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Procedimiento : 2022/2064(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A9-0251/2022

Textos presentados :

A9-0251/2022

Debates :

PV 22/11/2022 - 23
CRE 22/11/2022 - 23

Votaciones :

PV 23/11/2022 - 4.5
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Textos aprobados :

P9_TA(2022)0406

Textos aprobados
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Miércoles 23 de noviembre de 2022 - Estrasburgo
Nueva estrategia de la Unión para la ampliación
P9_TA(2022)0406A9-0251/2022

Recomendación del Parlamento Europeo, de 23 de noviembre de 2022, sobre la Recomendación del Parlamento Europeo al Consejo, a la Comisión y al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad sobre la nueva estrategia de la Unión para la ampliación (2022/2064(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el artículo 49 del Tratado de la Unión Europea (TUE),

–   Vistas las Conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Copenhague celebrado los días 21 y 22 de junio de 1993, también conocidas como criterios de Copenhague,

–   Vistas las Conclusiones del Consejo de Asuntos Generales sobre la aplicación de la condicionalidad con miras a desarrollar una estrategia coherente de la Unión aplicable a las relaciones con los países de la región de los Balcanes Occidentales, celebrado los días 29 y 30 de abril de 1997,

–  Vista la declaración aprobada en la Cumbre UE‑Balcanes Occidentales, celebrada en Salónica el 21 de junio de 2003, relativa a las posibilidades de adhesión a la Unión de los países de los Balcanes Occidentales,

–  Visto el Proceso de Berlín puesto en marcha el 28 de agosto de 2014,

–  Vistas sus anteriores resoluciones al respecto, en particular la de 24 de octubre de 2019 sobre la apertura de negociaciones de adhesión con Macedonia del Norte y Albania(1), su recomendación, de 19 de junio de 2020, al Consejo, a la Comisión y al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad sobre los Balcanes Occidentales tras la cumbre de 2020(2), y sus resoluciones sobre los informes de la Comisión de 2021 sobre los países de la ampliación, y su resolución, de 23 de junio de 2022, sobre la condición de país candidato de Ucrania, la República de Moldavia y Georgia(3),

–  Vista la Estrategia Global de la Unión de 2016, en la que se precisa que una política de ampliación creíble representa una inversión estratégica en la seguridad y la prosperidad de Europa y ya ha contribuido en gran medida a la paz en zonas anteriormente devastadas por la guerra,

–   Vista la Comunicación de la Comisión, de 6 de febrero de 2018, titulada «Una perspectiva creíble de ampliación y un mayor compromiso de la UE con los Balcanes Occidentales» (COM(2018)0065),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 5 de febrero de 2020, titulada «Mejorar el proceso de adhesión: una perspectiva creíble de la UE para los Balcanes Occidentales» (COM(2020)0057),

–   Vistas las Cumbres UE-Balcanes Occidentales celebradas en Sofía y Zagreb el 17 de mayo de 2018 y el 6 de mayo de 2020, y sus respectivas declaraciones,

–  Vista la Declaración de Brdo aprobada en la Cumbre UE‑Balcanes Occidentales de 6 de octubre de 2021,

–   Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo de los días 24 y 25 de marzo de 2022,

–  Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo de 30 de mayo de 2022 sobre Ucrania, la República de Moldavia y Georgia,

–  Vistas las solicitudes de adhesión a la Unión presentadas por Ucrania, Moldavia y Georgia y los dictámenes favorables de la Comisión y las Conclusiones del Consejo Europeo correspondientes, a saber, las de 23 y 24 de junio de 2022 sobre una Europa más amplia, Ucrania, las solicitudes de adhesión de Ucrania, la República de Moldavia y Georgia, los Balcanes Occidentales, cuestiones económicas, la Conferencia sobre el Futuro de Europa y las relaciones exteriores, en las que se concedió el estatuto de país candidato a Ucrania y la República de Moldavia y se expresó su disposición a hacer lo mismo por lo que respecta a Georgia,

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 26 de junio de 2018, 18 de junio de 2019, 25 de marzo de 2020 y 14 de diciembre de 2021, sobre el proceso de ampliación/estabilización y asociación, las Conclusiones del Consejo, de 15 de julio de 2019 y 14 de octubre de 2019, sobre las actividades ilegales de perforación por parte de Turquía en el Mediterráneo oriental, las Conclusiones del Consejo Europeo, de 12 de diciembre de 2019, 1 y 2 de octubre de 2020 y 15 y 16 de octubre de 2020, la Declaración de los ministros de Asuntos Exteriores de la Unión de 15 de mayo de 2020 y los principales resultados de su videoconferencia de 14 de agosto de 2020 sobre la situación en el Mediterráneo oriental, y los resultados de la reunión informal de ministros de Asuntos Exteriores de la Unión en Gymnich, de 27 y 28 de agosto de 2020,

–  Visto el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Ucrania, por otra(4), incluido un acuerdo de libre comercio de alcance amplio y profundo (ALC/AAP), que entró en vigor el 1 de septiembre de 2017, y el Programa de Asociación correspondiente,

–  Visto el Reglamento (UE) 2021/1529 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de septiembre de 2021, por el que se establece el Instrumento de Ayuda de Preadhesión (IAP III)(5),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 6 de octubre de 2020, titulada «Un Plan Económico y de Inversión para los Balcanes Occidentales» (COM(2020)0641),

–  Visto el Informe Especial del Tribunal de Cuentas Europeo 01/2022, de 10 de enero de 2022, titulado «Apoyo de la UE al Estado de Derecho en los Balcanes Occidentales: pese a los esfuerzos, persisten problemas fundamentales»,

–  Visto el Informe Especial del Tribunal de Cuentas Europeo 09/2021, de 3 de junio de 2021, titulado «El impacto de la desinformación en la UE: una cuestión abordada, pero no atajada»,

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 19 de octubre de 2021, titulada «Comunicación de 2021 sobre la política de ampliación de la UE» (COM(2021)0644),

