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Procedimiento : 2022/0252M(NLE)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A9-0193/2023

Textos presentados :

A9-0193/2023

Debates :

Votaciones :

PV 14/06/2023 - 10.2

Textos aprobados :

P9_TA(2023)0232

Textos aprobados
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Miércoles 14 de junio de 2023 - Estrasburgo
Acuerdo de Colaboración y Cooperación UE-Tailandia (Resolución)
P9_TA(2023)0232A9-0193/2023

Resolución no legislativa del Parlamento Europeo, de 14 de junio de 2023, sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración, en nombre de la Unión, del Acuerdo Marco Global de Colaboración y Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Tailandia, por otra (11908/2022 – C9-0429/2022 – 2022/0252M(NLE))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el proyecto de Decisión del Consejo (11908/2022),

–  Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 209 y el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), inciso iii), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C9-0429/2022),

–  Visto el proyecto de Acuerdo Marco Global de Colaboración y Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Tailandia, por otra(1),

–  Vistas las comunicaciones conjuntas de la Comisión y del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, de 16 de septiembre de 2021, titulada «Estrategia de la UE para la cooperación en la región indopacífica» (JOIN(2021)0024) y, de 1 de diciembre de 2021, titulada «La Pasarela Mundial» (JOIN(2021)0030),

–  Vistas sus Resoluciones, de 7 de junio de 2022, sobre la Unión y los desafíos en materia de seguridad en la región del Indopacífico(2) y, de 5 de julio de 2022, sobre la estrategia para la región indopacífica en el ámbito del comercio y la inversión(3),

–  Vista la declaración conjunta de los dirigentes acordada en la cumbre conmemorativa celebrada entre la Unión y la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (ASEAN) en Bruselas el 14 de diciembre de 2022,

–  Vista su Resolución, de 3 de octubre de 2017, sobre las relaciones políticas de la Unión con la ASEAN(4),

–  Visto el Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Económica Europea e Indonesia, Malasia, Filipinas, Singapur y Tailandia, países miembros de la Asociación de Naciones del Asia Sudoriental, firmado el 7 de marzo de 1980, que constituye el marco jurídico para las relaciones entre la Unión y la ASEAN(5),

–  Vistas sus Resoluciones, de 8 de octubre de 2015, sobre la situación en Tailandia(6), y de 6 de octubre de 2016, sobre Tailandia, en particular el caso de Andy Hall(7),

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 14 de octubre de 2019, sobre Tailandia,

–  Vista la 12.ª reunión interparlamentaria UE-Tailandia, celebrada en Singapur el 8 de diciembre de 2022,

–  Vistos la Convención de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967,

–  Vistos los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT),

–  Visto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 16 de diciembre de 1966, del que Tailandia es Estado Parte,

–  Visto el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 15 de diciembre de 1989, destinado a abolir la pena de muerte,

–  Vista la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas de 23 de diciembre de 2010,

–  Vistos la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de 10 de diciembre de 1984 y su Protocolo Facultativo,

–  Vista la Convención sobre los Derechos del Niño,

–  Visto el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional de 17 de julio de 1998,

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 22 de junio de 2022, titulada «El poder de las asociaciones comerciales: juntos por un crecimiento económico ecológico y justo» (COM(2022)0409),

–  Visto el artículo 105, apartado 2, de su Reglamento interno,

–  Vista la carta de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural,

–  Visto el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores (A9-0193/2023),

A.  Considerando que la región indopacífica alberga socios políticos, comerciales y de seguridad cada vez más importantes para la Unión, incluida Tailandia; que una región indopacífica libre, conectada, estable y basada en normas y el respeto del Derecho internacional, en línea con los principios y estándares europeos, es muy conveniente para la seguridad y los intereses de la Unión;

B.  Considerando que Tailandia es miembro fundador de la ASEAN; que la primera cumbre de la historia entre los dirigentes de los Estados miembros de la Unión y de la ASEAN, celebrada el 14 de diciembre de 2022, marcó cuarenta y cinco años de relaciones diplomáticas entre la Unión y la ASEAN y reafirmó el compromiso mutuo con su asociación estratégica;

