La igualdad entre hombres y mujeres

La igualdad entre mujeres y hombres es uno de los objetivos de la Unión Europea. Con el paso de los años, la legislación, la jurisprudencia y las modificaciones de los Tratados han contribuido a consolidar este principio, así como su aplicación en la Unión Europea. El Parlamento Europeo siempre ha sido un ferviente defensor del principio de igualdad entre hombres y mujeres.

Base jurídica

El principio de la igualdad de retribución entre hombres y mujeres para un mismo trabajo está consagrado en los Tratados desde 1957 [actualmente queda contemplado en el artículo 157 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)]. El artículo 153 del TFUE permite a la Unión actuar en el ámbito más amplio de la igualdad de oportunidades y de trato en materia de empleo, y, dentro de este marco, el artículo 157 del TFUE autoriza la acción positiva para empoderar a las mujeres. Además, en el artículo 19 del TFUE se prevé la adopción de legislación al objeto de luchar contra todas las formas de discriminación, también por motivos de sexo. La legislación dirigida a luchar contra la trata de seres humanos, en especial de mujeres y niños, se ha adoptado sobre la base de los artículos 79 y 83 del TFUE. El Programa «Derechos, Igualdad y Ciudadanía» financia, entre otras, aquellas medidas que contribuyen a la erradicación de la violencia contra las mujeres basándose en el artículo 168 del TFUE.

Objetivos

La Unión Europea se fundamenta en un conjunto de valores entre los que se incluye la igualdad, por lo que promueve la igualdad entre hombres y mujeres [artículo 2 y artículo 3, apartado 3, del Tratado de la Unión Europea (TUE)]. Estos objetivos también están consagrados en el artículo 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Además, el artículo 8 del TFUE también otorga a la Unión el cometido de eliminar las desigualdades entre el hombre y la mujer y promover su igualdad en todas sus acciones (este concepto también se conoce como «integración de la dimensión de género»). En la Declaración n.º 19 aneja al Acta Final de la Conferencia Intergubernamental que adoptó el Tratado de Lisboa, la Unión y los Estados miembros se comprometieron a «combatir la violencia doméstica en todas sus formas […] [,] prevenir y castigar estos actos delictivos y […] prestar apoyo y protección a las víctimas».

Resultados

A. Principales actos legislativos

La Unión ha adoptado, por lo general con arreglo al procedimiento legislativo ordinario, los siguientes actos legislativos en este ámbito:

En 2006, se derogaron varios actos legislativos que fueron sustituidos por las siguientes Directivas:

  • Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación (refundición);
  • Directiva 2010/18/UE del Consejo, de 8 de marzo de 2010, por la que se aplica el Acuerdo marco revisado sobre el permiso parental, y se deroga la Directiva 96/34/CE;
  • Directiva 2010/41/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2010, sobre la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres que ejercen una actividad autónoma, y por la que se deroga la Directiva 86/613/CEE del Consejo;
  • Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 abril de 2011, relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas y por la que se sustituye la Decisión marco 2002/629/JAI del Consejo;
  • Directiva 2011/99/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, sobre la orden europea de protección;
  • Directiva 2012/29/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos, y por la que se sustituye la Decisión marco 2001/220/JAI del Consejo;
  • Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo.

B. Evolución a través de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)

El TJUE ha desempeñado un importante papel en la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres. A continuación se detallan las sentencias más relevantes al respecto:

