Resolución del Parlamento Europeo, de 16 de enero de 2024, sobre la ejecución del Programa Europa Creativa (2021 a 2027) (2023/2003(INI))
El Parlamento Europeo,
– Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 167, su artículo 173, apartado 3, y su artículo 294, apartado 7,
– Visto el Reglamento (UE) 2021/818 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2021, por el que se establece el Programa Europa Creativa (2021 a 2027)(1),
– Visto el Reglamento (UE) n.º 1295/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se establece el Programa Europa Creativa (2014 a 2020)(2),
– Vista la propuesta de la Comisión, de 5 de mayo de 2018, de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el programa Europa Creativa (2021 a 2027) y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 1295/2013 (COM(2018)0366),
– Vista su posición aprobada en primera lectura el 28 de marzo de 2019 con vistas a la adopción de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el programa Europa Creativa (2021 a 2027) y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 1295/2013(3),
– Visto el Dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 12 de diciembre de 2018, sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el programa Europa Creativa (2021 a 2027) y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 1295/2013»(4),
– Visto el Dictamen del Comité Europeo de las Regiones, de 6 de febrero de 2019, sobre «Europa Creativa y Una nueva Agenda Europea para la Cultura»(5),
– Visto el informe de la Comisión, de 30 de abril de 2018, titulado «Evaluación intermedia del Programa Europa Creativa (2014-2020)» (COM(2018)0248),
– Vista la Decisión de Ejecución C(2023)3227 de la Comisión, de 5 de junio de 2023, por la que se modifica la Decisión de Ejecución C(2021)3563 relativa a la financiación del Programa Europa Creativa para el período 2021-2025 y la adopción de los programas de trabajo para 2021, 2022 y 2023,
– Vista la Decisión de Ejecución C(2022)6138 de la Comisión, de 31 de agosto de 2022, por la que se modifica la Decisión de Ejecución C(2021)3563 relativa a la financiación del Programa Europa Creativa para el período 2021-2023 y la adopción de los programas de trabajo para 2021 y 2022,
– Vista la Decisión de Ejecución C(2021)3563 de la Comisión, de 26 de mayo de 2021, relativa a la adopción del programa de trabajo para la ejecución del Programa Europa Creativa para 2021,
– Visto el programa de trabajo anual de la Comisión para 2022 para la ejecución del Programa Europa Creativa,
– Visto el programa de trabajo anual de la Comisión para 2021 para la ejecución del Programa Europa Creativa,
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 11 de julio de 2023, titulada «Iniciativa de la UE sobre la web 4.0 y los mundos virtuales: en la vanguardia hacia la próxima transición tecnológica», (COM(2023)0442),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 3 de diciembre de 2020, sobre los medios de comunicación europeos en la Década Digital: un plan de acción para apoyar la recuperación y la transformación» (COM(2020)0784),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 22 de mayo de 2018, titulada «Una Nueva Agenda Europea para la Cultura» (COM(2018)0267),
– Vista la Resolución del Consejo, de 7 de diciembre de 2022, sobre el Plan de trabajo de la UE en materia de cultura para el período 2023-2026(6),
– Vista su Resolución, de 14 de septiembre de 2023, sobre el futuro del sector del libro europeo(7),
– Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de diciembre de 2022, sobre la aplicación de la Nueva Agenda Europea para la Cultura y de la Estrategia de la Unión Europea para las relaciones culturales internacionales(8),
– Vista su Resolución, de 20 de octubre de 2021, sobre los medios de comunicación europeos en la Década Digital: un plan de acción para apoyar la recuperación y la transformación(9),
– Vista su Resolución, de 17 de abril de 2020, sobre la acción coordinada de la Unión para luchar contra la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias(10),
– Vista su Resolución, de 15 de septiembre de 2020, sobre las medidas efectivas para ecologizar Erasmus+, Europa Creativa y el Cuerpo Europeo de Solidaridad(11),
– Vista su Resolución, de 17 de septiembre de 2020, sobre la recuperación cultural de Europa(12),
– Vistos el artículo 54 de su Reglamento interno, así como el artículo 1, apartado 1, letra e), y el anexo 3 de la Decisión de la Conferencia de Presidentes, de 12 de diciembre de 2002, sobre el procedimiento de autorización para la elaboración de informes de propia iniciativa,
– Visto el informe de la Comisión de Cultura y Educación (A9-0425/2023),
