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 Texto íntegro 
Procedimiento : 2023/3025(RSP)
Ciclo de vida en sesión
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Textos presentados :

RC-B9-0510/2023

Debates :

Votaciones :

PV 14/12/2023 - 7.7

Textos aprobados :

P9_TA(2023)0479

Textos aprobados
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Jueves 14 de diciembre de 2023 - Estrasburgo
Secuestro de niños tibetanos y prácticas de asimilación forzosa en los internados chinos en el Tíbet
P9_TA(2023)0479RC-B9-0510/2023

Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de diciembre de 2023, sobre el secuestro de niños tibetanos y las prácticas de asimilación forzosa en los internados chinos en el Tíbet (2023/3025(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Vistas sus anteriores Resoluciones sobre China y el Tíbet,

–  Vista la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño,

–  Vistos el artículo 144, apartado 5, y el artículo 132, apartado 4, de su Reglamento interno,

A.  Considerando que, bajo la dirección de Xi Jinping, el Gobierno chino ha ido incrementando su carácter sistemáticamente opresivo; que la situación de los derechos humanos en el Tíbet sigue deteriorándose; que el respeto de los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho deben ocupar un lugar central en las relaciones de la Unión con China;

B.  Considerando que las autoridades chinas han establecido un sistema expansivo de internados obligatorios de facto y muy politizados para niños de entre 4 y 18 años, que les obliga a cursar una educación obligatoria en mandarín sin posibilidad alguna de estudiar en profundidad la lengua, la historia o la cultura tibetanas; que aproximadamente el 80 % de los niños tibetanos (en total alrededor de un millón) han sido separados de sus familias por este sistema, cuyo objetivo es asimilarlos por la fuerza a la mayoría han desde el punto de vista cultural, religioso y lingüístico; que prácticamente no existen alternativas privadas a estas escuelas gubernamentales, que, al parecer, están muy vigiladas;

C.  Considerando que los expertos de las Naciones Unidas están preocupados por que los niños tibetanos sufran, por tanto, una grave angustia psicológica y emocional, con episodios de soledad y aislamiento, y por que estén perdiendo la capacidad de comunicarse fácilmente con sus familias en su lengua materna, lo que contribuye a la erosión de su identidad individual y social, y a su vez viola los derechos humanos internacionales y puede constituir un genocidio;

1.  Condena enérgicamente las políticas de asimilación represivas aplicadas en toda China, especialmente el sistema de internados en el Tíbet, que tratan de eliminar las distintas tradiciones lingüísticas, culturales y religiosas entre los tibetanos y otras minorías, como los uigures;

2.  Pide la abolición inmediata del sistema de internados impuesto a los niños en el Tíbet y de la práctica de las separaciones familiares, como destacaron los expertos de las Naciones Unidas en febrero de 2023; pide asimismo a las autoridades chinas que permitan la creación de escuelas tibetanas privadas;

3.  Acoge con satisfacción la decisión de los Estados Unidos de imponer restricciones a los visados de los funcionarios chinos vinculados al sistema de internados en el Tíbet; insta a los Estados miembros y al Consejo a que adopten sanciones específicas similares;

4.  Pide a los Estados miembros y al VP/AR que exijan al Gobierno chino que expida visados a diplomáticos europeos para visitar los internados de todo el Tíbet, que permita la entrada de periodistas independientes y observadores internacionales en la región y que se abstenga de difundir noticias falsas;

5.  Recuerda la importancia de que la Unión plantee la cuestión de las violaciones de los derechos humanos en China, en particular por lo respecta a la situación en el Tíbet, en todos los diálogos políticos y sobre derechos humanos con las autoridades chinas;

6.  Reitera su llamamiento al Gobierno chino para que vuelva a colaborar con los representantes del decimocuarto Dalai Lama para establecer una auténtica autonomía para los tibetanos en China; insta a las autoridades chinas a que liberen al Panchen Lama y se abstengan de interferir en la designación del líder espiritual tibetano;

7.  Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución a las instituciones de la Unión, a las Naciones Unidas y al Gobierno y al Parlamento de la República Popular China.

Última actualización: 29 de mayo de 2024Aviso jurídico - Política de privacidad