–  Vista las Conclusiones del Consejo de 13 de julio de 2020 tituladas «Promover los valores y la cooperación paneuropea basada en normas y apoyar la revitalización del Consejo de Europa»,

–  Vista la Brújula Estratégica para la Seguridad y la Defensa, aprobada formalmente por el Consejo el 21 de marzo de 2022,

–  Visto el acuerdo político de 12 de junio de 2022 sobre los principios para garantizar una Bosnia y Herzegovina funcional que avance en la senda europea,

–  Vista su Resolución, de 17 de febrero de 2022, sobre la aplicación de la política exterior y de seguridad común – Informe anual 2021(6),

–  Vista su Resolución, de 9 de junio de 2022, sobre la convocatoria de una convención para la revisión de los Tratados(7),

–  Vista su Recomendación, de 8 de junio de 2022, al Consejo y al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad sobre la política exterior, de seguridad y de defensa de la Unión Europea tras la guerra de agresión rusa contra Ucrania(8),

–  Visto el artículo 118 de su Reglamento interno,

–  Visto el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores (A9-0251/2022),

A.  Considerando que la ampliación es el instrumento más eficaz de la política exterior de la Unión y una de sus políticas más exitosas, y que sigue siendo una inversión estratégica, geopolítica y orientada hacia un futuro en paz, la seguridad, la estabilidad y la prosperidad del continente europeo; que, en vista de la creciente amenaza rusa para la paz y la estabilidad europeas, una política de ampliación reforzada sigue siendo la herramienta geopolítica más fuerte de que dispone la Unión;

B.  Considerando que la ampliación es un proceso beneficioso para todas las partes y ha sido un instrumento muy eficaz y exitoso para impulsar las reformas necesarias, tanto dentro de la Unión como en los países candidatos, contribuyendo a fomentar la transformación democrática; que su eficacia se ha reducido considerablemente a lo largo de los años debido al fracaso de la Unión a la hora de cumplir sus propias promesas;

C.  Considerando que la política de ampliación no debe considerarse un proceso puramente político, administrativo o tecnocrático, sino que debe ser más dinámica y orientada hacia el exterior, ya que las negociaciones de adhesión implican la transferencia progresiva y el refuerzo de los valores y políticas de la Unión en los países candidatos;

D.  Considerando que la Unión se ha comprometido a apoyar a los países candidatos y candidatos potenciales a la adhesión que comparten los valores comunes de la Unión; que la Unión sigue siendo su mayor socio comercial y el mayor proveedor de inversiones y ayuda financiera a través del IAP III, el Plan Económico y de Inversión (PEI) para los Balcanes Occidentales, el Instrumento de Vecindad, Desarrollo y Cooperación Internacional - Europa global (IVCDCI) y la asistencia macrofinanciera;

E.  Considerando que la Unión debe emprender una reflexión global sobre la credibilidad y la eficacia de la política de ampliación, reformándose y reforzándose al mismo tiempo, en particular el funcionamiento de sus instituciones, políticas y procedimientos de votación;

F.  Considerando que se necesita urgentemente un nuevo impulso, un compromiso político y una visión nuevos, claramente definidos y estratégicos, centrados en la política y la geopolítica, para superar el statu quo, abordar la falta de voluntad política de la Unión durante la última década y revitalizar el proceso de ampliación dentro de la Unión y en los países candidatos en particular, garantizando al mismo tiempo su continuidad, coherencia, credibilidad e impacto, ofreciendo resultados tangibles en los países que forman parte del proceso de ampliación mediante la aplicación de reformas concretas y la consecución de los criterios de referencia de la nueva metodología de ampliación;

G.  Considerando que el Parlamento Europeo sigue siendo un socio fiable de los países en vías de adhesión y un defensor del proceso de ampliación que posibilita reformas institucionales y socioeconómicas en beneficio de los ciudadanos;

H.  Considerando que debido a bloqueos internos, en los últimos años, el Consejo ha fallado manifiestamente a los países de la ampliación al bloquear el proceso de adhesión y no cumplir las promesas de la Unión pendientes desde hace tiempo, que han producido el retraso en el inicio de las conversaciones de adhesión con Albania y Macedonia del Norte, así como la liberalización de los visados para Kosovo, a pesar de que los países de la ampliación han cumplido los criterios de referencia exigidos, según ha confirmado la Comisión; que la falta de contacto y credibilidad de la Unión en los últimos años ha creado un vacío, abriendo así el espacio a Rusia y China y a otros terceros actores perjudiciales;

I.  Considerando que los avances limitados se deben también a la falta de una verdadera voluntad política por parte de algunos de los dirigentes políticos de los países de la ampliación para avanzar en las reformas fundamentales, ya que las declaraciones que han hecho no siempre han sido acordes con el nivel de las reformas en el proceso de adhesión de los respectivos países;

J.  Considerando que la política de ampliación debe actualizarse para que sea más flexible, dinámica y gratificante, teniendo en cuenta tanto las realidades políticas como el nuevo contexto geopolítico creado por la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, manteniendo al mismo tiempo el proceso de adhesión basado en los méritos; que, para ser más eficaz, la política de ampliación de la Unión debe combinar un fuerte énfasis en las cuestiones fundamentales –Estado de Derecho, normas democráticas, reformas económicas, derechos y libertades fundamentales– con la introducción gradual de los países candidatos en diversos sectores de la integración de la Unión, avanzando de forma visible y constante hacia la plena adhesión para mantener el impulso de las reformas en los países candidatos y candidatos potenciales;

K.  Considerando que la nueva estrategia de ampliación de la Unión debe basarse estrictamente en la defensa del principio de que cada país pueda elegir libremente su propio camino, teniendo en cuenta las lecciones aprendidas en el proceso en curso con los países de los Balcanes Occidentales y de la Asociación Oriental; que no debe permitirse a terceros chantajear ni amenazar a la Unión alegando que la ampliación de la Unión se dirige contra ellos;

