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Procedimiento : 2023/3021(RSP)
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B9-0062/2024

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Miércoles 17 de enero de 2024 - Estrasburgo
Disolución prevista de estructuras clave de lucha contra la corrupción en Eslovaquia y sus implicaciones para el Estado de Derecho
P9_TA(2024)0021B9-0062/2024

Resolución del Parlamento Europeo, de 17 de enero de 2024, sobre la disolución prevista de estructuras clave de lucha contra la corrupción en Eslovaquia y sus implicaciones para el Estado de Derecho (2023/3021(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Vistos los artículos 2, 4, 6, 7 y 10 del Tratado de la Unión Europea,

–  Visto el artículo 325 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Vistos los artículos 11, 12, 41 y 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

–  Vista su Resolución, de 28 de marzo de 2019, sobre la situación del Estado de Derecho y la lucha contra la corrupción en la UE, en particular en Malta y Eslovaquia(1),

–  Vista su Resolución, de 19 de abril de 2018, sobre la protección de los periodistas de investigación en Europa: el caso del periodista eslovaco Ján Kuciak y Martina Kušnírová(2),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 5 de julio de 2023, titulada «Informe sobre el Estado de Derecho en 2023 – La situación del Estado de Derecho en la Unión Europea» (COM(2023)0800),

–  Visto el artículo 132, apartado 2, de su Reglamento interno,

A.  Considerando que, en los últimos años, Eslovaquia ha intensificado sus esfuerzos para luchar contra la corrupción de alto nivel y la delincuencia organizada, con varios antiguos altos cargos acusados de delitos de soborno y resoluciones judiciales firmes; que la Fiscalía Especial, que inició su actividad el 1 de septiembre de 2004, y la policía eslovacas han desempeñado un papel decisivo en el tratamiento de asuntos relacionados con la corrupción y los delitos graves, incluidos los relacionados con el uso indebido de fondos de la Unión;

B.  Considerando que el bajo número de asuntos investigados y la ausencia de un mecanismo eficaz para luchar contra la corrupción y la delincuencia organizada en Eslovaquia fueron las principales razones de la creación de la Fiscalía Especial en Eslovaquia; que existe una institución especializada similar en otros Estados miembros, incluido el fiscal europeo especializado, de reciente creación, a escala de la Unión, que Eslovaquia respaldó en el Consejo;

C.  Considerando que el nuevo Gobierno ha decidido desmantelar la Fiscalía Especial y reducir las sanciones penales por delitos graves, incluida la corrupción y los delitos medioambientales, modificando el Código Penal mediante un procedimiento legislativo acelerado al inicio de su mandato;

D.  Considerando que el procedimiento acelerado ha eliminado la posibilidad de un debate público significativo y de un proceso democrático en regla; que más de veinte mil ciudadanos han tomado reiteradamente las calles para protestar contra la controvertida propuesta; que más de cien mil ciudadanos han firmado dos peticiones contra las propuestas gubernamentales y el procedimiento legislativo acelerado; que la presidenta eslovaca ha expresado su profunda preocupación por la propuesta y el procedimiento legislativo acelerado, y ha indicado que vetará la ley; que, en el Informe sobre el Estado de Derecho de 2023, la Comisión recomendó que Eslovaquia garantice una consulta pública eficaz y la participación de las partes interesadas en el proceso legislativo;

E.  Considerando que, a lo largo del proceso legislativo acelerado, el Gobierno eslovaco se ha negado a tener en cuenta los análisis de expertos, las opiniones de la sociedad civil y la Comisión, incluidas preocupaciones graves por la forma en que los cambios propuestos podrían socavar la lucha contra la corrupción;

F.  Considerando que, paralelamente, el ministro del Interior ha efectuado cambios de personal sustanciales y ha anunciado importantes cambios estructurales y organizativos en la policía eslovaca y otras instituciones democráticas independientes, en particular entre los investigadores que trabajan en asuntos de delitos graves y corrupción de alto nivel en la Agencia nacional de lucha contra la delincuencia de Eslovaquia, lo que plantea dudas en cuanto a las motivaciones de dichos cambios; que el Gobierno eslovaco ha sustituido a los miembros del Consejo General del Poder Judicial de la República Eslovaca antes del final de su mandato y sin una justificación adecuada;