  • la sentencia Defrenne II de 8 de abril de 1976 (asunto C-43/75): el TJUE reconoció el efecto directo del principio de la igualdad de retribución para hombres y mujeres y declaró que es aplicable no solo a la actuación de las autoridades públicas, sino también a todos los convenios de carácter colectivo para regular el trabajo por cuenta ajena;
  • la sentencia Bilka de 13 de mayo de 1986 (asunto C-170/84): el TJUE consideró que una medida que excluyese a los trabajadores a tiempo parcial de un régimen de pensiones profesional constituía una «discriminación indirecta» y era, por tanto, contraria al antiguo artículo 119 del Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea si afectaba a un número mucho más elevado de mujeres que de hombres, a menos que pudiese demostrarse que la exclusión se basaba en factores objetivamente justificados y ajenos a toda discriminación por razón de sexo;
  • la sentencia Barber de 17 de mayo de 1990 (asunto C-262/88): el TJUE decidió que todas las formas de pensiones profesionales constituyen una retribución a efectos del antiguo artículo 119, por lo que les es aplicable el principio de la igualdad de trato, y dictaminó que los trabajadores de sexo masculino deben disfrutar de sus derechos en materia de pensiones de jubilación o de supervivencia a la misma edad que sus colegas de sexo femenino;
  • la sentencia Marschall de 11 de noviembre de 1997 (asunto C-409/95): el TJUE declaró que la legislación comunitaria no se oponía a una norma nacional que obligase a promover prioritariamente a las candidatas femeninas en aquellos casos en los que las mujeres fuesen menos numerosas que los hombres en un sector de actividad («discriminación positiva»), siempre que la ventaja no fuese automática y que se garantizase a los candidatos masculinos un examen de su candidatura sin ser excluidos a priori;
  • la sentencia Test-Achats de 1 de marzo de 2011 (asunto C-236/09): el TJUE declaró inválido el artículo 5, apartado 2, de la Directiva del Consejo 2004/113/CE por ser contrario al principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en el acceso a bienes y servicios y su suministro; ha de aplicarse el mismo sistema de cálculo actuarial a hombres y mujeres en el momento de determinar las primas y las prestaciones a efectos de seguros;
  • la sentencia Korwin-Mikke de 31 de mayo de 2018 (asuntos T-770/16 y T-352/17): el TJUE anuló las sanciones que el Parlamento había impuesto al diputado polaco de extrema derecha Janusz Korwin-Mikke;
  • la sentencia Violeta Villar Láiz de 8 de mayo de 2019 (C-161/18): el TJUE consideró que la normativa española sobre el cálculo de las pensiones de jubilación de los trabajadores contratados a tiempo parcial es contraria al Derecho de la Unión si se estima que es especialmente desfavorable para las trabajadoras;
  • la sentencia Praxair de 8 de mayo de 2019 (asunto C-486/18): el TJUE declaró que el cálculo de las indemnizaciones por despido y recolocación de un trabajador que disfruta de un permiso parental a tiempo parcial debe determinarse sobre la base de la retribución a tiempo completo. Las legislaciones nacionales contradictorias dan lugar a una discriminación indirecta por razón de sexo;
  • la sentencia Safeway de 7 de octubre de 2019 (asunto C-171/18): el TJUE se pronunció sobre la equiparación de las prestaciones por jubilación en el marco de un plan de pensiones de empresa;
  • la sentencia Ortiz Mesonero de 18 de septiembre de 2019 (asunto C-366/18): se deniega al padre la autorización para trabajar en turnos fijos con el fin de cuidar mejor a sus hijos. El TJUE dictaminó que las Directivas no son aplicables en este caso y que no contienen ninguna disposición que obligue a los Estados miembros, en el contexto de una solicitud de permiso parental, a conceder al trabajador el derecho a trabajar con un horario fijo cuando su régimen de trabajo habitual sea un régimen de turnos con un horario variable;
  • la sentencia Hakelbracht de 20 de junio de 2019 (asunto C-404/18): el TJUE dictaminó que, cuando una persona que alega ser discriminada por razón de sexo presenta una reclamación, los empleados distintos de la persona discriminada por razón de sexo deben ser protegidos, ya que pueden verse perjudicados por su empresario por el apoyo que han prestado de manera formal o informal a la víctima de la presunta discriminación;
  • la sentencia Tesco Stores de 3 de junio de 2021 (asunto C-624/19): en la sentencia, el TJUE recordó en primer lugar su sentencia en el asunto Praxair MRC (C-486/18), en la que la prohibición de discriminación entre trabajadores y trabajadoras se extiende también a los convenios colectivos, así como a los contratos particulares destinados a regular la retribución, y su jurisprudencia reiterada que permite a los tribunales apreciar otras diferencias de trato basadas en el sexo con arreglo al procedimiento contencioso. El TJUE concluyó que el artículo 157 del TFUE debe interpretarse en el sentido de que tiene efecto directo en litigios entre particulares en los que se invoca la vulneración del principio de igualdad de retribución entre trabajadores y trabajadoras para un «trabajo de igual valor»;
  • Dictamen 1/19 del TJUE de 6 de octubre de 2021 sobre la firma del Convenio del Consejo de Europa (Convenio de Estambul) sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica. El dictamen del TJUE aclara las modalidades de adhesión de la UE al Convenio de Estambul y su base jurídica.

