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Procedimiento : 2021/2252(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A9-0270/2022

Textos presentados :

A9-0270/2022

Debates :

PV 23/11/2022 - 12
CRE 23/11/2022 - 12

Votaciones :

PV 24/11/2022 - 5.11
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Textos aprobados :

P9_TA(2022)0420

Textos aprobados
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Jueves 24 de noviembre de 2022 - Estrasburgo
Futura arquitectura financiera europea para el desarrollo
P9_TA(2022)0420A9-0270/2022

Resolución del Parlamento Europeo, de 24 de noviembre de 2022, sobre la futura arquitectura financiera europea para el desarrollo (2021/2252(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Vista la Declaración conjunta del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, del Parlamento Europeo y de la Comisión, de 30 de enero de 2008, titulada «Consenso europeo sobre la ayuda humanitaria»(1),

–  Visto el documento de trabajo de los servicios de la Comisión, de 30 de abril de 2014, titulado «A right-based approach, encompassing all human rights for EU development Cooperation» (Un planteamiento basado en los derechos que abarque todos los derechos humanos para la cooperación de la Unión Europea al desarrollo) (SWD(2014)0152),

–  Vista la Resolución de las Naciones Unidas de 21 de octubre de 2015 titulada «Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible», adoptada el 25 de septiembre de 2015 por la Cumbre de las Naciones Unidas para el Desarrollo Sostenible celebrada en Nueva York, y los diecisiete Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS),

–  Vista la Tercera Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo celebrada en Adís Abeba los días 13 a 16 de julio de 2015, y la Agenda de Acción de Adís Abeba,

–  Visto el Acuerdo adoptado en París en la 21.ª Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP21) el 12 de diciembre de 2015 (el Acuerdo de París),

–  Vista la Declaración conjunta del Consejo y los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, del Parlamento Europeo y de la Comisión, de 30 de junio de 2017, sobre el Nuevo Consenso Europeo en materia de Desarrollo: «Nuestro mundo, nuestra dignidad, nuestro futuro»(2),

–  Visto el informe del Grupo de Sabios de Alto Nivel sobre la Arquitectura Financiera Europea para el Desarrollo, de octubre de 2019, titulado «Europe in the World – The future of the European financial architecture for development» (Europa en el mundo: futuro de la arquitectura financiera europea para el desarrollo),

–  Visto el estudio del Consejo, de 14 de abril de 2021, titulado «Feasibility study on options for strengthening the future European Financial Architecture for Development» (Estudio de viabilidad de las opciones para reforzar la futura arquitectura financiera europea para el desarrollo),

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 10 de junio de 2021, sobre el refuerzo de la arquitectura financiera europea para el desarrollo,

–  Vista la Hoja de ruta de la Comisión, de 24 de marzo de 2022, para la mejora de la arquitectura financiera europea para el desarrollo e informe de situación de 2021 (COM(2022)0139),

–  Visto el informe conjunto BEI-BERD, de 25 de noviembre de 2021, sobre las acciones emprendidas en el contexto de las conclusiones del Consejo de la arquitectura financiera europea para el desarrollo (AFED),

–  Visto el Dictamen n.º 7/2020 del Tribunal de Cuentas Europeo, de 11 de septiembre de 2020, adjunto al informe de la Comisión sobre la ejecución del Fondo Europeo de Desarrollo Sostenible (FEDS),

–  Vista su Resolución, de 25 de marzo de 2021, sobre la nueva estrategia UE-África — Una asociación para un desarrollo sostenible e integrador(3),

–  Vista su Resolución de 7 de octubre de 2021, sobre el informe de ejecución sobre los fondos fiduciarios de la UE y el Mecanismo para los refugiados en Turquía(4),

–  Vista la Comunicación conjunta de la Comisión y del alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, de 1 de diciembre de 2021, titulada «La Pasarela Mundial» (Global Gateway) (JOIN(2021)0030),

–  Visto el Reglamento (UE) 2021/947 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de junio de 2021, por el que se establece el Instrumento de Vecindad, Cooperación al Desarrollo y Cooperación Internacional – Europa Global, por el que se modifica y deroga la Decisión n.º 466/2014/UE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan el Reglamento (UE) 2017/1601 del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CE, Euratom) n.º 480/2009 del Consejo(5),

–  Vista la sexta Cumbre entre la Unión Europea y la Unión Africana, celebrada los días 17 y 18 de febrero de 2022, y la correspondiente declaración final titulada «Una visión común para 2030»,

–  Visto el artículo 209 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y los estatutos del Banco Europeo de Inversiones (BEI), anexos a los Tratados, que estipulan que el BEI es la institución financiera de la Unión, es propiedad exclusiva de los 27 Estados miembros de la UE y tiene como cometido contribuir a la aplicación de la política de desarrollo de la Unión,

–  Visto el artículo 54 de su Reglamento interno,

–  Vistas las opiniones de la Comisión de Presupuestos y la Comisión de Asuntos Exteriores,

–  Visto el informe de la Comisión de Desarrollo (A9-0270/2022),

A.  Considerando que la pandemia de COVID-19 ha ahondado la ya importante brecha de financiación de los ODS y ocasionado una disminución general de los recursos de 700 000 000 000 USD y, al mismo tiempo, un aumento de las necesidades de 1 billón USD, provocando un efecto tijera, de tal modo que se prevé que el déficit de financiación anual de los ODS en los países en desarrollo, que ascendía a 2,5 billones USD antes de la pandemia, se incremente en un 70 % después de la COVID-19, para ascender a 4,2 billones USD (3,7 billones EUR)(6);

B.  Considerando que existe una brecha anual de financiación de 148 000 000 000 USD en los países de renta baja y media-baja para alcanzar el ODS 4 de aquí a 2030; que los costes adicionales derivados de los cierres de escuelas como consecuencia de la COVID-19 han incrementado esta brecha de financiación en un tercio;

C.  Considerando que la agresión militar de Rusia contra Ucrania ha exacerbado de forma radical la situación de los ODS en Ucrania y los países vecinos; que la actual agresión militar contra Ucrania afectará a la consecución mundial de los ODS, en especial en lo que atañe a la lucha contra la pobreza y el hambre, lo que incrementa el riesgo de un aumento de los disturbios civiles, los conflictos y la migración irregular; que las consecuencias destructivas provocadas por la guerra criminal de Putin han desviado de forma considerable los ya escasos recursos de la ayuda al desarrollo; que las consecuencias a largo plazo de esta guerra todavía se desconocen; que el considerable déficit de financiación de los ODS y las consecuencias de la pandemia de COVID-19, que ha sido devastadora para todo el mundo en desarrollo, requiere una respuesta extraordinaria sostenida por parte de todos los actores de la Unión y un examen de todo el sistema de la AFED;