C.  Considerando que las relaciones entre la Unión y Tailandia se basan en unos arraigados vínculos políticos, económicos y culturales;

D.  Considerando que la cooperación actual entre la Unión y Tailandia se basa en el Acuerdo de Cooperación entre la Unión y la ASEAN de 1980;

E.  Considerando que, en 2004, el Consejo autorizó a la Comisión a negociar un acuerdo de colaboración y cooperación (ACC) individual con Tailandia;

F.  Considerando que la Unión y Tailandia concluyeron las negociaciones sobre un ACC en marzo de 2013, pero que el golpe militar de Tailandia en 2014 interrumpió el proceso y por tanto retrasó las elecciones para constituir un Gobierno civil hasta 2019;

G.  Considerando que, tras las elecciones de marzo de 2019 en Tailandia, el Consejo declaró en sus conclusiones de octubre de 2019 que era conveniente que la Unión tomara medidas para ampliar su compromiso con Tailandia, preparándose para la firma del ACC a su debido tiempo;

H.  Considerando que las nuevas negociaciones sobre el ACC concluyeron el 11 de junio de 2022;

I.  Considerando que Tailandia es muy vulnerable al cambio climático y a la vez produce una cantidad relativamente importante de emisiones mundiales; que, en la 26.ª Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CP 26), Tailandia se comprometió a lograr la neutralidad en carbono de aquí a 2050;

J.  Considerando que la Unión y Tailandia aspiran a establecer una asociación moderna, amplia y mutuamente beneficiosa, basada en intereses y principios comunes; que reafirman a través del ACC su respeto de los principios democráticos, los derechos humanos y las libertades fundamentales, tal como recoge la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas de 1948;

K.  Considerando que Tailandia fue uno de los primeros países en firmar la Declaración Universal de Derechos Humanos, pero que su historial general en materia de derechos humanos sigue siendo problemático;

L.  Considerando que Tailandia ocupa el puesto 79 en el índice de desigualdad de género de 2021 y que las mujeres tailandesas siguen estando muy infrarrepresentadas en el empleo y en la política, aunque Tailandia haya cerrado la brecha de género en la educación superior al convertirse en el país del mundo con la mejor proporción entre estudiantes de género femenino y masculino;

M.  Considerando que el Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias ha registrado setenta y seis casos pendientes de desapariciones forzadas en Tailandia;

N.  Considerando que la pena de muerte sigue aplicándose en Tailandia, a pesar de que en su cuarto plan nacional de derechos humanos (2019-2023) se comprometió a avanzar hacia la abolición de la pena capital; que Tailandia no ha firmado el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos destinado a abolir la pena de muerte;

O.  Considerando que Tailandia no ha firmado la Convención de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 ni su Protocolo de 1967 y carece de un marco jurídico nacional para reconocer y ofrecer protección específica a los refugiados, en particular los procedentes de Myanmar/Birmania, que a menudo acaban confinados en campos o se enfrentan a detenciones arbitrarias, arrestos o devoluciones forzosas a su país de origen en contra del derecho de asilo y el principio de no devolución;

P.  Considerando que el Gobierno tailandés ha restringido recientemente los derechos fundamentales, en especial el derecho a la libertad de expresión y reunión, por ejemplo mediante la detención arbitraria de activistas en favor de la democracia y líderes de la oposición, y que en 2022 presentó un proyecto de ley para controlar estrictamente a todas las organizaciones de la sociedad civil;

Q.  Considerando que Tailandia todavía no ha ratificado los convenios fundamentales de la OIT, a saber, el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación y el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva; que, en la práctica, los dirigentes sindicales y los trabajadores se enfrentan rutinariamente a cargos penales o son despedidos por su actividad sindical; que más de dos millones de trabajadores migrantes en el país sufren discriminación y no disfrutan de los mismos derechos laborales que los trabajadores locales, incluido el derecho de sindicación;