G.  Considerando que el Gobierno eslovaco ha propuesto al Parlamento legislación que eliminaría la protección de los denunciantes de irregularidades para los agentes de policía, socavaría la libertad de expresión y limitaría los derechos de todas las personas en Eslovaquia sobre la base de la introducción de valoraciones arbitrarias y subjetivas, en contra de los principios de la Directiva de la Unión sobre la protección de denunciantes(3);

H.  Considerando que la Fiscalía Europea declaró, el 18 de diciembre de 2023, que algunas modificaciones legislativas propuestas por el Gobierno eslovaco en relación con marcos jurídicos y fiscales clave podrían plantear riesgos para la protección efectiva de los intereses financieros de la Unión, así como para su marco de lucha contra la corrupción, y ya no garantizarían que los delitos contra el presupuesto de la UE se castiguen con sanciones penales efectivas, proporcionadas y disuasorias en Eslovaquia; que el desmantelamiento de la Fiscalía Especial podría socavar la colaboración y la coordinación con la Fiscalía Europea, la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal y la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude;

I.  Considerando que el primer ministro eslovaco recurre a menudo a un lenguaje divisivo a fin de polarizar a la sociedad del país; que un intercambio de puntos de vista respetuoso entre los líderes políticos y todos los ciudadanos, incluidos los estudiantes, es esencial para el buen funcionamiento de la democracia;

J.  Considerando que, en el pasado, los ataques públicos en Eslovaquia de políticos contra periodistas, la sociedad civil y grupos vulnerables han creado un entorno permisivo para la incitación al odio, en el que se han cometido delitos violentos graves, incluidos los asesinatos de Ján Kuciak y Martina Kušnírová; que Ján Kuciak se había especializado en informar sobre la evasión fiscal a gran escala, el fraude fiscal, la corrupción y el blanqueo de capitales, y había efectuado investigaciones sobre varios empresarios con vínculos con políticos de alto nivel; que el asesinato de Ján Kuciak y Martina Kušnírová es uno de los asuntos más complejos que investiga y supervisa la Fiscalía Especial; que existe el riesgo de que el expediente se transfiera a un nuevo fiscal si se desmantela la Fiscalía Especial;

1.  Expresa su profunda preocupación por el proceso legislativo acelerado injustificado utilizado por el Gobierno eslovaco, en especial en lo que respecta a las enmiendas propuestas al Código Penal y a la disolución de la Fiscalía Especial, que amenaza la integridad de los procesos judiciales, debilita la lucha de la Unión contra el fraude y pone en peligro la protección de los intereses financieros de la UE y del medio natural en Eslovaquia; pide al Gobierno eslovaco que reconsidere estas modificaciones a la luz de sus posibles consecuencias para el Estado de Derecho, los intereses financieros de la Unión y el marco de lucha contra la corrupción de la UE; pide al Gobierno eslovaco que respete los principios vinculantes de la Directiva de la Unión sobre la protección de denunciantes y que reconsidere los cambios propuestos en la protección de los denunciantes en Eslovaquia; expresa su especial preocupación por que se prive retroactivamente a los denunciantes de irregularidades de su protección, lo que genera inseguridad jurídica; toma nota de que la oficina eslovaca de protección de los denunciantes ha señalado estas cuestiones a la Comisión;

2.  Recuerda que toda reforma penal debe contener salvaguardias suficientes y adecuadas a fin de garantizar la continuidad y la eficacia de los asuntos penales nuevos y en curso, especialmente en relación con la corrupción de alto nivel, así como de asegurar la independencia del poder judicial y la autonomía de la fiscalía, en consonancia con las recomendaciones de la Comisión en sucesivos informes sobre el Estado de Derecho; expresa su preocupación por que la reasignación de los asuntos de la Fiscalía Especial pueda dar lugar a retrasos considerables y que algunos asuntos puedan decaer debido a la prescripción; insta al Gobierno a que atienda la persistente petición de reformar el apartado 363 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal eslovaca y a que introduzca la posibilidad de impugnar una decisión de la Fiscalía General de no enjuiciar y otras medidas o salvaguardias para evitar el uso indebido de esta disposición;