D.  Considerando que el actual liderazgo político y financiero de la Unión y los esfuerzos desplegados por esta no son suficientes para alcanzar los ODS y los objetivos del Acuerdo de París y abordar otros retos mundiales acuciantes, en particular el empeoramiento del cambio climático, el drástico aumento de la carga derivada de la deuda de los países socios, las consecuencias de la COVID-19 y los conflictos violentos, por lo que es necesario un compromiso conjunto a escala internacional para garantizar que la AFED sea capaz de responder a estos retos emergentes;

E.  Considerando que, para el logro efectivo de los ODS y la superación de la pandemia de COVID-19, son necesarias con urgencia coherencia política y una estrecha cooperación entre todas las instituciones oficiales de financiación del desarrollo, los gobiernos, las partes interesadas, las instituciones de la UE y todos los socios, a fin de garantizar que el escaso dinero público disponible se utilice del modo más eficaz y eficiente; que reviste una importancia crítica movilizar con éxito más capital, tanto privado como público, además de la ayuda oficial al desarrollo (AOD) y otras formas existentes de financiación del desarrollo, ateniéndose a los objetivos de la política de desarrollo, en especial con vistas a reducir las desigualdades y la pobreza como primer objetivo de la Agenda 2030;

F.  Considerando que es de la mayor importancia, también con vistas al desarrollo sostenible del Sur Global, que se reorganicen los flujos de energía mundiales en el futuro y que el continente africano desempeñe en ello un papel destacado; que el fortalecimiento de su papel en el ámbito de la producción, el uso y la exportación de energía sostenible brindará la oportunidad de lograr un desarrollo económico sostenible y orientado al futuro, y podría mejorar las condiciones de vida de la gran mayoría de la población;

G.  Considerando que la inseguridad alimentaria representa un obstáculo importante al logro de los ODS, en especial en África, donde dos de cada diez personas sufren desnutrición; que este desafío no hará sino acrecentarse con el crecimiento de la población; que la cooperación de la Unión con países socios debe abordar este reto de un modo eficaz y sostenible;

H.  Considerando que las instituciones de la Unión y los veintisiete Estados miembros representan conjuntamente el mayor donante a los países en desarrollo, y aportan aproximadamente el 46 % de toda la AOD proporcionada a los países en desarrollo por todos los miembros de la OCDE/AOD;

I.  Considerando que la creación del enfoque del Equipo Europa como respuesta global de la Unión a la COVID-19 podría ayudar a establecer un marco único de coordinación estratégica de la respuesta exterior de la UE a la pandemia y otros desafíos de primer orden, como las consecuencias de la agresión militar de Rusia contra Ucrania, en apoyo de los países socios; que dicho enfoque representa un proceso prometedor con vistas a una mayor cooperación entre las instituciones de la Unión, los Estados miembros y las instituciones europeas de financiación bilateral y multilateral del desarrollo, el BEI y el Banco Europeo para la Reconstrucción y el Desarrollo (BERD), incrementando de forma constante la eficacia y la visibilidad colectivas de la Unión;

J.  Considerando que la entrada en vigor del Instrumento de Vecindad, Cooperación al Desarrollo y Cooperación Internacional (IVCDCI – Europa Global), con un presupuesto total de 79 500 000 000 EUR, representa un cambio histórico en las políticas exterior y de desarrollo de la Unión, que conduce a la racionalización y consolidación del gasto en desarrollo de la Unión y da un nuevo impulso a la cooperación entre los agentes europeos del desarrollo; que el instrumento IVCDCI – Europa Global modifica de forma significativa el marco de inversión exterior, al reunir la financiación combinada y las garantías en el Fondo Europeo de Desarrollo Sostenible Plus (FEDS+) – Garantía de Acción Exterior; que el FEDS+ amplía de forma considerable el ámbito geográfico y la dotación financiera de su predecesor, el FEDS, y podrá garantizar operaciones por valor de hasta 53 400 000 000 EUR a través de la Garantía de Acción Exterior; que el principio de «primero la política», que ocupa un lugar central en el IVCDCI – Europa Global, representa un cambio hacia una cooperación orientada por objetivos estratégicos y asegura que el uso de las garantías presupuestarias de la Unión quede cubierto por el proceso de programación;

K.  Considerando que el FEDS +, creado en el marco del instrumento IVCDCI – Europa Global, proporciona financiación para operaciones de financiación mixta y de garantía presupuestaria, que deben ser ejecutadas por socios admisibles con un enfoque abierto y colaborativo;

L.  Considerando que el artículo 36 del Reglamento por el que se establece el IVCDCI – Europa Global establece el papel específico del BEI en el marco de dicho instrumento;

M.  Considerando que las empresas y entidades financieras de la Unión que operan en los países en desarrollo se han enfrentado en la última década a una creciente competencia desleal de actores mundiales que operan fuera del sistema multilateral de financiación del desarrollo, que establece un conjunto de normas y reglamentos internacionales, como requisitos específicos para la AOD, los créditos con apoyo oficial, los préstamos sostenibles, la sostenibilidad de la deuda y la prohibición de subvenciones a la exportación, o normas internacionales para combatir el soborno y la corrupción;

N.  Considerando que una buena coherencia de las políticas en favor del desarrollo y el apoyo a la movilización de recursos nacionales son parte integrante de una buena gestión financiera y persiguen mejorar la eficacia de la ayuda a través de iniciativas concretas como el apoyo a la lucha contra la corrupción, el desarrollo de sistemas fiscales progresivos y la lucha contra la elusión y la evasión fiscales;

O.  Considerando que informe del Grupo de Sabios de Alto Nivel publicado en octubre de 2019 incluía entre sus recomendaciones la creación de un Banco Europeo para el Clima y el Desarrollo Sostenible, opción que fue rechazada de inmediato por los Estados miembros por ser demasiado costosa y larga de aplicar en el nuevo período presupuestario; que el Consejo se decantó por una opción alternativa a las sugeridas por el Grupo de Sabios de Alto Nivel, denominada Status Quo +, que no modifica en esencia las estructuras existentes, pero preconiza su mejora; que la opción Status Quo + comprende las siguientes mejoras sin costes adicionales para los Estados miembros: mejora de la presencia del BEI sobre el terreno y cambio de su modelo de negocio hacia uno más propio de un banco de desarrollo, ampliación gradual del ámbito de acción del BERD al África Subsahariana y aumento de la capacidad de la Comisión, el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y las delegaciones de la Unión;

