El Parlamento Europeo: organización y funcionamiento
La organización y el funcionamiento del Parlamento Europeo se rigen por su Reglamento interno. Los órganos políticos, las comisiones, las delegaciones y los grupos políticos guían las actividades del Parlamento.
Base jurídica
- Artículo 14 del Tratado de la Unión Europea (TUE) y artículos 223, 224, 226, 229, 231 y 232 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE);
- Reglamento interno del Parlamento Europeo.
Miembros y composición
Las normas generales relativas a la composición del Parlamento Europeo se establecen en el artículo 14, apartado 2, del TUE, que dispone que el «Consejo Europeo adoptará por unanimidad, a iniciativa del Parlamento Europeo y con su aprobación, una decisión por la que se fije la composición del Parlamento Europeo». También afirma que el Parlamento debe estar integrado por un máximo de 751 representantes de los ciudadanos de la Unión (750 diputados más el presidente). Además, la representación de los ciudadanos será decrecientemente proporcional, con un mínimo de seis diputados por Estado miembro. Ningún Estado miembro puede tener más de 96 escaños.
El concepto de proporcionalidad decreciente significa que, si bien el número total de escaños se asigna sobre la base del tamaño de la población del Estado miembro, los Estados miembros más poblados aceptan estar infrarrepresentados para favorecer una mayor representación de los Estados miembros menos poblados: cuanto mayor sea el país, menor será el número de escaños con respecto a su población. Este concepto se ha definido con más detalle en las sucesivas decisiones del Consejo Europeo adoptadas en virtud del artículo 14, apartado 2, del TUE desde la entrada en vigor del Tratado de Lisboa.
Como consecuencia de la retirada del Reino Unido de la Unión, se ha tenido que examinar la redistribución de sus 73 escaños. A raíz de una propuesta del Parlamento[1], el 28 de junio de 2018 el Consejo Europeo adoptó una Decisión por la que se fija la composición del Parlamento Europeo tras las elecciones de 2019[2]. El número total de escaños se reduce de 751 a 705, y algunos Estados miembros ven aumentada su representación. El número de diputados al Parlamento Europeo que se elegirán en cada Estado miembro es el siguiente: Alemania, 96; Francia, 79; Italia, 76; España, 59; Polonia, 52; Rumanía, 33; los Países Bajos, 29; Bélgica, Grecia, Hungría, Portugal, Suecia y la República Checa, 21; Austria, 19; Bulgaria, 17; Finlandia, Dinamarca y Eslovaquia, 14; Irlanda, 13; Croacia, 12; Lituania, 11; Letonia y Eslovenia, 8; Estonia, 7; Chipre, Luxemburgo y Malta, 6. Sin embargo, el artículo 3, apartado 2, de dicha Decisión también establece que, en caso de que el Reino Unido siga siendo Estado miembro al inicio de la legislatura 2019-2024 (es decir, en junio de 2019), el número de diputados por Estado miembro seguirá siendo el mismo que en la legislatura anterior[3] hasta que la retirada del Reino Unido sea jurídicamente efectiva. El Acuerdo de Retirada entró en vigor el 31 de enero de 2020.
Después de cada elección, el Parlamento tiene que reunirse, sin necesidad de convocatoria previa, el primer martes siguiente a la expiración de un plazo de un mes (Acta de 20 de septiembre de 1976[4]). De conformidad con el artículo 229, párrafo primero, del TFUE, el Parlamento también tiene que reunirse cada año sin necesidad de convocatoria previa el segundo martes de marzo.
Organización
A. El presidente
De conformidad con el Reglamento interno, el presidente del Parlamento es elegido entre sus miembros por un período renovable de dos años y medio (artículo 19). El presidente representa al Parlamento de cara al exterior y en sus relaciones con las demás instituciones de la Unión. Supervisa los debates en el Pleno y garantiza la observancia del Reglamento interno del Parlamento. Al inicio de las reuniones del Consejo Europeo, el presidente expone el punto de vista del Parlamento Europeo y las cuestiones que suscitan su interés por lo que respecta a los puntos incluidos en el orden del día y otros asuntos. Una vez que el Parlamento ha aprobado el presupuesto de la Unión, el presidente lo firma, dándole carácter ejecutivo. Tanto el presidente del Parlamento como el presidente del Consejo firman todos los actos legislativos adoptados con arreglo al procedimiento legislativo ordinario. El presidente puede ser sustituido por uno de los catorce vicepresidentes (artículo 23 del Reglamento interno).
