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Procedimiento : 2023/3031(RSP)
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RC-B9-0526/2023

Debates :

Votaciones :

PV 14/12/2023 - 7.13
CRE 14/12/2023 - 7.13
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Textos aprobados :

P9_TA(2023)0485

Textos aprobados
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Jueves 14 de diciembre de 2023 - Estrasburgo
Intento de golpe de Estado en Guatemala
P9_TA(2023)0485RC-B9-0526/2023

Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de diciembre de 2023, sobre el intento de golpe de Estado en Guatemala (2023/3031(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Vistas sus anteriores Resoluciones, y en particular su Resolución, de 14 de septiembre de 2023, sobre Guatemala: la situación tras las elecciones, el Estado de Derecho y la independencia judicial(1),

–  Vistas las declaraciones del vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR) sobre las elecciones presidenciales celebradas en Guatemala, de 21 y 28 de agosto de 2023, y su declaración sobre los recientes acontecimientos en Guatemala, de 8 de diciembre de 2023,

–  Vistos las declaraciones preliminares de la Misión de Observación Electoral de la Unión Europea, de 27 de junio y 22 de agosto de 2023, y su informe final, presentado en Ciudad de Guatemala el 13 de noviembre de 2023,

–  Vista la declaración, de 8 de diciembre de 2023, atribuible al portavoz del secretario general de las Naciones Unidas sobre los recientes acontecimientos en el marco de la transición democrática de Guatemala,

–  Vista la declaración, de 9 de diciembre de 2023, del alto comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos Volker Türk, en la que lamenta los intentos persistentes por socavar los resultados de las elecciones,

–  Vista la declaración, de 8 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos, en la que condena el intento de golpe de Estado en Guatemala,

–  Vista la declaración, de 8 de diciembre de 2023, de la Alianza para el Desarrollo en Democracia, en la que censura las acciones destinadas a anular las elecciones generales, así como a interferir en el proceso electoral democrático e ignorarlo,

–  Vista la declaración, de 8 de diciembre de 2023, del Comité Coordinador de Cámaras Comerciales, Industriales y Financieras (CACIF) de Guatemala en apoyo de la democracia, el Estado de Derecho, el presidente electo, la vicepresidenta electa y todos los cargos electos en las elecciones del 25 de junio de 2023,

–  Visto el artículo 132, apartados 2 y 4, de su Reglamento interno,

A.  Considerando que, el 28 de agosto de 2023, el Tribunal Supremo Electoral de Guatemala anunció los resultados oficiales de las elecciones, pacíficas y bien organizadas, y proclamó a Bernardo Arévalo y a Karin Herrera, del Movimiento Semilla, como presidente y vicepresidenta electos de Guatemala tras la segunda vuelta presidencial del 20 de agosto de 2023;

B.  Considerando que, el 2 de noviembre de 2023, el Tribunal Supremo Electoral suspendió de nuevo el registro legal del Movimiento Semilla; que el Movimiento Semilla ha sido objeto de acciones legales y procesales selectivas y arbitrarias por parte del Ministerio Público de Guatemala desde que se confirmase que Bernardo Arévalo había sido uno de los dos candidatos presidenciales con más votos en la primera vuelta presidencial, celebrada el 25 de junio de 2023; que, el 24 de agosto de 2023, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos concedió medidas cautelares para proteger a Bernardo Arévalo y Karin Herrera;

C.  Considerando que, el 8 de diciembre de 2023, el Ministerio Público de Guatemala, en particular, el jefe de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) José Rafael Curruchiche, y la fiscal Leonor Morales Lazo declararon que procurarían anular los resultados de las elecciones del 25 de junio de 2023, alegando presuntas irregularidades en las actas de recuento de los centros de votación (acta 4) de los cinco comicios y en el sistema para la transmisión y el anuncio de los resultados electorales preliminares;