L.  Considerando que los países en vías de adhesión a la Unión se enfrentan a problemas derivados de injerencias extranjeras malignas y campañas de desinformación; que los acontecimientos pasados han demostrado que la no ampliación tiene un coste estratégico enorme y puede socavar la seguridad y la estabilidad en nuestro continente;

M.  Considerando que la asociación transatlántica ha sido una plataforma fiable y constante para apoyar la ampliación de la Unión; que la guerra de agresión rusa contra Ucrania ha confirmado una vez más la importancia de esta asociación;

N.  Considerando que la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania ha llevado a tres países con acuerdos de asociación con la Unión –Ucrania, Georgia y Moldavia– a presentar solicitudes de adhesión, que reflejan el deseo de sus ciudadanos de vivir en países libres y democráticos, firmemente anclados en la familia europea; que, el 17 de junio de 2022, la Comisión publicó sus dictámenes sobre las solicitudes de adhesión de Ucrania, la República de Moldavia y Georgia, recomendando al Consejo que se ofrezca a los tres países la perspectiva de convertirse en miembros de la Unión Europea, así como, en particular, que se conceda la condición de candidatos a Ucrania y a la República de Moldavia y se conceda la condición de candidato a Georgia después de que el país cumpla determinados criterios;

O.  Considerando que, el 23 de junio de 2022, el Consejo Europeo concedió a Ucrania y Moldavia la condición de candidatos, reconociendo al mismo tiempo la perspectiva europea de Georgia;

P.  Considerando que los Balcanes Occidentales son una zona de competencia estratégica y geopolítica y que algunos de sus países son propensos a la desestabilización, amenazando la seguridad y la estabilidad de nuestro continente; que terceros países están aprovechando estas vulnerabilidades, también a través de inversiones estratégicas y campañas de desinformación; que la estabilidad, la seguridad y la resiliencia democrática de los países en vías de adhesión están inextricablemente vinculadas a la propia seguridad, estabilidad y resiliencia democrática de la Unión;

Q.  Considerando que, en sus Conclusiones de los días 23 y 24 de junio de 2022, el Consejo Europeo expresó su compromiso pleno e inequívoco con la perspectiva de la UE para los Balcanes Occidentales y pidió la aceleración del proceso de adhesión;

R.  Considerando que, en la Brújula Estratégica para la Seguridad y la Defensa, el Consejo hizo hincapié en que los países de los Balcanes Occidentales deben seguir avanzando de manera tangible en el Estado de Derecho y en las reformas basadas en los valores, reglas y normas europeos para avanzar en su senda europea;

S.  Considerando que la decisión del Consejo debe ir seguida de un plan de acción concreto que no solo incluya los resultados esperados de los países candidatos, sino que también garantice que la República de Moldavia y Ucrania cuenten con todo el apoyo necesario para convertirse en Estados miembros de la Unión, tanto en espíritu como en Derecho; que el plan también debe proporcionar a Georgia una hoja de ruta clara con los requisitos tangibles que debe cumplir para que se le conceda el estatuto de país candidato y la perspectiva de adhesión a la Unión;

T.  Considerando que la guerra energética de Rusia y la destrucción de las infraestructuras críticas de Ucrania han exacerbado la dependencia y las vulnerabilidades de los países candidatos, poniendo de relieve la oportunidad y la urgente necesidad de un apoyo financiero sustancial e inmediato de la Unión, así como de inversiones en interconectividad energética sostenible a largo plazo con la Unión, diversificación energética y autonomía estratégica;

U.  Considerando que Turquía es un país candidato a la adhesión a la Unión; que un análisis de los informes de la Unión de los últimos años pone de manifiesto que Turquía sigue muy alejada de los valores y el marco normativo de la Unión y que esta brecha incluso está aumentando en ámbitos fundamentales como el respeto del Derecho internacional, el Estado de Derecho, los derechos humanos, las libertades individuales, los derechos civiles y la libertad de expresión, así como las relaciones de buena vecindad y la cooperación regional;

V.  Considerando que cada país de la ampliación debe ser juzgado por sus méritos propios y que el avance en la senda de la adhesión a la Unión debe depender de los progresos sostenidos e irreversibles realizados a través de las reformas necesarias relacionados en Unión, en particular en el ámbito del Estado de Derecho;

W.  Considerando que la adhesión a la Unión debe llevarse a cabo de conformidad con el artículo 49 del TUE, sobre la base del respeto de los procedimientos pertinentes y siempre que se cumplan los criterios establecidos;

X.  Considerando que la Unión debe defender sus principios y valores mostrando su solidaridad con aquellos que defienden los mismos ideales;

Y.  Considerando que en la Unión y en los países que aspiran a convertirse en Estados miembros no tienen cabida la retórica incendiaria, la negación del genocidio o el ensalzamiento de criminales de guerra de ningún bando; que hacer las paces con el pasado es la única manera de garantizar una verdadera reconciliación, que es crucial para unas sociedades prósperas y una buena integración;

1.  Recomienda al Consejo, a la Comisión y al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad:

  

