La eficiencia energética

Las medidas de la Unión en materia de eficiencia energética tienen por objeto disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero, rebajar las facturas energéticas y mejorar la seguridad energética al mismo tiempo que se reduce la dependencia de los combustibles fósiles importados. La Directiva relativa a la eficiencia energética exige a los Estados miembros que reduzcan su consumo de energía por lo menos en un 11,7 % de aquí a 2030 en comparación con las previsiones de 2020. Además, fija objetivos anuales de ahorro de energía que aumentan con el tiempo, exige que se reduzca el consumo energético de los edificios públicos y que sean objeto de rehabilitación e introduce medidas para hacer frente a la pobreza energética. En otro conjunto de normas se persigue reducir sustancialmente las emisiones de gases de efecto invernadero y el consumo energético del sector de la construcción.

Base jurídica

Artículo 194 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Logros

A. Directiva relativa a la eficiencia energética

1. Directiva relativa a la eficiencia energética: el camino hacia 2030

La Directiva relativa a la eficiencia energética fija los objetivos de eficiencia energética de la Unión, cuyo fin es reducir el consumo de energía primaria y final a escala de la Unión en un 11,7 % de aquí a 2030, en comparación con las previsiones de 2020. El consumo de energía primaria mide la demanda total de energía de un país, mientras que el consumo de energía final se refiere al total de la energía consumida por los usuarios finales (hogares, industria, etc.). En términos absolutos, el consumo de energía primaria y final de la Unión en 2030 no superará los 992,5 ni los 763 millones de toneladas equivalentes de petróleo (Mtep), respectivamente.

Mientras que el objetivo de consumo de energía final es colectivamente vinculante para los Estados miembros, el objetivo de consumo de energía primaria es meramente orientativo. La Directiva exige a los países de la Unión que fijen objetivos orientativos nacionales de eficiencia energética basados en las contribuciones al consumo final de energía con el fin de cumplir el objetivo de la Unión. Define nuevas obligaciones anuales en materia de ahorro de energía para los Estados miembros, que aumentan gradualmente, a saber: al menos un 0,8 % del consumo de energía final hasta 2023, que pasa a ser del 1,3 % a partir de 2024, del 1,5 % a partir de 2026 y, por último, del 1,9 % a partir de 2028. De conformidad con la Directiva, la Comisión evalúa las asociaciones para la eficiencia energética existentes y, en caso necesario, propone otras nuevas para sectores específicos a escala de la Unión.

La Directiva introduce la obligación de que el sector público desempeñe un papel ejemplar: los organismos públicos de la Unión deben reducir su consumo total combinado de energía final en al menos un 1,9 % anual en comparación con 2021 y renovar al menos el 3 % de la superficie total de sus edificios con calefacción o sistema de refrigeración cada año. Revisa la definición de sistemas urbanos eficientes de calefacción y establece nuevos requisitos destinados a descarbonizar plenamente el suministro de estos sistemas de aquí a 2050.

Por último, la Directiva establece obligaciones de información para los centros de datos y ventanillas únicas específicas para las pequeñas y medianas empresas, los hogares y los organismos públicos, así como obligaciones para la planificación de la calefacción y la refrigeración en los municipios con una población superior a 45 000 habitantes. Incluye disposiciones de protección de los consumidores, define la pobreza energética a escala de la Unión e introduce medidas para su reducción.

La revisión de la Directiva relativa a la eficiencia energética fue el resultado de cuatro fases diferentes:

  • En 2018, el paquete de medidas «Energía limpia para todos los europeos» fijó una reducción del consumo de energía primaria y final de la Unión en un 32,5 % de aquí a 2030, en comparación con las previsiones de 2007.
  • En 2021, el paquete de medidas «Objetivo 55» propuso un aumento del objetivo de eficiencia energética de la Unión hasta al menos un 9 % de aquí a 2030, con respecto a las previsiones para 2030 realizadas en 2020. La revisión incorporó el principio de primacía de la eficiencia energética como un pilar de la Unión de la Energía.
  • En 2022, tras la agresión rusa contra Ucrania, el plan REPowerEU propuso seguir aumentando el objetivo vinculante de eficiencia energética hasta un 13 % para 2030 e introdujo objetivos de reducción de la demanda en el mercado interior de la energía (véase la ficha informativa 2.1.9).
  • En 2023, el Parlamento y el Consejo acordaron un objetivo de eficiencia energética del 11,7 % para 2030.