P.  Considerando que los Estados miembros han pedido a todos los bancos de desarrollo e instituciones financieras europeos que aumenten el grado de colaboración y coordinación, tanto entre sí como con otras instituciones financieras a escala multilateral e internacional, y se apoyen para ello en los puntos fuertes y en los conocimientos especializados de cada institución al objeto de reforzar así la eficiencia, la visibilidad y la repercusión de la AFED, alentando una mayor movilización del sector privado sin por ello dejar de complementar y respaldar la participación del sector público;

Principios y objetivos de la arquitectura financiera europea para el desarrollo

1.  Toma nota de las Conclusiones del Consejo sobre la mejora de la AFED y de la hoja de ruta de la Comisión para la mejora de la arquitectura financiera europea para el desarrollo e informe de situación de 2021, de 24 de marzo de 2022 (COM(2022)0139); subraya el papel clave del IVCDCI – Europa Global, el FEDS+ y la GAE a la hora de proporcionar un marco estratégico para la combinación de financiación, reducir los riesgos de las inversiones y ofrecer garantías, y de movilizar recursos del sector privado con el apoyo presupuestario de la Unión, especialmente ante la creciente competencia geopolítica y económica;

2.  Hace hincapié en que la AFED debe ser una arquitectura eficiente, eficaz, coherente e inclusiva, basarse en el principio de «primero la política» como columna vertebral de su estructura y estar en consonancia con los intereses estratégicos y los valores de la Unión; insiste en que todos los socios ejecutantes que son parte de la AFED y tienen acceso a los fondos presupuestarios de la Unión en virtud del FEDS+ apliquen toda la gama de normas, políticas y procedimientos en materia social, de derechos humanos, de contratación pública, de transparencia, de medio ambiente y de estado de derecho de la Unión; pide a la Comisión que evalúe y supervise la adhesión a esas normas de la Unión, e informe al respecto; resalta que la AFED, impulsada por las políticas, debe guiarse por los principios y objetivos establecidos en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, el Acuerdo de París y la Agenda de Acción de Adís Abeba, y que debe contribuir al logro de los ODS; reitera que los proyectos en los que participen agentes de la AFED deben estar sujetos a una comprobación de sostenibilidad climática, medioambiental y social con vistas a minimizar cualquier posible impacto negativo y maximizar los beneficios en las dimensiones climática, medioambiental y social, en consonancia con los compromisos de la Unión y sus Estados miembros en virtud del artículo 2, apartado 1, letra c), del Acuerdo de París; insiste firmemente en que las operaciones en el marco de la nueva AFED contribuyan a la mitigación del cambio climático y a la adaptación al mismo; insiste asimismo, en este contexto, en que las operaciones en las que participan agentes de la AFED no financien sectores que refuerzan la crisis climática, sino que contribuyan a la transición hacia una producción de energía sostenible; recuerda que el compromiso político de la Unión debe incorporarse en su marco financiero plurianual y reflejarse plenamente en su arquitectura financiera europea para el desarrollo;

3.  Insiste firmemente en que la AFED debe reforzar las asociaciones estratégicas entre la Unión Europea y sus socios mundiales en materia de desarrollo; reitera que dichas asociaciones han de basarse siempre en el respeto mutuo y la dignidad, así como en los intereses y los valores compartidos, en especial los derechos humanos, la igualdad de género, la responsabilidad medioambiental, social y climática, la salud y la seguridad, con miras a reducir las desigualdades y la pobreza; reitera que estas asociaciones deben establecerse siempre en consonancia con los ODS y en un esfuerzo por alcanzarlos; Señala a este respecto la influencia multifacética del régimen de Putin en el continente africano y el apoyo al mismo por parte de este, y pide a la Unión y a sus Estados miembros que se acerquen a estos países y establezcan con ellos asociaciones fiables; pide a la Comisión que involucre a las organizaciones de la sociedad civil y a las ONG, incluidas las organizaciones locales, en el establecimiento y la aplicación de dichas asociaciones; subraya que un requisito previo para los proyectos de asociación financiados a través de la AFED es garantizar el desarrollo y la adicionalidad financiera, así como la apropiación nacional y la eficacia del desarrollo; defiende que las políticas e iniciativas de la Unión deben apoyar la coordinación y la cooperación entre Estados miembros en el ámbito de la política de desarrollo, y que las acciones de la Unión deben completar y apoyar las iniciativas de los Estados miembros; destaca que la erradicación de la pobreza (ODS 1), el fomento de la buena salud y el bienestar (ODS 3), la garantía del acceso a una educación de calidad para todos (ODS 4), la reducción de las desigualdades (ODS 10) y la promoción de la acción por el clima (ODS 13), prestando especial atención a los grupos más marginados y sin dejar a nadie atrás, son retos especialmente acuciantes en el mundo actual; insiste asimismo en que deben adoptarse más medidas para satisfacer las necesidades de las industrias marinas sostenibles, ya que el ODS 14, relativo a la vida submarina, sigue siendo uno de los ODS menos financiados;

4.  Resalta la interconexión entre ayuda humanitaria, cooperación al desarrollo y paz; destaca el papel que desempeña el desarrollo en la prevención de conflictos, la garantía de salidas sostenibles a los conflictos y el fomento de la gestión de crisis; insiste en la importancia de seguir desarrollando un triple nexo adaptado a medida focalizado en una recuperación a largo plazo centrada en las personas, estructural y sostenible, con el fin de abordar la complejidad de las crisis prolongadas y previsibles y las situaciones de violencia; recuerda que sin paz y seguridad el desarrollo y la erradicación de la pobreza no son posibles, mientras que sin el desarrollo y la erradicación de la pobreza no se puede establecer una paz sostenible ni garantizar de las personas y del Estado; señala además que la falta de seguridad exacerba las vulnerabilidades ya existentes en los países en desarrollo e incrementa la brecha de financiación para el logro de los ODS; toma nota de que la seguridad, el estado de derecho y unas instituciones resilientes son esenciales para las inversiones y para el desarrollo sostenible; toma nota de las actividades de las partes interesadas locales —incluidos los organismos gubernamentales locales, las organizaciones de la sociedad civil, los interlocutores sociales y las organizaciones confesionales— en la resolución y gestión de los conflictos, lo que contribuye a la paz y la seguridad; recuerda que la AOD debe utilizarse siempre en consonancia con los objetivos de desarrollo acordados a escala internacional y con el IVDCI – Europa Global;

