacen sentir en una mayor frecuencia de fenómenos meteorológicos extremos como olas de calor, sequías, inundaciones, tormentas invernales, huracanes e incendios forestales; que, entre 2000 y 2019, solo las inundaciones, las sequías y las tormentas afectaron a casi 4 000 millones de personas en todo el mundo y costaron más de 300 000 vidas; que la ocurrencia de estos fenómenos extremos representa un cambio drástico desde el periodo 1980-99, con un aumento de la frecuencia de las inundaciones del 134 %, de las tormentas del 40 % y de las sequías del 29 %(13);
J. Considerando que existen interrelaciones demostradas científicamente entre las crisis sanitarias, medioambientales y climáticas; que los fenómenos meteorológicos extremos, la pérdida de biodiversidad, la degradación del suelo y la escasez de agua están desplazando a las personas y teniendo un impacto drástico en su salud; que según la Organización Mundial de la Salud, el cambio climático es la mayor amenaza sanitaria a la que se enfrenta la humanidad, y que provocará en torno a 250 000 fallecimientos adicionales al año entre 2030 y 2050(14), que la contaminación atmosférica provoca aproximadamente siete millones de muertes prematuras en el mundo, y que se calcula que los costes de los daños directos a la salud, incluida la salud mental, ascenderán y oscilarán entre los 2 000 y los 4 000 millones USD anuales en 2030;
K. Considerando que el Informe de evaluación global de 2022 publicado por la UNDRR revela que en el transcurso de las dos últimas décadas se produjeron entre 350 y 500 desastres de mediana y gran magnitud cada año, y que se prevé que el número de desastres alcance las 560 al año, o 1,5 desastres al día, de aquí a 2030;
L. Considerando que el cambio climático es una de las principales causas de la degradación del medio ambiente, que repercute negativamente en la seguridad alimentaria y del abastecimiento de agua, el acceso a los recursos naturales y es perjudicial para la salud humana; que la escasez de agua, las inundaciones y las sequías son riesgos clave en Europa y que la escasez de agua afecta a varios sectores de la Unión por efecto de cascada y efecto indirecto; que mejorar la eficiencia de los recursos hídricos es una de las principales opciones de adaptación; que deben aplicarse soluciones digitales para garantizar una sociedad resiliente y ecológica en Europa y en otras regiones; que todas las partes interesadas y sectores deben movilizarse para lograr una sociedad inteligente en su gestión del agua abordando simultáneamente la adaptación al cambio climático, la seguridad alimentaria y del abastecimiento de agua, la protección de la biodiversidad y una economía competitiva y eficiente en cuanto a los recursos; que la Unión y los Estados miembros también deberían desarrollar este enfoque, en particular a través de la política europea de vecindad, en la acción exterior de la Unión y en las agendas de las Naciones Unidas;
M. Considerando que se prevé que los riesgos que el cambio climático entraña para la salud, los medios de subsistencia, la seguridad alimentaria, el abastecimiento de agua y el crecimiento económico sean muy superiores con un calentamiento global de 2 °C; que se espera que la limitación del calentamiento global a 1,5 °C en lugar de a 2 °C reduzca los efectos en los ecosistemas terrestres, costeros y de agua dulce y permita conservar una mayor parte de los servicios que prestan a las personas; que, por tanto, es imprescindible emprender esfuerzos para limitar el aumento de la temperatura a 1,5 °C por encima de los niveles preindustriales;
N. Considerando que en el preámbulo del Acuerdo de París se reconoce la importancia de garantizar la integridad de todos los ecosistemas, incluidos los océanos, y que en el artículo 4, apartado 1, letra d), de la CMNUCC se insta a todas las Partes a fomentar la gestión sostenible, la conservación y el reforzamiento de los sumideros y depósitos de todos los gases de efecto invernadero, inclusive la biomasa, los bosques y los océanos, así como otros ecosistemas terrestres, costeros y marinos; que el informe de la evaluación mundial de la IPBES sobre la diversidad biológica y los servicios de los ecosistemas subraya que el uso sostenible de la naturaleza será crucial para mitigar las interferencias antropogénicas peligrosas en el sistema climático y adaptarse a estas;
O. Considerando que la preservación de los océanos resulta crucial para su función dentro del sistema climático, como la captura y redistribución del CO2 natural y antropogénico y del calor, así como el apoyo a los ecosistemas; que el informe especial del GIECC sobre el océano y la criosfera en un clima cambiante, publicado en 2019, revela que los océanos han experimentado un calentamiento progresivo desde 1970 y absorbido más del 90 % del exceso de calor en el sistema climático; que el calentamiento de los océanos está afectando a los ecosistemas costeros, provocando la intensificación de las olas de calor marinas, la acidificación, la pérdida de oxígeno, la intrusión salina y el aumento del nivel del mar;
P. Considerando que en el Pacto para el clima de Glasgow se reconoce el importante papel de las partes interesadas no signatarias, como la sociedad civil, los pueblos indígenas, las comunidades locales, los jóvenes, los niños, los entes locales y regionales y otras partes interesadas, para contribuir al progreso hacia el objetivo del Convenio y los objetivos del Acuerdo de París y destaca la necesidad urgente de una acción multinivel y cooperativa;
Q. Considerando que el cambio climático amenaza directa o indirectamente el pleno ejercicio de los derechos humanos, incluidos los derechos a la vida, al agua y al saneamiento, a la alimentación, a la salud y a la vivienda; que la capacidad de adaptación de las personas al cambio climático está inextricablemente ligada a su acceso a los derechos humanos fundamentales y a la salud de los ecosistemas de los que dependen en lo que a sus medios de subsistencia y bienestar se refiere; que, según la Organización Internacional para las Migraciones, más de doscientos millones de personas podrían verse obligadas a migrar debido al impacto del cambio climático; que la magnitud de la migración climática interna será mayor en las regiones más pobres y vulnerables al clima; que una acción a escala mundial dirigida a reducir las emisiones de GEI podría frenar drásticamente el aumento de las migraciones climáticas internas en hasta un 80 % de aquí a 2050(15);
R. Considerando que los últimos siete años (2015 a 2021), fueron los años más calurosos registrados; que el nivel del mar también alcanzó un nuevo récord en 2021; que, a nivel mundial, el nivel del mar aumentó 4,5 mm al año de media entre 2013 y 2021, y que en varias regiones el nivel del mar está subiendo «considerablemente más rápido» que la media mundial, según la Organización Meteorológica Mundial (OMM); que en 2021 se registraron precipitaciones por primera vez en el punto más alto de la capa de hielo de Groenlandia;
S. Considerando que las personas del 1 % más rico de la población mundial generarán en 2030 unas emisiones de consumo per cápita aún 30 veces superiores al nivel per cápita mundial, mientras que las huellas de carbono de la mitad más pobre de la población mundial se mantendrán varias veces por debajo de ese nivel(16);
T. Considerando que la mayoría de los países en desarrollo contribuyen mínimamente a las emisiones de GEI en la atmósfera causantes del cambio climático; que los efectos del cambio climático en los países en desarrollo han aumentado; que los recursos que pueden movilizar para la acción de adaptación a fin de hacer frente a los efectos negativos del cambio climático y lograr la resiliencia climática y el desarrollo sostenible son claramente insuficientes;
U. Considerando que en el primer informe de la CMNUCC sobre la determinación de las necesidades de las Partes que son países en desarrollo se establece que las necesidades presupuestadas de los países en desarrollo para la aplicación de las CDN ascienden a entre 5,8 y 5,9 billones USD, de los cuales 502 000 millones USD se consideran necesidades que requieren fuentes de financiación internacionales;
V. Considerando que en 2020 Global Witness contabilizó el asesinato de 227 defensores de la tierra y el medio ambiente, de los cuales el 71 % estaba trabajando para defender los bosques del mundo de la deforestación y el desarrollo industrial, mientras que otros murieron como consecuencia de su trabajo en la protección de ríos, zonas costeras y océanos; que en 2020 la violencia ejercida contra los defensores de la tierra y el medio ambiente se concentró de forma abrumadora en los países del Sur Global y que menos del 1 % de la totalidad de los ataques mortales registrados se documentaron en el Norte Global; que entre 2015 y 2019 más de un tercio de todos los ataques mortales se dirigieron contra los pueblos indígenas, a pesar de que las comunidades indígenas solamente representan el 5 % de la población mundial(17);
1. Recuerda que las crisis climáticas y de biodiversidad se encuentran entre los retos más importantes a los que se enfrenta la humanidad y que todos los gobiernos y agentes de todo el mundo deben hacer cuanto esté en su mano para superarlas urgentemente, tratando las dos crisis como estrechamente interrelacionadas; subraya que la cooperación internacional, la participación de los gobiernos regionales y locales, las empresas y otros agentes no estatales, la solidaridad, transición justa, una acción coherente fundamentada en la ciencia y un compromiso inquebrantable con la consecución de ambiciones superiores y la alineación de políticas con estas ambiciones son necesarios para cumplir nuestra responsabilidad colectiva de limitar el calentamiento global y evitar la pérdida de biodiversidad y, de este modo, salvaguardar el planeta en su conjunto y el bienestar de las generaciones actual y futuras;
2. Expresa su preocupación por las conclusiones del Informe sobre la disparidad en las emisiones de 2021 del PNUMA y de su adenda publicada el 4 de noviembre de 2021, en particular por el hecho de que, a pesar de los compromisos climáticos más ambiciosos anunciados antes y durante la COP26, las emisiones previstas conducen al mundo a un aumento de la temperatura de 2,7 °C si los objetivos climáticos nacionales anunciados para 2030 se aplican plenamente en combinación con otras medidas de mitigación, mucho más allá de los objetivos del Acuerdo de París de limitar el calentamiento global muy por debajo del 2 °C y aspirando al 1,5 °C; está alarmado porque las emisiones siguen aumentando y la disparidad de emisiones se está ampliando; hace hincapié en que, para limitar el calentamiento global a 1,5 °C, se requiere una reducción rápida, profunda y sostenida de las emisiones anuales de GEI, incluida la reducción de las emisiones mundiales de CO2 en un 43 % de aquí a 2030 con respecto a los niveles de 2019; recuerda que, al adoptar el Pacto para el clima de Glasgow, todas las Partes reconocieron que limitar el aumento de la temperatura media mundial a 1,5 °C por encima de los niveles preindustriales reduciría significativamente los riesgos y los impactos del cambio climático;
3. Subraya que, según el Informe sobre la disparidad en las emisiones de 2021 del PNUMA, la reducción de las emisiones de metano de los sectores de los combustibles fósiles, los residuos y la agricultura, podría contribuir a colmar la brecha de emisiones y a reducir el calentamiento a corto plazo, pero subraya que, para que eso suceda, es urgente contar con normas que se definan claramente con el objetivo de lograr reducciones reales de las emisiones y se utilicen, al mismo tiempo, mecanismos para hacer un seguimiento de los avances y para proporcionar transparencia;
4. Destaca el creciente número de países que se han comprometido a alcanzar los objetivos de cero emisiones netas a mediados de siglo, pero subraya que estos compromisos deben traducirse urgentemente en objetivos, políticas y acciones sólidos a corto plazo, respaldados por recursos financieros y reflejados en las CDN revisadas en forma de objetivos climáticos más ambiciosos para 2030 a fin de que las emisiones mundiales alcancen su nivel máximo lo antes posible; coincide con el PNUMA en su evaluación de que muchos planes climáticos nacionales retrasan la acción hasta después de 2030 y que muchos de los compromisos a largo plazo para llegar al nivel de cero emisiones netas contienen importantes ambigüedades y falta de transparencia;
