Resolución del Parlamento Europeo, de 19 de octubre de 2023, sobre el Estado de Derecho en Malta: seis años desde el asesinato de Daphne Caruana Galizia y la necesidad de proteger a los periodistas (2023/2901(RSP))
El Parlamento Europeo,
– Vistos los artículos 2, 4, 5, 6, 7, 9 y 10 del Tratado de la Unión Europea (TUE),
– Visto el artículo 20 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Vistos los artículos 6, 7, 8, 10, 11, 12 y 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Carta»),
– Vistas sus Resoluciones, de 15 de noviembre de 2017, sobre el Estado de Derecho en Malta(1), de 28 de marzo de 2019, sobre la situación del Estado de Derecho y lucha contra la corrupción en la UE, en particular en Malta y Eslovaquia(2), de 18 de diciembre de 2019, sobre el Estado de Derecho en Malta tras las recientes revelaciones sobre el asesinato de Daphne Caruana Galizia(3), de 29 de abril de 2021, sobre el asesinato de Daphne Caruana Galizia y el Estado de Derecho en Malta(4), y de 20 de octubre de 2022, sobre el Estado de Derecho en Malta: cinco años tras el asesinato de Daphne Caruana Galizia(5),
– Vistos las audiencias, los intercambios de puntos de vista y las visitas de delegación efectuados por el Grupo de Seguimiento de la Democracia, el Estado de Derecho y los Derechos Fundamentales de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior desde el 15 de noviembre de 2017,
– Vistos los intercambios de cartas entre la presidenta del Grupo de Seguimiento de la Democracia, el Estado de Derecho y los Derechos Fundamentales y el primer ministro de Malta,
– Vista la Resolución 2293 (2019) de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, de 26 de junio de 2019, sobre el asesinato de Daphne Caruana Galizia y el Estado de Derecho en Malta y otros países, y garantizar que se conozca toda la verdad,
– Visto el informe sobre el seguimiento de la Resolución 2293 (2019) de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, aprobado por la Comisión de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos de la Asamblea Parlamentaria el 8 de diciembre de 2020,
– Visto el dictamen n.º 993/2020 de la Comisión de Venecia, de 8 de octubre de 2020, sobre diez actos y proyectos de ley de ejecución de propuestas legislativas objeto del dictamen CDL-AD(2020)006,
– Visto el informe de la comisaria para los Derechos Humanos del Consejo de Europa tras su visita a Malta del 11 al 16 de octubre de 2021,
– Vista la carta de la comisaria para los Derechos Humanos del Consejo de Europa al primer ministro de Malta, de 23 de septiembre de 2022, y la respuesta de este, de 4 de octubre de 2022,
– Vistas las cartas de la comisaria para los Derechos Humanos del Consejo de Europa al primer ministro y al presidente de la Cámara de Representantes de Malta, de 26 de septiembre de 2023, y sus respectivas respuestas,
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 5 de julio de 2023, titulada «Informe sobre el Estado de Derecho en 2023» (COM(2023)0800),
– Visto el informe de misión de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior a raíz de la visita de su delegación sobre el Estado de Derecho a La Valeta (Malta), del 23 al 25 de mayo de 2022,
– Visto el artículo 132, apartado 2, de su Reglamento interno,
A. Considerando que la Unión se fundamenta en los valores comunes consagrados en el artículo 2 del TUE, esto es, el respeto de la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad, el Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías, que son valores comunes a los Estados miembros y que deben asumir los países candidatos si desean adherirse a la Unión como parte de los criterios de Copenhague, que no pueden ignorarse o reinterpretarse después de la adhesión; que la democracia, el Estado de Derecho y los derechos fundamentales son valores que se refuerzan mutuamente y cuya erosión puede suponer una amenaza sistémica para la Unión y los derechos y las libertades de sus ciudadanos;
B. Considerando que el Estado de Derecho, el respeto de la democracia, los derechos humanos, las libertades fundamentales y los valores y principios consagrados en los Tratados de la Unión y los instrumentos internacionales de derechos humanos son obligaciones que incumben a la Unión y sus Estados miembros y que deben ser observadas;