R.  Considerando que en el mar de China Meridional faena más de la mitad de los buques pesqueros del mundo y que representa por sí solo alrededor del 12 % de la pesca mundial; que la Unión mantiene un diálogo con Tailandia y ha creado un grupo de trabajo sobre la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) en el país; que, a pesar de las reformas emprendidas por el Gobierno en el sector pesquero, muchos trabajadores migrantes en Tailandia siguen siendo objeto de trabajo forzoso;

S.  Considerando que Tailandia es el primer productor mundial de conservas de atún y principal competidor de la industria de la Unión en este sector; que un acuerdo de libre comercio con Tailandia podría suponer una seria amenaza para la industria de conservas de pescado y mariscos de la Unión, que es fundamental en varias regiones costeras por su importante papel en la creación de empleo y prosperidad y por ser un sector intensivo en mano de obra femenina;

T.  Considerando que la Unión es el tercer mayor socio comercial de la ASEAN y que esta lo es a su vez de la Unión; que la Unión es el segundo mayor inversor en Tailandia y su cuarto mayor socio comercial;

U.  Considerando que las negociaciones entre la Unión y Tailandia sobre un acuerdo bilateral de libre comercio comenzaron en 2013, pero que la Unión las suspendió en 2014; que la Unión y Tailandia reanudaron las negociaciones el 15 de marzo de 2023;

Compromiso de la Unión en la región indopacífica

1.  Destaca que Tailandia es un socio importante de la región indopacífica, que se ha convertido en una de las prioridades geopolíticas de la Unión;

2.  Subraya que la Unión está comprometida con una región indopacífica libre, abierta y basada en normas; reitera que la nueva estrategia de la Unión para la región indopacífica debe aplicarse rápidamente para ofrecer a nuestros socios de la región la oportunidad de abordar juntos los retos comunes, defender el orden internacional basado en normas y defender los valores y principios comunes de la Unión y la ASEAN; aboga por una cooperación más estrecha con los países de la región, en particular los países de la ASEAN;

3.  Reitera el valor político de unas relaciones bilaterales sólidas, basadas en valores y principios comunes, entre la ASEAN y la Unión en general, y entre Tailandia y la Unión en particular; acoge con satisfacción la cumbre celebrada en diciembre de 2022 entre la Unión y la ASEAN y el compromiso de seguir fortaleciendo esta asociación estratégica;

4.  Reitera su llamamiento a favor de la rápida aplicación de la estrategia Pasarela Mundial (Global Gateway) de la Unión en coordinación con la estrategia para la región indopacífica; hace hincapié en la centralidad geopolítica de este enfoque, que integra dimensiones orientadas al desarrollo sostenible, transformadoras, de mejora de la resiliencia y basadas en valores en un enfoque Equipo Europa; acoge con satisfacción el anuncio de un paquete financiero de 10 000 000 000 EUR para acelerar las inversiones en infraestructuras en los países de la ASEAN con el objetivo de construir una nueva asociación económicamente sostenible, en particular en lo que respecta a la transición ecológica y la conectividad sostenible;

5.  Señala que la región de la ASEAN es una de las más vulnerables a los efectos del cambio climático; destaca la Iniciativa Verde del Equipo Europa para apoyar la transición ecológica en los países de la ASEAN; destaca, además, la importancia del papel de Tailandia como coordinadora de la ASEAN para la cooperación a favor del desarrollo sostenible;

6.  Observa que el apoyo de los socios de la región indopacífica ha sido y sigue siendo muy valioso en lo que respecta a la votación en la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la guerra injustificada, no provocada e ilegal de Rusia contra Ucrania; acoge con satisfacción el hecho de que Tailandia haya votado a favor de las resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas que condenan la agresión de Rusia contra Ucrania y aprecia la ayuda humanitaria proporcionada por Tailandia a Ucrania; anima a Tailandia a promover el respeto del Derecho internacional, apoyar a Ucrania y adoptar una posición clara contra la guerra de agresión rusa, también en el marco de la ASEAN;

ACC UE-Tailandia

7.  Reafirma la importancia que la Unión concede a las relaciones con Tailandia; acoge con satisfacción la celebración del ACC, que proporcionará un marco jurídico para mejorar las arraigadas relaciones políticas y económicas bilaterales y la colaboración en cuestiones de interés mundial, y que representa un paso importante para que la Unión refuerce su papel en la región indopacífica;