5. Toma nota con profunda preocupación del último informe de la OMM sobre el estado del clima, que muestra que cuatro indicadores climáticos clave —el aumento del nivel del mar, el calor del océano, la acidificación de los océanos y las concentraciones de GEI — batieron nuevos récords en 2021;
El Pacto para el clima de Glasgow y la COP27 de Sharm el Sheij
6. Toma nota de los progresos realizados durante la COP26 y el Pacto para el clima de Glasgow; subraya, no obstante, que la limitación del calentamiento global a 1,5 °C solo se logrará si se adoptan medidas urgentes en esta década crítica antes de 2030; subraya que la COP26 pidió a las Partes que revisaran y reforzaran los objetivos de 2030 en sus CDN ya que es necesario a fin de adaptarse al objetivo del Acuerdo de París sobre la temperatura para finales de 2022, teniendo en cuenta las diferentes circunstancias nacionales; insta encarecidamente a todas las Partes de la CMNUCC a que aumenten sus CDN en la COP27 con el fin de cerrar la disparidad de ambición, y a que adecuen sus políticas a un itinerario compatible con dicha ambición; pide a la Unión y a todas las naciones del G-20 que demuestren su liderazgo mundial a este respecto;
7. Acoge con satisfacción la decisión de la COP26 de elaborar un programa de trabajo para aumentar de forma urgente la ambición en materia de mitigación y su aplicación en esta década crítica, de manera que se complemente el inventario global, actualizar anualmente el informe de síntesis sobre las CDN antes de cada COP y convocar una mesa redonda ministerial anual de alto nivel sobre la ambición previa a 2030; insta a la COP27 a que adopte este programa de trabajo y a que garantice una revisión anual de la ambición que refleje los mejores conocimientos científicos disponibles y el mayor nivel de ambición posible de las Partes; subraya que las Partes tendrán que revisar y aumentar sus CDN hasta que se ajusten a una vía compatible con la limitación del calentamiento global a 1,5° C;
8. Acoge con satisfacción la finalización en Glasgow del código normativo del Acuerdo de París, y subraya que la aplicación del código normativo debe garantizar una sólida integridad medioambiental y alcanzar el máximo nivel de ambición;
9. Acoge con satisfacción el hecho de que el Pacto para el clima de Glasgow haga hincapié en la importancia de la adaptación y la necesidad de aumentar las medidas destinadas a mejorar la capacidad de adaptación, reforzar la resiliencia y reducir la vulnerabilidad al cambio climático; señala, a este respecto, que 47 países presentaron comunicaciones de adaptación o planes nacionales de adaptación en el último año, y espera que otros países presenten sus comunicaciones en consonancia con el Acuerdo de París; acoge con satisfacción la creación de un nuevo diálogo de Glasgow sobre pérdidas y daños que debería centrarse en los mecanismos de financiación destinados a evitar, minimizar y abordar las pérdidas y los daños asociados a los efectos adversos del cambio climático;
10. Toma nota de las promesas relativas a la financiación de la lucha contra el cambio climático realizadas durante la COP26, pero lamenta que el Plan de ejecución de la financiación de la lucha contra el cambio climático para 2021 haya mostrado que el actual objetivo global de 100 000 millones USD no se alcanzará hasta 2023, tres años después del plazo original; señala el incremento del déficit de financiación, especialmente para la adaptación; insta a los países desarrollados, incluida la Unión y sus Estados miembros, a garantizar que el objetivo de financiación de la lucha contra el cambio climático de 100 000 millones USD pueda cumplirse y desembolsarse ya en 2022 y en promedio durante el periodo 2020-2025, y a detallar más el camino a seguir para el nuevo objetivo de financiación de la lucha contra el cambio climático después de 2025; destaca que la financiación aportada por los países desarrollados, responsables de una gran parte de las emisiones históricas, también resultará crucial para generar confianza de cara a un diálogo más ambicioso sobre los objetivos de mitigación del cambio climático;
11. Destaca que el país anfitrión de la COP27 pertenece a una de las regiones del mundo más afectadas por el cambio climático; señala que la cuenca del Mediterráneo se está calentando un 20 % más rápido que la media mundial y que la región es uno de los principales punto críticos del cambio climático del planeta, en el que se prevé que 250 millones de personas sean consideradas «pobres en recursos hídricos» dentro de veinte años(18); subraya que el Mediterráneo se está convirtiendo en el mar que más rápido se calienta del mundo(19), lo que tiene consecuencias para sectores económicos importantes y para el ecosistema marino en su conjunto que sufre cambios irreversibles para el ecosistema y las especies; pide a la Comisión y a los Estados miembros que intervengan con carácter urgente y cooperen con sus socios mediterráneos para elaborar medidas ambiciosas de adaptación y liderar acciones de mitigación;
12. Apoya la iniciativa del Gobierno ucraniano de crear una plataforma mundial para evaluar los daños medioambientales causados durante los conflictos armados;
13. Recuerda la importancia de la plena participación de todas las Partes en el proceso de toma de decisiones en el marco de la CMNUCC; destaca que podría mejorarse el actual proceso de toma de decisiones en el marco de la CMNUCC para permitir la plena participación de los delegados de los países en desarrollo y los países menos adelantados y de los representantes de la sociedad civil; considera esencial que se escuche y se actúe sobre las perspectivas de los países que más sufren el cambio climático; pide, por tanto, a la Presidencia de la COP27 y a las futuras presidencias que exploren otras vías para garantizar una participación efectiva y significativa de los países en desarrollo y destinen recursos adicionales a tal fin; recuerda sus posiciones anteriores sobre la situación de los derechos humanos en Egipto; toma nota de una serie de organizaciones de la sociedad civil que han expresado su preocupación por la marginación de la sociedad civil en la COP de Egipto y las barreras a las protestas y a la participación de la sociedad civil; pide a la CMNUCC y a las autoridades egipcias que garanticen el acceso equitativo y la participación plena de los ciudadanos y las organizaciones de la sociedad civil en la COP27;
14. Reitera su llamamiento en favor de la liberación de todas las personas privadas arbitrariamente de libertad en Egipto y destaca el caso especialmente urgente de Alaa Abd El-Fatah, defensor de los derechos humanos; pide a las autoridades egipcias que aprovechen el impulso de la COP27 para mejorar la situación de los derechos humanos en el país y que defiendan las libertades fundamentales durante y después de la COP27, en particular en relación con la libertad de expresión y de reunión pacífica; apoya firmemente el llamamiento de los expertos de las Naciones Unidas a la Secretaría de la CMNUCC para que desarrolle criterios de derechos humanos que los países que acojan futuras COP deberán comprometerse a cumplir como parte del acuerdo de acogida;
15. Acoge con satisfacción que el Pacto para el clima de Glasgow reconozca el importante papel de las partes interesadas no signatarias, como la sociedad civil, los pueblos indígenas, las comunidades locales, los jóvenes, los niños, los entes locales y regionales y otras partes interesadas, para contribuir al progreso hacia los objetivos del Acuerdo de París; reconoce el importante papel que desempeñan los jóvenes en la lucha contra el cambio climático. insta, por tanto, a las Partes y a los interesados a que garanticen una participación y una representación significativas de los jóvenes en los procesos de toma de decisiones multilaterales, nacionales y locales; Recuerda, en particular, el papel fundamental de las ciudades en la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y acoge con satisfacción el número cada vez mayor de ciudades y regiones de todo el mundo que se comprometen a alcanzar objetivos de neutralidad climática y, en particular, los compromisos de las 100 ciudades europeas que participan en la misión «ciudades inteligentes y climáticamente neutras» de la Unión de convertirse en neutras desde el punto de vista climático para 2030 y transformarse en centros de innovación que permitan a todas las ciudades de la Unión y a sus homólogas vecinas seguir el ejemplo de aquí a 2050;
16. Subraya que es necesaria la participación efectiva de todas las Partes en la consecución del objetivo de limitar el aumento de la temperatura media mundial a 1,5 °C, lo que exige que se aborde la cuestión de los intereses creados o contrapuestos; expresa su preocupación, en particular, por el hecho de que algunos grandes contaminadores hayan utilizado su presencia en las COP para socavar los objetivos del Acuerdo de París; manifiesta su profunda preocupación por la ausencia de medidas en el marco de la CMNUCC dirigidas a zanjar definitivamente la cuestión de los conflictos de intereses en relación con la participación de partes interesadas no signatarias; insta a la Comisión y a los Estados miembros a tomar la iniciativa en este proceso para proteger el proceso de toma de decisiones de la CMNUCC frente a intereses que son contrarios a los objetivos del Acuerdo de París;
17. Acoge con satisfacción la mejora de la Alianza de Marrakech para la Acción Mundial sobre el Clima como espacio para alentar a los agentes no estatales y a los gobiernos subnacionales a emprender medidas climáticas inmediatas y la adopción de su programa de trabajo para 2022; reconoce las iniciativas «Carrera hacia el Cero» y «Carrera hacia la Resiliencia» como plataformas clave para apoyar la gobernanza ascendente, facilitando la presentación de informes y el balance a nivel subnacional;
Una ambiciosa política climática de la Unión
18. Confía en que el paquete legislativo «Fit for 55» (Objetivo 55) y las políticas del Pacto Verde Europeo proporcionen las medidas para lograr el objetivo de la Unión fijado para 2030 y sitúen a esta y a sus Estados miembros en una vía hacia la neutralidad climática para 2050 a más tardar y subraya las posiciones del Parlamento en esta materia; recuerda que, en consonancia con la Legislación europea sobre el clima y el Acuerdo de París, así como los mejores conocimientos científicos disponibles, la Unión debe intensificar su acción por el clima tanto en materia de mitigación, para contener el calentamiento global por debajo de 1,5 °C en comparación con los niveles preindustriales, como de adaptación, para fomentar la resiliencia; pide a la Unión que actualice sus CDN y aumente su objetivo de reducción de GEI en la COP27 sobre la base de los mejores conocimientos científicos disponibles; pide el máximo nivel de ambición en el paquete «Fit for 55» (Objetivo 55) para enviar a todas las demás Partes una señal clara de que la Unión está dispuesta a contribuir a cerrar la disparidad necesaria para limitar el calentamiento global a 1,5 °C, de una manera justa, socialmente equilibrada, equitativa y rentable, teniendo en cuenta al mismo tiempo los aspectos de la justicia y la equidad mundiales y la responsabilidad histórica y actual de la Unión en relación con las emisiones que causan la crisis climática;
19. Destaca el hecho de que el objetivo global de emisiones de la Unión para 2030 establecido en la Ley Europea del Clima y las propuestas legislativas «Objetivo 55» reducirán las emisiones de la Unión más de su actual contribución determinada a nivel nacional de un 55 % en emisiones netas; subraya, además, que las posiciones del Parlamento sobre estas propuestas y los objetivos incluidos en el Plan REPowerEU acrecentarán aún más la ambición climática de la Unión por encima de ese nivel, y pide al Consejo que respalde las posiciones del Parlamento a este respecto; pide a la Unión que actualice en consecuencia sus compromisos de emisiones para reflejar esto, a la luz de la decisión del Pacto por el Clima de Glasgow de revisar los objetivos para 2030;