B. El Pleno
El Pleno es el Parlamento Europeo en sentido estricto, y sus sesiones se desarrollan bajo la presidencia del presidente. Todos los meses, excepto el mes de agosto, se reúne en Estrasburgo durante un período parcial de sesiones de cuatro días, de lunes a jueves. En Bruselas se celebran períodos parciales de sesiones adicionales. Los períodos parciales de sesiones se dividen, por días, en sesiones (artículo 153 del Reglamento interno). Los escaños que se asignan a los diputados en el hemiciclo se deciden por afiliación política, de izquierda a derecha, previo acuerdo con los presidentes de los grupos. El presidente abre la sesión, en ocasiones haciendo un homenaje o pronunciando un discurso sobre un asunto de actualidad. Asisten al presidente en esta labor los catorce vicepresidentes, que pueden ocupar la presidencia. La Comisión Europea y el Consejo de la Unión Europea participan en las sesiones para facilitar la cooperación entre las instituciones en el proceso de toma de decisiones. A petición del Parlamento también se puede solicitar a los representantes de ambas instituciones que hagan declaraciones o den cuenta de sus actividades.
C. Los órganos políticos
Los órganos políticos del Parlamento son la Mesa (artículo 24 del Reglamento interno – el presidente y los catorce vicepresidentes); la Conferencia de Presidentes (artículo 26 del Reglamento interno – el presidente y los presidentes de los grupos políticos); los cinco cuestores (artículo 28 del Reglamento interno – encargados de los asuntos económicos y administrativos que afecten a los diputados); la Conferencia de Presidentes de Comisión (artículo 29 del Reglamento interno); y la Conferencia de Presidentes de Delegación (artículo 30 del Reglamento interno). La duración del mandato del presidente, de los vicepresidentes y de los cuestores, así como la del mandato de los presidentes de comisión y de delegación, es de dos años y medio (artículo 19 del Reglamento interno).
D. Las comisiones y las delegaciones
Los diputados se organizan en 20 comisiones, tres subcomisiones y 39 delegaciones (delegaciones interparlamentarias y delegaciones en comisiones parlamentarias mixtas, comisiones parlamentarias de cooperación y asambleas parlamentarias multilaterales)[5]. El Parlamento también envía una delegación a la Asamblea Paritaria constituida en virtud del Acuerdo entre los Estados de África, el Caribe y el Pacífico (ACP) y la Unión Europea[6]. También puede establecer comisiones especiales (artículo 207 del Reglamento interno) o comisiones de investigación (artículo 226 del TFUE y artículo 208 del Reglamento interno).
Sobre la base del artículo 213 del Reglamento interno, cada comisión o delegación elige su propia mesa, constituida por un presidente y hasta cuatro vicepresidentes.
E. Los grupos políticos
Los diputados no se organizan por delegaciones nacionales, sino en grupos transnacionales en función de sus afinidades políticas. Según el Reglamento interno, un grupo político debe estar formado por diputados elegidos en al menos un cuarto de los Estados miembros y contar con al menos veintitrés diputados (artículo 33 del Reglamento interno). Los grupos políticos celebran regularmente reuniones durante la semana que precede al período parcial de sesiones y durante dicho período, así como seminarios para determinar los principios fundamentales de su labor. Algunos grupos políticos se corresponden con partidos políticos supranacionales presentes a escala de la Unión.
F. Las fundaciones y los partidos políticos europeos
El Parlamento preconiza la creación de un entorno que sea propicio al desarrollo de fundaciones y partidos políticos verdaderamente europeos, también a través de la adopción de legislación marco. El artículo 224 del TFUE provee la base jurídica para la adopción, de conformidad con el procedimiento legislativo ordinario, de un estatuto para los partidos políticos a escala europea y de normas sobre su financiación. En 2003 se creó un sistema de financiación de los partidos políticos europeos que permitió la creación de fundaciones políticas a escala de la Unión[7]. Como respuesta a determinadas prácticas abusivas, estas normas fueron modificadas por el Reglamento (UE, Euratom) 2018/673, de 3 de mayo de 2018[8], con vistas a reforzar la dimensión europea de los partidos políticos europeos, garantizar una distribución más justa de los fondos y mejorar el cumplimiento.