8.  Señala que el ACC es un acuerdo global y moderno que permitirá desarrollar nuevos modelos de crecimiento y desarrollo sostenibles y responder mejor a los retos actuales en un gran número de ámbitos políticos, como el medio ambiente, la energía, el cambio climático, el transporte, la ciencia y la tecnología, el comercio, el empleo y los asuntos sociales, los derechos humanos, la educación, la agricultura, la migración, la cultura, la no proliferación nuclear, la lucha contra el terrorismo y la lucha contra la corrupción y la delincuencia organizada;

9.  Expresa su esperanza de que la celebración del ACC dé un fuerte impulso a la cooperación entre la Unión y Tailandia en beneficio de toda la ciudadanía, los residentes, las empresas y otras partes interesadas de la Unión y Tailandia; pide que todos los ciudadanos de la Unión puedan viajar a Tailandia sin visado; apoya la labor para conseguir un acuerdo que permita viajar a los ciudadanos tailandeses a la Unión sin necesidad de visado;

10.  Acoge con satisfacción que Tailandia haya adoptado un Plan de Acción Nacional sobre Empresas y Derechos Humanos, lo que lo convierte en el primer país de la región Asia-Pacífico en incorporar dicho plan, y pide su aplicación efectiva;

11.  Pide a las partes que se comprometan a apoyar la aplicación y el cumplimiento de la legislación nacional sobre diligencia debida de las empresas y responsabilidad corporativa, que acuerden obligaciones más específicas a la luz de las evaluaciones de impacto sobre la sostenibilidad, que intercambien información pertinente —por ejemplo sobre el número de investigaciones, controles y medidas de ejecución— y que proporcionen formación o asistencia técnica a las empresas en materia de diligencia debida y responsabilidad corporativa;

12.  Destaca que las partes acuerdan cooperar en ámbitos de interés mutuo en todos los ámbitos de la ciencia, la tecnología y la innovación; acoge con satisfacción la firma, el 9 de septiembre de 2022, de un acuerdo administrativo para la colaboración entre la Unión y Tailandia en materia de investigación de frontera;

13.  Destaca el objetivo común de las partes de reforzar la respuesta mundial al cambio climático y sus efectos, así como de mejorar la cooperación en materia de políticas para contribuir a mitigar el cambio climático de conformidad con el Acuerdo de París; hace hincapié en el compromiso de las partes de aplicar eficazmente la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Acuerdo de París;

14.  Destaca que Tailandia es el noveno país del mundo más afectado por el cambio climático; acoge con satisfacción el hecho de que, en la CP 26, Tailandia se haya comprometido a mejorar su contribución determinada a nivel nacional con el objetivo de reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero en un 30 % de aquí a 2030; celebra, a este respecto, que el país adoptara en 2022 una estrategia a largo plazo revisada para un desarrollo con bajas emisiones de gases de efecto invernadero;

15.  Hace hincapié en los esfuerzos de las partes por mejorar la cooperación en el sector de la energía, en particular en lo que se refiere al acceso a servicios energéticos asequibles y sostenibles, el desarrollo de formas de energía sostenibles y renovables y el fomento de la generación de electricidad con bajas emisiones de carbono para impulsar la transición hacia una energía limpia; anima a ambas partes a intensificar los esfuerzos para hacer frente a los efectos del cambio climático mediante la adopción y aplicación de políticas climáticas más eficaces para la transición energética y la descarbonización;

16.  Subraya que Tailandia se enfrenta a una degradación medioambiental cada vez mayor en muchas regiones, como refleja especialmente la pérdida de biodiversidad y la disminución de las poblaciones de especies silvestres, la deforestación, la desertificación, la escasez de agua y la contaminación del aire y del agua; insta a las partes a que cooperen para hacer frente a estos retos;