A. Considerando que los datos recopilados confirman el considerable interés de los sectores cultural y creativo por el programa; que unos porcentajes de cofinanciación más elevados para las diferentes acciones en el marco de los capítulos Cultura y MEDIA han demostrado ser beneficiosos para apoyar los ecosistemas culturales y creativos y también han ofrecido mejores oportunidades a proyectos más pequeños, especialmente tras la pandemia;
B. Considerando que el Programa Europa Creativa 2021-2027 presenta un aumento presupuestario global de alrededor del 68 % en comparación con su predecesor; que este aumento se está depreciando de manera significativa debido a la tasa de inflación en constante aumento(13) asociada a los costes de la energía; que el presupuesto total se ha consignado anticipadamente con un tercio de la dotación financiera comprometida en los años 2021 y 2022 para hacer frente, entre otros aspectos, a las consecuencias de la pandemia de COVID-19;
C. Considerando que Europa Creativa es el único programa que apoya exclusivamente a todos los sectores culturales y creativos cuyas actividades se basan en valores culturales y artísticos, especialmente mediante la ayuda a creadores y artistas, como autores e intérpretes, además de a pequeños proyectos;
D. Considerando que el programa reconoce el valor intrínseco y artístico de la cultura, que debe mantener un lugar fundamental en el mismo, al tiempo que logra un equilibrio equitativo con su contribución más amplia a la innovación y el crecimiento; que Europa Creativa, como programa financiado por la Unión, debe contribuir a la ejecución de los principios del pilar europeo de derechos sociales y promover prácticas y condiciones de trabajo justas en los sectores cultural y creativo;
E. Considerando que una de las principales novedades del Programa es que integra las prioridades transversales de inclusión y diversidad, en particular el equilibrio de género, y la ecologización; que los programas de trabajo anuales para 2021 y 2022 prestan especial atención al fomento de la inclusión social y la igualdad de género; que la ejecución del programa debe garantizar la participación cultural más amplia con vistas a incluir, entre otras, a las personas con discapacidad y a las que proceden de entornos desfavorecidos;
F. Considerando que el objetivo del programa es apoyar la transición digital de los sectores cultural y creativo, ya que la tecnología ha transformado la forma en que estos sectores crean, producen y difunden contenidos; que, si bien la digitalización puede brindar oportunidades para promover la participación cultural, también puede plantear desafíos diferentes a los de la era analógica;
G. Considerando que los procedimientos de gestión administrativa del Programa Europa Creativa (solicitud, evaluación e información) siguen siendo considerados por un número significativo de beneficiarios actuales y potenciales como muy largos y complicados, a pesar de algunos avances en términos de simplificación;
H. Considerando que los onerosos procedimientos de gestión administrativa a menudo desalientan la participación de los solicitantes con menos experiencia, incluidos los jóvenes creadores, además de las pequeñas organizaciones, especialmente las de zonas desfavorecidas; que es necesario simplificar y mejorar el procedimiento de solicitud, sobre todo por el incremento en el número de pasos procesales y una interfaz de difícil manejo, que puede resultar incompatible con aplicaciones ampliamente utilizadas;
I. Considerando que la plataforma del programa incluye un complejo procedimiento de presentación de informes por el que resulta difícil navegar y que no se diseñó originalmente para el tipo de proyectos financiados por el programa;
J. Considerando que el capítulo Cultura promueve la creación de redes de comunidades creativas y fomenta la colaboración transfronteriza, prestando especial atención a los proyectos de cooperación; que, en los dos primeros años de aplicación, el programa de proyectos de cooperación resultó ser el más popular en el marco del capítulo Cultura, prestando apoyo a 291 proyectos; que la Comisión debe considerar la posibilidad de ampliar la actividad de divulgación del capítulo Cultura a fin de promover la participación en todas las comunidades culturales y creativas, incluidas las de las zonas periféricas y rurales;
K. Considerando que el capítulo MEDIA desempeña una función importante en el fomento del crecimiento y la resiliencia en el sector audiovisual; que ha atraído a 2 124 solicitantes en el período de dos años 2021-2022, con un porcentaje medio de éxito del 66 %;
L. Considerando que la acción preparatoria «Writing European», con ayudas desde 2021, se ha desarrollado con el objetivo de apoyar a los creadores, en particular a los autores, para que conciban y desarrollen series de ficción de alta calidad capaces de viajar a través de las fronteras y llegar a nuevos públicos;