El contexto geopolítico y el futuro y la cohesión de la Unión Europea

   a) que reconozcan que la prosperidad y la seguridad de la Unión se basan en su capacidad para defender y anticipar la paz, la democracia, el Estado de Derecho, los derechos humanos, incluidas los derechos de las minorías, las libertades fundamentales y los valores, el orden multilateral basado en las normas, en particular en su vecindad más inmediata;
   b) que utilicen la política de ampliación de la Unión como el instrumento más eficaz de la Unión para asegurar la paz, la prosperidad y los valores fundamentales en el continente europeo, requiere el compromiso inequívoco de la Unión;
   c) que mantengan la importancia geoestratégica y geopolítica y la credibilidad de la Unión mejorando la integración de los Estados miembros y la cooperación con socios afines, especialmente los países candidatos y candidatos potenciales, en los ámbitos de la política exterior, de seguridad y de defensa común, y racionalizando sus procesos de toma de decisiones con vistas a convertirse en un actor mundial más creíble y eficiente, mejorando al mismo tiempo el funcionamiento y la transparencia de sus políticas internas, facilitando su adopción por los países candidatos;
   d) que mejoren el refuerzo de la capacidad de actuación de la Unión mediante la reforma de la toma de decisiones, en particular mediante la introducción de la votación por mayoría cualificada en los ámbitos pertinentes para el proceso de adhesión, y garantizando el funcionamiento eficaz de una unión ampliada en su conjunto; que eliminen, en particular, el requisito de unanimidad para decidir el inicio del proceso de negociación en general, así como la apertura y el cierre de los distintos grupos temáticos y capítulos de negociación;
   e) que reconozcan el poder transformador de la Unión en el proceso de integración y las anteriores rondas de ampliación de la Unión que han tenido éxito; que obtengan resultados positivos tanto para los países candidatos de los Balcanes Occidentales en el marco del proceso de estabilización y asociación como para los países candidatos a la Asociación Oriental en el marco del proceso de asociación;
   f) que sean conscientes de la necesidad de que la Unión mejore la eficacia de su política de ampliación, mejoren su estrategia de ampliación y lleven a cabo una evaluación crítica exhaustiva y una revisión de la capacidad y las perspectivas de ampliación de la Unión, y la refuercen a través de la nueva estrategia de la Unión para la ampliación, en particular definiendo objetivos políticos claros y transparentes y aplicando las reformas institucionales necesarias y oportunas, confirmando al mismo tiempo que la plena adhesión a la Unión es insustituible y que el proceso de ampliación fomentará las tan esperadas reformas de la Unión;
   g) que vuelvan a confirmar la validez de los criterios de Copenhague y la relevancia de la capacidad de integración de la Unión; que impliquen a los países candidatos en los debates sobre las reformas de la Unión; que continúen con las cumbres periódicas UE-Balcanes Occidentales y de los países de la Asociación Oriental para reforzar la apropiación y mejorar la dirección política del proceso de ampliación; que cumplan la intención de la Comisión de iniciar los preparativos necesarios para la puesta en marcha de una convención europea y reconocer la importancia de su éxito para lograr eficazmente la ampliación de la Unión;
   h) que garanticen que la Unión siga siendo una comunidad de Estados europeos en evolución y abierta a la adhesión de democracias afines que compartan y protejan plenamente valores, principios e intereses comunes y respeten los Tratados de la Unión;
   i) que refuercen el compromiso de los Estados miembros con la ampliación mediante el cumplimiento de las obligaciones de la Unión con los países de los Balcanes Occidentales y Europa Oriental; que lleven a cabo la ampliación de la Unión como un proceso político basado en los méritos; que reafirmen su firme voluntad política de seguir avanzando en el proceso de adhesión de los países de la Asociación Oriental y mantengan su compromiso duradero con los países de los Balcanes Occidentales, que se remonta a la Cumbre de Salónica de 2003 y a la Cumbre de Copenhague de 1993; que garanticen que no haya alternativas para sustituir la ampliación;
   j) que fomenten la implicación y la participación activa de la Unión y los Estados miembros en el proceso de ampliación para garantizar el cumplimiento de sus objetivos tanto dentro de la Unión como en los países candidatos, a través de su nueva metodología, junto con la condicionalidad y los instrumentos de apoyo técnico y financiero para los países candidatos; que refuercen la participación de la sociedad civil y de los entes locales y regionales tanto de los Estados miembros de la Unión como de los países candidatos en el proceso de adhesión;
   k) que eviten recurrir a conflictos bilaterales y regionales no resueltos para bloquear los procesos de adhesión de los países candidatos y adoptar un mecanismo oficial para la resolución y el arbitraje de estos litigios a fin de apoyar su resolución de forma independiente a la adhesión de la Unión, ya que pueden obstaculizar la aplicación de las políticas europeas y debilitar la influencia regional y mundial de la Unión;
   l) que reconozcan que el uso que hacen los Estados miembros de las cuestiones bilaterales en su propio beneficio es contrario al espíritu de los Tratados de la Unión; que trabajen para lograr la cooperación regional y la promoción de los valores europeos;
   m) que refuercen la comunicación estratégica y proporcionen información pertinente sobre los beneficios y oportunidades mutuos de la ampliación, tanto en los países candidatos a la adhesión como en los Estados miembros, con el fin de seguir aumentando el apoyo y mejorar la comprensión del proceso de adhesión, especialmente más allá de las principales ciudades, prestando especial atención a la democracia, el Estado de Derecho y el bienestar de los ciudadanos; que mejoren la visibilidad de la financiación de la Unión y sus resultados tangibles en los países candidatos;
   n) que trabajen estratégica y proactivamente para combatir las amenazas híbridas y evitar la injerencia de terceros en los procesos políticos, electorales y otros procesos democráticos de los países en vías de adhesión, en particular los actos malintencionados destinados a manipular la opinión pública y socavar la adhesión de un país a la Unión; que aumenten la resiliencia frente a la desinformación y las campañas disruptivas diseñadas para socavar los procesos democráticos y crear divisiones, y que animen a los países candidatos y candidatos potenciales a adoptar medidas decisivas para hacer frente a la desinformación manipuladora, la propaganda malintencionada y otras amenazas híbridas;
  