20. Destaca que la situación geopolítica actual pone de manifiesto la urgencia de reducir la dependencia de los combustibles fósiles y la necesidad de impulsar el despliegue de las energías renovables, y ofrece la oportunidad de fortalecer el liderazgo de la Unión en este sentido;
21. Destaca la necesidad de integrar la ambición en materia de cambio climático en todas las políticas de la Unión y las medidas que las transponen, y subraya que el artículo 6, apartado 4, de la Legislación europea sobre el clima obliga a la Comisión a evaluar la coherencia de cualquier proyecto de medida o propuesta legislativa, incluidas las propuestas presupuestarias, con los objetivos climáticos de la Unión; insta a la Comisión a que aplique plenamente esta disposición en la forma en que lleva a cabo evaluaciones de impacto en todos los ámbitos políticos de la Unión; hace hincapié en la necesidad de volver a evaluar y adecuar también las políticas existentes de la Unión y de sus Estados miembros con estos objetivos, y espera que el recién creado Consejo Científico Consultivo Europeo sobre Cambio Climático contribuya a esta evaluación; acoge con satisfacción la designación de los quince miembros del recién constituido Consejo Científico Consultivo Europeo sobre el Cambio Climático; pide al Consejo Consultivo que publique su evaluación de un presupuesto en materia de GEI de la Unión compatible con el objetivo de limitar el calentamiento global por debajo de 1,5 °C lo antes posible, y espera que la Comisión tenga plenamente en cuenta el asesoramiento del Consejo Consultivo cuando elabore el presupuesto indicativo en materia de GEI de la Unión y los objetivos climáticos de la Unión para después de 2030;
22. recuerda una sentencia reciente del tribunal constitucional de un Estado miembro en la que se establece que la protección del clima no es una cuestión de discreción política y que la disposición de la Constitución sobre protección medioambiental impone al Estado la obligación constitucional de lograr la neutralidad climática;
23. Hace hincapié en el gran apoyo mostrado por los ciudadanos de la Unión a la intensificación de la acción climática, ya que casi uno de cada dos europeos (49 %) considera que el cambio climático es el principal reto global para el futuro de la Unión, según el último Eurobarómetro;
24. Subraya que todas las políticas climáticas deben llevarse a cabo con arreglo al principio de una transición justa y en estrecha colaboración con la sociedad civil y los interlocutores sociales y económicos; considera, por tanto, que una mayor transparencia y una implicación reforzada de los interlocutores sociales y de la sociedad civil en el ámbito local, regional, nacional y de la Unión constituyen una condición necesaria para alcanzar la neutralidad de emisiones de carbono en todos los sectores de la economía de una manera justa, inclusiva y socialmente sostenible;
Adaptación y daños y perjuicios
25. Acoge con satisfacción los nuevos compromisos financieros asumidos en Glasgow respecto al Fondo de Adaptación y al Fondo para los Países Menos Adelantados; observa, no obstante, que el apoyo a la mitigación sigue siendo mayor que el apoyo a la adaptación, y apoya firmemente el llamamiento a los países desarrollados para que, como mínimo, dupliquen su provisión colectiva de financiación para la adaptación con respecto a los niveles de 2019 de aquí a 2025, en consonancia con el Pacto por el Clima de Glasgow, con el fin de lograr un mejor equilibrio; lamenta que, siete años después del Acuerdo de París, el objetivo global de la adaptación siga sin definirse; acoge con satisfacción el programa de trabajo de Sharm el-Sheij sobre el objetivo mundial de adaptación, adoptado y puesto en marcha en la COP26; subraya la importancia de la financiación de la adaptación sobre la base de subvenciones; insta a la Unión a que aumente el porcentaje de financiación dirigido a la adaptación concedido a través del instrumento «Una Europa global» año tras año desde 2021 hasta 2027; destaca la necesidad de redoblar los esfuerzos encaminados a traducir el objetivo global de adaptación en resultados mensurable que, entre otras cosas, deben ofrecer una comprensión exhaustiva de los riesgos climáticos y los desastres y de las necesidades y costes de adaptación asociados a ello a múltiples niveles, aumentar la disponibilidad de datos coherentes y comparables, determinar y mejorar el suministro y la accesibilidad de los mecanismos de aplicación, incluido el apoyo financiero y tecnológico, y elaborar un conjunto común de métricas, metodologías y enfoques cuantitativos y cualitativos para seguir el progreso hacia la consecución del objetivo a lo largo del tiempo; destaca en este contexto el Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres y su sistema de supervisión y notificación;
26. Reitera que las medidas de adaptación a corto, medio y largo plazo son una necesidad ineludible para todos los países si pretenden minimizar los efectos negativos de la crisis del clima y de la biodiversidad y lograr la resiliencia climática y el desarrollo sostenible, habida cuenta de la particular vulnerabilidad a los efectos del cambio climático de los países en desarrollo, en especial los países menos adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo; destaca que la acción de adaptación puede generar múltiples beneficios, como la mejora de la productividad agrícola, la innovación, la salud y el bienestar, la seguridad alimentaria, los medios de subsistencia y la conservación de la biodiversidad, así como la reducción de los riesgos y los daños; pide a la Unión y a los Estados miembros que intensifiquen las medidas de adaptación mediante planes de adaptación obligatorios, evaluaciones de la vulnerabilidad climática y pruebas de resistencia climática a escala local, regional y nacional, así como mediante el apoyo a enfoques dirigidos localmente y colaboración con las autoridades locales y la sociedad civil local, a fin de cumplir plenamente el objetivo de adaptación del Acuerdo de París y que velen por que las políticas de adaptación de la Unión protejan suficientemente a las comunidades y los ecosistemas de la Unión de los efectos del cambio climático; pide que se siga avanzando en la nueva estrategia de adaptación de la Unión y subraya la importancia de sus vínculos con la Estrategia de la Unión sobre biodiversidad y el nuevo marco regulador de la adaptación derivado de la Legislación europea sobre el clima; reitera los llamamientos a su ambiciosa aplicación, incluidos sus componentes internacionales;
27. Subraya que, si bien el cambio climático es un problema mundial, cada región ya se está viendo afectada de manera diferente, y que los gobiernos locales, al estar más cerca de las poblaciones, resultan fundamentales para facilitar la adaptación al cambio climático; que es necesario canalizar mejor los recursos financieros hacia el ámbito local con el fin de disponer de soluciones eficaces y específicas y, en este sentido, acoge con satisfacción la Misión de adaptación al cambio climático, que prestará apoyo al menos a 150 regiones y comunidades europeas para que logren la resiliencia climática de aquí a 2030; pide que se apoye un enfoque regional y descentralizado en la respuesta a los efectos del cambio climático y en el acceso a la financiación del cambio climático en los países en desarrollo, con el fin de conceder a las autoridades locales, a las organizaciones locales de la sociedad civil y a los defensores del medio ambiente un papel más importante para hacer frente a los efectos del cambio climático y llegar a los más vulnerables;
28. Destaca que la Estrategia de Adaptación de la UE adoptada por la Comisión el 24 de febrero de 2021 manifiesta la intención de esta última de aumentar los recursos y seguir movilizando la financiación de la adaptación a mayor escala, y que se precisa especial atención para garantizar que los recursos financieros lleguen a las comunidades más vulnerables de los países en desarrollo;
29. Destaca que los sistemas de alerta temprana resultan fundamentales para una adaptación eficaz, pero solamente están al alcance de menos de la mitad de los miembros de la OMM; apoya la propuesta de la OMM para aprobación en la COP27 para que los sistemas de alerta temprana lleguen a todos en los próximos cinco años; confía en que esta iniciativa de servicios de alerta temprana se ponga en marcha con rapidez, en particular para salvar tantas vidas cuanto antes;
30. Hace hincapié en que las infraestructuras ecológicas contribuyen a la adaptación al cambio climático y a la reducción del riesgo de desastres mediante la protección de la naturaleza y los ecosistemas, la conservación y recuperación de los hábitats naturales y de las especies, el buen estado ecológico, la gestión del agua y la seguridad alimentaria; señala que su desarrollo de infraestructuras ecológicas es una de las medidas de adaptación al clima más eficaces que pueden aplicarse en las ciudades, dado que sirve para mitigar las repercusiones negativas del cambio climático y de los fenómenos meteorológicos extremos cada vez más frecuentes, como las olas de calor, los incendios forestales, las lluvias torrenciales, las inundaciones y las sequías, para compensar las temperaturas extremas y mejorar la calidad de vida de los residentes que viven en las zonas urbanas, incluida su salud mental y física;
31. Destaca los efectos devastadores medioambientales, sociales y económicos de la desertificación a medio y largo plazo, su desencadenamiento de la despoblación en algunas zonas y la necesidad de enfoques comunes para prevenir adaptarse adecuadamente a este fenómeno y superarlo; recuerda, por lo tanto, la importancia crucial de la gestión del agua para la mitigación y la adaptación al cambio climático, pero también para proteger la seguridad alimentaria y del abastecimiento de agua, proteger la biodiversidad y sostener suelos sanos; subraya, por consiguiente, la necesidad de que se ejecute de manera rápida y plena la Directiva marco sobre el agua de la Unión, con el fin de lograr sus objetivos y gestionar mejor los recursos hídricos de Europa; hace hincapié en que la reutilización y la eficiencia de los recursos hídricos a través de procesos circulares deben aplicarse plenamente en toda la economía y la sociedad con el fin de aprovechar el valor del agua y garantizar su seguridad en términos de cantidad y calidad; hace hincapié en que las soluciones digitales pueden contribuir a la adaptación al cambio climático mejorando la capacidad de predecir la escasez de agua, las inundaciones y la contaminación del agua, y apoya el despliegue de estas herramientas;
32. Subraya que el cambio climático y la degradación medioambiental son importantes factores impulsores del desplazamiento humano y multiplican las amenazas que afectan a la seguridad humana y a la estabilidad sociopolítica; resalta que unas capacidades de mitigación y adaptación insuficientes pueden dar lugar a conflictos armados, escasez de alimentos, desastres naturales y desplazamientos provocados por el clima; pide a la Comisión y a los Estados miembros que reconozcan las necesidades y la vulnerabilidad de las personas afectadas por el desplazamiento climático y pide que se refuercen las políticas humanitarias y de cooperación al desarrollo de la Unión y sus respectivos instrumentos financieros para apoyar la adaptación al cambio climático en los países en desarrollo, generar resiliencia, reforzar la reducción del riesgo de desastres y responder a las emergencias humanitarias en tiempos de necesidades crecientes;
33. Observa que el artículo 8 del Acuerdo de París (sobre pérdidas y daños) establece que las Partes deben cooperar con respecto a las pérdidas y los daños relacionados con los efectos adversos del cambio climático; destaca, por consiguiente, la importancia de una acción de apoyo a escala mundial en ámbitos especialmente vulnerables a los impactos del cambio climático, como las zonas costeras y las islas, y donde la capacidad de adaptación sea limitada; pide a la Comisión y a los Estados miembros que tiendan puentes entre los países desarrollados, los países en desarrollo y los países menos adelantados, y que se propongan intensificar la labor de la Coalición de Gran Ambición en relación con la mitigación, la financiación de la adaptación y las pérdidas y daños; reconoce que se trata de componentes esenciales de la justicia climática mundial;