M. Considerando que el capítulo Intersectorial presenta un mayor número de novedades que reflejan nuevos objetivos; que las acciones transversales de apoyo al sector de los medios informativos constituyen un nuevo enfoque del Programa Europa Creativa;
N. Considerando que la mejora de la movilidad en los sectores cultural y creativo de Europa es un objetivo específico del Programa perseguido a través de un nuevo programa específico en el marco del capítulo Cultura;
O. Considerando que La Cultura Mueve Europa es el programa de movilidad más importante de la Unión para los sectores cultural y creativo, y que, hasta mediados de 2023, había atraído alrededor de 4 660 solicitudes; que aproximadamente el 85 % de las solicitudes proceden de sectores como las artes visuales, las artes escénicas y la música;
P. Considerando que el Programa reconoce la importancia del sector musical como un componente esencial de la diversidad cultural de Europa, que se puede beneficiarse del enfoque horizontal en virtud del capítulo Cultura; que durante el período 2021-2022, la iniciativa La Música Mueve Europa destinó 5 000 000 EUR al refuerzo de la competitividad, la innovación y la diversidad del sector musical europeo;
Q. Considerando que la acción de traducción literaria desempeña un papel único a la hora de promover a autores a través de las fronteras, llegar a nuevos públicos y contribuir a lograr una Europa cultural y lingüísticamente más diversa;
R. Considerando que la fuente de apoyo público al ecosistema audiovisual en Europa procede principalmente del nivel nacional y que el capítulo MEDIA complementa los sistemas nacionales apoyando proyectos con un impacto duradero;
S. Considerando que las oficinas Europa Creativa desempeñan un papel clave como intermediarios entre la Comisión, la Agencia Ejecutiva Europea de Educación y Cultura (EACEA), los solicitantes y los beneficiarios; que más del 60 % de todos los solicitantes en 2021-2022 se pusieron en contacto con su oficina local antes de presentar una solicitud;
T. Considerando que, a la luz del papel crucial de las oficinas Europa Creativa a la hora de llevar a cabo tareas de promoción e informar a los sectores cultural y creativo de todos los aspectos del programa, la cooperación y los intercambios entre la Comisión (incluida la EACEA) y las oficinas Europa Creativa deben reforzarse e incluir el intercambio de información relevante sobre las próximas convocatorias de propuestas;
U. Considerando que el Programa Europa Creativa desempeña un papel estratégico en la mejora de la dimensión exterior de las relaciones culturales de la Unión al fomentar las asociaciones entre diferentes agentes de los sectores cultural y creativo, sirviéndose de un enfoque basado en las relaciones interpersonales, además de promover la diversidad cultural dentro y fuera de Europa;
V. Considerando que el Programa reconoce la importancia de salvaguardar y promover los sectores del arte y la artesanía, especialmente en el campo del patrimonio cultural, además de reconocer su papel vital en el apoyo a las economías tanto urbanas como rurales de toda Europa, así como su papel en el fomento de la diversidad cultural;
W. Considerando que el Sello de Excelencia constituye una novedad en el Programa Europa Creativa 2021-2027, que se introdujo con el objetivo de aumentar las sinergias y simplificar la búsqueda de financiación alternativa si hay restricciones presupuestarias;
X. Considerando que la Capital Europea de la Cultura, como una acción especial, es una prestigiosa iniciativa que goza de un lugar consolidado en la agenda cultural global y que ha puesto de relieve la riqueza y el carácter único de la diversidad de culturas y ciudades desde su creación en 1985;
1. Destaca que la nueva generación del Programa Europa Creativa sigue generando un interés significativo en los sectores cultural, creativo y audiovisual, así como en el de los medios de comunicación, con un número cada vez mayor de solicitudes recibidas en el marco de los tres capítulos, lo que se traduce en una disminución proporcional del porcentaje de éxito de las solicitudes, lo que puede suscitar una sensación de desilusión respecto al programa en estos sectores;
2. Acoge con satisfacción la respuesta de Europa Creativa para mitigar los efectos de la pandemia de COVID-19, que perturbó gravemente los sectores cultural y creativo incluso antes del inicio del Programa actual; reitera, no obstante, su llamamiento a la Comisión y a los Estados miembros para que redoblen sus esfuerzos con el fin de abordar los efectos a largo plazo de la pandemia en los creadores y los profesionales de la cultura, en particular los relacionados con su reciclaje profesional y la mejora de sus capacidades, a fin de atender las necesidades derivadas de los acontecimientos y los desafíos que afectan a estos sectores;