Proceso de adhesión

   o) que superen el bloqueo de la ampliación mediante la renovación del proceso de adhesión para definir claramente los objetivos políticos y socioeconómicos, haciendo pleno uso del nuevo método de ampliación para aumentar su credibilidad, previsibilidad y dinamismo; que consideren la posibilidad de nombrar a negociadores principales de la Unión para que lleven a cabo negociaciones con arreglo a un amplio mandato, y quienes también deberían rendir cuentas ante el Parlamento Europeo;
   p) que aceleren la integración de los países que demuestran una orientación estratégica y un compromiso inquebrantable con las reformas relacionadas con la Unión, la consolidación democrática, los valores fundamentales y la alineación de la política exterior, incluidas las sanciones;
   q) que garanticen que los avances de cada país en el camino hacia la adhesión se evalúen en función de sus propios méritos y de la medida en que haya adoptado y aplicado reformas fundamentales y el acervo de la Unión; que reorienten el proceso de adhesión hacia los ciudadanos;
   r) que ofrezcan hojas de ruta orientadas a la adhesión para cada país en vías de adhesión con medidas palpables y concretas y comentarios periódicos sobre los resultados logrados mediante la mejora del método de ampliación; que afiancen la nueva metodología de la Comisión como un ajuste de las políticas a largo plazo;
   s) que apliquen parámetros de rendimiento claros, transparentes y coherentes que incluyan calendarios, mejoren la medición de los avances y garanticen un apoyo político y técnico continuo y coherente a lo largo del proceso de adhesión basado en el rendimiento individual; que mejoren la calidad, la legibilidad y la accesibilidad de los informes de la Comisión, especialmente sobre el Estado de Derecho; que presenten informes periódicos sobre la falta de progresos o retrocesos de manera sistemática y transparente, incluidas condiciones claras para la evaluación y los indicadores para medir cualquier estancamiento o retroceso grave o prolongado; que establezcan plazos claros para concluir las negociaciones con los países candidatos a la adhesión a más tardar a finales de la década actual;
   t) que intensifiquen los incentivos de índole política, económica y técnica para los países en vías de adhesión, garantizando que los pasos intermedios de integración no sustituyen el objetivo final de la adhesión a la Unión, sino que lo facilitan;
   u) que recompensen el progreso sostenible con una introducción progresiva más amplia de los países candidatos en las respectivas políticas e iniciativas de la Unión y en el mercado único, incluido el acceso a los fondos de la Unión en los ámbitos respectivos, permitiendo a los ciudadanos aprovechar los beneficios de la adhesión a lo largo de todo el proceso y no solo una vez finalizada; que trabajen para reducir las diferencias de desarrollo entre los Estados miembros y los países candidatos a la adhesión a la UE;
   v) que garanticen que la integración en el mercado único de la Unión y en otros ámbitos se base en una condicionalidad estricta y en avances tangibles en las reformas, sancionando al mismo tiempo en tiempo real cualquier retroceso o retraso injustificado en el proceso de reforma, especialmente en los ámbitos de la democracia, la libertad de los medios de comunicación, la lucha contra la corrupción, los derechos humanos y el Estado de Derecho;
   w) que amplíen las oportunidades para que los países candidatos participen y observen el trabajo de las instituciones de la Unión;
   x) que establezcan un diálogo político estructurado reforzado con los países asociados, candidatos y candidatos potenciales, incluidas reuniones de dirigentes al margen del Consejo Europeo; que inicien una cooperación sectorial abierta con los países candidatos a la adhesión y aumenten los intercambios sobre mejores prácticas con el fin de avanzar en la integración económica y la armonización legislativa y facilitar la integración gradual;
   y) que reconozcan el papel de organismos y foros intergubernamentales existentes, como la Iniciativa Adriático-Jónica (IAJ), la Iniciativa Centroeuropea (ICE) y el Proceso de Berlín, y fomenten las sinergias entre ellos para estrechar los lazos multilaterales entre los Balcanes Occidentales y los Estados miembros de la Unión como medio para avanzar en la integración;
   z) que acojan con satisfacción el inicio de las negociaciones de adhesión, pendientes desde hace tiempo, en las primeras conferencias intergubernamentales con las Repúblicas de Albania y Macedonia del Norte celebradas el 19 de julio de 2022; que reconozcan de manera oportuna los logros de los países de los Balcanes Occidentales, en particular concediendo sin demora la liberalización de visados a Kosovo;
   aa) que alienten y apoyen a Bosnia y Herzegovina en la mejora de su marco legislativo e institucional para garantizar avances significativos en la consecución de las catorce prioridades clave, como se reiteró en las Conclusiones del Consejo Europeo de los días 23 y 24 de junio de 2022; en este contexto, el Parlamento Europeo acoge con satisfacción la recomendación de la Comisión con condiciones para que concedan a Bosnia y Herzegovina el estatuto de país candidato a la adhesión a la Unión, como mensaje claro de apoyo y compromiso inequívoco con su perspectiva europea y como paso adelante hacia la estabilización del país y de la región, y que pidan al Consejo Europeo que dé seguimiento a la recomendación lo antes posible;