34. Expresa su gratitud al GIECC y valora muy positivamente el trabajo realizado para su 6.º informe de evaluación; acoge con satisfacción la sólida evaluación de las pérdidas y los daños que figura en el reciente informe del Grupo de Trabajo II del GIECC y destaca la manera en qué reconoce las pérdidas y los daños como un ámbito de creciente importancia tanto en la política internacional como en la ciencia relativas al clima; pide al GIECC que se base en este trabajo y elabore un informe especial que aborde específicamente las pérdidas y los daños;
35. Reitera que las instituciones internacionales deben reforzar sus organizaciones, la cooperación y la gestión de crisis, con el fin de estar mejor preparadas para el cambio climático a escala local y global, como siguiente paso hacia la adaptación institucional al cambio climático;
La crisis climática y de la biodiversidad
36. Hace hincapié en la importancia de proteger, conservar y recuperar la naturaleza y los ecosistemas a fin de alcanzar los objetivos del Acuerdo de París; recuerda asimismo el papel crucial que desempeña la biodiversidad para que los seres humanos puedan combatir y adaptarse al calentamiento global y elevar su nivel de resiliencia; cree que las soluciones basadas en la naturaleza y los enfoques basados en los ecosistemas son herramientas clave para apoyar la mitigación y la adaptación al cambio climático, así como para proteger y recuperar la biodiversidad y los bosques y reducir el riesgo de desastres; destaca que, mediante la restauración de los ecosistemas degradados lo antes posible y la conservación efectiva y equitativa entre el 30 y el 50 % de los hábitats terrestres, de agua dulce y oceánicos de la Tierra, protegiendo y fortaleciendo al mismo tiempo los derechos humanos y los derechos de los pueblos indígenas, la sociedad puede beneficiarse de la capacidad de la naturaleza para absorber y almacenar carbono; destaca la necesidad de acelerar los avances hacia el desarrollo sostenible, pero que para ello es esencial contar con la financiación y el apoyo político adecuados;
37. Hace hincapié en el papel fundamental e interdependiente que desempeñan los bosques, la biodiversidad y el uso sostenible de la tierra para que el mundo pueda alcanzar los ODS; destaca, por tanto, la urgente necesidad de detener y revertir la deforestación y la degradación de la tierra como forma de contribuir a la reducción de las emisiones netas anuales de GEI;
38. Reitera el compromiso de los gobiernos de 141 países con más de 3 600 millones de hectáreas de bosques de poner fin a la deforestación y revertirla para 2030;
39. Reitera que la estricta conservación y restauración de los ecosistemas de alto contenido en carbono es una posible respuesta con un impacto inmediato y una amplia gama de beneficios de mitigación y adaptación; reconoce el papel fundamental de los bosques en la protección del clima y la biodiversidad; destaca que los bosques contribuyen a los esfuerzos para mitigar y adaptarse a los efectos negativos del cambio climático;
40. Destaca que las políticas sectoriales y la política climática relativas al sector del uso de la tierra, incluidas las importantes actividades de producción primaria en la agricultura y la silvicultura, deben funcionar adecuadamente en sinergia con las capacidades naturales de adaptación de los ecosistemas naturales y seminaturales, y mejorar en la medida de lo posible la capacidad de adaptación de paisajes predominantemente culturales; pone de relieve la reciente sentencia judicial en un caso en el que los demandantes eran silvicultores que interpusieron una demanda contra el Estado por su política forestal nacional, que les impedía en la práctica mejorar la resiliencia de los bosques gestionados, incluso desincentivando la regeneración natural(20);
41. Recuerda que, según el quinto informe de evaluación del GIECC, las formas de conocimiento autóctonas, locales y tradicionales constituyen un recurso fundamental de cara a la gestión sostenible de los recursos naturales, la conservación de la biodiversidad y la adaptación al cambio climático; subraya la necesidad de reforzar sus derechos comunitarios sobre la tierra y los recursos para mitigar el cambio climático, tal y como se establece en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas y el Convenio 169 de la OIT, y de cumplir el principio del consentimiento libre, previo e informado;
42. Pone de relieve la necesidad de proteger a los defensores de la tierra y el medio ambiente en el contexto de las empresas, garantizando una protección normativa eficaz y sólida del medio ambiente, los derechos laborales, los derechos de tenencia de la tierra, los derechos de los pueblos indígenas, los medios de vida y las culturas, incluido el principio del consentimiento libre, previo e informado; acoge con satisfacción, a este respecto, las iniciativas de la Unión sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad y la propuesta de Reglamento relativo a la comercialización en el mercado de la Unión y a la exportación desde la Unión de determinadas materias primas y productos derivados asociados a la deforestación y la degradación forestal; pide a las Partes que garanticen que los compromisos asumidos en la COP27 en relación con la aplicación del Acuerdo de París se ajusten a las obligaciones y normas internacionales vigentes en materia de derechos humanos aplicables a las operaciones empresariales;
43. Recuerda que el cambio climático es uno de los principales factores de pérdida de biodiversidad y degradación del suelo; subraya que se prevé que los efectos negativos del cambio climático en la naturaleza y la biodiversidad, en los ecosistemas, en los océanos, en la salud y en la seguridad alimentaria serán cruciales en las próximas décadas; hace hincapié en que se necesita un marco internacional vinculante, más sólido y ambicioso a fin de proteger la biodiversidad mundial, detener su actual declive y recuperarla en la medida de lo posible; reconoce, en este contexto, la importancia de la Convenio sobre la Diversidad Biológica celebrada en Montreal, Canadá, de diciembre de 2022; pide al GIECC y a la IPBES que mantengan y refuercen su cooperación y su trabajo conjunto con el fin de proporcionar a los responsables políticos los últimos datos científicos sobre la doble crisis del clima y de la biodiversidad y la forma de afrontarla; pide asimismo a la CMNUCC que trabaje en colaboración con el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en pro de un marco coherente para la neutralidad climática y la resiliencia, la protección de la biodiversidad y el desarrollo sostenible;
44. Alienta a las Partes, en consonancia con el Pacto sobre el Clima de Glasgow,a que adopten un enfoque integrado al abordar la biodiversidad en las decisiones políticas y de planificación nacionales, regionales y locales; pide, en este sentido, a la CMNUCC que trabaje en colaboración con el CDB y el PNUD en pro de un marco coherente para la neutralidad climática y la resiliencia, la protección de la biodiversidad y el desarrollo sostenible; acoge con satisfacción la Declaración de Edimburgo sobre el marco mundial de la biodiversidad posterior a 2020, que constituye un ejemplo de enfoque inclusivo de «perspectiva de la Administración en su conjunto»;
45. Pide a las Partes que prosigan con el trabajo del Diálogo sobre los océanos y el cambio climático estableciendo objetivos concretos y orientados a la acción, abordando las cuestiones más relevantes y apremiantes del nexo entre los océanos y el clima y alentando a los países, especialmente a los países costeros, a que incluyan los compromisos correspondientes en sus CDN actualizadas, en sus planes nacionales de adaptación (PNAD), en sus estrategias a largo plazo y en sus presentaciones del balance mundial, entre otras acciones;
Financiación sostenible en el ámbito del clima
46. Destaca que la Unión y sus Estados miembros son los mayores proveedores de financiación pública para la lucha contra el cambio climático; reconoce la importancia de la financiación de la lucha contra el cambio climático para el éxito de las acciones climáticas, en particular ya que muchos países en desarrollo disponen de CDN condicionales cuya realización depende de la obtención de un apoyo financiero suficiente; celebra, por tanto, que para 2025 se fije un nuevo objetivo colectivo cuantificado sobre la financiación de la lucha contra el cambio climático, que debe ir mucho más allá del objetivo anual de 100 000 millones USD de 2020 y tener en cuenta las necesidades y prioridades de los países en desarrollo en materia de financiación de la lucha contra el cambio climático adicional y adecuada; considera que deben explorarse objetivos independientes de mitigación, adaptación y pérdidas y daños como parte de este nuevo objetivo cuantificado colectivo sobre financiación de la lucha contra el cambio climático; subraya que, a la hora de determinar las contribuciones de las Partes, los futuros objetivos de financiación de lucha contra el cambio climático deben tener en cuenta las necesidades de los países en desarrollo, así como el principio de equidad del Acuerdo de París; subraya, en este sentido, la necesidad de priorizar claramente la financiación de la lucha contra el cambio climático sobre la base de subvenciones para garantizar que dicha financiación no contribuya a unos niveles de deuda insostenibles en los países en desarrollo; reitera su llamamiento en favor de un mecanismo de financiación pública de la Unión que proporcione un apoyo adicional y adecuado para alcanzar los objetivos de financiación internacional de la lucha contra el cambio climático de la Unión; recuerda asimismo su posición de 22 de junio de 2022 sobre el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (MAFC)(21), según la cual la Unión debe financiar los esfuerzos de los países menos adelantados para la descarbonización de sus industrias manufactureras con un importe anual equivalente, al menos, al nivel de ingresos generados por la venta de certificados MAFC;
47. Destaca la importancia de llevar a la práctica el objetivo mundial relativo a la adaptación y de movilizar importantes fondos nuevos para la adaptación en países en desarrollo; observa con preocupación que los costes y las necesidades de adaptación están aumentando y que son entre cinco y diez veces mayores que los actuales flujos de financiación pública internacional para la adaptación, lo que da lugar a un aumento del déficit de financiación de la adaptación; señala las dificultades inherentes que plantea orientar la financiación privada hacia la adaptación; subraya que los actuales flujos financieros mundiales son insuficientes para la aplicación de las medidas de adaptación necesarias, especialmente en los países en desarrollo, entre otras cosas debido a que una parte sustancial de la financiación de la adaptación se proporciona en forma de préstamos; señala que el 50 % de la financiación total de la Unión destinada a la lucha contra el cambio climático en 2020 se proporcionó en forma de subvenciones e insta a la Unión y a todos los Estados miembros a que aumenten la financiación basada en subvenciones, en particular para la adaptación y especialmente para los países menos adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo; pide a la Unión y a sus Estados miembros que se comprometan a aumentar significativamente la financiación que destinan a la adaptación y que presenten en la COP27 un plan claro sobre cómo alcanzar el objetivo acordado en el Pacto para el clima de Glasgow de duplicar la financiación de la adaptación para 2025 en comparación con los niveles de 2019;