3. Lamenta que no todos los Estados miembros hayan asignado al menos el 2 % del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia para garantizar la resiliencia de estos sectores, tal como ha solicitado el Parlamento; pide a todos los Estados miembros, por lo tanto, que refuercen las sinergias y garanticen suficientes inversiones específicas para estos sectores a través de otros programas de la Unión;
4. Reconoce la flexibilidad por parte de la Comisión y de la EACEA a la hora de ejecutar el Programa, que se adaptó para tener en cuenta las consecuencias de la pandemia de la COVID-19; no obstante, hace hincapié en la necesidad de encontrar un equilibrio entre los sistemas de gestión administrativa armonizados para todos los programas de la Unión, por una parte, y las necesidades específicas de los diferentes beneficiarios, por otra; insta, por tanto, a la Comisión y a la EACEA a que intensifiquen sus esfuerzos para simplificar los procedimientos de gestión administrativa del Programa Europa Creativa 2021-2027; incide, en cualquier caso, en que la racionalización y simplificación no deberían dar lugar a la reducción de los recursos financieros y humanos dedicados al seguimiento y evaluación de los proyectos;
5. Reconoce que el procedimiento de solicitud es a menudo complejo, en especial para los particulares, las microorganizaciones y las organizaciones de pequeño tamaño con recursos financieros y humanos limitados; pide a la Comisión y a la EACEA, por tanto, que permita incluir los costes asociados al procedimiento de solicitud en el presupuesto general estimado; pide, además, a las oficinas Europa Creativa que refuercen aún más el apoyo prestado a todos los solicitantes;
6. Pide a la Comisión que organice intercambios periódicos de desarrollo de capacidades con los beneficiarios para preparar novedades como los nuevos requisitos en el marco del sistema de notificación, incluidos los resultados conformes con el Reglamento general de protección de datos(14); destaca, como parte del objetivo del programa de potenciar la diversidad, la inclusión y la igualdad de género, la necesidad urgente de mejorar el sistema de notificación para garantizar la accesibilidad y la facilidad de uso para todos los beneficiarios, incluidas las personas con discapacidad;
7. Toma nota de la introducción progresiva de incentivos a la inclusión en todos los capítulos durante los dos primeros años de aplicación del Programa; observa, no obstante, la falta de datos exhaustivos sobre cómo se están persiguiendo los objetivos del Programa de un modo que impulse la inclusión, la igualdad, la diversidad y la participación; insta a la Comisión, en este sentido, a que facilite un informe pormenorizado al respecto en su evaluación intermedia;
8. Reconoce que el Programa contribuye, a través de sus acciones, al objetivo de la sostenibilidad climática y medioambiental; observa, no obstante, que las prioridades de ecologización se han introducido de modo diferente en los tres capítulos del Programa; pide a la Comisión que vigile de cerca la aplicación de las prioridades de ecologización y su impacto en los sectores, y que informe periódicamente sobre su evaluación; subraya la importancia de desarrollar actividades de formación y sensibilización con vistas a promover la adopción de prácticas más sostenibles por parte de los sectores cultural y creativo;
9. Destaca la importancia de ayudar a los agentes culturales y creativos a aprovechar las oportunidades que se ofrecen a escala de la Unión; acoge con satisfacción, a este respecto, la iniciativa CulturEU, una guía interactiva multilingüe en la que se describen todas las oportunidades de financiación disponibles; destaca la importancia crucial de mantener intercambios regulares y, cuando proceda, específicos con los sectores cultural, creativo y audiovisual, así como con los medios de comunicación, con el fin de lograr una cooperación beneficiosa; recuerda a la Comisión la relevancia de garantizar una participación adecuada de las partes interesadas en la preparación de futuros programas de trabajo anuales; propone que la Comisión evalúe si Europa Creativa 2028-2034 podría ejecutarse mejor mediante programas de trabajo anuales o bienales;
10. Aboga por que se refuercen la comunicación y los intercambios entre la Comisión, la EACEA y las oficinas Europa Creativa con el fin de garantizar que estas últimas dispongan de acceso a toda la información pertinente para poder ofrecer un apoyo y una orientación de calidad a los solicitantes y beneficiarios; recuerda además, a este respecto, la importancia de la transparencia en la difusión de los resultados de las convocatorias; pide a la Comisión, por tanto, que continúe publicando de manera oportuna la lista de todos los destinatarios de las subvenciones, junto con la cantidad concedida en cada caso;