17.  Acoge con satisfacción la inclusión en el ACC de disposiciones sobre cooperación en materia de sistemas alimentarios sostenibles; destaca que el sector agrícola es un ámbito muy sensible tanto para Tailandia como para la Unión;

18.  Considera que la Unión debe mantener su compromiso con la pesca sostenible en la región indopacífica y reforzar su cooperación con Tailandia en la lucha contra la sobrepesca, la sobrecapacidad y la pesca INDNR en la región indopacífica;

19.  Reitera su petición a la Comisión de que tenga en cuenta que un acuerdo bilateral de libre comercio entre la Unión y Tailandia debe ir precedido por rigurosos estudios de impacto sobre la sostenibilidad y un análisis detallado de las posibles repercusiones económicas, sociales y medioambientales;

20.  Reitera su petición a la Comisión de incluir en el marco de posibles negociaciones comerciales con Tailandia las conservas de pescado y mariscos como «productos sensibles»;

21.  Acoge con satisfacción el hecho de que el ACC apoye los intercambios interpersonales, como la movilidad académica en el marco del programa Erasmus+, y los intercambios de mejores prácticas en materia de políticas y trabajo en el ámbito de la juventud;

22.  Celebra el hecho de que el ACC apoye la cooperación en la promoción de la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres; acoge con satisfacción la legislación tailandesa adoptada para promover los derechos de las mujeres, incluida la Ley de Igualdad de Género de 2015; pide a las autoridades tailandesas que redoblen sus esfuerzos de aplicación, así como los esfuerzos por combatir la violencia de género y empoderar a las mujeres y las niñas, en particular a las migrantes, las mujeres de zonas rurales y las mujeres pertenecientes a minorías, de conformidad con el artículo 21 del ACC;

23.  Destaca que el artículo 1, apartado 1, del ACC establece que los derechos humanos y el respeto de los principios democráticos, el Estado de Derecho y la buena gobernanza constituyen elementos esenciales del acuerdo;

24.  Expresa su preocupación por la violenta represión ejercida contra manifestantes pacíficos en Tailandia en 2020 y 2021; pide a las autoridades tailandesas que investiguen las violaciones de los derechos humanos cometidas contra los manifestantes; insta a las autoridades tailandesas a que liberen a los presos detenidos arbitrariamente por ejercer su derecho de reunión pacífica;

25.  Pide al Gobierno tailandés que respete el papel de las organizaciones de la sociedad civil, los defensores de los derechos humanos, los defensores de la democracia, los activistas de la sociedad civil, los periodistas y otros, que garantice la libertad de expresión y reunión, que revise la Ley de Lesa Majestad del país y que libere sin demora a todas las personas detenidas en virtud de esta ley, y que revise su proyecto de Ley sobre el Funcionamiento de las Organizaciones sin Ánimo de Lucro de 2021, su Ley sobre Delitos Informáticos y su Ley penal sobre Difamación, en consonancia con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que Tailandia ha firmado y ratificado;

26.  Toma nota de la mayor protección que la Ley de Igualdad de Género de 2015 brinda al colectivo LGBTI; pide a Tailandia que trabaje para promover y proteger plenamente los derechos del colectivo LGBTI;

27.  Expresa su profunda preocupación por el hecho sin precedentes de que las disposiciones sobre lesa majestad se estén aplicando a menores y pide a Tailandia que cumpla sus obligaciones internacionales en virtud de la Convención sobre los Derechos del Niño, que el país ha ratificado;

28.  Acoge con satisfacción la aprobación por parte de Tailandia en 2022 de la Ley de Prevención y Represión de la Tortura y las Desapariciones Forzadas como un hito fundamental en la lucha contra la tortura, los malos tratos y las desapariciones forzadas en el país; lamenta que, el 14 de febrero de 2023, el Gobierno tailandés aprobara un decreto por el que se aplazaba la aplicación de ciertas partes de la ley de febrero a octubre de 2023; pide su rápida entrada en vigor y su aplicación plena y efectiva; insta a Tailandia a ratificar la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas sin mayor demora;