5.  Hace hincapié en el papel de un enfoque colectivo y coherente de la Unión, apoyado y respaldado por todos los Estados miembros de la Unión, que sea políticamente saludable y esté adaptado a las especificidades del país socio, y que podría ser eficaz a la hora de fomentar la expansión de los sistemas de protección social que estén en consonancia con los convenios pertinentes de la OIT, así como de los servicios públicos esenciales en los países en desarrollo; señala que este enfoque de la Unión contribuiría a convertir la protección social en uno de los fundamentos del contrato social, allanando el camino hacia una mayor resiliencia; considera que la financiación combinada es una opción del conjunto de instrumentos de financiación del desarrollo que podría complementar la inversión pública en un contexto presupuestario limitado; pide que las operaciones de financiación combinada se limiten a ámbitos en los que puedan añadir valor a la economía local, y pide en este sentido una evaluación cuidadosa, en particular cuando se dirijan a los países menos desarrollados, con vistas a limitar la carga de la deuda, salvaguardar servicios públicos esenciales como la sanidad, la educación y la protección social, y no ampliar las desigualdades existentes;

6.  Subraya que la coherencia entre todas las políticas, estrategias, iniciativas e instrumentos de financiación de la Unión, en particular el nuevo instrumento IVCDCI – Europa Global, la iniciativa Equipo Europa y la nueva estrategia Pasarela Mundial, es fundamental para maximizar la respuesta global de la Unión al crecimiento sostenible, el desarrollo y la paz; considera que la AFED debe mejorar la visibilidad de la Unión y el impacto de su financiación para el desarrollo en el mundo, a fin de que la percepción mundial del papel de la Unión sea acorde con la magnitud de su ayuda;

7.  Manifiesta su alarma por cómo la pandemia de COVID-19 ha puesto de manifiesto factores estructurales de larga data de desigualdad en materia de salud; considera que la AFED debe contribuir a las inversiones en sistemas de salud pública, asistencia sanitaria y servicios sanitarios resilientes, en investigación y desarrollo de nuevas tecnologías sanitarias, así como en vacunas y tratamientos, centrándose en las enfermedades recurrentes en los países en desarrollo; pide que se estudie la posibilidad de crear una plataforma para compartir innovaciones, educación y formación, conocimientos y experiencia, lo que apoyaría a las asociaciones de múltiples partes interesadas, fomentaría el diálogo público-privado y exploraría soluciones de negocio innovadoras para acelerar el desarrollo sostenible; subraya el papel de las inversiones públicas y privadas y las asociaciones público-privadas, así como la importancia de la movilización de recursos nacionales en los países socios y una utilización más eficiente de la financiación de la Unión para colmar el déficit de financiación de 2,5 billones USD detectado para alcanzar los ODS de aquí a 2030, reforzando al mismo tiempo la buena gobernanza y luchando contra la corrupción;

Desafíos que hay que afrontar

8.  Resalta que los países en desarrollo y los países desarrollados tienen la responsabilidad compartida de alcanzar los ODS; hace hincapié en que la contribución financiera de la Unión al desarrollo sostenible en los países socios debe capacitarlos para contribuir a su propio desarrollo económico y social y lograr los ODS; resalta la importancia fundamental que reviste la responsabilización nacional en este contexto; destaca que la AFED y la largo tiempo esperada estrategia de la Unión sobre los ODS deben reflejar y facilitar un conjunto coordinado y coherente de políticas y compromisos internos y externos de la Unión, también a través de todo el conjunto existente de herramientas de la política de desarrollo; resalta que la financiación pública y privada debe atenerse a las metas de los ODS y el Acuerdo de París; lamenta, en este sentido, que la Comisión no haya desarrollado todavía una estrategia de aplicación integrada y holística de los ODS, lo cual representa un importante reto por lo que respecta a la ambición de conseguir la coherencia de las políticas, dada la falta de metas a escala de la Unión claras, medibles y con plazos concretos para todos los ODS que puedan tomarse como referencia;

9.  Considera que la AFED debe basarse en los conocimientos especializados y en las redes existentes de todos sus distintos agentes (es decir, el BEI, el BERD, las instituciones europeas de financiación del desarrollo y otros); reconoce que se han registrado ciertos avances y mejoras recientes en relación con la futura AFED desde que el Consejo adoptó sus conclusiones, pero observa que el statu quo actual todavía se caracteriza por una falta de dirección política y coordinación, así como por la fragmentación, duplicación y competencia baldía entre los agentes mencionados; pide mayores esfuerzos en aras de una coordinación y una cooperación mejores para que el sistema actual sea más efectivo y colaborativo y se centre más en garantizar un uso óptimo de los recursos que movilice los conocimientos pertinentes en los ámbitos geográfico, sectorial y financiero para conseguir un mejor rendimiento del dinero de los contribuyentes de la Unión y un mayor impacto en el desarrollo;

10.  Reconoce la necesidad de fortalecer y mejorar el marco institucional de la Unión y abordar su «déficit de eficacia del desarrollo», aligerar una coordinación burocrática engorrosa y reforzar la flexibilidad institucional, a fin de maximizar el potencial de la AFED e incrementar así su impacto en el desarrollo;

11.  Pide a la Comisión que trabaje por una gobernanza eficaz de la estrategia Pasarela Mundial, que ha de promoverse bajo la dirección general de la presidenta de la Comisión, en estrecha coordinación con el vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, el SEAE, el Consejo y el Parlamento; subraya que la estrategia debe ser coherente con la AFED y que no es adecuado recurrir a la reserva para nuevos retos y prioridades del IVCDCI – Europa Global para obtener financiación; insta a la Comisión a que proporcione información adicional sobre su cálculo del coeficiente de apalancamiento para operaciones de inversión por lo que respecta a la recientemente anunciada estrategia europea Pasarela Mundial;