11. Subraya la importancia de identificar el programa y reforzar su visibilidad; pide a la Comisión, a este respecto, que informe al Parlamento sobre la ejecución de la estrategia de comunicación del programa, incluido el uso de logotipos oficiales;
12. Subraya la voluntad de un número significativo de beneficiarios de compartir sus logros y resultados con los sectores cultural, creativo y audiovisual, así como con los ciudadanos europeos; señala, a este respecto, que la plataforma puesta a disposición para este fin se considera insatisfactoria, por lo que pide a la Comisión que implique a los beneficiarios en el desarrollo de una plataforma más adecuada;
13. Observa que algunos Estados miembros no ofrecen sistemas nacionales de indemnización ni cobertura de seguro para facilitar la movilidad de los bienes culturales; es consciente de que los costes de los seguros comerciales pueden ser significativos para numerosos agentes culturales; propone, a este respecto, que la Comisión publique un estudio de viabilidad sobre un sistema de garantía paneuropeo que permita cubrir los costes de indemnización, como primer paso para abordar esta cuestión;
14. Insta a la Comisión a que promueva el uso transparente y centrado en el ser humano de la inteligencia artificial (IA) en el proceso artístico y creativo, mediante la formulación de normas éticas adecuadas en relación con la utilización de la IA; pide a la Comisión, a este respecto, que garantice que tanto los solicitantes como los beneficiarios proporcionen información sobre el uso de la IA en los proyectos, en particular en la producción, la distribución y la promoción de obras creativas, a fin de evaluar esta tendencia emergente en los sectores cultural y creativo y su impacto en el programa;
15. Hace hincapié en el potencial significativo del Programa Europa Creativa en el desarrollo y la mejora de las asociaciones transnacionales, contribuyendo también de este modo a las relaciones internacionales de la Unión a través de la cultura;
16. Pide a la Comisión que invierta los recursos adecuados en la dimensión exterior del programa, y que promueva una mayor cooperación entre los institutos y organizaciones culturales de los Estados miembros, así como las redes de los Institutos Nacionales de Cultura de la UE (EUNIC) en terceros países; pide a la Comisión, además, que apoye y facilite la participación de terceros países en el Programa, siempre que sea posible;
Presupuesto
17. Destaca que el actual Programa Europa Creativa, a pesar del aumento significativo del presupuesto para el período 2021-2027, sigue presentando un exceso de demanda; pide a la Comisión y a los Estados miembros, a este respecto, que aumenten sustancialmente la dotación financiera del Programa Europa Creativa 2028-2034;
18. Reconoce la urgente necesidad, en el período de dos años 2021-2022, de concentrar el gasto con el fin de mitigar los efectos de la pandemia de COVID-19 y los de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania; subraya, no obstante, el impacto perjudicial que tendrá esta medida en la segunda mitad del ciclo financiero;
19. Insta a los Estados miembros y a la Comisión a que, habida cuenta de los retos derivados de la digitalización y de la ecologización, además de las elevadas tasas de suscripción, de la inflación galopante, y de los altos costes de la energía asociados, que están todos ellos afectando gravemente a la capacidad operativa de los beneficiarios, garanticen que no se produzcan recortes presupuestarios en la dotación del Programa en los próximos ejercicios presupuestarios;
20. Lamenta que la etiqueta del Sello de Excelencia aún no se haya implantado; pide a la Comisión que introduzca esta etiqueta inmediatamente, de modo que los proyectos puedan aprovechar las oportunidades que brinda la financiación acumulativa y alternativa durante este ciclo de programación;
21. Lamenta el hecho de que, en virtud del marco financiero plurianual (MFP) 2021-2027, no existe flexibilidad para completar el Programa Europa Creativa, y subraya que esto impide la financiación de nuevas iniciativas, valiosos proyectos piloto y acciones preparatorias; recuerda, a este respecto, que los proyectos piloto y las acciones preparatorias son herramientas importantes para poner a prueba nuevas iniciativas que pueden convertirse en programas de financiación de la Unión permanentes o incorporarse a los ya existentes;