C. Considerando que la Carta forma parte del Derecho primario de la Unión; que la libertad de expresión y la libertad y el pluralismo de los medios de comunicación están consagrados en el artículo 11 de la Carta y en el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH);
D. Considerando que la independencia del poder judicial se consagra en el artículo 19, apartado 1, del TUE, el artículo 47 de la Carta y el artículo 6 del CEDH, y es esencial para poner fin a la impunidad de los delitos contra los periodistas y garantizar su seguridad y protección; que, para evitar la impunidad, los Estados miembros tienen la obligación de adoptar todas las medidas necesarias para llevar ante la justicia a los autores de delitos contra periodistas y otros agentes de los medios de comunicación; que un sistema judicial independiente y eficiente, así como la adopción y plena aplicación de medidas para garantizar la libertad de los medios de comunicación, la libertad de expresión, el derecho de acceso a la información y la protección de los periodistas y los profesionales de los medios de comunicación, son ingredientes esenciales para promover y crear un entorno propicio para un periodismo libre e independiente;
E. Considerando que, tanto en la Unión como en terceros países, los periodistas, en particular, aunque no exclusivamente, los periodistas de investigación, son cada vez más frecuentemente objetivo de las denominadas demandas estratégicas contra la participación pública, cuya finalidad no es lograr una victoria jurídica, sino ejercer presión económica, psicológica y temporal sobre los periodistas con el único propósito de frustrar su trabajo, evitar el control público e impedir que las autoridades rindan cuentas; que ello tiene un efecto disuasorio en la libertad de los medios de comunicación; que la comisaria para los Derechos Humanos del Consejo de Europa ha advertido de que «el acceso a la información en Malta sigue viéndose obstaculizado», sugiriendo que existe «un patrón de confidencialidad injustificada en las instituciones públicas en relación con la información que podría tener un interés público significativo»;
F. Considerando que hay periodistas que han sido objetivo de programas espía como Pegasus y Predator; que, según la comisaria para los Derechos Humanos del Consejo de Europa, Dunja Mijatović, «los programas espía altamente intrusivos son una amenaza para la esencia de los derechos humanos» y no deben considerarse necesarios ni proporcionados en una sociedad democrática; que la utilización de programas espía contra los periodistas pone en peligro la confidencialidad de sus fuentes y, con ello, el funcionamiento y la credibilidad de uno de los pilares más importantes de nuestras sociedades democráticas, a saber, el libre acceso a la información para todos y la promoción de un entorno mediático pluralista; que las instituciones de la Unión y los Estados miembros deben seguir sin demora las recomendaciones del informe de la Comisión de Investigación Encargada de Examinar el Uso del Programa Espía de Vigilancia Pegasus y Otros Programas Equivalentes;
G. Considerando que, en el informe sobre el Estado de Derecho en 2023, la Comisión ha subrayado que no se han producido más avances en cuanto al acceso a los documentos oficiales, teniendo en cuenta las normas europeas sobre la protección de los periodistas, y que los periodistas malteses «siguen enfrentándose a dificultades en el ejercicio de su profesión»;
H. Considerando que los Estados miembros deben instar a la creación de mecanismos de alerta temprana y respuesta rápida a fin de garantizar que los periodistas y otros agentes de los medios de comunicación tengan acceso inmediato a medidas de protección cuando se encuentren amenazados; que tales mecanismos deben someterse a una supervisión significativa de la sociedad civil y garantizar la protección de los denunciantes y las fuentes que deseen permanecer en el anonimato; que la Ley de protección de denunciantes de irregularidades de Malta (capítulo 529 de la legislación maltesa) se actualizó en 2021 para transponer la Directiva (UE) 2019/1937 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión(6);
I. Considerando que Daphne Caruana Galizia, periodista de investigación y bloguera maltesa dedicada a la lucha contra la corrupción, fue asesinada en un atentado con coche bomba el 16 de octubre de 2017; que fue objeto de acoso y numerosas amenazas;
