Decisión del Parlamento Europeo, de 22 de noviembre de 2022, sobre el cierre de las cuentas de la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas relativas al ejercicio 2020 (2022/2903(RSP))
El Parlamento Europeo,
– Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas relativas al ejercicio 2020,
– Visto el Informe anual del Tribunal de Cuentas sobre las agencias de la UE correspondiente al ejercicio 2020, acompañado de las respuestas de las agencias(1),
– Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas(2) y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes, presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2020 de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Vista la Recomendación del Consejo, de 28 de febrero de 2022, sobre la aprobación de la gestión de la Agencia relativa a la ejecución del presupuesto correspondiente al ejercicio 2020 (06003/2022 – C9-0101/2022),
– Vistas su Decisión, de 4 de mayo de 2022(3), por la que se aplaza la decisión de aprobación de la gestión para el ejercicio 2020, y las respuestas de la directora ejecutiva de la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas,
– Vista su Decisión, de 18 de octubre de 2022(4), por la que se desaprueba la gestión de la directora ejecutiva de la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas para el ejercicio 2020,
– Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1304/2013, (UE) n.º 1309/2013, (UE) n.º 1316/2013, (UE) n.º 223/2014 y (UE) n.º 283/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012(5), y en particular su artículo 70,
– Visto el Reglamento (UE) 2019/1896 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de noviembre de 2019, sobre la Guardia Europea de Fronteras y Costas y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1052/2013 y (UE) 2016/1624(6), y en particular su artículo 116,
– Visto el Reglamento Delegado (UE) 2019/715 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2018, relativo al Reglamento Financiero marco de los organismos creados en virtud del TFUE y el Tratado Euratom y a los que se refiere el artículo 70 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo(7), y en particular su artículo 105,
– Vistos el artículo 100 y el anexo V de su Reglamento interno,
1. Aprueba el cierre de las cuentas de la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas relativas al ejercicio 2020;
2. Encarga a su presidenta que transmita la presente Decisión a la directora ejecutiva de la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).