48. Reconoce la necesidad de avanzar en la cuestión de la financiación para abordar las pérdidas y los daños; insta a las Partes a acordar nuevas fuentes de financiación pública adecuadas y adicionales que prioricen claramente las subvenciones para hacer frente a las pérdidas y los daños asociados a los efectos adversos del cambio climático; señala las dificultades inherentes que plantea orientar la financiación privada hacia las pérdidas y daños; insta a la Unión a comprometerse de manera constructiva antes de la COP27, incluso examinando las modalidades de dicho mecanismo, teniendo en cuenta los mecanismos institucionales existentes en las propuestas de los países en desarrollo para establecer un mecanismo de financiación de pérdidas y daños en la COP27; pide que las pérdidas y los daños sean un punto permanente del orden del día de las futuras COP, de manera que haya un espacio de negociación claro para supervisar y avanzar en esta cuestión, y para la plena operatividad de la Red de Santiago con el fin de catalizar eficazmente la asistencia técnica para abordar adecuadamente las pérdidas y daños;
49. Recuerda que todas las Partes deben hacer que los flujos financieros —públicos y privados, nacionales e internacionales— sean compatibles con la senda hacia el objetivo de 1,5 °C del Acuerdo de París; reitera la necesidad de poner fin urgentemente a las subvenciones a los combustibles fósiles y a las demás subvenciones perjudiciales para el medio ambiente en la Unión y en el resto del mundo; destaca el compromiso del Pacto para el clima de Glasgow de acelerar los esfuerzos encaminados a reducir gradualmente la energía de carbón no utilizada y las subvenciones a los combustibles fósiles ineficientes; expresa su preocupación por la falta de definición de lo que es una «subvención a los combustibles fósiles ineficientes» lo que supone un grave peligro para la credibilidad de tales compromisos; señala que las subvenciones a los combustibles fósiles en la Unión siguen ascendiendo a unos 55 000-58 000 millones de euros anuales; recuerda a la Comisión y a sus Estados sus obligaciones derivadas del VIII Programa de Acción en materia de Medio Ambiente de fijar un plazo para la eliminación progresiva de las subvenciones a los combustibles fósiles que sea coherente con la ambición de limitar el calentamiento global a 1,5 °C, así como de desarrollar un marco vinculante de la Unión para supervisar e informar sobre los avances de los Estados miembros hacia la eliminación progresiva de las subvenciones a los combustibles fósiles, sobre la base de una metodología acordada; insta a la Comisión y a todos los Estados miembros a aplicar políticas, plazos y medidas concretos para eliminar gradualmente todas las subvenciones directas e indirectas a tales combustibles lo antes posible y de aquí a 2025 a más tardar; anima a otras Partes a adoptar medidas similares y a trabajar en el desarrollo de un tratado de no proliferación de combustibles fósiles; acoge con satisfacción el compromiso del G7 de dejar de financiar el desarrollo de combustibles fósiles en el extranjero para finales de 2022, al tiempo que subraya que este compromiso debería aplicarse también a escala nacional; destaca la necesidad de garantizar que el marco de precios del carbono de la Unión no incentive la contaminación industrial; pone de relieve el papel del Fondo de Innovación;
50. Considera que es esencial para las principales instituciones financieras internacionales adoptar y desarrollar con celeridad mecanismos «verdes» de financiación para propiciar una descarbonización satisfactoria de la economía mundial; recuerda el papel del Banco Europeo de Inversiones (BEI) como «banco del clima de la Unión» y su Hoja de Ruta del Banco del Clima recientemente adoptada, y la política actualizada de concesión de préstamos al sector energético y los esfuerzos adicionales del Fondo Europeo de Inversiones (FEI) para encabezar las inversiones climáticas; celebra que el Banco Central Europeo se haya comprometido a integrar las consideraciones relativas al cambio climático en su marco de política monetaria; insta a los bancos multilaterales de desarrollo, incluido el BEI, y a las instituciones de financiación del desarrollo, que suelen prestar apoyo financiero en forma de instrumentos generadores de deuda, a que apliquen principios responsables a la hora de prestar o tomar prestado, y adapten sus carteras al Acuerdo de París, y a que recopilen y utilicen datos de alta calidad sobre el riesgo climático, la vulnerabilidad y los efectos con el fin de orientar la dirección de las inversiones hacia inversiones alineadas con el objetivo de 1,5 °C; reconoce la importancia de la creación de la Alianza Financiera de Glasgow para las Cero Emisiones Netas y su compromiso de apoyar a las economías emergentes en la transición hacia las cero emisiones netas; acoge con satisfacción en este contexto el acuerdo de la Unión sobre la presentación de información corporativa en materia de sostenibilidad, es crucial para conseguir apoyo financiero;
51. Respalda la labor de la coalición de ministros de Hacienda para la acción por el clima y anima a todos los Gobiernos a adquirir los compromisos de la coalición de adaptar todas las políticas y prácticas dentro del ámbito de competencias de los ministros de Hacienda a los objetivos del Acuerdo de París, así como a adoptar un sistema de tarificación del carbono eficaz, tal como establecen los principios de Helsinki;
52. Acoge con satisfacción el trabajo del Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad a la hora de desarrollar una base mundial de información sobre sostenibilidad para los mercados de capitales con el fin de dirigir más capital hacia las tecnologías limpias y las inversiones climáticas;
Esfuerzos en todos los sectores
53. Recuerda que la Legislación europea sobre el clima establece el compromiso de facilitar para cada sector específico el diálogo y las asociaciones en materia de clima reuniendo a las principales partes interesadas de manera inclusiva y representativa, a fin de animar a los propios sectores a elaborar voluntariamente hojas de ruta indicativas y a planificar su transición hacia la consecución del objetivo de neutralidad climática de la Unión de aquí a 2050; destaca que estas hojas de ruta podrían suponer una valiosa contribución a la hora de ayudar a los sectores en el marco de la planificación de las inversiones necesarias para la transición hacia una economía climáticamente neutra y podrían también servir para reforzar el compromiso sectorial en la búsqueda de soluciones climáticamente neutras;
54. Insta a todas las Partes a tomar medidas urgentes contra las emisiones de metano; acoge con satisfacción el Compromiso Mundial de Reducción de Emisiones de Metano suscrito por la Unión, los Estados Unidos y otros países en la COP26, cuyo objetivo es reducir todas las emisiones de metano causadas por la acción humana en un 30 % de aquí a 2030 con respecto a los niveles de 2020, lo que constituye el primer paso hacia la reducción del 45 % recomendada por el PNUMA(22); insta a todos los firmantes a que se aseguren de reducir las emisiones de metano en sus territorios en al menos un 30 % de aquí a 2030 y a que adopten medidas nacionales para lograr este objetivo; señala que aproximadamente el 60 % del metano mundial es emitido por fuentes como la agricultura, los vertederos de residuos, las instalaciones de tratamiento de aguas residuales y la producción y el transporte por tubería de combustibles fósiles; recuerda que el metano es un potente GEI que es veintiocho veces más potente que el CO2 en términos de su impacto climático dentro de un periodo de cien años, y ochenta veces más potente dentro de un periodo de veinte años; destaca en este sentido que una acción más enérgica para reducir las emisiones de metano es una de las medidas más eficaces en términos de costes para reducir las emisiones de GEI a corto plazo; observa que ya existen numerosas tecnologías y prácticas para mitigar las emisiones de metano de manera rentable, con un coste bajo o negativo; señala que las emisiones de metano en la agricultura se deben principalmente al aumento del número de cabezas de ganado y que las emisiones del ganado procedentes del estiércol y de la fermentación entérica representan aproximadamente el 32 % de las emisiones antropogénicas de metano; toma nota, en este contexto, de la propuesta de reducción de las emisiones de metano en el sector energético presentada por la Comisión en diciembre de 2021; pide que se adopten medidas legislativas vinculantes adicionales para abordar las emisiones en otros sectores emisores, la fijación de objetivos vinculantes de reducción de las emisiones de metano de la Unión, así como la inclusión del metano entre los contaminantes regulados en la Directiva relativa a los compromisos nacionales de reducción de emisiones; reitera su llamamiento para que se aborden las densidades ganaderas en la Unión a fin de garantizar reducciones ambiciosas de las emisiones de GEI en este sector; reitera su posición de que es necesario un cambio en los patrones de consumo con la adopción de alimentos, dietas y estilos de vida más saludables, incluido el aumento del consumo de plantas y alimentos de origen vegetal producidos de forma sostenible y regional, y que es necesario abordar el consumo excesivo de carne y productos ultraprocesados;
55. Considera que los modelos de producción agrícola sostenible requieren el establecimiento de normas mundiales basadas en un concepto intersectorial y multidisciplinar de «Una sola salud»(23) al objeto de garantizar la transición hacia sistemas alimentarios sostenibles, así como el cumplimiento de los compromisos del Acuerdo de París y del Pacto para el clima de Glasgow;
56. Reconoce que el cambio climático contribuirá a aumentar la resistencia a los antibióticos y, por lo tanto, pide un acuerdo mundial de las Partes que permita disminuir el uso de antimicrobianos y combatir el riesgo de resistencia;
57. Pone de relieve que el sector del transporte es el único en el que las emisiones han aumentado a escala de la Unión desde 1990 y que esta evolución no es compatible con los objetivos climáticos de la Unión, que requieren reducciones mayores y más rápidas de las emisiones de todos los sectores de la sociedad, incluidos los de la aviación y el sector marítimo; considera que, para garantizar la coherencia de las contribuciones determinadas a nivel nacional con los compromisos exigidos por el Acuerdo de París en todos los sectores de la economía, se debe alentar encarecidamente a las Partes a que incluyan las emisiones procedentes del transporte marítimo y aéreo internacional en sus contribuciones determinadas a nivel nacional, y a que acuerden y apliquen medidas a nivel internacional, regional y nacional para reducir las emisiones de estos sectores, incluidos los impactos no asociados al CO2 de la aviación; recuerda, asimismo, que, según la AIE, todos los turismos nuevos comercializados a escala mundial han de ser de cero emisiones en 2035, con el fin de alcanzar cero emisiones netas en 2050;
58. Pone de relieve la inclusión de las emisiones marítimas y de la aviación en el régimen de comercio de derechos de emisión (RCDE) de la UE, que también podría servir de modelo para otros países y que contribuirá a una mayor ambición global a escala internacional, en particular en la Organización Marítima Internacional (OMI) y la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI); manifiesta su preocupación por los escasos progresos realizados por dichas organizaciones para abordar las emisiones procedentes del transporte marítimo y aéreo internacional; pide a la Comisión y a los Estados miembros que hagan cuanto esté en su mano para reforzar el Plan de Compensación y Reducción del Carbono para la Aviación Internacional (CORSIA), salvaguardando al mismo tiempo la autonomía legislativa de la Unión en la aplicación de la Directiva del RCDE; acoge con satisfacción el trabajo que está realizando la OMI con miras a actualizar su estrategia sobre los GEI y su objetivo de reducción de emisiones, y a adoptar medidas concretas; insta, no obstante, a la OMI a que avance rápidamente en la adopción de objetivos y medidas a corto y medio plazo que estén en consonancia con el objetivo del Acuerdo de París;