J. Considerando que las investigaciones sobre el asesinato dirigidas por las autoridades maltesas y con la asistencia de Europol han dado lugar a la identificación, la inculpación y un juicio en curso de varios sospechosos y del posible autor intelectual del asesinato; que uno de los condenados por el asesinato de Daphne Caruana Galizia fue fotografiado en público en la celebración de un bautizo familiar en febrero de 2023; que la comisaria para los Derechos Humanos del Consejo de Europa señaló el 26 de septiembre de 2023 que «no se han obtenido resultados significativos para llevar ante la justicia a todos los responsables del asesinato de Daphne Caruana Galizia»;
K. Considerando que se recurrió a los Emiratos Árabes Unidos para ocultar transacciones supuestamente relacionadas con la corrupción que Daphne Caruana Galizia estaba destapando en el momento de su asesinato;
L. Considerando que el Departamento de Estado de los Estados Unidos ha señalado al jefe de gabinete del ex primer ministro de Malta y al antiguo ministro de Turismo, anteriormente ministro de Energía, y sus familias por su participación en una corrupción significativa, por lo que se les ha prohibido entrar en los Estados Unidos;
M. Considerando que no se han producido avances en los procedimientos judiciales contra altos cargos de Pilatus Bank y los antiguos socios de la empresa actualmente desaparecida Nexia BT y la corrupción relacionada con el contrato con ElectroGas que Daphne Caruana Galizia estaba investigando en el momento de su asesinato y que se abordó en la Resolución del Parlamento de 20 de octubre de 2022;
N. Considerando que el Estado de Derecho no se ve amenazado únicamente por marcos jurídicos inadecuados, sino también por la cultura de impunidad propiciada por el mantenimiento de controles y equilibrios institucionales deficientes que promueven las injerencias políticas y obstaculizan su aplicación efectiva, sin los cuales no es posible enjuiciar eficazmente los casos de corrupción;
O. Considerando que, a finales de 2019, se inició una investigación pública independiente sobre el asesinato de Daphne Caruana Galizia a raíz de una solicitud de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, que concluyó finalmente su trabajo el 29 de julio de 2021; que la junta de investigación pública hizo público su informe final con una serie de conclusiones y recomendaciones sobre el refuerzo del Estado de Derecho, el respeto de la libertad de prensa, la libertad de expresión y la protección de los periodistas, sobre la reforma jurídica en el nivel constitucional y sobre las propuestas legislativas relativas a la libertad de los medios de comunicación; que dicha investigación pública también señaló que, si bien no había pruebas de que el Estado como tal tuviera algún papel en el asesinato de Daphne Caruana Galizia, el Estado debía asumir la responsabilidad del asesinato al haber creado un clima de impunidad, generado desde los niveles más elevados en el centro de la administración de Castilla y extendiendo sus tentáculos a otras entidades, como las instituciones reguladoras y la policía, que condujeron al colapso del Estado de Derecho; que las pruebas presentadas en la investigación pública revelaron una amplia cultura de impunidad no solo para los altos cargos de la administración pública, incluidas las personas de confianza, sino también para un círculo restringido de políticos, empresarios y delincuentes;
P. Considerando que periodistas de investigación malteses han sacado a la luz un escándalo que implicaba la compra de votos de partidarios descontentos del Gobierno, persuadiéndolos mediante documentos oficiales falsificados, incluidos certificados médicos falsos; que, a continuación, los intermediarios y quienes realizaban amaños buscaban sobornos y extorsionaban a los beneficiarios directos de los pagos; que la Asociación de Empresarios de Malta afirmó que ocultar estos escándalos con el pretexto de que se trata del funcionamiento normal del sistema político es inaceptable y envía un mensaje peligroso a todos los sectores de la sociedad maltesa; que los intermediarios y quienes realizaban amaños en el partido gobernante siguen estando protegidos de la acción judicial; que estos incidentes ponen de manifiesto que siguen existiendo graves problemas de gobernanza en Malta y que esto afecta a la vida de las personas en Malta, así como a la reputación internacional del país;