D.  Considerando que los fiscales también han anunciado la solicitud de que el presidente electo de Guatemala, Bernardo Arévalo, sea privado de su inmunidad; que la Corte Suprema de Justicia aún ha de pronunciarse al respecto y la Corte de Constitucionalidad aún no se ha pronunciado sobre los asuntos pendientes relativos a la protección del derecho de voto;

E.  Considerando que, el 15 de noviembre de 2023, el Congreso nombró nuevos magistrados de la Corte Suprema a partir de una lista restringida de candidatos que era supuestamente fruto del tráfico de influencias, según las investigaciones de los fiscales guatemaltecos;

F.  Considerando que el presidente electo Bernardo Arévalo rechazó estas falsas acusaciones, considerándolas un intento por parte de los fiscales de invalidar su victoria electoral;

G.  Considerando que Blanca Alfaro, presidenta del Tribunal Supremo Electoral, cuya función es resolver este tipo de situaciones, respondió inmediatamente al Ministerio Público que los resultados de las elecciones «están validados, [...] están oficializados y son inalterables», y declaró que las personas que ganaron sus respectivos comicios están debidamente acreditadas y deben tomar posesión de su cargo el 14 de enero de 2024;

H.  Considerando que la presidenta del Tribunal Supremo Electoral señaló que cualquier intento de impedir que los cargos electos asuman sus funciones constituiría una ruptura del orden constitucional;

I.  Considerando que, el 1 de diciembre de 2023, cuatro magistrados del Tribunal Supremo Electoral abandonaron el país horas después de que el Congreso aprobase privarlos de su inmunidad, en un claro intento por parte de la mayoría de los diputados al Congreso de seguir interfiriendo en los resultados, ignorando por completo la voluntad de los votantes expresada en las urnas;

J.  Considerando que los fiscales intentan continuamente agravar esta crisis adoptando medidas por iniciativa propia, a menudo en contra de la voluntad del pueblo guatemalteco y de las declaraciones y resoluciones del Parlamento Europeo;

K.  Considerando que el Parlamento, la Unión y otros socios internacionales han denunciado el rechazo de candidaturas, los intentos en curso de invalidar el resultado de las elecciones, las acciones continuas para criminalizar a operadores de justicia independientes y la instrumentalización de las instituciones judiciales y fiscales;

L.  Considerando que, en noviembre, el Ministerio Público anunció una investigación sobre una manifestación, en gran medida pacífica, que tuvo lugar en 2022 en la Universidad de San Carlos; que los fiscales solicitaron veintisiete órdenes de detención contra activistas, estudiantes, académicos y un miembro del Movimiento Semilla;

M.  Considerando que la Misión de Observación Electoral de la Unión Europea y otras misiones de observación nacionales observaron todo el proceso electoral por invitación de las autoridades guatemaltecas y concluyeron que las elecciones habían sido transparentes y habían estado bien organizadas, sin hallar ningún motivo para alegar fraude; que el VP/AR Josep Borrell y el secretario general de la OEA han calificado las recientes decisiones del Ministerio Público de «intento de golpe de Estado»;

N.  que los intentos de ignorar los resultados electorales han provocado protestas masivas; que todos los candidatos, agentes políticos, instituciones estatales y el sistema judicial deben aceptar y respetar la voluntad de los votantes;

O.  Considerando que la fiscal general Consuelo Porras, el fiscal especial contra la impunidad José Rafael Curruchiche, el juez Fredy Raúl Orellana Letona y la fiscal Cinthia Edelmira Monterroso Gómez figuran en la Lista de Actores Corruptos y Antidemocráticos elaborada por los Estados Unidos;

P.  Considerando que el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y Centroamérica, aún pendiente de entrar en vigor, incluye el «respeto a los principios democráticos y los derechos humanos fundamentales» como «elemento esencial»;

1.  Condena el intento de golpe de Estado y los continuos esfuerzos del Ministerio Público por invalidar los resultados de las elecciones generales y presidenciales en Guatemala sobre la base de acusaciones infundadas de fraude, y pide que se ponga fin de inmediato a estas acciones;

