Unas comunicaciones a precios asequibles para las empresas y los consumidores

Las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) y los servicios de datos han superado ya a los servicios de telefonía tradicionales en cuanto a importancia tanto para los consumidores como para las empresas. Con el aumento del contenido a la carta y el crecimiento del 4G/5G, la Unión ha introducido un marco regulador en materia de telecomunicaciones. Dicho marco abarca todos los tipos de telecomunicaciones, incluida la radiodifusión. Los estudios indican que estos servicios aportan anualmente 86 100 millones EUR al PIB de la Unión, con nuevas medidas que podrían añadir otros 40 000 millones EUR.

Base jurídica

Dado que los Tratados no contemplaban ninguna competencia directa en el ámbito de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas, la jurisdicción en este ámbito se ha derivado de varios artículos del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). Habida cuenta de la compleja naturaleza de los bienes y servicios de los medios de comunicación, que se caracterizan por no ser únicamente bienes culturales ni simplemente bienes económicos, deben elaborarse políticas basadas en tal jurisdicción. La Unión puede emprender determinadas actuaciones en el marco de sus políticas sectoriales y horizontales, por ejemplo en la política industrial (artículo 173 del TFUE), la política de competencia (artículos 101 a 109 del TFUE), la política comercial (artículos 206 y 207 del TFUE), las redes transeuropeas (artículos 170 a 172 del TFUE), la investigación y el desarrollo tecnológico y el espacio (artículos 179 a 190 del TFUE), la aproximación de las legislaciones para la armonización tecnológica o el uso de normas tecnológicas similares (artículo 114 del TFUE), la libre circulación de mercancías (artículos 28, 30, 34 y 35 del TFUE), la libre circulación de personas, servicios y capitales (artículos 45 a 66 del TFUE), la educación, la formación profesional, la juventud y el deporte (artículos 165 y 166 del TFUE) y la cultura (artículo 167 del TFUE).

Objetivos

Con arreglo a lo dispuesto en la Estrategia de Lisboa, la Agenda Digital para Europa, con un horizonte temporal de diez años y publicada en 2010, identificó por primera vez el papel facilitador esencial de las TIC en la tarea de ayudar a la Unión a alcanzar sus objetivos. En 2015, la Agenda siguió desarrollándose con arreglo a la estrategia quinquenal para el mercado único digital, con el fin de garantizar un entorno digital justo, abierto y seguro basado en tres pilares: mejorar el acceso de los consumidores y las empresas a los bienes y servicios digitales en Europa, crear las condiciones adecuadas para el éxito de los servicios y las redes digitales y aprovechar al máximo el potencial de crecimiento de la economía digital.

En 2020, la segunda estrategia digital quinquenal, denominada «Configurar el futuro digital de Europa» se centró en tres objetivos fundamentales: una tecnología al servicio de las personas, una economía justa y competitiva y una sociedad abierta, democrática y sostenible. En 2021, le siguió la Comunicación «Brújula digital: el enfoque de Europa para el Decenio Digital», una iniciativa decenal que traduce las ambiciones digitales de la Unión de aquí a 2030 en términos concretos.

Resultados

A. Mercado único digital

En 2015, la Comisión publicó la Estrategia para el Mercado Único Digital (COM(2015)0192), cuyo objetivo era eliminar las fronteras virtuales, impulsar la conectividad digital y facilitar el acceso de los consumidores a contenidos transfronterizos en línea.

Este compromiso de la Unión de impulsar la conectividad digital se ha renovado en la Comunicación «Brújula digital 2030: el enfoque de Europa para el Decenio Digital», ya que uno de sus puntos cardinales se centra en la expansión de las infraestructuras. De acuerdo con la Comunicación, todos los hogares de la Unión deberían contar con una conectividad de altísima velocidad y todas las zonas pobladas deberían disponer de cobertura 5G. Por otra parte, la producción de semiconductores de vanguardia y sostenibles en Europa debería alcanzar el 20 % de la producción mundial y deberían desplegarse en toda la Unión 10 000 nodos de proximidad con alto grado de seguridad y neutros desde el punto de vista climático. El 17 de enero de 2022, la Unión puso en marcha su primer ordenador cuántico, un sistema tecnológico altamente avanzado que forma parte del Jülich Supercomputing Centre de Alemania.