Q. Considerando que periodistas de investigación malteses han revelado otro escándalo que implicaba el tráfico de influencias de funcionarios públicos que concedían permisos de conducción en función de la afiliación política del receptor; que no se ha enjuiciado a ninguno de los altos funcionarios que transmitieron nombres que debían recibir un trato preferencial;
R. Considerando que las pruebas filtradas indican que los datos en poder del partido gobernante sobre las preferencias de voto de la población se utilizaban para denegar servicios públicos y discriminar sistemáticamente a los ciudadanos; que el comisario de Protección de Datos de Malta ha iniciado una investigación sobre el abuso sistemático de los datos privados de los ciudadanos;
S. Considerando que el primer ministro maltés ha restado importancia a los actos de corrupción institucionalizada de tal manera que se sigue afianzando la cultura de impunidad de los funcionarios públicos supuestamente implicados en los escándalos;
T. Considerando que, en septiembre de 2023, la policía interrogó a activistas de la sociedad civil tras celebrar protestas contra el organismo nacional de radiodifusión, cuyo presidente estaba implicado en los escándalos pero sigue sin ser procesado; que organizaciones no gubernamentales y representantes de la sociedad civil han acusado de censura al organismo público nacional de radiodifusión; que la puntuación de Malta en el Índice de Percepción de la Corrupción de Transparencia Internacional asciende actualmente a 51, tres puntos inferior al año anterior, y que, según Transparencia Internacional, una de las principales razones de ello es la injerencia política en los medios de comunicación públicos; que, en febrero de 2023, el Tribunal Constitucional dictaminó que la Autoridad de Radiodifusión tiene el deber constitucional de garantizar de oficio y de forma proactiva y diligente la imparcialidad en la radiodifusión;
U. Considerando que el Gobierno de Malta ha propuesto una serie de reformas para abordar algunas de las recomendaciones de la investigación pública, incluidos proyectos de actos legislativos para reforzar la libertad de los medios de comunicación y una propuesta de ley contra las demandas estratégicas contra la participación pública; que la comisaria para los Derechos Humanos del Consejo de Europa ha instado a los diputados al Parlamento maltés a rechazar las propuestas del Gobierno porque «ignoraban en gran medida» las contribuciones de agentes nacionales e internacionales; que la comisaria ha criticado al Gobierno maltés por omitir «la transparencia y la consulta exhaustiva que exige la gravedad de la situación»;
V. Considerando que el último instrumento de seguimiento del pluralismo en los medios de comunicación calificó de alto el riesgo para la autonomía editorial y la independencia política y ha reevaluado el riesgo general para el pluralismo de los medios de comunicación en Malta, subiéndolo de medio a alto;
W. Considerando que la Clasificación Mundial de la Libertad de Prensa de Reporteros sin Fronteras de 2023 puso de manifiesto el empeoramiento del panorama de los medios de comunicación nacionales, y que Malta ocupa el puesto 84 de un total de 180, lo que supone un descenso de seis posiciones en comparación con 2022, y que, según el mismo informe, el marco jurídico y reglamentario nacional no permite a los periodistas ejercer sus derechos;
X. Considerando que el canal de noticias maltés The Shift News se ha enfrentado a cuarenta demandas estratégicas contra la participación pública (DECPP) independientes, interpuestas por las autoridades públicas contra solicitudes de libertad de información sobre el gasto público relacionado con los medios de comunicación independientes, y que The Shift News ha ganado todos los procedimientos concluidos, pero a un elevadísimo coste;
Y. Considerando que, según la Coalition Against SLAPPs in Europe (Coalición Contra las DECPP en Europa), el número de casos de estas demandas en Europa aumentó en 2022 hasta alcanzar un récord de 161 casos documentados; que, según los mismos resultados, Malta registró el mayor número de DECPP per cápita, con 19,93 casos por cada 100 000 personas; que Daphne Caruana Galizia se había enfrentado ya a 43 demandas civiles y cinco penales antes de su asesinato;