12.  Manifiesta su preocupación por la ausencia sistemática, en las iniciativas reguladoras de la Unión, de las características clave del principio de coherencia de las políticas en favor del desarrollo sostenible (CPDS); subraya que se requieren más esfuerzos para cumplir plenamente los principios de la CPDS, a fin de alcanzar los objetivos de eficacia de la ayuda; insiste en que los mecanismos para garantizar la CPDS deben consagrarse en la AFED; pide más evaluaciones de impacto ex ante y el establecimiento de un sistema de alerta rápida para las incoherencias políticas en las delegaciones de la Unión; recomienda que todas las instituciones pertinentes de la Unión y todos los Estados miembros utilicen la CPDS de manera más sistemática y eficiente, también al más alto nivel político, y que se integre en el diseño y la aplicación de todas las diversas políticas de la Unión a fin de garantizar que no afecten negativamente a la consecución de los ODS; recuerda que los mecanismos de la CPDS deben ser aplicados también por el BEI, el BERD, las instituciones de financiación del desarrollo y sus intermediarios; hace hincapié en que la CPDS debe integrarse, en particular, en las políticas exteriores de la Unión y abordarse para alcanzar los ODS;

13.  Reconoce los esfuerzos de la Comisión por legislar mejor con el fin de crear inversiones sostenibles a largo plazo que promuevan la salud y el bienestar de las personas y el planeta y protejan los derechos humanos; pide que la AFED sea coherente con la futura legislación de la Unión en materia de diligencia debida y responsabilidad empresarial, garantizando el cumplimiento por las empresas de las normas y los avances normativos en materia de derechos humanos, la diligencia debida obligatoria y el cumplimiento de los compromisos internacionales relativos a las empresas y los derechos humanos; subraya que la AFED debe cumplir las normas más estrictas en materia de transparencia y rendición de cuentas; pide a los miembros de la AFED que refuercen la diligencia debida en sus operaciones, garanticen una consulta significativa a la población local a lo largo de toda la ejecución de los proyectos, desarrollen más sus conocimientos especializados sobre desarrollo y las capacidades y recursos humanos específicos sobre el terreno, incorporen la perspectiva de género y protejan los derechos humanos en todas las operaciones, se doten de sólidos mecanismos de rendición de cuentas para las comunidades afectadas y supervisen estrechamente las deficiencias de su participación y el papel de sus intermediarios en aquellos proyectos que hayan tenido repercusiones negativas en la población local de países en desarrollo, e informen al respecto;

14.  Reafirma que todos los socios ejecutantes e intermediarios financieros que participen en proyectos vinculados a garantías de la Unión o financiados con cargo al presupuesto de la Unión deben observar plenamente las normas, políticas, reglas y procedimientos sociales, medioambientales, fiscales, de transparencia y de lucha contra el fraude y la corrupción de la Unión; pide al Tribunal de Cuentas Europeo que examine exhaustivamente las operaciones respaldadas por garantías con cargo al presupuesto de la Unión, e informe periódicamente al respecto, abordando cualquier deficiencia en sus métodos de trabajo que pueda estar impidiéndoselo; subraya la importancia de llevar a cabo a su debido tiempo una evaluación independiente del FEDS+ y del enfoque del Equipo Europa para evaluar su eficacia, rendimiento e impacto en el desarrollo;

15.  Señala que el enfoque del Equipo Europa surgió como respuesta a la pandemia de la COVID-19; considera que el enfoque del Equipo Europa debe desempeñar un papel clave en la mejora de la cooperación estratégica y la coordinación mundial, y de la coherencia y la eficacia de los esfuerzos de desarrollo, en especial a escala de países socios, así como a escala de la Unión y los Estados miembros, también a escala de los gobiernos regionales; espera una orientación y un enfoque políticos más sólidos, así como mecanismos más sólidos de comunicación y visibilidad en lo que respecta al instrumento FEDS+/IVCDCI – Europa Global; insiste además en la aplicación adecuada del mecanismo de control del Parlamento Europeo, para permitir la legitimidad democrática de las actividades del Equipo Europa;

16.  Pide a la Comisión que presente una orientación política fuerte de la Unión para las políticas de desarrollo y que coordine la AFED de manera que permita una mayor armonización de las actividades de las instituciones de financiación del desarrollo de la UE en el marco de la nueva arquitectura abierta, colaborativa, transparente e inclusiva con el fin de alcanzar los objetivos de la política de desarrollo de la Unión, reforzar las asociaciones estrechas con las regiones y contribuir a su desarrollo;

17.  Hace hincapié en que el proceso de programación del IVCDCI – Europa Global brinda la oportunidad de mejorar el uso de las garantías presupuestarias de la Unión, en particular el FEDS+; subraya que la futura arquitectura financiera debe permitir la participación de todos los agentes de financiación del desarrollo interesados, incluidos los agentes pequeños y medianos y los bancos de desarrollo y partes interesadas de fuera de la Unión; pide, en este contexto, unas condiciones de competencia equitativas sólidas en lo que respecta a la gobernanza del FEDS+ y el acceso a los recursos de la Unión; destaca la importancia de un marco adecuado de gestión de riesgos y de una gestión eficaz y de la supervisión de la aplicación de los instrumentos de financiación del desarrollo; solicita a la Comisión que utilice sus recursos existentes en términos de conocimientos bancarios y de sus capacidades financieras y técnicas de manera más eficaz;

18.  Celebra la publicación de la primera hoja de ruta de la Comisión para la mejora de la arquitectura financiera europea para el desarrollo e informe de situación de 2021; recuerda que el instrumento IVCDCI – Europa Global requiere que la Comisión comunique al Consejo y al Parlamento la composición, el mandato y el reglamento interno del grupo de evaluación técnica, y que garantice la imparcialidad y la ausencia de conflictos de intereses de sus miembros; insta a la Comisión a que adopte medidas similares para garantizar la transparencia e imparcialidad del Grupo de expertos de alto nivel que formulará recomendaciones a la Comisión sobre la aceleración del flujo de capital privado a los países de renta baja y media;

19.  Pide a la Comisión que vele por que la AFED persiga el objetivo de restaurar el sistema multilateral de financiación del desarrollo, a fin de contribuir a poner fin a las insostenibles prácticas de préstamo de algunos países que operan fuera de dicho sistema, que no solo amenazan la igualdad de condiciones para la Unión y otros países cumplidores, sino que también incrementan de forma drástica la ya elevada deuda exterior de muchos países en desarrollo, que se han vuelto aún más vulnerables como consecuencia de la pandemia de COVID-19; resalta, habida cuenta de lo anterior, que la agresión militar de Rusia en Ucrania está agravando aún más la carga de la deuda de muchos países en desarrollo; destaca que los países menos adelantados son incapaces de alcanzar los ODS sin apoyo financiero, por lo que pide encarecidamente medidas de reducción de la deuda en consonancia con los compromisos en materia de sostenibilidad;

