Resolución del Parlamento Europeo, de 13 de julio de 2023, sobre la India, la situación en Manipur (2023/2781(RSP))
El Parlamento Europeo,
– Vistos el artículo 144, apartado 5, y el artículo 132, apartado 4, de su Reglamento interno,
A. Considerando que los violentos enfrentamientos que han tenido lugar entre las comunidades étnicas meitei y kuki en Manipur desde el 3 de mayo de 2023 han causado al menos 120 muertos y 50 000 desplazados y han destruido más de 1 700 viviendas, más de 250 iglesias y varios templos y escuelas; que la intolerancia hacia las minorías religiosas y de creencias, también hacia los cristianos, contribuye a la violencia;
B. Considerando la preocupación que suscitan las controvertidas medidas de carácter político en defensa de la preponderancia de la mayoría hindú, así como el aumento de la actividad de los grupos militantes;
C. Considerando que los testimonios que refieren una implicación partidista de las fuerzas de seguridad en los asesinatos han aumentado la desconfianza hacia las autoridades;
D. Considerando que el Gobierno del Estado de Manipur ha impuesto un toque de queda y ha dictado órdenes de disparar sin previo aviso para hacerlo respetar, y ha cortado internet, obstaculizando gravemente la recopilación y transmisión de información por parte de los medios de comunicación y los grupos de la sociedad civil;
E. Considerando que el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos ha pedido a la India que salvaguarde los derechos de los defensores de los derechos humanos, al tiempo que ha expresado su preocupación por la reducción del espacio de la sociedad civil;
1. Insta encarecidamente a las autoridades indias a que adopten todas las medidas necesarias y hagan todos los esfuerzos posibles para detener de inmediato la actual violencia étnica y religiosa, proteger a todas las minorías religiosas, como la comunidad cristiana de Manipur, y prevenir nuevas escaladas;
2. Pide a todas las partes que actúen con moderación e insta a los dirigentes políticos a que cesen en sus declaraciones incendiarias, restablezcan la confianza y desempeñen un papel imparcial en la mediación de las tensiones; denuncia en los términos más enérgicos toda retórica nacionalista; pide que no se penalice a quienes critican la conducta del Gobierno;
3. Anima al Gobierno central de la India y a todos los actores políticos y líderes religiosos a adoptar medidas urgentes para restablecer la calma y garantizar un diálogo inclusivo en el que participen la sociedad civil y las comunidades afectadas;
4. Pide a las autoridades que permitan investigaciones independientes sobre la violencia, que luchen contra la impunidad y que pongan fin al corte de internet; pide a las autoridades que concedan libre acceso a los proveedores de ayuda humanitaria, los observadores internacionales y los periodistas;
5. Pide al Gobierno central que derogue la ley relativa a los poderes especiales de las fuerzas armadas, que es ilegal, en consonancia con las recomendaciones del Examen Periódico Universal de las Naciones Unidas, y que se atenga a los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley;
6. Reitera su llamamiento en favor de la integración de los derechos humanos en todos los ámbitos de la asociación entre la Unión y la India, también en el comercio;
7. Pide que se refuerce el diálogo sobre derechos humanos entre la Unión y la India; insta al AR/VP, a la Comisión y a los Estados miembros a que de forma sistemática y pública aborden cuestiones de derechos humanos con la India, al más alto nivel, en particular en lo que respecta a la libertad de expresión, a la libertad religiosa y a la reducción del espacio para la sociedad civil, y apoya a la Delegación de la Unión en Deli en esta labor;
8. Pide que se organice un diálogo periódico entre el Parlamento Europeo y el Parlamento de la India;
9. Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a los Estados miembros y a las autoridades indias.