29.  Reitera su llamamiento a Tailandia para que adopte medidas concretas hacia la abolición de la pena de muerte, también mediante la firma y ratificación del Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos destinado a abolir la pena de muerte; destaca la importancia de la declaración conjunta sobre el artículo 23 del ACC para garantizar que no se dicten o ejecuten sentencias de muerte en el futuro;

30.  Pide a Tailandia que firme y ratifique la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su protocolo de 1967; insta a las autoridades tailandesas a que pongan fin de inmediato a las deportaciones de rohinyás y uigures y otros solicitantes de asilo, que constituyen una violación flagrante de las obligaciones internacionales fundamentales que son vinculantes en Tailandia, en particular el principio de no devolución; acoge con satisfacción los programas de ayuda humanitaria de la Unión que proporcionan servicios de protección y asistencia sanitaria a los refugiados rohinyás que viven en campos de refugiados tailandeses;

31.  Reconoce los esfuerzos realizados por el Gobierno tailandés para hacer frente a las violaciones de los derechos humanos relacionadas con la trata de seres humanos y el trabajo forzoso; sigue preocupado, no obstante, por las condiciones laborales de los trabajadores migrantes;

32.  Acoge con satisfacción el acuerdo de las partes de cooperar y prestar asistencia técnica con vistas a trabajar en pro de la ratificación y aplicación de los convenios fundamentales de la OIT; pide a Tailandia que ratifique los Convenios n.º 87, n.º 98 y n.º 155 de la OIT, garantice efectivamente los derechos de los trabajadores a organizarse y a la huelga, y reconozca los mismos derechos para todos los trabajadores, independientemente de su país de origen, así como que coopere con la Unión en la promoción de la ratificación y aplicación de otros convenios más recientes de la OIT;

33.  Anima a Tailandia a ratificar el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional de conformidad con el artículo 5 del ACC y la declaración conjunta relativa a dicho artículo;

34.  Reitera que, cuando una de las partes considere que la otra ha incumplido alguna de las obligaciones que le incumben en virtud del ACC, en especial en lo que respecta a sus elementos esenciales, podrá adoptar las medidas oportunas e incluso suspender el acuerdo;

35.  Señala que, con la reanudación de las negociaciones sobre un acuerdo de libre comercio, la Comisión pretende impulsar el comercio y la inversión abordando el acceso al mercado de bienes, servicios, inversiones y contratación pública, así como promover unos procedimientos sanitarios y fitosanitarios rápidos y eficaces, proteger los derechos de propiedad intelectual y eliminar los obstáculos al comercio digital y al comercio de energía y materias primas, apostando al mismo tiempo por una elevada protección de los derechos de los trabajadores y del medio ambiente y la consecución de objetivos climáticos ambiciosos;

36.  Recuerda que el artículo 1, apartado 2, del ACC confirma el compromiso de las partes de promover el desarrollo sostenible en todas sus dimensiones, cooperar para hacer frente a los retos del cambio climático y la globalización y contribuir a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible; destaca el nuevo enfoque de la Comisión a este respecto tal y como se expone en la Comunicación de la Comisión, de 22 de junio de 2022, titulada «El poder de las asociaciones comerciales: juntos por un crecimiento económico ecológico y justo»;

37.  Subraya que se deben tener en cuenta las preocupaciones en materia de derechos humanos en las negociaciones con Tailandia;

38.  Destaca que los acuerdos de libre comercio de la Unión incluyen la denominada «cláusula de no ejecución», que prevé la suspensión de las preferencias comerciales en caso de violación de los elementos esenciales de los ACC;

o
o   o

39.  Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, así como al Gobierno y al Parlamento del Reino de Tailandia.

(1) DO L 330 de 23.12.2022, p. 72.
(2) DO C 493 de 27.12.2022, p. 32.
(3) DO C 47 de 7.2.2023, p. 15.
(4) DO C 346 de 27.9.2018, p. 44.
(5) DO L 144 de 10.6.1980, p. 2.
(6) DO C 349 de 17.10.2017, p. 26.
(7) DO C 215 de 19.6.2018, p. 37.

Última actualización: 10 de octubre de 2023Aviso jurídico - Política de privacidad