20.  Considera que la taxonomía de la Unión debe contribuir a la reorientación de los flujos de capital hacia inversiones sostenibles e introducir la sostenibilidad entre los criterios que deben tenerse en cuenta para la gestión de riesgos; pide a la Comisión que siga desarrollando la taxonomía de la Unión y que aliente a las instituciones de financiación del desarrollo tanto a escala de la Unión como de los Estados miembros, así como a los agentes privados dedicados al desarrollo, a que armonicen sus actividades, en particular las de los países en desarrollo, con los objetivos de los ODS y los objetivos del Acuerdo de París;

Instituciones financieras europeas y nacionales

21.  Reafirma el papel específico del BEI dentro de la Unión y a escala mundial, tal como se establece en el artículo 209 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y el artículo 36 del Reglamento por el que se establece el Instrumento de Vecindad, Cooperación al Desarrollo y Cooperación Internacional – Europa Global; destaca el importante papel del BEI en la realización de las inversiones de la Unión y la asociación con la Comisión en la aplicación de la estrategia Pasarela Mundial;

22.  Reconoce el papel emblemático del BEI en el Pacto Verde Europeo y la economía azul sostenible, y su importante contribución a la respuesta económica de la Unión a la pandemia de COVID-19; pide que la Unión siga maximizando el potencial del BEI como herramienta para impulsar la autonomía estratégica de la Unión y promover sus intereses políticos exteriores y sus prioridades en sus relaciones con terceros países; pide al BEI que mejore sus políticas y prácticas y su transparencia, en particular aplicando las recomendaciones formuladas por el Defensor del Pueblo Europeo en el sentido de que adopte medidas de transparencia para que el público pueda ver con más facilidad el posible impacto medioambiental de los proyectos que financia, tal como se indica en los casos 1065/2020/PB, 1251/2020/PB y 1252/2020/PB;

23.  Celebra la creación del BEI Global, definido por el BEI como una rama del Grupo BEI consagrada al desarrollo, operativa desde el 1 de enero de 2022; pide al BEI que refuerce su presencia sobre el terreno aprovechando al mismo tiempo las posibles sinergias con el SEAE, las delegaciones de la Unión, el BERD y otras instituciones europeas de financiación del desarrollo; señala que la falta de información sobre cómo se financia el BEI Global pone en peligro su mandato desde el principio, también a la vista de los compromisos de esta nueva entidad en términos de objetivos de desarrollo; pide, por tanto, un mandato de desarrollo concreto y sólido para el nuevo BEI Global; espera que esta nueva estructura y su consejo consultivo, sus objetivos y disposiciones presupuestarias, su funcionamiento organizativo y sus objetivos específicos de esta rama, así como sus mecanismos de coordinación con otras instituciones de financiación del desarrollo, sean plenamente transparentes, también mediante la publicación proactiva de documentos, garantizando una representación significativa de los países receptores y mediante intercambios periódicos con el Parlamento Europeo y un diálogo abierto con las partes interesadas, en particular las organizaciones de la sociedad civil y los agentes locales;

24.  Alienta al BEI a que siga participando de forma activa en la planificación, el seguimiento y la evaluación del desarrollo a escala de país, junto con las delegaciones de la Unión y mediante la cofinanciación con instituciones de financiación del desarrollo; pide una mayor coordinación entre la Comisión y el SEAE y las delegaciones de la Unión, a fin de facilitar los debates y la cooperación con los agentes pertinentes sobre el terreno con objeto de identificar los proyectos con los que mejor se alcanzan los objetivos de eficacia del desarrollo;

25.  Alienta al BEI y al BERD a que refuercen su complementariedad y sus modelos de negocio mediante iniciativas de confianza mutua de mayor magnitud, ya que las necesidades son mayores que sus recursos conjuntos; pide al BEI y al BERD que coordinen su trabajo en diferentes trayectorias y clarifiquen su división del trabajo con el fin de ayudar a cada banco a centrarse en sus respectivas competencias básicas, evitando así la duplicación y la fragmentación; observa que es necesario adaptar los métodos y las herramientas de trabajo del BEI y BERD a las necesidades de inversión en África, para facilitar las inversiones a gran escala, al tiempo que se mantiene el apoyo de la Unión a proyectos locales de menor escala; señala que es esencial que las inversiones europeas vayan acompañadas de una presencia visible de la Unión y un diálogo político constante; que la AFED debe maximizar las ventajas de los distintos entornos estructurales y métodos de trabajo de los bancos y entidades financieras de desarrollo existentes en Europa, a fin de incrementar la eficiencia de la contribución de la Unión al desarrollo sostenible; espera que el BEI, el BERD y otras instituciones europeas de financiación del desarrollo garanticen y demuestren con evaluaciones de impacto ex ante que todos los proyectos, y en particular los proyectos de financiación combinada, contribuyen a los objetivos de desarrollo de la Unión, incluidos aquellos que estén relacionados con los países menos adelantados, y que cumplen las normas internacionales en materia de derechos humanos; pide a la Comisión, al BEI, al BERD y a las instituciones europeas de financiación del desarrollo que velen por que sus equipos de asesoramiento y asistencia técnica dispongan de los medios para promover la igualdad de género y el desarrollo inclusivo;

26.  Pide a la Comisión, a los Estados miembros, al BEI, al Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo y a los demás bancos y entidades financieras de desarrollo europeos, incluidas las instituciones europeas de financiación del desarrollo más pequeñas, que refuercen su cooperación, en particular en el marco del IVCDCI – Europa Global y sus objetivos, así como en la consecución mundial de los objetivos de la Agenda 2030, y que los animen a poner en común recursos y financiación, y a mejorar la coordinación y la comunicación en proyectos comunes, aprovechando sus respectivos conocimientos financieros especializados; pide a la Comisión que desempeñe un papel más importante en la prestación de asistencia técnica a los proyectos y en la asistencia a las instituciones de financiación del desarrollo y otros agentes del desarrollo en la coordinación; pide un enfoque inclusivo para las pequeñas instituciones de financiación del desarrollo de los Estados miembros en el acceso a la financiación en el marco de la AFED;

27.  Subraya la importancia de utilizar de manera más eficiente las sinergias y armonizar mejor las iniciativas de financiación del BERD, el BEI y otras instituciones europeas de financiación del desarrollo dirigidas a los países vecinos europeos, concediendo especial importancia a los países candidatos a la adhesión a la Unión; recuerda, en el contexto de la guerra en curso en Ucrania, que la financiación europea en los países vecinos y candidatos es un elemento indispensable de las reformas necesarias para cumplir los criterios de adhesión, en consonancia con los intereses de la política exterior de la Unión;