C. Cambios recientes

Las acciones más recientes de la Unión Europea en el ámbito de la igualdad entre hombres y mujeres han sido las siguientes:

La pandemia de COVID-19 ha aumentado la violencia contra las mujeres por motivo de género en la actualidad, confirmando los resultados de investigaciones continuadas de que el riesgo de violencia doméstica tiende a incrementarse en tiempos de crisis. Se aplicaron medidas de confinamiento para que la población se mantuviera segura en su domicilio. Sin embargo, el hogar no resultó ser un lugar seguro para todos, y dichas medidas contribuyeron notablemente al aumento significativo de las denuncias por violencia doméstica. Influida por estos acontecimientos y teniendo en cuenta la adhesión prevista de la UE al Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Doméstica (Convenio de Estambul), la Comisión adoptó en marzo de 2022 una propuesta de Directiva sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica.

El 5 de marzo de 2020, la Comisión adoptó su Estrategia para la Igualdad de Género 2020-2025, que establece un ambicioso marco para los próximos cinco años sobre el modo de promover la igualdad de género tanto en Europa como en otros continentes. La estrategia se basa en una visión de Europa en la que los ciudadanos, en toda su diversidad, estén libres de violencia y estereotipos y tengan la oportunidad de prosperar y liderar, con independencia de su género.

Como uno de los primeros resultados de la estrategia, la Comisión propuso medidas vinculantes de transparencia salarial en marzo de 2021. Presentó una propuesta de Directiva para reforzar la aplicación del principio de igualdad de retribución entre mujeres y hombres por un mismo trabajo o un trabajo de igual valor a través de la transparencia retributiva y los mecanismos para su efectivo cumplimiento. En marzo de 2021, la Comisión adoptó un plan de acción para aplicar el pilar europeo de derechos sociales, que confiere un lugar central a la igualdad de género y establece objetivos ambiciosos para la participación de las mujeres en el mercado laboral y la prestación de educación y cuidados de la primera infancia, entre otros objetivos. Un salario mínimo adecuado también puede ayudar a reducir la brecha salarial entre hombres y mujeres, ya que más mujeres que hombres reciben el salario mínimo. Para lograr este objetivo, la Comisión presentó en octubre de 2020 una propuesta de Directiva de la UE para asegurar que los trabajadores de la Unión cuenten con la protección de un salario mínimo adecuado. La propuesta es actualmente objeto de debate en la Comisión de Derechos de las Mujeres e Igualdad de Género (FEMM) y en la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales (EMPL).

En la actualidad, la Comisión también está trabajando en una nueva iniciativa legislativa para luchar contra la violencia de género. En febrero de 2021, se inició una consulta pública sobre esta iniciativa. Paralelamente, la adhesión de la Unión al Convenio de Estambul sigue siendo una prioridad fundamental para la Comisión. En 2020, la Comisión adoptó la primera estrategia de la Unión sobre los derechos de las víctimas, intensificando aún más su lucha contra la violencia de género.