De conformidad con el Reglamento sobre la gobernanza de la Unión de la Energía y de la Acción por el Clima, los Estados miembros deben crear planes nacionales integrados de energía y clima decenales para el período 2021-2030 y presentar informes de situación cada dos años. Estos informes son supervisados y evaluados por la Comisión, que puede adoptar medidas a escala de la Unión para garantizar su coherencia con los objetivos generales de la Unión.

2. Futuras medidas

Como parte del Pacto por una Industria Limpia, el Plan de Acción para una Energía Asequible tiene por objeto mejorar la eficiencia energética y reducir los costes energéticos para las industrias y los consumidores. El plan incluye la creación de un mercado europeo de eficiencia energética para orientar a las empresas hacia soluciones rentables y la actualización de la normativa de la Unión en materia de etiquetado energético y diseño ecológico, a fin de promover productos más eficientes y duraderos. Se espera que estas medidas generen ahorros significativos, con reducciones estimadas en hasta 162 000 millones EUR en las facturas energéticas de aquí a 2030.

B. Marco general

1. Eficiencia energética de los edificios

a. Directiva relativa a la eficiencia energética de los edificios

La Directiva relativa a la eficiencia energética de los edificios tiene por objeto reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y el consumo de energía en el sector de la construcción de la Unión, para alcanzar la neutralidad climática de aquí a 2050, así como renovar los edificios menos eficientes y mejorar el intercambio de información sobre eficiencia energética. Entró en vigor el 28 de mayo de 2024 y los Estados miembros deberán transponerla al Derecho nacional a más tardar el 29 de mayo de 2026.

La nueva Directiva establece objetivos de reducción de emisiones para los edificios tanto a escala nacional como de la Unión:

  • Todos los edificios nuevos en la Unión tendrán que ser de cero emisiones a partir de 2030; en el caso de los edificios nuevos que sean propiedad de organismos públicos o estén ocupados por ellos, a partir de 2028.
  • En el caso de los edificios residenciales, los Estados miembros deben trabajar con vistas a la renovación progresiva de todo su parque inmobiliario, reduciendo su uso medio de energía primaria respecto a 2020 como mínimo un 16 % a más tardar en 2030 y entre un 20 % y un 22 % a más tardar en 2035.
  • En el caso de los edificios no residenciales, los Estados miembros deben definir normas mínimas de eficiencia energética para renovar el 16 % del parque inmobiliario menos eficiente a más tardar en 2030 y el 26 % a más tardar en 2033.

La Directiva define los conceptos de «edificio de cero emisiones», «edificio de consumo de energía casi nulo» y «renovación en profundidad» y sustituye las estrategias de renovación a largo plazo por planes nacionales de renovación de edificios, que son más fáciles de ejecutar y están sujetos a un mejor seguimiento. La Directiva pide a los Estados miembros que implanten progresivamente instalaciones solares en edificios públicos y no residenciales, en función de su tamaño, y en todos los edificios residenciales nuevos de aquí a 2030, si son técnicamente adecuadas y viables desde el punto de vista económico. Asimismo, deja de subvencionar calderas independientes alimentadas con combustibles fósiles a partir de 2025, exige a los Estados miembros que establezcan servicios de asistencia técnica, define excepciones para edificios agrícolas y patrimoniales y opciones de excepción para edificios de especial valor arquitectónico o histórico, construcciones provisionales, iglesias y lugares de culto.

b. Estrategia «Oleada de Renovación»

En octubre de 2020, la Comisión publicó la Estrategia «Oleada de Renovación» para fomentar la renovación, con el objetivo de duplicar como mínimo las tasas de renovación a lo largo de los próximos diez años y garantizar que las renovaciones redunden en una mayor eficiencia energética y de los recursos.