Z. Considerando que, no obstante, se siguen ignorando las recomendaciones del Grupo de Estados contra la Corrupción, como señaló la comisaria para los Derechos Humanos del Consejo de Europa;
AA. Considerando que los esfuerzos por proteger el periodismo no pueden tener éxito sin un esfuerzo a partes iguales para luchar contra la corrupción y el blanqueo de capitales, y que, sin una prensa fuerte y pluralista, la lucha contra la corrupción y el blanqueo de capitales está condenada al fracaso;
1. Rinde homenaje a Daphne Caruana Galizia, seis años después de su asesinato, y a su trabajo esencial de denuncia de la corrupción, la delincuencia organizada, el fraude fiscal y el blanqueo de capitales, así como para la rendición de cuentas de los implicados en tales actividades ilegales; condena enérgicamente la criminalización, los ataques y los asesinatos de periodistas por hacer su trabajo, incluidos los asesinatos de Ján Kuciak y su prometida Martina Kušnírová el 21 de febrero de 2018, de Viktoria Marinova el 6 de octubre de 2018, del periodista griego Giorgos Karaivaz el 9 de abril de 2021 y del periodista neerlandés Peter R. de Vries el 15 de julio de 2021, y subraya el papel clave que desempeñan a la hora de revelar la verdad, proteger la democracia y poner fin a la cultura de la impunidad; expresa su profunda consternación por la ausencia de una investigación de calado sobre el asesinato de Giorgos Karaivaz, mientras que la detención de dos sospechosos parece tener más bien que ver con la campaña electoral; pide a las autoridades griegas que garanticen que se haga justicia plena; rinde homenaje nuevamente a todos los periodistas asesinados en Europa en los últimos años; reitera la importancia primordial de unos medios de comunicación independientes y de una sociedad civil activa como pilares fundamentales de la justicia, la democracia y el Estado de Derecho; señala que el asesinato de periodistas no afecta a un único Estado miembro, sino a la Unión en su conjunto; está firmemente convencido de que la protección del Estado de Derecho democrático es una responsabilidad común que trasciende las fronteras nacionales y de partido;
2. Expresa su profunda preocupación por lo limitado del avance en los procedimientos judiciales en curso sobre el asesinato de Daphne Caruana Galizia desde la Resolución del Parlamento, de 20 de octubre de 2022, con ocasión del quinto aniversario del asesinato, y por que hasta la fecha solo se hayan producido tres condenas menores y que el autor intelectual del asesinato aún no haya sido condenado; pide a las autoridades maltesas que aceleren los procedimientos judiciales para garantizar el cumplimiento de la justicia; reitera, por tanto, su llamamiento en favor de finalizar la investigación sobre los principales motivos del asesinato y concluir los procedimientos judiciales penales lo antes posible, llevando ante la justicia a las personas implicadas, a cualquier nivel, en el asesinato; reitera su llamamiento en favor de la participación plena y continua de Europol en todos los aspectos de la investigación del asesinato y todas las investigaciones conexas;
3. Pide a las instituciones de la Unión y a los Estados miembros que garanticen la seguridad y la protección de los periodistas y los profesionales de los medios de comunicación; pide, además, a las instituciones de la Unión y a los Estados miembros que cumplan sin demora las recomendaciones del Parlamento sobre la protección de los periodistas;
4. Reitera las preocupaciones y recomendaciones formuladas en sus resoluciones anteriores sobre Malta;
5. Manifiesta su consternación por las declaraciones del primer ministro, de 3 de octubre de 2023, en las que quita hierro a actos de corrupción institucionalizada; considera que este tipo de declaraciones consolidan todavía más la cultura de la impunidad entre los cargos públicos presuntamente implicados en escándalos;
6. Expresa su preocupación por que, dos años después de la publicación del informe de la investigación pública, el proceso de ejecución de sus recomendaciones siga siendo muy deficiente; señala que el Gobierno maltés ha presentado una serie de reformas, incluidas propuestas legislativas, con el fin de responder a algunas de estas recomendaciones; indica que la comisaria para los Derechos Humanos del Consejo de Europa expresó su preocupación por que se hayan presentado estas reformas deficientes, a pesar de que hacen caso omiso de las aportaciones de organizaciones internacionales y nacionales; pide, por tanto, al Gobierno maltés que aplique sin más demora todas las recomendaciones del informe de investigación pública, incluidas las relativas al Estado de Derecho y la delincuencia organizada;