28.  Pide al BEI que colabore más estrechamente con el Banco Africano de Desarrollo y que evalúe las ventajas de establecer una filial conjunta tras la aplicación del actual plan de acción de asociación entre el BEI y el Banco Africano de Desarrollo; pide asimismo al BEI que informe al Parlamento sobre las próximas medidas adoptadas; subraya la necesidad de financiar inversiones a largo plazo que fomenten el desarrollo sostenible y de basarse en la cooperación hasta la fecha, con el fin de desarrollar nuevas oportunidades de desarrollo sostenible para el continente africano; alienta la creación de centros de proyectos y asesoramiento gestionados conjuntamente por el BEI y el Banco Africano de Desarrollo, para que los agentes locales puedan disponer de puntos de contacto eficaces de asesoramiento e inicio de proyectos y para satisfacer mejor las necesidades de desarrollo sobre el terreno, así como mejorar la apropiación local de proyectos de desarrollo conjuntos; pide, en este sentido, que se apoye el desarrollo del sector privado local en África, en particular mediante la asignación de más fondos a las microempresas y a las pequeñas y medianas empresas africanas;

29.  Hace hincapié, en este contexto, en que, en general, son necesarios la apropiación local y un enfoque colaborativo e integrador, y que deben contar con el sustento de un marco sólido para las consultas locales sistemáticas de las partes interesadas y los beneficiarios, a fin de lograr un impacto duradero en el desarrollo; pide a la Comisión que estudie cómo podría mejorarse el marco para las consultas locales sistemáticas de las partes interesadas y los beneficiarios;

30.  Pide a las instituciones de financiación del desarrollo de los Estados miembros que sigan avanzando en la inclusión financiera para apoyar el acceso de los más necesitados, incluidas las mujeres, a una financiación sostenible, ya que ello contribuye a su empoderamiento económico; pide, en este contexto, que la AFED contribuya a la plena aplicación del tercer plan de acción en materia de género de la Unión; recuerda el objetivo de que al menos el 85 % de las acciones tenga la igualdad de género como objetivo principal o significativo, de las cuales al menos el 5 % debe tener como objetivo principal la igualdad de género y los derechos y el empoderamiento de las mujeres y las niñas; pide que todas las operaciones de la AFED conlleven la obligación de recopilar datos desglosados por género y de incluir evaluaciones ex ante y ex post del impacto de género;

31.  Alienta a todos los bancos e instituciones de desarrollo a que contraigan compromisos sostenibles y realicen inversiones audaces acordes con los objetivos de la política de desarrollo, en particular la reducción de las desigualdades y la erradicación de la pobreza, en vez de en términos de retorno de la inversión; reconoce, por tanto, la importancia de fomentar inversiones más arriesgadas en entornos de desarrollo más complejos, como los países vulnerables o afectados por conflictos, y sectores insuficientemente atendidos, como el clima, la biodiversidad, la educación y la salud; subraya, al mismo tiempo, la necesidad de minimizar cualquier riesgo asociado al presupuesto de la Unión, como el aumento de la demanda de garantías presupuestarias de la Unión, y de preservar la elevada calificación crediticia del BEI; anima a las instituciones de financiación del desarrollo a asumir un mayor riesgo en sus programas de inversión a través del FEDS+, para llegar también a las economías más frágiles; pide a la Comisión, a este respecto, que desempeñe un papel más importante a la hora de garantizar unos efectos mensurables y adicionales en el desarrollo sin distorsionar el mercado local ni competir injustamente con los agentes económicos locales, y a la hora de contribuir a desarrollar el lado de la oferta de proyectos mediante el apoyo a la preparación de proyectos y la ayuda a la coordinación de las IFD, garantizando al mismo tiempo la integración de las IFD menor tamaño;

32.  Reconoce la importancia y el potencial de los bancos de desarrollo de los Estados miembros en el marco de la estructura AFED; manifiesta, no obstante, su preocupación por el papel desempeñado por los intermediarios asociados a las instituciones de financiación del desarrollo, en especial por lo que respecta a las denuncias de violaciones de los derechos humanos; resalta el importante papel que puede desempeñar el desarrollo del sector privado local en el África subsahariana a la hora de empoderar a los países socios para que se fijen una senda hacia el desarrollo sostenible;

33.  Pide a la Comisión que informe anualmente sobre las iniciativas del Equipo Europa, tomando como base indicadores cuantitativos y cualitativos en el marco del IVCDCI – Europa Global, y evaluando al mismo tiempo los recursos movilizados, la planificación del desarrollo y el impacto, la armonización y la aplicación de las normas de la Unión, la perspectiva de la integración europea y la participación de los Estados miembros; insiste en que dichos informes se compartan con el Parlamento y se hagan públicos; resalta que el Parlamento tiene un papel clave que desempeñar de control de los objetivos políticos y los resultados esperados de las iniciativas del Equipo Europa, tanto a escala general como de proyecto, garantizando que estas trabajan junto a los mecanismos existentes y complementan, más que reemplazan, los programas indicativos plurianuales;

34.  Reitera que el control y el escrutinio institucionales de la financiación europea impulsan el debate democrático y ayuda a potenciar la credibilidad y la transparencia de la Unión; destaca el importante papel del Parlamento y su función de control en el marco del IVCDCI – Europa Global a este respecto; pide que se impongan obligaciones que garanticen una visibilidad adecuada de la aplicación de la AFED; pide a la Comisión que tome medidas adecuadas y oportunas cuando no se respeten dichas obligaciones; pide al Tribunal de Cuentas Europeo que elabore informes periódicos sobre la aplicación de la AFED, que se harán públicos y darán lugar a recomendaciones estratégicas, en particular sobre las medidas de mejora que deben tomarse; lamenta que el público en general no tenga suficiente información sobre la función de la Unión en el apoyo prestado a las comunidades locales, y anima a una mejor comunicación con el público;

35.  Pide a la Comisión y a las instituciones de la AFED que promuevan la transparencia en sus procedimientos de contratación pública; recuerda que las empresas de la Unión deben poder competir en igualdad de condiciones con las empresas establecidas en terceros países;