B. Reglamento sobre la itinerancia

El Reglamento sobre la itinerancia estableció la norma «en itinerancia como en casa» (EICEC), que obligaba a poner fin a las tarifas de itinerancia al por menor a partir del 15 de junio de 2017 en la Unión, estableciendo al mismo tiempo límites de precios a las tarifas al por mayor que permitieran tanto la recuperación de costes como la sostenibilidad de la norma EICEC. El Reglamento representa parte de los logros del mercado único digital de la Unión y estuvo en vigor hasta el 30 de junio de 2022. Debido a su éxito al mostrar cómo se benefician los ciudadanos de la Unión del mercado único digital, en abril de 2022 se publicó un nuevo Reglamento para ampliar la itinerancia gratuita en toda la Unión hasta 2032. Además, prohíbe los costes adicionales superiores a los límites para la itinerancia al por mayor después de que los consumidores hayan superado sus límites de itinerancia. Las normas de itinerancia de la Unión dejaron de aplicarse en el Reino Unido una vez abandonó el mercado único el 31 de diciembre de 2020.

C. El Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas

En 2015 y 2016, la Comisión presentó propuestas para reformar el marco regulador de las telecomunicaciones de la Unión, incluido el Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas (CECE), para sustituir cuatro directivas fundamentales. El CECE (Directiva (UE) 2018/1972), que entró en vigor en diciembre de 2018, modernizó las normas vigentes de la Unión en materia de telecomunicaciones. Además, en diciembre de 2020, se establecieron tarifas de terminación de llamadas de voz a escala de la Unión en el marco del Reglamento Delegado (UE) 2021/654 de la Comisión, con tarifas de 0,07 céntimos EUR por minuto para las llamadas fijas establecidas en 2022 y de 0,2 céntimos EUR por minuto para las llamadas móviles que se introducirán de aquí a 2024.

D. Reglamento sobre la privacidad y la seguridad

Se ha garantizado una mejor protección de los consumidores y de las empresas con las medidas siguientes: la adopción de legislación sobre protección de la privacidad (Directiva 2009/136/CE) y de los datos (Reglamento (UE) 2016/679) y (Directiva (UE) 2016/680); la consolidación del mandato de la Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad (ENISA)[1]; la adopción de la Directiva (UE) 2016/1148 relativa a las medidas destinadas a garantizar un elevado nivel común de seguridad de las redes y sistemas de información en la Unión (Directiva SRI); el refuerzo del derecho a cambiar de operador de telefonía fija o móvil en el plazo de un día hábil conservando el número de teléfono original, es decir, la portabilidad del número (Directiva 2009/136/CE), y la utilización del 112 como número único de emergencias europeo (Directiva 2009/136/CE), del 116 000 como línea directa para los casos de niños desaparecidos, del 116 111 como línea de ayuda a la infancia y del 116 123 como línea directa para apoyo emocional, así como una plataforma en línea para la resolución de litigios entre los consumidores y los comerciantes en línea.

Con el objetivo de seguir desarrollando la Directiva SRI, la Directiva (UE) 2022/2555 (Directiva SRI 2), publicada en diciembre de 2022, garantizará de manera efectiva que el nivel de ciberseguridad en las organizaciones privadas y públicas esté bien adaptado a los retos contemporáneos a los que se enfrentan estas organizaciones.

E. Legislación en materia de competencia y mercado

Se ha garantizado un mejor acceso a las telecomunicaciones mediante la introducción de legislación destinada a estimular la competencia con normas claras e inclusivas, mejor calidad, mejores precios y más servicios (el CECE); la inversión en redes de banda ancha de internet de alta velocidad; el apoyo a tecnologías inalámbricas, como la LTE o la 5G, a través del programa de política del espectro radioeléctrico, y la armonización del uso de la banda de frecuencias de 470-790 MHz en la Unión con el fin de crear una conectividad de alta velocidad para los principales motores socioeconómicos.

Con el fin de mejorar la coherencia de los procedimientos de regulación nacionales para las telecomunicaciones, el Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas (Reglamento (UE) 2018/1971) vela por la cooperación entre las autoridades reguladoras nacionales y la Comisión. Promueve las mejores prácticas y enfoques comunes, evitando al mismo tiempo una regulación incoherente que pueda provocar distorsiones en el mercado único digital. Esta normativa actualizada encomienda a las autoridades nacionales de reglamentación la tarea de fomentar la competencia en el suministro de redes y servicios de comunicaciones electrónicas, así como de definir los principios en los que se basa su funcionamiento: independencia, imparcialidad, transparencia y derecho de recurso.