22. Lamenta el déficit de financiación entre los dos ciclos del MFP, que afectó especialmente al plan de redes, y pide a la Comisión que vele por que esto no se repita en el futuro; pide a la Comisión que, a la luz del papel fundamental de este plan a la hora de apoyar la capacidad de los sectores cultural y creativo para operar a escala transnacional e internacional, proporcione una financiación adecuada y, además, que considere la introducción de subvenciones operativas para esta acción;
Capítulo Cultura
23. Acoge con satisfacción la introducción del enfoque sectorial como una nueva característica del capítulo Cultura que complementa las acciones horizontales; aboga por su refuerzo mediante una asignación presupuestaria adecuada que garantice que ningún sector se quede atrás y que no se reduzca la dotación para acciones horizontales;
24. Recuerda la importancia de seguir salvaguardando y promoviendo la libertad de expresión artística, en particular en las oportunidades de financiación que ofrece el Programa en el marco de la acción de los proyectos de cooperación cultural y el plan de redes europeas;
25. Reconoce que el aumento de los porcentajes de cofinanciación, especialmente para los proyectos de cooperación a pequeña escala, es beneficioso y facilita la participación de organizaciones pequeñas; pide a la Comisión y a la EACEA, a este respecto, que permitan a los consorcios de proyectos determinar de forma independiente cómo se distribuye la financiación entre sus socios, siempre que el porcentaje global de cofinanciación se aplique a nivel de proyecto;
26. Subraya la importancia de la movilidad transfronteriza para todos los creadores, ya que fomenta el proceso creativo al mejorar las oportunidades profesionales en el extranjero; acoge con satisfacción, a este respecto, la Cultura Mueve Europa como una nueva acción de movilidad en el marco del Programa Europa Creativa;
27. Reconoce la alta calidad de las solicitudes recibidas en el marco del programa de movilidad; pide, no obstante, a la Comisión que promueva La Cultura Mueve Europa entre un público más amplio con la ayuda y el apoyo de todas las oficinas Europa Creativa a través de actividades de comunicación y divulgación; cree que estas actividades deben dirigirse específicamente a sectores concretos, incluidos los creadores que proceden de grupos marginados, así como de países y regiones menos representados, con el fin de garantizar el equilibrio geográfico;
28. Señala que, aunque reconoce el importante éxito de la nueva acción de movilidad, es imperativo que se efectúe un análisis de las principales tendencias emergentes, a más tardar, a finales de 2024, con miras a sopesar la posibilidad de seguir ampliando esta acción para incluir a nuevos agentes, como los representantes del sector del libro; pide a la Comisión, a este respecto, que aumente el presupuesto asignado a esta acción a partir de 2025;
29. Hace hincapié en el impacto positivo de los complementos ecológicos y familiares aplicados al programa de movilidad, que representan un ejemplo concreto de cómo el Programa puede ser más inclusivo; pide, por tanto, a la Comisión que considere la posibilidad de aplicar este enfoque en otras acciones del Programa Europa Creativa;
30. Acoge con satisfacción el aumento de la financiación de las plataformas europeas para la promoción de artistas emergentes en el marco del capítulo Cultura y destaca el impacto positivo que ha tenido en la diversidad al aumentar la visibilidad de los artistas y sus obras a escala internacional; pide, por tanto, a la Comisión que siga desarrollando esta acción garantizando una financiación y una promoción adecuadas;
31. Subraya la importancia del plan de redes para ofrecer oportunidades de creación de redes y refuerzo de capacidades, lo que promueve la diversidad y la competitividad de los sectores cultural y creativo europeos; pide a la Comisión, a este respecto, que proporcione una financiación adecuada para esta acción con el fin de apoyar a los beneficiarios actuales y a las nuevas redes;
32. Subraya que el enfoque sectorial constituye una excelente herramienta que fortalece al sector editorial y del libro, habilitando acciones concertadas que apoyan y estimulan el acceso al mercado y una circulación más amplia de obras europeas;
33. Recuerda que la traducción literaria es el principal sistema de apoyo al sector del libro; subraya, sin embargo, la necesidad de ampliar este sistema para incluir la traducción de libros europeos de no ficción; invita a la Comisión a que, a la vista de su revisión intermedia del Programa, formule objetivos mensurables respecto al modo en que se utiliza la financiación para mejorar la accesibilidad de los libros por parte de las personas con discapacidad;