36.  Subraya que la obtención oportuna de información pertinente, coherente y comparable es esencial para medir los avances y los resultados reales, así como para determinar si la financiación del desarrollo de la Unión ha resultado eficaz y adicional a otro tipo de financiación; lamenta la ausencia de un marco unificado de notificación y medición de resultados con indicadores comparables para el FEDS+; anima a la Comisión a que desarrolle dicho marco para permitir una gestión armonizada de los resultados; pide a la Comisión que mantenga informado al Parlamento sobre el contenido y la aplicación de este marco;

37.  Espera con interés el informe especial del Tribunal de Cuentas Europeo sobre la programación de la ayuda al desarrollo, en el que se evaluará si la ayuda al desarrollo de la Unión para el período 2021-2027 se ha asignado con arreglo a una estrategia bien definida; destaca la importancia de evaluar la adicionalidad de la financiación combinada para determinar la eficacia de estos instrumentos a la hora de lograr resultados en materia de desarrollo y objetivos políticos basados en los valores de la Unión; pide al Tribunal de Cuentas Europeo que considere la posibilidad de realizar una evaluación de este tipo;

Financiación para el desarrollo

38.  Insiste en que los Estados miembros cumplan su compromiso de gastar el 0,7 % de su renta nacional bruta (RNB) en la AOD; manifiesta su preocupación por el hecho de que, en 2020, la AOD de las economías avanzadas solo representara una media del 0,32 % de su RNB —es decir, menos de la mitad del compromiso del 0,7 %, que solo han alcanzado cuatro Estados miembros—; destaca que el impacto de la agresión militar de Rusia en Ucrania en el gasto gubernamental en todo el mundo ejercerá una mayor presión sobre los presupuestos de ayuda, que ya son bajos; señala que los Estados miembros que se adhirieron a la Unión después de 2002 se comprometieron a esforzarse por elevar su AOD/RNB al 0,33 %; acoge con satisfacción los esfuerzos realizados hasta la fecha por estos y otros Estados miembros para aumentar gradualmente su gasto en AOD; les anima a seguir por esta senda; resalta el importante papel de la AOD como catalizador del cambio e impulsor de la movilización de otros recursos; considera que la Unión debe esforzarse para mantener su posición de líder mundial de AOD; recuerda que al menos el 93 % del gasto en el marco del IVCDCI – Europa Global debe cumplir los criterios de la AOD;

39.  Destaca la importancia del compromiso de la Unión de movilizar recursos para la acción por el clima y el papel del BEI y otros miembros de la AFED en el logro de progresos en este ámbito; toma nota del compromiso del Consejo de orientar la AFED hacia la consecución de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, los Objetivos de Desarrollo Sostenible y el Acuerdo de París, con el fin de limitar el calentamiento global a 1,5 °C; recuerda el objetivo mundial de invertir un 30 % en favor del clima en el marco del IVCDCI – Europa Global, así como el objetivo de invertir el 7,5 % del producto interior bruto a favor de la biodiversidad para 2024 recogido en el marco financiero plurianual; lamenta que la Comisión no haya asumido compromisos más específicos en su hoja de ruta en relación con los objetivos de la política climática y espera que lo remedie en un próximo documento de programación; pide que se prohíban todas las operaciones de financiación de los sectores que contribuyen a la crisis climática, principalmente la industria de los combustibles fósiles; reconoce que la AFED debe ser inclusiva para todas las regiones y países socios, al tiempo que reconoce que una parte considerable de la inversión se está canalizando hacia los Balcanes Occidentales y la vecindad oriental y meridional;

40.  Reconoce el papel de las microempresas, las pymes, las cooperativas, los modelos empresariales integradores y los institutos de investigación locales como motores del crecimiento, el empleo y la innovación local, que a su vez contribuirán a alcanzar los ODS; subraya la necesidad de simplificar el acceso a la financiación, reforzar la inclusividad y apoyar a los agentes más pequeños, en particular mejorando la accesibilidad a los datos públicos pertinentes disponibles; resalta que, por lo tanto, las pymes locales deben disponer de un acceso fácil a los servicios financieros en el marco de la AFED; observa que las políticas de la Unión deben alentar la cooperación entre compañías y empresas, en especial pymes, para desempeñar un papel activo en iniciativas que contribuyan al desarrollo sostenible en los países en desarrollo;

41.  Pide a la Comisión que establezca un vínculo entre las posibles actividades de reducción del riesgo y la ayuda financiera para mejorar el acceso a la educación y formación profesionales, en particular de cara al establecimiento de infraestructuras y formaciones adecuadas para los docentes, en el marco del IVCDCI – Europa Global, a fin de facilitar el logro del ODS 4;

42.  Señala la especial importancia de las inversiones de la Unión en el ámbito de la agricultura sostenible, incluidas las prácticas agroecológicas, en las que faltan inversiones públicas y privadas; hace hincapié en que los agricultores locales, los pequeños agricultores y las explotaciones familiares deben tener acceso a los servicios financieros y, en particular, a la microfinanciación;

43.  Señala que la falta de acceso al mercado debida a problemas de conectividad es uno de los principales obstáculos a la seguridad alimentaria en muchas regiones de África; considera que las inversiones de la Unión en este ámbito podrían tener un fuerte impacto;

44.  Toma nota de la solución de dos pilares para abordar los retos fiscales resultantes de la digitalización y la globalización de la economía, tal como han reconocido los miembros del Marco Inclusivo sobre la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios de la OCDE y el G-20; pide a la Unión y a los Estados miembros que garanticen la aplicación efectiva del tipo mínimo del impuesto sobre sociedades del 15 % acordado a escala mundial para las empresas multinacionales; resalta que, según las estimaciones, se prevé que los ingresos fiscales adicionales a escala mundial generados anualmente por este tipo mínimo sean de alrededor de 150 000 000 000 USD;

45.  Pide a la Comisión que promueva la cooperación internacional en materia fiscal para combatir la evasión de impuestos, los flujos financieros ilícitos y la corrupción, a fin de impulsar una financiación del desarrollo útil y sostenible que contribuya a reducir las desigualdades y la pobreza;

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46.  Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos y a las Naciones Unidas.

(1) DO C 25 de 30.1.2008, p. 1.
(2) DO C 210 de 30.6.2017, p. 1.
(3) DO C 494 de 8.12.2021, p. 80.
(4) DO C 132 de 24.3.2022, p. 88.
(5) DO L 209 de 14.6.2021, p. 1.
(6) DO L 209 de 14.6.2021, p. 1.

Última actualización: 1 de marzo de 2023Aviso jurídico - Política de privacidad