Los partidos europeos que existen en la actualidad son los siguientes: el Partido Popular Europeo, el Partido de los Socialistas Europeos, la Alianza de los Demócratas y Liberales por Europa, el Partido Verde Europeo, el Partido de los Conservadores y Reformistas Europeos, el Partido de la Izquierda Europea, el Partido Identidad y Democracia, el Partido Demócrata Europeo, la Alianza Libre Europea y el Movimiento Político Cristiano Europeo. Los partidos supranacionales trabajan en estrecha cooperación con los correspondientes grupos políticos del Parlamento Europeo.
Entre las fundaciones políticas europeas más importantes cabe mencionar las siguientes: el Centro Wilfried Martens de Estudios Europeos, la Fundación Europea de Estudios Progresistas, el Foro Liberal Europeo, la Fundación Verde Europea, el Instituto de Demócratas Europeos, Transformar Europa y Nueva Dirección – Fundación para la Reforma Europea.
El 22 de noviembre de 2012, el Parlamento aprobó una Resolución[9] por la que se instaba a los partidos políticos europeos a designar candidatos para la Presidencia de la Comisión, con vistas a reforzar la legitimidad política tanto del Parlamento como de la Comisión. Estos acuerdos se aplicaron antes de las elecciones de 2014, cuando se presentaron por primera vez cabezas de lista. Tras dichas elecciones, el 22 de octubre de 2014, el Parlamento eligió a uno de los cabezas de lista, Jean-Claude Juncker, como presidente de la Comisión. En su Decisión, de 7 de febrero de 2018, sobre la revisión del Acuerdo marco sobre las relaciones entre el Parlamento y la Comisión[10], el Parlamento afirmó estar preparado para rechazar a cualquier candidato a la Presidencia de la Comisión que no hubiera sido designado como cabeza de lista de un partido político europeo (Spitzenkandidat) en el período previo a las elecciones europeas de 2019. Aunque finalmente se descartó para las elecciones de 2019, se considera que el proceso de cabezas de lista crea una plataforma más amplia para el debate entre los candidatos, aporta una mayor transparencia y legitimidad política al papel del presidente de la Comisión y mejora la participación y aumenta la concienciación de los ciudadanos de la Unión en el proceso. El 3 de mayo de 2022, el Parlamento aprobó su posición en primera lectura sobre la reforma de la ley electoral[11], en la que consideraba que el proceso de cabezas de lista podría oficializarse a través de un acuerdo político entre las entidades políticas europeas y un acuerdo interinstitucional entre el Parlamento y el Consejo Europeo. Asimismo, solicitó a los partidos políticos europeos, las agrupaciones de electores europeas y las entidades electorales europeas que designaran a sus candidatos a presidir la Comisión por lo menos doce semanas antes de la jornada electoral y afirmó que confiaba en que los dichos candidatos encabezaran la lista correspondiente de la circunscripción de la Unión.
En 2018, en su Comunicación sobre las opciones institucionales para hacer más eficiente el trabajo de la Unión Europea[12], la Comisión presentó la idea de las listas transnacionales como un paso hacia la mejora de la legitimidad de las instituciones de la Unión ante los ciudadanos: la creación de una circunscripción a escala europea podría reforzar la dimensión europea de las elecciones europeas, ya que brindaría a los ciudadanos europeos la oportunidad de establecer contactos con candidatos de toda Europa. No obstante, el Parlamento consideró que aún no había llegado el momento de crear una circunscripción transnacional para las elecciones europeas de 2019, pero dejó la puerta abierta para debatir esta posibilidad en el futuro. En su posición en primera lectura, de 3 de mayo de 2022, sobre la reforma de la ley electoral, el Parlamento propuso «que se implante una representación geográfica vinculante en las listas para la circunscripción de la Unión», y alentaba «a los partidos políticos europeos, a las agrupaciones de electores europeas y a otras entidades electorales europeas a que incluyan en las listas de la Unión a candidatos procedentes de todos los Estados miembros». Esta reforma electoral debería contemplar la creación de veintiocho escaños transnacionales para la circunscripción de toda la Unión, además de los 705 escaños actuales, respetando plenamente el equilibrio geográfico y de género.
G. La Secretaría General del Parlamento
La Secretaría General está dirigida por el secretario general, que es nombrado por la Mesa (artículo 234 del Reglamento interno). La Mesa también establece la composición y organización de la Secretaría General: en la actualidad se compone de doce Direcciones Generales y del Servicio Jurídico. La Secretaría General se encarga de coordinar el trabajo legislativo y organizar las sesiones plenarias y las reuniones. Además, presta asistencia técnica, jurídica y especializada a los órganos parlamentarios y a los diputados al Parlamento, para ayudarlos en el ejercicio de su mandato. La Secretaría General facilita servicios de interpretación y traducción para todas las reuniones y documentos oficiales.