34. Acoge favorablemente el incremento de acciones que prestan apoyo al sector de la música en el marco del capítulo Cultura, lo que ha dado lugar a que en el actual Programa se presente un mayor número de proyectos relacionados con la música; no obstante, pide a la Comisión que desarrolle un enfoque más estratégico y sectorial para el sector de la música, con vistas a abordar los desafíos nuevos y futuros planteados, a partir de los resultados de la acción preparatoria «Music Moves Europe»; destaca, a este respecto, la importancia de un diálogo estructurado periódico entre el ecosistema de la música y la Comisión; pide a la Comisión, además, que recopile datos en cooperación con el sector sobre los mercados musicales de los Estados miembros, e informe de todos los desafíos emergentes que afectan al ecosistema en su conjunto;
35. Destaca la importancia de la acción especial de la Capital Europea de la Cultura como catalizador de la regeneración cultural y económica de las ciudades y regiones; recalca la necesidad, largamente desatendida, de financiar de forma adicional esta acción especial a fin de hacer frente a los costes adicionales en que se haya incurrido como consecuencia de los efectos a largo plazo de la pandemia de COVID-19 y del aumento de la inflación; pide, por tanto, a la Comisión que aumente la financiación del Premio Melina Mercouri, dotado con solo 1 500 000 EUR desde hace varios años; pide, además, a los Estados miembros que garanticen un legado duradero para la iniciativa, y que apoyen su divulgación con el fin de promover la participación en las actividades culturales desarrolladas en el marco de la misma;
36. Reconoce que el Sello de Patrimonio Europeo es una valiosa iniciativa que promueve el importante papel que desempeñan estos lugares en la historia y la cultura de Europa, y observa que, durante el período comprendido entre 2013 y 2021, a sesenta lugares se les ha otorgado este sello; pide a la Comisión, no obstante, que aumente la visibilidad del Sello de Patrimonio Europeo, desarrollando sinergias como otros instrumentos financieros pertinentes de la Unión;
37. Subraya la importancia de los premios que reciben apoyo del Programa Europa Creativa en los ámbitos de la literatura, la arquitectura y el patrimonio, la música —contemporánea, rock y pop— y las artes audiovisuales; hace hincapié en que tales iniciativas de larga data son bien conocidas en estos sectores y aumentan la visibilidad de los sectores cultural y creativo europeos al recompensar los logros en diferentes campos;
Capítulo MEDIA
38. Reconoce que el capítulo MEDIA sigue siendo el principal instrumento europeo de apoyo estratégico al sector audiovisual independiente, compuesto principalmente por pequeñas y medianas empresas; destaca la notable competencia internacional a la que se enfrentan los sectores audiovisual, cinematográfico y del videojuego europeos, y el apoyo crucial que este capítulo ofrece para la recuperación y la transformación de estos sectores y para aumentar la autonomía estratégica de la Unión; destaca, a este respecto, la importancia de garantizar una asignación presupuestaria adecuada para el capítulo MEDIA, e insiste en la necesidad de disponer de datos exhaustivos para evaluar y supervisar si el Programa logra aumentar eficazmente el potencial económico y cultural de estos sectores y de qué manera;
39. Reconoce el impacto positivo de las medidas específicas introducidas en el marco del capítulo MEDIA para ampliar la participación de países con diferentes capacidades audiovisuales y reforzar la colaboración transfronteriza;
40. Destaca que, entre 2021 y 2022, un gran número de proyectos de alta calidad en virtud de las líneas de codesarrollo y minipaquetes fueron rechazados por restricciones presupuestarias; pide a la Comisión, por tanto, que destine un presupuesto más elevado a la futura aplicación de estas líneas;
41. Subraya el papel fundamental de los sistemas de apoyo European Film Distribution y European Film Sales a la hora de contribuir a la diversidad cultural del sector audiovisual europeo mediante el aumento de la circulación transfronteriza de películas europeas y la compensación de algunos de los riesgos que asumen los distribuidores cuando invierten en la producción, distribución y promoción de películas europeas no nacionales; recalca, por tanto, que es esencial aumentar la financiación de ambos sistemas y redoblar los esfuerzos para garantizar una circulación más amplia y una mayor disponibilidad en línea de las obras europeas;
42. Subraya que, en muchos países europeos, no existen sistemas de apoyo dirigidos a la exhibición cinematográfica; destaca, en este sentido, que es importante mantener una financiación adecuada para la red Europa Cinemas, una iniciativa emblemática del capítulo MEDIA, que contribuye a la circulación en salas de películas europeas;