   ab) que subrayen la necesidad de avanzar claramente en la aplicación de reformas clave con vistas a conceder el estatuto de país candidato;
   ac) que continúen fomentando y apoyando la aceleración del proceso de adhesión de Montenegro, como país candidato líder del proceso de adhesión a la Unión; que ayuden al país a cumplir todas las condiciones necesarias, en particular estableciendo los criterios de referencia de cierre para los capítulos de negociación; que piden que se respete la identidad multiétnica del país; en este contexto, el Parlamento Europeo expresa su preocupación por la persistente crisis política en Montenegro, que ya ha tenido y sigue teniendo consecuencias negativas para la senda de adhesión del país a la Unión; recuerda que todas las acciones legislativas deben ajustarse a la Constitución del país, ya que el Estado de Derecho es uno de los valores y principios europeos fundamentales
   ad) que acoge con satisfacción la decisión excepcionalmente rápida del Consejo Europeo sobre las solicitudes de adhesión a la Unión de Ucrania, la República de Moldavia y Georgia, y continúe proporcionándoles asistencia política y técnica en el contexto de la guerra de agresión rusa contra Ucrania; que invita a las autoridades de los tres países a que demuestren sin ambigüedad su determinación política de hacer realidad las ambiciones europeas de sus pueblos, intensificando significativamente los avances en las reformas sustanciales y, en particular, en las prioridades indicadas en los Dictámenes de la Comisión de 17 de junio de 2022, a fin de cumplir efectivamente los criterios de adhesión a la Unión lo antes posible; que inicien una reflexión sobre la manera de aumentar la eficacia de la asistencia financiera y técnica relacionada con la adhesión en consonancia con las prioridades de reforma indicadas;
   ae) que fomenten la aplicación continua y efectiva de los Acuerdos de Asociación y las zonas de libre comercio de alcance amplio y profundo con Ucrania, la República de Moldavia y Georgia; que revisen la estrategia de la Unión para la Asociación Oriental y fomenten la cooperación regional;
   af) que ayuden a Ucrania y a la República de Moldavia a cumplir las condiciones establecidas por la Comisión para seguir avanzando hacia la adhesión a la Unión, y a Georgia a completar los pasos necesarios para obtener la condición de candidato; que se centren, en particular, en la independencia del poder judicial, la lucha contra la corrupción, la supervisión democrática, los derechos humanos y la desoligarquía; que faciliten la transición de estos países de la Asociación Oriental al marco de la ampliación, incluido el cambio del instrumento IVCDCI-Europa Global al Instrumento de Ayuda Preadhesión (IAP); que aumenten suficientemente el presupuesto global del IAP III con el fin de retener la financiación para los actuales beneficiarios del IAP III;
   ag) que intensifiquen el compromiso constructivo de la Unión con las autoridades tanto de Serbia como de Kosovo para lograr un acuerdo global de normalización jurídicamente vinculante basado en el reconocimiento mutuo entre ambos en el marco del Diálogo Belgrado Pristina, que es crucial para que ambos países avancen en sus respectivas sendas europeas y que contribuirá a la estabilidad, la prosperidad y la normalización de las relaciones; que reiteren la importancia crucial de abordar todas las cuestiones pendientes a través del Diálogo Belgrado Pristina de forma rápida, transparente y de buena fe;
   ah) que den prioridad al ajuste de los países en vías de adhesión con la política exterior y de seguridad común de la Unión y avancen las negociaciones de adhesión con Serbia solo si el país se ajusta a las sanciones de la Unión contra Rusia y avanza de manera significativa en las reformas relacionadas con la Unión; que pidan a Serbia que se ajuste sistemáticamente a las medidas restrictivas y la política general de la Unión con respecto a Rusia, demuestre avances en la democracia y el Estado de Derecho y adopte los valores y prioridades de la Unión; que reconsideren los fondos bilaterales de la Unión para Serbia, que beneficiarían a las autoridades serbias, en particular cualquiera que esté relacionado con proyectos financiados en el marco del Plan Económico y de Inversión para los Balcanes Occidentales, con el fin de garantizar que todos los gastos de la Unión estén totalmente en consonancia con sus propios objetivos e intereses estratégicos;
   ai) que mantengan congelado el proceso de las negociaciones de adhesión con Turquía, de conformidad con el marco de negociación, hasta que el país se comprometa realmente con la UE y demuestre avances claros y significativos en el ámbito de las libertades fundamentales, los derechos civiles y humanos y el Estado de Derecho, así como en otras reformas relacionadas con la Unión, y respete plenamente la integridad territorial de los Estados miembros, manteniendo al mismo tiempo una asociación en ámbitos esenciales de interés común y manteniendo la cooperación económica y cultural, especialmente con la sociedad civil;
   aj) que reconozcan y apoyen las aspiraciones proeuropeas del pueblo bielorruso, que intentan vivir en una sociedad libre y democrática, y que colaboren formalmente con la oposición democrática de Bielorrusia;
  