Funcionamiento
En virtud de los Tratados, el Parlamento organiza sus trabajos de forma autónoma. Establece su propio reglamento interno por mayoría de los miembros que lo componen (artículo 232 del TFUE). Salvo disposición en contrario de los Tratados, el Parlamento decide por mayoría de los votos emitidos (artículo 231 del TFUE). Decide el orden del día de los períodos parciales de sesiones, que se dedican principalmente a la aprobación de informes elaborados por las comisiones parlamentarias, las preguntas a la Comisión y al Consejo, los debates de actualidad y de urgencia y las declaraciones de la Presidencia. Las reuniones de las comisiones y las sesiones plenarias son públicas y se retransmiten por internet.
Sede y lugares de trabajo
Desde el 7 de julio de 1981, el Parlamento ha aprobado varias resoluciones sobre su sede en las que pedía a los Gobiernos de los Estados miembros que respetasen la obligación prevista en los Tratados y fijasen una sede única para las instituciones. Dado que los Estados miembros no han respondido a dicha petición durante muchos años, el Parlamento adoptó una serie de decisiones en cuanto a su organización y sus lugares de trabajo (a saber, Luxemburgo, Estrasburgo y Bruselas). En el Consejo Europeo de Edimburgo de los días 11 y 12 de diciembre de 1992, los Gobiernos de los Estados miembros llegaron a un acuerdo sobre las sedes de las instituciones en virtud del cual:
- el Parlamento tiene su sede en Estrasburgo, donde se celebran los doce períodos parciales de sesiones, de periodicidad mensual, incluida la sesión en la que se adopta la decisión sobre el presupuesto anual de la Unión;
- los períodos parciales de sesiones adicionales se celebran en Bruselas;
- las comisiones parlamentarias se reúnen en Bruselas;
- la Secretaría del Parlamento y sus servicios de apoyo siguen ubicados en Luxemburgo.
Esta decisión suscitó las críticas del Parlamento. No obstante, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (sentencia de 1 de octubre de 1997, asunto C-345/95) confirmó que la sede del Parlamento quedaba fijada conforme a lo dispuesto en el actual artículo 341 del TFUE. El contenido de la decisión se incluyó en el Tratado de Ámsterdam en un protocolo anejo a los Tratados.
Aunque el Parlamento lamentó dichas decisiones, se ha visto obligado a tenerlas en cuenta a la hora de fijar su calendario anual, que se elabora a propuesta de la Conferencia de Presidentes. Por lo general, el Parlamento celebra al año doce períodos parciales de sesiones en Estrasburgo, de cuatro días de duración, y seis en Bruselas, de dos días de duración. Algunos diputados han puesto en marcha iniciativas para evitar reunirse en Estrasburgo. Por ejemplo, para 2012 se aprobó un calendario que incluía dos períodos parciales de sesiones de dos días de duración en la misma semana del mes de octubre en Estrasburgo, lo que reducía en cuatro días el tiempo de reunión total en dicha ciudad. No obstante, a raíz de un recurso presentado por Francia, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó que son necesarios dos períodos parciales de sesiones completos (asunto C-237/11) para cumplir las decisiones adoptadas.
Conforme al artículo 229 del TFUE, el Parlamento puede celebrar períodos parciales de sesiones extraordinarios a petición de la mayoría de los miembros que lo componen o a petición del Consejo o de la Comisión. El 18 de diciembre de 2006, el Parlamento celebró por primera vez una sesión plenaria suplementaria en Bruselas, inmediatamente después del Consejo Europeo de los días 14 y 15 de diciembre de 2006. Desde entonces se ha consolidado esta práctica de seguimiento inmediato de las reuniones del Consejo Europeo.
Debido a la pandemia de COVID-19, el Parlamento también ha establecido medidas que permiten a los diputados participar en las sesiones plenarias a distancia y utilizar procedimientos de votación a distancia.
Composición del Parlamento por grupos y por Estados miembros
Puede accederse a un cuadro con una visión de conjunto de los grupos políticos y su composición en la correspondiente página web del Parlamento Europeo.
Eeva Pavy