59. Señala el enorme impacto del uso de aviones privados, pues un único avión privado puede emitir dos toneladas de CO2 en tan solo una hora(24); subraya la importancia de que los dirigentes prediquen con el ejemplo y, por tanto, lamenta que algunos líderes mundiales y delegados viajaran a la COP26 utilizando un avión privado; insta a todos los participantes en la COP27 a que elijan el modo de transporte menos contaminante para llegar a su destino; observa con preocupación que se calcula que el uso de aviones privados en Europa ha aumentado un 30 % en comparación con los niveles anteriores a la pandemia(25), por lo que pide a los Estados miembros que adopten sin demora medidas para limitar el uso de estos vehículos en sus territorios;
60. Acoge con satisfacción el lanzamiento de la iniciativa Beyond Oil and Gas Alliance (BOGA) en la COP26 y subraya el imperativo de su objetivo de limitar el suministro de combustibles fósiles y poner fin a la producción de petróleo y gas; recuerda que los combustibles fósiles son los mayores contribuyentes al cambio climático, responsables de más del 75 % de todos los GEI y que los planes actuales llevarían a la producción de alrededor de un 240 % más de carbón, un 57 % más de petróleo y un 71 % más de gas de lo que sería coherente con limitar el calentamiento global a 1,5 °C; apoya una transición global socialmente justa y equitativa para adaptar la producción de petróleo y gas a los objetivos del Acuerdo de París; pide a todos los Estados miembros y a otras Partes del Acuerdo de París que se sumen a esta iniciativa;
61. Expresa su preocupación por que los inversores en combustibles fósiles presenten demandas contra los gobiernos ante los tribunales de inversiones, en el contexto de los acuerdos de inversión, por llevar a cabo políticas en materia de clima, eliminación progresiva de combustibles fósiles o transición justa; aboga por la coherencia entre los acuerdos de inversión bilaterales y multilaterales y los objetivos climáticos acordados internacionalmente, excluyendo la protección de las inversiones en combustibles fósiles;
62. Recuerda que, según el Sexto Informe de Evaluación del GIECC, las opciones de mitigación que cuestan 100 USD por tonelada de CO2 o menos podrían reducir las emisiones mundiales de GEI al menos a la mitad del nivel de 2019 antes de 2030; subraya, por tanto, que la fijación de un precio efectivo del carbono, como elemento de una combinación de políticas más amplia, puede contribuir a reducir significativamente las emisiones de GEI y a estimular la innovación en tecnología limpia; anima a la Unión a asumir un papel de liderazgo en la promoción de la fijación de precios del carbono en combinación con un uso eficaz y socialmente integrador de los ingresos para promover una transición más rápida y justa; anima asimismo a la Unión a explorar vínculos y otras formas de cooperación con los mecanismos existentes de fijación de precios del carbono en terceros países y regiones, a fin de acelerar la reducción rentable y socialmente equitativa de las emisiones en todo el mundo y reducir al mismo tiempo el riesgo de fuga de carbono, todo lo cual debería contribuir a garantizar unas condiciones de competencia equitativas a escala mundial; pide a la Comisión que establezca salvaguardias para garantizar que cualquier vinculación con el RCDE UE siga contribuyendo permanentemente a la mitigación y no socave los compromisos internos de la Unión en materia de emisiones de gases de efecto invernadero;
63. Pide a la Comisión que entable un diálogo con otros grandes emisores de CO2 para crear un club climático internacional abierto a todos los países que se comprometan a liderar el camino hacia una elevada ambición climática y una tarificación eficaz del carbono, con objetivos comunes sobre la reducción de las emisiones de GEI y la consecución de la neutralidad climática a más tardar en 2050;
Cambio climático y género
64. Alerta de que las personas se ven afectadas por el cambio climático de diferentes maneras, dependiendo de factores como el género, la edad, la discapacidad, el origen étnico y la pobreza; cree que la transición a una sociedad sostenible ha de llevarse a cabo de un modo integrador, justo y equitativo, y que la igualdad de género es clave para dicha transición; acoge con satisfacción, por tanto, la adopción en la COP26 de la decisión recomendada por el Órgano Subsidiario de Ejecución sobre género y cambio climático para integrar mejor la dimensión de género en las CDN y que la financiación de la lucha contra el cambio climático responda a las cuestiones de género; lamenta, sin embargo, que aproximadamente la mitad de las Partes aún no hayan designado ni prestado apoyo a un centro de referencia en materia de género y cambio climático en lo que respecta a las negociaciones, la ejecución y la supervisión de las medidas relacionadas con el cambio climático;
65. Destaca el Programa de Trabajo mejorado de Lima sobre el género de la CMNUCC y su Plan de Acción en materia de género, que reconoce la continua necesidad de promover y fomentar la igualdad de género como una prioridad transversal en el cambio climático; reitera su llamamiento a la Comisión para que elabore un plan de acción concreto para cumplir los compromisos del Plan de Acción en materia de Género renovado y que cree un centro de coordinación permanente de la Unión sobre género y cambio climático, con recursos presupuestarios suficientes, para aplicar y supervisar una acción por el clima responsable en materia de género en la Unión y a nivel mundial(26); pide que la Unión integre la perspectiva de género en todas las políticas climáticas y medioambientales; reitera su llamamiento a la Unión y a sus Estados miembros para que garanticen planes nacionales de acción sobre el clima justos en relación con el género y la participación significativa de todos los géneros en su diseño y aplicación, así como para que refuercen el papel de las mujeres y de las organizaciones de mujeres en la gobernanza y la toma de decisiones, su acceso a la financiación y a programas que apoyen el papel de las mujeres en la gobernanza climática;
66. Destaca que, en virtud del Acuerdo de París, se espera que los países desarrollados informen sobre el grado de perspectiva de género de la financiación y sobre si la financiación proporcionada tiene en cuenta las consideraciones de género; expresa su preocupación por el hecho de que el enfoque de género de los proyectos sigue siendo claramente insuficiente y pide a la Unión que redoble sus esfuerzos en este sentido; recomienda aplicar análisis de género para ayudar a determinar las diferentes necesidades e intereses en la sociedad, así como los diferentes niveles de acceso a los mecanismos financieros dentro de las sociedades; reitera su llamamiento a la Comisión para que elabore un plan de acción concreto para cumplir los compromisos del Plan de Acción en materia de Género renovado acordado en la COP25, con recursos presupuestarios suficientes para aplicar y supervisar una acción por el clima que responda a las cuestiones de género en la Unión y en todo el mundo; cree que esto podría servir como ejemplo para que otras Partes adopten medidas similares;
Industria, pymes y competitividad
67. Considera que la COP27 constituye un paso muy importante desde la firma del Acuerdo de París en 2015, ya que la Unión ha puesto en marcha su paquete «Fit for 55» (Objetivo 55), el paquete RePowerEU y otras medidas, con el fin no solo de reducir sus emisiones de GEI y alcanzar la neutralidad climática a más tardar en 2050, sino también de transformar su sistema energético; cree que la prosperidad económica, la cohesión social, la creación de empleo, el desarrollo industrial sostenible y la política climática deben reforzarse mutuamente; destaca que la lucha contra el cambio climático debe aspirar a reducir la pobreza energética, aumentar la resiliencia y la competitividad, y ofrece oportunidades para la industria y las pymes de la Unión que pueden aprovecharse si los legisladores se comprometen a dar una respuesta política adecuada, oportuna, personalizada y solidaria; considera de la máxima importancia que la Unión se asegure de obtener una ventaja de pionera y de predicar con el ejemplo, protegiendo al mismo tiempo el mercado interior de la competencia desleal por parte de terceros países y garantizando unas condiciones equitativas para las industrias europeas a escala mundial;
68. Subraya que la Unión debe hacer cuanto esté en su mano para mantener la posición de liderazgo de sus industrias y la competitividad mundial en la transición hacia una economía con cero emisiones netas de GEI; señala que deben utilizarse herramientas políticas disponibles e innovadoras para mantener y ampliar los ámbitos de liderazgo de la Unión; subraya la necesidad de una rápida descarbonización de la industria europea y de mantener el apoyo de la Unión a esta iniciativa, en particular para encontrar soluciones proporcionadas a la participación de las pymes; acoge con satisfacción las iniciativas emprendidas en relación con las cadenas de valor estratégicas; reconoce los efectos positivos para las industrias europeas, incluidas las pymes, derivados de la adopción de estrategias tempranas para luchar contra el cambio climático, así como de que la Unión dé ejemplo en la consecución de la neutralidad climática, lo que allana el camino para los países menos avanzados o ambiciosos y podría salvaguardar una ventaja competitiva altamente beneficiosa para las industrias y las pymes de la Unión; subraya la necesidad de establecer acuerdos multilaterales y bilaterales aplicables entre la Unión y sus socios con el fin de exportar las normas medioambientales de la Unión y garantizar unas condiciones de competencia equitativas en el comercio y las inversiones; hace hincapié en la necesidad de evitar la deslocalización de la producción y las inversiones den la industria y las pymes europeas debido a unas medidas climáticas menos ambiciosas fuera de la Unión, por lo que anima a los socios internacionales a aunar esfuerzos en la lucha contra el cambio climático; considera, por otra parte, que la producción y las inversiones en Europa reforzarían la cadena de valor industrial y la autonomía estratégica de la Unión en un contexto mundial inestable;
69. Reconoce el papel esencial de las pymes, y en particular de las microempresas y las empresas emergentes, para impulsar el empleo y el crecimiento, así como para encabezar el avance en las transiciones digitales y ecológicas; recuerda que las pymes constituyen una parte esencial del tejido económico y social europeo y deben recibir apoyo e incentivos en esta transición por parte de los legisladores, en particular, garantizando el acceso a la financiación para acceder a tecnologías, servicios y procesos sostenibles y simplificando los procedimientos administrativos; expresa su preocupación por que las oportunidades y las vulnerabilidades de las pymes no se tengan suficientemente en cuenta en todas las políticas de la Unión relativas al mercado único, incluido el impulso de promover la digitalización y la transición ecológica;
70. Acoge con satisfacción el compromiso, los esfuerzos y los progresos realizados hasta ahora por los ciudadanos, las comunidades, los municipios, las ciudades, las regiones, las industrias y las instituciones europeos para cumplir las obligaciones del Acuerdo de París;
71. Acoge con satisfacción que varios socios comerciales de la Unión hayan introducido el comercio del carbono u otros mecanismos de fijación de precios del carbono e invita a la Comisión a seguir promoviendo esta y otras políticas similares a escala mundial; espera con interés un acuerdo rápido con el Consejo sobre la propuesta de un mecanismo de ajuste en frontera por carbono de la Unión socialmente justo que incluya un mecanismo eficaz de fuga de carbono y que impulse un precio mundial del carbono, lo que contribuirá a reducir las emisiones mundiales de carbono y a alcanzar los objetivos del Acuerdo de París;
72. Considera que la transición hacia una economía sostenible debe combinarse con la defensa de la competitividad de Europa y la creación de empleo, ya que es fundamental para el éxito del Pacto Verde Europeo que el mercado único siga siendo rentable a la hora de adaptarse a un nuevo entorno regulador.