43. Destaca que el Reglamento Europa Creativa 2021-2027 promueve la prestación de apoyo a las actividades de creación de redes para los profesionales del sector audiovisual, incluidos los creadores; señala que esta acción aún no se ha aplicado; pide a la Comisión, por tanto, que ponga en marcha una acción específica con el objetivo de apoyar las actividades dedicadas a la creación de redes y la cooperación de las organizaciones profesionales y culturales europeas dentro de la cadena de valor audiovisual de manera oportuna;
44. Recuerda el éxito de la acción preparatoria «Writing European», y propone que la Comisión incluya los objetivos perseguidos por esta acción en el Programa Europa Creativa;
45. Acoge con satisfacción la introducción de una acción específica para apoyar el desarrollo de videojuegos y contenidos inmersivos, que han generado un interés considerable en el sector; pide a la Comisión que apoye la dimensión cultural y creativa de este sector teniendo en cuenta sus características específicas y las necesidades conexas al diseñar las convocatorias de propuestas pertinentes, incluida la necesidad de probar nuevos modelos de negocio en el mundo virtual para propiciar el desarrollo de capacidades en este ámbito, haciendo especial hincapié en la participación de las mujeres; señala, sin embargo, que el presupuesto actual podría resultar insuficiente a tal efecto, y solicita financiación adicional para apoyar el crecimiento del ecosistema europeo de videojuegos y fomentar el desarrollo y la retención del talento europeo;
46. Destaca que el aumento de la inflación, en un mercado audiovisual altamente competitivo, repercute en los costes de producción; pide, por tanto, a la Comisión que adapte al alza los límites máximos de financiación con el fin de garantizar que el capítulo MEDIA preste su apoyo a la industria audiovisual;
47. Reconoce el éxito de la convocatoria de redes europeas de festivales, que ha prestado apoyo a 71 festivales en 12 redes, que cooperaron, entre otros fines, para promover la participación del público; pide a la Comisión, por consiguiente, que continúe financiando las dos acciones complementarias, Festivales europeos y Redes europeas de festivales, en años alternativos;
48. Observa que, con la atracción por parte del instrumento Media Invest de un gran número de solicitudes, deben asegurarse mayores sinergias presupuestarias con el programa InvestEU para su futura aplicación; pide a la Comisión que continúe mejorando la promoción de este instrumento en el sector audiovisual;
49. Recuerda que la propuesta de la Comisión relativa a una Ley de Libertad de los Medios de Comunicación, de septiembre de 2022, establece un nuevo Comité Europeo de Servicios de Medios de Comunicación que sustituya al Grupo de Entidades Reguladoras Europeas para los Servicios de Comunicación Audiovisual (ERGA), constituido con arreglo a la Directiva 2010/13/UE(15); subraya, a la luz de los limitados recursos financieros disponibles para la consecución de los objetivos del Programa, que el presupuesto asignado al capítulo MEDIA y otras líneas presupuestarias del Programa no deben destinarse a la financiación del Comité;
Capítulo Intersectorial
50. Lamenta que las acciones programadas en el marco del capítulo Intersectorial hayan sufrido los mayores retrasos en la ejecución, especialmente en 2021, debido a las novedades introducidas en el capítulo;
51. Observa que las convocatorias de las asociaciones de periodismo y las convocatorias de alfabetización mediática atrajeron el mayor número de solicitudes en 2021-2022, subrayando la urgente necesidad de apoyar con mayor financiación al sector europeo de los medios de comunicación;
52. Observa que el bajo porcentaje de éxito de las solicitudes en el marco del capítulo Intersectorial, a pesar de la alta calidad general de las solicitudes, indica una elevada demanda de apoyo financiero que lamentablemente no puede abordarse con la dotación financiera actual;
53. Pide a la Comisión que se asegure de que, en lo que resta del período de programación, no se asigne menos del 9 %(16) del presupuesto general para 2021-2027 al apoyo a la consecución de los objetivos del capítulo Intersectorial;
o o o
54. Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a las oficinas Europa Creativa nacionales.
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (DO L 119 de 4.5.2016, p. 1).
Directiva 2010/13/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de marzo de 2010, sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas a la prestación de servicios de comunicación audiovisual (Directiva de servicios de comunicación audiovisual) (DO L 95 de 15.4.2010, p. 1).