Condicionalidad

   ak) que confirmen que la transformación democrática y el Estado de Derecho desempeñan un papel central en el proceso de adhesión a la Unión, en consonancia con la nueva metodología; que den prioridad a la independencia judicial, la cooperación regional y judicial, la buena gobernanza, la lucha contra la corrupción, la trata de seres humanos, la desinformación, el blanqueo de capitales y la delincuencia organizada, la erradicación de la influencia indebida de los oligarcas en las autoridades, los medios de comunicación y la economía, y la promoción de los derechos humanos, incluidos los derechos de las minorías, la igualdad de género, las libertades fundamentales y la libertad de los medios de comunicación, como condiciones previas cruciales y no negociables para avanzar en la senda de la Unión;
   al) que refuercen la participación de la sociedad civil, las organizaciones no gubernamentales y los expertos en el seguimiento del proceso de adhesión; que reconozcan e incluyan en su estrategia de ampliación el hecho de que el Estado de Derecho, unas instituciones democráticas independientes y fuertes, la libertad de los medios de comunicación y una sociedad civil dinámica están inextricablemente ligados a la resiliencia democrática, en particular frente a injerencias malintencionadas de terceros países o actores;
   am) que apliquen el régimen de sanciones de la Unión en materia de derechos humanos (Ley Magnitski Europea) y lo amplíen para incluir sanciones por delitos de corrupción, que abarquen a los países candidatos a la adhesión;
   an) que garanticen al más alto nivel que los estándares democráticos y jurídicos no se socaven o se rebajen desde dentro de las instituciones de la Unión; que recuerden a los comisarios europeos su obligación de actuar con integridad, discreción e independencia de conformidad con su código de conducta;
   ao) que mejoren la coherencia, la eficacia, la visibilidad y la transparencia de la ayuda preadhesión y reflejen claramente las prioridades en las áreas fundamentales en la asignación de la financiación del IAP III; que adopte las medidas correctoras necesarias y elabore directrices sobre la aplicación de las disposiciones del IAP III en materia de condicionalidad, en consonancia con las conclusiones del Tribunal de Cuentas Europeo en su Informe Especial, de 10 de enero de 2022, sobre el apoyo de la UE al Estado de Derecho en los Balcanes Occidentales;
   ap) que presenten al Parlamento Europeo una evaluación completa y exhaustiva de la utilización de todos los fondos de preadhesión, incluidos los fondos y proyectos en los distintos países de la región desde 2015;
   aq) que apliquen estratégicamente una condicionalidad selectiva basada en parámetros de progreso claros, recompensando las reformas y sancionando la regresión o la falta de progreso persistente;
   ar) que refuercen la información sobre el Estado de Derecho para todos los países en vías de adhesión aplicando plenamente y mejorando la metodología de ampliación y el proceso anual de presentación de informes, y estableciendo mecanismos de seguimiento, diálogo y alerta para corregir las principales deficiencias del Estado de Derecho, ofreciendo una condicionalidad positiva en forma de acceso a las políticas de la Unión o activando la condicionalidad negativa en forma de suspensión de las negociaciones de adhesión y de la financiación de preadhesión, en particular haciendo que las disposiciones pertinentes del Reglamento (UE) 2021/1529 sobre el IAP III sean rápida y plenamente operativas, y permitiendo la reapertura de los capítulos de negociación en virtud de cláusulas de reversibilidad, así como implicando estrechamente a la sociedad civil en el proceso;
   as) que establezcan un marco para una cooperación eficaz entre la Fiscalía Europea y los países candidatos a la adhesión; alienten a los candidatos y candidatos potenciales a la adhesión a la Unión a que celebren rápidamente acuerdos de trabajo bilaterales con la Fiscalía Europea con el fin de facilitar una estrecha cooperación y el enjuiciamiento del uso indebido de los fondos de la Unión, en particular mediante el envío en comisión de servicios de funcionarios de enlace nacionales a la Fiscalía Europea;
   at) que evalúen formalmente a los países en vías de adhesión en el marco del Mecanismo Europeo del Estado de Derecho y la presentación de informes prevista en este, utilizando los mismos indicadores que se aplican a los Estados miembros, con el objetivo de ofrecer una imagen objetiva y clara de la situación para evitar la falta de progreso persistente, las deficiencias graves y la regresión;
   au) que establezcan un grupo de trabajo sobre el Estado de Derecho, encargado de desarrollar un apoyo más sustancial y eficaz a los países candidatos y candidatos potenciales, con la participación activa de jueces y fiscales de los Estados miembros; que garanticen el cumplimiento de los valores comunes de la Unión mediante la aplicación y el refuerzo de los procedimientos internos para abordar con decisión los problemas relacionados con el Estado de Derecho;
  