El marco financiero plurianual (MFP) de la Unión para 2021-2027

Tras la aprobación del Parlamento Europeo, el 17 de diciembre de 2020 el Consejo adoptó el Reglamento por el que se establece el marco financiero plurianual (MFP) de la Unión para el período 2021-2027. El nuevo MFP concede mayor prioridad a la integración de la perspectiva de género en el presupuesto de la Unión.

Junto con el instrumento de recuperación Next Generation EU, valorado en 750 000 millones EUR, el presupuesto permitirá a la Unión aportar una financiación sin precedentes de 1,8 billones EUR en los próximos años para sustentar la recuperación de la pandemia de COVID-19 y financiar las prioridades a largo plazo de la Unión en diferentes ámbitos de actuación. El próximo presupuesto a largo plazo abarcará siete ámbitos de gasto y proporcionará el marco para la financiación de casi cuarenta programas de gasto de la Unión en los próximos siete años. Next Generation EU también presta especial atención a la igualdad de género. En particular, los planes nacionales de recuperación y resiliencia deben establecer cómo se espera que las inversiones y las reformas financiadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia contribuyan a promover la igualdad de género y la igualdad de oportunidades para todos.

En abril de 2021, el Consejo y el Parlamento adoptaron los dos programas que constituyen el Fondo de Justicia, Derechos y Valores de la Unión como parte del MFP para 2021-2027. Los programas permitirán seguir promoviendo, reforzando y protegiendo la justicia, los derechos y los valores de la Unión. El programa Ciudadanos, Igualdad, Derechos y Valores de 2021-2027 cubre específicamente la asignación de fondos a las organizaciones de la sociedad civil que trabajan para promover la igualdad de género y combatir la violencia contra las mujeres y niñas en la Unión. Dicho programa contará con un presupuesto total de un máximo de 1 550 millones EUR (un presupuesto de 641,7 millones EUR, con una asignación adicional de un máximo de 912 millones EUR). El programa Justicia contará con un presupuesto de 305 millones EUR.

Adhesión de la Unión al Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (Convenio de Estambul)

El Convenio de Estambul, que entró en vigor en 2014, es el primer instrumento internacional jurídicamente vinculante sobre la prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y las niñas a escala internacional. En él se establece un marco global de medidas jurídicas y estratégicas tendentes a prevenir dicha violencia, asistir a las víctimas y castigar a los autores.

El Consejo de la Unión Europea decidió que el proyecto de Decisión relativa a la firma del Convenio debía dividirse en dos decisiones distintas: una sobre la cooperación judicial en materia penal y otra sobre el asilo y la no devolución. Ambas Decisiones del Consejo fueron adoptadas en mayo de 2017, tras lo cual la comisaria europea de Justicia, Consumidores e Igualdad de Género firmó el 13 de junio de 2017 el Convenio de Estambul en nombre de la Unión Europea.

Esta firma constituye el primer paso en el proceso de adhesión de la Unión al Convenio, que ahora requiere la adopción de decisiones por parte del Consejo para concluir el proceso. En el seno del Consejo, las propuestas legislativas correspondientes a este ámbito se tratan en el Grupo «Derechos Fundamentales, Derechos de los Ciudadanos y Libre Circulación de Personas». Sus debates se han centrado en un código de conducta que establezca la manera en que la Unión y sus Estados miembros cooperarán en lo que respecta a la aplicación del Convenio.

En su Resolución de 4 de abril de 2019, el Parlamento solicitó un dictamen del TJUE sobre la compatibilidad de las propuestas de adhesión de la UE al Convenio de Estambul con los Tratados y sobre el procedimiento para dicha adhesión. La decisión del TJUE fue que «[l]os Tratados no prohíben al Consejo esperar, antes de adoptar la decisión de celebración por la Unión del Convenio de Estambul, al "común acuerdo" de los Estados miembros. También concluyó que «[e]l acto de celebración puede escindirse en dos decisiones separadas cuando existe una necesidad objetiva».

