Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 22 de noviembre de 2022, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 1380/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, en lo que respecta a las restricciones de acceso a las aguas de la Unión (COM(2021)0356 – C9-0254/2021 – 2021/0176(COD))
(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)
El Parlamento Europeo,
– Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2021)0356),
– Vistos el artículo 294, apartado 2, y el artículo 43, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C9‑0254/2021),
– Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo de 22 de septiembre de 2021(1),
– Vistos el acuerdo provisional aprobado por la comisión competente con arreglo al artículo 74, apartado 4, de su Reglamento interno y el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 12 de octubre de 2022, de aprobar dicha Posición, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el artículo 59 de su Reglamento interno,
– Vista la opinión de la Comisión de Desarrollo Regional,
– Visto el informe de la Comisión de Pesca (A9-0206/2022),
1. Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación;
2. Aprueba la declaración común del Parlamento Europeo y de la Comisión adjunta a la presente Resolución, que se publicará en la serie C del Diario Oficial de la Unión Europea;
3. Toma nota de la declaración de la Comisión adjunta a la presente Resolución, que se publicará en la serie C del Diario Oficial de la Unión Europea;
4. Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si sustituye su propuesta, la modifica sustancialmente o se propone modificarla sustancialmente;
5. Encarga a su presidenta que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.
Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 22 de noviembre de 2022 con vistas a la adopción del Reglamento (UE) 2022/... del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 1380/2013 en lo que respecta a las restricciones de acceso a las aguas de la Unión
(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo, la posición del Parlamento coincide con el texto del acto legislativo definitivo, el Reglamento (UE) 2022/2495.)
ANEXO A LA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA
Declaración del Parlamento Europeo y de la Comisión sobre la pesca en el Canal de la Mancha
La Comisión y el Parlamento Europeo toman nota de la situación de la pesca en el Canal de la Mancha y de la inquietud planteada por las partes interesadas locales y regionales del sector pesquero, en particular los pescadores, en relación con el uso de jábegas demersales por parte de numerosos buques.
La Comisión y el Parlamento Europeo fomentan tanto una estrecha cooperación entre dichas partes interesadas como las iniciativas propuestas por ellas e invitan a los Estados miembros a realizar un seguimiento, cuando sea pertinente, con la presentación de recomendaciones conjuntas. Según proceda, la Comisión hará un seguimiento a través de medidas, también de tipo técnico, basadas en consultas con las partes interesadas y mediante una evaluación realizada por los organismos científicos pertinentes, en particular una evaluación de las repercusiones socioeconómicas. A este respecto, la Comisión velará por que se disponga de financiación para la investigación y el asesoramiento científicos.
Declaración de la Comisión relativa a la revisión del Reglamento sobre la PPC
En caso de que considere la posibilidad de revisar el Reglamento sobre la PPC, la Comisión llevará a cabo una evaluación de impacto, en consonancia con los principios de mejora de la legislación. La Comisión pondrá a disposición de los colegisladores la evaluación de impacto en el momento en que publique tal propuesta.
Como alternativa, estudiará la posibilidad de presentar informes sobre la aplicación de la política pesquera común a más tardar en 2032.