7. Hace un llamamiento a acabar con la cultura de la impunidad; pide, por tanto, que se lleven a cabo investigaciones y acciones penales exhaustivas, rápidas e independientes para todos los cargos públicos presuntamente involucrados en actos de corrupción, extorsión y tráfico de influencias expuestos por periodistas de investigación en Malta, incluidos los implicados en el sistema de compra de votos y en el fraude de los permisos de conducción; subraya que, mientras la corrupción siga quedando impune, los periodistas seguirán estando en peligro;
8. Pide al Supervisor Europeo de Protección de Datos que dé seguimiento a la investigación en curso en Malta, anunciada públicamente el 9 de octubre de 2023, y que examine el uso abusivo de datos privados de ciudadanos malteses, que podrían haberse usado para discriminar por motivos de afiliación política;
9. Subraya que es fundamental que se persigan rigurosamente los delitos financieros y económicos de alto nivel, especialmente la corrupción y el blanqueo de capitales; manifiesta su consternación, no obstante, por la persistente falta de progresos en el enjuiciamiento de los escándalos de corrupción y blanqueo de capitales que Daphne Caruana Galizia investigaba en el momento de su asesinato, en el que están implicados sospechosos de los más altos niveles políticos; manifiesta asimismo su alarma ante el fracaso institucional de la garantía del cumplimiento de la ley y de la justicia en Malta e insta encarecidamente a las autoridades responsables a que lleven ante la justicia a todas las personas implicadas en uno o varios de los numerosos asuntos que se están investigando o denunciando actualmente; pide a las autoridades maltesas que aborden los retos relacionados con la duración de las investigaciones de casos de corrupción de alto nivel, en particular estableciendo un historial sólido de sentencias firmes; señala que estas investigaciones prolongadas siguen obstaculizando los avances en el Estado de Derecho; hace hincapié en la importancia de la independencia institucional para el buen funcionamiento del Estado de Derecho; pide a las autoridades maltesas que avancen en las investigaciones de posibles intentos, por parte de cargos públicos de la época, de ocultar pruebas y obstaculizar las investigaciones y los procedimientos judiciales;
10. Reitera su alarma por el lento avance de los procedimientos de investigación y judiciales contra altos cargos del Pilatus Bank y por el empeño de las autoridades maltesas en suspender los procedimientos tras la aparente adopción de medidas provisionales por parte del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones; solicita aclaraciones respecto a las medidas provisionales del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones, de 14 de septiembre de 2022, dado que un juez dio a entender que el Gobierno había inducido al tribunal a error para estancar el procedimiento; reitera su llamamiento a los organismos internacionales y europeos pertinentes para que sigan haciendo un seguimiento de los avances en los casos de presunto blanqueo de capitales y corrupción;
11. Pide capacidad adicional para la investigación y el enjuiciamiento de delitos; lamenta que el Gobierno maltés haya forzado un mecanismo contra el bloqueo para el nombramiento del comisario de Normas por mayoría simple, contradiciendo el dictamen de la Comisión de Venecia; lamenta que la polarización obstaculice la toma de decisiones consensuada en Malta; observa que el aumento del número de magistrados puede haber facilitado la reducción del tiempo necesario para procedimientos judiciales de 550 a 529 días, aunque la reducción de la duración de los procedimientos judiciales fue solo una de las recomendaciones de la investigación pública; lamenta las deficiencias del sistema judicial maltés y pide que se encuentren soluciones para reducir la duración de los procedimientos judiciales;
12. Pide a la Comisión de Venecia que elabore un dictamen sobre el refuerzo del marco jurídico nacional maltés con el fin de castigar de manera efectiva y contundente la corrupción, en especial la corrupción de alto nivel y los abusos de poder;