Papel del Parlamento Europeo

El Parlamento ha desempeñado un papel muy destacado en el apoyo a la política de igualdad de oportunidades, sobre todo a través de la Comisión FEMM. En lo concerniente a la igualdad de trato en el mercado laboral, el Parlamento lleva a cabo su actividad sobre la base del procedimiento legislativo ordinario (codecisión), por ejemplo, en relación con:

  • La Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo, adoptada por el Parlamento Europeo y el Consejo en junio de 2019. Los Estados miembros debían aplicar esta Directiva a más tardar el 1 de agosto de 2021;
  • La posición del Parlamento sobre la propuesta de Directiva por la que se refuerza la aplicación del principio de igualdad de retribución entre hombres y mujeres por un mismo trabajo o un trabajo de igual valor a través de medidas de transparencia retributiva y de mecanismos para su efectivo cumplimiento (2021/0050(COD));
  • En marzo de 2022, la Comisión adoptó una propuesta de Directiva sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (COM(2022)0105).

En lo que se refiere a la Directiva por la que se refuerza la aplicación del principio de igualdad de retribución entre hombres y mujeres por un mismo trabajo o un trabajo de igual valor a través de medidas de transparencia retributiva y de mecanismos para su efectivo cumplimiento, está previsto que el Parlamento fije su posición en la primera lectura del procedimiento legislativo ordinario. Además, el Parlamento contribuye a la configuración general de las políticas relacionadas con la igualdad entre mujeres y hombres a través de sus informes de propia iniciativa, talleres, audiencias y llamando la atención de otras instituciones sobre aspectos concretos. He aquí algunos ejemplos:

  • En mayo de 2022, la Comisión FEMM informó sobre las negociaciones tripartitas sobre el equilibrio de género entre los administradores no ejecutivos de las empresas cotizadas;
  • El Parlamento adoptó su posición sobre esta propuesta en primera lectura el 20 de noviembre de 2013. Esperó una década hasta que el Consejo adoptó su posición sobre la propuesta;
  • La situación cambió cuando la Presidencia francesa propuso una orientación general del texto, que fue adoptada por el Consejo el 14 de marzo de 2022. Este hecho abrió la puerta a las negociaciones interinstitucionales;
  • Además, la Comisión FEMM, junto con la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (LIBE), celebró una audiencia pública en mayo de 2022 sobre la lucha contra la violencia de género en línea. La violencia de género en línea es la extensión desinhibida y casi siempre anónima del aumento de la violencia en nuestra sociedad. Los delitos digitales, los actos de intimidación, matonismo, acoso, revelación de datos personales, hostigamiento y otros actos violentos afectan principalmente a las mujeres y las niñas a través de internet, las redes sociales y las aplicaciones de mensajería instantánea;
  • Las Comisiones FEMM y LIBE llevan tiempo abordando estas cuestiones de la manera más amplia posible. Con anterioridad al examen del proyecto de Directiva sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica antes mencionado, se organizó esta nueva audiencia conjunta con el fin de estimular las reflexiones de los Estados miembros y proponer formas y medios para seguir mejorando el marco legislativo vigente;
  • En el plano interior, el Parlamento está asimismo llevando a cabo la integración de la perspectiva de género en la actividad de todas sus comisiones[1]. A tal fin, se han creado dos redes sobre la integración de la perspectiva de género, coordinadas por la Comisión FEMM. La red de presidentes y vicepresidentes responsables de la integración de la perspectiva de género reúne a diputados que desean incorporar una dimensión de género a la labor de sus comisiones. Cuentan con el apoyo de una red de administradores especializados en la integración de la perspectiva de género en la secretaría de cada comisión. El Grupo de Alto Nivel sobre Igualdad de Género y Diversidad promueve la formación y la sensibilización del personal del Parlamento y los grupos políticos en cuestiones de integración de la perspectiva de género.

 

[1]Resolución del Parlamento Europeo, de 13 de marzo de 2003, sobre la integración de la perspectiva de género en el Parlamento Europeo (DO C 61E de 10.3.2004, p. 384).

Martina Schonard