Transformación democrática y socioeconómica en los países candidatos

   av) que participen activamente en el fomento de una cultura de pluralismo e inclusión política, así como en un diálogo político constructivo y funciones parlamentarias en relación con la legislación, el control y la supervisión;
   aw) que fomenten las reformas electorales con el objetivo de garantizar procesos electorales libres, justos y democráticos indiscutibles en todos los países candidatos y aspirantes y refuercen el proceso electoral con respecto a la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la OSCE, la Comisión de Venecia y otros compromisos, obligaciones y normas internacionales, el pluralismo democrático, la democracia dentro de los partidos y la adopción de marcos internos para la integridad y la lucha contra la corrupción dentro de los partidos políticos, la transparencia de la financiación de los partidos y de los medios de comunicación, y la independencia y la libertad del poder judicial y de los medios de comunicación, estableciendo estos criterios de referencia como condiciones previas para el apoyo financiero y cualquier nuevo avance en el proceso de adhesión;
   ax) que lleven a cabo misiones periódicas reforzadas de expertos en Estado de Derecho y de observación electoral en los países en vías de adhesión;
   ay) que tomen medidas contra la incitación al odio, las campañas de difamación, las amenazas y los actos de intimidación contra periodistas y medios de comunicación e insistan en que se investiguen y enjuicien estos delitos de modo que se propicie un entorno seguro para los periodistas, abordando al mismo tiempo los problemas relacionados con la concentración de los medios de comunicación, la presión política y económica y la falta de transparencia en la propiedad de estos; que prosigan su cooperación con el Consejo de Europa para ayudar a los países candidatos a la adhesión a llevar a cabo reformas y formación esenciales;
   az) que defiendan la rendición de cuentas democrática, aumenten la transparencia y la inclusividad y mejoren la dimensión parlamentaria, en particular la supervisión parlamentaria, del proceso de adhesión; que apoyen el trabajo parlamentario en los países candidatos y candidatos potenciales y faciliten las actividades del Parlamento Europeo de control y apoyo a la democracia relacionadas con la adhesión y las herramientas de apoyo a la democracia, como el Diálogo Jean Monnet y el Diálogo Interpartidario; que apoyen a una nueva generación de líderes políticos en los países en vías de adhesión;
   ba) que garanticen que las instituciones de supervisión y otros organismos democráticos independientes puedan desempeñar eficazmente el papel que les atribuye sus Constituciones en los procesos políticos de los países candidatos;
   bb) que fomenten las reuniones parlamentarias bilaterales entre los Parlamentos de los Estados miembros y de los países en vías de adhesión y estudien formas de adelantar el período en el que los observadores de los países candidatos puedan ocupar sus escaños en el Parlamento Europeo, así como de cerrar las negociaciones sobre grupos específicos;
   bc) que garanticen que el proceso de ampliación cumpla los objetivos de consolidación democrática, integridad institucional, crecimiento a largo plazo y cohesión socioeconómica, subrayando al mismo tiempo el vínculo directo entre el Estado de Derecho y la lucha contra la corrupción y el desarrollo económico sostenible y equitativo; que se centren en mitigar las repercusiones sociales negativas de los procesos de transformación necesarios en los países candidatos, añadiendo información sobre la aproximación al acervo social de la Unión en los informes anuales; que trabajen para prevenir y revertir la fuga de cerebros de los países candidatos;
   bd) que redoblen considerablemente los esfuerzos para resolver conflictos, promover la confianza, lograr una reconciliación sostenible que abarque el enjuiciamiento efectivo e imparcial de los crímenes de guerra y garanticen el acceso a la verdad, a la justicia y a reparaciones efectivas y no selectivas, también para las víctimas de violencia sexual; que faciliten la plena ejecución de las sentencias de los tribunales nacionales e internacionales y el cumplimiento de las obligaciones internacionales sobre crímenes de guerra y personas desaparecidas, haciendo frente al ensalzamiento de criminales de guerra y el revisionismo histórico;
   be) que intensifiquen los esfuerzos a favor de unas buenas relaciones de vecindad, una cooperación socioeconómica inclusiva y eficaz a nivel regional y la solidaridad en los países candidatos a la adhesión a la Unión, así como la cooperación regional transfronteriza entre los Estados miembros de la Unión y los países socios situados a lo largo de las fronteras exteriores de la Unión; que aumenten la competitividad económica y la cohesión social en los Balcanes Occidentales mediante reformas estructurales e iniciativas de cooperación económica regional integradoras y aceptables para los seis países, persiguiendo una mayor armonización con las normas y el acervo de la Unión y contribuyendo al proceso de integración de la Unión; en este contexto, el Parlamento Europeo acoge con satisfacción los recientes acuerdos de la Cumbre del Proceso de Berlín, en especial la celebración de acuerdos regionales de movilidad sobre la libertad de viajar con documentos de identidad y el reconocimiento de títulos académicos y certificados de formación profesional; que expresen serias reservas sobre cualquier iniciativa de cooperación económica regional que no abarque a los seis países de los Balcanes Occidentales y no se base en normas de la Unión, como la iniciativa de los Balcanes abiertos;
   bf) que insistan en la necesidad de construir una sociedad inclusiva sin discriminación, racismo, nacionalismo violento ni extremismo; que se centren en la protección de las minorías, incluidos los gitanos, las personas LGBTIQ +, las comunidades étnicas y religiosas y las personas con discapacidad, así como en la preservación de la diversidad cultural y lingüística; que integren la igualdad de género y los derechos de las mujeres y las niñas, empoderen e inviertan en las mujeres y los jóvenes, e intensifiquen la lucha contra la violencia de género;
   bg) que deploren las violaciones de los derechos humanos y el trato inhumano de los solicitantes de asilo y los migrantes; que trabajen para garantizar condiciones dignas y acordes con las normas internacionales para los detenidos y presos; que condenen la tortura y la impunidad por abusos graves por parte de las fuerzas y cuerpos de seguridad;
   bh) que intensifiquen la participación ciudadana y la implicación de la sociedad civil en el proceso de ampliación mediante el aumento de la cooperación, el apoyo y la financiación asignada a la sociedad civil; que garanticen que las organizaciones de la sociedad civil sigan recibiendo un apoyo financiero adecuado tras la adhesión a la Unión;
   bi) que inviertan en la juventud y en la movilidad y conectividad intrarregionales, en particular ofreciendo un amplio acceso a Erasmus + y aumentando su presupuesto, así como a otros programas de movilidad para jóvenes académicos, especialistas e investigadores de los países candidatos; que además, fomenten una mayor integración de los países socios en los programas de la Unión, como Erasmus+, Horizonte Europa y Europa Creativa, y mejoren la cooperación pertinente en el marco de los programas actuales y futuros; que se esfuercen en combatir el desempleo juvenil;
   bj) que promuevan los contactos interpersonales entre los Estados miembros de la Unión y refuercen los programas de intercambio juveniles; que reconozcan la importancia de la movilidad transfronteriza en el refuerzo de esos contactos, y animen a desarrollar las infraestructuras fronterizas con este fin; que refuercen y, cuando sea posible, aumenten los esfuerzos comunes de la Unión y los países de los Balcanes Occidentales a favor de los contactos y los intercambios interpersonales con el fin de desarrollar imágenes positivas los unos de los otros entre la población;
   bk) que potencien el apoyo al desarrollo económico, la economía de mercado, la conectividad del transporte, la competitividad y la transición ecológica;
   bl) que refuercen la asociación entre los países candidatos y la Unión a través de los principales proyectos de infraestructura, en el marco de las redes transeuropeas de energía y transporte (RTE-E y RTE-T), aumentando al mismo tiempo la ayuda financiera a los países candidatos para aliviar los cuellos de botella transfronterizos y desarrollar las conexiones de transporte de pasajeros y mercancías;
   bm) que avancen en lo que respecta a la eficiencia energética, la conectividad y la transición a la energía limpia, aumentando la diversificación y la seguridad del suministro energético, así como el desarrollo sostenible; que velen por que la transición energética se lleve a cabo en un proceso justo y socialmente sostenible, en el que los grupos vulnerables reciban el apoyo adecuado por parte de la Unión y los Estados miembros; que tomen medidas inmediatas para lograr una conexión sostenible y a largo plazo de los países candidatos a la red europea de transporte de energía; que movilicen inversiones significativas para apoyar el desarrollo de soluciones locales renovables; que incluyan a los países candidatos en las estrategias de política energética de la Unión, prestando especial atención a aquellos que dependen en gran medida del gas ruso y se ven gravemente afectados por su elección europea;
   bn) que apliquen una hoja de ruta para la eliminación progresiva de las tarifas de itinerancia entre la Unión y los países en vías de adhesión;

2.  Encarga a su presidenta que transmita la presente Recomendación al Consejo, a la Comisión y al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los países en vías de adhesión, para su información.

(1) DO C 202 de 28.5.2021, p. 86.
(2) DO C 362 de 8.9.2021, p. 129.
(3) Textos Aprobados, P9_TA(2022)0249.
(4) DO L 161 de 29.5.2014, p. 3.
(5) DO L 330 de 20.9.2021, p. 1.
(6) DO C 342 de 6.9.2022, p. 148.
(7) Textos Aprobados, P9_TA(2022)0244.
(8) Textos Aprobados, P9_TA(2022)0235.

Última actualización: 13 de marzo de 2023Aviso jurídico - Política de privacidad