El 23 de noviembre de 2022, el Parlamento y el Consejo adoptaron la Directiva (UE) 2022/2380, por la que se introduce una «solución común de carga» a partir de 2024 para, entre otros dispositivos, los teléfonos móviles, las tabletas, los auriculares y los sistemas de navegación portátiles. La misma armonización se aplicará gradualmente a los ordenadores portátiles de aquí a 2026. La Directiva tiene por objeto promover la innovación tecnológica, oponerse a la fragmentación del mercado y reducir el impacto medioambiental de la producción de cargadores.

Papel del Parlamento Europeo

El Parlamento aboga por una política sólida y ambiciosa en el ámbito de las TIC y ha contribuido muy activamente a la adopción de legislación en la materia con el objetivo de ampliar los beneficios para los consumidores y las empresas.

El Parlamento ha recordado asimismo la necesidad de aprovechar el «dividendo digital» para ofrecer banda ancha a todos los ciudadanos de la Unión, y ha recalcado que se necesitan nuevas medidas para conseguir el acceso a la banda ancha de alta velocidad en todas partes y para garantizar la alfabetización y las competencias digitales de todos los ciudadanos y consumidores. También ha destacado la importancia de la seguridad en el ciberespacio para garantizar una sólida protección de la intimidad y otras libertades civiles de los consumidores y de las empresas en el entorno digital. Al mismo tiempo, el Parlamento promueve la neutralidad tecnológica, la «neutralidad de la red» y las «libertades de la red» para los ciudadanos de la Unión.

El Parlamento consolida sistemáticamente estas garantías a través de la legislación y desempeña un papel clave para eliminar obstáculos en el mercado único digital y modernizar las normas de la Unión sobre telecomunicaciones para adaptarlas a los productos y servicios digitales basados en los datos que existen hoy en día a fin de aumentar los beneficios digitales para los consumidores y las empresas. He aquí algunos ejemplos: La Directiva 2014/61/UE relativa a medidas para reducir el coste del despliegue de las redes de comunicaciones electrónicas de alta velocidad y el Reglamento (UE) n.º 910/2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior a fin de facilitar el comercio electrónico. Como respuesta a las propuestas de la Comisión, el Parlamento ha apoyado la modernización de las normas sobre los derechos de autor y sobre los servicios de comunicación audiovisual de la Unión.

Además, el Parlamento ha concluido con éxito la labor legislativa sobre la protección de datos mediante la Directiva (UE) 2016/680 y el Reglamento (UE) 2016/679. Ha llevado a cabo una amplia actividad legislativa en relación con las propuestas presentadas para dar seguimiento a la Estrategia para el Mercado Único Digital y a su Resolución titulada «Hacia un Acta del Mercado Único Digital». El Parlamento también aprobó una Resolución sobre la conectividad a internet para el crecimiento, la competitividad y la cohesión: la sociedad europea del gigabit y 5G, que respalda el calendario de despliegue de esta tecnología con miras a facilitar la conectividad para los consumidores y las empresas.

Un estudio de 2019 reveló que los servicios de telecomunicaciones aportan 86 100 millones EUR al PIB de la Unión cada año, con el potencial de añadir 40 000 millones EUR más a través de la nueva legislación. Además, un estudio sobre la evolución de los servicios digitales indica que los avances encaminados a las tecnologías 6G serán cruciales para las empresas y los consumidores de la Unión.

Para obtener más información sobre este tema, véanse los sitios web de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor y la Comisión de Industria, Investigación y Energía.

 

[1]Establecido en virtud del Reglamento (UE) 2019/881 el 17 de abril de 2019, el Reglamento sobre la Ciberseguridad deroga el Reglamento (CE) n.º 460/2004 y renueva significativamente el mandato y el alcance de la Agencia. Amplía sus responsabilidades para incluir un abanico más amplio de cuestiones en materia de ciberseguridad, como el establecimiento de un marco para una certificación europea de la ciberseguridad de los productos, servicios y procesos de TIC, así como el aumento de su papel a la hora de apoyar a los Estados miembros en la gestión de las amenazas y los ataques a la ciberseguridad.

Barbara Martinello