13. Pide a la Comisión que se tome en serio la cultura de la impunidad en Malta e impulse un rápido retorno al respeto de la democracia y del Estado de Derecho en el país; insta a la Comisión a que utilice todos los instrumentos pertinentes de que dispone para garantizar que la legislación se aplique por igual para todos;
14. Expresa su preocupación por la impunidad concedida al antiguo primer ministro, a su jefe de gabinete y al antiguo ministro de Turismo, también antiguo ministro de Energía;
15. Subraya que la acción policial contra activistas constituye una intimidación que tiene un efecto disuasorio sobre la participación pública y contribuye al silenciamiento de la sociedad civil, sobre todo en el contexto de la persistente impunidad de los delitos; pide reformas jurídicas, administrativas y políticas que cumplan las normas internacionales con el fin de abordar de forma exhaustiva los problemas sistémicos detectados en la investigación pública;
16. Pide al Gobierno maltés que renuncie a su retórica negativa contra los periodistas y que deje de fomentar un clima hostil para los periodistas y los profesionales de los medios de comunicación, en consonancia con los mismos llamamientos de la comisaria para los Derechos Humanos del Consejo de Europa; expresa su preocupación por la persistencia de obstáculos a la libertad y el pluralismo de los medios de comunicación, por ejemplo en lo que se refiere al acceso a las solicitudes de información al Gobierno, así como a una financiación potencialmente discriminatoria de los medios de comunicación; condena la pauta de secretismo injustificado en las instituciones estatales en relación con información que podría ser de un considerable interés público; reitera su llamamiento al Gobierno maltés para que retire sus recursos contra una serie de solicitudes de libertad de información presentadas por The Shift News;
17. Lamenta que las propuestas presentadas por el Gobierno maltés no mejoren la situación de la libertad de prensa; insta a las autoridades maltesas a que velen por que las reformas propuestas cumplan las normas europeas e internacionales en materia de protección de los periodistas, en particular en lo que se refiere a la prevención y sanción de las amenazas y el acoso a periodistas, tanto en público como en línea, y a que las implanten rápidamente; insta asimismo a las autoridades maltesas a que aprueben medidas adicionales y otras salvaguardias a fin de mejorar el entorno para el periodismo crítico e independiente en Malta y la rendición de cuentas de políticos y cargos públicos;
18. Expresa su preocupación ante informaciones que indican que, si bien se encargó al Comité de Expertos en Medios de Comunicación que asesorara sobre los cambios en el sector de los medios de comunicación, el Gobierno maltés no llevó a cabo una consulta pública de calado; considera preocupante que las autoridades maltesas hayan ignorado los llamamientos para llevar a cabo una amplia consulta pública sobre el sector de los medios de comunicación y, en particular, sobre la restricción del uso de DECPP; apoya los llamamientos de la comisaria para los Derechos Humanos del Consejo de Europa al Parlamento maltés para que no adopte la legislación deficiente propuesta, en especial las enmiendas a la Constitución, hasta que se haya llevado a cabo una consulta transparente y exhaustiva sobre los proyectos de ley, la cual debería tener carácter prioritario; subraya que cualquier medida destinada a mejorar el proyecto legislativo debe basarse en las recomendaciones formuladas en el informe de investigación pública y que tales cambios deben cumplir, como mínimo, las normas internacionales sobre protección y seguridad de los periodistas y la libertad de prensa con el fin de garantizar una legislación de calidad en materia de medios de comunicación; recuerda al Gobierno maltés su responsabilidad de celebrar consultas públicas amplias, inclusivas y estructuradas sobre las reformas jurídicas;
19. Lamenta que haya periodistas y familiares de Daphne Caruana Galizia que siguen siendo actualmente objeto de DECPP y reitera su firme y urgente llamamiento a las personas que iniciaron los casos en calidad de cargos públicos, incluidos el antiguo primer ministro y los antiguos altos cargos del Gobierno, para que desistan;