3.  Hace hincapié en la necesidad de un proceso público exhaustivo que tenga en cuenta los dictámenes de expertos e instituciones pertinentes, como la Comisión de Venecia, e incluya consultas públicas y con partes interesadas adecuadas a escala nacional y de la Unión sobre cualquier cambio en el actual código penal y en las estructuras encargadas de investigar y enjuiciar delitos graves, incluidos los casos de corrupción en Eslovaquia;

4.  Aboga por un nivel más adecuado de recursos humanos y financieros para los casos de corrupción y una mejor coordinación entre los investigadores y fiscales en materia de corrupción, en consonancia con la recomendación de la Fiscalía Europea, para una investigación más eficaz de los delitos relacionados con la corrupción;

5.  Pide a la Comisión que supervise de cerca y facilite información al respecto, adoptando las medidas necesarias para salvaguardar el Estado de Derecho y la independencia judicial, especialmente en lo que respecta a los casos de corrupción de alto nivel, y para proteger los intereses financieros de la Unión;

6.  Reconoce y apoya el importante papel y el compromiso de los ciudadanos y las organizaciones no gubernamentales (ONG) en la protección y la promoción de la democracia y el Estado de Derecho; pide que se implique a las partes interesadas en el proceso legislativo, especialmente en relación con el uso de los procedimientos acelerados;

7.  Rinde homenaje a Ján Kuciak seis años después de su asesinato y a su trabajo fundamental como periodista de investigación; pide a las autoridades eslovacas que garanticen que se imparta justicia;

8.  Insta a todos los dirigentes políticos a que colaboren de manera constructiva y respetuosa con los ciudadanos, defendiendo los principios del debate democrático y respetando las instituciones públicas, el Estado de Derecho y la libertad académica; pide, por tanto, a los responsables gubernamentales que se abstengan de atacar verbalmente a personas, periodistas y organizaciones de la sociedad civil; subraya el deber de los responsables públicos y gubernamentales de servir a todos los ciudadanos, especialmente en un país con antecedentes de delitos motivados por el odio y en el que un periodista ha sido asesinado;

9.  Condena las observaciones inadecuadas e irrespetuosas formuladas por el primer ministro, entre otros contra un estudiante que participó en una iniciativa para fomentar un intercambio académico sobre la situación del Estado de Derecho en Eslovaquia; pide a los responsables gubernamentales que se abstengan de cuestionar la legitimidad de las decisiones judiciales; expresa su profunda preocupación por los planes anunciados de adoptar legislación que limitaría el espacio cívico, en particular restringiendo el trabajo de las ONG y estigmatizando a las organizaciones que reciben financiación extranjera;

10.  Advierte contra cualquier injerencia política en la independencia editorial y la integridad periodística; observa con preocupación la reestructuración prevista de Radio y Televisión de Eslovaquia, el principal organismo público de radiodifusión del país; subraya la importancia de mantener unos medios de comunicación libres e independientes como piedra angular de una sociedad democrática;

11.  Lamenta la decisión del primer ministro y de varios responsables gubernamentales de poner fin a la comunicación con medios informativos clave, reconociendo que esto constituye un obstáculo significativo para el derecho del público a recibir información pertinente del Gobierno; hace hincapié en que estas acciones restringen la libertad y la transparencia de los medios de comunicación y contribuyen a la difusión de desinformación manipuladora en el espacio público;

12.  Pide al Gobierno eslovaco que defienda el principio de cooperación leal con las instituciones de la Unión;

13.  Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude.

(1) DO C 108 de 26.3.2021, p. 107.
(2) DO C 390 de 18.11.2019, p. 111.
(3) Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión (DO L 305 de 26.11.2019, p. 17).

Última actualización: 20 de junio de 2024Aviso jurídico - Política de privacidad