2.  Rechaza todas las acciones por motivos políticos de algunas autoridades que conculcan manifiestamente la Constitución guatemalteca, el Estado de Derecho, la integridad del proceso electoral y los principios más fundamentales de la democracia, incluido el principio fundamental de la separación de poderes;

3.  Apoya al presidente electo, Bernardo Arévalo, y pide una transición ordenada que conduzca a su investidura como 52.º presidente de Guatemala el 14 de enero de 2024;

4.  Pide a las autoridades competentes, en particular a la Corte de Constitucionalidad, la Corte Suprema de Justicia, el Tribunal Supremo Electoral, el Congreso y el presidente Alejandro Giammattei, que tomen medidas para preservar el orden constitucional y el Estado de Derecho, que rechacen los intentos inaceptables de invalidar los resultados electorales, que garanticen el respeto de la voluntad expresada por los ciudadanos guatemaltecos con sus votos y que velen por el respeto de sus derechos civiles y políticos, su integridad y su seguridad, incluido el derecho de los cargos electos a asumir debidamente sus funciones, de conformidad con las normas internacionales y las leyes guatemaltecas;

5.  Destaca la importancia de exigir responsabilidades a quienes obstaculizan la democracia; pide al Consejo, a este respecto, que adopte inmediatamente medidas restrictivas específicas, incluidas la inmovilización de activos y la prohibición de viajar, contra la fiscal general María Consuelo Porras Argueta, el jefe de la FECI José Rafael Curruchiche Cacul, el juez Fredy Raúl Orellana Letona, la fiscal de la FECI Leonor Eugenia Morales Lazo y el secretario general del Ministerio Público Ángel Arnoldo Pineda Ávila, entre otros, que están socavando el proceso electoral de 2023 en Guatemala e instrumentalizan sistemáticamente el poder judicial para debilitar el Estado de Derecho y criminalizar a figuras de la oposición;

6.  Recuerda que el respeto de la independencia del poder judicial, del pluralismo político y de la libertad de expresión de todo el pueblo guatemalteco son derechos fundamentales y pilares básicos de la democracia y el Estado de Derecho; expresa su profunda preocupación ante el continuo deterioro del Estado de Derecho en Guatemala;

7.  Expresa su preocupación por la detención arbitraria de fiscales, jueces, antiguos funcionarios de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) y periodistas independientes, entre otros José Rubén Zamora; pide la liberación inmediata e incondicional de todas las personas detenidas arbitrariamente, así como la desestimación de todas las acusaciones penales infundadas contra ellas; pide a las autoridades guatemaltecas, en particular al Ministerio Público, que se abstengan de todo intento de obstaculizar la labor de los defensores de los derechos humanos, los operadores de justicia y los periodistas que han investigado y puesto de manifiesto la corrupción, las violaciones de los derechos humanos y el abuso de poder;

8.  Pide al Servicio Europeo de Acción Exterior, a los Estados miembros y a la Delegación de la Unión que sigan supervisando la situación en Guatemala, en particular las decisiones del Ministerio Público, la Corte de Constitucionalidad y la Corte Suprema, hasta que haya garantías claras y serias de que se respeta la voluntad de los votantes expresada en las elecciones generales del 25 de junio de 2023 y en la segunda vuelta de las elecciones presidenciales del 20 de agosto de 2023; expresa su apoyo a los trabajos en curso de la Misión Especial de la OEA para ayudar con la transición presidencial, de conformidad con el mandato del Consejo Permanente de la OEA;

9.  Exhorta a las autoridades guatemaltecas competentes a que apliquen las recomendaciones de la Misión de Observación Electoral de la Unión Europea, en particular las que abordan las deficiencias constatadas en el Estado de Derecho, la separación de poderes y la promoción de los derechos humanos y políticos;

10.  Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros, a la OEA, a las Naciones Unidas, a las autoridades de Guatemala y al Parlacen.

(1) Textos Aprobados, P9_TA(2023)0322.

Última actualización: 29 de mayo de 2024Aviso jurídico - Política de privacidad