20. Reitera que los tribunales malteses tienen la posibilidad de considerar que las demandas por difamación son «manifiestamente infundadas» y, por tanto, de desestimarlas; reitera su llamamiento a las autoridades maltesas para que apliquen la Recomendación (UE) 2021/1534 de la Comisión, de 16 de septiembre de 2021, sobre la garantía de la protección, la seguridad y el empoderamiento de los periodistas y los otros profesionales de los medios de comunicación en la Unión Europea (C(2021)6650) y adopten políticas eficaces para la protección de los periodistas; recuerda que una Directiva de este tipo solo puede abordar los casos de DECPP con una dimensión transfronteriza; pide a las autoridades maltesas que aborden también los casos nacionales mediante una legislación eficaz contra las DECPP, en consonancia con las observaciones y recomendaciones del Consejo de Europa; pide a las instituciones de la Unión que lleguen rápidamente a un acuerdo sobre una ambiciosa Directiva contra las DECPP y pide a las autoridades maltesas que apliquen plenamente la recomendación que acompaña a la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección de las personas que realizan actos de participación pública frente a las demandas judiciales manifiestamente infundadas o abusivas («demandas estratégicas contra la participación pública») (COM(2022)0177); pide a la Comisión que estudie la posibilidad de adoptar más legislación con el objetivo de abarcar todos los casos de DECPP;
21. Pide al Gobierno maltés que siga abordando las preocupaciones existentes en relación con la libertad de los medios de comunicación y la independencia de los medios públicos frente a las injerencias políticas, incluido un marco para garantizar la transparencia en la publicidad estatal, y el creciente uso de la incitación al odio en las redes sociales; recuerda que la Ley Europea de Libertad de los Medios de Comunicación debe contribuir a garantizar la libertad, la pluralidad y la independencia de los medios de comunicación en toda la Unión, incluidas la transparencia sobre la propiedad de los medios de comunicación y medidas para evitar que la concentración de medios de comunicación afecte a su pluralismo; pide a las instituciones de la Unión que lleguen rápidamente a un acuerdo sobre una ambiciosa Ley Europea de Libertad de los Medios de Comunicación;
22. Pide al Gobierno maltés que consagre finalmente el derecho al aborto seguro y legal en la legislación nacional, que, pese a haber sido anunciado por el Gobierno, este no solo no ha iniciado ningún proceso legislativo para adoptarlo, sino que, por el contrario, ha aprobado una ley restrictiva sobre el aborto;
23. Recuerda al Gobierno maltés su compromiso de crear una base de datos para recopilar información sobre la denuncia de irregularidades antes de finales de 2024, y que no se han aplicado las recomendaciones de medidas para mejorar la protección de los denunciantes, según el Informe sobre el Estado de Derecho de 2023;
24. Insta al Gobierno a que cree, con carácter prioritario, el cargo de comisario de Derechos Humanos e Igualdad, en consonancia con los Principios de París y el acervo de la Unión en materia de igualdad;
25. Reitera su llamamiento a las autoridades maltesas para que apliquen plenamente todas las recomendaciones pendientes de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, la Comisión de Venecia, el Grupo de Estados contra la Corrupción y el Comité Especial de Expertos sobre Evaluación de Medidas contra el Blanqueo de Dinero y la Financiación del Terrorismo (Moneyval);
26. Hace hincapié en que el programa de ciudadanía maltesa por inversión sigue siendo motivo de gran preocupación; reitera su posición de que la ciudadanía de la Unión no está en venta y pide la prohibición inmediata del programa en Malta y en toda la Unión; espera la sentencia definitiva del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre este asunto;
27. Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución a la Comisión, al Consejo, al Supervisor Europeo de Protección de Datos, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, al Consejo de Europa, al Grupo de Acción Financiera Internacional, al Gobierno y al Parlamento de los Emiratos Árabes Unidos y al presidente de la República de Malta.
Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión (DO L 305 de 26.11.2019, p. 17).