73. Hace hincapié en la necesidad de promover mercados competitivos para los productos básicos y los metales raros que son esenciales para la transición ecológica, ya que los recursos básicos del mundo están en manos de muy pocos países; destaca que la continua dependencia de unos pocos proveedores contrarrestará algunas medidas políticas actuales, como el plan RePowerEU, y los sacrificios realizados por los ciudadanos de la Unión;
74. Destaca la necesidad de programas de cualificación para la reconversión de la población activa a fin de satisfacer la creciente demanda de mano de obra en eficiencia energética, energías renovables y soluciones de tecnología verde; pide a todos los Estados miembros que adopten medidas para garantizar que la mano de obra europea actual y futura adquiera todas las capacidades necesarias para gestionar, aplicar e innovar la transición ecológica;
Política energética
75. Acoge con satisfacción todas las iniciativas para reducir la dependencia de la Unión de los combustibles fósiles, incluida la reducción y, en última instancia, la eliminación de la dependencia de todos los combustibles fósiles y productos rusos relacionados, ya que Rusia está utilizando sus recursos naturales como arma y debido a su invasión de Ucrania; insta a la Comisión y al Consejo a que, a este respecto, elaboren un plan de inversión en medidas de eficiencia energética y energías renovables para reforzar la autonomía energética; recuerda que la Comisión estima que son necesarios 300 000 millones de euros para eliminar gradualmente nuestra dependencia energética de Rusia para 2030; toma nota del trabajo en curso de la Unión con socios internacionales para diversificar el suministro energético; observa que el análisis de la Comisión en apoyo de las previsiones de la RePowerEU de que, debido a las nuevas circunstancias, algunas capacidades basadas en fósiles podrían lamentablemente utilizarse más tiempo del previsto inicialmente;
76. Destaca la revisión en curso de la legislación sobre energía en el marco del paquete de medidas «Objetivo 55», con el fin de adecuarla al objetivo ampliado de la Unión de reducir las emisiones en al menos un 55 % de aquí a 2030, y de alcanzar la neutralidad climática en 2050 a más tardar; pide, no obstante, que se siga trabajando en el establecimiento de objetivos más ambiciosos, por ejemplo, para las energías renovables y la eficiencia energética, sobre todo teniendo en cuenta que la Unión debe seguir predicando con el ejemplo;
77. Destaca el papel central de la eficiencia energética y las energías renovables en la transición hacia una economía climáticamente neutra; recuerda que la energía más ecológica posible es la que no utilizamos y, en especial, el papel que pueden desempeñar las herramientas de eficiencia energética en su promoción; reconoce el avance logrado en la generación de fuentes de energía renovables; pide al mismo tiempo que se amplíen las acciones de eficiencia energética, como la integración del sector y la reutilización del exceso de calor; señala que la calefacción representó el 50 % del consumo mundial de energía en 2018(27) y que, de conformidad con el principio de la primacía de la eficiencia energética, puede reutilizarse y reintegrarse de manera ventajosa como fuente de calefacción sostenible que beneficiaría a todos los países, ya que el exceso de calor se genera en todos los países; reconoce, no obstante, la importancia de alinear los objetivos de energías renovables y eficiencia energética para lograr la neutralidad climática en 2050 a más tardar y para cumplir el Acuerdo de París y los objetivos de RepowerEU, aprovechando la oportunidad de la actual reducción de los costes de las tecnologías de energía renovable y almacenamiento; reconoce que el aumento de la ambición en el objetivo de eficiencia energética de la Unión para 2030 debe ser compatible con el aumento y la adopción de la electrificación, el hidrógeno, los combustibles electrónicos y otras tecnologías limpias necesarias para la transición ecológica;
78. Recuerda la necesidad de ampliar y acelerar de forma masiva los procedimientos de concesión de permisos para proyectos de energías renovables, teniendo en cuenta la legislación de la Unión en materia de naturaleza, incluida la relativa a la biodiversidad, e implicando a todas las partes interesadas pertinentes en el proceso de identificación y planificación;
79. Recuerda el compromiso de la Unión con el principio de la primacía de la eficiencia energética, que tiene en cuenta la eficiencia de costes, la eficiencia del sistema, la capacidad de almacenamiento, la flexibilidad del lado de la demanda y la seguridad del suministro; subraya la importancia de integrar y aplicar el principio en todas las leyes e iniciativas pertinentes y en todos los sectores cuando proceda; señala el potencial no aprovechado de la eficiencia energética en sectores como la industria(28), las tecnologías de la información, el transporte y los edificios, incluida la calefacción y la refrigeración; acoge con satisfacción la Estrategia de la «Oleada de Renovación» y las medidas reguladoras, financieras y habilitadoras conexas y concretas con el objetivo de, al menos, duplicar la tasa anual de renovación energética de los edificios de aquí a 2030, fomentar renovaciones profundas y facilitar la movilidad electrónica, en el paquete «Fit for 55» (Objetivo 55), con el fin de mitigar la pobreza energética; recuerda el papel esencial que desempeñarán las pymes en el sector de la construcción y la renovación durante toda la Oleada de Renovación, lo que permitirá reducir el impacto energético y climático de los edificios;
80. Acoge con satisfacción la estrategia RePowerEU e insta a todos los Estados miembros de la Unión a considerar el plan de diez puntos de la AIE que, si se aplica correctamente, tiene el potencial de reducir las importaciones de gas de Rusia en más de la mitad, reduciendo así la dependencia de la Unión del gas natural ruso;
81. Subraya la importancia de eliminar progresivamente todos los combustibles fósiles tan pronto como resulte posible; señala que este objetivo debe lograrse al tiempo que se maximiza su efecto positivo en la seguridad energética de la Unión, la competitividad industrial y el bienestar de los ciudadanos; pide a los países del G7 que prediquen con el ejemplo en lo que atañe a la transición energética y que suspendan todas las nuevas inversiones en la extracción de combustibles fósiles; acoge con satisfacción el compromiso de los países del G7 de descarbonizar sus sectores energéticos de aquí a 2035 y de poner fin a la financiación de la mayoría de los proyectos de combustibles fósiles en el extranjero para finales de este año; destaca la importancia de la cooperación internacional para eliminar gradualmente los combustibles fósiles, como la alianza BOGA y Powering Past Coal Alliance;
82. Lamenta que las subvenciones a las energías fósiles en la Unión se hayan mantenido estables desde 2008, por un importe total de entre 55 000 y 58 000 millones de euros al año, lo que corresponde a aproximadamente un tercio de todas las subvenciones a la energía en la Unión, y que actualmente quince Estados miembros subvencionen más los combustibles fósiles que las energías renovables; considera que las subvenciones a los combustibles fósiles socavan los objetivos del Pacto Verde Europeo y las obligaciones derivadas del Acuerdo de París; considera fundamental proporcionar señales de precios más coherentes en todos los sectores energéticos y en los Estados miembros, y evitar la internalización de los costes externos; toma nota de la reciente adopción por algunos Estados miembros de medidas para proteger a los consumidores del impacto directo del aumento de los precios de la energía, en particular en los hogares, e insiste en que estas prácticas deben seguir siendo excepcionales y temporales; insta a los Estados miembros y a las demás Partes en la COP26 a que otorguen prioridad a las inversiones en energías e infraestructuras ecológicas y eliminen gradualmente las subvenciones directas e indirectas a los combustibles fósiles;
83. Cree que, para que la Unión alcance la neutralidad climática, su sistema energético debe integrarse y basarse en prioridades en cascada, empezando por aplicar el principio de la primacía de la eficiencia energética, basado en la eficiencia de costes, la eficiencia del sistema, la capacidad de almacenamiento, la seguridad de la oferta y la flexibilidad del lado de la demanda con el apoyo de redes inteligentes, lo que dará lugar al ahorro de energía, seguido de la electrificación directa de los sectores de uso final a partir de fuentes renovables, el uso de combustibles renovables y basados en energías renovables, incluido el hidrógeno, para aplicaciones de uso final y, durante una fase de transición, combustibles sostenibles y seguros con bajas emisiones de carbono para aplicaciones que no tienen otra alternativa, manteniendo al mismo tiempo la accesibilidad energética, la asequibilidad y la seguridad del suministro mediante el desarrollo de un sistema energético circular, de alta eficiencia energética, integrado, interconectado, resiliente y multimodal;
84. Recuerda la importancia de tener en cuenta la diversidad de desafíos y sistemas energéticos nacionales; destaca la necesidad de una transición justa y reitera la promesa esbozada en el nuevo Pacto Verde de que no debe dejarse a nadie atrás; expresa su preocupación por el hecho de que unos 50 millones de hogares de la Unión sigan viviendo en condiciones de pobreza energética, y cree que la Unión debe redoblar sus esfuerzos para prevenirla y minimizarla; subraya la importancia de la dimensión social de una mayor ambición climática; subraya que las renovaciones de edificios son esenciales para reducir el consumo energético de los edificios, las emisiones y la factura energética; subraya que las políticas energéticas deben llevarse a cabo con arreglo al principio de una transición justa y equitativa, y en estrecha colaboración con la sociedad civil y los interlocutores sociales; considera, por tanto, que las políticas pública y una implicación reforzada de los interlocutores sociales y de la sociedad civil en el ámbito local, nacional y de la Unión son fundamentales para alcanzar la neutralidad climática en todos los sectores de la sociedad de una manera justa, inclusiva y socialmente sostenible;
85. Acoge con satisfacción la adopción de la estrategia europea para el hidrógeno, que exige la instalación de al menos 6 GW de electrolizadores de hidrógeno renovables en la Unión de aquí a 2024 y de 40 GW de electrolizadores de hidrógeno renovables de aquí a 2030; pide a la Unión y a los Estados miembros que, en este contexto, faciliten la integración del hidrógeno en sectores en los que la reducción resulta difícil;
86. Acoge con satisfacción la estrategia de la Unión sobre las energías renovables marinas y su ambición de llegar a una capacidad de al menos 60 GW de aquí a 2030 y 340 GW de aquí a 2050, que el Parlamento solicitó que se aumentara hasta 450 GW(29), así como la estrategia solar que pretende instalar 320 GW de energía solar fotovoltaica de aquí a 2025 y 600 GW de aquí a 2030; subraya la necesidad de garantizar que la ejecución de la estrategia beneficie a toda la Unión, incluidos los Estados miembros sin litoral; destaca que las empresas europeas son líderes mundiales y pioneras industriales en el ámbito de las energías renovables marinas y que el sector posee un potencial no aprovechado para la creación de nuevos puestos de trabajo (tanto directa como indirectamente), el crecimiento y las exportaciones; pide que el liderazgo europeo en la industria renovable y sus cadenas de suministro forme parte de la política industrial de la Unión; toma nota con gran satisfacción de la declaración conjunta firmada en mayo de 2022 por Alemania, Bélgica, Dinamarca y los Países Bajos en la Cumbre del Mar del Norte en Esbjerg (Dinamarca), que convertirá al Mar del Norte en una potencia verde para Europa;