2. Cogeneración de calor y electricidad

La cogeneración es la producción simultánea de electricidad y calor útil. En consonancia con la Directiva relativa a la eficiencia energética, la Comisión puede exigir a los países de la Unión que lleven a cabo una evaluación exhaustiva del potencial de calefacción y refrigeración eficientes, incluida la evaluación del potencial de cogeneración.

3. Eficiencia energética de los productos

La Unión introdujo varias medidas relacionadas con la eficiencia energética de los productos, como la Directiva sobre diseño ecológico de los productos relacionados con la energía y el Reglamento sobre diseño ecológico, junto con un nuevo marco para el etiquetado de la eficiencia energética de los productos que suprime las calificaciones A+, A++ y A+++ y vuelve a una escala más sencilla de la A a la G.

Papel del Parlamento Europeo

El Parlamento Europeo ha pedido reiteradamente que los objetivos en materia de eficiencia energética tengan calado y que la normativa sea más estricta.

El 17 de enero de 2018, el Parlamento aprobó enmiendas en primera lectura en las que se pedía un objetivo mínimo de mejora de la eficiencia energética de la Unión de un 35 % para 2030, superior al 30 % propuesto por la Comisión.

El 15 de enero de 2020, el Parlamento aprobó una Resolución sobre el Pacto Verde Europeo en la que pedía que se revisaran la Directiva relativa a la eficiencia energética y la Directiva relativa a la eficiencia energética de los edificios en consonancia con la mayor ambición climática de la Unión. El 17 de septiembre de 2020, el Parlamento aprobó una Resolución que abogaba por maximizar el potencial de eficiencia energética del parque inmobiliario de la Unión y pedía a la Comisión que estableciera medidas coherentes para fomentar una renovación más profunda y rápida de los edificios.

El 14 de septiembre de 2022, el Parlamento aprobó una enmienda que elevaba ligeramente el objetivo de eficiencia energética de la Unión propuesto por la Comisión como parte de su plan REPowerEU hasta al menos el 14,5 % del consumo final de energía de aquí a 2030, en comparación con las previsiones de 2020. Esto equivale a unos límites de consumo de energía final y primaria de 740 y 960 Mtep, respectivamente.

El 14 de marzo de 2023, el Parlamento definió su posición en primera lectura sobre la necesidad de que los edificios residenciales cumplan unas normas mínimas de eficiencia energética a escala de la Unión (clase de eficiencia energética E para 2030 y clase D para 2033) y sobre medidas de apoyo contra la pobreza energética. Los edificios no residenciales y públicos tendrían que alcanzar las mismas clases en 2027 y 2030, respectivamente. Se aplicaría un conjunto limitado de exenciones a los edificios especiales (monumentos, edificios técnicos, construcciones temporales o iglesias, lugares de culto, etc.) y a las viviendas sociales de propiedad pública en las que las renovaciones darían lugar a aumentos del alquiler que no puedan compensarse con un ahorro en las facturas energéticas. Deberían ponerse a disposición de los hogares vulnerables ayudas y subvenciones específicas.

En su Resolución, de 3 de abril de 2025, sobre las industrias de gran consumo de energía, el Parlamento pidió a la Comisión que apoyara a las industrias de gran consumo de energía en la adopción de tecnologías limpias y de cero emisiones netas y de métodos de producción eficientes desde el punto de vista energético, así como que propusiera medidas urgentes para abordar los elevados costes de la energía para las industrias de gran consumo de energía.

Para obtener más información sobre este tema, véase el sitio web de la Comisión de Industria, Investigación y Energía.

 

Kristin BECKER / Matteo Ciucci