87. Expresa su convencimiento respecto a la necesidad de crear las condiciones para que los consumidores conozcan mejor y tengan más incentivos para elegir formas de energía más sostenibles y para ser más activos; pide a la Comisión que evalúe la capacidad de red necesaria para la integración de soluciones de energía renovable y calefacción eléctrica y que identifique las barreras que persisten para facilitar el desarrollo del autoconsumo renovable y de las comunidades de energías renovables, en particular para los hogares de bajos ingresos o vulnerables;
88. Alienta el trabajo en curso de revisión de la Directiva sobre fiscalidad energética con el objetivo de alinear las políticas fiscales con los objetivos de energía y clima para 2030 y 2050, al tiempo que evalúa sus impactos, incluidos los relativos a los consumidores, la pobreza energética y la pobreza en el transporte;
89. Subraya que, aunque Europa trabaja para cumplir sus ambiciosos objetivos, alcanzar la reducción a cero de las emisiones netas en 2050 a más tardar a escala mundial requerirá una acción global coordinada; destaca que los países en desarrollo necesitarán diversos grados de asistencia internacional para lograr su transición ecológica; subraya la importancia de potenciar una estrecha cooperación transfronteriza y la puesta en común de buenas prácticas con socios internacionales en los ámbitos de la formulación de políticas y la ciencia, incluida la transferencia de tecnología, con el fin de promover la eficiencia energética y las inversiones en tecnologías e infraestructuras energéticas sostenibles; toma nota de la reciente adopción por parte de la Comisión de su comunicación sobre el compromiso exterior de la Unión en materia de energía, que incluye su determinación de colaborar con terceros países de todo el mundo y animar a los países socios a potenciar su ambición por el clima y definir sus vías hacia la neutralidad climática, pero también a establecer relaciones a largo plazo mutuamente beneficiosas, en particular en el ámbito de la energía;
90. Acoge con satisfacción la intención de la Comisión de adoptar, en 2022, un plan de acción para la digitalización del sector energético, con el fin de posicionar a la Unión como líder tecnológico y propiciar un sistema energético más integrado con soluciones inteligentes en sectores específicos y con una mejor financiación para el periodo de 2021-2027; recuerda la importancia de abordar los riesgos de ciberseguridad en el sector de la energía para garantizar la resiliencia de los sistemas energéticos;
Investigación, innovación, tecnologías digitales y política espacial
91. Acoge con satisfacción el papel del programa Horizonte Europa y su contribución a la neutralidad climática; considera que las asociaciones en el marco de Horizonte Europa, incluidas las empresas comunes, fomentarán la colaboración entre los sectores público y privado con el objetivo de contribuir a la consecución de la transición ecológica, garantizando al mismo tiempo la disponibilidad, la accesibilidad y la asequibilidad de innovaciones sostenibles; subraya la importancia de mejorar el acceso y la participación de las pymes en las convocatorias de Horizonte Europa y la comunicación y la participación de los ciudadanos en relación con los resultados de los proyectos europeos de I+D y las nuevas tecnologías, incluidos los proyectos insignia, con el fin de aumentar la aceptación pública y hacer más visible el papel de la Unión para sus ciudadanos;
92. Acoge con satisfacción el papel del programa Copernicus y del nuevo servicio de seguimiento de la tierra, la atmósfera y el medio marino del Centro de Conocimiento sobre la Observación de la Tierra de la Unión; subraya la importancia de las capacidades de observación por satélite para el seguimiento, la modelización, la predicción y el apoyo a la formulación de políticas sobre cambio climático;
93. Destaca la necesidad de atraer más inversiones, tanto públicas como privadas, para la investigación, la innovación y el despliegue de nuevas tecnologías sostenibles, incluidas las industrias intensivas en mano de obra, nuevas redes de infraestructuras y proyectos necesarios que contribuyan a los objetivos del Pacto Verde Europeo y el Acuerdo de París; subraya que la investigación y la tecnología futuras deben tener en cuenta la sostenibilidad y la circularidad; subraya al mismo tiempo la importancia de la investigación básica, así como de los enfoques colaborativos y transdisciplinarios en la investigación y la innovación (I+i) a la hora de abordar los retos climáticos; señala, asimismo, la necesidad de apoyar la innovación social que es esencial para abordar las necesidades y los retos sociales no cubiertos, al tiempo que se capacita a las personas durante la transición ecológica;
94. Subraya la importancia de garantizar la coherencia y la uniformidad en los incentivos para fomentar tecnologías innovadoras con el fin de alcanzar los objetivos de 2030 y 2050, abordando el despliegue de tecnologías ya maduras, así como las inversiones en nuevas tecnologías que deben desarrollarse para alcanzar el objetivo de neutralidad climática de la Unión en 2050 a más tardar;
95. Hace hincapié en la necesidad de una doble transición, en la que las transiciones digital y verde vayan de la mano; subraya el papel fundamental que pueden desempeñar las tecnologías digitales para apoyar la transición ecológica de la Unión; recuerda que la recuperación de la Unión requiere la creación de un marco regulador estable que propicie el progreso, incluido el progreso impulsado por el mercado, en la investigación, la innovación y el desarrollo de tecnologías sostenibles, y las condiciones adecuadas para su financiación;
96. Subraya que la digitalización es uno de los factores clave que impulsan la integración de los sistemas energéticos, ya que puede habilitar los flujos dinámicos e interrelacionados de los vectores energéticos, permitir la interconexión de mercados más diversos, y proporcionar los datos necesarios para adecuar la oferta y la demanda; destaca el potencial de las tecnologías digitales para potenciar la eficiencia energética y reducir así las emisiones generales de GEI; destaca la necesidad de garantizar un marco reglamentario seguro con procedimientos transparentes y no discriminatorios para el acceso y la transmisión de datos energéticos; recuerda que la Comisión estima que la huella medioambiental de las TIC representa entre el 5 % y el 9 % del consumo mundial de electricidad y más del 2 % de las emisiones mundiales de GEI; subraya que, según un estudio de 2018 sobre inteligencia artificial del Centro Común de Investigación de la Comisión, los centros de datos y la transmisión de datos podrían representar entre el 3 % y el 4 % del consumo total de electricidad de la Unión; destaca que la Comisión prevé un incremento del 28 % del consumo de los centros de datos entre 2018 y 2030; subraya que el 47 % de las emisiones de carbono del sector digital se deben a equipos de consumo, como ordenadores, teléfonos inteligentes, tabletas y otros dispositivos conectados; pide, por tanto, que se apliquen medidas para reducir la huella de carbono del sector de las TIC garantizando la eficiencia energética y de los recursos, y reitera el objetivo de lograr que los centros de datos sean climáticamente neutros y muy eficientes desde el punto de vista energético a más tardar en 2030, como se establece en la estrategia digital;
97. Recuerda la importancia de la contribución de la I+i a la consecución de los objetivos establecidos en el Acuerdo de París y los objetivos del Pacto Verde Europeo; pide a la Comisión y a los Estados miembros que apoyen la investigación y la innovación y un aumento global de los presupuestos nacionales y de la Unión dedicados a la investigación y la innovación en tecnologías energéticas sostenibles y seguras; pide a la Comisión que estudie la posibilidad de seguir apoyando tecnologías y soluciones innovadoras que contribuyan a un sistema energético integrado y resistente al cambio climático, también aquellas en las que Europa ostenta el liderazgo mundial, y las cadenas de valor con base en la Unión; considera fundamental contar con segmentos clave de las cadenas de valor de la energía renovable dentro de la Unión con el fin de lograr los objetivos climáticos y aportar beneficios económicos significativos a los europeos, y pide medidas adecuadas para apoyar el papel del contenido basado en Europa en la legislación y la cadena de suministro de las fuentes de energía renovable;
Cambio climático y deforestación
98. Reitera el compromiso de la Unión con la aplicación de coherencia política para el desarrollo, especialmente en las políticas industrial, agrícola, pesquera, comercial y de inversión; insiste en un enfoque coherente de la aplicación del Acuerdo de París y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, tanto en las políticas interiores como en las exteriores;
99. Pide a la Comisión, a los Estados miembros y a otros países del G7 que establezcan y aprueben asociaciones de transición energética justa con los países en desarrollo y realicen inversiones nuevas y adicionales dirigidas a garantizar una transición justa en la eliminación progresiva de los combustibles fósiles en los países en desarrollo; considera que estas asociaciones deben basarse principalmente en instrumentos de financiación no generadores de deuda;
100. Subraya la importancia de un enfoque que tenga en cuenta los derechos humanos en la acción por el clima para garantizar que todas las medidas respeten y apoyen los derechos humanos de todas las personas; insta a las Partes de la CMNUCC a integrar la dimensión de los derechos humanos en sus CDN, su Comunicación de Adaptación y sus PNAD;
101. Aboga por una política de desarrollo y climática que aborde la desigualdad, los retos preexistentes en materia de deuda y pobreza, agravados por el impacto negativo del cambio climático;
Papel del Parlamento Europeo
102. Considera que debe integrar la delegación de la Unión, puesto que ha de dar su aprobación a los acuerdos internacionales y desempeña un papel fundamental en la aplicación interna del Acuerdo de París en calidad de colegislador; confía, por consiguiente, en que se le permita asistir a todas las reuniones de coordinación de la Unión durante la COP27 en Sharm el Sheij y en que se le garantice el acceso a todos los documentos preparatorios desde el inicio de las negociaciones;
o o o
103. Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros y a la Secretaría de la CMNUCC, con solicitud de que la distribuya a todas las Partes de dicho Convenio que no sean miembros de la Unión.
Oficina de las Naciones Unidas para la Reducción del Riesgo de Desastres, «The human costs of disasters: an overview of the last 20 years 2000–2019» [(El coste humano de las catástrofes: una visión general de los últimos 20 años (2000-2019)], https://www.undrr.org/media/48008/download
Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, Banco Mundial, « Groundswell Parte 2: Actuar frente a la migración interna provocada por impactos climáticos», 2021 https://openknowledge.worldbank.org/handle/10986/36248
Instituto para una Política Europea del Medio Ambiente y Oxfam, «Carbon Inequality in 2030» (Desigualdad de las emisiones de carbono en 2030), noviembre de 2021 https://oxfamilibrary.openrepository.com/bitstream/handle/10546/621305/bn-carbon-inequality-2030-051121-en.pdf
Global Witness, «Last Line of Defence, The industries causing the climate crisis and attacks against land and environmental defenders» (Última línea de defensa: las industrias que causan la crisis climática y los ataques contra los defensores de la tierra y del medio ambiente), septiembre de 2021 https://www.globalwitness.org/en/campaigns/environmental-activists/last-line-defence/
Mediterranean Experts on Climate and Environmental Change, «Risks associated to climate and environmental changes in the Mediterranean region» (Riesgos asociados con los cambios climáticos y medioambientales en la región Mediterránea), 2019 https://ufmsecretariat.org/wp-content/uploads/2019/10/MedECC-Booklet_EN_WEB.pdf.
AIE, «Market analysis and forecast from 2019 to 2024» (Análisis y previsiones de mercado de 2019 a 2024), https://www.iea.org/reports/renewables-2019/power
Recuerda que se calcula que el potencial económico de la reducción del consumo final de energía en la industria de aquí a 2030 es del 23,5 % en comparación con lo habitual.